MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE CRÉDITO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. CONTENIDO 1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1 INTRODUCCIÓN 4 1.2 ALCANCE 4 1.3 DEL OBJETO 4 1.4 OBJETIVOS 5 1.5 USO, PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN DEL MANUAL 5 1.6 VIGENCIA 5 1.7 REGULACIONES 5 2. DEL CRÉDITO EDUCATIVO 2.1 CARACTERÍSTICAS DEL CRÉDITO EDUCATIVO 6 2.2 SOBRE LAS DIFERENTES MODALIDADES DE CRÉDITO EDUCATIVO 6 2.2.1 CRÉDITO TRADICIONAL 7 2.2.2 CRÉDITO PARA IDIOMAS 8 2.2.3 CRÉDITO PARA ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL 8 2.2.4 CRÉDITO PARA TITULACIÓN 8 2.2.5 CRÉDITO PARA FORMACIÓN EN EL TRABAJO 8 2.2.6 CRÉDITO PARA TALENTOS 9 2.2.7 TECNOIMPULSO 10 2.3 OPERATIVIDAD 10 2.4 LÍNEAS DE CRÉDITO Y MONTOS MÁXIMOS ANUALES 10 2.4.1 LINEA DE CRÉDITO 10 Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 1 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.4.2 MONTOS MÁXIMOS ANUALES PARA CRÉDITO TRADICIONAL 11 2.4.3 MONTOS MÁXIMOS ANUALES DE MODALIDADES DE CRÉDITO 12 2.5 DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN SOLICITUDES 14 2.6 DE LA EVALUACIÓN 15 2.6.1 DE LA VERIFICACIÓN TELEFÓNICA 15 2.6.2 DE LA VERIFICACIÓN DOMICILIARIA 15 2.6.3 DEL FLUJO DE EFECTIVO 15 2.6.4 DE LA VERIFICACIÓN DE BURO DE CRÉDITO 15 2.6.5 FAMILIARES CON CRÉDITO EDUCATIVO 16 2.6.6 VERIFICACIÓN DE OTRO APOYO 16 2.7 DE LA AUTORIZACIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO 17 2.8 INSTRUMENTACIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO 17 2.8.1 DE LOS CONTRATOS DE APERTURA DE CRÉDITO 17 2.8.2 DE LOS CONTRATOS CON GARANTÍA HIPOTECARIA 18 2.9 2.10 2.11 DEL PAGARÉ 18 2.9.1 18 AVALES DE LA DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO 19 2.10.1 DE LA RENOVACIÓN DEL APOYO 19 2.10.2 REGLAS COMPLEMENTARIAS PARA LA DISPOSICIÓN 20 DEL PAGO DEL CRÉDITO 21 2.11.1 DEL PAGO SEGÚN EL ESTATUS 21 2.11.2 PERÍODO DE GRACIA 23 2.11.3 PERÍODO ADICIONAL DE GRACIA 23 2.11.4 DEL PLAZO PARA EL PAGO DEL CAPITAL 23 Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 2 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.12 2.13 2.11.5 DEL LAS REACTIVACIONES DEL CRÉDITO EDUCATIVO 24 DE LA RECUPERACIÓN 26 2.12.1 DE LA APLICACIÓN DE LOS PAGOS 26 2.12.2 FACULTADES DE NEGOCIACIÓN 26 2.12.3 REESTRUCTURAS 26 2.12.4 CUENTAS CON SALDO IRRELEVANTE 27 2.12.5 CUENTAS CON SALDO INCOBRABLE 27 2.12.6 DE LAS CONDONACIÓN A ACREDITADOS 27 2.12.6.1 DE LAS CONDONACIONES POR VULNERABILIDAD 28 2.12.6.2 DE LAS CONDONACIONES POR INCENTIVOS 29 2.12.7 31 DE LA ASIGNACIÓN DE CARTERA Y BURÓ DE CRÉDITO DEL PROYECTO SOCIAL 31 2.13.1 NIVEL PREPARATORIA 31 2.13.2 NIVEL UNIVERSIDAD 31 2.13.3 NIVEL POSGRADO 32 2.13.4 TALENTOS 32 2.14 RECONSIDERACIONES 32 2.15 TERMINACIÓN O CANCELACIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO 33 2.16 GLOSARIO 35 Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 3 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1 INTRODUCCIÓN El presente Manual se instituye como una herramienta de apoyo, consulta y capacitación para todo el personal de EDUCAFIN que participa en la solicitud, el otorgamiento y la recuperación del crédito en sus diferentes modalidades, y será actualizado anualmente. Todo aquel estudiante que solicite un crédito educativo de EDUCAFIN para continuar con sus estudios y reúna los requisitos establecidos para tal efecto, le será otorgado éste siempre que exista disponibilidad de recursos y cumpla con el perfil establecido. EDUCAFIN ha establecido como una de sus principales políticas la entrega de crédito bajo un esquema de alta calidad crediticia, para lo cual ha desarrollado acciones con base en una fuerte cultura de moderación de riesgos en donde uno de sus grandes valores es la aplicación de sanas prácticas de colocación de crédito y el total apego a las disposiciones emitidas por el Consejo Directivo, estableciéndose las siguientes consideraciones: 1. Que es necesaria la adopción de sanas prácticas en el desarrollo de la actividad crediticia. 2. Que para el desarrollo de la actividad crediticia es indispensable que el personal que participa en sus distintas etapas, se sujete a lo establecido en este Manual. 1.2 ALCANCE El presente Manual está dirigido al personal del Instituto de Financiamiento e Información para la Educación, y a todo particular que solicite los servicios del Instituto. 1.3 DEL OBJETO El objeto de este presente manual es el regular las normas y políticas de crédito que conforman la Normativa de operación del mismo. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 4 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 1.4 OBJETIVOS A. Dar a conocer la Normativa para la operación de las diferentes modalidades de crédito Educativo al personal de todos los departamentos adscritos al Instituto. B. Difundir las modalidades de crédito Educativo, sus características y normas aplicables para el otorgamiento puntual a Acreditados que cumplan con los requisitos y sean sin lugar a duda candidatos a recibir el beneficio de los programas de crédito educativo. C. Proveer a todo el personal de EDUCAFIN, de una herramienta que dé uniformidad y eficiencia a la actividad crediticia, en beneficio de los Solicitantes, Acreditados, y del propio Instituto. 1.5 USO, PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN DEL MANUAL El uso, publicación y difusión de este Manual estará controlado por el Sistema de Gestión de la Calidad. 1.6 VIGENCIA El presente Manual entrará en vigor a partir del 27 de Mayo del 2014, quedando sin efecto la versión anterior. 1.7 REGULACIONES La actividad crediticia está regulada por las disposiciones que en materia establezcan: Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, El Código de Comercio, Código Civil del Estado de Guanajuato, y demás leyes supletorias vigentes, El Consejo Directivo de EDUCAFIN y El presente Manual. El Consejo Directivo de EDUCAFIN en congruencia con las disposiciones emitidas por las autoridades gubernamentales, aprobará a propuesta del Director General, normas y políticas para el otorgamiento, control y recuperación del crédito, así como las relativas a la evaluación y seguimiento del riesgo crediticio. De acuerdo a disposiciones que se emitan por las autoridades correspondientes en materia de crédito, de manera trimestral hará una revisión de las políticas, sometiéndolas a la aprobación del Consejo Directivo. El Manual es el instrumento que contiene las citadas políticas, el cual también será aprobado por el Consejo Directivo a propuesta del Director General de EDUCAFIN. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 5 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. El Director General está facultado por El Consejo Directivo para ejecutar los cambios necesarios, suficientes para la operación los programas, los cuales serán validados con posterioridad por el Consejo Directivo. El Director General será responsable de la adecuada implementación del Manual, así como de la debida aplicación de las estrategias relacionadas con la actividad crediticia. 2. DEL CRÉDITO EDUCATIVO 2.1 CARACTERÍSTICAS DEL CRÉDITO EDUCATIVO El Crédito Educativo: 1. Es un crédito complementario ya que cubre parcialmente los gastos relacionados con el proceso educativo. 2. Es un crédito reembolsable, porque el Acreditado lo paga para que otros Solicitantes tengan acceso al mismo. 3. Es flexible, porque se contrata por período escolar pudiendo suspenderse cuando no se requiera y ofrece condiciones preferenciales. El Crédito Educativo está dirigido a estudiantes que no cuenten con los recursos económicos suficientes para estudiar; y sean nacidos en el Estado de Guanajuato o nacidos en otro Estado con residencia comprobable mínima de 2 años en la Entidad. 2.2 SOBRE LAS DIFERENTES MODALIDADES DE CRÉDITO EDUCATIVO El Crédito Educativo aplicará en las siguientes modalidades: Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 6 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.2.1 CRÉDITO TRADICIONAL Está dirigido a estudiantes con promedio aprobatorio (el establecido en la institución educativa donde realicen sus estudios), de sistemas escolarizados o semiescolarizados, presenciales o en línea, de Preparatoria, Universidad (Técnico Superior Universitario, Profesional Asociado, Licenciatura, Intercambios académicos, y periodos intermedios como veranos) y Posgrados (Especialidades, Maestrías y Doctorados) en: a) Escuelas privadas en México que incluyan planes de estudio y programas que tengan RVOE de la Secretaría de Educación Pública (SEP), de la Secretaría de Educación de Guanajuato (SEG), ó de Universidades Autónomas; b) Escuelas públicas del Estado de Guanajuato (IPES); c) Escuelas en el extranjero. No se apoyan sistemas abiertos. El apoyo es por nivel y puede otorgarse máximo 8 años de la siguiente forma: hasta por 3 años para preparatoria, hasta por 5 años para Universidad y hasta por 3 años para nivel Posgrado, siempre y cuando cumplan con lo establecido en el apartado 2.11.5. El apoyo para intercambios académicos será por máximo un año a estudiantes de Universidad siempre y cuando la institución educativa cuente con convenio de intercambio con la institución en donde lo realizará. Se apoyarán periodos intermedios como veranos para que el acreditado se regularice en su carga académica o adelante créditos. A los Acreditados que realicen sus estudios en línea o en el Estado avalados por universidades extranjeras, se les podrá apoyar para realizar algún tipo de estancia en el extranjero como parte de su plan de estudios, siempre y cuando la escuela lo haga constar mediante oficio especificando la duración de la misma, que no deberá exceder de un año y medio. Para los Acreditados de esta modalidad de crédito, será exigible un proyecto social de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.13. 2.2.2 CRÉDITO PARA IDIOMAS Se apoyarán los estudios de lengua extranjera, como inglés, alemán, japonés, francés, chino mandarín, etc. en escuelas públicas o privadas de sistemas escolarizados, semiescolarizados, abiertos o en línea, reconocidas por la SEG, SEP o incorporadas; o que provengan de centros examinadores reconocidos o registrados internacionalmente; o bien que acrediten la certificación de sus docentes para la enseñanza del idioma y tengan un programa de calidad educativa. El apoyo se otorgará por un máximo de 4 años y de forma continua, cubriendo los conceptos de inscripción, colegiatura y material didáctico Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 7 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. Para estudios en el extranjero se cubrirán los conceptos de inscripción, traslado, manutención y seguro de vida que requiera el acreditado por exigencia del país donde realizará sus estudios y se requerirá de los siguientes niveles para cada idioma: Inglés 500 puntos TOEFL, Alemán A2, Japonés N5, Francés DELF B1, Chino Mandarín HSKII de acuerdo al Marco común europeo de referencia para las lenguas 2.2.3 CRÉDITO PARA ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL Es un crédito otorgado para realizar estudios, presenciales o en línea, para el desarrollo de las competencias relacionadas con la formación académica o laboral (congresos, talleres, cursos, diplomados y otros eventos a los que el solicitante acuda en representación del Estado) Está dirigido a personas que hayan concluido como mínimo la preparatoria. Las excepciones serán valoradas y autorizadas por el COI El crédito consistirá en un apoyo económico dentro de un período máximo de 1 año, que cubrirá los conceptos de inscripción y/o colegiaturas, y de manutención en caso de que los estudios se realicen fuera del lugar de residencia del Acreditado pero dentro del país y manutención en el extranjero dentro de un periodo máximo de 1 año 6 meses y hasta el monto máximo establecido, además de cubrir el costo de la transportación ya sea terrestre o aérea en concursos, certámenes tecnológicos o científicos, pruebas académicas y otras disciplinas artísticas o deportivas que por su selectividad permitan contar con un guanajuatense participando y poniendo en alto en nombre del estado. 2.2.4 CRÉDITO PARA TITULACIÓN Se otorgará apoyo para los trámites de titulación, los cuales podrán incluir todas las modalidades y se podrán cubrir los gastos de asesoría de tesis, cédula profesional, pago de examen CENEVAL, certificado de estudios, título, cursos para titulación y trámites relacionados con la misma. Estos conceptos serán pagados directamente a la escuela o en los casos en el que el estudiante demuestre haber realizado el pago mediante un recibo original de la Institución Educativa correspondiente a los gastos de titulación, se podrán reembolsar siempre y cuando se presenten en un plazo máximo de 6 meses luego de haber realizado el pago. La obligación de pago de esta modalidad comenzará inmediatamente al mes siguiente de haber recibido el apoyo. 2.2.5 CRÉDITO PARA FORMACIÓN EN EL TRABAJO Se entenderá por esta modalidad, el crédito otorgado para realizar estudios que ayuden en el desarrollo de competencias técnicas (ejemplo: carreras técnicas) para el trabajo y están dirigidos a: 1. Empresas que se encuentren legalmente establecidas en el Estado de Guanajuato y registradas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 2. Estudiantes de carreras técnico terminales y de Universidad. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 8 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 3. Personas independientes que sepan leer y escribir. Que estudien cursos impartidos por escuelas públicas o privadas, reconocidas por la autoridad educativa correspondiente en este caso, con capacitadores registrados por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, personas físicas autorizadas por la Dirección de Programas que acrediten su certificación, miembros de alguna cámara o gremio empresarial. El apoyo económico consistirá en un crédito por 3 años máximo, para cubrir los conceptos de: Inscripción, colegiatura y material didáctico del curso. Para las empresas, el apoyo consistirá en un crédito para cubrir el costo de capacitación de sus trabajadores hasta por el monto máximo establecido en el manual por trabajador. 2.2.6 CRÉDITO PARA TALENTOS Esta modalidad consiste en una beca-crédito dirigida a jóvenes con una trayectoria reconocida en el ámbito social, académico, deportivo o cultural, que hayan participado activamente en actividades extracurriculares y de servicio a la comunidad; que demuestren una personalidad sana, emprendedora, de compromiso social y cuenten con un proyecto de vida sobresaliente, definido y claro donde se vislumbre la realización de actividades concretas en beneficio del Estado; para realizar sus estudios de Preparatoria , Universidad o Posgrado en Universidades reconocidas, acreditadas, incorporadas o avaladas por instituciones como Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior (FIMPES), Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior (COEPES), Consorcio de Universidades Mexicanas (CUMEX) y similares; o escuelas del extranjero y para estudios de cursos y diplomados siempre y cuando el aspirante por su trayectoria, cumpla con los requisitos del programa. El promedio para que los aspirantes del área deportiva o cultural puedan solicitar el apoyo deberá ser de 8.5 en su último periodo escolar cursado y de 9 para otras áreas, mismo que deberán mantener para renovar su crédito, y de no cumplir con el apoyo seguirá considerándose en esta modalidad pero por ese periodo se le apoyará bajo las condiciones de crédito Tradicional sin derecho al porcentaje de beca. El apoyo cubrirá los conceptos de inscripción y/o colegiaturas en escuelas privadas, y manutención en escuelas públicas o en el extranjero. Cuando los Acreditados de escuelas privadas realicen sus estudios fuera de su lugar de residencia tendrán derecho a solicitar también apoyo para su manutención, sin que se rebase el monto máximo anual establecido para esta modalidad. Todos los Solicitantes serán elegidos por un comité establecido para este fin, denominado “Comité de Talentos” sin fines de lucro, representado por miembros de la sociedad civil y organismos gubernamentales, cuyo dictamen será inapelable. La duración de apoyo para Universidad y Posgrado en esta modalidad aplicarán de la misma forma que para el crédito Tradicional. Para los Acreditados de esta modalidad del crédito, será exigible un proyecto social. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 9 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.2.7 TECNOIMPULSO Dirigido a estudiantes de Preparatoria, Universidad (Técnico Superior Universitario, Profesional Asociado, Licenciatura) y Posgrados (Especialidades, Maestrías y Doctorados) de escuelas públicas o privadas con sistemas escolarizados o semiescolarizados que incluyan planes de estudio y programas que tengan RVOE de la Secretaría de Educación Pública (SEP), de la Secretaría de Educación de Guanajuato (SEG) o de Universidades Autónomas y sistemas en línea. No se apoyarán estudios de sistemas abiertos. Para su autorización se validará que el solicitante tenga la capacidad de pago suficiente para cubrir el monto mensual del crédito. 2.3 OPERATIVIDAD Dependiendo de la modalidad del crédito se establecerán convenios de colaboración o concurrencia con instituciones educativas, empresas y Municipios del Estado. Los convenios que EDUCAFIN llegue a firmar con otras Instituciones establecerán los lineamientos que los regirán, así como los acuerdos que se les pudieran integrar con posterioridad por voluntad de las partes, el cual surtirá efecto a partir de la firma de estos. De la misma manera, serán aplicables las disposiciones de la normatividad presente cuando así se considere. 2.4 LÍNEAS DE CRÉDITO Y MONTOS MÁXIMOS ANUALES EDUCAFIN determinará los montos máximos anuales de los apoyos económicos que estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal. Estos montos serán revisados cada año y se podrán actualizar de acuerdo al índice definido por EDUCAFIN y aplicarán de acuerdo a la siguiente información: 2.4.1 LINEA DE CRÉDITO Los acreditados cuentan con una línea de crédito de $157,500.00, excepto la modalidad de crédito para Talentos. Esta línea de crédito puede darse en una sola modalidad o en combinación de varias. Para crédito Tradicional la línea de crédito puede ampliarse si el acreditado lo requieren los siguientes términos: Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 10 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. a. Hasta $ 208,000.00 para aquellos Acreditados que tengan crédito en un solo nivel de estudio (Preparatoria, Universidad y Posgrado) y b. Hasta $ 260,000.00 para aquellos Acreditados que tengan crédito de Preparatoria a Universidad. En ambos casos se deberá contar con la presentación de 2 avales, con domicilios diferentes entre sí y que comprueben cada uno ingresos de 5 a 1 sobre la mensualidad que deba pagar el acreditado, en estos casos se podrá aplicar verificación domiciliaria o telefónica 2.4.2 MONTOS MÁXIMOS ANUALES PARA CRÉDITO TRADICIONAL NIVEL PÚBLICAS / MANUTENCIÓN PRIVADA1 LOCAL FORÁNEA Preparatoria $ 12,480 $ 18,200 $ 31,500 Universidad( $ 18,720 $ 32,760 $ 47,250 Posgrado $ 26,208 $ 46,800. $ 50,400 Estudios para cualquier nivel o intercambio en el extranjero $ 105,000 Estos montos serán revisados cada año y se podrán actualizar de acuerdo al índice definido por EDUCAFIN. En el caso de estudios en el extranjero presencial o en línea, el Acreditado podrá realizar un solo trámite firmando el pagaré por el monto total de lo que solicite, el cual se ministrará por EDUCAFIN o bien, podrá realizar renovaciones por período escolar de acuerdo a lo establecido en el punto 2.10.1 1 Los Acreditados de Nivel Superior y Posgrado de escuelas privadas serán apoyados hasta con un 77% del costo total de su período escolar. Si esta cantidad sobrepasara el límite de crédito anual, se aplicará el monto máximo anual. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 11 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.4.3 MONTOS MÁXIMOS ANUALES DE MODALIDADES DE CRÉDITO MODALIDAD MONTO MÁXIMO ANUAL $21,000 para dentro del país Idiomas estudios $52,500 para estudios en el extranjero $21,000 para dentro del país Actualización profesional estudios $105,000 para estudios en el extranjero Formación para el Trabajo $21,000 Titulación $21,000 Tecnoimpulso De $5,000 a $14,000 TALENTOS MONTO MÁXIMO ANUAL TIPO DE ESCUELA Privadas $105,000.00 Públicas Locales $52,500.00 Públicas Foráneas $105,000.00 Extranjero $105,000.00 En caso de que el acreditado de escuela privada foránea solicite además manutención, se podrá pagar como máximo el monto establecido anteriormente y la diferencia contra el monto máximo, se podrá otorgar para inscripción y colegiaturas. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 12 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.5 DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN SOLICITUDES La documentación e información que se requiere de acuerdo al tipo de modalidad o proceso se señala en el siguiente cuadro, esta documentación formará parte del expediente del Solicitante y quedará en propiedad de EDUCAFIN de manera definitiva. TRADICIONAL (Preparatoria, Universidad y Posgrado) FORMACIÓN PARA EL TRABAJO TECNOIMPULSO IDIOMAS ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL TITULACIÓN TALENTOS DOCUMENTO Solicitud impresa2 de www.educafin.com y firmada por el Solicitante o el Tutor en caso de minoría de edad o por el Apoderado Legal. X X X X X X X Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial de elector, cédula profesional, licencia de conducir, cartilla de servicio militar y pasaporte) del Solicitante o Tutor (en caso de minoría de edad) y del Aval. X X X X X X X Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a 3 meses (agua, luz, teléfono, gas natural, servicio de cable o impuesto predial) del Solicitante o Tutor (en caso de minoría de edad) y del Aval. X X X X X X X Recibo de Inscripción o carta de aceptación de la institución educativa o capacitadora donde se realizarán los estudios. Carta de Costos de inscripción y colegiatura emitida por la institución educativa (privada) o capacitadora, que incluya la CLABE para transferencias interbancarias 3 y/o Carta de Gastos de Manutención elaborada y firmada por el Solicitante tratándose de escuelas públicas y en el extranjero. Estos últimos deberán presentar su CLABE también. X X X X X X X X X X X X X Certificado o constancia de calificaciones del último grado de estudios, carta de pasante o cédula profesional1 X X X X X X 2 . La solicitud de apoyo tendrá una vigencia de 6 meses contados a partir de la fecha en que se llena 1 Los casos de las instituciones educativas que ofrecen información a los Acreditados mediante un sistema electrónico, pudiendo ser ésta calificaciones y carta de costos, se aceptará en los requisitos una impresión simple del sistema y se cotejará la información con el sistema de la escuela, asentando el sello con la leyenda “Cotejado vs. Original” incluyendo la fecha y firma de quien realizó la verificación. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 13 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. DOCUMENTO Comprobante mensual de ingresos de las personas que contribuyen al gasto familiar y del Aval con vigencia no mayor a dos meses, en el caso de comprobante del aval debiendo demostrar capacidad de pago 3 a 1 Comprobantes mensuales de gastos familiares del Solicitante con vigencia no mayor a 3 meses. Currículum Carta de postulación (Recomendación de alguna Institución o de un experto en el medio en que el solicitante ha destacado). Evidencia documental (Para el área académica, certificados de aquellos niveles cursados en donde haya tenido un desempeño sobresaliente, diplomas, reconocimientos, premiaciones, otros). Cuando los estudios se vayan a realizar en el Extranjero, presentar Poder otorgado ante Notario Público que conste en testimonio público. Este poder no es para la disposición del apoyo y se requiere solo en los casos en los que el solicitante se encuentre fuera del país Comprobante de acreditación del idioma para los casos del extranjero Comprobante de inicio de trámite de Titulación emitido por la escuela TRADICIONAL (Medio Superior, Superior y Posgrado) FORMACIÓN PARA EL TRABAJO TECNOIMPULSO IDIOMAS ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL TITULACIÓN TALENTOS X X X X X X X (solo aval) X X X X X X X X X X X X X X X Toda la documentación, deberá presentarse en original o copia, pudiendo integrarse al expediente cualquiera de los dos. Deberá cotejarse la autenticidad de los originales Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 14 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.6 DE LA EVALUACIÓN La evaluación del crédito, se harán en base a la documentación que presente el Solicitante de crédito, así como la información que se obtenga de las verificaciones que se realicen al Solicitante y del Flujo de efectivo y/o estudio socioeconómico. Los Solicitantes que en cualquier etapa del proceso omitan, presenten inconsistencias o falseen información, serán rechazados de manera permanente para cualquier programa de apoyo económico que maneje el Instituto, también se rechazará de manera permanente a las personas que haya sido demandadas por EDUCAFIN. 2.6.1 DE LA VERIFICACIÓN TELEFÓNICA Para todas las modalidades excepto Tecnoimpulso, se realizará la verificación telefónica al solicitante, al aval(es) y referencias personales y familiares a efecto de corroborar los datos de la solicitud, en caso de que la verificación telefónica resulte negativa se informará al Solicitante para hacer las correcciones necesarias; una vez recibida la solicitud, el plazo para concluir la verificación será de 1 mes, de lo contrario el crédito se rechazará. 2.6.2 DE LA VERIFICACIÓN DOMICILIARIA EDUCAFIN podrá realizar visitas domiciliarias a los Solicitantes o Avales cuando haya duda de la información proporcionada por el mismo, en caso de que el resultado de la visita sea negativo el apoyo será rechazado. 2.6.3 DEL FLUJO DE EFECTIVO El flujo de efectivo se aplicará para familiares que vivan en el mismo domicilio y tendrá una vigencia de 12 meses Si durante la aplicación del flujo de efectivo y/o estudio socioeconómico se detecta solvencia por una cantidad equivalente al doble de los gastos escolares declarados, el crédito podrá ser rechazado. 2.6.4 DE LA VERIFICACIÓN DEL BURÓ DE CRÉDITO EDUCAFIN podrá realizar consultas en buró de crédito al solicitante o acreditado, aval y/o a la principal fuente de ingreso familiar, considerándose como motivo de rechazo de la solicitud las siguientes claves de observaciones identificadas en el reporte de crédito especial: Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 15 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. CLAVE CV FD FR RN SG UP 9 DESCRIPCIÓN CUENTA VENCIDA VENDIDA (la entidad financiera o empresa comercial otorgante del crédito vendió su cartera con problemas a otra institución). CUENTA FRAUDULENTA (el crédito se utilizó fraudulentamente por el cliente y esto fue comprobado). ADJUDICACIÓN (adjudicación del bien o inmueble hipotecado en proceso de por morosidad en pagos). CUENTA REESTRUCTURADA DEBIDO A UN PROCESO JUDICIAL (el crédito fue reestructurado debido a la conclusión de un proceso judicial). DEMANDA POR EL OTORGANTE (demanda interpuesta por la entidad financiera o empresa comercial otorgante del crédito). CUENTA QUE CAUSA QUEBRANTO (el saldo de la cuenta es reportado como pérdida total por la entidad financiera o empresa comercial). DÍGITO 9 DEL APARTADO DE HISTÓRICO DE PAGOS (cuenta con más de 12 meses sin pago, con saldo parcial o total sin recuperar o fraude cometido por el consumidor). 2.6.5 FAMILIARES CON CRÉDITO EDUCATIVO Son familiares sujetos de revisar su historial crediticio los parientes hasta el primer grado de consanguinidad y afinidad en línea ascendente, descendente y colateral y aquellos que independientemente del parentesco compartan el mismo hogar. EDUCAFIN podrá apoyar a Solicitantes o Acreditados que soliciten renovación o reactivación del apoyo y que tengan familiares con crédito siempre y cuando el área de Recuperación Financiera revise que no presenten saldos vencidos con el Instituto, en caso que hubieran reestructurado su crédito que tengan cumplidos al menos 3 pagos mensuales puntuales de acuerdo a lo pactado en el convenio, que no tengan intereses pendientes de pago y que no hayan sido demandados por el Instituto. 2.6.6 VERIFICACIÓN DE OTRO APOYO Cuando el solicitante ya cuente con el apoyo de una modalidad de crédito, se verificará que no tenga saldos vencidos y que no haya sido demandado por EDUCAFIN. En caso de que el solicitante contará con un apoyo de una beca de las que opera EDUCAFIN se verificará el estatus en esta, si esta activo se le pedirá que renuncie al apoyo, si no está activo podrá continuar con el proceso de la solicitud. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 16 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.7 DE LA AUTORIZACIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO La Coordinación de Financiamiento, será responsable de presentar los listados de solicitudes de créditos, para su validación y autorización por parte del Director General en conjunto con la Dirección Administrativa y la Dirección de Programas; así como de dar a conocer a Solicitantes y Acreditados mediante los medios que considere pertinentes, la autorización de su crédito. Una vez autorizado el crédito se podrá pagar el periodo escolar completo, sin cubrir periodos escolares previos al llenado de la solicitud Los créditos autorizados que no se hayan dispuesto durante un plazo de 6 meses a partir de la fecha en que se haya validado el apoyo en el sistema, se cambiarán a estatus de crédito cancelado por perder vigencia, y en caso de requerir nuevamente el apoyo podrá ser reactivados. 2.8 INSTRUMENTACIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO El crédito Educativo se instrumentará con un Contrato de Apertura de Crédito simple, el cual se imprimirá y firmará en dos tantos, quedando uno en resguardo del Instituto y se entregará otro al Acreditado. 2.8.1 DE LOS CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO 1. Una vez autorizado el crédito Educativo en cualquiera de las modalidades establecidas en este Manual, se celebrará un Contrato de Apertura de Crédito, donde se establezcan las condiciones del mismo, igualmente se suscribirán como garantía un pagaré que ampare las disposiciones del crédito otorgadas. 2. Los Contratos de Apertura de Crédito deberán contar con número de matrícula del acreditado, que hará las veces de FOLIO, en cada una de sus hojas y anexos. Deben contar con firma en todas las hojas del acreditado o su apoderado o si fuere menor de edad por quien ejerza la patria potestad sobre él, Avalista, y con firma del representante legal de EDUCAFIN en la última hoja. 3. Cuando el menor cumpla la mayoría de edad, se deberá firmar nuevamente el Contrato de Apertura de Crédito quedando él como titular del mismo. 4. Todos los títulos de crédito con los que se garantice el crédito Educativo deberán apegarse a lo correspondiente a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el Código de Comercio, y en materia supletoria el Código Civil para el Estado de Guanajuato. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 17 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.8.1.1 DE LOS CONTRATOS CON GARANTÍA HIPOTECARIA Las garantías hipotecarias que se hayan formalizado hasta el mes de Julio de 2013 continuarán vigentes con todos sus derechos y obligaciones hasta la liquidación del crédito. 2.9 DEL PAGARÉ Es un título por medio del cual el Acreditado se obliga a pagar a la orden de EDUCAFIN el monto del crédito Educativo en una fecha determinada, por ser una promesa de pago, firmado por las mismas partes que se obligaron en el contrato. Características del pagaré: A. Requisitos de forma: 1. La denominación “pagaré”, inserta en el texto del título y expresada en el idioma empleado para su redacción; 2. La promesa pura y simple de pagar una cantidad determinada en moneda nacional. 3. La indicación del vencimiento; 4. El lugar en que el pago haya de efectuarse; 5. El nombre de la persona a quien haya de hacerse el pago o cuya orden se haya de efectuar; 6. La fecha y lugar en que se firme el pagaré; 7. El nombre y la firma del que emite el título, denominado firmante. B. De las firmas del Acreditado y del Aval: Se utilizará la firma, y en los casos que no contar con una se utilizará el nombre de los interesados. La firma no podrá ser suplantada por impresión electrónica, ni tampoco contener rasgos diferentes a los que se distinguen en la identificación oficial. En caso de que el Acreditado o Aval no sepa escribir deberá presentar una carta firmada por dos testigos que manifiesten este dicho, anexando copias de sus identificaciones oficiales y en pagaré deberán poner su huella digital y una “X” de aceptación. 2.9.1 AVALES a. Los Avales deben vivir en el Estado de Guanajuato y tener una edad entre 25 y 65 años, b. Contar con ingresos propios comprobables con capacidad mayor al 30%; es decir, deberá tener ingresos 3 a 1 sobre el monto de la mensualidad; o bien dos avales que cubran esta capacidad, c. Un Aval solo puede avalar a un Acreditado en un crédito Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 18 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. d. e. f. g. El aval no deberá haber sido demandado por EDUCAFIN, No puede haber Avales cruzados, es decir un Acreditado no podrá ser Aval de otro Acreditado, Personal de EDUCAFIN no pueden fungir como Aval, Cuando se trata de apoyo en el extranjero se deberá de contar con 2 Avales. con domicilios diferentes entre sí h. Tratándose de reestructuras mayores a $150,000.00 se requerirá de dos avales que comprueben ingresos de 5 a 1 cada aval respecto a la mensualidad inicial pactada 2.10 DE LA DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO Es la entrega total o parcial del crédito, que se realiza al amparo de la autorización previamente establecida, cubriendo todos los aspectos en ella determinados y en estricto apego al presente Manual. La entrega del apoyo del crédito se efectuará por parte de EDUCAFIN por el medio que considere más eficiente y seguro. Siempre que el Acreditado cumpla con los requisitos y suscriba la documentación completa que formalice el otorgamiento del crédito de la modalidad seleccionada, recibirá las disposiciones correspondientes del apoyo. 2.10.1 DE LA RENOVACIÓN DEL APOYO El Acreditado para poder seguir recibiendo el apoyo de las siguientes disposiciones deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. Tener cubierto el porcentaje del capital de la última disposición más los intereses acumulados del mes en que se realice la renovación. 2. Haber cumplido con el proyecto social en el último período financiado, cuanto este sea exigible según el nivel de estudios o en la modalidad de crédito. 3. Cumplir con el promedio requerido 4. Estar inscrito en el período para el que recibirá el apoyo (escuelas públicas o en el extranjero). 5. Que los familiares con crédito en el Instituto sea positiva 6. Que la verificación telefónica sea positiva, tanto para el acreditado como para el aval(es). Para la renovación del apoyo deberá entregarse la siguiente documentación en original o copia: 1. Calificaciones finales del período inmediato anterior con sello de la escuela y/o firma, o bien una impresión simple del sistema de la escuela, cotejado por EDUCAFIN Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 19 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2. Carta de costos de inscripción y colegiaturas para escuelas privadas, y para escuelas públicas o en el extranjero, formato de manutención. 3. Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a 3 meses (agua, luz, teléfono, gas natural, servicio de cable o impuesto predial) del Acreditado y Aval(es). 4. Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial de elector, cédula profesional, licencia de conducir, cartilla de servicio militar y pasaporte) del Solicitante o Tutor (en caso de minoría de edad) y del Aval. 5. Cuando el Acreditado haya hecho algún pago inicial a la institución educativa, EDUCAFIN le podrá rembolsará el importe toda vez que éste presente comprobante de que se efectuó, conteniendo los siguientes datos: Nombre del Acreditado, concepto, monto y fecha de realización. 2.10.2 REGLAS COMPLEMENTARIAS PARA LA DISPOSICIÓN Una vez realizado el pago del período escolar solicitado, se podrá hacer el complemento de pago al Acreditado de algún concepto que no se haya indicado al realizar el trámite previa solicitud por escrito del interesado, siempre y cuando esta solicitud se realice dentro del mismo periodo escolar financiado y que no se exceda el monto máximo anual establecido Cuando exista saldo a favor del Acreditado en la institución educativa, ésta deberá devolverlo a EDUCAFIN, sin la posibilidad de que sea reembolsado al Acreditado. El importe será abonado al capital bajo el concepto de devolución. Cuando el CRÉDITO incluya pago de Manutención, éste se condicionará a que el Acreditado cumpla con sus pagos mensuales, de lo contrario se liberará el apoyo hasta que se encuentre al corriente. EDUCAFIN podrá autorizar el cambio de escuela y/o carrera, cumpliendo los siguientes requisitos: 1) Manifestar el motivo por escrito. 2) Que se encuentre al corriente en sus pagos. 3) Que tenga necesidad del apoyo, para lo que se le aplicará un flujo de efectivo. 4) Que la carrera cuenta con RVOE en caso de escuela privada ó con el reconocimiento de la SEG ó SEP en caso de escuelas públicas. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 20 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.11 DEL PAGO DEL CRÉDITO 2.11.1 DEL PAGO SEGÚN EL ESTATUS ESTATUS DESCRIPCIÓN DOCUMENTACIÓN PAGO MENSUAL Pago del 10% del capital otorgado en el período más el interés generado en el mes, a partir del mes siguiente de la entrega del CRÉDITO y distribuido en pagos mensuales durante los meses que resten para finalizar el período financiado. Activo Los Acreditados que dentro del periodo financiado no cubran en tiempo y forma dos mensualidades o más deberán pagar el 20% del monto financiado más interés en el siguiente período. Se establece una tolerancia de 10 pesos por mes para que los pagos se consideren realizados en forma. Acreditados que estudian con CRÉDITO EDUCAFIN y que realizan su trámite de renovación de manera ordinaria cada período escolar o que reactivan su CRÉDITO. La Dirección de Programas tiene facultad para disminuir el porcentaje de capital y/o condonar los intereses generados en el periodo para el aplique la disminución bajo las siguientes causas: 1) Enfermedad de miembro de familia, 2) Desempleo, 3) Defunción, 4) Ingresos familiares insuficientes. Esta reducción podrá ser solicitada por el acreditado cuando haya finalizado un periodo financiado para efecto de poder renovar, para poder reactivar, ó bien al inicio del periodo financiado si se detecta que no podrá cumplir con sus pagos, en esta caso de inicio sólo aplicará reducción de capital. Estudia sin apoyo Acreditados que continúen estudiando el nivel financiado sin el apoyo de EDUCAFIN, por renuncia, porque terminó la duración del apoyo, por alcanzar el límite de crédito establecido o porque ya no podrán renovar de manera permanente al incumplir algún requisito. Si por un período escolar no reportan su situación académica, cambia el estatus a Pagos a Capital. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 21 Constancia de estudios cada período escolar hasta el término del nivel financiado. Para Renuncia, adicional a la constancia, el formato establecido por EDUCAFIN. . En los demás casos, por instrucción interna al área de Atención a Beneficiarios. Pago del 5% del capital otorgado en el último período financiado más el interés generado en el mes durante el período en el que acredite que se encuentra estudiando. MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. ESTATUS Guardar apoyo Período de gracia Detener trámite DESCRIPCIÓN DOCUMENTACIÓN Estudiantes que suspenden temporalmente la disposición del apoyo, deberán reportar su situación académica cada periodo escolar hasta que egresen del nivel financiado, de no reporta su situación académica y de no renovar, se cambiará el estatus a Pagos a Capital. Los estudiantes que abandonen temporalmente sus estudios ya sea por razones de salud propias o de la familia o porque por su situación económica, se vean en la necesidad de trabajar para reunir dinero para continuar sus estudios también podrán guardar el apoyo. Período durante el cual los estudiantes egresados solamente tienen la obligación de pago de intereses. Acreditados activos a quienes EDUCAFIN suspende temporalmente el crédito hasta aclarar alguna situación particular. PAGO MENSUAL Será requisito que el acreditado no tenga saldos vencidos para guardar el apoyo, así como entregar el formato establecido por EDUCAFIN y constancia de estudios cada período escolar cursado. Paga únicamente generado en el mes. el Constancia de egreso. Instrucción interna al área de Atención a Beneficiarios. Baja, constancia con fecha de baja emitida por la escuela. Crédito cancelado para reestructura, sólo aplicará a los acreditados que anteriormente tenían estatus de estudia sin apoyo. Los créditos cancelados se podrán reestructurar Pagos a capital Acreditados que tienen la obligación de liquidar su crédito de acuerdo a lo establecido en el presente Manual. Egresados, constancia con fecha de término de estudios del nivel financiado emitida por la escuela. Crédito cancelado por EDUCAFIN de manera definitiva, instrucción interna al área de Atención a Beneficiarios. Crédito cancelado por no informar su situación académica durante un periodo escolar. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 22 Pago de interés y capital. interés MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. En el estatus Estudia sin Apoyo, a los Acreditados que se encuentren en el esquema anterior se les condonarán intereses únicamente del nivel financiado, iniciando su obligación de pago a capital al concluir éste. El interés ordinario se calcula sobre la tasa de 7% tasa será revisada cada año. 4 anual sobre saldos insolutos de capital; esta 2.11.2 PERIODO DE GRACIA A los Acreditados de crédito Tradicional y Talentos que hayan egresado del nivel de estudio financiado se les otorgará un período de gracia de 6 meses, durante el cual deberán pagar de forma mensual los intereses generados. A los Acreditados de las demás modalidades se les otorgará un periodo de gracia de 3 meses durante el cual deberán pagar de forma mensual los intereses generados. 2.11.3 PERÍODO ADICIONAL DE GRACIA En crédito Tradicional y Talentos se otorgará un periodo adicional de gracia de hasta 12 meses, contados a partir de la conclusión del periodo de gracia original, a las carreras que al egreso sea obligatorio dar un servicio social, pasantías, residencias, internado o cualquier actividad, aún cuando no estén incluidas en la currícula, siempre y cuando la escuela lo haga constar. Tratándose de acreditados que se hayan mantenido con estatus de CUMPLIDO en el último año se les podrá otorgar un periodo de gracia adicional de 6 meses. La petición deberá ser por escrito. 2.11.4 DEL PLAZO PARA EL PAGO DE CAPITAL El plazo de pago para las modalidades de Idiomas, Titulación, Formación para el Trabajo y Actualización Profesional se determinará con base en el saldo de la cuenta al inicio de la etapa de pagos a capital según se indica a continuación: RANGO DE SALDO PLAZO PARA PAGAR Hasta 6,000.00 6 meses De 6,001.00 a 20,000.00 12 meses De 20,001.00 a 35,000.00 18 meses De 35,001.00 a 50,000.00 24 meses De 50,001.00 a 65,000.00 36 meses De 65,001.00 en adelante 48 meses En las modalidades de Crédito Tradicional y Talentos el plazo para el pago será el mismo plazo financiado. 4 Tasa vigente desde el 2009. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 23 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. En la modalidad de Tecnoimpulso el plazo de pago será: 1) El crédito se comenzará a pagar a partir del mes siguiente de la entrega del apoyo en un plazo de entre 10 y 30 meses dentro del periodo de estudios con un plan de pagos mensuales fijos. 2) Podrá ser menor a 10 meses cuando al estudiante le falte menos de ese tiempo para terminar su periodo de estudios 3) El crédito no generará interés ordinario Durante este periodo de pago a capital se genera un interés moratorio a razón del 1.5% mensual sobre el saldo de capital vencido. En caso de que el Acreditado no haya concluido el nivel financiado en los plazos establecidos en el presente Manual deberá acreditar su estatus de estudiante, de lo contrario deberá iniciar el pago del crédito a partir del mes siguiente de concluidos los plazos mencionados. 2.11.5 DE LAS REACTIVACIONES DEL CRÉDITO EDUCATIVO Los Acreditados podrán reactivar su crédito para el mismo nivel financiado, por cambio de nivel cuando se encuentren en los siguientes status: 1. Estudia sin apoyo (por renuncia) 2. Período de gracia 3. Pagos a capital: a. Egresados b. Baja de escuela c. Créditos cancelados por no informar su situación académica y por perder vigencia según lo indicado en el apartado 2.7 Los créditos cancelados por perder vigencia según lo indicado en el apartado 2.7 podrán reactivarse dentro del primer año una vez aceptada la solicitud y de manera inmediata con la documentación presentada en la solicitud. Los créditos con máximo 1 año en estatus de cancelado por no informar su situación académica durante un periodo escolar mencionados en el apartado 2.11.1, podrán reactivarse de manera inmediata si demuestran que continúan estudiando. Una vez que ha sido autorizada la reactivación, el acreditado cuenta con un mes para realizar su trámite para programación de pago y se programará el pago del período completo en el que solicitó la reactivación, si no lo efectúa en ese tiempo quedará cancelada la reactivación. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 24 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. Los acreditados que se encontraban en el estatus de pagos a capital y reactiven el crédito seguirán siendo reportados a buró de crédito independientemente de que continúen estudiando. En el supuesto de que el acreditado tenga el crédito liquidado deberá llenar una nueva solicitud Los requisitos para reactivación en el mismo nivel financiado son: 1. Realizar la petición por escrito 2. Haber cumplido con el proyecto social conforme a lo establecido en el apartado 2.13 3. Tener la necesidad del apoyo, que se validará mediante la aplicación de un flujo de efectivo 4. Se podrá hacer la revisión en el Buró de Crédito de acuerdo a lo especificado en el apartado 2.6.4 de la revisión del Buró de Crédito 5. Revisar historial crediticio de sus familiares de acuerdo al apartado 2.6.5, y no haber sido demandados anteriormente; en caso de que hayan firmado su reestructura con fecha posterior al 21 de Enero de 2009 deberán tener al menos 12 pagos mensuales cumplidos y haber cubierto el total de intereses y seguro pendiente de pago; al ser autorizada la reactivación, se cancela la reestructura. Los requisitos para reactivación por cambio de nivel son: De nivel de Preparatoria a Universidad o en el nivel Posgrado de especialidad a maestría o de maestría a doctorado la reactivación será inmediata aplicando solamente flujo de efectivo cuando el Acreditado haga su trámite para la programación de pago, siempre y cuando no haya interrumpido sus estudios por más de 1 año, además la carrera a la que ingrese debe contar el reconocimiento de validez oficial especificado en cada modalidad, si interrumpió sus estudios por más de un año deberán cumplir con los requisitos indicados para reactivación en el mismo nivel. Para cambio de nivel de Universidad a Posgrado, el Acreditado debe llenar una nueva solicitud, y deberá realizar el pago del nivel superior, adicional a lo que le corresponda de este nivel. Los Acreditados de la modalidad de Talentos deberán ser ratificados por el Comité de Talentos para cualquier cambio de nivel. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 25 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.12 DE LA RECUPERACIÓN 2.12.1 DE LA APLICACIÓN DE LOS PAGOS La aplicación de los pagos al crédito se efectuará en el siguiente orden: 1. 2. 3. 4. Intereses moratorios ordinarios Intereses ordinarios Seguro Capital 2.12.2 FACULTADES DE NEGOCIACIÓN Con el fin de proporcionar todas las herramientas y apoyos necesarios al Área de Recuperación Financiera, el Consejo Directivo ha tenido a bien otorgar las siguientes facultades: Los acreditados podrán acceder a un descuento de hasta el 100% de intereses y en el caso de la cartera demandada y cartera en general que presenten un saldo vencido un descuento de hasta el 60% de capital al momento de la liquidación de su deuda. Las condonaciones deberán estar autorizadas por la Dirección General En la modalidad de Tecnoimpulso los acreditados podrán acceder a un descuento del 10% sobre el préstamo original, siempre y cuando se solicite por escrito y se realice el pago en un plazo no mayor a 30 días posteriores a la presentación de la propuesta. Para los créditos de la modalidad de Tecnoimpulso que se encuentren con mensualidades vencidas, se podrá condonar el 100% de los intereses moratorios si se cubre el saldo vencido por única ocasión. En todas las modalidades excepto Tecnoimpulso, los acreditados podrán pagar un porcentaje de su adeudo mediante un proyecto que será definido por Educafin a través de su Comité Operativo Interno (COI) con el voto de 2 miembros del Consejo Directivo que también son integrante del COI. Para la modalidad de Tecnoimpulso los créditos que hayan cubierto por lo menos el 50% del capital financiado tendrán la opción de liquidar el saldo restante de su préstamo por medio de un proyecto social previamente autorizado por Educafin quien además determinará su valor en especie. 2.12.3 REESTRUCTURAS Los créditos podrán ser reestructurados por una sola ocasión bajo este esquema. Las reestructuras podrán pactarse hasta 96 meses sin intereses, y con descuento de intereses y capital. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 26 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. En la modalidad de Tecnoimpulso cuando el estudiante se dé de baja de la escuela (presentando constancia) podrá convenir un plan de pagos por 12 meses a partir de la baja, siempre y cuando lo solicite por escrito. 2.12.4 CUENTAS CON SALDO IRRELEVANTE Se consideran saldos irrelevantes aquellos que tengan saldo hasta de 2 días de salario mínimo general de la zona económica "B", considerando el costo financiero de la recuperación con relación al monto a recuperar del crédito. La aplicación de los saldos se hará en el momento en el que se detecten pudiendo dictaminar la cuenta como CRÉDITO LIQUIDADO S.I. la autorización para dicha cancelación quedará a cargo de la Jefatura de Recuperación. 2.12.5 CUENTAS CON SALDO INCOBRABLE Educafin en el cumplimiento de su objeto tendrá a bien realizar las gestiones extrajudiciales y ofrecer los esquemas de pago que se requieran para la recuperación del CRÉDITO educativo, y en su caso, llegar a la recuperación judicial por la vía legal correspondiente. 1. Una cuenta será considerada incobrable cuando: a) Derivado de la cobranza judicial se ha dictaminado la cuenta como insolvente, incobrable o sentencia en contra previa constancia del juez. b) Cuando se trate de cuentas con saldo de capital menor a $10,000, pagaré o contrato prescrito hasta el 26 de Octubre del 2012, negativa de pago, evasivos o ilocalizables, excepto en la cartera Credicompu o Tecnoimpulso. c) Cuando por pobreza extrema o alguna situación de vulnerabilidad, previo análisis y dictamen por parte de Educafin a través de su Comité Operativo Interno con el voto de los 2 miembros del Consejo Directivo que también son integrantes del COI. 2.12.6 DE LAS CONDONACIÓN A ACREDITADOS La condonación se aplicará como una disminución al crédito Educativo pagado o a la cuenta del Acreditado para dejarla liquidada siempre y cuando entre en los siguientes supuestos: Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 27 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.12.6.1 DE LAS CONDONACIONES POR VULNERABILIDAD EDUCAFIN, condonará al Acreditado el adeudo en cualquiera de sus modalidades en caso de: 1. Incapacidad Total: Es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo o función por el resto de su vida, por lo que obstaculiza la obtención de recursos económicos para cumplir con la obligación que contrajo con el Instituto. 2. Muerte: Aplica para el titular del crédito, quien ejerce la patria potestad cuando el acreditado sea menor de edad y aval únicamente en el caso de que sea padre o madre del beneficiario. 3. Invalidez total: Se entenderá por tal la inhabilitación total del Acreditado, por accidente, para el desempeño de un trabajo habitual o cualquier otro compatible con sus conocimientos y aptitudes o bien la pérdida completa e irremediable de la vista en ambos ojos; la pérdida de ambas manos; la pérdida de ambos pies o la pérdida conjunta de una mano y un pie, o de una mano y un ojo o un pie y la vista de un ojo. Por pérdida de manos se entiende su separación a nivel de la articulación carpo metacarpiana o arriba de ella: por pérdida de los pies, su separación de la articulación tibio tarsiana o arriba de ella, y que debido a esto le imposibilite la obtención de recursos económicos para cumplir con la obligación que contrajo como acreditado. En aquellos supuestos en los que el obligado a pagar el monto financiado, careciera de trabajo, o de las prestaciones de seguridad social que la propia ley describe, y que tienen el mismo riesgo de adquirir la incapacidad o invalidez que venimos describiendo, se le reconocerán dichas imposibilidades para obtener recursos para realizar el cumplimiento de la obligación que contrajo con el Instituto y dadas las circunstancias por las que no podrá obtener un dictamen médico que emitan las Instituciones como IMSS e ISSSTE, se le reconocerá un dictamen médico expedido por el Hospital General Regional o la Cruz Roja Mexicana. 4. Enfermedades avanzadas o en fase terminal: Es aquella que se manifiesta como un padecimiento avanzado, progresivo e incurable, sin respuesta a un tratamiento, que trae consigo un gasto excesivo aplicado a dicho padecimiento. 5. Otras situaciones vulnerables: Otras situaciones de vulnerabilidad que ameriten previo análisis y dictamen de incobrabilidad por parte de Educafin a través de su Comité Operativo Interno con el voto de los 2 miembros del Consejo Directivo que también son integrantes de COI. Para corroborar la invalidez total y enfermedades avanzadas o en fase terminal, EDUCAFIN solicitará al Acreditado un dictamen médico avalado por el Director General de la Institución Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 28 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. Pública y expedido por un Especialista en la materia de la enfermedad con la que se justifique la invalidez o enfermedad. El derecho a solicitar la condonación no prescribirá. 2.12.6.2 DE LAS CONDONACIONES POR INCENTIVOS El acreditado deberá solicitar por escrito las siguientes condonaciones, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos para cada una. Por puntualidad en pagos: En todas las modalidades de crédito (excepto Tecnoimpulso), por cada 11 mensualidades generadas y pagadas en tiempo y forma, se condonará el importe de la mensualidad correspondiente al mes 11 y se reflejará en el siguiente mes, el acreditado no debe suspender sus pagos. Para la modalidad de Tecnoimpulso se condonará el importe correspondiente a 1 mensualidad por cada 9 pagos puntuales y consecutivos, aplicable en la mensualidad 10. Por promedio: En la modalidad de crédito Tradicional, se condonará un porcentaje de capital por excelencia académica, de acuerdo a la siguiente tabla : PROMEDIO % de condonación de capital 9.0 a 9.4 15% 9.5 a 9.7 20% 9.8 a 10 50% El incentivo se aplicará a partir de la fecha de la autorización y con el requisito de cumplimiento en los pagos del periodo a condonar; así como haber cumplido con el proyecto social en tiempo y forma con una tolerancia máxima de 3 meses a partir de que concluye el período del que solicita la condonación (para períodos financiados hasta 2012) La condonación será aplicable en el período posterior a la presentación de la constancia de calificaciones, excepto en el último período escolar, el cual aplicará en la inmediata anterior. Por excelencia Talentos: En la modalidad de crédito Talentos, se condonará el 50% del capital financiado por periodo al Acreditado siempre y cuando obtenga promedio de 9.5, se mantenga en pagos puntuales y haya cumplido con el proyecto social en tiempo y forma con una tolerancia máxima de 3 meses a partir de que se concluye el periodo. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 29 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. Por excelencia Tecnoimpulso: A los acreditados que obtengan un promedio mínimo de 98 en algún periodo dentro del plazo de la liquidación del apoyo, que estén al corriente en sus pagos, y que hayan cumplido colaborado con algún proyecto señalado por Educafin podrán condonar hasta el 50% del capital otorgado por única ocasión. Para los acreditados de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato será obligatorio contar con una carga mínima de 3 materias para efectos de este incentivo. Por titulación: En las modalidades de crédito Tradicional y Talentos se condonará el pago mensual correspondiente al mes en que el Acreditado compruebe su titulación siempre y cuando se encuentre al corriente en sus pagos correspondientes, sin que el acreditado suspenda sus pagos mensuales. Anualmente se llevará a cabo un sorteo entre los acreditados CUMPLIDOS otorgando como premio la cancelación total de su deuda considerando lo siguiente: o o o o o o o o o o o El sorteo se llevará a cabo de manera anual Podrán participar todos aquéllos acreditados que hayan estado CUMPLIDOS durante cada uno de los meses del año inmediato anterior El periodo a considerar será de enero a diciembre del año inmediato anterior El estatus CUMPLIDO significa que los pagos efectuados hayan sido en tiempo y forma, entendiéndose por TIEMPO que el pago se haya realizado dentro del mes obligado y por FORMA que el pago se haya cubierto en su totalidad por el importe señalado en el sistema o bien que haya quedado un remanente por pagar de $10.00 como máximo Los acreditados que sean candidatos deberán registrarse para participar llenando el formato inserto en el correo electrónico en el que se les informará que son candidatos, de otra manera no podrán participar Se otorgarán 3 premios de acuerdo a los programas de Credicompu, Modalidades y Tradicional El importe a condonar será el saldo total de la cuenta a la fecha del sorteo, no siendo reembolsables los pagos que el acreditado haya efectuado con anterioridad El día del sorteo se entregará un certificado de condonación de la deuda a los ganadores, sin embargo la condonación estará sujeta a los tiempos internos del Instituto para dicho trámite Tratándose de acreditados con estatus de Pago a capital su situación ante Buró de Crédito se actualizará una vez que se dictamine la cuenta como liquidada El premio se aplicará a la cuenta ganadora, por lo que no podrá aplicarse a otro crédito del mismo beneficiario El premio será intransferible Se otorgará un descuento de capital equivalente al 20% a los acreditados que se encuentren CUMPLIDOS y que deseen liquidar su adeudo de forma anticipada en todas las modalidades excepto Tecnoimpulso. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 30 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. NOTA: Para los incentivos por puntualidad en pagos y titulación la condonación no aplicará al concepto de gastos notariales financiados. 2.12.7 DE LA ASIGNACIÓN DE CARTERA Y BURÓ DE CRÉDITO 1. Anualmente se presentará a la Dirección de Crédito el documento que soportará la asignación de la cartera a gestionar de manera extrajudicial y judicial durante ese año. 2. Los criterios para la gestión judicial serán: que la cuenta tenga más de 3 meses vencidos y saldo mayor a $10,000.00, así como los créditos con documentos por prescribir. 3. Los créditos que se encuentren en Pagos a capital serán reportados al Buró de Crédito, aún en los casos en los que reactiven el crédito. 2.13 DEL PROYECTO SOCIAL Será requisito haber cumplido con el proyecto social de periodos financiados hasta el 2012. A continuación se detalla la realización de los proyectos a partir de Enero 2013: 2.13.1 NIVEL PREPARATORIA Para este nivel tanto el proyecto inicial como los de impacto social, serán de carácter obligatorio. Los acreditados realizarán el proyecto inicial en su primer trámite de crédito y se incorporarán al proyecto de impacto social posteriormente de acuerdo a las indicaciones del área de proyectos. Los acreditados llevarán a cabo dos proyectos sociales al año, dentro de los períodos Enero-Junio y Julio-Diciembre de acuerdo al catálogo de proyectos presentados en el SIBEC. Las instituciones con las que se trabaje avalarán el cumplimiento de los mismos, de forma semestral. Los acreditados llenarán de forma semestral un cuestionario que permita medir el impacto que tuvo el proyecto que realizó y será la manera en que se podrá dar el Vo.Bo. A fin de proceder con la renovación. 2.13.2 NIVEL UNIVERSIDAD Los acreditados realizarán el proyecto inicial de forma obligatoria en su primer trámite de CRÉDITO y posteriormente se incorporarán al proyecto de impacto social voluntariamente de acuerdo al catálogo de proyectos presentado en el SIBEC y a las indicaciones del área de proyectos. Las Instituciones con las que se trabaje avalarán la participación del acreditado. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 31 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. Los acreditados llenarán de forma semestral un cuestionario que permita medir el impacto que tuvo el proyecto que realizó. 2.13.3 NIVEL POSGRADO Para este nivel tanto el proyecto inicial como los proyectos de impacto social se harán de forma voluntaria. El acreditado podrá elegir cualquier opción de proyecto presentada en el SIBEC. Las instituciones con las que se trabaje avalarán la participación voluntaria del acreditado. Los acreditados llenarán de forma semestral un cuestionario que permita medir el impacto que tuvo el proyecto que realizó. 2.13.4 TALENTOS Para este nivel el proyecto será de carácter obligatorio. Los acreditados realizarán el proyecto que acuerde el Comité de talentos en la sesión de selección de los mismos y lo registrará en el SIBEC como proyecto especial. El acreditado presentará una carta de finalización que avale el cumplimiento de su proyecto. Los acreditados llenarán de forma semestral un cuestionario que permita medir el impacto que tuvo el proyecto que realizó y será la manera en que se podrá dar el Vo.Bo. a fin de proceder con la renovación. 2.14 RECONSIDERACIONES El COI Es un equipo de trabajo el cual tendrá como objeto resolver todas las excepciones y reconsideraciones en materia de perfiles y montos que ameriten un análisis individual y que no se encuentren en el Manual de Otorgamiento y Recuperación de crédito Educativo. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 32 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. Atribuciones del COI: 1. Integrar los asuntos materia de evaluación y dictamen de perfiles especiales o fuera de lo considerado en la normatividad de los programas existentes. 2. Podrán autorizar los límites de crédito para beneficiarios con necesidades específicas y fuera de lo establecido en la normativa de los programas existentes. 3. Analizar alternativa para apoyar a grupos destacados de manera única, si el grupo amerita un análisis para proponerlo como nuevo programa, se hará el análisis y se informará al Consejo Directivo. 4. Analizar y evaluar los asuntos especiales de autorización de crédito que no se encuentren contemplados en la normativa de los programas existentes. 5. Determinar las acciones necesarias en el proceder de los asuntos de la cartera judicial. 6. Las demás que le proponga el Consejo Directivo o confiera el Director General. Ningún caso podrá ser evaluado por el COI 2 veces por la misma causa 2.15 TERMINACIÓN Ó CANCELACIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO EDUCAFIN dará por terminado en cualquier momento el apoyo económico al Acreditado, cuando pierda en forma definitiva su calidad de alumno, cuando no cumpla los términos y condiciones establecidos en el contrato de apertura de crédito o cuando el recurso sea insuficiente para el otorgamiento del crédito Educativo. De igual forma, la cancelación del apoyo económico se realizará en cualquier momento, cuando el Acreditado: a. Incurra en violación al orden moral; b. Infrinja ordenamientos del orden público; c. Sea solvente para pagar sus estudios según resultado de estudio socioeconómico. En caso de que el Acreditado falsifique o altere información o documentos proporcionados a EDUCAFIN determinará la sanción correspondiente, que podrá ser: condicionar el apoyo a no reincidir en la falta, disminuir el monto del crédito hasta en un 50%, suspender el apoyo de manera parcial o definitiva. Para el análisis del caso deberá considerarse la declaración escrita del Acreditado, la situación socioeconómica de la familia, el cumplimiento de proyecto social cuando aplique, el historial Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 33 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. académico y el historial crediticio. Una vez analizada su situación se determinará la sanción correspondiente que será notificada por el Asesor Jurídico. En el momento en que por cualquier causa dejaran de operar los programas de apoyo económico implementados por EDUCAFIN, se hará la notificación de manera anticipada al Acreditado, dejando éste de recibir el apoyo económico en los términos otorgados; independientemente del cumplimiento de los compromisos asumidos y pactados. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 34 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 2.16 GLOSARIO 1. ACREDITADO: Persona física o moral que obtiene un beneficio económico y se obliga de forma voluntaria a reintegrar el monto establecido de acuerdo a la Normatividad del Instituto. Cuando quien obtiene el beneficio del apoyo es menor de edad, se considerará para todos los efectos legales como Acreditado a quien ejerza la patria potestad sobre este. 2. CLABE: Clave bancaria estandarizada. 3. DEUDOR SUSTITUTO: Es la persona ajena al crédito otorgado por EDUCAFIN que reconoce la deuda de un Acreditado con el Instituto y que adquiere la obligación de pago de manera voluntaria mediante la firma de un Reconocimiento de Adeudo. 4. CRÉDITO EDUCATIVO: Crédito que se otorga para apoyar los conceptos establecidos por EDUCAFIN para gastos relacionados con el proceso educativo y que el Acreditado se obliga a reintegrar al Instituto. 5. INSTITUCIÓN EDUCATIVA: Organismo intermediario entre los Acreditados y EDUCAFIN, los cuales apoyan con el trámite de solicitud o renovación e información. 6. LÍNEA DE CRÉDITO: Importe máximo de CRÉDITO establecido por EDUCAFIN que puede otorgarse a un Acreditado en lo individual. 7. MANUAL: Se refiere al Manual de Otorgamiento y Recuperación de CRÉDITO Educativo del Instituto de CRÉDITO e Información para la Educación, EDUCAFIN. 8. MANUTENCIÓN: Se refiere al apoyo económico para cubrir gastos de alimentación, transporte, material didáctico y hospedaje. 9. MONTOS MÁXIMOS ANUALES: Importe máximo anual de CRÉDITO establecido por EDUCAFIN para cada modalidad. 10. NORMAS: Son las reglas que establece EDUCAFIN para dar cumplimiento a las políticas que deberán ajustarse invariablemente a todos los procesos de CRÉDITO Educativo. 11. POLÍTICAS: Conjunto de estrategias a seguir en la evaluación, resolución, instrumentación, disposición, seguimiento y recuperación del CRÉDITO Educativo; son obligatorias en toda la Institución. 12. REESTRUCTURACIÓN: Es la modificación a las condiciones originales del contrato de apertura de crédito, tales como: Modificación de aval Sustitución de deudor Cambio de la tasa de interés Cambio del plazo. Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 35 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. 13. RVOE: Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 14. SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD: Es un sistema cuya estructura permite gestionar y dirigir los procesos relacionados con la calidad, con el fin de satisfacer los requisitos de sus clientes y lograr los objetivos de la organización. 15. SOLICITANTE: Persona interesada en adquirir un CRÉDITO educativo. 16. SIBEC: Sistema integral de becas y crédito. 17. COI: Comité Operativo Interno Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 36 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. _____________________________ L.C.P. JORGE ARTURO GARCÍA RANGEL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO DE EDUCAFIN ________________________________________ ING. EUSEBIO VEGA PÉREZ SECRETARIO DE EDUCACIÓN VOCAL ______________________________________ ING. LUIS RAFAEL SÁNCHEZ GONZÁLEZ SUPLENTE DEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 37 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. ______________________________________ ING. DANIEL HERNÁNDEZ RUIZ SUBSECRETARIO PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO DE LA SEG VOCAL ___________________________________ LIC. LILLIETE GISELLE PEDROZA HALFTERMEYER SUPLENTE DEL SECRETARIO DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN VOCAL _______________________________ LIC. ALEJANDRA PATRICIA BRISEÑO GÓMEZ SUPLENTE DEL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO VOCAL Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 38 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. ____________________________________ C.P. LUIS ARTURO PEÑA PÉREZ SUPLENTE DE SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS VOCAL ____________________________________ ING. MARIO OROZCO ARENA COMISIONARIO DE EDUCACIÓN DEL CCE LEÓN VOCAL ____________________________________ ING. RAÚL SUÁREZ GONZÁLEZ REPRESENTANTE DEL CONSEJO COORDINADOR EMPRESARIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO VOCAL Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 39 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. ____________________________________ ARQ. DAVID CABRERA RUIZ SUPLENTE DEL PRESIDENTE DE LA COEPES VOCAL ____________________________________ ING. ALEJANDRO CARRETERO CARRETERO PRESIDENTE DE LA CEPPEMS VOCAL ____________________________________ DR. HILARINO DÍAZ SERNA REPRESENTANTE DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA VOCAL Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 40 MANUAL DE OTORGAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO E INFORMACIÓN PARA LA EDUCACIÓN, EDUCAFIN. ____________________________________ LIC. GUADALUPE MINERVA GALICIA TOVAR REPRESENTANTE DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA VOCAL ____________________________________ ING. JORGE ENRIQUE HERNÁNDEZ MEZA DIRECTOR GENERAL DE EDUCAFIN VOCAL Vigente a partir del 27 de Mayo de 2014 41
© Copyright 2024