GUÍA PARA PARTICIPAR BECA DE CREACIÓN EN ARTE PÚBLICO FESTIVAL DE TANGO 1. Revise cuidadosamente de las condiciones generales de participación, donde encontrará: El fundamento legal que rige la presente publicación. Los cronogramas establecidos para la participación. El procedimiento, tanto de la fase inicial de inscripción, como de la selección y evaluación de las propuestas. Demás información de interés. Si tiene alguna inquietud con relación a dichos lineamientos hemos habilitado los siguientes canales de comunicación: Línea 444 41 44 opción 4 Página web: www.medellin.gov.co/cultura en el enlace de la Convocatoria 2015 – Arte y Cultura para la Vida, opción más información/pregúntele a la convocatoria Redes sociales institucionales: Facebook/Culturamed y twitter @Culturamde 2. Lea cuidadosamente el contenido específico de la convocatoria y comience a desarrollar su propuesta. Recuerde que es necesario presentarla con el contenido solicitado en el lineamiento, cualquier documento faltante se constituye en causal de rechazo de la misma. 3. Ingrese a la página web www.medellin.gov.co/cultura, diligencie el formulario de inscripción en línea e imprima dos copias. Dicho formulario, junto con el documento de identidad1, son indispensables para participar de la convocatoria. No se recibirán propuestas que se entreguen sin las dos (2) copias del formulario. El día establecido para el cierre de la convocatoria, la página web sólo permitirá la inscripción hasta las 11:59 del medio día. Los sobres con las propuestas se deberán entregar, máximo hasta las 3:00 p.m. del día de cierre, en cualquiera de los puntos de recepción habilitados. 4. Haga una lista de chequeo y verifique que la documentación esté completa. 5. Entregue la documentación en los lugares y tiempos señalados en el presente portafolio. No se recibirán propuestas con posterioridad a las fechas y horas de cierre establecidas, ni en lugares distintos a los señalados. El documento de identificación que se solicite dependerá del tipo de participante (persona natural, persona jurídica o grupo conformado) 1 6. Finalmente, esté atento a la información que se actualizará de forma permanente en la página: www.medellin.gov.co/cultura, en el enlace de la Convocatoria 2015 – Arte y Cultura para la Vida, allí usted podrá saber en qué fase del proceso está su propuesta. Bienvenidos y bienvenidas a las Convocatorias Públicas 2015, Arte y Cultura para la Vida de la Secretaría de Cultura Ciudadana de Medellín. GLOSARIO2 Becas: incentivo otorgado para la puesta en marcha, el fortalecimiento o la finalización de una propuesta relacionada con las líneas de creación, investigación, circulación, formación y producción cultural y artística. Creación: acto individual, colectivo o de redes, que permite a las personas, sociedades, comunidades, innovar, recrear la cultura y adaptarse a situaciones nuevas dentro de la realidad. La creatividad y la participación activa de los actores culturales, más allá de su directa relación con las artes, posibilitan condiciones de desarrollo en distintos ámbitos de la vida de las comunidades. La creación entonces no es una noción única y exclusivamente dedicada a la producción de objetos o formas artísticas, sino también la capacidad misma de generar soluciones a problemas del entorno social; a la producción y el disfrute de la cultura. Criterios de evaluación: son el conjunto de elementos bajo los cuales el jurado designado hará la revisión y evaluación de las propuestas técnicas. Documentos administrativos: hacen referencia a la documentación que identifica al participante y que se requiere para habilitar la participación de la propuesta en el proceso de evaluación y selección. Documentos técnicos para la evaluación: hacen referencia a la documentación que conforma la propuesta técnica que evaluará el jurado designado para cada una de las convocatorias y modalidades ofertadas. Grupos conformados: se llama así a la alianza de dos (2) o más personas naturales que deciden presentar y ejecutar un propuesta en forma conjunta. Pasantías: procesos de formación tendientes a la cualificación de conocimientos y saberes. 2 En algunos términos se retoman conceptos incluidos en el Compendio de Políticas Culturales del Ministerio de Cultura de Colombia (2010). Ello en aras de articular las políticas nacionales, con las políticas regionales y municipales, de fortalecimiento a las artes y a la cultura. Persona natural: se denomina así a todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición. Para efectos de la convocatoria sólo podrán participar personas naturales mayores de edad. Propuesta: está conformada por los documentos administrativos y los documentos técnicos para evaluación que presenta el aspirante a un estímulo o apoyo Resolución: es el acto administrativo mediante el cual se apertura y se adjudica el proceso. Subsanable: que puede ser solucionado, que es algo factible de solucionar o de reparar y tiene arreglo. En consecuencia, en esta convocatoria se entenderá por insubsanable, aquel requisito que de no cumplirse no tiene lugar a ser solucionado, corregido o remediado. Supervisor o interventor: funcionario o contratista designado por la Secretaría de Cultura Ciudadana para realizar seguimiento y vigilar el cumplimiento de las condiciones pactadas con los ganadores o beneficiarios de la convocatoria. Tutor: Persona encargada de orientar y acompañar el desarrollo de la propuesta. FUNDAMENTACIÓN NORMATIVA La presente Convocatoria se sustenta en la siguiente normatividad: - Constitución Política de Colombia, Artículo 70, 71 y 72. - Ley 397 de 1997 y sus decretos reglamentarios - Ley 1493 de 2011 y sus decretos reglamentarios - Plan de Desarrollo 2012-2015 “Medellín un hogar para la vida” - Acuerdo municipal 48 de 2011. Por el cual se establecen las políticas de fomento y estímulo a la creación, a la investigación y a la gestión cultural y artística en el Municipio de Medellín . - Acuerdo municipal 65 de 2005. Por medio del cual se institucionaliza el Festival Internacional del Tango Ciudad de Medellín y Deroga el Acuerdo 38 de 2003. CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN 1. Cronogramas FECHA DE APERTURA FECHA DE CIERRE FECHA DE ADJUDICACIÓN PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN Mayo 4 de 2015 Mayo 29 de 2015 Junio 9 de 2015 16 al 28 de junio de 2015 en la avenida Carlos Gardel y en las zonas cercanas al aeropuerto Enrrique Olaya Herrera 2. Objeto de la convocatoria Promover procesos de creación e intervención en el espacio público a través de propuestas de arte urbano que expresen la vigencia en pasado y presente del tango en Medellín, con motivo de la conmemoración de los 80 años de la muerte de Carlos Gardel. 3. Condiciones generales de participación Los siguientes requisitos son generales, además de estos los interesados deben revisar cuidadosamente los lineamientos específicos de la convocatoria, ya que dichas condiciones (perfil de participante, documentos administrativos adicionales y documentos técnicos para la evaluación) deben ser tenidas en cuenta. El no cumplimiento de las mismas será causal de no participación o rechazo de la propuesta. a. Pueden participar: Ciudadanos colombianos, mayores de dieciocho (18) años, con domicilio en la ciudad de Medellín de mínimo tres (3) años al momento de apertura de la convocatoria. Lo anterior se acreditará mediante declaración extra juicio donde se indique claramente el barrio, la comuna, la dirección postal, el teléfono y los años de residencia en la ciudad. Dicha declaración debe estar avalada por dos (2) testigos, quienes a su vez indicarán su dirección, barrio, comuna y teléfono de residencia. Ciudadanos extranjeros, residentes en Colombia, mayores de dieciocho (18) años y con domicilio civil en la ciudad de Medellín de mínimo cinco (5) años al momento de apertura de la convocatoria. Se acredita de la misma manera que los ciudadanos colombianos. Grupos conformados, en donde el 60% de los integrantes deberá tener domicilio en la ciudad de Medellín. Esto se acreditará mediante declaración extra juicio que firma el representante del grupo, en donde declara ante dos testigos y bajo la gravedad del juramento, que mínimo el 60% de los integrantes del grupo, incluido él tienen su domicilio en la ciudad de Medellín de mínimo tres (3) años al momento de apertura de la convocatoria, en caso de que alguno del 40% restante no sea residente en la ciudad de Medellín, no está obligado a suscribir la misma, pero deberá adjuntar su documento de identidad nacional o extranjero. Nota: cada participante, ya sea persona natural, integrante de un grupo conformado, grupo conformado, podrá presentar una propuesta. b. No pueden participar Ciudadanos colombianos menores de dieciocho (18) años. (Ni como parte de un grupo conformado) Personas naturales o grupos conformados cuyos miembros tengan vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad (abuelos, padres, hijos, hermanos), segundo de afinidad (abuelos, padres, hijos, hermanos), segundo de afinidad del cónyuge (abuelos, padres, hijos, hermanos) o primero civil (hijos adoptivos), con los servidores públicos de los niveles directivos, tutor, ejecutivo de la Alcaldía de Medellín o del Concejo Municipal, o con las personas que ejerzan el control interno o fiscal de la Alcaldía de Medellín. Personas naturales, representantes de grupo o cualquiera de sus integrantes, vinculados como servidores públicos o que tengan relación contractual, bajo la modalidad de prestación de servicios profesionales y/o consultoría con la Secretaría de Cultura Ciudadana, o presten sus servicios bajo cualquier relación contractual en alguno de las propuestas liderados por la Secretaría de Cultura Ciudadana, independientemente que se contrate directamente o a través de cualquier operador o tercero intermediarios, y quienes estén en una relación de segundo grado de consanguinidad (abuelo, padres, hijos, hermanos), segundo de afinidad (abuelos, padres, hijos, hermanos del cónyuge) o primero civil (hijos adoptivos) con ellas. Personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la convocatoria. Los jurados de las convocatorias, ni a título personal, ni como integrante de una persona jurídica o grupo conformado. Los ganadores o los jurados de años anteriores a los que se les haya declarado incumplimiento de sus compromisos con la Secretaría de Cultura Ciudadana. Entidades de carácter público. Instituciones privadas y públicas que prestan servicios de educación preescolar, básica y media. Instituciones de educación superior, públicas o privadas, excepto en las becas de investigación modalidad en la que pueden participar. Cajas de compensación y cámaras de comercio. 5. Documentos para participar a. Documentos administrativos - - Formulario de participación diligenciado en línea en la plataforma web www.medellin.gov.co/cultura e impreso en dos copias. Este documento es insubsanable y la propuesta quedará automáticamente rechazada. Declaración extra juicio de domicilio. Documento de identidad según tipo de participante: Persona natural: - Copia de la cédula de ciudadanía, en caso de participantes extranjeros cédula de extranjería o visa de residencia. Grupo conformado - Copia de la cédula de cada uno de los integrantes del grupo, cédula de extranjería o visa de residencia, según el caso. Carta de conformación del grupo (Anexo 1) b. Documentos técnicos para la evaluación En los lineamientos de la convocatoria se encontrará la descripción de los documentos técnicos para la evaluación, la ausencia de cualquiera de ellos será causal de rechazo. No se aceptan documentos enviados con posterioridad a la fecha de cierre establecida para la convocatoria y sólo se aceptan obras o propuestas escritas en español. c. Entrega de documentos El punto principal para la entrega de las propuestas es la taquilla del Centro de Servicios de Atención a la Ciudadanía, ubicado en el sótano del Centro Administrativo Municipal La Alpujarra (calle 44 No 52-165). El participante deberá reclamar un ficho para la entrega de la propuesta en la taquilla correspondiente. El horario de atención es el siguiente: lunes a viernes de 6:30 a.m. a 6:30 p.m. en jornada continua. La Secretaría de Cultura Ciudadana se reserva el derecho de habilitar otros puntos de recepción de propuestas, de lo cual informará oportunamente. No se recibirán propuestas en lugares diferentes al señalado. Las oficinas administrativas de la Secretaría de Cultura Ciudadana y las del archivo municipal, no son sitios autorizados para la entrega de propuestas. La página web sólo permitirá inscripciones hasta las 11:59 del mediodía del día de cierre de la convocatoria (Mayo 29 de 2015). La recepción de propuestas físicas sólo estará habilitada, tal como se señala en los cronogramas, hasta las 3:00 p.m. del día de cierre (Mayo 29 de 2015). Los documentos deberán ser entregados en un (1) solo sobre, dicho sobre debe contener: - - Documentos administrativos y una (1) copia impresa de los documentos técnicos (propuesta técnica) para evaluación. Tres (3) sobres con las copias de los documentos técnicos en medio digital (CD) para la evaluación, marcados como “Documentos técnicos para la evaluación 1”, “Documentos técnicos para la evaluación 2” y “Documentos técnicos para la evaluación 3” y el número de registro arrojado por la plataforma. Los formularios de inscripción deberán estar por fuera de cualquiera de los sobres. Sólo se reciben copias de las propuestas, la Secretaría de Cultura Ciudadana no se hace responsable de documentos o archivos originales. Textos en formato PDF, hojas de cálculo en Excel, archivos de audio en formatos mp3 o WAV y archivos de video en formatos mp4. El participante deberá garantizar que su propuesta pueda ser abierta y leída en cualquier equipo de cómputo y en programas de uso común. El sobre principal en el que se entregará la totalidad de la propuesta deberá marcarse de la siguiente forma: Alcaldía de Medellín Secretaría de Cultura Ciudadana Convocatoria pública arte y cultura para la vida 2015 Nombre del participante Número de registro (este número se lo dará la plataforma cuando finalice su proceso de inscripción) 6. Proceso de inscripción, selección y evaluación a. Inscripción El proceso de inscripción para la participación en la convocatoria, únicamente, se hará de forma digital en la plataforma web: www.medellin.gov.co/cultura en el enlace de la Convocatoria 2015 – Arte y Cultura para la Vida/opción- Beca de creación en arte público festival de tango. Se deben diligenciar todos los campos requeridos para que el sistema permita finalizar el proceso y descargar el archivo PDF que certifica la correcta inscripción. Este documento deberá imprimirse dos veces y entregarse junto con la propuesta. (No olvide aceptar los términos y condiciones al final del formulario, sin esto no se efectúa exitosamente la inscripción) No se recibirán las propuestas que no estén acompañadas de las dos (2) copias impresas del formulario o que lo presenten alterado. b. Selección y evaluación La Secretaría de Cultura Ciudadana, verificará que los documentos recibidos cumplan con los requisitos generales y específicos de participación (documentos administrativos y documentos técnicos para la evaluación). Solo serán enviadas a los jurados las propuestas que cumplan con dichos requisitos. En el caso en que los participantes no presenten uno de los documentos administrativos solicitados (diferentes al formulario de participación, la declaración extrajuicio de domicilio y la carta de conformación del grupo) la Secretaría de Cultura Ciudadana procederá a requerirlo y una vez subsanado se procederá a verificar los documentos técnicos para la evaluación. Para la subsanación de documentos solicitados el participante contará con un (1) día hábil. La Secretaría de Cultura Ciudadana publicará un informe de cumplimiento de documentos administrativos, documentos técnicos para la evaluación y de propuestas que pasan a la siguiente etapa del proceso, definidos así: En estudio: cuando pasa a etapa de evaluación Rechazado: cuando no cumple con los requisitos de la convocatoria c. Causales de rechazo automático - - - - - - - Cuando el formulario de participación no se presenta o se presenta alterado. Cuando no se aporte cualquiera de los documentos técnicos para la evaluación. Cuando se presenten dos (2) propuestas a la misma convocatoria, ambas serán rechazadas. Ya sea como persona natural, grupo conformado, integrante de un grupo conformado. Cuando se entregue la propuesta fuera del lugar, la fecha y hora límite de recepción, según los cronogramas que se incluyen en este documento. Cuando se presente una propuesta a una convocatoria no ofertada. Cuando la propuesta sea presentada por un menor de edad. Cuando el tipo de participante no corresponda con el perfil requerido por la convocatoria en la que quiere participar. Cuando el participante no allegue alguno de los documentos solicitados en el tiempo otorgado para hacerlo. (En ningún caso se admitirá que vía aclaración se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre de la convocatoria. Las aclaraciones que se presenten con estas características no serán válidas). Cuando la ejecución de la propuesta exceda la vigencia fiscal respectiva. Cuando el participante, en caso de ser persona natural, no acredite domicilio en Medellín en los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de apertura de la convocatoria. Cuando el participante, en caso de ser grupo conformado, no acredite domicilio en Medellín del 60% de sus integrantes, en los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de apertura de la convocatoria. Cuando la declaración extrajuicio, mediante la cual se demuestra el domicilio, no cumpla con los requisitos solicitados en los lineamientos. Es decir, tres (3) años de domicilio y firma de dos (2) testigos. En el caso de los grupos conformados, no haber aportado la carta de conformación de grupo completamente diligenciada y con las firmas que la respalda. (Anexo 1). Cuando se compruebe que parte o la totalidad de la información aportada no corresponda con la realidad. Cuando las propuestas presentadas en las becas de creación no sean inéditas. Cuando el participante tenga al momento de cierre de la convocatoria más de tres (3) convenios o contratos bajo la modalidad de contratación directa (de la vigencia fiscal 2015) con la Secretaría de Cultura Ciudadana, ya sea a título personal, como representante legal de las personas jurídicas o como representante de un grupo conformado. Alterar o no presentar la información en los formatos establecidos por la Secretaría de Cultura Ciudadana o presentados en uno diferente en el indicado en la convocatoria. d. Causales de exclusión - - - Si durante el proceso de evaluación o ejecución de la propuesta, el participante se viera impedido para continuar con el proceso, éste deberá notificar por escrito a la Secretaría de Cultura Ciudadana las razones del retiro y solicitar la cancelación automática de su participación en la convocatoria. La Secretaría tendrá la potestad de continuar o no con el proceso. En el caso de los grupos conformados cuando se supere el 20% establecido para hacer modificaciones en los integrantes del grupo participante. Esta modificación solo aplica para grupos de cinco (5) o más integrantes. Por disolución del grupo conformado. Por muerte de la persona natural. e. Del jurado La Secretaría de Cultura Ciudadana seleccionará y designará mediante acto administrativo jurados expertos para realizar la evaluación de las propuestas recibidas. Para la elección de los mismos se tendrá en cuenta su nivel de formación académica, trayectoria e idoneidad frente al área o tema de la convocatoria. En caso de que en alguna convocatoria o línea de participación se llegarán a recibir menos de cinco propuestas la Secretaría podrá designar un comité interno de evaluación. f. Obligaciones de los jurados - - - Leer detenidamente los requisitos generales y específicos de participación de la convocatoria, los cuales serán entregados por la Secretaría de Cultura Ciudadana. Leer y evaluar previo a las deliberaciones las propuestas participantes. Tener en cuenta para la evaluación de las propuestas los criterios establecidos en cada convocatoria. Declararse impedidos para evaluar propuestas de familiares o amigos. En caso de que más de la mitad de jurados se declaren impedidos, la Secretaría de Cultura Ciudadana designará mediante acto administrativo jurados ad hoc para evaluar las propuestas a que haya lugar. Observar total imparcialidad, objetividad y actuar con plena autonomía. Abstenerse de hacer uso de la información a que se accede para cualquier objetivo diferente de la evaluación, respetando siempre los derechos de autor del participante. Diligenciar y firmar su evaluación para cada propuesta recibida, emitiendo un concepto técnico que exprese su valoración. Las planillas firmadas con las evaluaciones serán entregadas a la Secretaría de Cultura Ciudadana el día de la deliberación final. Preseleccionar y llevar a la deliberación las propuestas que presentará a sus pares evaluadores. - Participar en la fecha y hora indicada para la deliberación. En caso de que la convocatoria que será evaluada requiera de audiciones, deberá estar en la hora y lugar indicado por la Secretaría de Cultura Ciudadana para tal propósito. Elaborar, sustentar y firmar el acta de veredicto de ganadores de la convocatoria que evaluó. Retornar a la Secretaría de Cultura Ciudadana todo el material evaluado para ser devuelto a los participantes. Entregar oportunamente y en los plazos establecidos los documentos que les sean requeridos para el pago. Nota: En caso de que se presente algún incumplimiento en alguna de las obligaciones antes señaladas, la Secretaría se abstendrá de hacer el pago correspondiente. g. Deliberación y fallo Los jurados, luego de leer y evaluar las propuestas que se le asignaron, seleccionarán las que a su juicio, y según los criterios de evaluación establecidos, consideren pertinente presentar en la deliberación final. En caso de que un ganador no acepte el estímulo o sobre el recaiga una inhabilidad, este se adjudicará a la propuesta que siga en puntaje, siempre y cuando supere el mínimo establecido en la convocatoria. Cuando la convocatoria requiera de audiciones, sustentación o presentación creativa presencial, se publicará una lista de propuestas preseleccionadas, definiendo la fecha y hora de su presentación ante el jurado. Cuando los jurados realicen recomendaciones a las propuestas, los ganadores las deberán acatar, siempre y cuando las mismas no modifiquen el objetivo central de la propuesta. Las deliberaciones de los jurados serán confidenciales. Si el jurado decide por unanimidad que la calidad de las propuestas presentadas en una modalidad no ameritan el otorgamiento del estímulo o apoyo, esta se declarará desierto y así se indicará en la evaluación y resolución de adjudicación, contra la cual no procede recurso alguno. Los recursos dispuestos para el estímulo o apoyo regresarán al disponible de la Secretaría de Cultura Ciudadana. h. Verificación de inhabilidades e incompatibilidades Únicamente conocido el veredicto de los jurados, la Secretaría de Cultura Ciudadana verificará las inhabilidades, incompatibilidades y prohibiciones de los ganadores. En caso de encontrarse alguna de estas situaciones se rechazará la propuesta y se adjudicará al segundo mejor evaluado por los jurados. i. Publicación de resultados La Secretaría de Cultura Ciudadana, a través de resolución de adjudicación proferirá los ganadores de la convocatoria. Dicha resolución puede consultarse en formato físico en la Secretaría de Cultura Ciudadana y en formato digital en la página web www.medellin.gov.co/cultura Nota: respecto a este acto administrativo no procederá recurso alguno. 7. Requisitos para otorgar el estímulo a ganadores Una vez publicada la resolución de adjudicación de ganadores estos cuentan con tres (3) días hábiles para aceptar por escrito y hacer llegar a la Secretaría de Cultura Ciudadana los siguientes documentos: Persona natural Grupo conformado RUT actualizado X X Carta de compromiso y/o aceptación de la resolución de adjudicación X X Constancia de la inscripción como proveedor X X Póliza de cumplimiento X X Documento 8. Derechos y deberes de los ganadores Derechos Ser titulares de los derechos patrimoniales de sus obras o propuestas objeto del estímulo. Recibir copia del acto administrativo que los designa como ganadores. Recibir el pago en los momentos definidos para cada convocatoria. Los particulares que señale cada convocatoria. Nota: La Secretaría de Cultura Ciudadana dispondrá de los derechos de difusión de las propuestas ganadoras por un término de dos (2) años. Su uso será estrictamente educativo, informativo y formativo. Deberes Aceptar por escrito el estímulo o apoyo y las condiciones establecidas en la resolución de adjudicación. Firmar y cumplir de manera estricta con lo estipulado en la carta de compromiso o documento de obligaciones. Contar con los recursos propios para desarrollar o llevar a cabo su propuesta en la fecha indicada de acuerdo con la convocatoria, teniendo en cuenta que el primer desembolso se realizará aproximadamente al mes de notificada la resolución de adjudicación. Destinar el cien por ciento (100%) del recurso recibido a la ejecución de la propuesta aprobada por el jurado. Para las convocatorias que requieren tutor y este llegare a renunciar, el ganador deberá enviar solicitud escrita de cambio, anexando nueva hoja de vida y carta de aceptación del postulado. La Secretaría de Cultura Ciudadana se reserva el derecho de aceptarlo o no. Acatar las recomendaciones realizadas por los jurados. Compartir los resultados obtenidos a través de las actividades de socialización tales como talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones o presentaciones según la naturaleza del trabajo final. La Secretaría de Cultura Ciudadana puede establecer la realización de muestras de resultados y los ganadores deberán participar de ellas. Tales procesos de socialización deben contemplarse dentro del presupuesto. Remitir los informes de ejecución de la propuesta ganadora con los soportes necesarios. Otorgar los créditos a la Secretaría de Cultura Ciudadana del Municipio de Medellín en toda las actividades desarrolladas o en el material publicado en relación con el estímulo o apoyo recibido. Todas las piezas de divulgación o promoción de la propuesta ganadora, bien sea impresas o digitales deberán contar con la aprobación del área de comunicaciones de la Secretaría de Cultura Ciudadana, previo a su divulgación. No se podrá ceder el estímulo o desarrollo de la propuesta a terceras personas. Los demás particulares que señale cada convocatoria. 9. Devolución de documentos Las propuestas y demás archivos y documentos aportados, podrán ser reclamados durante los dos (2) días siguientes a la publicación de la resolución de adjudicación, vencido este plazo la Secretaría de Cultura Ciudadana procederá a la destrucción de la totalidad de los documentos no reclamados. 10. Anotaciones generales Todos los aspirantes en cualquier convocatoria de la Secretaría de Cultura Ciudadana deberán tener en cuenta lo siguiente: En ningún caso se concederá prórroga para el desarrollo de las propuestas y no deberán superar la vigencia fiscal del año en que se adelantan. En caso de que se compruebe fraude en cualquier momento de la convocatoria o incluso en la ejecución de la propuesta, se revocará el estímulo, no se realizarán más pagos, se solicitará la devolución de los pagos hechos y se inhabilitará al ganador por el término de cinco (5) años para celebrar contratos, convenios y participar en convocatorias de la Secretaría de Cultura Ciudadana. El no cumplimiento de los compromisos por parte del ganador será causal de sanción por dos (2) años para participar en las convocatorias de la Secretaría de Cultura Ciudadana y se deberá hacer la devolución de los recursos. El pago del estímulo o apoyo se sujeta a: o o o La expedición de la resolución de adjudicación. La entrega completa de los documentos requeridos en los requisitos para la legalización y otorgamiento del estímulo. La disponibilidad de los recursos de acuerdo con el PAC de la Secretaría de Cultura Ciudadana. Los ganadores que por motivos de fuerza mayor, ajenos a la Secretaría de Cultura Ciudadana y diferentes de la entrega del valor aprobado como estímulo o apoyo, que no puedan ejecutar la propuesta aprobada por los jurados o no puedan realizarla en el tiempo definido en la misma o durante la vigencia fiscal, deberán renunciar al mismo a través de documento escrito dirigido a la Secretaría de Cultura Ciudadana, aportando copia de la consignación de los recursos recibidos en la cuenta que para ello disponga la Tesorería del Municipio de Medellín, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la ocurrencia del hecho. Se advierte a los participantes que la información relacionada con las convocatorias que se produzca en cualquier momento es de carácter público y estará a disposición para consulta a través de los medios que la Secretaría y la Alcaldía dispongan. No opera la confidencialidad respecto de las propuestas presentadas a la convocatoria.
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