PG 07- EPP - Ministerio de Educación

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
TECNICOS
NORMAS DE SEGURIDAD
Marzo de 2012
Ministerio de Educación
PG- 07-00
PROCEDIMIENTO OPERATIVO
DE SEGURIDAD
Uso de Elementos de
Protección Personal.
OBJETIVO:
Reglamentar los Elementos De Protección Personal de utilización general y obligatoria,
fomentando actitudes seguras de trabajo, neutralizando riesgos de exposición, preservando la
integridad física del personal.
ALCANCES:
A todo el personal propio o de terceros, que se desempeñen en los ámbitos operativos del
Ministerio de Educación (internos o externos) y/o que transiten por ellos.
RESPONSABILIDADES:
Será responsables del cumplimiento de la presente reglamentación, Las Jefaturas Sectoriales,
quienes delegarán en la Supervisión la provisión y control de uso de Elementos de Protección, será
responsable de instruir al personal a cargo en el correcto uso, conservación, y de solicitar las
sanciones disciplinarias ante incumplimiento de la presente Norma.
El Dpto. Higiene y Seguridad es responsable de auditar el cumplimiento de la reglamentación
vigente, colaborar en la capacitación, efectuar las pruebas de incorporación de nuevos elementos
de protección, o su reemplazo, requiriendo pruebas operativas y evaluando sus conclusiones
conjuntamente con los sectores usuarios y capacitará a la supervisión sobre las características de
nuevos elementos y/o incorporarlos.
La Dirección de Servicios y Mantenimiento con la colaboración del Dpto. Higiene y Seguridad,
serán los responsables de mantener actualizados los registros de entrega de Elementos de
Protección Personal y los stocks en los niveles requeridos, contando para ello con el
asesoramiento de los Técnicos en Higiene y Seguridad.
El Sector o Dpto. que contrate, requiera o solicite tareas realizadas por terceros, será responsable
de hacer cumplir la presente reglamentación para ese personal actuante.
Los Usuarios de Elementos de Protección, serán responsables de utilizar, higienizar, cuidar y
conocer las disposiciones de la presente Norma General, sin perjuicio de que establezcan las
Normas de Procedimientos y/o Procedimientos Operativos Específicos referentes al uso de E.P.P.
DISPOCICIONES GENERALES:
Uso y Conservación
Su uso será individual, cuando las razones de uso e higiene lo justifiquen, como los casos de
protectores auditivos, calzado de seguridad, cascos, etc.
Los elementos de protección personal se entregarán y se registrarán en forma individual.
Quedarán a cargo del usuario, mientras dure su relación laboral.
Deben mantenerse en perfecto estado de uso, quedando su higienización a cargo del usuario.
Se reemplazarán aquellos de Protección que se hubiesen deteriorado, como consecuencia normal
del uso cotidiano. Se solicitará al usuario que entregue al supervisor o presente el elemento
deteriorado, al requerir uno nuevo.
Los elementos de Protección no asignados en forma individual (máscaras, equipos de respiración,
etc.) deberán higienizarse y desinfectarse luego de su uso y entregados al Pañol. Los desperfectos
y/o daños deberán denunciarse, en primera instancia al supervisor, luego al encargado de su
recepción.
Al recibir Elementos de Protección respiratoria, el usuario revisará sus componentes y efectuará las
pruebas de hermeticidad.
Reemplazará los componentes y filtros que fuesen necesarios para su seguridad.
Aquellos elementos que fuesen descartables, serán desechados en bolsas para su posterior
disposición final.
Dado que el desarrollo constante de nuevos materiales y tecnologías, transforman en anticuadas
las especificaciones técnicas presentes, se requerirá a los Proveedores las especificaciones del
Elementos y/o Equipos, Normas bajos las cuales obtuvieron aprobación, un listado de clientes a los
cuales consultar sobre su rendimiento y muestras a testear.
Se implementará un circuito de pruebas Operativas.
Aquellos E.P.P. cuyo uso Específico no fuese Reglamentado en Procedimientos Generales o
Específicos, cumplirá la prescripción general de la Presente Norma.
DESARROLLO:
Casco de seguridad: Su uso es obligatorio en todos los sectores operativos del Ministerio de
Educación. Los cascos se utilizaran:
- En zonas donde exista riesgo de caída de objetos.
- En zona de sala de maquinas donde exista riesgo de golpe contra objetos (cañerías, vigas,
salientes, etc.).
- En zonas cercanas a racks o estanterías donde se trabaje en altura.
Protectores Auditivos (de Inserción o de Copa): Su uso es considerado obligatorio,
superados los 85 dB (a) de Nivel Sonoro Continuo Equivalente.
Su uso es obligatorio en todos los sectores operativos de máquinas, operadores de vehículos
industriales, martillos neumáticos, sierras circulares, amoladoras y otros Equipos o zonas
determinadas por el Dpto. Higiene y Seguridad. Todo personal que actúe como ayudante de los
operadores descriptos, está sujeto a la obligatoriedad de uso de Protección Auditiva.
Calzado de Seguridad: Su uso es Obligatorio en todos los sectores operativos, y/o que circule
habitualmente por todos los sectores productivos del Ministerio de Educación. Los zapatos de
seguridad deben estar homologados por las normas IRAM.
Antiparras: Se utilizarán en tareas de manipuleo de sustancias químicas, trabajos de amolado,
corte aserrado y otras tareas que produzcan proyecciones de partículas irritantes o nocivas,
requiriendo una protección hermética.
Protectores Faciales: (con arnés o adaptables a cascos de seguridad) Su uso es obligatorio en
aquellos sectores, en que se produzcan salpicaduras de líquidos calientes o sustancias químicas, o
proyecciones de partículas de mayor tamaño, que puedan afectar la visión o el rostro.
Anteojos de Seguridad: Se utilizarán obligatoriamente como protección básica en la operación,
control, inspección, calibración o simple circulación por la zona, de todos los equipos con husillos
giratorios, máquinas herramientas, martillos y cinceles neumáticos y otras operaciones, manuales o
mecanizadas que emitan partículas proyectadas.
Los anteojos de seguridad se conservarán siempre limpios y se guardarán protegiéndolos contra el
roce.
Caretas para Soldaduras y Antiparras con tinte o filtro: Es obligatorio su uso para el personal
de corte y soldadura, y el ayudante en dichas tareas. Los filtros serán adecuados según la
intensidad del equipo y según el tipo de equipo (corte y soldadura oxiacetilénica o Electro
soldadura)
Delantales:
Delantales para soldar: Su uso es obligatorio para el operador y ayudante, en tareas de corte y
soldaduras.
Polainas: Se utilizarán para tareas de corte, soldadura y en procesos colada, fundición y otros
procesos con desprendimientos, proyección o manipuleo de metales fundidos.
Guantes: Es obligatorio su utilización para: Manipular herramientas, objetos, etc., que tengan o
hayan tenido contacto con afluentes (cloacas u otros), manipuleo de sustancias químicas, tareas
de montaje, caldera, herrería y soldadura, manipuleo de bordes cortantes y toda otra tarea que
presente riesgos para las manos.
Mascarillas: Se utilizarán en aquellos ambientes que presenten polvos y partículas en suspensión
molestas o irritantes para los operadores. (Operadores y Ayudantes).
Mascaras o Semimáscaras con filtros intercambiables: Su uso es obligatorio en la
manipulación de sustancias químicas que emitan gases o vapores nocivos, o que se uso sea
recomendado en las ‘Hojas de Seguridad’ de los productos. También se utilizarán en el manejo o
control de equipos o instalaciones que emitan vapores o gases molestos o irritantes, hasta tanto se
implementen soluciones de ingeniería. (Recuerde: los filtros deben renovarse atento a su vida útil.).
Arnés de Seguridad tipo paracaidista, anclajes y cabos de Vida de Seguridad:
 Para trabajos en alturas: su eso es obligatorio para trabajos a partir de 2 metros de altura.
 Su uso es de carácter estrictamente obligatorio para ingresos a espacios confinados y para
excavaciones de más de 2 metros de profundidad.
 Su uso es obligatorio para tareas especializadas de limpieza, mantenimiento, etc., con
probabilidad de caídas en fosas, zanjas, estanques, piletas, etc.
Faja Lumbar: Los trabajadores encargados de manipular cargas y/o materiales, deben recibir en
primera instancia capacitación específica sobre el tema de cómo levantarlas y transportarlas para
no comprometer su salud y seguridad. El Técnico en Seguridad y/o Supervisor del área, verificará
la aplicación de las medidas preventivas, e incluso determinará la factibilidad del uso de Protección
Lumbar, la cual estará disponible en el almacén para quien solicite su uso.
Obligatoriedad de uso:
Se utilizaran en los sectores operativos los Elementos de Protección Personal indicados en las
cartelería de uso de Elementos de Protección Personal.
Anteojo de seguridad
si
si
si
Automotores
Operativo
Restauración de
libros
Montaje
Encuadernación
Cortador
en
Guillotina
Impresión
Pintura
Soldador
Electricista
Mudanza
Tareas
generales
Carpintería
ELEMENTOS DE
PROTECCION
PERSONAL
si
si
Antiparras
Arnés
Barbijos
si
si
si
si
si
si
Botas de Goma
Casco
si
si
si
si
si
si
si
Delantal de látex
Delantal de cuero
plomado
Fajas Lumbares
si
si
si
si
si
si
Guantes de cuero
vaqueta
si
si
si
si
si
Guantes de látex
Guantes de Nitrilo
si
Guantes de PVC
si
si
si
si
si
si
si
si
Guantes dieléctricos
Guantes moteados
Mangas para
soldador
si
si
Guantes de soldador
Guantes descarne
si
si
si
si
si
si
si
Máscara para soldar
Polaina para
soldador
Protector auditivo
tipo copa
si
si
si
si
si
si
si
Protector endoaural
si
si
si
si
si
si
si
Protector Facial
si
si
Respirador
semimáscara
si
si
si
Filtros Vapores
Orgánicos
si
si
si
si
si