Planes Nacionales de Residuos. PEMAR 2015-2020

 Planes nacionales de residuos. PEMAR 2015‐2020 En cumplimiento de los requisitos de las diferentes Directivas y/o Reglamentos Europeos en materia de residuos, las autoridades españolas deben implantar planes de actuación para la prevención y gestión de los residuos. a) Prevención Programa estatal de prevención de residuos 2014‐2020. Establece los objetivos de prevención para la reducción de la cantidad de residuos generados y de la cantidad de sustancias peligrosas o contaminantes. Desarrolla la política de prevención de residuos, conforme a la normativa vigente para avanzar en el cumplimiento del objetivo de reducción de los residuos generados en 2020 en un 10 %, respecto del peso de los residuos generados en 2010. Este programa se configura en torno a cuatro líneas estratégicas destinadas a incidir en los elementos clave de la prevención de residuos: 
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reducción de la cantidad de residuos, reutilización y alargamiento de la vida útil de los productos, reducción del contenido de sustancias nocivas en materiales y productos, y reducción de los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente, de los residuos generados. b) Gestión 1.‐ Plan Nacional Integral de Residuos de España (PNIR) 2008/2015 El Plan Nacional Integrado de Residuos (PNIR) que finaliza este año, tiene como objetivos la reducción de la generación de residuos, un mejor aprovechamiento de los recursos contenidos en ellos y la reducción del impacto que tienen la producción y gestión de los residuos en el medio ambiente, en particular, en las emisiones de GEI. 2.‐ Borrador de Plan Estatal Marco de Residuos (PEMAR) 2015/2020 Este borrador introduce modificaciones al anterior plan (PNIR) para mejorar y actualizar la información relativa a la producción y gestión de residuos, para incluir las previsiones sobre la evolución de la generación de residuos y su tratamiento y por último, para ajustar las medidas necesarias para cumplir con los objetivos legales en los plazos establecidos. Al igual que el PNIR, el PEMAR incluye los residuos domésticos y comerciales, los residuos industriales, los residuos agrarios y los residuos con legislación específica, entre los que se encuentran los residuos de construcción y demolición. La industria del EPS se ve afectada por el PEMAR en lo relativo a los residuos de envases y residuos de construcción y demolición. C/ Tambre 21 ‐ 28002 MADRID 25/03/2015 Revisión 0 1 2.1 Envases de EPS 2.1.1 Legislación aplicable  Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases;  Real Decreto 782/1998, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución y desarrollo de la Ley 11/1997, de 24 de abril;  Real Decreto 1416/2001, sobre envases de productos fitosanitarios. 2.1.2 Objetivos para 2020.  Alcanzar un 40% de reciclado de envases plásticos;  Incrementar la recogida separada de residuos de envases domésticos de forma que en 2020 como mínimo el 70% del reciclado proceda de residuos de envases recogidos separadamente;  Revisar la normativa de envases y residuos de envases para adaptarla a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados;  Mejorar el funcionamiento y la transparencia de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada. 2.1.3 Orientaciones  Analizar la posible aplicación de la responsabilidad ampliada del productor a otros envases comerciales e industriales.  Analizar el coste real de gestión de los residuos de envases según el material y establecer fórmulas de pago acordes, aplicables en todo el territorio, teniendo en cuenta diferentes especificidades.  Sensibilizar al ciudadano y a los usuarios de envases comerciales e industriales sobre la correcta separación de los residuos de envases y su correcta gestión posterior.  Desarrollar especificaciones técnicas de materiales acordes con las necesidades de la industria del reciclado  Intensificar las labores de inspección y control del cumplimiento de las obligaciones de todos los agentes intervinientes en la aplicación de la normativa de envases, en especial el control y vigilancia por parte de las entidades locales. 2.2 Residuos de construcción y demolición (RCD) de EPS 2.2.1 Legislación aplicable  Real Decreto 105/2008, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD);  Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados;  Directiva 2008/98/CE sobre residuos. C/ Tambre 21 ‐ 28002 MADRID 25/03/2015 Revisión 0 2 2.2.2 Objetivos para 2020 Objetivos Cualitativos  Fomentar una mayor utilización de materias primas secundarias procedentes de la gestión de los RCD mediante la utilización de instrumentos económicos;  Establecer la recogida separada de los distintos materiales y de los residuos peligrosos procedentes de RCD en la obra, y asegurar la correcta gestión de los residuos de acuerdo a su naturaleza y peligrosidad;  Fomentar la utilización (valorización) de los residuos no peligrosos procedentes de RCD en la construcción de obras de tierra (terraplenes, pedraplenes y rellenos todo‐uno) así como en la restauración de espacios degradados y en obras de acondicionamiento o relleno. Objetivos Cuantitativos Se proponen los siguientes objetivos cuantitativos específicos sobre RCD a lograr en los años 2016, 2018 y 2020: 2016
2018 2020
% RCD no peligrosos destinados a la preparación para
la reutilización, el reciclado y otras operaciones de 60 65 70 valorización (con exclusión de las tierras y piedras limpias) Eliminación de RCD no peligrosos en vertedero (en %)
40
35 30
2.2.3 Orientaciones  Impulsar la demolición selectiva con vistas a la reutilización;  Revisar el Real Decreto 105/2008, para establecer la separación en origen de los RCD por tipo de materiales y la gestión medioambientalmente correcta de los mismos, con una especial atención a los Residuos Peligrosos;  Fomentar el desarrollo de técnicas y prácticas de separación in situ de residuos de construcción y demolición;  Fomentar el desarrollo de tecnologías para la transformación de los RCD en materiales reciclados de alta calidad;  Promocionar la utilización de los materiales procedentes del reciclado de los RCD no peligrosos en las obras públicas, siempre y cuando se garantice que los materiales reciclados cumplan los requisitos de calidad y prescripciones de la normativa vigente en cada caso. A tal fin se fomentará que en los Pliegos de Prescripciones Técnicas de las obras se incluyan condiciones tendentes a facilitar el empleo de los materiales reciclados. Esta medida la llevará a cabo el MAGRAMA, en colaboración con otros departamentos de la Administración General del Estado, con las autoridades competentes autonómicas y locales, con las asociaciones empresariales sectoriales, colegios profesionales y agentes sociales; C/ Tambre 21 ‐ 28002 MADRID 25/03/2015 Revisión 0 3 
Fomentar la aplicación de sistemas de tarifas de admisión de RCD en vertederos que incentiven la prevención y reciclaje de los RCD; 
Las administraciones públicas fomentarán que en los proyectos de obra se tengan en cuenta las alternativas de diseño y constructivas que generen menos residuos en la fase de construcción y de explotación, así como aquellas que favorezcan el desmantelamiento selectivo correcto del bien inmueble al final de su vida útil; 
Los órganos de contratación de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, al determinar los criterios que hayan de servir de base para la valoración de la oferta más ventajosa, tomarán en consideración las medidas sobre prevención y reciclado de RCD, así como la utilización en las unidades de obra de productos procedentes de valorización de residuos, siempre que cumplan las especificaciones técnicas de la aplicación a que se destinen; 
Impulsar la creación y gestión de puntos limpios, fundamentalmente para los RCD procedentes de las obras menores de construcción y reparación domiciliaria; 
Informar al ciudadano sobre buenas prácticas para la generación y gestión de los RCD de obras menores de construcción y reparación domiciliaria, en particular sobre la ubicación de puntos limpios y sus condiciones de aceptación de RCD. C/ Tambre 21 ‐ 28002 MADRID 25/03/2015 Revisión 0 4