CNHJ-015-2014 Respuesta a comunicados CEHJ Chiapas

México DF, a 13 de marzo de 2014.
Oficio: CNHJ-015-2014
ASUNTO: Se da respuesta a comunicados.
C. PABLO MORALES HERNÁNDEZ
PRESIDENTE COMISIÓN ESTATAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA
morena CHIAPAS
PRESENTE
En atención a sus comunicados CEHJ/CHIS/ 007 y 009/2014, recibidos por esta
Comisión Nacional el 11 de marzo del presente, así como a la copia para conocimiento
del oficio enviado al Comité Ejecutivo Estatal respecto a la realización de la sesión del
Consejo Estatal a efectuarse el próximo 16 de marzo de 2014, en la que, entre otros, se
llevará a cabo la elección de la Mesa Directiva del propio Consejo, nos permitimos
comentarles lo siguiente:
1. Consideramos oportuno y conveniente lo que la CEHJ planteó en su comunicado
al Comité Ejecutivo Estatal en cuanto a los diversos aspectos que habrá que
considerar en la realización de la sesión del Consejo Estatal del próximo 16 de
marzo, en particular en lo que se refiere a la elección de la Mesa Directiva.
2. En relación con la Consulta que nos hacen respecto a la aplicación de lo que
establece el artículo 16 del Estatuto con el fin de "garantizar la equidad de la
representación" en la integración de los órganos de dirección ejecutiva de
morena, valoramos positivamente su intención de que este criterio se vea
reflejado también en la conformación de la Mesa Directiva del Consejo Estatal y,
por supuesto, compartimos su interés y preocupación por que esta orientación se
lleve a la práctica.
Sin embargo, como ustedes bien lo señalan, no existe por ahora en nuestro
Estatuto una disposición expresa sobre cómo aplicar este criterio al momento de
elegir a quienes integrarán los distintos órganos que se contemplan en la
1/2
estructura organizativa de morena, y tampoco se prevé en el caso de la elección
de la Mesa Directiva de los Consejos Estatales.
Para este último caso, motivo de su Consulta, hay que advertir que nuestro
Estatuto establece expresamente un procedimiento para la elección de sus
integrantes en su artículo Quinto Transitorio, en combinación con el artículo 57,
sin dar pie a interpretaciones y/o a posibles formas de aplicación de lo dispuesto
en el artículo 16, ya mencionado.
Por lo anterior, esta Comisión Nacional estima que, para no incurrir en falta a
nuestra normatividad, debe llevarse a cabo la elección de la Mesa Directiva de
los Consejos Estatales en la forma en la que lo establece el artículo 57. Es así
que, la equidad de la representación en dicha elección sólo podrá plantearse
como una recomendación a los miembros del Consejo para que, en las
propuestas y al momento de emitir su voto, las y los Consejeros promuevan la
equidad en la representación, no sólo en cuanto al género, sino en los diversos
ámbitos contemplados por el Estatuto. Esto sin dejar de considerar los perfiles de
quienes sean propuestos, en lo que atañe a su responsabilidad y compromiso
con nuestro movimiento.
3. En lo referente a la invitación para que algún o algunos miembros de esta
Comisión Nacional los acompañen en la sesión de su Consejo Estatal, les
agradecemos mucho su atención, pero debido al cúmulo de tareas y asuntos que
debemos atender en los próximos días, no nos será posible asistir. No obstante,
hemos tenido comunicación con el C. Ernesto Chávez Contreras, Enlace del
CEN para el estado de Chiapas, para solicitarle que nos apoye con la finalidad
de estar al tanto del desarrollo de su sesión de Consejo.
Sin más por el momento, les enviamos un cordial saludo.
c.c.p. Ernesto Chávez Contreras, Enlace del CEN para el estado de Chiapas. Para su conocimiento.
c.c.p. Comité Ejecutivo Estatal en Chiapas. Para su conocimiento.
2/2