Departamento de Derecho y Ciencia Política CARRERA: Abogacía Programa 2015 FILOSOFÍA DEL DERECHO CÁTEDRA: Tomás Várnagy Profesores: Antonio Sanles (Adjunto) Diego Baccarelli (Adjunto) Luis Blengino (Adjunto) Yanina Amarilla (Ayudante de primera) Gabriela Rodríguez (Ayudante de primera) Carga horaria semanal: 2 hs. Código materia: 2306 FUNDAMENTACIÓN Filosofía del Derecho es una de las primeras materias que tienen los alumnos en la currícula de la carrera de Derecho. En este sentido, esta disciplina deberá mantener un carácter introductorio ligado a diversos temas y problemáticas constantes del terreno de lo jurídico vinculado a problemáticas sociales. Por otro lado, al tratarse de una Filosofía del Derecho, nuestro supuesto de partida se orienta a explicitar y analizar los axiomas y supuestos básicos de la tradición discursiva del Derecho en el trascurrir del pensamiento occidental. En tal sentido, tendremos en cuenta tres núcleos significativos. El primero atiende al contexto del mundo clásico. Si bien sería un anacronismo mentar una Filosofía del Derecho autónoma en el mundo antiguo. Vale decir, y en lo que atañe a los conceptos de ley y justicia en la antigüedad, dichas nociones guardarán estricta vinculación con el entramado metafísico que caracteriza al terreno clásico. A modo de ejemplificación valdría el pensamiento de Platón a partir del cual la noción de Justicia se liga primeramente a las posibles relaciones entre las partes del alma (parte racional, irascible y concupiscible). No obstante, abordaremos temáticas centrales que, sin lugar a dudas, constituirán y constituyen el reservorio de la Ciencia Jurídica, como es por caso la noción de Justicia y la tensión entre physis y nómos, (Platón, Sofistas y Aristóteles), al tiempo que pondremos hincapié en la emergencia del ius naturalismo clásico. Luego, haremos hincapié en la relevancia del siglo XIII y el pensamiento político-jurídico de Tomás de Aquino en tanto resurgimiento de la idea de ciudadano y la apertura a pensar el Estado y el Derecho como producto del Derecho Natural en detrimento de un modelo teocrático. serán referencias centrales. El segundo núcleo significativo atiende específicamente al contexto de la Modernidad. Desde esta perspectiva tendremos en cuenta su propia emergencia a partir de la relación y tensión entre el Humanismo Renacentista y la Reforma Protestante. Al respecto, abordaremos como representación del Humanismo al pensamiento de Tomás Moro, convencidos que en dicho pensador se encuentro una noción de justicia escindida de un esquema metafísico. Vale decir, con registro exclusivamente social; al tiempo que en Moro se anuncia la noción de sujeto moderno como sujeto de Derecho. En el caso del reformador alemán haremos hincapié en la tensión entre Derecho natural, autoridad y derecho canónico, al tiempo que profundizaremos en la relación entre Derecho y Moral. El segundo aspecto que atañe a la Modernidad reviste una importancia insoslayable, en tanto surgimiento del derecho como esfera autónoma. Al respecto, se tendrá en cuenta la emergencia del modelo contractualista y el pensamiento filosófico, 2 político y jurídico de Inmanuel Kant, fundamental, por otro lado, para la comprensión de la eclosión del Derecho Positivo. En el tercer núcleo significativo hemos optado por priorizar autores y debates contemporáneos, como son por caso los pensamientos de Kelsen sobre el positivismo jurídico y de Marx, Arendt y Rancière sobre los DD.HH., que, esperamos, sirvan de estímulo para que el alumno inicie reflexiones de carácter político y jurídico, partiendo de su experiencia cotidiana. De acuerdo al abordaje propuesto, en las clases se intentará dar referencias biográficas constantes de los autores poniendo especial reparo en el contexto sociohistórico en el que se produjeron (y producen) sus obras. Se pondrá especial énfasis en el encuadramiento teórico en el que se sitúen. Por otra parte, se procura mantener la perspectiva filosófico-jurídica en cada uno de los temas centrales para habituar al alumno a pensar con las categorías de la disciplina, pero también en su relación con otras ciencias, especialmente la Ciencia Política. OBJETIVOS 1. Desarrollar una primera aproximación a la Filosofía y en especial a la Filosofía del Derecho. 2. Reconocer los tópicos principales de la Filosofía del Derecho en los contextos: Clásicos, Modernos y Contemporáneos. a) Con respecto al contexto Clásico: que los alumnos ahonden en la relación entre Ética, Política y Derecho. b) Con respecto al contexto Moderno: Que los alumnos analicen las diferencias entre el Iusnaturalismo clásico y el moderno (contractualista); que analicen las diferencias entre el Derecho natural moderno y el Derecho positivo a partir del clivaje kantiano. c) Con respecto al contexto Contemporáneo: Que los alumnos profundicen en la tensión entre Estado de Derecho y Estado de Excepción, y se introduzcan en cierto debate de la filosofía posfundamento sobre DD.HH. 3. Identificar el desarrollo histórico de la disciplina y sus primeros aportes. 4. Realizar una práctica de lectura comprensiva y crítica de los textos, haciendo hincapié en la mirada perspectiva y en la detección de controversias de enfoques e interpretaciones. 5. Utilizar las distintas herramientas conceptuales de la Filosofía del Derecho. 3 CONTENIDO Unidad 1: La Filosofía del Derecho en el mundo clásico. 1. Surgimiento de la Filosofía, características del pensamiento filosófico. Saber vulgar, científico y filosófico. Disciplinas filosóficas. La Filosofía del Derecho. Posibles relaciones entre Filosofía del Derecho y Filosofía Política. 2. La significatividad de la Polis como matriz política: la emergencia del espacio público. La sofística como promotora de la antítesis nómos-phýsis. La importancia de la sofística para el desarrollo de la democracia. El método socrático. 3. Metafísica y política en el pensamiento de Platón. Aproximación general a la teoría platónica de las ideas. Abordaje analítico de la República platónica a partir de la noción de Justicia en el libro I. Deducción metafísica del Estado. Las cinco clases de constituciones políticas y sus formas degeneradas. El papel de las virtudes en La República. Episteme política y práctica política como tensión excluyente. Las categorías de conflicto y coerción en el pensamiento platónico. 4. Aristóteles: nociones generales acerca de su Filosofía. Concepto de Justicia: Justicia general y Justicia particular. Distinción entre el derecho y la moral. El derecho natural aristotélico y la problemática de la esclavitud como condición natural. 5. Tomás de Aquino y la teoría del doble orden. La noción de Estado como producto del Derecho Natural. El concepto de Justicia y de Derecho en el pensamiento del aquinante. La importancia de la Neoescolática como aproximación al Derecho Moderno. Unidad 2: La Filosofía del Derecho en el mundo renacentista y moderno. 1. La emergencia del concepto de Utopía como ideario de la Modernidad. Surgimiento de una antropología del sujeto como sujeto de Derecho en sentido moderno en el pensamiento de Moro. El sujeto como sujeto de deseo y necesidades. 2. La escuela moderna del Derecho Natural. El paradigma contractualista: A.-Hobbes: Estado de Naturaleza, descripción, consecuencias, las leyes naturales. Nueva definición del Derecho. Cambio del sentido del término Derecho natural. La ley, 4 origen y fundamento. El nominalismo de Hobbes. B.-Locke: El primer tratado o el derecho divino a gobernar. El segundo tratado o los fundamentos del liberalismo. Estado de naturaleza y contrato. Locke y la fundamentación de la propiedad privada. Sociedad política y gobierno. Resistencia y rebelión. Límites del liberalismo político. C.- Rousseau: análisis del contenido jurídico de sus obras. Su concepción del estado de naturaleza y de la sociedad. La voluntad general. La ley. D.- Kant y el contractualismo: estado de naturaleza, contrato originario y estado civil. Los principios de la revolución francesa. Una aproximación al derecho y la moral. El papel de la opinión en el pensamiento político kantiano. Kant como pensador fronterizo entre el Derecho Natural y el Derecho Positivo. Unidad 3: La Filosofía del Derecho en el mundo contemporáneo. 3. La influencia kantiana en el Positivismo de Hans Kelsen . Nociones centrales de la Teoría Pura del Derecho. Concepción kelseniana del derecho. Aspecto estático y dinámico de la ciencia del derecho. Norma Fundamental. Contenido e importancia. Estructura del orden jurídico. 4. La interpretación marxiana de la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano. Bourgeois y citoyen. Los Derechos del Individuo y los Derechos de la Comunidad. Dos relecturas contemporáneas sobre la Declaración y los DD.HH.: AHannah Arendt y la dependencia de los DD.HH. respecto de los Derechos del Ciudadano. B- Jacques Rancière y la identificación entre el sujeto de la democracia y el de los DD.HH. METODOLOGIA El curso es teórico-práctico, con lo que se quiere señalar que las estrategias pedagógicas buscan combinar momentos de exposición con otros de trabajo exhaustivo de lectura de textos a partir de la resolución de guías de lectura para cada texto del libro de cátedra. EVALUACIÓN La asignatura contará con 2 -dos- instancias de evaluación parciales. Aquel alumno que obtenga en las dos calificaciones notas superiores a 7 -siete- aprobará la materia (Aprobado), quedando exento de rendir el examen final. En cambio, quien posea al menos una de las calificaciones inferior a 7 –siete- y obtenga un promedio de 4 -cuatro- a 6 -seis- en las instancias de evaluación parcial, y de no mediar aplazo en alguna de las instancias de evaluación, aprobará el curso y estará en condiciones de rendir el examen final de la asignatura (Cursado). Finalmente, el alumno que repruebe una de las instancias parciales de evaluación tendrá derecho a realizar un examen 5 recuperatorio de la misma, cuya desaprobación equivaldrá a la desaprobación de la asignatura (Reprobado). En el proceso de evaluación se considerarán estrictamente, la asistencia (no inferior al 75 %) y la entrega de los trabajos prácticos. BIBLIOGRAFÍA DE DESARROLLO Unidad 1: Várnagy, Tomás, (Compilador y Editor): Filosofía, política y derecho, San Justo: UNLaM, 2009, Capítulos I a IV. Carpio, Adolfo. Principio de Filosofía, Glauco, Bs.As., 1992. Platón, Critón, Eudeba, Buenos Aires, 1985. Platón. La República, Eudeba, Buenos Aires, 1987 Aristóteles, Ética Nicomáquea I 1-4; II 1-6; III 1-3; V; VI 3-8; X 7-9 (Alianza/Gredos) Tomás de Aquino, La monarquía. Madrid, Altaya, 1997. Unidad 2: Várnagy, Tomás, (Compilador y Editor): Filosofía, política y derecho, San Justo: UNLaM, 2009, Capítulos V a IX. Moro, Tomás, Utopía, (Ediciones varias) Hobbes, T. 1980 (1651) Leviatán (México: Fondo de Cultura Económica) Caps. 5, 10, 13, 14,15, 17, 18, 20, 21, 24, 29 y 30. Locke, John 1959 (1662) Segundo tratado sobre el Gobierno Civil (Buenos Aires: Agora). Rousseau, J. J. 1985 (1762) El Contrato Social (Madrid: Alianza). Libro I y II. Kant, Immanuel 1994. Teoría y Praxis (Madrid: Tecnos) Unidad 3: Várnagy, Tomás, (Compilador y Editor): Filosofía, política y derecho, San Justo: UNLaM, 2009, Capítulo X. Kelsen, Hans, Teoría Pura del Derecho, Buenos Aires: Eudeba, 1994. Marx, Karl, La cuestión Judía. Buenos Aires: Quadrata, 2003. Arendt, Hannah, Los orígenes del totalitarismo, España: Alianza, 1987. Rancière, Jacques, "Who Is the Subject of the Rights of Man?", The South Atlantic Quarterly, 103:2/3, Spring/Summer 2004, Duke University Press. Traducción de la cátedra. BIBLIOGRAFÍA DE CONSULTA Unidad 1: Bertelloni, Francisco “Orígenes medievales de las teorías políticas legitimistas y decisionistas”, en Colección materiales de Ciencias Sociales. (Buenos Aires: Secretaría Académica de la Facultad de Ciencias Sociales, UBA) Boron, Atilio A. (Comp.) La filosofía política clásica. De la antigüedad al Renacimiento, Clacso/Eudeba, Buenos Aires, 2001 Brun, Jean, Platón y la Acdemia, Eudeba, 5ta ed,, Bs.As., 1981 Brun, Jean, Aristóteles y el Liceo, Eudeba, Bs.As., 1985 Cappelletti, A., Protágoras: naturaleza y cultura, Caracas, 1987. 6 Cornford, F., La teoría platónica del conocimiento, Paidós, Buenos Aires, 1968. Copleston, F.C., El pensamiento de Santo Tomás, Fondo de Cultura Económica, México, 1960. Copleston, F.C. El pensamiento de la Edad Media. México, F.D.C, 1960. Derisi, Octavio, “Agustino y tomismo”, en Agustinus. 1959.Vol 4. Págs. 67-81. Fédou, René, El Estado en la Edad Media, , Edaf, Madrid, 1977. Kuri Breña, Daniel, La Filosofía del Derecho en la Antigüedad Cristiana, UNAM, México, 1975 Unidad 2: Bobbio, Norberto y Bovero, Michelangelo 1986 Sociedad y Estado en la filosofía moderna (México: Fondo de Cultura Económica) Cap.3. Bobbio, Norberto y Michenlangelo Bovero Op. Cit., Cap 8. Boron, Atilio (Compilador): La Filosofía Política Moderna. Eudeba-Clacso, Bs.As, 2000 Colangelo, Rocco 1972 “Igualdad y sociedad: de Rousseau a Marx”, en Levi Strauss Presencia de Rousseau (Buenos Aires: Nueva Visión). Davis, J.C., Utopía y la sociedad ideal, FCE, México, 1985 Garmendia de Camusso, Guillermina y Scnait, Nelly 1973 Thomas Hobbes y los orígenes del Estado Burgués (Buenos Aires: Siglo XXI) Prefacio e introducción. Kant, Immanuel 1973 La Paz Perpetua. (Madrid: Espasa Calpe). Locke, John 1985 Carta sobre la tolerancia. Madrid: Tecnos). Macpherson, C.B.1970 La teoría política del individualismo posesivo (Barcelona: Fontanella) Cap. IV. Moreau, Pierre-Francois, La utopía: derecho natural y novela de Estado, Hachette, 1986. Rousseau, J. J. 1984 (1762) Discurso sobre las ciencias y las artes (Buenos Aires: Hyspamérica). Skinner, Quentin, Los fundamentos del pensamiento político moderno, Fondo de Cultura Económica, (Caps. 1, 2 y 3.). Unidad 3: Arendt, Hannah, La Condición Humana, Buenos Aires: Paidós, 2008. Carrió, Genaro Rubén, Principios jurídicos y positivismo jurídico, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1970. Nino, Carlos Santiago, Introducción al análisis del derecho, Buenos Aires, Astrea, 1988. Rancière, Jacques, El desacuerdo. Política y filosofía, Buenos Aires: Nueva Visión, 2007. Tarcus, Horacio, “Estudio Preliminar “, en: Marx, Karl, La cuestión Judía, Buenos Aires: Quadrata, 2003. 7
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