Consolidado Reglamento Interno Evaluación y Promoción Escolar

CONSOLIDADO DEL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y
PROMOCIÓN ESCOLAR CISA
El presente consolidado ha sido elaborado considerando las principales disposiciones contenidas en
los Reglamentos que rigen cada uno de los niveles respectivos que a continuación se señalan :
Decreto N° 511/97 ( 08-05-97 ) : APRUEBA REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION
ESCOLAR DE NIÑAS Y NIÑOS DE ENSEÑANZA BÁSICA.
Decreto Exento N° 112/99 ( 20-04-1999) ESTABLECE DISPOSICIONES PARA QUE
ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES ELABOREN REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y
REGLAMENTE PROMOCION DE ALUMNOS DE 1° Y 2° AÑO DE ENSEÑANZA MEDIA, AMBAS
MODALIDADES.
Decreto N° 83/2001 ( 05-03-2001) REGLAMENTA LA CALIFICACION Y PROMOCION DE
ALUMNOS DE 3° Y 4° AÑO DE ENSEÑANZA MEDIA.
Decreto Exento 158/99 ( 21-06-1999 ) MODIFICA DECRETOS SUPREMOS EXENTOS DE
EDUCACIÓN N° 511 de 1997 y N° 112 de 1999 QUE APRUEBAN NORMAS DE EVALUACION Y
PROMOCIÓN ESCOLAR PARA LA ENSEÑANZA BÁSICA Y 1° Y 2° AÑO DE ENSEÑANZA MEDIA,
RESPECTIVAMENTE.
Decreto Exento 107/2003 (20-02-2003 ) Artículo único. MODIFICA DECRETO SUPREMO
EXENTO DE EDUCACIÓN Nª 511/97 QUE APRUEBA REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y
PROMOCIÓN ESCOLAR DE NIÑOS Y NIÑAS DE ENSEÑANZA BÁSICA.
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES :
I.- DEL REGIMEN DE ESTUDIOS :
El Establecimiento ha adoptado el Régimen de Evaluación Semestral de sus alumnas, en los períodos
establecidos anualmente en el Calendario Escolar Regional.
II.- DE LA INFORMACION Y DIFUSION A LA COMUNIDAD ESCOLAR :
1.- El presente reglamento será comunicado :
A) A todas las alumnas a más tardar al inicio del año escolar correspondiente en la hora de Consejo
de Curso u Orientación, siendo responsabilidad de la Profesora Jefe. Se deberá dejar constancia de
ello en el libro de clases respectivo, en el registro de contenidos del Consejo de Curso o de
Orientación.
B) A todos los padres y apoderados,
en la última reunión de apoderados del año escolar
correspondiente o a más tardar en la primera reunión de Marzo, se les comunicará y entregará un
extracto de él y/o se publicará en la página web del establecimiento
, conteniendo las disposiciones
fundamentales, dejándose constancia en un Registro y en el Libro de Clases, bajo firma de cada uno
de ellos.
C) A todos los docentes del establecimiento se les enviará el ejemplar del reglamento - vía correo
electrónico , dejándose constancia de ello bajo firma.
D) Será publicado en la página web y en el sistema SYSCOL ( a través del link correspondiente para
su descarga , a los correos de padres y apoderados ) del establecimiento para conocimiento de toda
la comunidad educativa
2.- Las/os Profesoras Jefes buscarán la estrategia para que todos los padres y apoderados reciban
esta información antes del término del año escolar correspondiente o a más tardar en la primera
reunión del mes de Marzo del año escolar correspondiente.
III.- DE LA EXENCION DE ASIGNATURAS :
1.- Las alumnas deberán ser evaluadas en todas las asignaturas o actividades de aprendizaje del Plan
de estudio correspondiente.
No obstante, el Decreto Nº 158/99 , artículo único, permite autorizar la eximición de hasta una
asignatura en casos justificados para las alumnas que acrediten tener dificultades de aprendizaje o
problemas de salud, debidamente fundamentados y adjuntando la documentación pertinente. ( para
alumnas de Educación básica – 1° y 2° medio )
En el caso de alumnas de 3° y 4° medio, se aplica el Decreto N° 83/2001 ( Art. 6 ).
2.- Para ello, el Director/a del establecimiento, previo análisis del informe del profesional respectivo
y consultado al Profesor Jefe de curso y al Profesor/a de la asignatura correspondiente, podrá
autorizar la eximición de las alumnas de una Asignatura, en los casos señalados anteriormente. La
documentación requerida para una exención será la siguiente :
a) Solicitud de exención de la Asignatura por el apoderado al Director/a del establecimiento, con
copia a la Unidad Técnico Pedagógica .
b) Informe del profesional que corresponda.
c) Otros, que se estime conveniente.
3.- El Establecimiento llevará un Registro Anual de Exención, concedidos conforme a las normas que
corresponden. La presentación de la documentación para la eximición de la Asignatura deberá
realizarse con fecha 30 de Marzo como máximo, en el caso de renovación de exención.
Aquellas situaciones especiales de exención que se presentan durante el transcurso del año lectivo,
podrá concederse hasta el 30 de Septiembre.
A) Si la exención corresponde solamente al primer semestre, la calificación final en la asignatura
será la calificación correspondiente al segundo semestre.
B) Si la exención corresponde al segundo semestre, ésta se considerará como exención de todo el año
y corresponderá solamente a las exenciones realizadas durante los meses de Julio a Septiembre.
C) Si la exención se realiza a partir del mes de Octubre, la nota final anual corresponderá a la media
aritmética del promedio del primer semestre y el promedio de las notas parciales obtenidas en el
segundo semestre hasta el momento de la eximición.
Cualquier solicitud fuera de los plazos establecidos, no autoriza exención, por lo tanto, se resolverá
manteniendo el promedio de las evaluaciones obtenidas hasta el momento.
IV.- DE LAS EVALUACIONES :
1.- Para efecto de la evaluación de los aprendizajes se considerarán:
a) Evaluación Diagnóstica: Al iniciar la acción educativa. Apunta a evaluar las habilidades y
conocimientos específicos con que los alumnos inician el proceso de aprendizaje, con el fin de
planificar las actividades pedagógicas.
El procedimiento a seguir será reforzar contenidos previos necesarios para iniciar el tratamiento de
la asignatura, durante la primera quincena de Marzo, aproximadamente, y posteriormente aplicar una
evaluación coeficiente 1, con el fin de detectar logros de aprendizaje, debilidades y fortalezas.
b) Evaluación Formativa: Durante la acción educativa. Cumple con la función de entregar
sistemáticamente información respecto del estado de avance de las alumnas, orientando sus
esfuerzos de aprendizaje, haciéndolos tomar conciencia de sus logros y necesidades, reforzando
aquellos aprendizajes medianamente logrados.
c) Evaluación Sumativa: Al finalizar
la acción educativa. Permite una visión global de los
aprendizajes esperados a través del proceso educativo. Permite verificar los logros alcanzados como
producto de todo proceso educativo. Puede ser aplicada al término de una unidad de aprendizaje y/o
al término de un proceso.
d) Evaluación Diferenciada: Consiste en la aplicación de procedimientos de evaluación técnicamente
acondicionados para atender a las diversidades que los alumnos presentan en su proceso de
aprendizaje. Trata de lograr el objetivo correspondiente, adecuando o cambiando una actividad por
otra que la alumna pueda realizar.
V.- DE LA EVALUACION DIFERENCIADA
1.- A las alumnas que tengan impedimentos para cursar en forma regular una asignatura , se les
aplicará procedimientos de evaluación diferenciada para desarrollar adecuadamente su proceso de
aprendizaje de acuerdo al impedimento, permitiendo de esta manera atender a todas las alumnas que
así lo requieran, ya sea en forma temporal o permanente.
Se deja constancia que los objetivos y contenidos a evaluar serán iguales para todo el curso, no así
los procedimientos y criterios de evaluación que serán diferenciados para el caso de estas
alumnas, o aplicándose distintos grados de dificultad.
2.- Los profesores de curso detectarán e informarán de casos de alumnas con necesidades de
evaluación diferenciada a Orientación, quién a su vez informará y apoyará al apoderado a derivar a la
alumna a un psicopedagogo o especialista, quién deberá emitir el informe correspondiente.
Este informe será comunicado por la Orientadora a todos los profesores del curso respectivo, para
tomar las providencias del caso, debiendo dejar constancia bajo firma de la información entregada,
como asimismo, dejar el registro correspondiente en el Libro de clases,
en las asignaturas que
ameriten la evaluación diferenciada
3.- Respecto a los procedimientos para evaluar estos aprendizajes de las alumnas y dependiendo de
la situación detectada, pueden citarse los siguientes:
a) Reemplazar la exigencia de determinadas habilidades básicas por otras adecuadas a la
imposibilidad o problema.
b) El tipo de instrumento utilizado por ejemplo: Interrogación oral en vez de escrita, variar el tipo
de ítem, de instrucciones. En lugar de tomar una prueba escrita, tomarla en forma oral o viceversa.
c) Aplicar pruebas con preguntas de diferente grado de dificultad.
d) Diferenciar el grado de dificultad. Por ejemplo: Utilizar escala con menor grado de exigencia o
dando ponderancia a ítems menos relacionados con su déficit.
e) Evitar hacerles participar en actividades de tipo competitivas.
f) Preparar pruebas que estimulen la autoestima y den posibilidades de éxitos satisfactorios.
g) Utilizar técnicas diversas y complementarias: oral, escrito, entrevistas, observaciones, escalas de
apreciación, informes, realización de tareas, trabajos prácticos, trabajos en terreno, proyectos, etc.
h) Tomar en cuenta no sólo los ―productos obtenidos‖ sino también el ―cómo‖ (esfuerzos hechos),
distinguiendo entre los productos satisfactorios y los resultados satisfactorios, comparando a la
alumna consigo misma, sus fortalezas, sus carencias.
i)Utilizar cualquier medio evaluativo que estimule las capacidades y aptitudes individuales y disminuya
las deficiencias de una alumna individualmente, o de un grupo.
j) Utilizar los criterios de evaluación contenidos en los diferentes Programas de Estudio.
k) Cambiar de puesto al estudiante (ej: ponerlo adelante para mejorar su concentración).
l) Permitir retroalimentación o evaluación entre pares. Dar trabajos en equipo colaborativo y hacer
que entre los propios integrantes se evalúen (coevaluación).
m) Dar más tiempo al estudiante para terminar un trabajo , si el aprendizaje en cuestión no depende
del tiempo (ej: si el propósito es evaluar la calidad de la escritura, ¿realmente es necesario que
acabe el trabajo dentro de un tiempo fijo?)
n) Considerar en cada asignatura, las posibilidades de adaptaciones curriculares, entendidas como
modificaciones en el apoyo pedagógico en la sala a uno o varios alumnos. Pueden referirse a tiempos
distintos para conseguir los mismos objetivos, o priorizaciones de objetivos, contenidos o áreas
temáticas, aunque no se descuide el resto.
o)
Diversificaciones curriculares, consistentes en el cambio de una parte del currículum
(asignatura) por la realización de otro tipo de actividades educativas.
p) Los procedimientos de evaluación deberán considerar la utilización de diversos instrumentos de
pruebas, observación e informe.
q) La alumna debiera tener un resumen preciso ( cuadro sinóptico) de los contenidos, incluidos otros
aspectos que componen el proceso de logro de aprendizaje planteado: hábitos involucrados,
procedimientos, habilidades, destrezas, estrategias propias, recursos, formas de expresión y
comunicación de los saberes y de dominios de aprendizajes en general.
r) Conocer más de sus propios estilos de aprendizaje. Hacer tomar conciencia al propio alumno de
esto.
s) A través del diálogo, entrevistas, interrogaciones, disertaciones, aspectos todos de tipo verbal, es
posible realizar un proceso de evaluación diferenciada en algunos casos en que las interferencias del
lenguaje lecto - escrito son mayores que la expresión en este otro plano
t) Es posible que se considere más un cambio real de interés o de actitud, que el aprendizaje de
nuevas materias, como elementos central de logro a evaluar.
u) En caso de aplicación de la misma prueba para un curso, podrá diferenciarse el grado de dificultad
(mismos contenidos, mismos objetivos, pero con otras preguntas), ya sea mediante un índice menor
(más fáciles).
v) El logro deberá establecerse en niveles conductuales diferentes a los establecidos para los demás
alumnos.
w) Posibilitar el desarrollo de trabajos con ciertos apoyos especiales (uso de tablas, esquemas,
organizadores visuales, libros, apuntes, etc).
x) Posibilitar ejercitaciones y repasos previos antes de realizar procesos evaluativos.
y) Mostrarles cómo en vez de decir cómo.
z) Reforzar y destacar el comportamiento adecuado.
< Dar trabajos en equipo colaborativo y hacer que entre los propios integrantes se evalúen
(coevaluación).
2.- La promoción de las alumnas que han sido evaluadas en forma diferencial se ceñirá a las normas
que se aplican al común de las estudiantes del presente reglamento.
VI.- DE LOS INSTRUMENTOS EVALUATIVOS
1.- Siendo la evaluación un proceso permanente, cuya finalidad es proporcionar
información al
profesor para apoyar a los estudiantes en su proceso de aprendizaje, ―involucrando a ambos ―en la
toma de decisiones para el logro de los objetivos educacionales propuestos para cada nivel, el
carácter de ésta debe por lo tanto variado, de ahí que la evaluación puede ser individual, grupal,
autoevaluación, coevaluación (bipersonal), participativa.
2.- Con respecto a los instrumentos de Evaluación, éstos podrán corresponder a: Pruebas escritas
( parciales, sumativas ), interrogaciones orales, minicontroles acumulativos, informes, trabajos de
investigación, diseño y formulación de proyectos, trabajos prácticos, laboratorios, pruebas de
desarrollo, exposiciones orales, dramatizaciones, participación en panel, observación, tareas ,foros,
salidas a terreno y otros, respetándose los criterios evaluativos sugeridos por los Programas de
Estudio de cada uno de las asignaturas.
3.- Si durante la administración de una prueba, ésta deba suspenderse por razones de emergencia
( temblor, incendio, otros), la evaluación será automáticamente anulada. Posteriormente, el profesor
de asignatura correspondiente fijará otra prueba, con los mismos contenidos y exigencias que la
anterior suspendida.
4.- En caso de sorprender a la alumna copiando o en actitud sospechosa como:
- Ayudando oralmente a otra compañera.
- Permitiendo que le copien.
- Proporcionando una información escrita.
- Adulterando o falsificando evaluación.
- Extrayendo evaluaciones antes de ser aplicadas.
se aplicará el siguiente criterio :
a) Se le retirará la prueba , con un mayor grado de dificultad en día y hora establecido por el
profesor de asignatura respectivo.
b) se procederá al retiro de la prueba, entregándole a la alumna otra, la cual será desarrollada en el
tiempo restante.
En ambas situaciones, se dejará constancia de ello en el Libro de clases, en la hoja de vida de la
alumna, bajo su firma.
5.- En aquellos casos, en que la alumna se niegue a realizar una evaluación fijada con anterioridad
aduciendo que no ha estudiado y/o no sabe nada, se dejará constancia escrita en la hoja de prueba
entregada a la alumna, bajo firma de ella, procediendo a aplicarle la nota mínima, considerando que no
contestó nada y la entregó en blanco.
VII.- DE LAS CALIFICACIONES
1. - En los cursos correspondientes a 1° a 6° básico, el número mínimo de calificaciones de cada
asignatura será de:
a) 2 horas semanales = 3 calificaciones
b) 3 horas semanales = 5 calificaciones
c) 4—5 horas semanales = 6 calificaciones
d) 6 horas semanales o más = 8 calificaciones
2.- En los cursos correspondientes de 7° a 4° Medio, el número mínimo de calificaciones de cada
asignatura será de:
a) 2 horas semanales = 4 calificaciones : 2 parciales coeficiente uno(1) y una coeficiente dos (2) que
corresponderá a la Prueba Global.
b) 3 a 4 horas semanales = 5 calificaciones : 3 parciales coeficiente uno(1) y una coeficiente dos (2) que
corresponderá a la Prueba Global.
c) 5 a 7 horas semanales = 6 calificaciones : 4 parciales coeficiente uno(1) y una coeficiente dos (2) que
corresponderá a la Prueba Global.
3.- Se podrá administrar en un día: dos pruebas coeficiente uno (1) o una coeficiente dos (2) y una
coeficiente uno (1), a lo sumo.
4.- Para las alumnas de 7º a 4º año de Educación Media, la evaluación coeficiente 2 de cada
semestre corresponderá a una Prueba Global, abarcando todos los contenidos del semestre o los
considerados fundamentales por el respectivo docente . Esta evaluación institucional será
calendarizada por la UTP durante el último período de ciases de cada semestre y se aplicará en
forma simultánea por niveles. El calendario de estas evaluaciones finales será entregado a los padres
y apoderados en la segunda reunión del año escolar. ( aprox. Abril )
5.- Considerando que los talleres de la JEC apuntan a reforzar y complementar algunas asignaturas
del Plan de Estudios, éstos serán evaluados regularmente con calificaciones parciales acumulativas y
el promedio semestral de éstos pasarán a ser nota parcial coeficiente uno(1) de una asignatura afín a
la actividad.
6.- En la asignatura de Religión, las alumnas serán calificadas con conceptos. La calificación obtenida
por las alumnas en este subsector no incidirá en su promoción.
7.- Las alumnas serán calificadas en cada uno de las asignaturas o actividades de aprendizaje del Plan
de Estudio correspondiente, aplicando una escala numérica de 1 a 7 hasta con un decimal. La
calificación mínima de aprobación será de 4,0
8.- Al término del año lectivo, para las alumnas de 1° a 6° básico, la calificación final en cada una
de las asignaturas del Plan de Estudio corresponderá al promedio aritmético de las dos calificaciones
semestrales finales obtenidas durante el año, hasta con un decimal.
9.- Para las alumnas de 7° a 4° medio, el promedio final anual de cada asignatura y el promedio
general anual, será calculado con centésimos, siendo aproximado por exceso a la décima superior. Ej.:
3,96 = 4,0 / 4,55 = 4,6 / 3,94 = 3,9 asignándose definitivamente con un decimal en la documentación
vigente.
10.- Considerando que los objetivos fundamentales transversales son competencias que las alumnas
deben lograr en los distintos períodos de su escolaridad y están orientados al desarrollo personal y a
la conducta moral y social de la alumna, siendo asumidos por el colegio en su Proyecto Educativo, el
logro de ellos se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social de la alumna.
Conjuntamente con el Informe Semestral de notas, el apoderado recibirá el Informe de Desarrollo
Personal y Social de la alumna, el que mide los logros en conceptos.
11.- Una vez finalizado el proceso, el Establecimiento Educacional, entregará a todas las alumnas un
certificado anual de estudios que indique las asignaturas con las calificaciones anuales obtenidas, el
% de asistencia y la situación final correspondiente ( Promovida, Reprobada, Retirada )
VIII.- DE LA PROMOCIÓN
Para la promoción de las alumnas se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de las
asignaturas del Plan de Estudio. y la asistencia a clases.
1.- Del Logro de Objetivos (Rendimiento)
De 1º a 2º y de 3º a 4º de Educación Básica : ( Decreto Exento 107/2003 . Artículo único )
a) Serán promovidas todas las alumnas que hayan asistido, a lo menos al 85% de las clases,
considerando que se dispone de dos años completos para cumplir con los objetivos de aprendizaje
fundamentales y contenidos mínimos obligatorios correspondientes a estos cursos.
Sin embargo, el director(a) establecimiento y el/la profesor/a jefe del respectivo curso podrá
autorizar la promoción de las alumnas con porcentajes menores de asistencia fundados en razones de
salud u otras causas debidamente justificadas.
No obstante lo señalado en los incisos anteriores, el/la director/a podrá decidir excepcionalmente,
previo informe fundado en varias evidencias del profesor(a) jefe del curso de las alumnas afectadas
no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico a aquellas alumnas que presenten un
retraso significativo en la lectura, escritura y/o matemática, en relación a los objetivos de
aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda
afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.
Además, para adoptar tal medida , el establecimiento deberá tener un informe de las actividades de
reforzamiento realizadas a la alumna y la constancia de haber informado oportunamente de la
situación a los padres y/o apoderados , de manera tal de posibilitar una labor en conjunto.
De 2º a 3º y de 4º a 8º de Educación Básica :
a) Serán promovidas las alumnas que hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos
planes de estudio
b) Serán promovidas las alumnas que no hayan aprobado una asignatura, siempre que su nivel
general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluida la asignatura no aprobada.
c) Igualmente serán promovidas las alumnas que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que
su nivel general de logro sea de un promedio 5.0 o superior, incluidas las 2 asignaturas no
aprobadas.
De 1º a 4º año de Educación Media :
a)Serán promovidas las alumnas que hubiesen aprobado todas los asignaturas de sus respectivos
Planes de Estudio.
b) Serán promovidas las alumnas que habiendo reprobado una asignatura tengan promedio general
de calificaciones 4,5 o superior, incluida la asignatura no aprobada.
c) Serán promovidas las alumnas que habiendo reprobado dos asignaturas tengan promedio general
de calificaciones 5,0 o superior, incluidas los dos asignaturas no aprobados.
d) Sin embargo, en el caso de las alumnas de Tercer y Cuarto Año Medio, no obstante lo
establecido en el párrafo anterior, si entre las 2 asignaturas NO aprobados se encuentran las
Asignaturas de Lenguaje y Comunicación y/o Matemática, las alumnas serán promovidas siempre
que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para efecto del cálculo de este
promedio se considerará la calificación de las 2 asignaturas no aprobadas.
2.- De la asistencia :
1.- Para ser promovidas las alumnas deberán asistir, a lo menos al 85% de las clases
establecidas en el calendario escolar anual.
En casos calificados y por razones debidamente justificados y comprobables (certificados médicos
u otros, ) el/la director/ase podrá autorizar la promoción con menor porcentaje de asistencia a
clases durante el año escolar correspondiente.
2.- Para promover alumnas con porcentajes menores al 85% de asistencia a clases y para resolver
situaciones especiales de evaluación y promoción dentro del año escolar, se establecen requisitos y
procedimientos:
a) Ingreso tardío a clases: si una alumna por motivos debidamente justificados – personalmente por
su apoderado – ingresa tardíamente a clases, se considerará el % de asistencia a partir del momento
de ingreso.
Con respecto a las evaluaciones, si trae algunas calificaciones de otro establecimiento, se
considerarán como notas parciales. En caso de no traer ninguna nota, se considerará la cantidad de
evaluaciones en cada una de las asignaturas a partir del ingreso.
b) ausencia a clases por períodos prolongados : en este caso, ya sea por enfermedad previamente
justificada con certificados médicos u otra causa debidamente justificada a través de
documentación – presentada personalmente por su apoderado -se le confeccionará un calendario
especial de evaluaciones establecido por UTP al reintegrarse a clases una vez terminado su
impedimento.
c) finalización anticipada del año escolar: en este caso, por razones de salud u otras razones
debidamente justificadas - personalmente por el apoderado - se podrán adoptar las siguientes
modalidades:
- calcular el promedio semestral y/o anual con las evaluaciones existentes a la fecha,
como
asimismo, el porcentaje de asistencia a la fecha para cálculos de promoción.
- adelantar las evaluaciones pendientes, según calendario especial establecido por UTP.
En ambos casos, el apoderado y la alumna deberán firmar en la hoja de vida de la alumna contenida en
el Libro de clases respectivo, la modalidad aceptada por ambos.
d) Atendiendo a la normativa vigente con respecto a las alumnas embarazadas y
madres
estudiantes, el Establecimiento resguardará el derecho a la educación, otorgándole las facilidades
académicas pertinentes para que la alumna pueda seguir estudiando.
Con respecto al sistema de evaluación, la alumna será evaluada de la misma forma que el resto de sus
compañeras. No obstante, en caso de inasistencias justificadas, la Unidad Técnico Pedagógica
elaborará un calendario especial de evaluaciones que le permita rendir todas sus evaluaciones .
e) certámenes nacionales o internacionales en el área de deportes, literatura, ciencias, artes;
becas u otras similares:
Si la alumna debe asistir a estos certámenes representando a su colegio, a la ciudad de Arica o al
país, se le otorgará el permiso correspondiente, previos antecedentes que deberán presentarse a la
directora del establecimiento.
Asimismo, con respecto a sus evaluaciones pendientes, UTP le confeccionará un calendario especial
de evaluaciones cuando se reintegre a clases.
Esta facultad será concedida por el Director del Establecimiento, consultado al profesor jefe y
Consejo de Profesores de Curso.
3.- La situación final de promoción de las alumnas deberá quedar resuelta al término del año escolar
correspondiente.
3.- Repitencia :
Repetirán curso, las alumnas que no cumplan con los requisitos de rendimiento y asistencia
estipulados en los puntos 1 y 2 señalados anteriormente.
Modificado Noviembre 2013