R.D. Nº 408-2010-ED R.D. Nº 462-2010-ED R.D. Nº 929-2011-ED TITULACIÓN V. DISPOSICIONES GENERALES TÍTULOS QUE OTORGAN LOS IESTs QUE DESARROLLAN CARRERAS TECNOLÓGICAS 5.1. Los Títulos que otorgan los IESTs que aplican el NDCB al egresado de una Carrera Profesional tecnológica de conformidad a la Ley Nº 29394 – Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, son: a) Título de Técnico. A Nombre de la Nación. Con mención en la respectiva Carrera Profesional. Con una duración de 4 Semestres Académicos. b) Título de Profesional Técnico. A Nombre de la Nación. Con mención en la respectiva Carrera Profesional. Con una duración de 6 Semestres Académicos. c) Título de Profesional. A Nombre de la Nación. Con mención en la respectiva Carrera Profesional. Con una duración de 8 Semestres Académicos. ¿Y Cuáles son los Requisitos para la Titulación ? Son los siguientes -Haber aprobado todas las UD de los Módulos Transversales y de los Módulos Técnico Profesionales, señalados en el Plan de Estudios de la Carrera Profesional. - Haber aprobado las prácticas pre profesionales correspondientes a los MTP. Haber elaborado y ejecutado un Proyecto Productivo y7o Empresarial relacionado a la Carrera Profesional y que propicie el desarrollo de su institución, localidad o región, -Haber aprobado el examen teórico – práctico que demuestre el logro de las competencias del Perfil Profesional de la Carrera. Haber aprobado las pruebas de suficiencia académica en : Comunicación, Matemática, Segunda Lengua y TICs. Expediente de Titulación Certificados de Estudios que demuestren la aprobación de todas las UD de los MT y de los MTP, señalados en el Plan de Estudios de la Carrera Profesional Art. 6.1. Para ser declarado expedito, el egresado debe presentar: Presentar el Recibo de Pago de derecho de Titulación Constancia de no tener deuda ni compromiso pendiente de pago con el IEST expedido por a Jefatura de la Unidad Administrativa. Constancias de haber realizado satisfactoriamente las prácticas preprofesionales, correspondientes a cada uno de los MTP Constancia de haber ejecutado un Proyecto Productivo y/o empresarial, expedido por el Jefe de Área Académica Art. 6.2 Cumplidas estas condiciones, el Secretario Académico o quien haga sus veces proyectará la Resolución Directoral que declara expedito al egresado. El Director General mediante RD declara expedito al egresado. EL EXAMEN DE SUFICIENCIA ACADÉMICA Las Pruebas de Suficiencia Académica, están orientadas a evidenciar el logro de las capacidades adquiridas por los estudiantes A través del desarrollo de los módulos educativos. Deben ser aplicadas Luego de haberse declarado expedito al egresado. ¿Qué áreas comprende el Examen de Suficiencia Académica ? El Examen de Suficiencia Académica Comunicación Matemática Segunda Lengua TIC´s El Docente Asesor y la Titulación Art. 6.8 El Docente Asesor es el responsable de brindar al grupo de estudiantes el apoyo metodológico y tecnológico en todo el proceso para hacer posible su titulación. Debe ser designado desde : Título El 4to. Semeste (RD Nº 408.2010-ED) Metodología y Tecnología ¿Y Cuáles son los documentos que debe contener el Expediente para Titulación? a) Art. 6.46 Solicitud dirigida al Director General Constancia del Jefe de Area de haber realizados las PP Recibo por concepto de derecho de Titulación (TUPA) i) Partida de Nacimiento Original g) h) c) b) d) Certificados de Estudios Superiores originales completos Dos copias autenticadas del DNI Acta de las Pruebas de Suficiencia Académica Acta de Examen teórico práctico que demuestre el logro de Competncias Constancia de no tener deuda pendiente con el IEST expedida por el Jefe del AA Cuatro fotografías tamaño pasaporte de frente y fondo blanco j) k) Recibo por el valor del formato del Título (TUPA) f) Informe de ejecución del Proy. Productivo visado por el Asesor l) e) Muchas Gracias
© Copyright 2024