1 - Departamento de Derecho y Ciencia Política

Departamento de Derecho y Ciencia Política
CARRERA: Abogacía
Programa 2015
FILOSOFÍA DEL DERECHO
CÁTEDRA: Tomás Várnagy
Profesores:
Antonio Sanles (Adjunto)
Diego Baccarelli (Adjunto)
Luis Blengino (Adjunto)
Yanina Amarilla (Ayudante de primera)
Gabriela Rodríguez (Ayudante de primera)
Carga horaria semanal: 2 hs.
Código materia: 2306
FUNDAMENTACIÓN
Filosofía del Derecho es una de las primeras materias que tienen los alumnos
en la currícula de la carrera de Derecho. En este sentido, esta disciplina deberá
mantener un carácter introductorio ligado a diversos temas y problemáticas constantes
del terreno de lo jurídico vinculado a problemáticas sociales.
Por otro lado, al tratarse de una Filosofía del Derecho, nuestro supuesto de
partida se orienta a explicitar y analizar los axiomas y supuestos básicos de la
tradición discursiva del Derecho en el trascurrir del pensamiento occidental. En tal
sentido, tendremos en cuenta tres núcleos significativos.
El primero atiende al contexto del mundo clásico. Si bien sería un anacronismo
mentar una Filosofía del Derecho autónoma en el mundo antiguo. Vale decir, y en lo
que atañe a los conceptos de ley y justicia en la antigüedad, dichas nociones
guardarán estricta vinculación con el entramado metafísico que caracteriza al terreno
clásico. A modo de ejemplificación valdría el pensamiento de Platón a partir del cual la
noción de Justicia se liga primeramente a las posibles relaciones entre las partes del
alma (parte racional, irascible y concupiscible). No obstante, abordaremos temáticas
centrales que, sin lugar a dudas, constituirán y constituyen el reservorio de la Ciencia
Jurídica, como es por caso la noción de Justicia y la tensión entre physis y nómos,
(Platón, Sofistas y Aristóteles), al tiempo que pondremos hincapié en la emergencia
del ius naturalismo clásico. Luego, haremos hincapié en la relevancia del siglo XIII y el
pensamiento político-jurídico de Tomás de Aquino en tanto resurgimiento de la idea de
ciudadano y la apertura a pensar el Estado y el Derecho como producto del Derecho
Natural en detrimento de un modelo teocrático. serán referencias centrales.
El segundo núcleo significativo atiende específicamente al contexto de la
Modernidad. Desde esta perspectiva tendremos en cuenta su propia emergencia a
partir de la relación y tensión entre el Humanismo Renacentista y la Reforma
Protestante. Al respecto, abordaremos como representación del Humanismo al
pensamiento de Tomás Moro, convencidos que en dicho pensador se encuentro una
noción de justicia escindida de un esquema metafísico. Vale decir, con registro
exclusivamente social; al tiempo que en Moro se anuncia la noción de sujeto moderno
como sujeto de Derecho. En el caso del reformador alemán haremos hincapié en la
tensión entre Derecho natural, autoridad y derecho canónico, al tiempo que
profundizaremos en la relación entre Derecho y Moral.
El segundo aspecto que atañe a la Modernidad reviste una importancia
insoslayable, en tanto surgimiento del derecho como esfera autónoma. Al respecto, se
tendrá en cuenta la emergencia del modelo contractualista y el pensamiento filosófico,
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político y jurídico de Inmanuel Kant, fundamental, por otro lado, para la comprensión
de la eclosión del Derecho Positivo.
En el tercer núcleo significativo hemos optado por priorizar autores y debates
contemporáneos, como son por caso los pensamientos de Kelsen sobre el positivismo
jurídico y de Marx, Arendt y Rancière sobre los DD.HH., que, esperamos, sirvan de
estímulo para que el alumno inicie reflexiones de carácter político y jurídico, partiendo
de su experiencia cotidiana.
De acuerdo al abordaje propuesto, en las clases se intentará dar referencias
biográficas constantes de los autores poniendo especial reparo en el contexto sociohistórico en el que se produjeron (y producen) sus obras. Se pondrá especial énfasis
en el encuadramiento teórico en el que se sitúen. Por otra parte, se procura mantener
la perspectiva filosófico-jurídica en cada uno de los temas centrales para habituar al
alumno a pensar con las categorías de la disciplina, pero también en su relación con
otras ciencias, especialmente la Ciencia Política.
OBJETIVOS
1. Desarrollar una primera aproximación a la Filosofía y en especial a la Filosofía
del Derecho.
2. Reconocer los tópicos principales de la Filosofía del Derecho en los contextos:
Clásicos, Modernos y Contemporáneos.
a) Con respecto al contexto Clásico: que los alumnos ahonden en la relación
entre Ética, Política y Derecho.
b) Con respecto al contexto Moderno: Que los alumnos analicen las
diferencias entre el Iusnaturalismo clásico y el moderno (contractualista);
que analicen las diferencias entre el Derecho natural moderno y el Derecho
positivo a partir del clivaje kantiano.
c) Con respecto al contexto Contemporáneo: Que los alumnos profundicen en
la tensión entre Estado de Derecho y Estado de Excepción, y se
introduzcan en cierto debate de la filosofía posfundamento sobre DD.HH.
3. Identificar el desarrollo histórico de la disciplina y sus primeros aportes.
4. Realizar una práctica de lectura comprensiva y crítica de los textos, haciendo
hincapié en la mirada perspectiva y en la detección de controversias de
enfoques e interpretaciones.
5. Utilizar las distintas herramientas conceptuales de la Filosofía del Derecho.
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CONTENIDO
Unidad 1: La Filosofía del Derecho en el mundo clásico.
1. Surgimiento de la Filosofía, características del pensamiento filosófico. Saber
vulgar, científico y filosófico. Disciplinas filosóficas. La Filosofía del Derecho.
Posibles relaciones entre Filosofía del Derecho y Filosofía Política.
2. La significatividad de la Polis como matriz política: la emergencia del espacio
público. La sofística como promotora de la antítesis nómos-phýsis. La importancia
de la sofística para el desarrollo de la democracia. El método socrático.
3. Metafísica y política en el pensamiento de Platón. Aproximación general a la teoría
platónica de las ideas. Abordaje analítico de la República platónica a partir de la
noción de Justicia en el libro I. Deducción metafísica del Estado. Las cinco clases
de constituciones políticas y sus formas degeneradas. El papel de las virtudes en
La República. Episteme política y práctica política como tensión excluyente. Las
categorías de conflicto y coerción en el pensamiento platónico.
4. Aristóteles: nociones generales acerca de su Filosofía. Concepto de Justicia:
Justicia general y Justicia particular. Distinción entre el derecho y la moral. El
derecho natural aristotélico y la problemática de la esclavitud como condición
natural.
5. Tomás de Aquino y la teoría del doble orden. La noción de Estado como producto
del Derecho Natural. El concepto de Justicia y de Derecho en el pensamiento del
aquinante. La importancia de la Neoescolática como aproximación al Derecho
Moderno.
Unidad 2: La Filosofía del Derecho en el mundo renacentista y moderno.
1. La emergencia del concepto de Utopía como ideario de la Modernidad.
Surgimiento de una antropología del sujeto como sujeto de Derecho en sentido
moderno en el pensamiento de Moro. El sujeto como sujeto de deseo y
necesidades.
2. La escuela moderna del Derecho Natural. El paradigma contractualista: A.-Hobbes:
Estado de Naturaleza, descripción, consecuencias, las leyes naturales. Nueva
definición del Derecho. Cambio del sentido del término Derecho natural. La ley,
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origen y fundamento. El nominalismo de Hobbes. B.-Locke: El primer tratado o el
derecho divino a gobernar. El segundo tratado o los fundamentos del liberalismo.
Estado de naturaleza y contrato. Locke y la fundamentación de la propiedad
privada. Sociedad política y gobierno. Resistencia y rebelión. Límites del
liberalismo político. C.- Rousseau: análisis del contenido jurídico de sus obras. Su
concepción del estado de naturaleza y de la sociedad. La voluntad general. La ley.
D.- Kant y el contractualismo: estado de naturaleza, contrato originario y estado
civil. Los principios de la revolución francesa. Una aproximación al derecho y la
moral. El papel de la opinión en el pensamiento político kantiano. Kant como
pensador fronterizo entre el Derecho Natural y el Derecho Positivo.
Unidad 3: La Filosofía del Derecho en el mundo contemporáneo.
3. La influencia kantiana en el Positivismo de Hans Kelsen . Nociones centrales de la
Teoría Pura del Derecho. Concepción kelseniana del derecho. Aspecto estático y
dinámico de la ciencia del derecho. Norma Fundamental. Contenido e importancia.
Estructura del orden jurídico.
4. La interpretación marxiana de la Declaración de los Derechos del Hombre y el
Ciudadano. Bourgeois y citoyen. Los Derechos del Individuo y los Derechos de la
Comunidad. Dos relecturas contemporáneas sobre la Declaración y los DD.HH.: AHannah Arendt y la dependencia de los DD.HH. respecto de los Derechos del
Ciudadano. B- Jacques Rancière y la identificación entre el sujeto de la
democracia y el de los DD.HH.
METODOLOGIA
El curso es teórico-práctico, con lo que se quiere señalar que las estrategias
pedagógicas buscan combinar momentos de exposición con otros de trabajo
exhaustivo de lectura de textos a partir de la resolución de guías de lectura para cada
texto del libro de cátedra.
EVALUACIÓN
La asignatura contará con 2 -dos- instancias de evaluación parciales. Aquel
alumno que obtenga en las dos calificaciones notas superiores a 7 -siete- aprobará la
materia (Aprobado), quedando exento de rendir el examen final. En cambio, quien
posea al menos una de las calificaciones inferior a 7 –siete- y obtenga un promedio de
4 -cuatro- a 6 -seis- en las instancias de evaluación parcial, y de no mediar aplazo en
alguna de las instancias de evaluación, aprobará el curso y estará en condiciones de
rendir el examen final de la asignatura (Cursado). Finalmente, el alumno que repruebe
una de las instancias parciales de evaluación tendrá derecho a realizar un examen
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recuperatorio de la misma, cuya desaprobación equivaldrá a la desaprobación de la
asignatura (Reprobado). En el proceso de evaluación se considerarán estrictamente,
la asistencia (no inferior al 75 %) y la entrega de los trabajos prácticos.
BIBLIOGRAFÍA DE DESARROLLO
Unidad 1:
Várnagy, Tomás, (Compilador y Editor): Filosofía, política y derecho, San Justo:
UNLaM, 2009, Capítulos I a IV.
Carpio, Adolfo. Principio de Filosofía, Glauco, Bs.As., 1992.
Platón, Critón, Eudeba, Buenos Aires, 1985.
Platón. La República, Eudeba, Buenos Aires, 1987
Aristóteles, Ética Nicomáquea I 1-4; II 1-6; III 1-3; V; VI 3-8; X 7-9 (Alianza/Gredos)
Tomás de Aquino, La monarquía. Madrid, Altaya, 1997.
Unidad 2:
Várnagy, Tomás, (Compilador y Editor): Filosofía, política y derecho, San Justo:
UNLaM, 2009, Capítulos V a IX.
Moro, Tomás, Utopía, (Ediciones varias)
Hobbes, T. 1980 (1651) Leviatán (México: Fondo de Cultura Económica) Caps. 5, 10,
13, 14,15, 17, 18, 20, 21, 24, 29 y 30.
Locke, John 1959 (1662) Segundo tratado sobre el Gobierno Civil (Buenos Aires:
Agora).
Rousseau, J. J. 1985 (1762) El Contrato Social (Madrid: Alianza). Libro I y II.
Kant, Immanuel 1994. Teoría y Praxis (Madrid: Tecnos)
Unidad 3:
Várnagy, Tomás, (Compilador y Editor): Filosofía, política y derecho, San Justo:
UNLaM, 2009, Capítulo X.
Kelsen, Hans, Teoría Pura del Derecho, Buenos Aires: Eudeba, 1994.
Marx, Karl, La cuestión Judía. Buenos Aires: Quadrata, 2003.
Arendt, Hannah, Los orígenes del totalitarismo, España: Alianza, 1987.
Rancière, Jacques, "Who Is the Subject of the Rights of Man?", The South
Atlantic Quarterly, 103:2/3, Spring/Summer 2004, Duke University Press. Traducción
de la cátedra.
BIBLIOGRAFÍA DE CONSULTA
Unidad 1:
Bertelloni, Francisco “Orígenes medievales de las teorías políticas legitimistas y
decisionistas”, en Colección materiales de Ciencias Sociales. (Buenos Aires:
Secretaría Académica de la Facultad de Ciencias Sociales, UBA)
Boron, Atilio A. (Comp.) La filosofía política clásica. De la antigüedad al Renacimiento,
Clacso/Eudeba, Buenos Aires, 2001
Brun, Jean, Platón y la Acdemia, Eudeba, 5ta ed,, Bs.As., 1981
Brun, Jean, Aristóteles y el Liceo, Eudeba, Bs.As., 1985
Cappelletti, A., Protágoras: naturaleza y cultura, Caracas, 1987.
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Cornford, F., La teoría platónica del conocimiento, Paidós, Buenos Aires, 1968.
Copleston, F.C., El pensamiento de Santo Tomás, Fondo de Cultura Económica,
México, 1960.
Copleston, F.C. El pensamiento de la Edad Media. México, F.D.C, 1960.
Derisi, Octavio, “Agustino y tomismo”, en Agustinus. 1959.Vol 4. Págs. 67-81.
Fédou, René, El Estado en la Edad Media, , Edaf, Madrid, 1977.
Kuri Breña, Daniel, La Filosofía del Derecho en la Antigüedad Cristiana, UNAM,
México, 1975
Unidad 2:
Bobbio, Norberto y Bovero, Michelangelo 1986 Sociedad y Estado en la filosofía
moderna (México: Fondo de Cultura Económica) Cap.3.
Bobbio, Norberto y Michenlangelo Bovero Op. Cit., Cap 8.
Boron, Atilio (Compilador): La Filosofía Política Moderna. Eudeba-Clacso, Bs.As, 2000
Colangelo, Rocco 1972 “Igualdad y sociedad: de Rousseau a Marx”, en Levi Strauss
Presencia de Rousseau (Buenos Aires: Nueva Visión).
Davis, J.C., Utopía y la sociedad ideal, FCE, México, 1985
Garmendia de Camusso, Guillermina y Scnait, Nelly 1973 Thomas Hobbes y los
orígenes del Estado Burgués (Buenos Aires: Siglo XXI) Prefacio e introducción.
Kant, Immanuel 1973 La Paz Perpetua. (Madrid: Espasa Calpe).
Locke, John 1985 Carta sobre la tolerancia. Madrid: Tecnos).
Macpherson, C.B.1970 La teoría política del individualismo posesivo (Barcelona:
Fontanella) Cap. IV.
Moreau, Pierre-Francois, La utopía: derecho natural y novela de Estado, Hachette,
1986.
Rousseau, J. J. 1984 (1762) Discurso sobre las ciencias y las artes (Buenos Aires:
Hyspamérica).
Skinner, Quentin, Los fundamentos del pensamiento político moderno, Fondo de
Cultura Económica, (Caps. 1, 2 y 3.).
Unidad 3:
Arendt, Hannah, La Condición Humana, Buenos Aires: Paidós, 2008.
Carrió, Genaro Rubén, Principios jurídicos y positivismo jurídico, Buenos Aires,
Abeledo-Perrot, 1970.
Nino, Carlos Santiago, Introducción al análisis del derecho, Buenos Aires, Astrea,
1988.
Rancière, Jacques, El desacuerdo. Política y filosofía, Buenos Aires: Nueva Visión,
2007.
Tarcus, Horacio, “Estudio Preliminar “, en: Marx, Karl, La cuestión Judía, Buenos
Aires: Quadrata, 2003.
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