Evaluar

LOMCE
Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa.
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, (BOE del 10
diciembre) para la Mejora de la Calidad Educativa
Modifica parcialmente la LOE, no la deroga del todo
REFORMAS CURRICUALRES PREVIAS
LOMCE
REFORMAS CURRICULARES PREVIAS
LGE (1970)
•
•
•
•
•
Obligación de escolarización desde los 6 hasta los 14 años y de forma gratuita
Concepto de evaluación continua y diseño de un sistema de becas
EGB, BUP y COU
FP I y FP II.
Educación Especial y Formación Permanente de Adultos
LOGSE (1990)
•
•
•
•
•
Ampliación de la enseñanza obligatoria hasta los 16 años
Primaria, ESO de 4 cursos y Bachillerato de dos cursos
FP de Grado Medio y Grado Superior y curso de Garantía Social
Reducción de las clases de 40 alumnos a 25, 30 y 35 alumnos
Desarrollo de la Educación Especial a través del concepto de integración
LOE (2006)
•
•
•
•
•
•
Se adelanta la enseñanza del inglés a la Educación Infantil de 3 a 6 años
Evaluaciones diagnósticas en 4º de Primaria y 2º de la ESO
PCPI
Las enseñanzas de FP se organizan en base al C.N.C.P. (catálogo nacional de
cualificaciones profesionales)
Se modifica la prueba de acceso a la Universidad
Competencias básicas
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES
LOMCE
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES
Pruebas externas: individualizadas en 3º y 6º de Primaria y de evaluación final en 4º de
ESO y Bachillerato
Desaparece la PAEU
ESO se divide en dos ciclos: Primer ciclo: 1º- 3º Segundo ciclo: 4º de ESO.
Dos opciones en 4º de la ESO
Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento en 2º y 3º de ESO
Nuevo diseño curricular en Primaria, Secundaria y Bachillerato: Asignaturas troncales,
específicas y de libre configuración autonómica
Obligatoriedad de ofrecer enseñanzas en castellano.
Religión y alternativa: evaluable y computable
Formación Profesional: FP Básica, que permite el acceso desde la FP Básica a Ciclos de
Grado Medio y desde éstos a la FP de Grado Superior y donde el referente es el C.N.C.P.
FP Dual
Más competencia para el Director, menos para el Consejo Escolar
Se reconoce al profesorado la autoridad docente
IES con especialización curricular
La Educación Infantil queda como figura en la LOE
Evaluación: continua y global en Primaria, continua, formativa e integradora en
Secundaria y continua y diferenciada en Bachillerato
Competencias clave y estándares de aprendizaje
LOMCE
CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN
calendario de implantación
CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN DE LA LOMCE
ETAPA
CURSO
PRIMARIA
2014-15
1º, 3º, 5º EP
(Modificación del
currículo)
Evaluación en 3º
2º, 4º, y 6º EP
(Modificación del
currículo)
Evaluación en 3º y
6º
2015-16
2016-17
ESO
BACHILLERATO
FORMACIÓN
PROFESIONAL
1º DE FP Básica
1º y 3º ESO
Modificación
del currículo.
1º BCH
Modificaciones del currículo.
2º y 4º ESO
Evaluaciones
para la
obtención del
título en ESO
2º BCH
Modificaciones del currículo.
Evaluación final título
bachillerato : durante este año,
sólo se tendrá en cuenta para
acceso a la Universidad.
Para los Técnico de GM o GS de
FP o EE Profesionales de Música y
Danza, se tendrá en cuenta para
el título de BCH
2º de FP Básica
Modificaciones en el
currículo de FP de G
Medio
PRELIMINAR: principios y fines
LOMCE
TÍTULO PRELIMINAR
Principios
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
La calidad de la educación
La equidad
La transmisión de valores, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como
que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación
La educación como un aprendizaje permanente
La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad.
La orientación educativa y profesional como medio necesario para una formación
personalizada
El esfuerzo individual y la motivación del alumnado
El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones,
instituciones y el conjunto de la sociedad
El reconocimiento del papel de a los padres como primeros responsables de la
educación de sus hijos
La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en
el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las
Comunidades Autónomas, a las corporaciones locales y a los centros
LOMCE
TÍTULO PRELIMINAR
PRELIMINAR: principios y fines
Principios
•
•
•
•
•
•
•
•
•
La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y
funcionamiento de los centros docentes
La educación para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos
El desarrollo de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y
mujeres, así como la prevención de la violencia de género
La función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el
reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea
El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación
educativa
La evaluación del conjunto del sistema educativo, tanto en su programación y
organización y en los procesos de enseñanza y aprendizaje como en sus resultados.
La cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la definición,
aplicación y evaluación de las políticas educativas
La cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las
corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa.
La libertad de enseñanza, que reconozca el derecho de los padres, madres y tutores
legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los
principios constitucionales
OBJETIVOS. ÁMBITOS DE INCIDENCIA
LOMCE
OBJETIVOS E INCIDENCIA
Objetivos
Ámbitos de mayor
incidencia de la LOMCE
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Reducir la tasa del abandono escolar
temprano
Mejorar los resultados educativos de acuerdo
con criterios internacionales, tanto en la tasa
comparativa de alumnado excelente como en
la de titulados en la ESO
Mejorar la empleabilidad
Estimular el espíritu emprendedor de los
estudiantes
Mayor autonomía de centros
El refuerzo de la capacidad de gestión de la
dirección de los centros
Las evaluaciones externas de fin de etapa
La racionalización de la oferta educativa y la
flexibilización de las trayectorias educativas
•
Modernización de la FP.
TIC como pieza fundamental para
producir el cambio metodológico
que lleve a conseguir el objetivo de
mejora de la calidad educativa y el
aprendizaje a lo largo de la vida.
El fomento del plurilingüísmo,
redoblando
esfuerzos
para
conseguir que los estudiantes se
desenvuelvan con fluidez
con
comprensión oral y lectora y
expresión oral y escrita en al menos
en una primera lengua extranjera y
apostar por la incorporación
curricular de una segunda lengua
extranjera.
I: las enseñanzas y su ordenación
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
EVALUACIÓN
ENSEÑANZAS
ACADÉMICAS
EDUCACIÓN
SECUNDARIA
EDUCACIÓN
PRIMARIA
EDUCACIÓN
INFANTIL
SEGUNDO
CICLO
PRIMER
CICLO
4º E. ACADÉMICAS
ACCESO desde 3º
y EXCEPCIONAL
desde 2º DE ESO
4º E. APLICADAS
FORMACIÓN
PROFESIONAL
BÁSICA
3º
2º
1º
2º
1º
EVALUACIÓN
6º
5º
4º
3º
2º
1º
SEGUNDO
CICLO
3-6 AÑOS
EVALUACIÓN
ENSEÑANZAS
APLICADAS
EVALUACIÓN
3º
2º
1º
PROGRAMA DE
MEJORA DEL
APRENDIZAJE Y DEL
RENDIMIENTO
(2º Y 3º ESO)
PRIMER
CICLO
0-3 AÑOS
3º
2º
1º
I: las enseñanzas y su ordenación
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
TÍTULO DE TÉCNICO
SUPERIOR
UNIVERSIDAD
TÍTULO DE BACHILLERATO
F. P GRADO
2º
SUPERIOR
1º
Evaluación final
19 años +PRUEBA DE
ACCESO
2º
1º
BACHILLERATO
2º
F. P. GRADO MEDIO
1º
TÍTULO DE ESO
17 años +PRUEBA DE
ACCESO
EVALUACIÓN
ENSEÑANZAS
ACADÉMICAS
4º ESO
Académicas
EVALUACIÓN
ENSEÑANZAS
APLICADAS
4º ESO
Enseñanzas
Aplicadas
FORMACIÓN
PROFESIONAL
BÁSICA
2º
1º
15 años cumplidos y con
un máximo de 17 años
I. las enseñanzas y su ordenación
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Currículo
Se entiende por currículo la regulación de los elementos que determinan los
procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas.
El currículo estará integrado por los siguientes elementos:
• a) Los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa.
• b) Las competencias, o capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos
propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización
adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos.
• c) Los contenidos, o conjuntos de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que
contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la
adquisición de competencias.
Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas
y módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que
participen los alumnos y alumnas.
• d) La metodología didáctica, que comprende tanto la descripción de las prácticas
docentes como la organización del trabajo de los docentes.
• e) Los estándares y resultados de aprendizaje evaluables.
• f) Los criterios de evaluación del grado de adquisición de las competencias y del logro
de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa.
I. las enseñanzas y su ordenación
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Estándares
Los estándares son construcciones
de referencia que son útiles para
llevar adelante acciones en algún
ámbito
determinado
y
son
elaborados y acordados entre
personas con el conocimiento y la
autoridad para hacerlo.
Los estándares son informaciones
sistematizadas y disponibles que
dan una sensación de seguridad en
el hacer cotidiano, en el sentido de
tener confianza de lo que se espera
que vaya a ocurrir y efectivamente
ocurrirá.
Estándares de aprendizaje
Hacen referencia a cuáles son los
conocimientos,
habilidades
y
actitudes que debe tener un
estudiante. Estos estándares son
descripciones de la formación que
los estudiantes deben alcanzar a lo
largo de la trayectoria escolar.
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
I.I: educación infantil
PRIMER CICLO: 0-3
SEGUNDO CICLO : 3-6
Los contenidos educativos de la educación infantil se organizarán en áreas
correspondientes a ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil y se
abordarán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado
para los niños
Al final de ciclo aproximación a:
•Habilidades numéricas básicas
•Lectura y escritura
•Tecnologías de la información y la
comunicación
• Expresión visual y musical
LOMCE
I.II: educación primaria
TRONCALES
Comunes a todos los alumnos
• Lengua castellana y Literatura
• Matemáticas
• Ciencias de la Naturaleza
• Ciencias Sociales
• Primera Lengua Extranjera
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
ESPECÍFICAS
Cierta autonomía en horarios y
contenidos
LIBRE CONFIGURACIÓN
AUTONÓMICA
Las CCAA deciden horarios y
contenidos
OBLIGATORIAS:
• Educación Física
• Religión / Valores Sociales y Cívicos
OBLIGATORIA:
• Lengua cooficial y Literatura
ELEGIR UNA:
• Educación Artística
• Segunda Lengua extranjera
• Religión *
• Valores Sociales y Cívicos *
(*) Si no ha sido elegida con anterioridad
• Otras
• Una materia del bloque de específica
no elegida anteriormente
Al menos el 50% del horario total
La comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las
Tecnologías de la Información y la Comunicación, el emprendimiento y la educación cívica
y constitucional se trabajarán en todas las áreas
A fin de fomentar el hábito de la lectura se dedicará un tiempo diario a la misma
I.I: educación primaria
LOMCE
6º
EVALUACIÓN
5º
4º
3º
EVALUACIÓN
2º
1º
EDUCACIÓN
PRIMARIA
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Evaluación y promoción.
• El alumno accederá al curso o etapa siguiente
siempre que se considere que ha logrado los objetivos y
ha alcanzado el grado de adquisición de las
competencias correspondientes
• Podrá repetir una sola vez durante la etapa
• Se atenderá especialmente a los resultados de la
evaluación individualizada, realizada a todos los
alumnos, al finalizar el tercer curso de Educación
Primaria. (Evaluación de diagnóstico)
• Al finalizar la etapa se realizará una evaluación
(también de diagnóstico) a todos los alumnos, se
expresará por niveles y tendrá carácter informativo y
orientador a padres y al centro donde realiza sexto
curso así como al centro donde cursará la siguiente
etapa
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
I.III: educación secundaria
TRONCALES
GENERALES (5)
Curso
•
1º
Y
•
•
•
•
•
DE OPCIÓN (1)
Lengua castellana y
Literatura
Primera Lengua Extranjera
Matemáticas
Geografía e Historia
Biología y Geología (1º)
Física y Química (2º)
2º
•
•
•
•
•
3º
Lengua castellana y
Literatura
Primera Lengua Extranjera
Geografía e Historia
Biología y Geología
Física y Química
ESPECÍFICAS de 3 A 6
• Matemáticas
orientadas a las
Enseñanzas
Académicas
• Matemáticas
orientadas a las
Enseñanza Aplicadas
LIBRE CONFIGURACIÓN
AUTONÓMICA
OBLIGATORIAS:
• Educación Física
• Religión / Valores Éticos
OBLIGATORIA:
• Lengua cooficial y Literatura
ELEGIR DE 1 A 4
• Tecnología
• Iniciación a la Actividad Emprendedora y
Empresarial
• Música
• Ed. Plástica, Visual y Audiovisual
• Segunda Lengua extranjera
• Cultura Clásica
• Religión *
• Valores Éticos *
• (*) Si no se han elegido anteriormente
• Otras
• Una materia del bloque de
específicas no elegida
anteriormente
OBLIGATORIAS:
• Educación Física
• Religión / Valores Éticos
OBLIGATORIA:
• Lengua cooficial y Literatura
ELEGIR DE 1 A 4
• Tecnología
• Música
• Ed. Plástica, Visual y Audiovisual
• Segunda Lengua extranjera
• Iniciación a la Actividad Emprendedora
y Empresarial
• Cultura Clásica
• Religión *
• Valores Éticos *
• (*) Si no se han elegido anteriormente
• Otras
• Una materia del bloque de
específicas no elegida
anteriormente
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Enseñanzas Aplicadas
4º ESO
Enseñanzas Académicas
I.III: educación secundaria
TRONCALES 4 + 2
ESPECÍFICAS de 3 A 6
GENERALES (4)
DE OPCIÓN (2)
• Lengua castellana y
Literatura
• Matemáticas
orientadas a las
Enseñanzas Aplicadas
• Primera Lengua
Extranjera
• Geografía e Historia
• Ciencias aplicadas a
la Actividad
Profesional
• Tecnología
• Iniciación a la
Actividad
Emprendedora y
Empresarial
OBLIGATORIAS:
• Educación Física
• Religión / Valores Éticos
• Lengua castellana y
Literatura
• Matemáticas
orientadas a las
Enseñanzas
Académicas
• Primera Lengua
Extranjera
• Geografía e Historia
• Física y Química
• Biología y Geología
• Latín
• Economía
OBLIGATORIAS:
• Educación Física
• Religión / Valores Éticos
ELEGIR DE 1 A 4
• Tecnologías de la
Información y la
comunicación.
• Artes Escénicas y Danza
• Ed. Plástica, Visual y
Audiovisual
• Segunda Lengua
extranjera
• Música
ELEGIR DE 1 A 4
• Tecnologías de la
Información y la
comunicación.
• Artes Escénicas y Danza
• Ed. Plástica, Visual y
Audiovisual
• Segunda Lengua
extranjera
• Música
LIBRE CONFIGURACIÓN
AUTONÓMICA
OBLIGATORIA:
• Lengua cooficial y Literatura
• Cultura Clásica
• Filosofía
• Cultura Científica
• Una materia del
bloque troncales no
cursada
• Religión *
• Valores Éticos *
• (*) Si no se han
elegido
anteriormente
• Otras
• Una materia del bloque de
específica no elegida
anteriormente
• Ampliación de materia del
bloque de troncales o
específicas.
OBLIGATORIA:
• Lengua cooficial y Literatura
• Cultura Clásica
• Filosofía
• Cultura Científica
• Una materia del
bloque troncales no
cursada
• Religión *
• Valores Éticos *
• (*) Si no se han
elegido
anteriormente
• Otras
• Una materia del bloque de
específicas no elegida
anteriormente
I.III: educación secundaria
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Promoción de curso:
• Colegiada por el conjunto de profesores del alumno, atendiendo al logro de
los objetivos y al grado de adquisición de las competencias correspondientes
• Si han superado todas la materias.
• Repetirán curso si tiene evaluación negativa en tres materias o en Lengua
Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea. Sólo se podrá
repetir una vez por curso y dos veces dentro de la etapa. Excepcionalmente,
podrá repetir una segunda vez en cuarto si no ha repetido durante la etapa.
• Excepcionalmente promocionará si:
• el equipo docente considera que la evaluación negativa no impide al
alumno seguir con éxito el curso siguiente, tiene expectativas favorables
de recuperación y la promoción beneficiará su evolución académica.
• Se aplicarán al alumno y alumna medidas de atención educativa.
SEGUNDO CICLO
EDUCACIÓN
SECUNDARIA
PRIMER CICLO
4º E. ACADÉMICAS
3º
2º
1º
4º E. APLICADAS
PROGRAMA DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL
RENDIMIENTO
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
I.III: educación secundaria
Evaluación final en 4º de la ESO
Podrán presentarse los alumnos con evaluación positiva en todas las materias o bien
negativa en un máximo de dos (que no sean Lengua y Matemáticas simultáneamente). Se
podrán presentar a cualquiera de las dos opciones (enseñanzas académicas o aplicadas) o
a ambas, independientemente de la opción escogida en cuarto. Sin embargo la superación
de cada una de las evaluaciones sólo permite el acceso a determinadas enseñanzas:
4º ESO.
BACHILLERATO
EVALUACIÓN
ENSEÑANZAS
APLICADAS
EVALUACIÓN
ENSEÑANZAS
ACADÉMICAS
FORMACIÓN
PROFESIONAL
BÁSICA
FORMACIÓN
PROFESIONAL
I.III: educación secundaria
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Evaluación final en 4º de la ESO: No es una Reválida en el sentido
tradicional
• Las Reválidas se orientaban a regular la demanda; es decir, se orientaban a establecer un
peaje para adecuar el número de alumnos que podían pasar en las diferentes etapas a las
disponibilidades que tenía el sistema, que eran limitadas
• La evaluación final de 4º no es una Reválida porque su orientación es de señalización
• La evaluación final de 4º no tiene una orientación punitiva, no se trata de poner
obstáculos. Se trata de garantizar que el nivel de conocimientos es el adecuado y sobre
todo, que en el sistema se adquieran las competencias que se buscan
El diseño de las pruebas de la evaluación final no es de pruebas de conocimientos, sino de
pruebas de competencias que sirvan, no para clasificar ni para establecer ránquines, sino
para tratar con ellas de dotar al sistema de una transparencia que hoy no tiene y con ello
también de:
• Incrementar el sentido del esfuerzo, el sentido de la exigencia, el compromiso recíproco
que involucra tanto a los estudiantes como a los profesores
• Marcar, señalar y extraer consecuencias de los resultados de los aprendizajes y de la
adquisición de sus competencias de los alumnos
I.III: educación secundaria
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Se celebrarán al menos dos convocatorias de evaluación final, una ordinaria y otra
extraordinaria. La superación de esta evaluación requerirá una calificación igual o superior a
5 puntos sobre 10. Si no se ha superado la evaluación podrá repetirla en convocatorias
sucesivas, previa solicitud.
30%
Nota media obtenida en
la evaluación
70%
Nota media de las
calificaciones durante la
etapa
Calificación:
Nota
final:
media
de
las
calificaciones de ESO ponderada al 70%, y de la
evaluación final ponderada al 30%.
Deberá
constar en el título la opción u opciones por la que
se realiza la evaluación final y la calificación final
de ESO
Es necesario superarla para obtener título de
Graduado en ESO
Los alumnos que no superen la evaluación y final y no obtengan el título de Graduado
en ESO recibirán una certificación oficial en la que constará el número de años cursados,
así como el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las
competencias correspondientes
I.III: educación secundaria
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
La prueba final constará de:
- Todas las materias generales cursadas en el bloque de troncales, salvo Biología y
Geología y Física y Química. De estas, si el alumno las escoge, será evaluado en las de
opción
- Dos de opción del bloque de troncales de 4º curso
- Una del bloque de específicas de cualquiera de los cursos excepto Educación Física,
Religión o Valores Éticos
TRONCALES
TODAS GENERALES
• Lengua castellana y Literatura
• Primera Lengua Extranjera
• Geografía e Historia
• Matemáticas orientadas a las
Enseñanzas Académicas o
Matemáticas orientadas a las
Enseñanza Aplicadas
ELEGIR UNA DE LAS
ESPECÍFICAS
ELEGIR DOS DE OPCIÓN
• Ciencias aplicadas a la
Actividad Profesional
• Tecnología
• Iniciación a la Actividad
Emprendedora y Empresarial
• Latín
• Economía
• Biología y Geología
• Física y Química
Artes Escénicas y Danza
Cultura Científica
Cultura Clásica
Ed. Plástica, Visual y Audiovisual
Filosofía
Música
Segunda Lengua extranjera
Tecnologías de la Información y
la comunicación.
• Tecnología
•
•
•
•
•
•
•
•
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Acceso:
I.IV: bachillerato
•
•
•
El Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
La evaluación final de Educación Secundaria de la opción enseñanzas académicas,
superada
Se podrá cursar, en régimen ordinario durante 4 años.
• Excepcionalmente, previo informe favorable del equipo docente, se podrá repetir
uno de los cursos una segunda vez
Modalidades:
•
•
•
Ciencias
Humanidades y Ciencias Sociales
Artes
Promoción:
•
Promoción de 1º a 2º: con todas las materias superadas o evaluación negativa en 2
como máximo
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
TRONCALES 4 + 2
I.IV: bachillerato
1º BACH
Ciencias
GENERALES (4)
DE OPCIÓN (2)
• Lengua castellana y Literatura I • Física y Química
• Matemáticas I
• Biología y Geología
• Primera Lengua Extranjera I
• Dibujo Técnico I
• Filosofía
• Lengua castellana y Literatura I • Historia del Mundo
• Primera Lengua Extranjera I
Contemporáneo
• Filosofía
• Griego I
• Economía
HUMANIDADES CC SOCIALES
• Literatura Universal
• Latín
• Matemáticas
Humanidades
aplicadas a las
y Ciencias
CCSS I
Sociales
Artes
ESPECÍFICAS : 3 o 4
• Lengua castellana y Literatura I • Historia del Mundo
• Primera Lengua Extranjera I
Contemporáneo
• Filosofía
• Literatura Universal
• Fundamentos del Arte I
• Cultura Audiovisual I
OBLIGATORIA:
• Educación Física
ELEGIR DOS O TRES :
• Segunda Lengua Extranjera I
• Cultura Científica
• Tecnología Industrial I
• Tecnologías de la Información
y Comunicación I
• Dibujo técnico I(si no es
troncal)
• Dibujo Artístico I
• Volumen
• Anatomía Aplicada
• Análisis Musical I
• Lenguaje y Práctica Musical
• Una materia troncal no
cursada
• Religión
LIBRE
CONFIGURACIÓN
AUTONÓMICA
OBLIGATORIA:
Lengua cooficial y
Literatura I
Otras:
• A determinar
• Una materia del bloque
de específicas no
cursada
• Ampliación de materia
de las troncales o
específicas
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
TRONCALES 4 + 2
I.IV: bachillerato
2º BACH
GENERALES (4)
• Lengua castellana y Literatura II
• Matemáticas II
• Primera Lengua Extranjera II
• Historia de España
ESPECÍFICAS
2-3
DE OPCIÓN
(2)
• Física
• Química
• Biología
• Geología
• Dibujo
Técnico II
ELEGIR DOS O TRES :
• Segunda Lengua Extranjera II
• Historia de la Filosofía ( si no
Ciencias
troncal)
• Tecnología Industrial II
• Tecnologías de la Información y
Comunicación II
• Lengua castellana y Literatura II • Historia de
• Dibujo técnico II (si no es
• Primera Lengua Extranjera II
la Filosofía
troncal)
• Historia de España
• Griego II
• Dibujo Artístico II
Humanidades
• Economía de
HUMANIDADES :
CC SOCIALES:
• Análisis Musical II
y Ciencias
la Empresa
•
Latín
II
•
Matemáticas
• Técnicas de expresión Gráficosociales
• Geografía
aplicadas a las
plásticas
• Historia del
CCSS II
• Historia de la Música y de la
Arte
Danza
• Psicología
• Lengua castellana y Literatura II • Cultura
• Primera Lengua Extranjera II
Audiovisual II • Imagen y Sonido
• Fundamentos de
• Historia de España
• Artes
administración y gestión
• Fundamentos del Arte II
Escénicas
Artes
• Ciencias de la Tierra y del
• Diseño
medio ambiente
• Una materia troncal no cursada
• Religión
LIBRE
CONFIGURACIÓN
AUTONÓMICA
OBLIGATORIA:
Lengua cooficial y
Literatura II
Otras:
• A determinar
• Educación Física
• Una materia del
bloque de
específicas no
cursada
• Ampliación de
materia de las
troncales o
específicas
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Evaluación Final de Bachillerato: Solo pueden presentarse los alumnos que hayan
I.IV: bachillerato
tenido evaluación positiva en todas las materias
Se evaluarán de:
• Todas las materiales generales del bloque de asignaturas troncales. Las que impliquen
continuidad solo de la materia del segundo curso
• Dos de opción del bloque de troncales en cualquiera de los cursos. Las de continuidad
solo la materia de segundo curso
• Una del bloque de asignaturas específicas de cualquiera de los dos cursos. No educación
física ni religión
La superación de esta evaluación requerirá una calificación igual o superior a 5 puntos sobre
10 y dará lugar al título de Bachiller
Se podrá repetir la evaluación si se ha suspendido o se desea mejor la nota. Prevalece la
de mayor puntuación
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
TRONCALES
BACH
I.IV: bachillerato
Ciencias
Humanidades
y Ciencias
Sociales
TODAS GENERALES
DOS DE OPCIÓN
• Lengua castellana y Literatura
II
• Matemáticas II
• Primera Lengua Extranjera II
• Filosofía
• Historia de España
• Física
• Química
• Biología
• Geología
• Dibujo Técnico II
• Lengua castellana y Literatura
II
• Primera Lengua Extranjera II
• Filosofía
• Historia de España
• Historia de la
Filosofía
• Griego II
• Economía de la
Empresa
• Geografía
• Historia del Arte
• Historia del Mundo
Contemporáneo
• Economía
• Literatura Universal
HUMANIDADES
• Latín II
Artes
UNA DE ESPECÍFICAS
CC SOCIALES
• Matemática
s aplicadas
a las CCSS II
• Lengua castellana y Literatura
II
• Primera Lengua Extranjera II
• Filosofía
• Historia de España
• Fundamentos del Arte II
• Cultura Audiovisual II
• Artes Escénicas
• Diseño
• Historia del Mundo
Contemporáneo
• Literatura Universal
• Análisis Musical II
• Anatomía Aplicada
• Cultura Científica
• Dibujo Artístico II
• Dibujo técnico (si no es
troncal)
• Historia de la Filosofía ( si
no troncal)
• Historia de la Música y de
la Danza
• Imagen y Sonido
• Lenguaje y Práctica
Musical
• Psicología
• Segunda Lengua
Extranjera II
• Técnicas de expresión
Gráfico-plásticas
• Tecnología Industrial II
• Tecnologías de la
Información y
Comunicación II
• Fundamentos de
administración y gestión
• Ciencias de a Tierra y del
Medio ambiente
• Una materia troncal no
cursada
• Volumen
Calificación final
Media de las
calificaciones de
Bachillerato
ponderada al 60%,
y de la evaluación
final ponderada al
40%.
40%
Nota media
obtenida en la
evaluación
final
60%
Nota media de
las
calificaciones
durante
bachillerato
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Para obtener el título de Bachiller será necesaria la superación de la
evaluación final de Bachillerato, así como una calificación final de Bachillerato
igual o superior a 5 puntos sobre 10.
La calificación final de esta etapa se deducirá de la siguiente ponderación:
Con un peso
del 40 %, la
nota obtenida
en la
evaluación final
de Bachillerato
Ojo no olvidar que evaluar mejora,
mientras que calificar posiciona
60 %
40%
I.IV: bachillerato
Título de Bachiller:
Con un peso del 60 %,
la media de las
calificaciones
numéricas obtenidas
en cada una de las
materias cursadas en
Bachillerato.
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
I.IV: bachillerato
Admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado desde el
título de Bachiller o equivalente (desaparece la PAEU)
• Las Universidades podrán determinar la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales
de grado de los alumnos que hayan obtenido el título de Bachiller o equivalente
exclusivamente por el criterio de la calificación final obtenida en el Bachillerato.
• También, podrán fijar procedimientos de admisión que deberá respetar los principios de
igualdad, no discriminación, mérito y capacidad. Dichos procedimientos utilizarán, junto al
criterio de la calificación final obtenida en el Bachillerato, alguno o algunos de los siguientes
criterios de valoración:
•a) Modalidad y materias cursadas en el Bachillerato, en relación con la titulación
elegida
•b) Calificaciones obtenidas en materias concretas de los cursos de Bachillerato, o de la
evaluación final de dicha etapa
•c) Formación académica o profesional complementaria.
•d) Estudios superiores cursados con anterioridad
•Excepcionalmente podrán establecer evaluaciones específicas de conocimientos y/o de
competencias
•La ponderación de la calificación final obtenida en el Bachillerato deberá tener un valor,
como mínimo, del 60 % del resultado final del procedimiento de admisión
I.V: formación profesional básica
LOMCE
ACCESO
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
F. P. BÁSICA
F.P. GRADO MEDIO
• Tener cumplidos los 15
años en el año de
inicio y no superar los
17
• Haber cursado el
primer ciclo de ESO o
excepcionalmente 2º
de ESO
• Propuesta del equipo
docente
• Tener, al menos, Graduado de
ESO
• Título Profesional Básico
• Título de Técnico o Técnico
superior de FP
• Superar el curso específico de
acceso a Grado Medio y tener
17 años
• Superar la prueba de acceso y
tener 17 años o cumplirlos en
el año de acceso
• Certificado de haber superado
todas
las
materias
de
Bachillerato
Excepcionalmente:
• Superar los 17 años y
no poseer titulación
profesional o
secundaria, a
disposición de
vacantes.
F.P. GRADO SUPERIOR
Título de Bachiller
Título Universitario
Título de Técnico
Técnico Superior de Formación
Profesional
• Superar una prueba de acceso y
tener 19 años cumplidos en el
año de realización de dicha
prueba
•
•
•
•
Los ciclos tienen carácter modular y son de dos años de duración, pudiendo los alumnos
permanecer cursando un ciclo de Formación Profesional Básica durante un máximo de 4 años
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
I.V: formación profesional :
títulos y convalidaciones
17 AÑOS PRUEBA
DE ACCESO
19 AÑOS PRUEBA
DE ACCESO
ESTUDIOS DE
GRADO
F. P. BÁSICA
F.P. GRADO MEDIO
F.P. G. SUPERIOR
PROFESIONAL
BÁSICO
TÉCNICO
TÉCNICO SUPERIOR
PROCESO DE
SELECCIÓN
EVALUACIÓN
FINAL
BACHILLERATO
TITULO DE
BACHILLERATO
EVALUACIÓN
FINAL DE ESO.
TITULO DE
GRADUADO EN
ESO
Curso de
formación
específico y tener
17 años.
Los mayores de 22 años con acreditación de las
unidades de competencia profesional incluidas en un
título básico, recibirán el Título Profesional Básico
I.V: formación profesional básica
contenidos
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
FÓRMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA.
1.- Bloque de Comunicación y Ciencias Sociales
•Lengua Castellana
•Lengua extranjera
•Ciencias Sociales
•En su caso, Lengua Cooficial
2.- Bloque de Ciencias Aplicadas
•Matemáticas Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo
Profesional
•Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un campo profesional
3.- Módulos de cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones
Profesionales
4.- Módulo de FCT
DURACIÓN: 2 CURSOS
MÁXIMA PERMANENCIA 4 AÑOS.
I.V: formación profesional
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
FÓRMACIÓN PROFESIONAL GRADO MEDIO
BLOQUES OBLIGATORIOS
POSIBLE OFERTA .VOLUNTARIAS
Los referidos con carácter general al
Catálogo Nacional de las
Cualificaciones Profesionales, nivel II
El desarrollo de los contenidos en los
reales decretos correspondientes.
Para facilitar la transición a otras enseñanzas:
•Comunicación en Lengua Castellana
•Comunicación en Lengua extranjera
Para facilitar la transición a ciclos de grado superior:
•Materias voluntarias relacionadas con el campo
o sector profesional del que se trate
FORMACIÓN PROFESIONAL GRADO SUPERIOR
Los referidos con carácter general al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales,
nivel III
El desarrollo de los contenidos en los reales decretos correspondientes
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL
Conjunto de acciones e iniciativas formativas que tienen por objeto la cualificación
profesional de las personas, armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre
los centros educativos y los centros de trabajo
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS
Enseñanzas artísticas
elementales
Enseñanzas artísticas
profesionales
Enseñanzas artísticas
superiores
ACCESO para estudios de artes
plásticas y diseño
• Música
• Danza
• Enseñanza profesional de música y
danza
• Grado medio y superior de artes
plásticas y diseño
• Estudios superiores de música y danza
• Enseñanzas de arte dramático
• Enseñanzas
de
conservación
y
restauración de bienes culturales
• Estudios superiores de diseño
• Estudios superiores de artes plásticas:
• Estudios
superiores
de
cerámica
• Estudios superiores de vidrio
• Grado Medio: Título de graduado en
Educación Secundaria Obligatoria
• Sin titulación: Tener 17 años
• Grado Superior: Título de Bachillerato
• Sin titulación: Tener 19
• En el caso de poseer un título de Técnico
relacionado con el de acceso la edad
necesaria serán 18 años
• Título de Bachiller o prueba de acceso para
mayor de 25 y
• Superar una prueba específica de acceso
Prueba específica
I.VI: enseñanzas artísticas
LOMCE
I.VII: enseñanzas de idiomas
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Organización.
• Niveles
A
A1
B
A2
B1
C
B2
C1
C2
Acceso:
•
Tener dieciséis en el año en que se comiencen los estudios o ser
mayor de catorce años para cursar un idioma distinto del
cursado en la educación secundaria obligatoria
I.VII: enseñanzas de idiomas
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Lenguas de estudio
•
•
Cooficiales existentes en España
Español como lengua extranjera
Otras lenguas de interés especial
Posibilidad de enseñanza de idiomas a distancia
Posibilidad de impartición de otros cursos en actualización de conocimientos,
formación del profesorado y otros colectivos
Evaluación. Certificados
El profesorado:
Evalúa a los alumnos
Las Administraciones educativas:
• Regulan las pruebas terminales, que realizará el profesorado, para la obtención de
los certificados oficiales de los niveles básico, intermedio y avanzado.
I.VIII: enseñanzas deportivas
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
ENSEÑANZAS DEPORTIVAS
GRADO MEDIO
GRADO SUPERIOR
• Graduado en ESO en
Académicas o
Aplicadas
Título de Técnico deportivo y al menos 1 de los
títulos:
• Título de Bachiller
• Título de Técnico Superior
• Título universitario
• Certificado acreditativo de haber superado
todas las materias del Bachillerato
ACCESO
MEDIANTE
PRUEBA
• 17 años y prueba de
admisión
• 18 años con título de Técnico relacionado
• 19 años y prueba de admisión
TITULACIONES
Técnico Deportivo en la
modalidad deportiva
Técnico Deportivo Superior en la modalidad
deportiva
ACCESO A
OTRAS
ENSEÑANZAS
Bachillerato en todas las
modalidades
Estudios universitarios de grado previo proceso
de admisión
ACCESO
ORDINARIO
OTRAS
OTRAS
En algunas
modalidades
obligatorio
superación de
alguna prueba o
presentar
méritos
deportivos
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
I.IX: ed. personas adultas
Enseñanzas obligatorias.
Oferta adaptada para adquisición de contenidos de educación básica.
• También:
o Se organizarán pruebas periódicas para mayores de dieciocho años
para la obtención del título de Graduado en ESO.
o Se podrán establecer programas formativos para los mayores de
diecisiete años dirigidos a la obtención del título de Técnico Profesional
Básico.
• Atención a personas con necesidad específica de apoyo educativo.
• Garantía de acceso de formación a la población reclusa en establecimientos
penitenciarios
• Metodología flexible y abierta
• Establecer currículos específicos por vía reglamentaria que conduzcan a la
obtención de uno de los títulos establecidos en la presente Ley
I.IX: educación personas adultas
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
Organización
• Mayores de dieciséis años con contrato laboral o deportistas de alto
rendimiento
• Quienes cumplan dieciocho años en el año de inicio del curso
• Organización y metodología basada en el autoaprendizaje
• Posibilidad de desarrollo a través de enseñanza presencial o a distancia.
• Las Administraciones educativas podrán:
• Promover convenios de colaboración con las universidades,
corporaciones locales y entidades públicas o privadas
• Promover Programas específicos de aprendizaje de la lengua castellana y
de las otras lenguas cooficiales, para facilitar la integración de las
personas inmigrantes
• Estimular investigación y difusión de prácticas innovadoras
LOMCE
TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación
I.IX: ed. personas adultas
Enseñanzas postobligatorias
Las Administraciones educativas :
• Ofrecerán acceso a las enseñanzas de bachillerato o formación profesional
• Organizarán oferta pública de educación a distancia incluyendo el uso de las
tecnologías de la información y la comunicación.
• Organizarán pruebas para obtener los títulos de:
• Bachiller, veinte años
• Formación Profesional :
• Profesional Básico, dieciocho años
• Técnico, dieciocho años
• Técnico Superior, veinte años o diecinueve años si tienen el título de
Técnico
• Regularán y organizarán prueba específica de acceso directo a enseñanzas
artísticas superiores, para mayores de dieciocho años.
• Edades mínimas de acceso a:
• Estudios superiores de música o danza, dieciséis años
• Acceso directo a la Universidad mediante superación de prueba
específica, veinticinco años
LOMCE
TÍTULO II:
equidad en la educación
II.I: alumnado con necesidad
específica de apoyo educativo
Principios
Las Administraciones Educativas podrán establecer planes de centros
prioritarios para apoyar especialmente a los centros que escolaricen alumnado
en situación de desventaja social
• Normalización e inclusión
• Participación padres o tutores en las decisiones de escolarización
• Asesoramiento individualizado
• Identificación, valoración e intervención temprana
Recursos
• Profesorado especialista, profesionales cualificados, medios y materiales
precisos
• Organización escolar, adaptaciones y diversificaciones curriculares precisas
• Colaboración otras administraciones e instituciones
TÍTULO II: equidad en la educación
NECESIDADES
EDUCATIVAS
ESPECIALES
ALTAS
INTEGRACIÓN
CAPACIDADES
TARDÍA AL S. E.
INTELECTUALES ESPAÑOL
DIFICULTADES
ESPECÍFICAS DE
APRENDIZAJE
Flexibilización
de las etapas
educativas
Hasta los 21
años
Flexibilización
de las etapas
educativas
Planes de
actuación
individuales
Normalización e
inclusión
Ofertas
formativas
adaptadas
Reserva de
plazas en FP
Programas de
enriquecimiento
curricular
MEDIDAS
II.I: alumnado con necesidad
específica de apoyo educativo
LOMCE
Incorporación al
curso más
adecuado
Desarrollo de
planes
específicos con
carencias
lingüísticas
Identificación,
valoración
temprana
LOMCE
TÍTULO II: equidad en la educación
II.III: escolarización centros
públicos y concertados
Admisión de alumnos
•
•
•
Libertad de elección de centro
Distribución adecuada y equilibrada de alumnado con necesidad específica de apoyo
educativo
Criterios prioritarios cuando no existan plazas suficientes:
• Alumnos de los centros de educación infantil, primaria o educación secundaria
obligatoria adscritos
• Hermanos en el centro, padres o madres que trabajen en el mismo
• Proximidad domicilio o lugar de trabajo
• Renta per cápita
• Familia numerosa
• Discapacidad en el alumno padre, madre o hermanos
• Rendimiento académico:
• Enseñanzas postobligatorias
• Hasta un 20% de la puntuación
• Centros con especialización curricular reconocida o que participen en una
acción de fomento de la calidad de los centros docentes
LOMCE
TÍTULO II: equidad en la educación
II.III: escolarización centros
públicos y concertados
Admisión de alumnos
•
•
•
Condiciones específicas de admisión de alumnos en etapas postobligatorias
• Bachillerato: Además el expediente académico
• Grado medio y superior de FP
• Adultos: situaciones personales y laborales
Equilibrio en la admisión de alumnos:
• Establecimiento de proporción de alumnado con necesidad de apoyo educativo
en cada centro público y privado concertado
• Reserva hasta el final del período de preinscripción y matrícula de una parte de
las plazas de centros públicos y privados concertados para alumnado con
necesidad específica de apoyo educativo
• Autorizar un incremento de hasta un 10% del número máximo de alumnos y
alumnas por aula para atender necesidades de escolarización (alumnado de
incorporación tardía o por necesidades motivadas por movilidad forzosa de
progenitores)
Garantías de gratuidad: En ningún caso los centros públicos o privados concertados
podrán imponer a las familias aportaciones económicas
LOMCE
TÍTULO III: profesorado
III.I: funciones del profesorado
Funciones del profesorado
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Programación y enseñanza
Evaluación
Tutoría
Orientación educativa, académica y profesional
Atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado
Promoción, organización y participación en las actividades complementarias. Desarrollo
de actividades en: respeto, tolerancia, participación y valores de la ciudadanía
democrática
Información sobre proceso y orientación del aprendizaje
Coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección encomendadas.
Participación en la actividad general del centro.
Participación en los planes de evaluación
Investigación, experimentación y mejora de los procesos de enseñanza
Colaboración y trabajo en equipo
Se reconoce al profesorado el ser autoridad docente en su función, lo que significa
presunción de veracidad en sus declaraciones (iuris tantum)
III.I: funciones del profesorado
LOMCE
TÍTULO III: profesorado
Necesidad del cambio
metodológico en el
profesorado
¿Hay algún cambio entre una
fotografía y otra, teniendo en
cuenta que han pasado más de
60 años entre ambas?
LOMCE
III.II: profesorado de las distintas
enseñanzas.
NIVEL
TÍTULO III: profesorado
TITULACIÓN
E.INFANTIL I CICLO
• Maestro en educación
infantil
II CICLO
• Maestro en educación
infantil
CONDICIONES AÑADIDAS
E.PRIMARIA
• Maestro en educación
primaria u otras
titulaciones
universitarias para
determinadas áreas
E. SECUNDARIA Y
BACHILLERATO
• Licenciado
Formación pedagógica y
• Ingeniero o Arquitecto, didáctica de nivel de
• ( o título de Grado
Postgrado
equivalente),
• Otras titulaciones
FORMACIÓN
PROFESIONAL
Formación pedagógica y
• Licenciado
• Ingeniero o Arquitecto, didáctica de nivel de
Postgrado
• ( o título de Grado
equivalente)
• Otras titulaciones
EXCEPCIONES
Para Música, Educación Física
y Lengua Extranjera, Maestro
con especialidad
Para determinados
módulos, no
necesariamente titulados,
que desarrollen su
actividad en el ámbito
laboral.
III.II: profesorado de las distintas
enseñanzas.
LOMCE
TÍTULO III: profesorado
ENSEÑANZAS
ARTÍSTICAS
• Licenciado
• Ingeniero o Arquitecto,
( o título de Grado
equivalente)
• Otras titulaciones
Necesario, en las
enseñanzas artísticas
superiores, la formación
pedagógica y didáctica de
nivel de Postgrado
ENSEÑANZAS DE
IDIOMAS
• Licenciado
• Ingeniero o Arquitecto,
( o título de Grado
equivalente)
• Otras titulaciones
Necesario en todos los
casos de la formación
pedagógica y didáctica de
nivel de Postgrado
ENSEÑANZAS
DEPORTIVAS
• Licenciado
• Ingeniero o Arquitecto,
( o título de Grado
equivalente)
• Otras titulaciones para
determinados módulos
o bloques
Formación pedagógica y
didáctica de nivel de
Postgrado
PERSONAS ADULTAS
• La titulación
establecida para
impartir las respectivas
enseñanzas
Para determinados módulos,
profesionales no
necesariamente titulados.
Para las enseñanzas artísticas
superiores se podrá incluir a
profesionales extranjeros no
necesariamente titulados.
Profesionales, no
necesariamente titulados, de
nacionalidad extranjera
Para determinadas materias
profesionales no
necesariamente titulados
IV.I: principios generales
LOMCE
TÍTULO IV: centros docentes
CENTROS
TITULAR: LA
ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
PRIVADOS
TITULAR : PERSONA FÍSICA
O JURÍDICA DE CARÁCTER
PRIVADO
PÚBLICOS
PRIVADOS CONCERTADOS
Escuelas Infantiles
Colegios de Educación Primaria
Colegios de Educación Infantil y Primaria
Institutos de Educación Secundaria
Escuelas de Arte
Conservatorios
Centros de Educación Especial
Otros: a determinar
PRIVADOS ACOGIDOS AL
RÉGIMEN DE CONCIERTOS
LOMCE
TÍTULO IV: centros docentes
IV.II: centros públicos
PÚBLICOS
TIC: La administración creará estándares de inter-operatibilidad entre los distintos sistemas
informáticos:
• Protocolo y formatos de intercambio de datos
• Estadísticas estatales
• Entornos virtuales de aprendizaje (Planes educativos específicos)
• Plataformas digitales (Recursos didácticos)
• Promoción de las TIC en el aula
• Competencia digital docente (Formación Permanente del Profesorado)
Se garantizan los medios materiales y humanos necesarios para:
• Una educación de calidad
• Infraestructura informática necesaria
• Recursos para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
• Actividades y servicios complementarios
Se crean Bibliotecas Escolares:
• Plan de dotación progresiva de fondos
• Fomento de la lectura
• Acceso a información crítica
• Espacio abierto a la comunidad educativa
• Acuerdos para uso de las Bibliotecas Municipales
IV.IV: centros privados concertados
LOMCE
TÍTULO IV: centros docentes
PRIVADOS CONCERTADOS
•
•
Forman parte de la red de centros de la administración
Centros de libre elección para los padres
Conciertos preferentes:
• En poblaciones económicamente desfavorecidas
• Experiencias de interés pedagógico
• Régimen de cooperativa
Duración de los conciertos:
• 6 años para primaria
• 4 años para secundaria
•
•
Posibilidad de concertar Formación Profesional Básica
Singularmente se concertarán enseñanzas postobligatorias
PRIVADOS ACOGIDOS
AL RÉGIMEN DE
CONCIERTOS
V.I: participación en el funcionamiento
y gobierno de los centros
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
Órganos colegiados:
• Consejo Escolar
• Claustro de profesores.
Participación:
• La Comunidad Educativa: a través del Consejo Escolar
• El Profesorado en las decisiones pedagógicas, a través de:
• el claustro
• los órganos de coordinación docente
• equipos de profesores que impartan clase en el mismo curso
• El alumnado a través de:
• los delegados de grupo o curso
• representantes en el Consejo Escolar
• Los padres y los alumnos a través de:
• las asociaciones
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
V.II: autonomía de los centros
Proyecto Educativo del Centro
•
Los centros establecerán sus Proyectos Educativos que serán públicos. Las
Administraciones contribuirán al desarrollo del currículo favoreciendo
modelos abiertos de programación docente y materiales didácticos que
atiendan a las distintas necesidades de los alumnos
• Las Administraciones promoverán la especialización curricular en los IES
• El Proyecto Educativo incluirá los aspectos que singularice al centro
Recursos
• Los centros deberán estar dotados para garantizar la igualdad de
oportunidades
• Se podrán asignar mayores dotaciones a determinados centros sostenidos
con fondos públicos en razón a sus proyectos o a condiciones de especial
necesidad, sujetos a la rendición de cuentas.
• Los centros públicos podrán obtener recursos complementarios.
V.II: autonomía de los centros
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
Potenciación de la autonomía de los centros.
Disposiciones generales
• Sus recursos económicos, materiales y humanos se adecuarán a los planes de
trabajo y organización evaluados y valorados positivamente con la
consiguiente rendición de cuentas
• Las administraciones publicarán los resultados de los centros atendiendo al
contexto
• La administración podrá establecer planes específicos de mejora
• Los centros concertados estarán sujetos a la normativa reguladora del
concierto correspondiente
• Los centros pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de
organización, normas de convivencia y ampliación del calendario escolar o del
horario lectivo de áreas o materias de acuerdo a la normativa sin que
conlleven aportaciones a las familias ni exigencias a las Administraciones
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
V.II: autonomía de los centros
Acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes.
• Refuerzo de la autonomía y la potenciación de la función directiva
• Medidas honoríficas tendentes al reconocimiento y acciones de calidad
• Las acciones de calidad tendrán en cuenta la consideración integral del
centro. Los centros deberán presentar una planificación estratégica sin
olvidar la rendición de cuentas
• El Proyecto Educativo de calidad supondrá: la especialización curricular, la
excelencia, la formación docente, la mejora del rendimiento escolar, la
atención al alumnado con necesidad específica, o la aportación de recursos a
plataformas digitales
V.II: autonomía de los centros
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
El director tendrá autonomía para adaptar los recursos humanos, que tendrá las
siguientes facultades:
a) Establecer requisitos y méritos para los puestos ofertados para
funcionarios e interinos.
b) Rechazar la incorporación de interinos de listas centralizadas.
c) Si el puesto está vacante prorrogar la comisión de servicios del
funcionario que ocupa el puesto de forma provisional o del
funcionario interino, sujetos a la continuidad del proyecto y a la
evaluación positiva
Al personal afecto a la ejecución de acciones de calidad con valoración positiva
se les le reconocerá tanto en la provisión de puestos como a efectos de carrera
profesional
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
V.II: autonomía de los centros
Acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes
Se promoverán acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros
docentes, mediante el refuerzo de su autonomía y la potenciación de la función
directiva.
Las acciones de calidad educativa partirán de una consideración integral del
centro, que podrá tomar como referencia modelos de gestión reconocidos en el
ámbito europeo, y habrán de contener la totalidad de las herramientas
necesarias para la realización de un proyecto educativo de calidad. A tal fin, los
centros docentes deberán presentar una planificación estratégica que deberá
incluir los objetivos perseguidos, los resultados a obtener, la gestión a desarrollar
con las correspondientes medidas para lograr los resultados esperados, así como
el marco temporal y la programación de actividades.
Para la realización de las acciones de calidad, el director del centro dispondrá
de autonomía para adaptar, durante el período de realización de estas acciones,
los recursos humanos a las necesidades derivadas de los mismos.
PGA
V.II: autonomía de los centros
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
Actividades
Derechos y deberes de los alumnos
Medidas correctoras
Actuaciones para la resolución pacífica de
conflictos
• Prevención de la violencia de género, igualdad y
no discriminación
Normas de obligado cumplimiento
Medidas correctoras de carácter educativo y
reeducador
• falta muy grave a las conductas que atenten a la
dignidad, la discriminación, el acoso y llevarán
asociada la medida correctora de expulsión
temporal o definitiva
Equipo directivo y los profesores son considerados
autoridad pública
•
•
•
•
PLAN DE
CONVIVENCIA
•
•
•
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
V.III: órganos colegiados
Consejo Escolar . Composición:
•Presidente, el director del centro
•Jefe de Estudios
•Un representante del Ayuntamiento
•El número de profesores no podrá ser
inferior a un tercio del total de los
componentes del consejo, elegidos por el
Claustro y en su representación
•Un número de padres y alumnos que no
podrá ser inferior a un tercio del total
•Un representante del Personal de
Administración y Servicios
•El secretario del centro con voz y sin voto
PRESIDENTE: DIRECTOR DEL CENTRO
JEFE DE ESTUDIOS
REPRESENTANTE AYUNTAMIENTO
PAS
PROFESORES
PADRES Y ALUMNOS
Secretario
V.III: participación en el funcionamiento
y gobierno de los centros
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
Competencias del Consejo Escolar:
•Evaluar los proyectos y normas
•Evaluar la PGA
•Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección
•Participar en la selección del director y ser informado del nombramiento y cese de los
miembros del Equipo Directivo. Proponer la revocación del director
•Informar sobre la admisión de alumnos
•Conocer la resolución de conflictos disciplinarios. Podrá revisar la decisión adoptada y
proponer las medidas oportunas
•Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre
hombres y mujeres, igualdad de trato, la no discriminación, la resolución de conflictos y la
prevención de la violencia de género
•Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar
la obtención de recursos complementarios
•Informar las directrices para la colaboración con las administraciones locales, otros
centros, entidades y organismos
•Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento
escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas
•Elaborar propuestas e informes, por iniciativa propia o de la administración, sobre el
funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión
•Cualesquiera otras atribuidas por la Administración
V.IV: dirección de los centros públicos
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
Competencias del director:
• Ostentar la representación del centro, representar a la Administración y
hacerle llegar a esta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la
comunidad educativa
• Dirigir y coordinar las actividades del centro
• Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación e impulsar planes
para conseguir los objetivos del PEC
• Garantizar el cumplimento de las leyes y disposiciones.
• Ejercer la jefatura del personal del centro
• Favorecer la convivencia en el centro y garantizar la mediación en la
resolución de conflictos e imponer las medidas disciplinarias
• Impulsar la colaboración con las familias, instituciones y organismos que
faciliten la relación del centro con el entorno y fomentar un buen clima escolar
que propicie una formación integral de los alumnos
• Impulsar las evaluaciones internas y colaborar en las e. externas y del
profesorado
V.IV: dirección de los centros públicos
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
Competencias del director
• Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y
del Claustro y ejecutar los acuerdos adoptados
• Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros y visar las
certificaciones y documentos oficiales del centro
• Proponer a la Administración el nombramiento y cese de los miembros del
Equipo directivo
• Aprobar los proyectos y las normas
• Aprobar la PGA
• Decidir sobre la admisión de alumnos
• Aprobar la obtención de recursos complementarios
• Fijar las directrices de colaboración con administraciones locales, con otros
centros, entidades y organismos
• Cualesquiera otras encomendadas por la Administración educativa
V.IV: dirección de los centros públicos
LOMCE
TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los
centros
Selección del director centros públicos:
• La administración convocará concurso de méritos
•La selección será realizada por:
• una comisión constituida por:
•representantes de las administraciones y por (en una proporción
mayor del treinta y menor del cincuenta por ciento) representantes del
centro. De estos al menos el cincuenta por ciento será del claustro
•La selección se basará en la valoración de:
• méritos académicos y profesionales
• el proyecto y la experiencia
• el trabajo previo desarrollado como cargo directivo
• la labor docente como profesor
• especialmente, la experiencia de trabajo en un equipo directivo
•Nombramiento:
• período de cuatro años, prorrogables por períodos de igual duración , con
valoración positiva en cada período.
• Puede la Administración fijar límite máximo de renovaciones de mandatos.
LOMCE
TÍTULO VI: evaluación del sistema educativo
VI: evaluación del sistema educativo
Finalidad
•
•
•
Mejora de la calidad y la equidad
Orientar las políticas educativas
Transparencia y eficacia del sistema
educativo
A QUIÉN
A todos los
ámbitos
QUIÉN
El Instituto
Nacional de
Evaluación
ÁMBITO
CENTROS
FUNCIÓN DIRECTIVA
ALUMNADO:
EVALUACIONES
INDIVIDUALIZADAS
•
•
•
Cumplimiento de los objetivos de mejora
Consecución de objetivos educativos
Cumplimiento de compromisos educativos
(Unión Europea)
QUIÉN COLABORA
Colaborarán los equipos
directivos y el resto del
profesorado
CUÁNDO
Existirán Planes
plurianuales de
Evaluación General
CARACATERÍSTICAS
•
•
Plan de evaluación de centros educativos.
Autoevaluación.
•
Plan para la evaluación de la función directiva
•
•
•
•
CRITERIOS
Se creará un sistema
Estatal de indicadores de
evaluación
Comunes para el conjunto del Estado
Estandarizadas:
Valoraciones precisas
Comparaciones equitativas
Aplicadas y calificadas por profesorado externo al centro
Posibilidad de evaluaciones de diagnóstico
TÍTULO VII: inspección del sistema educativo
Competencias:
Funciones:
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Comprobar los
requisitos del Estado
en la ordenación del
sistema educativo
Comprobar la
inclusión de los
aspectos básicos del
currículo
Velar por las
condiciones de
obtención de Títulos
Garantizar la igualdad,
los derechos y los
deberes
Verificar las
subvenciones y las
becas
Consideración de
autoridad pública
VII.II: inspección educativa
VII.I: alta inspección
LOMCE
•
•
•
•
Supervisar y controlar el funcionamiento de los centros
Supervisar la práctica docente
Supervisar la función directiva
Participar en la evaluación de los centros educativos
Velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos,
etc
Velar por el cumplimiento de principios y valores
Asesorar, orientar e informar sobre derechos y
obligaciones
Emitir informes
Cualquier otra atribuida por la Administración
educativa
Atribuciones:
•
•
•
•
•
Conocer las actividades que se realizan en los centros
Libre acceso a los centros educativos
Examinar y comprobar la documentación académica,
pedagógica y administrativa
Recibir la colaboración del personal
Consideración de Autoridad Pública
LOMCE
TÍTULO VIII: recursos económicos
VIII: recursos económicos
Recursos económicos
• Se garantizan los recursos económicos necesarios para cumplir los objetivos
previstos
• Plan de incremento del gasto público en educación (10 años)
• Recursos suficientes para garantizar:
• Ratio máxima de 25 alumnos en educación primaria
• Ratio máxima de 30 alumnos en educación secundaria
• Plan de Fomento de la Lectura
• Programa de refuerzo y apoyo y mejora del aprendizaje y del
rendimiento
• Programa de refuerzo en lenguas extranjeras
• Atención a la diversidad
• Programa de refuerzo en TIC
• Medidas de apoyo al profesorado
• Orientación educativa y psicopedagógica
LOMCE
Desarrollo de la LOMCE
Real Decreto de Educación Primaria
CIENCIAS DE LA NATURALEZA
Desarrollo de la Ley
CONTENIDOS
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE EVALUABLES
BLOQUE 1. INICIACIÓN A LA ACTIVIDAD CIENTÍFICA
Iniciación a la actividad científica.
Aproximación experimental a
algunas cuestiones.
Utilización de diferentes fuentes
de información (directas, libros).
Lectura de textos propios del
área.
Utilización de las tecnologías de
la información y comunicación
para buscar y seleccionar
información, simular procesos y
presentar conclusiones.
Hábitos de prevención de
enfermedades y accidentes, en el
aula y en el centro.
Utilización
de
diversos
materiales, teniendo en cuenta
las normas de seguridad.
Trabajo individual y en grupo.
Técnicas de estudio y trabajo.
Desarrollo de hábitos de trabajo.
Esfuerzo y responsabilidad.
Planificación de proyectos y
presentación de informes.
1. Obtener información relevante
sobre
hechos
o
fenómenos
previamente delimitados, haciendo
predicciones sobre sucesos naturales,
integrando datos de observación
directa e indirecta a partir de la
consulta de fuentes directa e
indirectas
y
comunicando
los
resultados.
2. Establecer conjeturas tanto
respecto de sucesos que ocurren de
una forma natural como sobre los que
ocurren cuando se provocan, a través
de un experimento o una experiencia.
3. Comunicar de forma oral y escrita
los resultados obtenidos tras la
realización de diversas experiencias.
4. Trabajar de forma cooperativa,
apreciando el cuidado por la
seguridad
propia
y
de
sus
compañeros,
cuidando
las
herramientas
y
haciendo
uso
adecuado de los materiales.
5. Realizar proyectos y presentar
informes.
1.1. Busca, selecciona y organiza información concreta y relevante, la
analiza, obtiene conclusiones, comunica su experiencia, reflexiona acerca
del proceso seguido y lo comunica oralmente y por escrito.
1.2. Utiliza medios propios de la observación.
1.3. Consulta y utiliza documentos escritos, imágenes y gráficos.
1.4. Desarrolla estrategias adecuadas para acceder a la información de los
textos de carácter científico.
2.1. Manifiesta autonomía en la planificación y ejecución de acciones y
tareas y tiene iniciativa en la toma de decisiones.
3.1. Utiliza, de manera adecuada, el vocabulario correspondiente a cada
uno de los bloques de contenidos.
3.2. Expone oralmente de forma clara y ordenada contenidos relacionados
con el área manifestando la compresión de textos orales y/o escritos.
4.1. Usa de forma autónoma el tratamiento de textos (ajuste de página,
inserción de ilustraciones o notas, etc.).
4.2. Hace un uso adecuado de las tecnologías de la información y la
comunicación como recursos de ocio.
4.3. Conoce y utiliza las medidas de protección y seguridad personal que
debe utilizar en el uso de las Tecnologías de la información y la
Comunicación.
4.4. Presenta los trabajos de manera ordenada, clara y limpia, en soporte
papel y digital.
4.5. Utiliza estrategias para realizar trabajos de forma individual y en
equipo, mostrando habilidades para
LOMCE
Desarrollo de la LOMCE
Desarrollo de la Ley
14 títulos de FP Básica del R. D. 127/2014
1.º Anexo I: Título Profesional Básico en Servicios Administrativos.
2.º Anexo II: Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica.
3.º Anexo III: Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje.
4.º Anexo IV: Título Profesional Básico en Informática y
Comunicaciones.
5.º Anexo V: Título Profesional Básico en Cocina y Restauración.
6.º Anexo VI: Título Profesional Básico en Mantenimiento de
Vehículos.
7.º Anexo VII: Título Profesional Básico en Agrojardinería y
Composiciones Florales.
8.º Anexo VIII: Título Profesional Básico en Peluquería y Estética.
9.º Anexo IX: Título Profesional Básico en Servicios Comerciales.
10.º Anexo X: Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble.
11.º Anexo XI: Título Profesional Básico en Reforma y
Mantenimiento de Edificios.
12.º Anexo XII: Título Profesional Básico en Arreglo y Reparación de
Artículos Textiles y de Piel.
13.º Anexo XIII: Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje.
14.º Anexo XIV: Título Profesional Básico en Vidriería y Alfarería.
7 títulos de FP Básica del
R. D. 356/2014
1.º Anexo I: Título Profesional
Básico en Actividades
Agropecuarias.
2.º Anexo II: Título Profesional
Básico en Aprovechamientos
Forestales.
3.º Anexo III: Título Profesional
Básico en Artes Gráficas.
4.º Anexo IV: Título Profesional
Básico en Alojamiento y
Lavandería.
5.º Anexo V: Título Profesional
Básico en Industrias Alimentarias.
6.º Anexo VI: Título Profesional
Básico en Actividades MarítimoPesqueras.
7.º Anexo VII: Título Profesional
Básico en Informática de Oficina.
LOMCE
LOMCE
A modo de conclusión
Esta ley es, como todas las leyes
educativas anteriores, una
oportunidad para la mejora del
sistema educativo