RESOLUCIÓN No. 016 de 2015 (Abril 7) Por la cual se imponen unas sanciones EL COMITÉ DISCIPLINARIO DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL PROFESIONAL CATEGORÍAS “A” y “B” En uso de sus facultades legales y estatutarias, RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer las sanciones correspondientes a un partido aplazado por la 3ª fecha de la Liga Águila I 2015. SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR Johan Arango Once Caldas 3ª fecha de la Liga I Águila 2015 1 fecha $128.870,oo 13ª fecha Motivo: Recibir una segunda amonestación en un mismo partido Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol Liga Águila I 2015 AMONESTADOS AMONESTADO OSWALDO HENRIQUEZ MAYER CANDELO JAIME SIERRA CLUB MILLONARIOS F.C. MILLONARIOS F.C. ONCE CALDAS FECHA 3ª fecha Liga Águila I 2015 3ª fecha Liga Águila I 2015 3ª fecha Liga Águila I 2015 Art. 74-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol MULTA $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 2) _________________________________________________________________________________________ TERCERA AMONESTACIÓN SANCIONADOS CLUB MILLONARIOS F.C. OSWALDO HENRIQUEZ FECHA 3ª fecha Liga Águila I 2015 SUSPENSIÓN 1 fecha A CUMPLIR 13ª fecha Liga Águila I 2015 Art. 74-3 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Artículo 2º.- Imponer las sanciones correspondientes a unos partidos adelantados por la 14ª fecha de la Liga Águila I 2015. SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR Oscar Murillo Atl. Nacional 14ª fecha de la Liga Águila I 2015 1 fecha $$128.870,oo 13ª fecha Motivo: Recibir una segunda amonestación en un mismo partido Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol Liga Águila I 2015 AMONESTADOS AMONESTADO YULIÁN ANCHICO DANIEL TORRES DAIRON MOSQUERA LUIS ARIAS HENRY OBANDO MATHEUS URIBE PEDRO TAVIMA YEISON GORDILLO JUAN D. VALENCIA ALEJANDRO BERNAL CLUB IND. SANTA FE IND. SANTA FE IND. SANTA FE IND. SANTA FE DEP. TOLIMA DEP. TOLIMA DEP. BOYACA CHICÓ DEP. BOYACA CHICÓ ATL. NACIONAL ATL. NACIONAL FECHA 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 MULTA $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo Art. 74-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES CLUB MOTIVO IND. SANTA FE 4 amonestaciones en el mismo partido FECHA 14ª fecha Liga Águila I 2015 MULTA $644.350,oo Artículos 91-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 3) _________________________________________________________________________________________ TERCERA AMONESTACIÓN SANCIONADOS CLUB DEP. BOYACA CHICÓ PEDRO TAVIMA DEP. BOYACA CHICÓ YEISON GORDILLO ATL. NACIONAL ALEJANDRO BERNAL IND. SANTA FE DAIRON MOSQUERA IND. SANTA FE LUIS ARIAS FECHA 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 SUSPENSIÓN 1 fecha 1 fecha 1 fecha 1 fecha 1 fecha A CUMPLIR 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 Art. 74-3 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Artículo 2º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 13ª fecha de la Liga Águila I 2015. SANCIONADO Deiver Machado Motivo: Fabio Rodríguez Motivo: Jonathan Ángulo Motivo: CLUB Millonarios F.C. FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR 13ª fecha de la Liga Águila 2015 2 fechas $279.218,oo 14ª y 15ª fecha Conducta violenta contra un adversario Artículo 78-D Código Disciplinario Único Colfútbol 13ª fecha de la Liga Águila 2015 Talento Dorado 2 fechas Liga Águila I 2015 $279.218,oo Conducta violenta contra un adversario Artículo 78-D Código Disciplinario Único Colfútbol Atl. Huila 13ª fecha del Torneo Águila 2015 1 fecha 14ª y 15ª fecha Liga Águila I 2015 $128.870,oo Recibir una segunda amonestación en un mismo partido Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol 13ª fecha Liga Águila I 2015 AMONESTADOS AMONESTADO NICOLÁS VIKONIS MAYER CANDELO WALMER PACHECO ALBERTO PARDO BRAYAN ÁNGULO CLUB MILLONARIOS F.C. MILLONARIOS F.C. UNIAUTÓNOMA F.C. UNIAUTÓNOMA F.C. DIM FECHA 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 MULTA $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 4) _________________________________________________________________________________________ LUIS TIPTON DAVINSON MONSALVE JULIÁN QUIÑONES DANOVIS BANGUERO FREDY SALAZAR JONATHAN LOPERA JOSE CUADRADO JONATHAN GÓMEZ JAROL MARTÍNEZ MIGUEL BORJA JEAN C. BLANCO JONATHAN SEGURA LUIS VERGARA GERARDO BEDOYA EDUAR CAICEDO EDWIN MOVIL MAURICIO MARÍN JONATHAN PALACIOS MARTÍN ARZUAGA RAMÓN CÓRDOBA WILDER SALAZAR JOSE QUIÑONES EDWIN VELASCO CRISTIAN BORJA YONNI HINESTROZA JAIME CÓRDOBA MIGUEL MEDINA PABLO VELÁSQUEZ ALEXIS HENRIQUEZ CRISTIAN ARRIETA YILMAR ÁNGULO JUAN C. SAIZ BREINNER CASTILLO CRISTIAN NAZUTI ANDRÉS PEREZ JUAN QUINTERO ARLEY RODRÍGUEZ FELIPE BANGUERO DEIVI BALANTA JEISON ESTUPIÑAN LUIS NÁRVAEZ DIM DEP. TOLIMA DEP. TOLIMA DEP. TOLIMA ONCE CALDAS ONCE CALDAS ONCE CALDAS DEP. PASTO DEP. PASTO IND. SANTA FE EQUIDAD PATRIOTAS F.C. CÚCUTA DEP. CÚCUTA DEP. CÚCUTA DEP. CÚCUTA DEP. CÚCUTA DEP. CÚCUTA DEP. JAGUARES F.C. JAGUARES F.C. JAGUARES F.C. JAGUARES F.C. CORTULUÁ CORTULUÁ CORTULUÁ CORTULUÁ CORTULUÁ ATL. NACIONAL ATL. NACIONAL ENVIGADO F.C. ENVIGADO F.C. ENVIGADO F.C. ENVIGADO F.C. DEP. CALI DEP. CALI DEP. CALI AL. PETROLERA AL. PETROLERA AL. PETROLERA AL. PETROLERA JUNIOR 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 5) _________________________________________________________________________________________ MAC NELLY TORRES SERGIO QUIÑONES FRANCISCO RODRÍGUEZ NORMAN CABRERA EDWIN ÁVILA DIEGO AMAYA JHON LOZANO MARCELO BERGESSEN DAVID FERREIRA JONNY DA SILVA CAMILO AYALA JUNIOR DEP. BOYACÁ CHICÓ DEP. BOYACÁ CHICÓ DEP. BOYACÁ CHICÓ DEP. BOYACÁ CHICÓ ATL. HUILA ATL. HUILA ATL. HUILA ATL. HUILA ATL. HUILA ATL. HUILA 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo $128.870,oo Art. 74-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES CLUB MOTIVO CÚCUTA DEP. 6 amonestaciones en el mismo partido FECHA 13ª fecha Liga Águila I 2015 MULTA JAGUARES F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido 13ª fecha Liga Águila I 2015 $644.350,oo $644.350,oo CORTULUÁ 5 amonestaciones en el mismo partido 13ª fecha Liga Águila I 2015 $644.350,oo ENVIGADO F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido 13ª fecha Liga Águila I 2015 $644.350,oo AL. PETROLERA 4 amonestaciones en el mismo partido 13ª fecha Liga Águila I 2015 $644.350,oo DEP. BOYACÁ CHICÓ 4 amonestaciones en el mismo partido 13ª fecha Liga Águila I 2015 $644.350,oo ATL. HUILA 6 amonestaciones en el mismo partido 13ª fecha Liga Águila I 2015 $644.350,oo Artículos 91-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol TERCERA AMONESTACIÓN SANCIONADOS CLUB ARLEY RODRÍGUEZ AL. PETROLERA EDWIN ÁVILA DEP. BOYACÁ CHICÓ CRISTIAN BORJA CORTULUÁ YONNI HINESTROZA CORTULUÁ CRISTIAN ARRIETA ENVIGADO F.C. JHON LOZANO ATL. HUILA FECHA 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 SUSPENSIÓN 1 fecha 1 fecha 1 fecha 1 fecha 1 fecha 1 fecha A CUMPLIR 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 6) _________________________________________________________________________________________ MARTÍN ARZUAGA JAGUARES F.C. WILDER SALAZAR JAGUARES F.C. ALEXIS HENRIQUEZ ATL. NACIONAL DANOVIS BANGUERO DEP. TOLIMA JULIAN QUIÑONES DEP. TOLIMA MAYER CANDELO MILLONARIOS F.C. 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 13ª fecha Liga Águila I 2015 1 fecha 1 fecha 1 fecha 1 fecha 1 fecha 1 fecha 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 14ª fecha Liga Águila I 2015 Art. 74-3 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Artículo 5º. Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 8ª fecha del Torneo Águila 2015. SANCIONADO Ethan González Motivo: Andrés Gómez Motivo: Eduardo Simanca Motivo: Nicolás Genes Motivo: Mateo Pardo Motivo: CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR Expreso Rojo 8ª fecha de la Copa Águila 2015 1 fecha $64.435,oo 9ª fecha Recibir una doble amonestación en el mismo partido Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol Llaneros F.C. 8ª fecha de la Copa Águila 2015 1 fecha Torneo Águila 2015 $64.435,oo Recibir una doble amonestación en el mismo partido Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol Valledupar 8ª fecha de la Copa Águila 2015 1 fecha Torneo Águila 2015 $64.435,oo Recibir una doble amonestación en el mismo partido Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol Bogotá F.C. 8ª fecha de la Copa Águila 2015 1 fecha 8ª fecha de la Copa Águila 2015 1 fecha Recibir una doble amonestación en el mismo partido Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol 9ª fecha Torneo Águila 2015 $64.435,oo Recibir una doble amonestación en el mismo partido Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol Bogotá F.C. 9ª fecha 9ª fecha Torneo Águila 2015 $64.435,oo 9ª fecha Torneo Águila 2015 Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 7) _________________________________________________________________________________________ 8ª fecha de la Copa Águila 2015 Fredy Flórez Real Santander Motivo: Recibir una doble amonestación en el mismo partido Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol 1 fecha $64.435,oo 9ª fecha Torneo Águila 2015 AMONESTADOS AMONESTADO GABRIEL FUENTES DAVID MURILLO JOHN VÁSQUEZ DIEGO ORDOÑEZ HUMBERTO MENDOZA ORLANDO OSORIO DIEGO ECHEVERRY DIDIER PINO ELKIN GRANADOS HAROLD SÁNCHEZ YEINER OROZCO ANUAR HURTADO JOSE MAYA VICTOR CANTILLO DANIEL OSORIO HARLIN SUAREZ BRAYAN FERNÁNDEZ FELIPE ÁVILA HARRISON MANCILLA ANTHONY OTERO CARLOS PERTUZ JESUS MARTÍNEZ DEINER CETRE JOSÉ MUÑOZ LUIS MORENO ANGEL CAÑAS ANDRÉS VARÓN MIGUEL VARGAS JHON JARAMILLO ALEXIS HINESTROZA CLUB BARRANQUILLA F.C. BARRANQUILLA F.C. BARRANQUILLA F.C. REAL CARTAGENA REAL CARTAGENA REAL CARTAGENA REAL CARTAGENA U. POPAYÁN U. POPAYÁN U. POPAYÁN U. POPAYÁN U. POPAYÁN LEÓNES F.C. LEÓNES F.C. LEÓNES F.C. LEÓNES F.C. LEÓNES F.C. EXPRESO ROJO EXPRESO ROJO EXPRESO ROJO LLANEROS F.C. LLANEROS F.C. VALLEDUPAR VALLEDUPAR VALLEDUPAR VALLEDUPAR U. MAGDALENA U. MAGDALENA U. MAGDALENA U. MAGDALENA FECHA 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 MULTA $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 8) _________________________________________________________________________________________ JERSON BONILLA HEMBER VALENCIA CARLOS RODRÍGUEZ CAMILO BLANCO JOHN DUQUE JORGE SERNA ESTEBAN MORALES CRISTIAN DAJOME JULIAN BUITRAGO ROBERT CARVAJAL DIEGO HERRERA LUIS PAYARES CARLOS GIRALDO LUIS RIVAS DEPOR F.C. DEPOR F.C. FORTALEZA F.C. FORTALEZA F.C. FORTALEZA F.C. FORTALEZA F.C. BOGOTÁ F.C. BOGOTÁ F.C. REAL SANTANDER REAL SANTANDER REAL SANTANDER ATL. BUCARAMANGA ATL. BUCARAMANGA ATL. BUCARAMANGA 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo $64.435,oo Art. 74-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES CLUB REAL CARTAGENA U. DE POPAYÁN MOTIVO 4 amonestaciones en el mismo partido 5 amonestaciones en el mismo partido LEONES 5 amonestaciones en el mismo partido VALLEDUPAR 4 amonestaciones en el mismo partido U. MAGDALENA 4 amonestaciones en el mismo partido FORTALEZA F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido FECHA 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 MULTA $322.175,oo $322.175,oo $322.175,oo $322.175,oo $322.175,oo $322.175,oo Artículos 91-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 9) _________________________________________________________________________________________ TERCERA AMONESTACIÓN SANCIONADOS CLUB BOGOTÁ F.C. CRISTIAN DAJOME DEPOR F.C. JERSON BONILLA EXPRESO ROJO ANTHONY OTERO U. MAGDALENA ANDRÉS VARÓN FECHA 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 8ª fecha Torneo Águila 2015 SUSPENSIÓN 1 fecha 1 fecha 1 fecha 1 fecha A CUMPLIR 9ª Torneo Águila 2015 9ª Torneo Águila 2015 9ª Torneo Águila 2015 9ª Torneo Águila 2015 Art. 74-3 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Artículo 5º. Imponer las sanciones correspondientes a un partido adelantado por la 4ª fecha de la Copa Águila 2015. SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR Julián Hurtado Equidad 4ª fecha de la Copa Águila 2015 1 fecha $32.217,oo 5ª fecha Motivo: Recibir una doble amonestación en el mismo partido Artículo 74-2 Código Disciplinario Único Colfútbol Copa Águila 2015 AMONESTADOS AMONESTADO SEBASTIAN GUALDRÓN ANDRÉS CARDONA HUGO SOTO JAIRO MORENO Artículo 6º. CLUB EXPRESO ROJO F.C. EXPRESO ROJO F.C. EQUIDAD EQUIDAD FECHA 4ª fecha de la Copa Águila 2015 4ª fecha de la Copa Águila 2015 4ª fecha de la Copa Águila 2015 4ª fecha de la Copa Águila 2015 MULTA $32.218,oo $32.218,oo $32.218,oo $32.218,oo Recurso de reposición presentado por el representante legal de Jaguares F.C. S.A. en contra del artículo 5º de la Resolución No. 015 de 2015 que sancionó al señor Dennis Gómez Lozano, con un millón novecientos treinta y tres mil cincuenta pesos ($1.933.050,oo) de multa y tres (3) fechas de suspensión por emplear lenguaje ofensivo y grosero contra el árbitro, en el partido disputado por la 12ª fecha de la Liga Águila I 2015 contra el club Equidad S.A. (Art. 765 y 79-B CDU). Se repone la decisión inicial y se reduce la sanción a una (1) fecha de suspensión que cumplida en el partido disputado por la fecha 12ª de la Liga Águila I 2015. Del análisis del recurso y de las pruebas aportadas, como lo son el video oficial del partido y el informe del comisario el Comité encuentra que la situación descrita en el informe arbitral, sustento de la sanción impuesta, carece de suficiente asidero probatorio ya que el referido video no se aprecia que jugador alguno del equipo Jaguares F.C., se haya acercado a la terna arbitral finalizado el encuentro. Lo que se puede Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 10) _________________________________________________________________________________________ observar es que miembros del cuerpo técnico del club la Equidad protestan airadamente las decisiones arbitrales, pero se insiste, ningún jugador de Jaguares F.C. aparece en la escena. Esta información se corrobora con el informe del Comisario de partido quien en su informe manifestó que “(…) es de anotar que por parte del equipo local la única persona que se acercó a los árbitros fue el delegado para brindarle protección por el reclamo fuerte que estaba realizando el técnico ya mencionado, y no observe para nada algún otro reclamo por parte de otra persona de los equipos local o visitante, una vez retirado el técnico ESCOBAR (…)”. En este orden de ideas, el Comité considera que la presunción de veracidad establecida por el artículo 164 del CDU de la FCF, que admite prueba en contrario por ser una presunción de hecho, ha sido quebrantada con las pruebas debidamente aportadas por el recurrente, lo que conlleva para el fallador una duda razonable acerca de la forma como se produjeron los hechos, y en ese mismo sentido a aplicar el principio de presunción de inocencia. De acuerdo con lo anterior, el jugador queda habilitado para disputar el partido correspondiente a la 14ª de la Liga Águila I 2015. Artículo 6º.- Recurso de reposición interpuesto por el representante legal de Envigado F.C. S.A. en contra del artículo 4º de la Resolución No. 015 de 2015 que sancionó al señor Andrés Orozco, con dos millones quinientos doce mil novecientos sesenta y cinco pesos ($2.512.965,oo) de multa y cuatro (4) fechas de suspensión por recibir una doble amonestación en un mismo partido en concurso por emplear lenguaje ofensivo y grosero contra el árbitro, en el partido disputado por la 12ª fecha de la Liga Águila I 2015 contra el club Atlético Huila S.A. (Art. Art. 65, 74-2 y 79-B CDU). No se repone la sanción y se confirma la decisión inicial. Del análisis del recurso y las pruebas aportadas, específicamente el video oficial del partido, el Comité encuentra claramente que al minuto 69 del partido, el jugador Andrés Orozco es expulsado al recibir una segunda amonestación, y acto seguido, se dirige al oficial de partido empleando lenguaje ofensivo y grosero. En ese mismo sentido, el Comité no acoge la pretensión subsidiaria del recurrente, consistente en que se adecúe la segunda conducta sancionada a una protesta airada de decisiones arbitrales, porque las pruebas aportadas al proceso indican claramente que se dio la injuria al oficial de partido. No se concede el recurso de apelación interpuesto de forma subsidiaria porque no se cumplen los requisitos establecidos en el inciso 2º del artículo 179 del de la CDU de la FCF. Artículo 7º. Recurso de reposición y en subsidio el de apelación presentado por el representante legal del Cúcuta Deportivo S.A., en contra del artículo 7º de la Resolución No. 015 que sancionó al al club con diecisiete millones ciento ochenta y dos mil seiscientos sesenta y seis pesos ($17.182.666,oo) de multa, perdida del partido por retirada, renuncia, o no presentación en la cancha, por ser responsable de que el partido contra el Equipo del Pueblo S.A., (DIM) por la 12ª fecha de la Liga Águila I 2015, se terminara anticipadamente por disposición del árbitro como consecuencia de la invasión al terreno de juego por parte de los aficionados del Cúcuta Deportivo S.A.; y suspensión de la plaza por dos (2) fechas en condición de local, las cuales deben disputarse a puerta cerrada, por conducta impropia de los espectadores, consistente en la invasión al terreno de juego (Art. 97 y 98 CDU). No se repone la sanción y se confirma la decisión inicial. Del análisis del recurso presentado el Comité considera que los argumentos esgrimidos por el club son insuficientes para revocar o reducir las sanciones impuestas. Debe precisarse que en el caso presente no constituye presupuesto fáctico que la invasión por parte del público haya conllevado directamente a actos de violencia sobre personas o cosas, sino que lo que se tuvo en cuenta por parte del Comité fue la gravedad de los incidentes ocasionados por los simpatizantes del Cúcuta Deportivo, situación que quedó ampliamente demostrada en la Resolución Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 11) _________________________________________________________________________________________ recurrida, mediante los informes de los oficiales de partido y corroborados por el video oficial del mismo. De otro lado, se destaca que las medidas adoptadas por el club fueron realmente insuficientes para evitar que los hechos ocurrieran y solamente se hicieron evidentes para controlar la situación lo que refleja que las mismas tuvieron un carácter ex post, lo que no exime de responsabilidad del club sancionado En lo atinente a la multa impuesta, el Comité recuerda que el ejercicio de tasación de la misma se efectuó de acuerdo con lo ordenado por el artículo 65 del CDU de la FCF según el cual “(…) por la comisión de una o más infracciones, una persona fuese acreedora a la imposición de multas diversas, el órgano disciplinario competente le impondrá la prevista para la infracción más grave, sin perjuicio de que pueda incrementarse analizando las circunstancias concurrentes, si bien, tal incremento no podrá superar la mitad del máximo de la cuantía prevista para tal infracción de mayor gravedad (…)”. Así, la multa más grave por la comisión de las diversas conductas sancionables equivale a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la infracción, aumentada en otro tanto analizadas las circunstancias concurrentes que se evidenciaron del análisis del acervo probatorio referido. Se concede el recurso de apelación ante la Comisión Disciplinaria de la Dimayor. Artículo 8º.- Recurso de reposición presentado por el representante legal de Llaneros F.C. S.A. en contra del artículo 7º de la Resolución No. 015 de 2015 que sancionó al club con un millón ochocientos diez mil ciento setenta y cinco pesos ($1.610.175,oo) de multa por no presentarse oportunamente a la celebración de los actos protocolarios en el partido disputado por la 7ª fecha del Torneo Águila 2015 contra el club Unión Magdalena S.A. (Art. 92-D CDU). No se repone la sanción y se confirma la decisión inicial. Del estudio del recurso presentado y de las pruebas aportadas y practicadas, el Comité considera que no le asiste la razón al recurrente. En este sentido la sanción no tiene fundamento en el retraso del inicio del partido, sino que tal como se evidencia en el video aportado por el recurrente, al momento de salir el Club Llaneros F.C. al terreno de juego, el equipo visitante y la terna arbitral ya estaban formados en el terreno de juego para el inicio de los actos protocolarios. El hecho de que el partido se haya iniciado 3 minutos antes de la hora oficial, no exime la responsabilidad del club de atender las instrucciones del oficial de partido. Contra la presente decisión no procede recurso alguno. Artículo 9º.- Señor Ramón Córdoba, jugador inscrito con el club Jaguares F.C. S.A., cuatrocientos cincuenta y un mil cuarenta y cinco pesos ($451.045,oo) de multa y cinco (5) fechas de suspensión en la Liga Águila I 2015 por incurrir en conducta violenta contra un adversario que le ocasionó incapacidad temporal con ocasión del partido disputado por la 11ª fecha de la Liga Águila I 2015, contra el Envigado F.C. S.A. (Arts. 78-D y 78-E del CDU). Mediante informe secretarial que antecede, el Comité tuvo conocimiento que en el referido partido el jugador Ramón Córdoba le ocasionó una lesión al jugador Ángelo Rodríguez del Envigado F.C., en una jugada ocurrida en el minuto 8 del encuentro. En tales circunstancias, el Comité asumió el conocimiento de la investigación, con fundamento en lo establecido por el artículo 197 del Código Disciplinario Único según el cual las “(…) infracciones disciplinarias son perseguibles de oficio o por queja (…)”, tal y como ha ocurrido en situaciones Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 12) _________________________________________________________________________________________ anteriores1. De igual forma, en aplicación del literal a) del artículo 149 del CDU de la FCF, una de las atribuciones generales del Comité Disciplinario del Campeonato consiste en “(…) Sancionar las faltas graves que no hubiesen advertido los oficiales de partido (…)” Analizadas las pruebas recaudadas en el expediente, así como los informes presentados por el representante legal del Envigado F.C., se concluye que el jugador Ramón Córdoba, con fuerza desmedida y desproporcionada le pegó un puñetazo en la cara al jugador Ángelo Rodríguez, quien estaba de espalda, en posesión del balón y recibe el golpe sin si quiera poder advertirlo. Sobre los mismos hechos reposa información médica que indica que al jugador Ángelo Rodríguez le diagnosticaron una fractura maxilofacial con una orden de hospitalización. Conductas de esta índole están reguladas por los literales D y E del artículo 78 del CDU de la FCF los cuales establecen: “Art. 78-D: Suspensión de dos (2) a cuatro (4) fechas y multa de trece (13) a veinte (20) salarios mínimos diarios legales vigentes al momento de la infracción por ser culpable de conducta violenta contra los jugadores rivales u otras personas que no sean oficiales de partido (…)” “Art. 78-E Suspensión de cinco (5) a ocho (8) fechas y multa de veintiuno (21) a treinta (30) salarios mínimos diarios legales vigentes al momento de la infracción si como consecuencia de la acción violenta se ocasionare daño físico o lesión, según la gravedad del hecho. Si la lesión ocasionare incapacidad temporal o definitiva a juicio de un médico designado por la entidad organizadora del partido, el club al que pertenezca el infractor responderá por los gastos médicos y hospitalarios que se causen al igual que los costos laborales de la incapacidad (….)”. Contra la presente decisión procede el recurso de reposición ante el Comité Disciplinario del Campeonato. Artículo 10º.- Caso del señor Yony González, jugador inscrito con el club Envigado F.C. S.A. por hechos ocurridos con ocasión del partido disputado por la 11ª fecha de la Liga Águila I 2015, contra Jaguares F.C. S.A. Concluida la investigación no se halla mérito para imponer sanción y en consecuencia se ordena el archivo de las diligencias. Artículo 11º.- Las sanciones económicas impuestas en esta resolución deberán cancelarse a la Dimayor dentro del término previsto el artículo 52° del Código Disciplinario Único de Colfútbol, el cual señala: “Artículo 52. Ejecución de la multa. 1. Los clubes o personas que hayan sido multados deberán cancelar el valor correspondiente dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de notificación de la sanción. De no hacerlo quedarán inhabilitados para actuar en las fechas subsiguientes y si se tratare de un club, el mismo será sancionado con deducción de puntos de los obtenidos en el campeonato en curso o del siguiente campeonato. Para tal efecto, la comisión o autoridad disciplinaria correspondiente, a través de resolución, hará la respectiva publicación sobre los inhabilitados por esta causa." 1 Resolución No. 42 del 22 de octubre de 2014 del Comité Disciplinario del Campeonato Resolución Comité Disciplinario del Campeonato Nro. 016 del 007 de abril de 2015 (Página 13) _________________________________________________________________________________________ Fdo. ALFREDO GÓMEZ QUINTERO Presidente (E) Fdo. ALEJANDRO ZORRILLA PUJANA Secretario
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