LOMCE Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa. Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, (BOE del 10 diciembre) para la Mejora de la Calidad Educativa Modifica parcialmente la LOE, no la deroga del todo REFORMAS CURRICUALRES PREVIAS LOMCE REFORMAS CURRICULARES PREVIAS LGE (1970) • • • • • Obligación de escolarización desde los 6 hasta los 14 años y de forma gratuita Concepto de evaluación continua y diseño de un sistema de becas EGB, BUP y COU FP I y FP II. Educación Especial y Formación Permanente de Adultos LOGSE (1990) • • • • • Ampliación de la enseñanza obligatoria hasta los 16 años Primaria, ESO de 4 cursos y Bachillerato de dos cursos FP de Grado Medio y Grado Superior y curso de Garantía Social Reducción de las clases de 40 alumnos a 25, 30 y 35 alumnos Desarrollo de la Educación Especial a través del concepto de integración LOE (2006) • • • • • • Se adelanta la enseñanza del inglés a la Educación Infantil de 3 a 6 años Evaluaciones diagnósticas en 4º de Primaria y 2º de la ESO PCPI Las enseñanzas de FP se organizan en base al C.N.C.P. (catálogo nacional de cualificaciones profesionales) Se modifica la prueba de acceso a la Universidad Competencias básicas CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES LOMCE • • • • • • • • • • • • • • • • CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES Pruebas externas: individualizadas en 3º y 6º de Primaria y de evaluación final en 4º de ESO y Bachillerato Desaparece la PAEU ESO se divide en dos ciclos: Primer ciclo: 1º- 3º Segundo ciclo: 4º de ESO. Dos opciones en 4º de la ESO Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento en 2º y 3º de ESO Nuevo diseño curricular en Primaria, Secundaria y Bachillerato: Asignaturas troncales, específicas y de libre configuración autonómica Obligatoriedad de ofrecer enseñanzas en castellano. Religión y alternativa: evaluable y computable Formación Profesional: FP Básica, que permite el acceso desde la FP Básica a Ciclos de Grado Medio y desde éstos a la FP de Grado Superior y donde el referente es el C.N.C.P. FP Dual Más competencia para el Director, menos para el Consejo Escolar Se reconoce al profesorado la autoridad docente IES con especialización curricular La Educación Infantil queda como figura en la LOE Evaluación: continua y global en Primaria, continua, formativa e integradora en Secundaria y continua y diferenciada en Bachillerato Competencias clave y estándares de aprendizaje LOMCE CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN calendario de implantación CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN DE LA LOMCE ETAPA CURSO PRIMARIA 2014-15 1º, 3º, 5º EP (Modificación del currículo) Evaluación en 3º 2º, 4º, y 6º EP (Modificación del currículo) Evaluación en 3º y 6º 2015-16 2016-17 ESO BACHILLERATO FORMACIÓN PROFESIONAL 1º DE FP Básica 1º y 3º ESO Modificación del currículo. 1º BCH Modificaciones del currículo. 2º y 4º ESO Evaluaciones para la obtención del título en ESO 2º BCH Modificaciones del currículo. Evaluación final título bachillerato : durante este año, sólo se tendrá en cuenta para acceso a la Universidad. Para los Técnico de GM o GS de FP o EE Profesionales de Música y Danza, se tendrá en cuenta para el título de BCH 2º de FP Básica Modificaciones en el currículo de FP de G Medio PRELIMINAR: principios y fines LOMCE TÍTULO PRELIMINAR Principios • • • • • • • • • • La calidad de la educación La equidad La transmisión de valores, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación La educación como un aprendizaje permanente La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad. La orientación educativa y profesional como medio necesario para una formación personalizada El esfuerzo individual y la motivación del alumnado El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad El reconocimiento del papel de a los padres como primeros responsables de la educación de sus hijos La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las corporaciones locales y a los centros LOMCE TÍTULO PRELIMINAR PRELIMINAR: principios y fines Principios • • • • • • • • • La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes La educación para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos El desarrollo de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género La función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa La evaluación del conjunto del sistema educativo, tanto en su programación y organización y en los procesos de enseñanza y aprendizaje como en sus resultados. La cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la definición, aplicación y evaluación de las políticas educativas La cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa. La libertad de enseñanza, que reconozca el derecho de los padres, madres y tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los principios constitucionales OBJETIVOS. ÁMBITOS DE INCIDENCIA LOMCE OBJETIVOS E INCIDENCIA Objetivos Ámbitos de mayor incidencia de la LOMCE • • • • • • • • • • Reducir la tasa del abandono escolar temprano Mejorar los resultados educativos de acuerdo con criterios internacionales, tanto en la tasa comparativa de alumnado excelente como en la de titulados en la ESO Mejorar la empleabilidad Estimular el espíritu emprendedor de los estudiantes Mayor autonomía de centros El refuerzo de la capacidad de gestión de la dirección de los centros Las evaluaciones externas de fin de etapa La racionalización de la oferta educativa y la flexibilización de las trayectorias educativas • Modernización de la FP. TIC como pieza fundamental para producir el cambio metodológico que lleve a conseguir el objetivo de mejora de la calidad educativa y el aprendizaje a lo largo de la vida. El fomento del plurilingüísmo, redoblando esfuerzos para conseguir que los estudiantes se desenvuelvan con fluidez con comprensión oral y lectora y expresión oral y escrita en al menos en una primera lengua extranjera y apostar por la incorporación curricular de una segunda lengua extranjera. I: las enseñanzas y su ordenación LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación EVALUACIÓN ENSEÑANZAS ACADÉMICAS EDUCACIÓN SECUNDARIA EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN INFANTIL SEGUNDO CICLO PRIMER CICLO 4º E. ACADÉMICAS ACCESO desde 3º y EXCEPCIONAL desde 2º DE ESO 4º E. APLICADAS FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA 3º 2º 1º 2º 1º EVALUACIÓN 6º 5º 4º 3º 2º 1º SEGUNDO CICLO 3-6 AÑOS EVALUACIÓN ENSEÑANZAS APLICADAS EVALUACIÓN 3º 2º 1º PROGRAMA DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO (2º Y 3º ESO) PRIMER CICLO 0-3 AÑOS 3º 2º 1º I: las enseñanzas y su ordenación LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSIDAD TÍTULO DE BACHILLERATO F. P GRADO 2º SUPERIOR 1º Evaluación final 19 años +PRUEBA DE ACCESO 2º 1º BACHILLERATO 2º F. P. GRADO MEDIO 1º TÍTULO DE ESO 17 años +PRUEBA DE ACCESO EVALUACIÓN ENSEÑANZAS ACADÉMICAS 4º ESO Académicas EVALUACIÓN ENSEÑANZAS APLICADAS 4º ESO Enseñanzas Aplicadas FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA 2º 1º 15 años cumplidos y con un máximo de 17 años I. las enseñanzas y su ordenación LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Currículo Se entiende por currículo la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas. El currículo estará integrado por los siguientes elementos: • a) Los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa. • b) Las competencias, o capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos. • c) Los contenidos, o conjuntos de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias. Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participen los alumnos y alumnas. • d) La metodología didáctica, que comprende tanto la descripción de las prácticas docentes como la organización del trabajo de los docentes. • e) Los estándares y resultados de aprendizaje evaluables. • f) Los criterios de evaluación del grado de adquisición de las competencias y del logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa. I. las enseñanzas y su ordenación LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Estándares Los estándares son construcciones de referencia que son útiles para llevar adelante acciones en algún ámbito determinado y son elaborados y acordados entre personas con el conocimiento y la autoridad para hacerlo. Los estándares son informaciones sistematizadas y disponibles que dan una sensación de seguridad en el hacer cotidiano, en el sentido de tener confianza de lo que se espera que vaya a ocurrir y efectivamente ocurrirá. Estándares de aprendizaje Hacen referencia a cuáles son los conocimientos, habilidades y actitudes que debe tener un estudiante. Estos estándares son descripciones de la formación que los estudiantes deben alcanzar a lo largo de la trayectoria escolar. LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación I.I: educación infantil PRIMER CICLO: 0-3 SEGUNDO CICLO : 3-6 Los contenidos educativos de la educación infantil se organizarán en áreas correspondientes a ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil y se abordarán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para los niños Al final de ciclo aproximación a: •Habilidades numéricas básicas •Lectura y escritura •Tecnologías de la información y la comunicación • Expresión visual y musical LOMCE I.II: educación primaria TRONCALES Comunes a todos los alumnos • Lengua castellana y Literatura • Matemáticas • Ciencias de la Naturaleza • Ciencias Sociales • Primera Lengua Extranjera TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación ESPECÍFICAS Cierta autonomía en horarios y contenidos LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA Las CCAA deciden horarios y contenidos OBLIGATORIAS: • Educación Física • Religión / Valores Sociales y Cívicos OBLIGATORIA: • Lengua cooficial y Literatura ELEGIR UNA: • Educación Artística • Segunda Lengua extranjera • Religión * • Valores Sociales y Cívicos * (*) Si no ha sido elegida con anterioridad • Otras • Una materia del bloque de específica no elegida anteriormente Al menos el 50% del horario total La comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las áreas A fin de fomentar el hábito de la lectura se dedicará un tiempo diario a la misma I.I: educación primaria LOMCE 6º EVALUACIÓN 5º 4º 3º EVALUACIÓN 2º 1º EDUCACIÓN PRIMARIA TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Evaluación y promoción. • El alumno accederá al curso o etapa siguiente siempre que se considere que ha logrado los objetivos y ha alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes • Podrá repetir una sola vez durante la etapa • Se atenderá especialmente a los resultados de la evaluación individualizada, realizada a todos los alumnos, al finalizar el tercer curso de Educación Primaria. (Evaluación de diagnóstico) • Al finalizar la etapa se realizará una evaluación (también de diagnóstico) a todos los alumnos, se expresará por niveles y tendrá carácter informativo y orientador a padres y al centro donde realiza sexto curso así como al centro donde cursará la siguiente etapa LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación I.III: educación secundaria TRONCALES GENERALES (5) Curso • 1º Y • • • • • DE OPCIÓN (1) Lengua castellana y Literatura Primera Lengua Extranjera Matemáticas Geografía e Historia Biología y Geología (1º) Física y Química (2º) 2º • • • • • 3º Lengua castellana y Literatura Primera Lengua Extranjera Geografía e Historia Biología y Geología Física y Química ESPECÍFICAS de 3 A 6 • Matemáticas orientadas a las Enseñanzas Académicas • Matemáticas orientadas a las Enseñanza Aplicadas LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA OBLIGATORIAS: • Educación Física • Religión / Valores Éticos OBLIGATORIA: • Lengua cooficial y Literatura ELEGIR DE 1 A 4 • Tecnología • Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial • Música • Ed. Plástica, Visual y Audiovisual • Segunda Lengua extranjera • Cultura Clásica • Religión * • Valores Éticos * • (*) Si no se han elegido anteriormente • Otras • Una materia del bloque de específicas no elegida anteriormente OBLIGATORIAS: • Educación Física • Religión / Valores Éticos OBLIGATORIA: • Lengua cooficial y Literatura ELEGIR DE 1 A 4 • Tecnología • Música • Ed. Plástica, Visual y Audiovisual • Segunda Lengua extranjera • Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial • Cultura Clásica • Religión * • Valores Éticos * • (*) Si no se han elegido anteriormente • Otras • Una materia del bloque de específicas no elegida anteriormente LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Enseñanzas Aplicadas 4º ESO Enseñanzas Académicas I.III: educación secundaria TRONCALES 4 + 2 ESPECÍFICAS de 3 A 6 GENERALES (4) DE OPCIÓN (2) • Lengua castellana y Literatura • Matemáticas orientadas a las Enseñanzas Aplicadas • Primera Lengua Extranjera • Geografía e Historia • Ciencias aplicadas a la Actividad Profesional • Tecnología • Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial OBLIGATORIAS: • Educación Física • Religión / Valores Éticos • Lengua castellana y Literatura • Matemáticas orientadas a las Enseñanzas Académicas • Primera Lengua Extranjera • Geografía e Historia • Física y Química • Biología y Geología • Latín • Economía OBLIGATORIAS: • Educación Física • Religión / Valores Éticos ELEGIR DE 1 A 4 • Tecnologías de la Información y la comunicación. • Artes Escénicas y Danza • Ed. Plástica, Visual y Audiovisual • Segunda Lengua extranjera • Música ELEGIR DE 1 A 4 • Tecnologías de la Información y la comunicación. • Artes Escénicas y Danza • Ed. Plástica, Visual y Audiovisual • Segunda Lengua extranjera • Música LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA OBLIGATORIA: • Lengua cooficial y Literatura • Cultura Clásica • Filosofía • Cultura Científica • Una materia del bloque troncales no cursada • Religión * • Valores Éticos * • (*) Si no se han elegido anteriormente • Otras • Una materia del bloque de específica no elegida anteriormente • Ampliación de materia del bloque de troncales o específicas. OBLIGATORIA: • Lengua cooficial y Literatura • Cultura Clásica • Filosofía • Cultura Científica • Una materia del bloque troncales no cursada • Religión * • Valores Éticos * • (*) Si no se han elegido anteriormente • Otras • Una materia del bloque de específicas no elegida anteriormente I.III: educación secundaria LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Promoción de curso: • Colegiada por el conjunto de profesores del alumno, atendiendo al logro de los objetivos y al grado de adquisición de las competencias correspondientes • Si han superado todas la materias. • Repetirán curso si tiene evaluación negativa en tres materias o en Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea. Sólo se podrá repetir una vez por curso y dos veces dentro de la etapa. Excepcionalmente, podrá repetir una segunda vez en cuarto si no ha repetido durante la etapa. • Excepcionalmente promocionará si: • el equipo docente considera que la evaluación negativa no impide al alumno seguir con éxito el curso siguiente, tiene expectativas favorables de recuperación y la promoción beneficiará su evolución académica. • Se aplicarán al alumno y alumna medidas de atención educativa. SEGUNDO CICLO EDUCACIÓN SECUNDARIA PRIMER CICLO 4º E. ACADÉMICAS 3º 2º 1º 4º E. APLICADAS PROGRAMA DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación I.III: educación secundaria Evaluación final en 4º de la ESO Podrán presentarse los alumnos con evaluación positiva en todas las materias o bien negativa en un máximo de dos (que no sean Lengua y Matemáticas simultáneamente). Se podrán presentar a cualquiera de las dos opciones (enseñanzas académicas o aplicadas) o a ambas, independientemente de la opción escogida en cuarto. Sin embargo la superación de cada una de las evaluaciones sólo permite el acceso a determinadas enseñanzas: 4º ESO. BACHILLERATO EVALUACIÓN ENSEÑANZAS APLICADAS EVALUACIÓN ENSEÑANZAS ACADÉMICAS FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA FORMACIÓN PROFESIONAL I.III: educación secundaria LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Evaluación final en 4º de la ESO: No es una Reválida en el sentido tradicional • Las Reválidas se orientaban a regular la demanda; es decir, se orientaban a establecer un peaje para adecuar el número de alumnos que podían pasar en las diferentes etapas a las disponibilidades que tenía el sistema, que eran limitadas • La evaluación final de 4º no es una Reválida porque su orientación es de señalización • La evaluación final de 4º no tiene una orientación punitiva, no se trata de poner obstáculos. Se trata de garantizar que el nivel de conocimientos es el adecuado y sobre todo, que en el sistema se adquieran las competencias que se buscan El diseño de las pruebas de la evaluación final no es de pruebas de conocimientos, sino de pruebas de competencias que sirvan, no para clasificar ni para establecer ránquines, sino para tratar con ellas de dotar al sistema de una transparencia que hoy no tiene y con ello también de: • Incrementar el sentido del esfuerzo, el sentido de la exigencia, el compromiso recíproco que involucra tanto a los estudiantes como a los profesores • Marcar, señalar y extraer consecuencias de los resultados de los aprendizajes y de la adquisición de sus competencias de los alumnos I.III: educación secundaria LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Se celebrarán al menos dos convocatorias de evaluación final, una ordinaria y otra extraordinaria. La superación de esta evaluación requerirá una calificación igual o superior a 5 puntos sobre 10. Si no se ha superado la evaluación podrá repetirla en convocatorias sucesivas, previa solicitud. 30% Nota media obtenida en la evaluación 70% Nota media de las calificaciones durante la etapa Calificación: Nota final: media de las calificaciones de ESO ponderada al 70%, y de la evaluación final ponderada al 30%. Deberá constar en el título la opción u opciones por la que se realiza la evaluación final y la calificación final de ESO Es necesario superarla para obtener título de Graduado en ESO Los alumnos que no superen la evaluación y final y no obtengan el título de Graduado en ESO recibirán una certificación oficial en la que constará el número de años cursados, así como el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes I.III: educación secundaria LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación La prueba final constará de: - Todas las materias generales cursadas en el bloque de troncales, salvo Biología y Geología y Física y Química. De estas, si el alumno las escoge, será evaluado en las de opción - Dos de opción del bloque de troncales de 4º curso - Una del bloque de específicas de cualquiera de los cursos excepto Educación Física, Religión o Valores Éticos TRONCALES TODAS GENERALES • Lengua castellana y Literatura • Primera Lengua Extranjera • Geografía e Historia • Matemáticas orientadas a las Enseñanzas Académicas o Matemáticas orientadas a las Enseñanza Aplicadas ELEGIR UNA DE LAS ESPECÍFICAS ELEGIR DOS DE OPCIÓN • Ciencias aplicadas a la Actividad Profesional • Tecnología • Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial • Latín • Economía • Biología y Geología • Física y Química Artes Escénicas y Danza Cultura Científica Cultura Clásica Ed. Plástica, Visual y Audiovisual Filosofía Música Segunda Lengua extranjera Tecnologías de la Información y la comunicación. • Tecnología • • • • • • • • LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Acceso: I.IV: bachillerato • • • El Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria La evaluación final de Educación Secundaria de la opción enseñanzas académicas, superada Se podrá cursar, en régimen ordinario durante 4 años. • Excepcionalmente, previo informe favorable del equipo docente, se podrá repetir uno de los cursos una segunda vez Modalidades: • • • Ciencias Humanidades y Ciencias Sociales Artes Promoción: • Promoción de 1º a 2º: con todas las materias superadas o evaluación negativa en 2 como máximo LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación TRONCALES 4 + 2 I.IV: bachillerato 1º BACH Ciencias GENERALES (4) DE OPCIÓN (2) • Lengua castellana y Literatura I • Física y Química • Matemáticas I • Biología y Geología • Primera Lengua Extranjera I • Dibujo Técnico I • Filosofía • Lengua castellana y Literatura I • Historia del Mundo • Primera Lengua Extranjera I Contemporáneo • Filosofía • Griego I • Economía HUMANIDADES CC SOCIALES • Literatura Universal • Latín • Matemáticas Humanidades aplicadas a las y Ciencias CCSS I Sociales Artes ESPECÍFICAS : 3 o 4 • Lengua castellana y Literatura I • Historia del Mundo • Primera Lengua Extranjera I Contemporáneo • Filosofía • Literatura Universal • Fundamentos del Arte I • Cultura Audiovisual I OBLIGATORIA: • Educación Física ELEGIR DOS O TRES : • Segunda Lengua Extranjera I • Cultura Científica • Tecnología Industrial I • Tecnologías de la Información y Comunicación I • Dibujo técnico I(si no es troncal) • Dibujo Artístico I • Volumen • Anatomía Aplicada • Análisis Musical I • Lenguaje y Práctica Musical • Una materia troncal no cursada • Religión LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA OBLIGATORIA: Lengua cooficial y Literatura I Otras: • A determinar • Una materia del bloque de específicas no cursada • Ampliación de materia de las troncales o específicas LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación TRONCALES 4 + 2 I.IV: bachillerato 2º BACH GENERALES (4) • Lengua castellana y Literatura II • Matemáticas II • Primera Lengua Extranjera II • Historia de España ESPECÍFICAS 2-3 DE OPCIÓN (2) • Física • Química • Biología • Geología • Dibujo Técnico II ELEGIR DOS O TRES : • Segunda Lengua Extranjera II • Historia de la Filosofía ( si no Ciencias troncal) • Tecnología Industrial II • Tecnologías de la Información y Comunicación II • Lengua castellana y Literatura II • Historia de • Dibujo técnico II (si no es • Primera Lengua Extranjera II la Filosofía troncal) • Historia de España • Griego II • Dibujo Artístico II Humanidades • Economía de HUMANIDADES : CC SOCIALES: • Análisis Musical II y Ciencias la Empresa • Latín II • Matemáticas • Técnicas de expresión Gráficosociales • Geografía aplicadas a las plásticas • Historia del CCSS II • Historia de la Música y de la Arte Danza • Psicología • Lengua castellana y Literatura II • Cultura • Primera Lengua Extranjera II Audiovisual II • Imagen y Sonido • Fundamentos de • Historia de España • Artes administración y gestión • Fundamentos del Arte II Escénicas Artes • Ciencias de la Tierra y del • Diseño medio ambiente • Una materia troncal no cursada • Religión LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA OBLIGATORIA: Lengua cooficial y Literatura II Otras: • A determinar • Educación Física • Una materia del bloque de específicas no cursada • Ampliación de materia de las troncales o específicas LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Evaluación Final de Bachillerato: Solo pueden presentarse los alumnos que hayan I.IV: bachillerato tenido evaluación positiva en todas las materias Se evaluarán de: • Todas las materiales generales del bloque de asignaturas troncales. Las que impliquen continuidad solo de la materia del segundo curso • Dos de opción del bloque de troncales en cualquiera de los cursos. Las de continuidad solo la materia de segundo curso • Una del bloque de asignaturas específicas de cualquiera de los dos cursos. No educación física ni religión La superación de esta evaluación requerirá una calificación igual o superior a 5 puntos sobre 10 y dará lugar al título de Bachiller Se podrá repetir la evaluación si se ha suspendido o se desea mejor la nota. Prevalece la de mayor puntuación LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación TRONCALES BACH I.IV: bachillerato Ciencias Humanidades y Ciencias Sociales TODAS GENERALES DOS DE OPCIÓN • Lengua castellana y Literatura II • Matemáticas II • Primera Lengua Extranjera II • Filosofía • Historia de España • Física • Química • Biología • Geología • Dibujo Técnico II • Lengua castellana y Literatura II • Primera Lengua Extranjera II • Filosofía • Historia de España • Historia de la Filosofía • Griego II • Economía de la Empresa • Geografía • Historia del Arte • Historia del Mundo Contemporáneo • Economía • Literatura Universal HUMANIDADES • Latín II Artes UNA DE ESPECÍFICAS CC SOCIALES • Matemática s aplicadas a las CCSS II • Lengua castellana y Literatura II • Primera Lengua Extranjera II • Filosofía • Historia de España • Fundamentos del Arte II • Cultura Audiovisual II • Artes Escénicas • Diseño • Historia del Mundo Contemporáneo • Literatura Universal • Análisis Musical II • Anatomía Aplicada • Cultura Científica • Dibujo Artístico II • Dibujo técnico (si no es troncal) • Historia de la Filosofía ( si no troncal) • Historia de la Música y de la Danza • Imagen y Sonido • Lenguaje y Práctica Musical • Psicología • Segunda Lengua Extranjera II • Técnicas de expresión Gráfico-plásticas • Tecnología Industrial II • Tecnologías de la Información y Comunicación II • Fundamentos de administración y gestión • Ciencias de a Tierra y del Medio ambiente • Una materia troncal no cursada • Volumen Calificación final Media de las calificaciones de Bachillerato ponderada al 60%, y de la evaluación final ponderada al 40%. 40% Nota media obtenida en la evaluación final 60% Nota media de las calificaciones durante bachillerato LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Para obtener el título de Bachiller será necesaria la superación de la evaluación final de Bachillerato, así como una calificación final de Bachillerato igual o superior a 5 puntos sobre 10. La calificación final de esta etapa se deducirá de la siguiente ponderación: Con un peso del 40 %, la nota obtenida en la evaluación final de Bachillerato Ojo no olvidar que evaluar mejora, mientras que calificar posiciona 60 % 40% I.IV: bachillerato Título de Bachiller: Con un peso del 60 %, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en Bachillerato. LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación I.IV: bachillerato Admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado desde el título de Bachiller o equivalente (desaparece la PAEU) • Las Universidades podrán determinar la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado de los alumnos que hayan obtenido el título de Bachiller o equivalente exclusivamente por el criterio de la calificación final obtenida en el Bachillerato. • También, podrán fijar procedimientos de admisión que deberá respetar los principios de igualdad, no discriminación, mérito y capacidad. Dichos procedimientos utilizarán, junto al criterio de la calificación final obtenida en el Bachillerato, alguno o algunos de los siguientes criterios de valoración: •a) Modalidad y materias cursadas en el Bachillerato, en relación con la titulación elegida •b) Calificaciones obtenidas en materias concretas de los cursos de Bachillerato, o de la evaluación final de dicha etapa •c) Formación académica o profesional complementaria. •d) Estudios superiores cursados con anterioridad •Excepcionalmente podrán establecer evaluaciones específicas de conocimientos y/o de competencias •La ponderación de la calificación final obtenida en el Bachillerato deberá tener un valor, como mínimo, del 60 % del resultado final del procedimiento de admisión I.V: formación profesional básica LOMCE ACCESO TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación F. P. BÁSICA F.P. GRADO MEDIO • Tener cumplidos los 15 años en el año de inicio y no superar los 17 • Haber cursado el primer ciclo de ESO o excepcionalmente 2º de ESO • Propuesta del equipo docente • Tener, al menos, Graduado de ESO • Título Profesional Básico • Título de Técnico o Técnico superior de FP • Superar el curso específico de acceso a Grado Medio y tener 17 años • Superar la prueba de acceso y tener 17 años o cumplirlos en el año de acceso • Certificado de haber superado todas las materias de Bachillerato Excepcionalmente: • Superar los 17 años y no poseer titulación profesional o secundaria, a disposición de vacantes. F.P. GRADO SUPERIOR Título de Bachiller Título Universitario Título de Técnico Técnico Superior de Formación Profesional • Superar una prueba de acceso y tener 19 años cumplidos en el año de realización de dicha prueba • • • • Los ciclos tienen carácter modular y son de dos años de duración, pudiendo los alumnos permanecer cursando un ciclo de Formación Profesional Básica durante un máximo de 4 años LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación I.V: formación profesional : títulos y convalidaciones 17 AÑOS PRUEBA DE ACCESO 19 AÑOS PRUEBA DE ACCESO ESTUDIOS DE GRADO F. P. BÁSICA F.P. GRADO MEDIO F.P. G. SUPERIOR PROFESIONAL BÁSICO TÉCNICO TÉCNICO SUPERIOR PROCESO DE SELECCIÓN EVALUACIÓN FINAL BACHILLERATO TITULO DE BACHILLERATO EVALUACIÓN FINAL DE ESO. TITULO DE GRADUADO EN ESO Curso de formación específico y tener 17 años. Los mayores de 22 años con acreditación de las unidades de competencia profesional incluidas en un título básico, recibirán el Título Profesional Básico I.V: formación profesional básica contenidos LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación FÓRMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA. 1.- Bloque de Comunicación y Ciencias Sociales •Lengua Castellana •Lengua extranjera •Ciencias Sociales •En su caso, Lengua Cooficial 2.- Bloque de Ciencias Aplicadas •Matemáticas Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo Profesional •Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un campo profesional 3.- Módulos de cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales 4.- Módulo de FCT DURACIÓN: 2 CURSOS MÁXIMA PERMANENCIA 4 AÑOS. I.V: formación profesional LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación FÓRMACIÓN PROFESIONAL GRADO MEDIO BLOQUES OBLIGATORIOS POSIBLE OFERTA .VOLUNTARIAS Los referidos con carácter general al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, nivel II El desarrollo de los contenidos en los reales decretos correspondientes. Para facilitar la transición a otras enseñanzas: •Comunicación en Lengua Castellana •Comunicación en Lengua extranjera Para facilitar la transición a ciclos de grado superior: •Materias voluntarias relacionadas con el campo o sector profesional del que se trate FORMACIÓN PROFESIONAL GRADO SUPERIOR Los referidos con carácter general al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, nivel III El desarrollo de los contenidos en los reales decretos correspondientes FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL Conjunto de acciones e iniciativas formativas que tienen por objeto la cualificación profesional de las personas, armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS Enseñanzas artísticas elementales Enseñanzas artísticas profesionales Enseñanzas artísticas superiores ACCESO para estudios de artes plásticas y diseño • Música • Danza • Enseñanza profesional de música y danza • Grado medio y superior de artes plásticas y diseño • Estudios superiores de música y danza • Enseñanzas de arte dramático • Enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales • Estudios superiores de diseño • Estudios superiores de artes plásticas: • Estudios superiores de cerámica • Estudios superiores de vidrio • Grado Medio: Título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria • Sin titulación: Tener 17 años • Grado Superior: Título de Bachillerato • Sin titulación: Tener 19 • En el caso de poseer un título de Técnico relacionado con el de acceso la edad necesaria serán 18 años • Título de Bachiller o prueba de acceso para mayor de 25 y • Superar una prueba específica de acceso Prueba específica I.VI: enseñanzas artísticas LOMCE I.VII: enseñanzas de idiomas LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Organización. • Niveles A A1 B A2 B1 C B2 C1 C2 Acceso: • Tener dieciséis en el año en que se comiencen los estudios o ser mayor de catorce años para cursar un idioma distinto del cursado en la educación secundaria obligatoria I.VII: enseñanzas de idiomas LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Lenguas de estudio • • Cooficiales existentes en España Español como lengua extranjera Otras lenguas de interés especial Posibilidad de enseñanza de idiomas a distancia Posibilidad de impartición de otros cursos en actualización de conocimientos, formación del profesorado y otros colectivos Evaluación. Certificados El profesorado: Evalúa a los alumnos Las Administraciones educativas: • Regulan las pruebas terminales, que realizará el profesorado, para la obtención de los certificados oficiales de los niveles básico, intermedio y avanzado. I.VIII: enseñanzas deportivas LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación ENSEÑANZAS DEPORTIVAS GRADO MEDIO GRADO SUPERIOR • Graduado en ESO en Académicas o Aplicadas Título de Técnico deportivo y al menos 1 de los títulos: • Título de Bachiller • Título de Técnico Superior • Título universitario • Certificado acreditativo de haber superado todas las materias del Bachillerato ACCESO MEDIANTE PRUEBA • 17 años y prueba de admisión • 18 años con título de Técnico relacionado • 19 años y prueba de admisión TITULACIONES Técnico Deportivo en la modalidad deportiva Técnico Deportivo Superior en la modalidad deportiva ACCESO A OTRAS ENSEÑANZAS Bachillerato en todas las modalidades Estudios universitarios de grado previo proceso de admisión ACCESO ORDINARIO OTRAS OTRAS En algunas modalidades obligatorio superación de alguna prueba o presentar méritos deportivos LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación I.IX: ed. personas adultas Enseñanzas obligatorias. Oferta adaptada para adquisición de contenidos de educación básica. • También: o Se organizarán pruebas periódicas para mayores de dieciocho años para la obtención del título de Graduado en ESO. o Se podrán establecer programas formativos para los mayores de diecisiete años dirigidos a la obtención del título de Técnico Profesional Básico. • Atención a personas con necesidad específica de apoyo educativo. • Garantía de acceso de formación a la población reclusa en establecimientos penitenciarios • Metodología flexible y abierta • Establecer currículos específicos por vía reglamentaria que conduzcan a la obtención de uno de los títulos establecidos en la presente Ley I.IX: educación personas adultas LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación Organización • Mayores de dieciséis años con contrato laboral o deportistas de alto rendimiento • Quienes cumplan dieciocho años en el año de inicio del curso • Organización y metodología basada en el autoaprendizaje • Posibilidad de desarrollo a través de enseñanza presencial o a distancia. • Las Administraciones educativas podrán: • Promover convenios de colaboración con las universidades, corporaciones locales y entidades públicas o privadas • Promover Programas específicos de aprendizaje de la lengua castellana y de las otras lenguas cooficiales, para facilitar la integración de las personas inmigrantes • Estimular investigación y difusión de prácticas innovadoras LOMCE TÍTULO I: las enseñanzas y su ordenación I.IX: ed. personas adultas Enseñanzas postobligatorias Las Administraciones educativas : • Ofrecerán acceso a las enseñanzas de bachillerato o formación profesional • Organizarán oferta pública de educación a distancia incluyendo el uso de las tecnologías de la información y la comunicación. • Organizarán pruebas para obtener los títulos de: • Bachiller, veinte años • Formación Profesional : • Profesional Básico, dieciocho años • Técnico, dieciocho años • Técnico Superior, veinte años o diecinueve años si tienen el título de Técnico • Regularán y organizarán prueba específica de acceso directo a enseñanzas artísticas superiores, para mayores de dieciocho años. • Edades mínimas de acceso a: • Estudios superiores de música o danza, dieciséis años • Acceso directo a la Universidad mediante superación de prueba específica, veinticinco años LOMCE TÍTULO II: equidad en la educación II.I: alumnado con necesidad específica de apoyo educativo Principios Las Administraciones Educativas podrán establecer planes de centros prioritarios para apoyar especialmente a los centros que escolaricen alumnado en situación de desventaja social • Normalización e inclusión • Participación padres o tutores en las decisiones de escolarización • Asesoramiento individualizado • Identificación, valoración e intervención temprana Recursos • Profesorado especialista, profesionales cualificados, medios y materiales precisos • Organización escolar, adaptaciones y diversificaciones curriculares precisas • Colaboración otras administraciones e instituciones TÍTULO II: equidad en la educación NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES ALTAS INTEGRACIÓN CAPACIDADES TARDÍA AL S. E. INTELECTUALES ESPAÑOL DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE Flexibilización de las etapas educativas Hasta los 21 años Flexibilización de las etapas educativas Planes de actuación individuales Normalización e inclusión Ofertas formativas adaptadas Reserva de plazas en FP Programas de enriquecimiento curricular MEDIDAS II.I: alumnado con necesidad específica de apoyo educativo LOMCE Incorporación al curso más adecuado Desarrollo de planes específicos con carencias lingüísticas Identificación, valoración temprana LOMCE TÍTULO II: equidad en la educación II.III: escolarización centros públicos y concertados Admisión de alumnos • • • Libertad de elección de centro Distribución adecuada y equilibrada de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo Criterios prioritarios cuando no existan plazas suficientes: • Alumnos de los centros de educación infantil, primaria o educación secundaria obligatoria adscritos • Hermanos en el centro, padres o madres que trabajen en el mismo • Proximidad domicilio o lugar de trabajo • Renta per cápita • Familia numerosa • Discapacidad en el alumno padre, madre o hermanos • Rendimiento académico: • Enseñanzas postobligatorias • Hasta un 20% de la puntuación • Centros con especialización curricular reconocida o que participen en una acción de fomento de la calidad de los centros docentes LOMCE TÍTULO II: equidad en la educación II.III: escolarización centros públicos y concertados Admisión de alumnos • • • Condiciones específicas de admisión de alumnos en etapas postobligatorias • Bachillerato: Además el expediente académico • Grado medio y superior de FP • Adultos: situaciones personales y laborales Equilibrio en la admisión de alumnos: • Establecimiento de proporción de alumnado con necesidad de apoyo educativo en cada centro público y privado concertado • Reserva hasta el final del período de preinscripción y matrícula de una parte de las plazas de centros públicos y privados concertados para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo • Autorizar un incremento de hasta un 10% del número máximo de alumnos y alumnas por aula para atender necesidades de escolarización (alumnado de incorporación tardía o por necesidades motivadas por movilidad forzosa de progenitores) Garantías de gratuidad: En ningún caso los centros públicos o privados concertados podrán imponer a las familias aportaciones económicas LOMCE TÍTULO III: profesorado III.I: funciones del profesorado Funciones del profesorado • • • • • • • • • • • Programación y enseñanza Evaluación Tutoría Orientación educativa, académica y profesional Atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado Promoción, organización y participación en las actividades complementarias. Desarrollo de actividades en: respeto, tolerancia, participación y valores de la ciudadanía democrática Información sobre proceso y orientación del aprendizaje Coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección encomendadas. Participación en la actividad general del centro. Participación en los planes de evaluación Investigación, experimentación y mejora de los procesos de enseñanza Colaboración y trabajo en equipo Se reconoce al profesorado el ser autoridad docente en su función, lo que significa presunción de veracidad en sus declaraciones (iuris tantum) III.I: funciones del profesorado LOMCE TÍTULO III: profesorado Necesidad del cambio metodológico en el profesorado ¿Hay algún cambio entre una fotografía y otra, teniendo en cuenta que han pasado más de 60 años entre ambas? LOMCE III.II: profesorado de las distintas enseñanzas. NIVEL TÍTULO III: profesorado TITULACIÓN E.INFANTIL I CICLO • Maestro en educación infantil II CICLO • Maestro en educación infantil CONDICIONES AÑADIDAS E.PRIMARIA • Maestro en educación primaria u otras titulaciones universitarias para determinadas áreas E. SECUNDARIA Y BACHILLERATO • Licenciado Formación pedagógica y • Ingeniero o Arquitecto, didáctica de nivel de • ( o título de Grado Postgrado equivalente), • Otras titulaciones FORMACIÓN PROFESIONAL Formación pedagógica y • Licenciado • Ingeniero o Arquitecto, didáctica de nivel de Postgrado • ( o título de Grado equivalente) • Otras titulaciones EXCEPCIONES Para Música, Educación Física y Lengua Extranjera, Maestro con especialidad Para determinados módulos, no necesariamente titulados, que desarrollen su actividad en el ámbito laboral. III.II: profesorado de las distintas enseñanzas. LOMCE TÍTULO III: profesorado ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS • Licenciado • Ingeniero o Arquitecto, ( o título de Grado equivalente) • Otras titulaciones Necesario, en las enseñanzas artísticas superiores, la formación pedagógica y didáctica de nivel de Postgrado ENSEÑANZAS DE IDIOMAS • Licenciado • Ingeniero o Arquitecto, ( o título de Grado equivalente) • Otras titulaciones Necesario en todos los casos de la formación pedagógica y didáctica de nivel de Postgrado ENSEÑANZAS DEPORTIVAS • Licenciado • Ingeniero o Arquitecto, ( o título de Grado equivalente) • Otras titulaciones para determinados módulos o bloques Formación pedagógica y didáctica de nivel de Postgrado PERSONAS ADULTAS • La titulación establecida para impartir las respectivas enseñanzas Para determinados módulos, profesionales no necesariamente titulados. Para las enseñanzas artísticas superiores se podrá incluir a profesionales extranjeros no necesariamente titulados. Profesionales, no necesariamente titulados, de nacionalidad extranjera Para determinadas materias profesionales no necesariamente titulados IV.I: principios generales LOMCE TÍTULO IV: centros docentes CENTROS TITULAR: LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PRIVADOS TITULAR : PERSONA FÍSICA O JURÍDICA DE CARÁCTER PRIVADO PÚBLICOS PRIVADOS CONCERTADOS Escuelas Infantiles Colegios de Educación Primaria Colegios de Educación Infantil y Primaria Institutos de Educación Secundaria Escuelas de Arte Conservatorios Centros de Educación Especial Otros: a determinar PRIVADOS ACOGIDOS AL RÉGIMEN DE CONCIERTOS LOMCE TÍTULO IV: centros docentes IV.II: centros públicos PÚBLICOS TIC: La administración creará estándares de inter-operatibilidad entre los distintos sistemas informáticos: • Protocolo y formatos de intercambio de datos • Estadísticas estatales • Entornos virtuales de aprendizaje (Planes educativos específicos) • Plataformas digitales (Recursos didácticos) • Promoción de las TIC en el aula • Competencia digital docente (Formación Permanente del Profesorado) Se garantizan los medios materiales y humanos necesarios para: • Una educación de calidad • Infraestructura informática necesaria • Recursos para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo • Actividades y servicios complementarios Se crean Bibliotecas Escolares: • Plan de dotación progresiva de fondos • Fomento de la lectura • Acceso a información crítica • Espacio abierto a la comunidad educativa • Acuerdos para uso de las Bibliotecas Municipales IV.IV: centros privados concertados LOMCE TÍTULO IV: centros docentes PRIVADOS CONCERTADOS • • Forman parte de la red de centros de la administración Centros de libre elección para los padres Conciertos preferentes: • En poblaciones económicamente desfavorecidas • Experiencias de interés pedagógico • Régimen de cooperativa Duración de los conciertos: • 6 años para primaria • 4 años para secundaria • • Posibilidad de concertar Formación Profesional Básica Singularmente se concertarán enseñanzas postobligatorias PRIVADOS ACOGIDOS AL RÉGIMEN DE CONCIERTOS V.I: participación en el funcionamiento y gobierno de los centros LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros Órganos colegiados: • Consejo Escolar • Claustro de profesores. Participación: • La Comunidad Educativa: a través del Consejo Escolar • El Profesorado en las decisiones pedagógicas, a través de: • el claustro • los órganos de coordinación docente • equipos de profesores que impartan clase en el mismo curso • El alumnado a través de: • los delegados de grupo o curso • representantes en el Consejo Escolar • Los padres y los alumnos a través de: • las asociaciones LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros V.II: autonomía de los centros Proyecto Educativo del Centro • Los centros establecerán sus Proyectos Educativos que serán públicos. Las Administraciones contribuirán al desarrollo del currículo favoreciendo modelos abiertos de programación docente y materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos • Las Administraciones promoverán la especialización curricular en los IES • El Proyecto Educativo incluirá los aspectos que singularice al centro Recursos • Los centros deberán estar dotados para garantizar la igualdad de oportunidades • Se podrán asignar mayores dotaciones a determinados centros sostenidos con fondos públicos en razón a sus proyectos o a condiciones de especial necesidad, sujetos a la rendición de cuentas. • Los centros públicos podrán obtener recursos complementarios. V.II: autonomía de los centros LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros Potenciación de la autonomía de los centros. Disposiciones generales • Sus recursos económicos, materiales y humanos se adecuarán a los planes de trabajo y organización evaluados y valorados positivamente con la consiguiente rendición de cuentas • Las administraciones publicarán los resultados de los centros atendiendo al contexto • La administración podrá establecer planes específicos de mejora • Los centros concertados estarán sujetos a la normativa reguladora del concierto correspondiente • Los centros pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de organización, normas de convivencia y ampliación del calendario escolar o del horario lectivo de áreas o materias de acuerdo a la normativa sin que conlleven aportaciones a las familias ni exigencias a las Administraciones LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros V.II: autonomía de los centros Acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes. • Refuerzo de la autonomía y la potenciación de la función directiva • Medidas honoríficas tendentes al reconocimiento y acciones de calidad • Las acciones de calidad tendrán en cuenta la consideración integral del centro. Los centros deberán presentar una planificación estratégica sin olvidar la rendición de cuentas • El Proyecto Educativo de calidad supondrá: la especialización curricular, la excelencia, la formación docente, la mejora del rendimiento escolar, la atención al alumnado con necesidad específica, o la aportación de recursos a plataformas digitales V.II: autonomía de los centros LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros El director tendrá autonomía para adaptar los recursos humanos, que tendrá las siguientes facultades: a) Establecer requisitos y méritos para los puestos ofertados para funcionarios e interinos. b) Rechazar la incorporación de interinos de listas centralizadas. c) Si el puesto está vacante prorrogar la comisión de servicios del funcionario que ocupa el puesto de forma provisional o del funcionario interino, sujetos a la continuidad del proyecto y a la evaluación positiva Al personal afecto a la ejecución de acciones de calidad con valoración positiva se les le reconocerá tanto en la provisión de puestos como a efectos de carrera profesional LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros V.II: autonomía de los centros Acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes Se promoverán acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes, mediante el refuerzo de su autonomía y la potenciación de la función directiva. Las acciones de calidad educativa partirán de una consideración integral del centro, que podrá tomar como referencia modelos de gestión reconocidos en el ámbito europeo, y habrán de contener la totalidad de las herramientas necesarias para la realización de un proyecto educativo de calidad. A tal fin, los centros docentes deberán presentar una planificación estratégica que deberá incluir los objetivos perseguidos, los resultados a obtener, la gestión a desarrollar con las correspondientes medidas para lograr los resultados esperados, así como el marco temporal y la programación de actividades. Para la realización de las acciones de calidad, el director del centro dispondrá de autonomía para adaptar, durante el período de realización de estas acciones, los recursos humanos a las necesidades derivadas de los mismos. PGA V.II: autonomía de los centros LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros Actividades Derechos y deberes de los alumnos Medidas correctoras Actuaciones para la resolución pacífica de conflictos • Prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación Normas de obligado cumplimiento Medidas correctoras de carácter educativo y reeducador • falta muy grave a las conductas que atenten a la dignidad, la discriminación, el acoso y llevarán asociada la medida correctora de expulsión temporal o definitiva Equipo directivo y los profesores son considerados autoridad pública • • • • PLAN DE CONVIVENCIA • • • LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros V.III: órganos colegiados Consejo Escolar . Composición: •Presidente, el director del centro •Jefe de Estudios •Un representante del Ayuntamiento •El número de profesores no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del consejo, elegidos por el Claustro y en su representación •Un número de padres y alumnos que no podrá ser inferior a un tercio del total •Un representante del Personal de Administración y Servicios •El secretario del centro con voz y sin voto PRESIDENTE: DIRECTOR DEL CENTRO JEFE DE ESTUDIOS REPRESENTANTE AYUNTAMIENTO PAS PROFESORES PADRES Y ALUMNOS Secretario V.III: participación en el funcionamiento y gobierno de los centros LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros Competencias del Consejo Escolar: •Evaluar los proyectos y normas •Evaluar la PGA •Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección •Participar en la selección del director y ser informado del nombramiento y cese de los miembros del Equipo Directivo. Proponer la revocación del director •Informar sobre la admisión de alumnos •Conocer la resolución de conflictos disciplinarios. Podrá revisar la decisión adoptada y proponer las medidas oportunas •Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, igualdad de trato, la no discriminación, la resolución de conflictos y la prevención de la violencia de género •Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios •Informar las directrices para la colaboración con las administraciones locales, otros centros, entidades y organismos •Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas •Elaborar propuestas e informes, por iniciativa propia o de la administración, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión •Cualesquiera otras atribuidas por la Administración V.IV: dirección de los centros públicos LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros Competencias del director: • Ostentar la representación del centro, representar a la Administración y hacerle llegar a esta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa • Dirigir y coordinar las actividades del centro • Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación e impulsar planes para conseguir los objetivos del PEC • Garantizar el cumplimento de las leyes y disposiciones. • Ejercer la jefatura del personal del centro • Favorecer la convivencia en el centro y garantizar la mediación en la resolución de conflictos e imponer las medidas disciplinarias • Impulsar la colaboración con las familias, instituciones y organismos que faciliten la relación del centro con el entorno y fomentar un buen clima escolar que propicie una formación integral de los alumnos • Impulsar las evaluaciones internas y colaborar en las e. externas y del profesorado V.IV: dirección de los centros públicos LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros Competencias del director • Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro y ejecutar los acuerdos adoptados • Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro • Proponer a la Administración el nombramiento y cese de los miembros del Equipo directivo • Aprobar los proyectos y las normas • Aprobar la PGA • Decidir sobre la admisión de alumnos • Aprobar la obtención de recursos complementarios • Fijar las directrices de colaboración con administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos • Cualesquiera otras encomendadas por la Administración educativa V.IV: dirección de los centros públicos LOMCE TÍTULO V: participación, autonomía y gobierno de los centros Selección del director centros públicos: • La administración convocará concurso de méritos •La selección será realizada por: • una comisión constituida por: •representantes de las administraciones y por (en una proporción mayor del treinta y menor del cincuenta por ciento) representantes del centro. De estos al menos el cincuenta por ciento será del claustro •La selección se basará en la valoración de: • méritos académicos y profesionales • el proyecto y la experiencia • el trabajo previo desarrollado como cargo directivo • la labor docente como profesor • especialmente, la experiencia de trabajo en un equipo directivo •Nombramiento: • período de cuatro años, prorrogables por períodos de igual duración , con valoración positiva en cada período. • Puede la Administración fijar límite máximo de renovaciones de mandatos. LOMCE TÍTULO VI: evaluación del sistema educativo VI: evaluación del sistema educativo Finalidad • • • Mejora de la calidad y la equidad Orientar las políticas educativas Transparencia y eficacia del sistema educativo A QUIÉN A todos los ámbitos QUIÉN El Instituto Nacional de Evaluación ÁMBITO CENTROS FUNCIÓN DIRECTIVA ALUMNADO: EVALUACIONES INDIVIDUALIZADAS • • • Cumplimiento de los objetivos de mejora Consecución de objetivos educativos Cumplimiento de compromisos educativos (Unión Europea) QUIÉN COLABORA Colaborarán los equipos directivos y el resto del profesorado CUÁNDO Existirán Planes plurianuales de Evaluación General CARACATERÍSTICAS • • Plan de evaluación de centros educativos. Autoevaluación. • Plan para la evaluación de la función directiva • • • • CRITERIOS Se creará un sistema Estatal de indicadores de evaluación Comunes para el conjunto del Estado Estandarizadas: Valoraciones precisas Comparaciones equitativas Aplicadas y calificadas por profesorado externo al centro Posibilidad de evaluaciones de diagnóstico TÍTULO VII: inspección del sistema educativo Competencias: Funciones: • • • • • • • • • • • Comprobar los requisitos del Estado en la ordenación del sistema educativo Comprobar la inclusión de los aspectos básicos del currículo Velar por las condiciones de obtención de Títulos Garantizar la igualdad, los derechos y los deberes Verificar las subvenciones y las becas Consideración de autoridad pública VII.II: inspección educativa VII.I: alta inspección LOMCE • • • • Supervisar y controlar el funcionamiento de los centros Supervisar la práctica docente Supervisar la función directiva Participar en la evaluación de los centros educativos Velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos, etc Velar por el cumplimiento de principios y valores Asesorar, orientar e informar sobre derechos y obligaciones Emitir informes Cualquier otra atribuida por la Administración educativa Atribuciones: • • • • • Conocer las actividades que se realizan en los centros Libre acceso a los centros educativos Examinar y comprobar la documentación académica, pedagógica y administrativa Recibir la colaboración del personal Consideración de Autoridad Pública LOMCE TÍTULO VIII: recursos económicos VIII: recursos económicos Recursos económicos • Se garantizan los recursos económicos necesarios para cumplir los objetivos previstos • Plan de incremento del gasto público en educación (10 años) • Recursos suficientes para garantizar: • Ratio máxima de 25 alumnos en educación primaria • Ratio máxima de 30 alumnos en educación secundaria • Plan de Fomento de la Lectura • Programa de refuerzo y apoyo y mejora del aprendizaje y del rendimiento • Programa de refuerzo en lenguas extranjeras • Atención a la diversidad • Programa de refuerzo en TIC • Medidas de apoyo al profesorado • Orientación educativa y psicopedagógica LOMCE Desarrollo de la LOMCE Real Decreto de Educación Primaria CIENCIAS DE LA NATURALEZA Desarrollo de la Ley CONTENIDOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE EVALUABLES BLOQUE 1. INICIACIÓN A LA ACTIVIDAD CIENTÍFICA Iniciación a la actividad científica. Aproximación experimental a algunas cuestiones. Utilización de diferentes fuentes de información (directas, libros). Lectura de textos propios del área. Utilización de las tecnologías de la información y comunicación para buscar y seleccionar información, simular procesos y presentar conclusiones. Hábitos de prevención de enfermedades y accidentes, en el aula y en el centro. Utilización de diversos materiales, teniendo en cuenta las normas de seguridad. Trabajo individual y en grupo. Técnicas de estudio y trabajo. Desarrollo de hábitos de trabajo. Esfuerzo y responsabilidad. Planificación de proyectos y presentación de informes. 1. Obtener información relevante sobre hechos o fenómenos previamente delimitados, haciendo predicciones sobre sucesos naturales, integrando datos de observación directa e indirecta a partir de la consulta de fuentes directa e indirectas y comunicando los resultados. 2. Establecer conjeturas tanto respecto de sucesos que ocurren de una forma natural como sobre los que ocurren cuando se provocan, a través de un experimento o una experiencia. 3. Comunicar de forma oral y escrita los resultados obtenidos tras la realización de diversas experiencias. 4. Trabajar de forma cooperativa, apreciando el cuidado por la seguridad propia y de sus compañeros, cuidando las herramientas y haciendo uso adecuado de los materiales. 5. Realizar proyectos y presentar informes. 1.1. Busca, selecciona y organiza información concreta y relevante, la analiza, obtiene conclusiones, comunica su experiencia, reflexiona acerca del proceso seguido y lo comunica oralmente y por escrito. 1.2. Utiliza medios propios de la observación. 1.3. Consulta y utiliza documentos escritos, imágenes y gráficos. 1.4. Desarrolla estrategias adecuadas para acceder a la información de los textos de carácter científico. 2.1. Manifiesta autonomía en la planificación y ejecución de acciones y tareas y tiene iniciativa en la toma de decisiones. 3.1. Utiliza, de manera adecuada, el vocabulario correspondiente a cada uno de los bloques de contenidos. 3.2. Expone oralmente de forma clara y ordenada contenidos relacionados con el área manifestando la compresión de textos orales y/o escritos. 4.1. Usa de forma autónoma el tratamiento de textos (ajuste de página, inserción de ilustraciones o notas, etc.). 4.2. Hace un uso adecuado de las tecnologías de la información y la comunicación como recursos de ocio. 4.3. Conoce y utiliza las medidas de protección y seguridad personal que debe utilizar en el uso de las Tecnologías de la información y la Comunicación. 4.4. Presenta los trabajos de manera ordenada, clara y limpia, en soporte papel y digital. 4.5. Utiliza estrategias para realizar trabajos de forma individual y en equipo, mostrando habilidades para LOMCE Desarrollo de la LOMCE Desarrollo de la Ley 14 títulos de FP Básica del R. D. 127/2014 1.º Anexo I: Título Profesional Básico en Servicios Administrativos. 2.º Anexo II: Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica. 3.º Anexo III: Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje. 4.º Anexo IV: Título Profesional Básico en Informática y Comunicaciones. 5.º Anexo V: Título Profesional Básico en Cocina y Restauración. 6.º Anexo VI: Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos. 7.º Anexo VII: Título Profesional Básico en Agrojardinería y Composiciones Florales. 8.º Anexo VIII: Título Profesional Básico en Peluquería y Estética. 9.º Anexo IX: Título Profesional Básico en Servicios Comerciales. 10.º Anexo X: Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble. 11.º Anexo XI: Título Profesional Básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios. 12.º Anexo XII: Título Profesional Básico en Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel. 13.º Anexo XIII: Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje. 14.º Anexo XIV: Título Profesional Básico en Vidriería y Alfarería. 7 títulos de FP Básica del R. D. 356/2014 1.º Anexo I: Título Profesional Básico en Actividades Agropecuarias. 2.º Anexo II: Título Profesional Básico en Aprovechamientos Forestales. 3.º Anexo III: Título Profesional Básico en Artes Gráficas. 4.º Anexo IV: Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería. 5.º Anexo V: Título Profesional Básico en Industrias Alimentarias. 6.º Anexo VI: Título Profesional Básico en Actividades MarítimoPesqueras. 7.º Anexo VII: Título Profesional Básico en Informática de Oficina. LOMCE LOMCE A modo de conclusión Esta ley es, como todas las leyes educativas anteriores, una oportunidad para la mejora del sistema educativo
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