MANUAL DE PROCEDIMIENTOS TECNICOS NORMAS DE SEGURIDAD Marzo de 2012 Ministerio de Educación PG- 07-00 PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE SEGURIDAD Uso de Elementos de Protección Personal. OBJETIVO: Reglamentar los Elementos De Protección Personal de utilización general y obligatoria, fomentando actitudes seguras de trabajo, neutralizando riesgos de exposición, preservando la integridad física del personal. ALCANCES: A todo el personal propio o de terceros, que se desempeñen en los ámbitos operativos del Ministerio de Educación (internos o externos) y/o que transiten por ellos. RESPONSABILIDADES: Será responsables del cumplimiento de la presente reglamentación, Las Jefaturas Sectoriales, quienes delegarán en la Supervisión la provisión y control de uso de Elementos de Protección, será responsable de instruir al personal a cargo en el correcto uso, conservación, y de solicitar las sanciones disciplinarias ante incumplimiento de la presente Norma. El Dpto. Higiene y Seguridad es responsable de auditar el cumplimiento de la reglamentación vigente, colaborar en la capacitación, efectuar las pruebas de incorporación de nuevos elementos de protección, o su reemplazo, requiriendo pruebas operativas y evaluando sus conclusiones conjuntamente con los sectores usuarios y capacitará a la supervisión sobre las características de nuevos elementos y/o incorporarlos. La Dirección de Servicios y Mantenimiento con la colaboración del Dpto. Higiene y Seguridad, serán los responsables de mantener actualizados los registros de entrega de Elementos de Protección Personal y los stocks en los niveles requeridos, contando para ello con el asesoramiento de los Técnicos en Higiene y Seguridad. El Sector o Dpto. que contrate, requiera o solicite tareas realizadas por terceros, será responsable de hacer cumplir la presente reglamentación para ese personal actuante. Los Usuarios de Elementos de Protección, serán responsables de utilizar, higienizar, cuidar y conocer las disposiciones de la presente Norma General, sin perjuicio de que establezcan las Normas de Procedimientos y/o Procedimientos Operativos Específicos referentes al uso de E.P.P. DISPOCICIONES GENERALES: Uso y Conservación Su uso será individual, cuando las razones de uso e higiene lo justifiquen, como los casos de protectores auditivos, calzado de seguridad, cascos, etc. Los elementos de protección personal se entregarán y se registrarán en forma individual. Quedarán a cargo del usuario, mientras dure su relación laboral. Deben mantenerse en perfecto estado de uso, quedando su higienización a cargo del usuario. Se reemplazarán aquellos de Protección que se hubiesen deteriorado, como consecuencia normal del uso cotidiano. Se solicitará al usuario que entregue al supervisor o presente el elemento deteriorado, al requerir uno nuevo. Los elementos de Protección no asignados en forma individual (máscaras, equipos de respiración, etc.) deberán higienizarse y desinfectarse luego de su uso y entregados al Pañol. Los desperfectos y/o daños deberán denunciarse, en primera instancia al supervisor, luego al encargado de su recepción. Al recibir Elementos de Protección respiratoria, el usuario revisará sus componentes y efectuará las pruebas de hermeticidad. Reemplazará los componentes y filtros que fuesen necesarios para su seguridad. Aquellos elementos que fuesen descartables, serán desechados en bolsas para su posterior disposición final. Dado que el desarrollo constante de nuevos materiales y tecnologías, transforman en anticuadas las especificaciones técnicas presentes, se requerirá a los Proveedores las especificaciones del Elementos y/o Equipos, Normas bajos las cuales obtuvieron aprobación, un listado de clientes a los cuales consultar sobre su rendimiento y muestras a testear. Se implementará un circuito de pruebas Operativas. Aquellos E.P.P. cuyo uso Específico no fuese Reglamentado en Procedimientos Generales o Específicos, cumplirá la prescripción general de la Presente Norma. DESARROLLO: Casco de seguridad: Su uso es obligatorio en todos los sectores operativos del Ministerio de Educación. Los cascos se utilizaran: - En zonas donde exista riesgo de caída de objetos. - En zona de sala de maquinas donde exista riesgo de golpe contra objetos (cañerías, vigas, salientes, etc.). - En zonas cercanas a racks o estanterías donde se trabaje en altura. Protectores Auditivos (de Inserción o de Copa): Su uso es considerado obligatorio, superados los 85 dB (a) de Nivel Sonoro Continuo Equivalente. Su uso es obligatorio en todos los sectores operativos de máquinas, operadores de vehículos industriales, martillos neumáticos, sierras circulares, amoladoras y otros Equipos o zonas determinadas por el Dpto. Higiene y Seguridad. Todo personal que actúe como ayudante de los operadores descriptos, está sujeto a la obligatoriedad de uso de Protección Auditiva. Calzado de Seguridad: Su uso es Obligatorio en todos los sectores operativos, y/o que circule habitualmente por todos los sectores productivos del Ministerio de Educación. Los zapatos de seguridad deben estar homologados por las normas IRAM. Antiparras: Se utilizarán en tareas de manipuleo de sustancias químicas, trabajos de amolado, corte aserrado y otras tareas que produzcan proyecciones de partículas irritantes o nocivas, requiriendo una protección hermética. Protectores Faciales: (con arnés o adaptables a cascos de seguridad) Su uso es obligatorio en aquellos sectores, en que se produzcan salpicaduras de líquidos calientes o sustancias químicas, o proyecciones de partículas de mayor tamaño, que puedan afectar la visión o el rostro. Anteojos de Seguridad: Se utilizarán obligatoriamente como protección básica en la operación, control, inspección, calibración o simple circulación por la zona, de todos los equipos con husillos giratorios, máquinas herramientas, martillos y cinceles neumáticos y otras operaciones, manuales o mecanizadas que emitan partículas proyectadas. Los anteojos de seguridad se conservarán siempre limpios y se guardarán protegiéndolos contra el roce. Caretas para Soldaduras y Antiparras con tinte o filtro: Es obligatorio su uso para el personal de corte y soldadura, y el ayudante en dichas tareas. Los filtros serán adecuados según la intensidad del equipo y según el tipo de equipo (corte y soldadura oxiacetilénica o Electro soldadura) Delantales: Delantales para soldar: Su uso es obligatorio para el operador y ayudante, en tareas de corte y soldaduras. Polainas: Se utilizarán para tareas de corte, soldadura y en procesos colada, fundición y otros procesos con desprendimientos, proyección o manipuleo de metales fundidos. Guantes: Es obligatorio su utilización para: Manipular herramientas, objetos, etc., que tengan o hayan tenido contacto con afluentes (cloacas u otros), manipuleo de sustancias químicas, tareas de montaje, caldera, herrería y soldadura, manipuleo de bordes cortantes y toda otra tarea que presente riesgos para las manos. Mascarillas: Se utilizarán en aquellos ambientes que presenten polvos y partículas en suspensión molestas o irritantes para los operadores. (Operadores y Ayudantes). Mascaras o Semimáscaras con filtros intercambiables: Su uso es obligatorio en la manipulación de sustancias químicas que emitan gases o vapores nocivos, o que se uso sea recomendado en las ‘Hojas de Seguridad’ de los productos. También se utilizarán en el manejo o control de equipos o instalaciones que emitan vapores o gases molestos o irritantes, hasta tanto se implementen soluciones de ingeniería. (Recuerde: los filtros deben renovarse atento a su vida útil.). Arnés de Seguridad tipo paracaidista, anclajes y cabos de Vida de Seguridad: Para trabajos en alturas: su eso es obligatorio para trabajos a partir de 2 metros de altura. Su uso es de carácter estrictamente obligatorio para ingresos a espacios confinados y para excavaciones de más de 2 metros de profundidad. Su uso es obligatorio para tareas especializadas de limpieza, mantenimiento, etc., con probabilidad de caídas en fosas, zanjas, estanques, piletas, etc. Faja Lumbar: Los trabajadores encargados de manipular cargas y/o materiales, deben recibir en primera instancia capacitación específica sobre el tema de cómo levantarlas y transportarlas para no comprometer su salud y seguridad. El Técnico en Seguridad y/o Supervisor del área, verificará la aplicación de las medidas preventivas, e incluso determinará la factibilidad del uso de Protección Lumbar, la cual estará disponible en el almacén para quien solicite su uso. Obligatoriedad de uso: Se utilizaran en los sectores operativos los Elementos de Protección Personal indicados en las cartelería de uso de Elementos de Protección Personal. Anteojo de seguridad si si si Automotores Operativo Restauración de libros Montaje Encuadernación Cortador en Guillotina Impresión Pintura Soldador Electricista Mudanza Tareas generales Carpintería ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL si si Antiparras Arnés Barbijos si si si si si si Botas de Goma Casco si si si si si si si Delantal de látex Delantal de cuero plomado Fajas Lumbares si si si si si si Guantes de cuero vaqueta si si si si si Guantes de látex Guantes de Nitrilo si Guantes de PVC si si si si si si si si Guantes dieléctricos Guantes moteados Mangas para soldador si si Guantes de soldador Guantes descarne si si si si si si si Máscara para soldar Polaina para soldador Protector auditivo tipo copa si si si si si si si Protector endoaural si si si si si si si Protector Facial si si Respirador semimáscara si si si Filtros Vapores Orgánicos si si si si si
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