MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUTO DE

DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
MANUAL DE CONVIVENCIA
INSTITUTO DE CAPACITACIÓN NUESTRA
SEÑORA DE FÁTIMA LTDA
INFA
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
Versión No. 7
01 de Junio del 2.015
1
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
TABLA DE CONTENIDO
TITULO I: MARCO JURÍDICO Y/O LEGAL
Presentación del Manual de Convivencia del INFA – Resolución No.
Introducción
Definición del Manual de Convivencia Institucional
Parágrafo: Conformación Comunidad Educativa
Justificación del Manual de Convivencia del INFA
Marco Normativo del Manual de Convivencia del INFA
CAPÍTULO I. Generalidades
Artículo 1. Naturaleza Jurídica
Artículo 2. Misión
Artículo 3. Visión
Artículo 4. Principios y Valores Institucionales
Artículo 5. Política de Calidad
Artículo 6. Objetivos de Calidad
Artículo 7. Filosofía Educativa
Artículo 8. Identidad Institucional (Balada)
TITULO II: DEBIDOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y/O FINANCIEROS
CAPÍTULO II. Inscripción, Solicitud y Requisitos de Ingreso, Selección,
Admisión y Matricula para Aspirantes y Estudiantes del INFA
Artículo 9. Inscripción
Parágrafo: Aceptación del Manual de Convivencia por parte del Aspirante inscrito
autorizado a iniciar clases
Artículo 10. Solicitud de Ingreso
Parágrafo: Reserva derecho de admisión y solicitud de requisitos de ingreso para
cualquier sede del INFA
Artículo 11. Requisitos de Ingreso
Parágrafo: Requisitos de ingreso Institución de Educación para el Trabajo – Decreto
4904/2009
Artículo 12. Selección
Artículo 13. Admisión
Parágrafo: Cumplimiento requisitos prácticas formativas
Artículo 14. Matrícula
Parágrafo 1: Entrega carnet estudiantil
Parágrafo 2: El Instituto Fátima no reintegra el valor de la matricula e ingresar en un
tiempo no mayor a tres (3) meses conserva el valor de la matricula
CAPÍTULO III. De la Solicitud de Reingreso
Artículo 15. Reingreso
Parágrafo 1: Reingreso de estudiantes de la jornada de los sábados
Parágrafo 2: Tiempo máximo para exonerar del pago de una nueva matricula
Parágrafo 3: Tiempo para iniciar programa nuevamente desde el principio
Parágrafo 4: Excepciones en el trámite de reingreso
Parágrafo 5: Bienvenida de reingreso y firma de los contratos
Número
de Página
8
9
10
11
11
12
13
14
14
14
14
14
14
15
15
15
16
17
17
17
17
17
17
17
18
18
18
18
18
18
19
19
19
19
19
19
19
2
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPÍTULO IV. De las Transferencias de otras Escuelas, Transferencia Interna
y Complementación o Validación de la Experiencia
Artículo 16. Transferencias de otras escuelas o entidades educativas
Parágrafo: Elaboración de informe de retiro de un estudiante para otra institución y/o
sede del INFA
Artículo 17. De la transferencia interna
Artículo 18. Complementación o validación de la experiencia
CAPÍTULO V. Del Valor de la Inversión del Calendario Académico y los
Componentes del Programa
Artículo 19. Del valor de la inversión
Parágrafo 1: Fecha de pago mensualidad y matricula
Parágrafo 2: Casos en que se paga interés por retraso en el pago de la mensualidad
y/o matricula
Parágrafo 3: Presentación en el INFA del recibo de pago de la mensualidad y/o
matricula con el sello y timbre del banco
Artículo 20. Del calendario académico
Parágrafo: Programación de clases teóricas y/o prácticas formativas
Artículo 21. Componentes del programa
CAPÍTULO VI. Estudiantes en Programas Regulares y Estudiantes en
Programas de Educación Informal
Artículo 22. Estudiantes en programas regulares
Artículo 23. Estudiantes en programas de educación informal
CAPÍTULO VII. De las Constancias de Estudio
Artículo 24. Constancias de estudio
CAPITULO VIII. Becas
Artículo 25. Becas
Parágrafo 1: Estudio previo para la adjudicación de descuentos
Parágrafo 2: Perdida del privilegio de la beca
Parágrafo 3: Las becas aplican solo para los costos de mensualidades
CAPITULO IX. Derechos y Deberes del INFA
Artículo 26. Derechos
Parágrafo: Reserva del derecho de contratación del personal
Artículo 27. Deberes
TÍTULO III. DEL DESARROLLO ACADÉMICO Y SUS DEBIDOS PROCESOS
CAPITULO X. Del Desarrollo Académico
Parágrafo: Acompañamiento prácticas formativas
CAPITULO XI. Criterios de Evaluación
Artículo 28. Criterios de evaluación
Parágrafo 1: Elaboración de evidencias
Parágrafo 2: Presentación de evidencias
Parágrafo 3: De los aun no cumple de una evidencia con un valor menor del 50% del
total de las preguntas
Parágrafo 4: De los aun no cumple de una evidencia con un valor igual o mayor del
50% del total de las preguntas
Parágrafo 5: Evidencias de aprendizaje
Parágrafo 6: Registro y entrega de evidencias
CAPITULO XII. Escala de Valoración
20
20
20
20
20
21
21
21
21
21
21
21 y 22
22
23
23
23
24
24
25
25
25
25
25
26
26
26
26 y 27
28
29
29
30
30
30
30
30
30
31
31
32
3
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
Artículo 29. Escala de valoración
Parágrafo: De los reclamos sobre valoraciones académicas
CAPITULO XIII. Criterios de Promoción
Artículo 30. Criterios de promoción
Parágrafo: Notas aclaratorias record académico, libro evaluador de prácticas
formativas y estrategias de promoción
CAPITULO XIV. Plan de Mejoramiento Académico
Artículo 31. Plan de mejoramiento académico
Artículo 32. Debido proceso para la realización de un plan de mejoramiento
académico
Parágrafo 1: Justificación inasistencia a un plan de mejoramiento académico
Parágrafo 2: Actores que intervienen en un plan de mejoramiento académico
Artículo 33. Tutoría preventiva
Artículo 34. Espacio programado de estudio personalizado
CAPITULO XV. Del Certificado de Aptitud Ocupacional
Artículo 35. Certificado de aptitud ocupacional
Parágrafo: No autorizada la certificación por ventanilla
CAPITULO XVI. De las Inasistencias al Periodo Lectivo: Fase Teórica y/o
Práctica Formativa
Artículo 36. Inasistencias a la fase teórica
Parágrafo 1: De los talleres prácticos formativos intramurales
Parágrafo 2: Inasistencias generadas por cartera morosa
Artículo 37. Inasistencia a la práctica formativa
Parágrafo 1: Excepción de la permisividad
Parágrafo 2: Debido proceso al presentar inasistencias
Parágrafo 3: Repetición de una norma de competencia y/o elemento
Parágrafo 4: Por incumplimiento de requisitos no se programa teoría y/o práctica
formativa
Parágrafo 5: De las prácticas formativas intramurales en el aula didáctica de salud
oral
CAPITULO XVII. Estímulo y/o Reconocimientos para el Estudiante
Artículo 38. Estímulos y/o reconocimientos para el estudiante
TITULO IV. DEL DESARROLLO ACTITUDINAL: REGIMEN DISCIPLINARIO Y
SUS DEBIDOS PROCESOS
CAPITULO XVIII. Perfil del Estudiante
Artículo 39. Perfil del estudiante
CAPITULO XIX. Derechos del Estudiante del INFA
Artículo 40. Derechos
Parágrafo: Comunidad LBGTI
CAPITULO XX. Deberes del Estudiante del INFA
Artículo 41. Deberes sociales y culturales
Artículo 42. Deberes sobre exactitud
Artículo 43. Deberes sobre orden y armonía
Artículo 44. Deberes académicos
Artículo 45. Deberes sobre presentación personal
Parágrafo 1: Orden y respeto al portar el uniforme en diversos lugares
32
32
33
33
33
34
34
34
34 y 35
35
35
35
36
36
36
37
37
37
37
37
37
38
38
38
38
39
39
40
41
41
42
42 y 43
43
44
44 y 45
45 y 46
46 y 47
47 y 48
48,48 y 50
50
4
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
Parágrafo 2: Estampado y logo del INFA son marca registrada
Artículo 46. Deberes del representante de grupo
Parágrafo final del Capítulo XX: Incumplimiento a cualquiera de los deberes
CAPITULO XXI. De las Irregularidades Disciplinarias: Faltas Leves y/o Graves
Artículo 47. Falta leve
Artículo 48. Falta grave
Artículo 49. Faltas graves clasificadas como complejas y/o correspondientes a
conductas punibles, las cuales serán tratadas por el comité académico (Convivencia
Estudiantil)
Parágrafo: Faltas graves punibles serán informadas a la autoridad competente
Artículo 50. Ruta de Atención Integral para la Convivencia Estudiantil del INFA (Ley
1620 del 15 de Marzo de 2013) y Debido Proceso ante Faltas Leves y/o Graves
cometidas por el Estudiante del INFA
1) Justificación
2) Definiciones:
 Ruta de atención integral para la convivencia estudiantil
 Acoso estudiantil o Bullying
 Ciberbullyig o ciberacoso estudiantil
3) Responsables
4) Componentes: Promoción, Prevención, Atención y Seguimiento:
4.1) Promoción
4.2) Prevención
4.2.1) Modelos de interacción
4.3) Atención
4.3.1) Debido proceso ante faltas leves y/o graves
4.3.1.1) Debido proceso faltas leves
Parágrafo 1: Debido proceso que debe seguir la coordinación académica
Parágrafo 2: Procedimiento para que un funcionario administrativo remita un
estudiante
Parágrafo 3: Para las faltas graves no aplica el debido proceso para faltas leves
4.3.1.2) Actividades Formativas, de Crecimiento y Fortalecimiento Humano y/o
Psico-Educativas:
1) Espacios de Conciliación y Reparación Simbólica
1.1) Etapas del encuentro de conciliación y reparación simbólica
2) Apoyo y Orientación Emocional y Psicológica Básica e Inicial
3) Plan de Mejoramiento Actitudinal
4) Prestación de Servicios a la Comunidad
Parágrafo: Estudiante menor de edad presta servicios a la comunidad al interior del
INFA
5) Charlas y/o Sensibilizaciones a la Comunidad Educativa
Parágrafo 1: No es necesario seguir orden secuencial en actividades formativas
Parágrafo 2: Actividades formativas serán aplicadas tanto en las faltas leves y/o
graves
Parágrafo 3: Las actividades formativas se pueden llevar a cabo a nivel individual
y/o grupal.
4.3.1.3) Debido proceso faltas graves
4.3.1.4) Sanciones Disciplinarias:
50
50 y 51
51
52
52 y 53
53,54 y 55
55
55 y 56
56
56
56
56
56
57
57
57 y 58
58
58
59
59
60
60
60
60
60 y 61
62
62
62 y 63
63
63
63
63
63
63,64,65y66
66
5
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
1) Imposición de Reglas de Conducta
2) Llamado de Atención por Escrito con copia a la Carpeta Institucional del
Estudiante
3) Suspensión Temporal de los Estudios en la Fase Teórica y/o en la Fase de
Práctica Formativa
Parágrafo: Estudiantes con dificultades de salud física y/o mental serán remitidos a
su EPS
4) Matricula Sujeta a Control
Parágrafo: La matrícula sujeta a control debe estar precedida del debido proceso
5) Perdida de la Calidad del Estudiante del INFA
6) Perdida de la beca y/o descuentos otorgados por el INFA
Parágrafo: No se reintegra dinero a quien pierda la calidad de estudiante del INFA
4.3.1.4.1) Parágrafos Finales Sanciones Disciplinarias:
Parágrafo 1: No es necesario seguir orden secuencial para las sanciones
disciplinarias
Parágrafo 2: No se impondrá sanciones que conlleven a maltrato físico y/o
psicológico
Parágrafo 3: Las sanciones disciplinarias pueden ser a nivel individual y/o grupal
Parágrafo 4: Ninguna situación de sanción disciplinaria generará reintegro del dinero
4.4) Seguimiento
Parágrafo Final Capítulo XXI: Comité Académico (Convivencia Estudiantil):
1) Integrantes del Comité Académico (Convivencia Estudiantil)
Parágrafo: Invitación de miembros de la comunidad educativa al comité
2) Funciones del comité académico (Convivencia Estudiantil)
CAPITULO XXII. Derechos y Deberes de los Padres de Familia
Artículo 51. Derechos
Artículo 52. Deberes
Artículo 53. Debido proceso incumplimiento deberes padres de familia
CAPITULO XXIII. Acuerdo de Voluntades entre el INFA y el Asesor Educativo –
Convenio de Prestación de Servicios Profesionales
Artículo 54. Convenio de prestación de servicios profesionales regulado por el código
civil y comercial
Parágrafo: Para mayor ampliación del convenio remitirse a dicho documento
CAPITULO XXIV. Derechos, Deberes y Obligaciones de los Egresados del INFA
Artículo 55. Derechos
Artículo 56. Deberes
Artículo 57. Debido proceso incumplimiento deberes de los egresados
CAPITULO XXV. Del Trabajador del INFA
Artículo 58. Requisitos de ingreso
Artículo 59. Perfil del trabajador que labora en INFA
Artículo 60. Derechos
Artículo 61. Deberes
Artículo 62. Correctivos para el trabajador del INFA
Parágrafo: Debido proceso incumplimiento deberes del trabajador
Artículo 63. Estímulos y/o reconocimientos para el trabajador
Artículo 64. De las mediciones Institucionales
CAPITULO XXVI. Del Gobierno Institucional
66
66
66 y 67
67
67
68
68
68
68
68
68
68
68
68
68 y 69
69
69
69
69 y 70
71
71
71 y 72
72
73
73
73
74
74
74
75
76
76
76
76
77
77
77
77
78
79
6
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
Artículo 65. Gobierno Institucional y Administración de la Institución
Parágrafo: Consultar cargos, perfiles, responsabilidades y dependencia jerárquica
en el Manual de Perfiles y Requerimientos del Cargo
CAPITULO XXVII. Reformas al Manual de Convivencia
Artículo 66. De las reformas
CAPITULO XXVIII. Disposiciones Finales y Complementarias
Artículo 67. Procedimiento para la comunicación formal
Artículo 68. Derogación, reestructuración y disposiciones finales manual de
convivencia
ANEXO 1. APLICA PARA LOS ESTUDIANTES DEL DIPLOMADO DE VISITA
MÉDICA
1) Presentación personal
Parágrafo: Presentación personal caballeros en taller de ventas y/o simulaciones
2) De las inasistencias a clase:
 Tabla de permisividad sábados
 Tabla de permisividad nocturna
3) De la recuperación de las inasistencias a clases
Parágrafo: Debido proceso faltas leves y/o graves
79
79
80
80
81
81
81
82
82
82
82
83
83
83
83
7
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
TITULO I
MARCO JURÍDICO Y/O LEGAL
8
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN
NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA LTDA – INFA
Armonizado con la Ley General de Educación 115 de 1.994 y la Ley 1098 de 2.006 Código de la
Infancia y la Adolescencia.
RESOLUCIÓN 077 del 20 Mayo del 2.015
El Consejo Directivo del Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA - INFA Sede
Principal Sur Champagnat, en uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO:
• Que la Constitución Política de Colombia de 1.991 en su artículo 67 ampara el derecho a la educación y a la
participación en la dirección de las Instituciones Educativas y en su artículo 68 establece que los particulares
podrán fundar establecimientos educativos.
• Que la ley 115 de 1.994 en sus artículos 73 y 87, exige y establece para toda Institución Educativa un Manual
de Convivencia donde se establezcan los derechos, deberes y obligaciones de los estudiantes, así como las
faltas leves, graves y sus debidos procesos, y que direccione y responda a las necesidades de la Comunidad
Educativa.
• Que el decreto 1860 de 1.994 reglamenta parcialmente la ley 115 de 1.994, en los aspectos pedagógicos y
organizativos generales y en sus artículos 14 y 17, establece los parámetros del Manual de Convivencia y
demás normas que la adicionen, modifiquen, sustituyan, etc. E igualmente con el soporte de jurisprudencia
expedida por las altas cortes, sobre el tema o asunto central del presente Manual de Convivencia.
• Que la ley 1098 de 2.006, en sus artículos 42 a 45, establece la inclusión en el Manual de Convivencia de lo
ordenado en esas normas, el Instituto Fátima cumpliendo con las mismas, decide elaborar, organizar y adecuar
dicho Manual.
Por lo anterior, el Consejo Directivo del INFA RESUELVE Y DECRETA:
1.
2.
3.
4.
Elaborar, revisar, actualizar, armonizar, ajustar y aprobar el presente Manual de Convivencia para
garantizar el buen desarrollo de la vida y/o actividad académica, social (convivencia), actitudinal
(disciplinaria), moral, administrativa y financiera de los estudiantes y de la Comunidad Educativa del
Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima Ltda - INFA Sede Principal Sur Champagnat.
Dar cumplimiento a lo establecido en el Capítulo II, Literal 2.7 del Decreto 4904 del 2009, que refiere
que las Instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano establecerán y adoptaran
al interior de la Institución un Manual de Convivencia.
Armonizar este Manual de Convivencia para que sus estudiantes y su Comunidad Educativa cumplan
con lo establecido en el Capítulo III, Literal 3.4 del Decreto 4904 del 2009, que refiere que son requisitos
para el ingreso a los diferentes programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano los que
señale cada institución de acuerdo con el programa que va a desarrollar y el perfil ocupacional de
egreso. En el Instituto Fátima se establecen requisitos tales como, Inscripción, Ingreso, Selección,
Admisión, Matricula, Perfil y Deberes del Estudiante, Inasistencias al Periodo Lectivo y/o Práctica
Formativa y todos los establecidos en este Manual de Convivencia.
Dar a conocer el presente Manual de Convivencia y la Cultura Institucional del INFA a los estudiantes
y a los miembros de la Comunidad Educativa del Instituto Fátima para su conocimiento, comprensión,
interiorización, respeto y cumplimiento.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE:
Dr. ADOLFO SANCHEZ CASTRO
REPRESENTANTE LEGAL Y PRESIDENTE CONSEJO DIRECTIVO
Santiago de Cali, 01 de Junio del 2.015
9
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
INTRODUCCIÓN
El presente Manual de Convivencia elaborado, actualizado y revisado por el Consejo Directivo,
Comité Académico (Convivencia Estudiantil), Coordinación Académica y de Consejería Estudiantil,
Asesores Educativos, los Representantes Estudiantiles y aprobado por el Consejo Directivo del
INFA, muestra el espíritu Institucional conducente a formar ciudadanos(as) para mejorar su calidad
de vida mediante la formación por Competencias Laborales, esto para su posterior vinculación al
Sector Productivo. Lo anterior, mediante el fortalecimiento de la dimensión del SABER, HACER y
SER (Perfil Actitudinal), este último referente a las normas de comportamiento y modelos de
actuación asertivos que debe interiorizar, aplicar y actuar el Auxiliar en Salud en diversos contextos,
resaltando entre ellos, el contexto de la salud. Esto con el fin de proyectarse, de recibir una formación
continua y de brindar una atención apropiada al paciente. Lo anterior se argumenta partiendo de
lo establecido en el Artículo 1º de la Ley 115 de 1.994 que refiere que la Educación es un proceso
de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral
de la persona humana.
10
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
DEFINICIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL DEL INFA
El Manual de Convivencia del INFA es el marco normativo en el Instituto de Capacitación Nuestra
Señora de Fátima, en él se sustenta su Espíritu Institucional, y entiéndase por espíritu su Cultura, es
decir, como Piensa, Siente, Habla y Actúa el Instituto Fátima y su Comunidad. En el Manual de
Convivencia se plantea y establece que es lo permitido, lo obligatorio, lo prohibido y lo sancionable
al interior del Instituto, en los escenarios para prácticas formativas y en la interacción entre los
miembros de su Comunidad, esto quiere decir, que el Manual de Convivencia es el mediador en las
relaciones interpersonales en la Comunidad Educativa del INFA, esto con el fin, de garantizar y
promover la convivencia pacífica, respetuosa, incluyente e impulsadora del desarrollo humano de
todos sus miembros.
Por otra parte, el Manual de Convivencia del INFA es un documento con debidos procesos
organizados y establecidos, una guía, un apoyo que permite atender y resolver las situaciones de
índole académicas, financieras, administrativas y actitudinal (Comportamiento, Disciplina y
Convivencia), que se presenten en la Comunidad Educativa y con la Cultura Institucional del INFA
dentro y/o fuera del Instituto, mientras se porte el uniforme institucional del INFA y/o mientras se es
estudiante activo (matriculado) del Instituto. Se entiende por Cultura Institucional del INFA: primero,
cómo piensa, siente, habla y actúa el INFA, y segundo, a la construcción de la realidad, de la
cotidianidad, de la filosofía Educativa, Institucional y Corporativa a nivel académico, financiero,
administrativo y actitudinal al interior del Instituto, en los Escenarios para Prácticas Formativas y
mientras se porte el uniforme del INFA.
PARÁGRAFO: Conformación de la Comunidad Educativa del INFA. Dando cumplimiento al
Artículo 18, establecido en el Decreto 1860 de 1.994, en el INFA la Comunidad Educativa está
conformada por:






Los estudiantes que se han matriculado.
Los padres y madres de familia, acudientes o en su defecto, los responsables de la
educación de los estudiantes matriculados.
Los Asesores Educativos.
Los Directivos y Coordinadores del INFA.
Los Egresados del INFA en los diferentes programas de formación para el Trabajo y el
Desarrollo Humano.
Los Escenarios para Prácticas Formativas.
11
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
JUSTIFICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
Partiendo de la base que el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima es una institución
de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (Decreto 4904 del 2.009), ha organizado y
adaptado gran parte de este Manual de Convivencia, de manera tal, que dé cumplimiento a los
diversos Marcos Normativos en Educación y a lo establecido en la Ley 115 de 1.994. Lo anterior es
debido a que dicha Ley, fue elaborada para los estudiantes (niñas, niños y adolescentes), de los
niveles educativos de preescolar, básica y media.
También es necesario en aras de crear y sostener una convivencia pacífica y sana, analizar, atender,
mejorar, resolver, cambiar y/o fortalecer las situaciones acaecidas en la Comunidad Educativa y en
la Cultura Institucional del INFA, esto debido a la dinámica del funcionamiento de una Institución que
ofrece servicios de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano. Como lo establece el Decreto
4904 del 2009, se entiende por Institución de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano,
toda institución de carácter estatal o privada organizada para ofrecer y desarrollar programas de
formación laboral o de formación académica de acuerdo con lo establecido en la Ley 115 de 1.994,
la cual conduce a la obtención de certificados de aptitud ocupacional. La Educación para el Trabajo
y el Desarrollo Humano promueve la formación en la práctica del trabajo mediante el desarrollo de
conocimientos técnicos, habilidades y la participación ciudadana y comunitaria para el desarrollo de
competencias laborales específicas.
12
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
MARCO NORMATIVO DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
El Manual de Convivencia del INFA es elaborado, adaptado, armonizado, actualizado, revisado y
aprobado cumpliendo y apoyándose en los siguientes Marcos Normativos:
1) Marco Jurídico-Legal:














Declaración Universal de los Derechos Humanos (10/Diciembre/1.948).
Constitución Política de Colombia (04/Julio/1.991).
Ley General de Educación 115 del (08/Febrero/1.994) y demás normas que la hayan
complementado, sustituido, adicionado, derogado, incluyendo la jurisprudencia emitida por
las altas cortes.
Decreto 1860 Aspectos Generales Pedagógicos y Organizativos de la Ley 115
(03/Agosto/1.994).
Ley 599 (24/Julio/2.000) y Ley 906 Código Penal Colombiano (31/Agosto/2.004).
Decreto 1286 Participación Padres Familia Procesos Educativos (27/Abril/2.005).
Decreto 2020 Sistema Calidad Formación para el Trabajo (16/Junio/2.006).
Ley 1064 Apoyo y Fortalecimiento IETDH (26/Julio/2.006).
Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia (08/Noviembre/2.006).
Ley 1164 Disposiciones Talento Humano en Salud (03/Octubre/2.007).
Decreto 4904 Organización y Funcionamiento IETDH (16/Diciembre/2.009).
Decreto 2376 (01/Julio/2.010) y Acuerdo 0153 (30/Octubre/2.012) Relación Docencia
Servicio para los Programas de Formación de Talento Humano en Áreas de la Salud.
Ley 1616 Salud Mental (21/Enero/2.013).
Ley 1620 Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos
Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia
Escolar (15/Marzo/2.013).
Nota: IETDH es la sigla para Instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano.
2) Marco Cultura Institucional del INFA:


Las experiencias, vivencias, interacciones que se presentan entre sus estudiantes, sus
miembros y con toda la Comunidad Educativa.
Situaciones presentadas por los estudiantes y los miembros de la Comunidad Educativa en
lo referente al incumplimiento de sus derechos, deberes, requisitos u obligaciones acordadas
con el INFA.
13
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO I
GENERALIDADES
ARTÍCULO 1. NATURALEZA JURÍDICA. Crease el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de
Fátima Ltda mediante escritura pública 640 de febrero 21 de 1.990, en la Notaria 9 del círculo de
Santiago de Cali, a quien la Secretaría de Educación Municipal de Santiago de Cali, le otorgó
Licencia de Funcionamiento No. 4143.2.21.9295 del 30 de Octubre del 2009 de Naturaleza Privada.
Cabe recordar que es muy cierto que el INFA es una Institución Educativa con gran sentido humano,
que entiende la educación como un servicio público, pero también es una Empresa Privada, y como
tal, cuenta con estrategias de negocio que le permiten generar ingresos económicos que facilitan el
sostenimiento de la Institución. Como se establece en el Proyecto Educativo Institucional – PEI, el
Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA es una Institución de Educación para el
Trabajo y el Desarrollo Humano de carácter privado, la cual, está conformada con una personería
jurídica con ánimo de lucro.
ARTÍCULO 2. MISIÓN. Somos una Institución de educación para el trabajo y el desarrollo humano,
que mediante la prestación de servicios educativos capacitamos y formamos personal técnico laboral
por competencias, contamos con un talento humano capacitado y comprometido con la satisfacción
y cumplimiento de los requisitos de quienes proyectan su futuro educativo y ocupacional.
ARTÍCULO 3. VISIÓN. En el año 2.017 seremos la institución de prestación de servicios educativos
con énfasis en la escuela sin papel apoyados en una plataforma virtual que nos permita ampliar los
mecanismos de comunicación con nuestros clientes.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES. Existen como base de equidad y
justicia que se deben tener en cuenta al momento de tomar una decisión de carácter académico,
administrativo (financiero), actitudinal (disciplinario, convivencia).
PRINCIPIOS INSTITUCIONALES:
1.
2.
3.
4.
Urbanidad. Nos insta a dirigirnos en los términos de la amabilidad y cordialidad.
Pertinencia. Permite reflexionar sobre si el asunto que tratamos es pertinente o no.
Comunicación. Ayuda a escuchar y expresarnos con asertividad.
Respeto. Es necesario para considerar los deberes y derechos compartidos (los nuestros y
de los demás).
5. Veracidad. Garantiza la certeza y realidad del asunto que estamos tratando.
6. Orden. Permite disponer de la información, pruebas, documentación para discernir los
asuntos.
VALORES INSTITUCIONALES.
1.
2.
3.
4.
5.
VOCACIÓN: Como fortaleza de nuestras acciones.
DEDICACION: Para el cumplimiento de nuestra misión.
AMOR: Como filosofía de vida.
COMPROMISO: Para responder a los fundamentos educativos.
HUMANIDAD: Como base fundamental para facilitar procesos.
ARTICULO 5. POLITICA DE CALIDAD.
En el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima estamos comprometidos a formar personal
por competencias, buscando la completa satisfacción del cliente mediante óptimos convenios de
docencia-servicio y un equipo humano capacitado y comprometido con la mejora continua en los
procesos y servicios de la institución.
14
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
ARTICULO 6. OBJETIVOS DE CALIDAD
1. Garantizar la satisfacción de nuestros clientes a través de la oferta y desarrollo de programas
que cumplan con los requerimientos gubernamentales vigentes.
2. Mejorar las competencias del talento humano de INFA mediante la promoción y ejecución
de programas de educación permanente para optimizar la prestación de los servicios
institucionales.
3. Mantener los convenios docencia-servicio e interinstitucionales acorde a las exigencias
requeridas para el perfil del egresado.
4. Propender por el mejoramiento continuo de los procesos para el mantenimiento de nuestro
sistema de gestión de calidad.
5. Garantizar la adquisición y disposición de los recursos necesarios y la infraestructura
adecuada para la prestación del servicio educativo.
6. Aumentar la rentabilidad para asegurar la proyección del instituto en mediano y largo plazo.
ARTICULO 7. FILOSOFÍA EDUCATIVA DEL INFA.
Para el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA, la Institución Educativa es el
escenario donde se continúa y se promueve el proceso de formación y transformación humana,
simbolizado en el rol de estudiante y futuro Auxiliar en Salud. En dicho proceso el INFA busca por
medio de sus interacciones con la Comunidad Educativa, enseñar a través del ejemplo, de
experiencias vivenciales y el manual de convivencia modelos de actuación y de vida que promuevan
la convivencia pacífica, el desarrollo humano, la superación personal y a difundir y reproducir este
modelo en los diversos contextos de la sociedad.
ARTICULO 8. IDENTIDAD INSTITUCIONAL (Balada)
CANCION: TÚ PUEDES SER Y CREER EN TI
INFA, siempre presto con éxito y prosperidad
ESTUDIANTES animosos vigilando su caminar
EGRESADOS, orgullosos firmes en su andar
Directivos, administrativos y Asesores Educativos laboriosos con integridad
INFA, contribuye al progreso de la educación
Somos líderes competentes
Con proyección en su visión
Y entusiasmo al guiar los estudiantes
Es nuestro slogan………..INFA por usted. Gestionando Calidad
Coro. Tú puedes ser y creer en ti
Imaginar, acertar, errar para empezar
Pensar, sentir, vivir crear al tropezar
Aprender a hacer con INFA Siii
INFA, siempre presto con éxito y prosperidad.
Entre todos, en equipo, enfocamos la visión.
Entre todos, unidos logramos la misión
Con dedicación, amor, compromiso y seriedad.
El Instituto de Capacitación
Nuestra Señora de Fátima
Valores inculca sin excepción
Con transparencia y amor nos anima vocación.
Es nuestro slogan………..INFA por usted. Gestionando Calidad
Coro. Tú puedes ser y creer en ti
Imaginar, acertar, errar para empezar
Pensar, sentir, vivir crear al tropezar
Aprender a hacer con INFA Siii. Letra: Yadira Escobar. Género: Balada
15
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
TITULO II
DEBIDOS PROCESOS
ADMINISTRATIVOS Y/O FINANCIEROS
16
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO II
DE LA INSCRIPCIÓN, SOLICITUD DE INGRESO, REQUISITOS DE INGRESO, SELECCIÓN,
ADMISIÓN Y MATRICULA PARA ASPIRANTES Y ESTUDIANTES INFA
ARTICULO 9. INSCRIPCIÓN. Es el acto mediante el cual el aspirante separa su cupo pagando el
valor de la inscripción. La inscripción no garantiza el ingreso del aspirante, el valor de la inscripción
no es reembolsable.
PARÁGRAFO: Aceptación del Manual de Convivencia del Aspirante Inscrito y Autorizado a
Iniciar Clases. Si el aspirante ya se inscribió pero aún no se ha matriculado y el INFA le autoriza
asistir a la Bienvenida e iniciar su proceso académico (Asistir a Clases Teóricas), tanto el aspirante
como sus padres y/o acudientes están aceptando el Manual de Convivencia del INFA.
ARTICULO 10. SOLICITUD DE INGRESO. Formato (Ficha de Inscripción) que se entrega en el
momento de ser inscrito en el INFA, es un registro que contiene datos personales del aspirante,
información de sus familiares y referencias personales.
PARAGRAFO: Reserva derecho de admisión y solicitud requisitos de ingreso a cualquier sede
del INFA. El Instituto Fátima se reserva el derecho de admisión, apoyándose en la normatividad
vigente. Cuando un estudiante se retira de una sede para ingresar a la otra de la misma Institución
debe diligenciar su solicitud conforme a los requisitos de la sede en que aspira ingresar; de igual
manera lo económico no se transfiere a la nueva sede.
ARTICULO 11. REQUISITOS DE INGRESO. Son los requerimientos establecidos por el Consejo
Directivo del INFA para procurar el máximo desempeño académico, una sana convivencia
(comportamiento, actitud y Disciplina) y el cumplimiento de los requisitos administrativos y financieros
durante el tiempo que el estudiante esté vinculado en el Instituto Fátima. Estos se relacionan a
continuación:
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
Tener 16 años de edad en adelante.
Una (1) fotocopia de su documento de identificación legible, Cédula de Ciudadanía para mayores de
edad y Tarjeta de Identidad para menores de edad.
Si es bachiller, debe presentar fotocopia del Diploma o Acta de Grado del Grado Once.
Si está cursando el grado Once debe presentar certificado de notas del grado Décimo o si está
cursando el grado Décimo debe presentar certificado de notas del grado noveno.
Si solo curso y aprobó noveno grado de bachillerato, debe presentar Certificado o Acta de Grado de
noveno.
Certificado de afiliación a la EPS y/o SISBEN vigente.
Dos (2) fotografías tamaño 3 x 4 cm a color.
Una (1) carpeta legajador colgante tamaño oficio con gancho.
Aceptar y cumplir todo lo establecido en el Manual de Convivencia del INFA, la importancia de las tres
dimensiones de la formación basada en Competencias Laborales (Saber, Hacer y Ser) y el
fortalecimiento y apoyo actitudinal establecido por el INFA.
Compromiso con su presentación personal, la cual debe ser pulcra y ordenada, portando el uniforme
correspondiente al programa que elija.
PARÁGRAFO: Requisitos de ingreso Instituciones de Educación para el trabajo – Decreto
4904/2009. De acuerdo con lo decretado y establecido en el Capítulo III, Literal 3.4 del Decreto 4904
del 2.009, son requisitos para el ingreso a los diferentes programas de educación para el trabajo y
el desarrollo humano los que señale cada institución de acuerdo con el programa que va a desarrollar
y el perfil ocupacional de egreso. En el Instituto Fátima se establecen requisitos tales como,
Inscripción, Ingreso, Selección, Admisión, Matricula, Bienvenida, Reunión de Padres de Familia y/o
Acudientes, Perfil y Deberes del Estudiante, de las Inasistencias al Periodo Lectivo y todos los
establecidos en este Manual de Convivencia.
17
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
ARTÍCULO 12. SELECCIÓN. En casos considerados especiales se reunirá el Comité Académico,
analizará el caso especial y emitirá un concepto al respecto.
ARTICULO 13. ADMISIÓN. Procedimiento que implica verificar que la población de aspirantes
cumpla con los requisitos de ingreso. El aspirante admitido debe dar cumplimiento a los siguientes
requisitos de matrícula:


Efectuar el pago de la matrícula.
Aplicarse Vacunas: Hepatitis A y B, Tétano, Varicela, MMR, así como, la toma de anticuerpos
como requisito para las realizar las prácticas formativas. Las Vacunas y los Anticuerpos
serán realizados sin excepción por el proveedor designado por el INFA, quien suministra los
costos, los cuales son asumidos por el estudiante, el cual, debe iniciar su esquema de
vacunación y anticuerpos inmediatamente inicie su proceso académico (Desarrollo de
Clases).
PARÁGRAFO: Cumplimiento requisitos prácticas formativas. Para realizar las prácticas
formativas el INFA y el estudiante se comprometen a cumplir los requerimientos, los esquemas de
vacunación y anticuerpos que la Normatividad Vigente, el INFA y las Instituciones Hospitalarias en
convenio le exija (Decreto 2376 del 2.010). Si el estudiante no cumple estos requisitos, no podrá ser
programado ni remitido a las prácticas formativas, las cuales serán aplazadas y reprogramadas con
otro grupo en el momento de cumplir el requisito.
ARTICULO 14. MATRICULA. Es el acto mediante el cual se formaliza la vinculación y se adquiere
la calidad de estudiante del Instituto Fátima, se asumen derechos, deberes y obligaciones de ambos
contrayentes, establecidos en el Manual de Convivencia del INFA. Los estudiantes, los padres de
familia y/o acudientes y/o quien haga las veces en representación del estudiante menor de 18 años
y mayor de edad, al matricularse, están aceptando el Manual de Convivencia del INFA. Como
garantía de lo anterior, el soporte de este acto será el recibo de pago de la matrícula, y otro soporte
será, la firma de un documento denominado Titulo Valor Contrato de Prestación del Servicio
Educativo, firmado por y/o entre el Representante Legal y/o Gerente o Subgerente General del INFA,
el estudiante mayor y menor de edad y/o padre de familia y/o acudiente y/o representante y/o quien
haga las veces en caso del estudiante ser menor de 18 años. Lo anterior, una vez hayan sido
pagados los valores de inversión convenidos por las partes.
PARAGRAFO 1º: Entrega carnet estudiantil. Consumado el acto de matrícula, en un periodo no
mayor a 30 (Treinta) días hábiles se otorgará al estudiante el carnet que lo identificará como miembro
de la comunidad educativa de la Institución, este es unipersonal e intransferible y en caso de pérdida
su reposición generará un costo adicional que será asumido por el estudiante.
PARAGRAFO 2º: INFA no reintegra el valor de la matrícula, ni de la mensualidad e ingresar en
un tiempo no mayor a tres meses conserva el valor de la matrícula. Si un estudiante matriculado
no inicia o no asiste al programa de formación matriculado, el INFA no reintegra (no devuelve) el
valor de la matrícula, pero si el estudiante desea ingresar en un tiempo no mayor a tres (3) meses
después de iniciado el programa de formación matriculado, puede hacerlo sin que esto le genere un
nuevo pago de matrícula.
18
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO III
DE LA SOLICITUD DE REINGRESO
ARTICULO 15. REINGRESO. Se entiende como el retorno del estudiante a la Institución. Deberá
solicitar reingreso:
a) El estudiante matriculado quien por una causa ajena a su voluntad, no pudo iniciar el
programa de formación y notificó por escrito sus razones del no inicio.
b) El estudiante matriculado que no pudo continuar en el programa de formación y presentó su
carta de retiro.
c) El estudiante que desertó y abandonó el ciclo académico matriculado sin informar a la
Institución.
d) Todo estudiante que pasados 15 días hábiles de inasistencia continúa a la teoría y/o a la
práctica formativa, y desee retomar clases teóricas o ser programado a prácticas formativas
debe realizar trámite de reingreso.
DEBIDO PROCESO PARA LA SOLICITUD DE UN REINGRESO. El aspirante deberá solicitar el
reingreso por escrito, ante el Coordinador del programa Académico, expresando las causas de su
retiro. En el caso de los adolescentes, suscribe el documento anterior el acudiente o representante
legal inscrito y/o quien haga las veces ante la Institución. (Ver procedimiento de Reingreso).
PARÁGRAFO 1º: Reingreso estudiantes jornada sábados. Si un estudiante matriculado en la
jornada de los sábados inasiste a clases teóricas cuatro (4) sábados continuos, es decir, treinta y
dos (32) horas será reportado como inasistente y debe realizar trámite de reingreso, el cual le
generara sobrecostos al estudiante y será reubicado en otro grupo del mismo programa de
formación.
PARÁGRAFO 2º: Tiempo máximo para exonerar del pago de una nueva matricula. Se fija para
el estudiante un término máximo de tres meses siguientes a su retiro para exonerarlo del pago de
una nueva matricula, es decir conservar la anterior. Si el estudiante solicita reingreso en un término
mayor a los tres meses, al ser aceptado cancelará matrícula conforme al grupo en que ingrese.
Dentro de los quince días hábiles, siguientes a la recepción de la solicitud del reingreso, la institución
deberá dar respuesta. El Coordinador Académico, ubicará al estudiante en el plan de estudios
dependiendo del módulo o módulos que él haya cumplido antes de su retiro.
PARAGRAFO 3º: Tiempo para iniciar programa nuevamente desde el principio. Si el estudiante
solicita reingreso cumplido un (1) año o más de la fecha de su retiro, debe iniciar el programa desde
el principio, es decir, comienza nuevamente desde el primer ciclo.
PARAGRAFO 4º: Excepciones en el trámite de reingreso. No se dará trámite alguno a la solicitud
de reingreso a estudiantes que hayan presentado y/o cometido faltas graves. El estudiante que
desertó y/o abandonó un ciclo académico debe acogerse nuevamente al proceso de inscripción,
selección, admisión y matricula.
PARÁGRAFO 5º: Bienvenida de reingreso y firma de los contratos. Cuando el reingreso le sea
autorizado al estudiante, antes de iniciar con su proceso académico debe realizar bienvenida de
reingreso y firmar el contrato de Prestación del Servicio Educativo y el Reglamento Especial para
Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias.
19
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO IV
DE LAS TRANSFERENCIAS DE OTRAS ESCUELAS, TRANSFERENCIA INTERNA Y
COMPLEMENTACIÓN O VALIDACIÓN DE LA EXPERIENCIA
ARTÍCULO 16: TRANSFERENCIAS DE OTRAS ESCUELAS O ENTIDADES EDUCATIVAS. No se
recibirán transferencias de otras escuelas o entidades educativas, ni se validarán módulos cursados
en otras entidades educativas, exceptuando los estudiantes que hayan desarrollado, cursado y
aprobado en el INFA uno o más Normas de Competencia (módulos de formación) y soliciten el
reingreso antes de cumplir un año de su retiro, siguiendo el debido procedimiento establecido. Lo
anterior aplica para los estudiantes de los programas de Formación de Auxiliar en Enfermería,
Auxiliar en Salud Oral y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos.
PARÁGRAFO: Elaboración de informe retiro de un estudiante para otra institución y/o sede
del INFA. Para efectos de retiro de un estudiante para otra institución o la misma en diferente
jurisdicción y/o sede, el informe será elaborado en los mismos términos. Ninguna valoración podrá
realizarse por fuera de las instalaciones del Instituto o escenarios diferentes a las instituciones donde
se realizan las prácticas formativas.
ARTÍCULO 17: DE LA TRANSFERENCIA INTERNA. Se entiende como cambio de jornada o
traslado de una jornada a otra. Sólo se autorizará una transferencia interna al término de cada ciclo
académico, previa solicitud del estudiante enviada por escrito a Diseño y Desarrollo Pedagógico. La
solicitud se analizará en Comité Académico quien emitirá un concepto al respecto.
ARTÍCULO 18. COMPLEMENTACIÓN O VALIDACIÓN DE LA EXPERIENCIA. Si un egresado de
los programas de formación en áreas de salud del INFA y/o de Instituciones del Sector Salud
(Clínicas, Hospitales, Droguerías, Consultorios Odontológicos, etc.), desea complementar su
formación o validar su experiencia y obtener su certificación de aptitud ocupacional como técnico
laboral por competencias en los programas de formación en áreas de la salud del INFA, deberá
realizar el auto diagnóstico con Coordinación Académica. Partiendo del resultado, se definirán las
normas de competencia (módulos de formación) que deberá cursar, desarrollar, cumplir y aprobar
para obtener su certificado de aptitud ocupacional como técnico laboral por competencias en: Auxiliar
en Enfermería y/o Auxiliar en Salud Oral y/o Auxiliar en Servicios Farmacéuticos. (Ver procedimiento
de Reingreso).
20
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO V
DEL VALOR DE LA INVERSIÓN, DEL CALENDARIO ACADÉMICO Y LOS COMPONENTES
DEL PROGRAMA
ARTÍCULO 19. DEL VALOR DE LA INVERSIÓN. Conforme a la demanda educativa la Junta de
Socios establecerá mediante resolución el valor total de la inversión, el cual se estipula en el
correspondiente Titulo Valor Contrato de Prestación del Servicio Educativo.
PARÁGRAFO 1º: Fecha de pago mensualidad y matricula. Cada mensualidad debe ser
cancelada (pagada) dentro de los seis (6) primeros días de cada mes. El estudiante que por motivos
circunstanciales no pague oportunamente la mensualidad, le acarreará un interés por mora del 3%.
Las matriculas deben ser canceladas (pagadas) al iniciar cada ciclo de estudios los seis (6) primeros
días del mes que corresponda realizar el pago. El estudiante que por motivos circunstanciales no
pague oportunamente la matricula le acarreará un interés por mora del 3%.
PARÁGRAFO 2º: Casos en que se paga interés por retraso en el pago de la mensualidad y/o
matricula. En los siguientes casos, el estudiante y/o su acudiente deben asumir y pagar el interés
por mora del 3% por retraso en el pago de las mensualidades o matriculas:



Cuando no cancela (paga) la mensualidad o matricula oportunamente los seis (6) primeros
días del mes o ciclo al cual corresponda.
Cuando el día seis (6) de cada mes en el calendario registra que dicho día caerá un sábado,
un domingo o un festivo. En dichos casos, al realizar el pago por ejemplo un sábado, los
bancos registran la transacción con fecha del siguiente día hábil. Si dicho día es un domingo
o festivo, se debe esperar a que sea día hábil y horario de oficina para realizar el pago en el
banco, como esto se hace días después de la fecha de pago, debe cancelar (pagar) el
interés. En este caso se recomienda cancelar (pagar) la mensualidad o matricula un día
antes del día seis (6) de cada mes.
Cuando el día seis (6) de cada mes cancele (pague) en el banco la mensualidad o matricula
después de la 4:00 pm, es decir, en horario extendido. En dichos casos, los bancos registran
la transacción con fecha del siguiente día hábil. En este caso se recomienda cancelar (pagar)
la mensualidad antes de las 4:00 pm o un día antes del día seis (6) de cada mes.
PARÁGRAFO 3º: Presentación en el INFA del recibo de pago (colilla de pago institucional) de
la mensualidad y/o matricula con el sello y timbre del Banco. Cuando el estudiante cancele
(pague) la mensualidad o matricula en el banco o donde corresponda, debe traer y presentar en el
INFA (Auxiliar de Recaudo, Asesores Educativos y Coordinadores Académicos) el recibo de pago
(colilla de pago institucional) con el timbre y/o sello del banco, dichos recibos se encuentran anexos
al talonario de pagos del estudiante del INFA. Si el día 07 de cada mes el estudiante no presenta el
recibo de pago, no le permitirán el ingreso a clases teóricas y/o a las prácticas formativas. Lo anterior,
es debido a que los pagos que los estudiantes realizan en el banco, solo se reflejan en el sistema de
dicha entidad dos días hábiles después de realizado el pago, por lo tanto, el soporte con el que
cuenta el estudiante para demostrar en el INFA que ya pago, es el recibo de pago.
ARTICULO 20. DEL CALENDARIO ACADÉMICO. Cada grupo conformado, tendrá su calendario
académico compuesto de 18 meses, con una distribución de tiempo del 60% práctico y un 40%
teórico, distribuidos en 4 (cuatro) ciclos.
PARÁGRAFO: Programación de clases teóricas y/o prácticas formativas. La programación de
clases teóricas y/o de prácticas formativas de los estudiantes está a cargo y es responsabilidad de
los Coordinadores Académicos, el INFA y los Coordinadores Académicos tienen autonomía y
21
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
autoridad otorgada por el Ministerio de Educación Nacional para realizar la programación de acuerdo
a los criterios que se consideren pertinentes, lo importante es cumplir con los 18 meses de formación
y con los objetivos académicos. Para los estudiantes del programa de Auxiliar en Enfermería el INFA
establece como requisito que deben tener y contar con disponibilidad de tiempo completo (Jornadas
mañana, tarde y noche) para desarrollar la teoría y/o la práctica formativa. Para los estudiantes de
los programas Auxiliar en Salud Oral y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos, el INFA establece como
requisito que la teoría será programada en la jornada de la mañana, aclarando que en algunas
ocasiones se programaran en la jornada de la tarde, y la práctica formativa les será programada en
la jornada de la mañana y/o en la jornada de la tarde y/o en la noche. Las prácticas formativas para
los estudiantes de los tres programas de formación (Auxiliar en Enfermería, Salud Oral y Servicios
Farmacéuticos) de la jornada de los sábados, serán programadas a convenir entre las
Coordinaciones Académicas del INFA y los estudiantes de dicha jornada.
ARTICULO 21. COMPONENTES DEL PROGRAMA. El INFA, en la Norma de Competencia
Inducción a la Institución Educativa dará a conocer las Normas de Competencia del programa
matriculado, conforme a lo establecido en el Acuerdo 0153 del 2.012 de los Ministerios de Salud,
Protección Social y de Educación y la Comisión Intersectorial del Talento Humano en Salud.
22
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO VI
ESTUDIANTES EN PROGRAMAS REGULARES Y ESTUDIANTES EN PROGRAMAS DE
EDUCACION INFORMAL
ARTICULO 22. ESTUDIANTES EN PROGRAMAS REGULARES. Pertenecen a los Programas
Regulares aquellos estudiantes con contrato título valor de prestación del servicio educativo (vigente)
que realizan un programa que conduzca a la obtención de un certificado de aptitud ocupacional como
técnico laboral por competencias.
ARTICULO 23. ESTUDIANTES EN PROGRAMAS DE EDUCACIÓN INFORMAL. Pertenecen a los
cursos de educación informal los estudiantes que desean adquirir, perfeccionar, renovar o
profundizar conocimientos y habilidades técnicas y prácticas. Estos son: Talleres, seminarios,
diplomados, etc., cuya intensidad horaria es inferior a 160 horas y no requieren de registro por parte
de las Secretarías de Educación ni Salud por cuanto no conducen a la obtención de un certificado
de aptitud ocupacional.
23
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO VII
DE LAS CONSTANCIAS DE ESTUDIO.
ARTICULO 24. CONSTANCIAS DE ESTUDIO. Las constancias de estudio serán firmadas por el
Director General. La expedición de constancias de estudio tienen un valor de $7.000 y se entregarán
después de tres días hábiles siguientes a su solicitud; la expedición de certificados de pensum
académico tienen un costo de $120.000 y se entregarán en ocho días hábiles posteriores a su
solicitud; la expedición de certificados de notas para estudiantes activos tienen un valor de $7.000
por hoja, para egresados tienen un costo de $10.000 por hoja y se entregarán en cinco días hábiles
posteriores a su solicitud. Si se requiere una constancia de estudio en el transcurso del día, para
estudiantes activos tendrá un costo de $9.000 y para estudiantes egresados tendrá un costo de
$10.000.
24
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO VIII
BECAS.
ARTICULO 25. BECAS. La Junta de Socios, establece otorgar descuentos especiales del 10% a las
personas remitidas de las instituciones con las que se tiene establecido convenio de docenciaservicio o convenios interinstitucionales.
PARAGRAFO 1º: Estudio previo para la adjudicación de descuentos. La adjudicación de
descuentos para personal procedente de las instituciones con las cuales se tienen convenios
docencia-servicios (Estas personas deben ser trabajadores o hijos y/o sobrinos del trabajador de la
institución con la cual se tiene el convenio) se estudian mediante solicitud enviada por el director
general de la institución en convenio. (Solo para aspirantes que vayan a iniciar un programa; no se
consideran estos privilegios para estudiantes que ya se encuentran cursando cualquier programa de
formación en el INFA).
PARAGRAFO 2º: Perdida del privilegio de la beca. El estudiante que tenga el beneficio de la beca,
puede perder su privilegio de beca y/o descuento al cometer faltas graves establecidas en este
Manual de Convivencia.
PARAGRAFO 3º: Las becas aplican solo para los costos de mensualidades. Las becas y/o
descuentos especiales se aplican en los costos de las cuotas mensuales (mensualidades), no
incluyen matriculas ni requisitos de ingreso. De igual manera la Junta de Socios como máxima
autoridad del INFA se reserva para sí el derecho de adjudicar descuentos especiales por criterio
propio sin que estos sean consultados por el Consejo Directivo.
25
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO IX
DERECHOS Y DEBERES DEL INFA
ARTÍCULO 26. DERECHOS:
a) Recibir el valor de la inversión pactada con el estudiante y/o su acudiente al ingresar al INFA.
b) Exigir el cumplimiento de los requisitos establecidos Institucionalmente para el ingreso del
estudiante y su permanencia en la Institución.
c) Exigir por los medios persuasivos y/o coactivos, la recuperación de cartera morosa.
d) Todos los derechos que le otorga el contrato de prestación del servicio educativo, el
Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias y este Manual
de Convivencia.
e) Establecer, crear, construir un Manual de Convivencia, el cual se convierte en la carta de
navegación Institucional.
f) Recibir de parte de los Asesores Educativos información de cualquier y/o toda novedad que
presenten, le ocurra y/o le haya ocurrido a los estudiantes, esto con el fin de que el INFA
active el debido proceso establecido en este manual de convivencia.
g) Exigir el cuidado y respeto de su imagen Corporativa y/o Institucional.
h) INFA se reserva el derecho de admisión, apoyándose en la normatividad vigente.
i) Ofertar programas de formación laboral y de formación académica, tal como lo autoriza y
establece el Decreto 4904 en su Capítulo III en su Literal 3.1.
PARAGRAFO: Reserva del derecho de contratación del personal. El INFA se reserva para sí el
derecho de contratación del personal y su permanencia en la Institución depende de factores de
desempeño ajenos a la voluntad del estudiante.
ARTICULO 27. DEBERES:
a) Ofrecer y desarrollar los programas de formación conforme al marco legal vigente y dar a
conocer las normas de competencia del programa matriculado (conforme al acuerdo 0153
de los Ministerios de Salud, Protección Social y de Educación y la Comisión Intersectorial
del Talento Humano en Salud.
b) Desarrollar los componentes de promoción, prevención, atención y seguimiento a través del
Manual de Convivencia y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia
Estudiantil, esto con el fin de proteger y atender de manera inmediata a los estudiantes
contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, acoso, humillación,
discriminación o burla, violencia estudiantil y vulneración de los derechos humanos, del
estudiante del INFA, derechos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros
de estudio, los asesores educativos, coordinadores académicos, directivos, administrativos
o miembros de la comunidad educativa del INFA (Ley 1620 del 2.013).
c) Reponer las clases que por motivos circunstanciales e imprevistos no se realicen.
d) Otorgar certificado de aptitud ocupacional siempre y cuando el estudiante realice, desarrolle,
cumpla y apruebe la formación por competencias laborales y/u otorgar certificado de
asistencia si es educación informal.
e) Favorecer el acercamiento y diálogo constructivo de toda la Comunidad Educativa.
f) Mantener siempre el INFA en debido orden y aseo.
g) Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socioeconómica o cualquier otra que afecte el ejercicio de los derechos del estudiante.
h) Formar a los estudiantes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana,
los derechos humanos, la aceptación y la tolerancia hacia las diferencias entre personas.
Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás.
26
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
i)
j)
k)
l)
m)
n)
o)
p)
q)
r)
s)
t)
Revisar anualmente las condiciones de convivencia estudiantil del INFA e identificar factores
de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia estudiantil, en la protección
de los derechos humanos, del estudiante del INFA, derechos sexuales y reproductivos. Lo
anterior con el fin de desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la
convivencia estudiantil.
Ofrecer al estudiante atención inmediata a fin de que él pueda transmitir sus inquietudes o
dificultades.
Garantizar la puntual asistencia del Asesor Educativo a clases teóricas y/o prácticas
formativas.
Enviar a los estudiantes a los Escenarios de Prácticas Formativas con sus correspondientes
pólizas de responsabilidad civil y riesgo biológico y/o ARL.
Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar
una biblioteca adecuada.
Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación de un buen
ambiente de convivencia.
Garantizar el pleno respeto a la dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la
convivencia en INFA.
Prevenir dentro de las instalaciones educativas, el tráfico y consumo de todo tipo de
sustancias psicoactivas que producen dependencia y solicitar a las autoridades competentes
acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones
educativas.
Orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia
intrafamiliar y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre
y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. Reportar a las autoridades
competentes si se detectan dichas situaciones.
Orientar a la Comunidad Educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la
vida en pareja.
Generar y proporcionar espacios de comunicación y atención a y/o con padres de familia y/o
acudientes y/o representantes de estudiantes menores y mayores de edad.
Dotar la Biblioteca con recursos bibliográficos acorde a los programas de formación en áreas
de la salud que oferta el INFA (Ley 115 de 1.994) y la sala de sistemas con equipos de
cómputo.
27
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
TITULO III
DEL DESARROLLO ACADÉMICO Y SUS
DEBIDOS PROCESOS
28
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO X
DEL DESARROLLO ACADÉMICO
El Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA al formar parte de la Educación para el
Trabajo y el Desarrollo Humano desarrolla los programas de formación técnicos laborales por
competencias en áreas de la salud (Auxiliar en Enfermería, Auxiliar en Salud Oral y Auxiliar en
Servicios Farmacéuticos), basados en el modelo pedagógico de formación por competencias
laborales.
En concordancia y armonía con el Decreto 4904, Capítulo III, Literal 3.5 y en su parágrafo, en el
Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA los programas de formación de personal
auxiliar en las áreas de la salud (Auxiliar en Enfermería, Auxiliar en Salud Oral y Auxiliar en Servicios
Farmacéuticos), se realizarán de manera presencial tanto en su etapa electiva (Fase Teórica) como
en las prácticas (Prácticas Formativas Intramurales y Extramurales). La Fase teórica, requiere de un
80% de acompañamiento directo del Asesor Educativo, y las horas prácticas (Prácticas Formativas
Intramurales y Extramurales), se desarrollarán el ciento por ciento (100%) bajo la metodología
presencial y con supervisión del Asesor Educativo.
PARÁGRAFO: Acompañamiento prácticas formativas. Para el programa de formación Auxiliar
en Enfermería, todas las prácticas formativas Intramurales y extramurales se desarrollaran el cien
por ciento (100%) bajo la supervisión del Asesor Educativo. Para los programas de formación Auxiliar
en Salud Oral y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos, las prácticas formativas Intramurales se
desarrollaran el cien por ciento (100%) bajo la supervisión del Asesor Educativo y las prácticas
formativas extramurales de Atención al Usuario se desarrollaran el cien por ciento (100%) bajo la
supervisión del Asesor Educativo, el resto de prácticas formativas extramurales se desarrollaran bajo
la supervisión periódica del Coordinador Académico del programa correspondiente y con
acompañamiento constante del responsable de los consultorios odontológicos y/o los responsables
de los servicios en las droguerías.
Dando cumplimiento al Decreto 4904, Capítulo III, Literal 3.8.6.6 en el INFA, los programas de
formación laboral están estructurados por competencias laborales básicas, transversales y
específicas, teniendo como referente las normas técnicas de competencias laborales definidas por
las mesas sectoriales que lidera el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA. Tomando como regla
general para estructurar el plan de estudios, las normas de competencia de los niveles de
cualificación C y D de la Clasificación Nacional de Ocupaciones. A partir del 30/Octubre/2012 por
medio del Acuerdo 0153 en sus Anexos Técnicos, los programas de formación laboral quedan
estructurados por normas de competencias básicas y obligatorias.
29
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XI
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
ARTICULO 28. CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Corresponde a los indicadores de logro de las
evidencias de aprendizaje establecidas (referente para evaluar el proceso de enseñanza
aprendizaje). Son los criterios de valoración planteados en tres dimensiones: el saber, el hacer y el
ser, las cuales permiten evidenciar integralmente si el estudiante está aprendiendo los
conocimientos teóricos, si lleva a la práctica adecuadamente esos conocimientos teóricos y si genera
las actitudes establecidas por el programa de formación técnico laboral por competencias de
Auxiliares en Áreas de la Salud. En el Instituto Fátima se propende por una evaluación integral y
permanente del estudiante, a quien se le aplica Evidencias de Conocimiento, Evidencias de
Producto y Evidencias de Desempeño. Una evidencia es una prueba necesaria para evaluar y
juzgar la competencia laboral de un estudiante, definida en los criterios de desempeño y los
conocimientos y comprensiones esenciales y delimitadas por el rango de aplicación.
PARAGRAFO 1º: Elaboración de evidencias. El Asesor Educativo es el responsable de la
elaboración de las evidencias de conocimiento, producto y desempeño requeridas por las Normas
de Competencia, las cuales debe elaborar con preguntas, modelos y metodologías diferentes cada
vez que desarrolle una misma o varias normas de competencia. Al elaborar la evidencia, el asesor
educativo la debe entregar tres (3) días antes de su aplicación a la Coordinación Académica, quien
es la responsable de revisar, aprobar y liberar la misma, esto con el fin de que pueda ser aplicada a
los estudiantes.
PARAGRAFO 2º: Presentación de evidencias. Para presentar las evidencias los estudiantes deben ser
organizados en el aula de clase en fila y supervisados por el Asesor Educativo encargado de la norma de
competencia. Las evidencias de conocimiento son individuales y el compartir con algún compañero o utilizar
cualquier tipo de ayudas sin autorización es considerado fraude, lo cual será tratado como falta grave.
PARAGRAFO 3º: De los aún no cumple de una evidencia con un valor menor del 50% del total
de las preguntas. Si el estudiante en la fase teórica, al realizar la primera evidencia de conocimiento
en cualquiera de las Normas de Competencia y la evidencia de producto solo para las Normas de
Competencia 6 Elemento 2 Primeros Auxilios y Técnicas de Estudio, obtiene como valoración que
aún no cumple con un valor menor al 50% del total de las preguntas, realizará tutoría preventiva con
el Asesor Educativo de los puntos no aprobados y posteriormente se realizará prueba oral y/o escrita
de los mismos, con su respectivo formato de entrevista. En caso de no aprobar la entrevista,
presentará por segunda vez la evidencia. En caso de no aprobar esta segunda evidencia deberá
realizar un plan de mejoramiento académico y deberá repetir por tercera vez la evidencia. El plan de
mejoramiento académico y la tercera evidencia le generara sobrecostos adicionales al estudiante.
Las Coordinaciones Académicas definirán el tiempo necesario para el desarrollo del plan de
mejoramiento académico. En caso del estudiante no aprobar la tercera evidencia, deberá repetir la
norma de competencia o el elemento de la misma.
PARAGRAFO 4º: De los aún no cumple de una evidencia con un valor igual o mayor del 50%
del total de las preguntas. En caso de que el estudiante en la fase teórica, al realizar la evidencia
de conocimiento en cualquiera de las Normas de Competencia y la evidencia de producto solo para
las Normas de Competencia 6 Elemento 2 Primeros Auxilios y Técnicas de Estudio, si aún no cumple
un valor igual o mayor al 50% del total de las preguntas, realizará tutoría preventiva con el Asesor
Educativo de los puntos no aprobados y presentará por segunda vez la evidencia. En caso de no
aprobar esta segunda evidencia deberá realizar un plan de mejoramiento académico y deberá repetir
por tercera vez la evidencia. El plan de mejoramiento académico y la tercera evidencia le generara
sobrecostos adicionales al estudiante. Las Coordinaciones Académicas definirán el tiempo necesario
para el desarrollo del plan de mejoramiento académico. En caso del estudiante no aprobar la tercera
evidencia, deberá repetir la norma de competencia o el elemento de la misma.
30
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
PARAGRAFO 5º: Evidencias de aprendizaje. Si las evidencias no son requeridas por la normas
de competencia, es decir, es una Evidencia de Aprendizaje, se manejaran con igual criterio que las
evidencias requeridas por la normas de competencia. Si el estudiante en esta evidencia de
aprendizaje obtiene como valoración que aún no cumple, debe repetir la evidencia por segunda vez
la cual no genera sobrecostos adicionales para el estudiante. Esta evidencia debe ser aplicada
nuevamente por el asesor educativo durante el desarrollo de la norma de competencia.
PARAGRAFO 6º: Registro y entrega de evidencias. El Asesor Educativo al finalizar la norma de
competencia, debe registrar en el Record Académico ubicado en la plataforma virtual del Instituto
Fátima llamada SI-INFA la valoración final (Si Cumple o Aún No Cumple) que obtuvo el estudiante.
Los Asesores Educativos, las Coordinaciones Académicas y la Secretaria Académica mantendrán
actualizadas las valoraciones de los estudiantes en el Record Académico. Respecto a la entrega
física de las evidencias, el Asesor Educativo debe presentar y entregar a la Coordinación Académica
y/o a la Secretaría Académica en los formatos físicos, los resultados obtenidos por los estudiantes
en las evidencias requeridas por la norma de competencia, la cual debe contener hoja de
presentación de la norma de competencia, presentación de evidencias requeridas y el concepto y/o
valoración del Asesor Educativo. Las evidencias físicas, las debe entregar el asesor educativo en la
carpeta académica que contiene el control de asistencia e inasistencias y el control de calificaciones.
31
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XII
ESCALA DE VALORACIÓN
ARTICULO 29. ESCALA DE VALORACIÓN. La Escala de Valoración, concepto y/o valoración de
las evidencias requeridas por las Normas de Competencia se expresan en términos cualitativos de
Cumple o Aún No Cumple. El concepto de Cumple o Aún No Cumple se emitirá cuando el
estudiante desarrolle, apruebe y cumpla con lo establecido en cada norma de competencia del
programa de formación al que pertenece.
PARAGRAFO: De los reclamos sobre las valoraciones académicas. Si el estudiante no está de
acuerdo con el concepto emitido por el Asesor Educativo, debe hacerlo saber al Asesor Educativo
y/o Coordinación Académica por escrito, firmando y entregando el escrito en original y copia,
anexándole además las pruebas en que sustenta sus diferencias o reclamaciones; puede también
solicitar un segundo Asesor Educativo para revisar las evidencias que son motivo de su
inconformidad. La Coordinación Académica tiene dos días hábiles para revisar la documentación y
determinar si hubo o no equivocación; finalmente la Coordinación presentará al estudiante la
confirmación del informe académico. Si aun así el estudiante no estuviera satisfecho y piensa que
hay injusticia en el manejo, solicitará la intervención del Comité Académico (Convivencia Estudiantil)
quien procederá a verificar el concepto emitido que es causa de estudio.
32
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XIII
CRITERIOS DE PROMOCIÓN
ARTICULO 30. CRITERIOS DE PROMOCIÓN. En el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de
Fátima LTDA la promoción de los estudiantes se lleva a cabo de tres formas:
1. Promoción por Norma de Competencia: Cuando el estudiante cumple con la Norma de
Competencia, soportado este cumplimiento con la evidencia requerida que se le aplica al
finalizar dicha Norma, es promovido a la siguiente Norma de Competencia.
2. Promoción por Ciclos de Estudio: Cuando el estudiante cumple con las Normas de
Competencia programadas en un Ciclo de Estudios, soportado esto con el cumplimiento de
las evidencias requeridas por las normas de competencia y por el Record Académico, se
promueve al siguiente Ciclo.
3. Promoción del Programa de Formación: Cuando el estudiante cumple con todas las
Normas de Competencia (Teoría y Práctica Formativa) distribuidas en los 4 Ciclos de estudio
durante los 18 meses de formación, inmediatamente hace parte de la promoción de
estudiantes a egresar y a recibir su Certificado de Aptitud Ocupacional como Técnico Laboral
por Competencias. Lo anterior soportado en el cumplimiento de todas las evidencias
requeridas por las Normas de Competencia, el Record Académico y el Libro Evaluador de
Prácticas Formativas.
PARAGRAFO: Notas aclaratorias record académico, libro evaluador de prácticas formativas
y estrategias de promoción:



El Record Académico es un registro digital ubicado en la plataforma virtual SI-INFA donde
se registran y consolidan las valoraciones de cada uno de los estudiantes en cada una de
las Normas de Competencia.
El Libro Evaluador de Prácticas Formativas es un documento en físico y/o digital ubicado en
la plataforma virtual SI-INFA en el que se registra las valoraciones de cada uno de los
estudiantes en cada una de las prácticas formativas que desarrollan.
Como estrategias que garanticen la promoción de los estudiantes, el Instituto Fátima ha
diseñado: Planes de Mejoramiento Académico: Su finalidad es proporcionar al estudiante la
oportunidad de alcanzar el cumplimiento de los resultados de aprendizaje, cuando presenta
dificultades de índole académico. El mismo se origina cuando el estudiante aún no cumple
los logros esperados en el (los) módulo(s) y/o unidades de aprendizaje correspondientes
(aplica para el periodo teórico o práctica formativa).
33
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XIV
PLAN DE MEJORAMIENTO ACADÉMICO, TUTORIA PREVENTIVA Y ESPACIO
PROGRAMADO DE ESTUDIO PERSONALIZADO - EPEP
ARTICULO 31. PLAN DE MEJORAMIENTO ACADÉMICO. Es aquel que se origina cuando el
estudiante aún no cumple los logros y/u objetivos académicos esperados en las normas de
competencia y/o elementos correspondientes, ya sea por:
a) Negligencia y/o irresponsabilidad por parte del estudiante.
b) Inasistencia a las tutorías preventivas.
c) Inasistencia a clases en la fase de la teoría y/o en la fase de las Prácticas Formativas
intramurales y/o extramurales.
d) Que el estudiante aun no cumpla con un valor igual o mayor al 50% del total de las preguntas
de una evidencia.
e) Pérdida de la entrevista.
f) Pérdida de la Norma de Competencia y/o Elemento.
ARTÍCULO 32. DEBIDO PROCESO PARA LA REALIZACION DE UN PLAN DE MEJORAMIENTO
ACADÉMICO:
a) El Asesor Educativo antes de remitir al estudiante que requiera de acompañamiento y
refuerzo académico a un Plan de Mejoramiento Académico, le aplicará sin costo adicional
dos (2) tutorías preventivas, y solo si persiste el bajo desempeño (rendimiento) académico,
lo remite a Plan de Mejoramiento Académico.
b) Para la realización de un Plan de Mejoramiento Académico, el Asesor Educativo debe
registrar en el formato de remisión (DD_RG02) el criterio por el cual este es necesario (se
aplica para teoría y/o práctica formativa) y debe remitir al estudiante a la Coordinación
Académica.
c) La Coordinación Académica direcciona el plan de mejoramiento académico, el cual le genera
sobrecostos adicionales al estudiante de la jornada diurna (mañana y tarde) y jornada
sabatina, será liquidado por la Auxiliar de Recaudo por cada clase teórica de sesenta (60)
minutos, para los estudiantes de la jornada nocturna, los sobrecostos que se le generan es
por cada jornada nocturna; lo anterior aplica también para las prácticas formativas.
d) Las recomendaciones e instrucciones impartidas en el plan de mejoramiento académico,
deben ser acatadas por el estudiante como pre-requisito para poder continuar su formación.
e) El incumplimiento al plan de mejoramiento académico sin causa justificada, negligencia o
irresponsabilidad del estudiante expresado en las valoraciones periódicas y el seguimiento
académico conlleva a realizar nuevamente (repetir) la norma de competencia y/o el elemento
con otro grupo y a asumir los sobrecostos adicionales que esto conlleve y conforme al grupo
que sea trasladado.
f) Se acuerda nuevo plan de mejoramiento académico para estudiantes que hayan incumplido
por motivos de salud o situaciones familiares que requieran de su presencia, previa
presentación por escrito de las justificaciones respectivas.
PARÁGRAFO 1º: Justificación inasistencia a plan de mejoramiento académico. La inasistencia
al plan de mejoramiento académico solo se considera justificada por:
a) Enfermedad del estudiante, de alguno de sus padres y/o acudientes comprobada mediante
la presentación de incapacidad y/o excusa médica.
34
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
b) Muerte de alguno de los padres y/o acudientes o familiares hasta el segundo grado de
consanguinidad, comprobado con el correspondiente certificado de defunción.
PARÁGRAFO 2º. Actores que intervienen en un plan de mejoramiento académico. Los actores
que intervienen en la concertación de los planes de mejoramiento académico son: El estudiante,
Diseño y Desarrollo Pedagógico, la Coordinación Académica del Programa de Formación al que
pertenece el estudiante y el Asesor Educativo con el que está desarrollando la norma de competencia
y/o elemento. Solo en casos clasificados como especiales, interviene el Comité Académico
(Convivencia Estudiantil).
ARTICULO 33. TUTORÍA PREVENTIVA. (T.P.). Consiste en ofrecer asistencia personalizada y/o
acompañamiento en aspectos académicos y/o actitudinales al estudiante durante el desarrollo de
una norma de competencia y/o elemento; esta asistencia puede ser individual o grupal y no genera
costo adicional. Un estudiante por iniciativa propia puede solicitar por escrito, una T.P. En caso en
que la T.P la solicite un grupo, ésta se realizaría en tiempo adicional (previa revisión y autorización
por la Dirección General), dentro de las instalaciones del Instituto o en los Escenarios para Práctica
Formativa con los que se tiene establecido un Convenio Docencia-Servicio y no acarreará sobrecosto
adicional para el estudiante. El estudiante debe mostrar interés, asistir cumplidamente, informar y
justificar su inasistencia en un término no inferior a doce horas de anticipación. En estos casos se le
permitirá la reprogramación de las tutorías. Ante una no justificación, se considera como negligencia
(irresponsabilidad) por parte del estudiante y perderá el privilegio de la tutoría. Recibirá un
tratamiento conforme a lo establecido en el presente Manual de Convivencia por bajo desempeño
(rendimiento) académico.
ARTICULO 34. ESPACIO PROGRAMADO DE ESTUDIO PERSONAL (E.P.E.P.). En concordancia
con el decreto 4904 Capítulo III literal 3.11. referente a que del cien por ciento (100%) de las horas
académicas teóricas requieren el veinte (20%) de trabajo independiente (trabajo autónomo) por parte
del estudiante, el INFA, establece en sus metodologías el ESPACIO PROGRAMADO DE ESTUDIO
PERSONAL (E. P. E. P.) para que el estudiante refuerce el aprendizaje y desarrolle habilidades
cognitivas, lectura, escritura, autodisciplina, trabajo en equipo que además contribuye a la promoción
del aprendizaje autónomo, los cuales quedan establecidos en los planes de clase de la norma de
competencia. Los E.P.E.P se desarrollan durante la fase teórica y la práctica formativa. Los E.P.E.P.
están sujetos a valoración con cumple o aun no cumple. El Asesor Educativo de manera dirigida y
programada semanalmente, orientará al estudiante, sobre la actividad o actividades que se van a
realizar, las que deben conducir al cumplimiento de los indicadores de logros y/u objetivos
académicos. El Asesor Educativo induce, orienta, guía, el diligenciamiento de las actividades de la
norma de competencia y/o elemento.
35
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XV
DEL CERTIFICADO DE APTITUD OCUPACIONAL
De acuerdo al Decreto 4904/2009 las instituciones autorizadas para prestar el servicio educativo
para el trabajo y el desarrollo humano solamente expedirán certificados de aptitud ocupacional, el
cual se expide como certificado de técnico laboral por competencias.
ARTICULO 35. CERTIFICADO DE APTITUD OCUPACIONAL. Para optar al certificado de aptitud
ocupacional del programa de formación desarrollado, el estudiante, debe desarrollar, presentar,
aprobar y cumplir satisfactoriamente todas las evidencias requeridas por las normas de competencia
y cumplir satisfactoriamente con todas las normas de competencia del programa de formación
correspondiente. El certificado será otorgado en ceremonia colectiva, en fecha previamente fijada
por el calendario académico. En todo caso, el estudiante deberá cumplir con todos los requisitos
reglamentarios dentro del plazo determinado para optar al certificado de aptitud ocupacional. Los
derechos de certificación tienen un costo de $200.000, a la fecha.
PARAGRAFO: No autorizada certificación por ventanilla. No se considera la certificación por
ventanilla, por tanto la Secretaria de Educación requiere del acta y listado de estudiantes certificados
con fecha de matrícula y certificación en medio magnético para su correspondiente registro.
36
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XVI
DE LAS INASISTENCIAS AL PERIODO LECTIVO:
FASE TEÓRICA Y/O PRÁCTICA FORMATIVA.
ARTICULO 36. INASISTENCIA A LA FASE TEÓRICA. Cada Norma de Competencia y/o Módulo
de Formación comprende un número determinado de elementos y/o unidades de aprendizaje, con
una intensidad horaria y/o total de clases y/o total de noches específicas. En el INFA en la jornada
diurna (mañana y tarde) y en la jornada sabatina una (1) clase equivale a sesenta (60) minutos
(1hora), cuando se habla de una (1) noche, hace referencia a dos (2) horas y treinta (30) minutos.
Se establece una permisividad de inasistencias justificadas con incapacidad médica y/o acta de
defunción equivalentes al 7% de la intensidad horaria de la norma de competencia y/o del módulo
de formación. Cuando la inasistencia es justificada el estudiante personalmente asume bajo su
responsabilidad enterarse del plan de clase desarrollado en su ausencia, y realizar las actividades
académicas conducentes al resultado de la clase, las cuales debe sustentar ante el asesor educativo
y/o coordinador académico del programa, si un estudiante por su inasistencia no cumple los
resultados de clases debe ser remitido para realización de planes de mejoramiento académicos. Si
el estudiante no justifica su inasistencia la reposición de las mismas le generara reprogramaciones
y sobrecostos al estudiante.
PARÁGRAFO 1º: De los talleres prácticos formativos intramurales. Si en la fase teórica se
programa una clase que incluya un taller práctico formativo a nivel intramural, no se autoriza
permisividad en este caso, el estudiante debe asistir obligatoriamente. En caso de presentar
inasistencia al taller práctico formativo intramural, esto generara un sobrecosto para el estudiante y
posteriormente debe solicitar con la Coordinación Académica la reprogramación del taller práctico.
PARÁGRAFO 2º: Inasistencias generadas por cartera morosa. Las inasistencias presentadas
por los estudiantes que se encuentran reportados por cartera morosa y que por lo tanto no ingresan
a desarrollar clases en teoría y/o práctica formativa por este motivo, le generaran sobrecostos al
estudiante.
ARTICULO 37. INASISTENCIA A LA PRÁCTICA FORMATIVA. Se establece para los estudiantes
de la jornada diurna (mañana y tarde), de la jornada nocturna y de la jornada sabatina la permisividad
de un (1) día de inasistencia justificada con incapacidad médica y/o acta de defunción a la práctica
formativa, para los estudiantes de la jornada diurna (mañana y/o tarde) la inasistencia será
equivalente a 6 horas de rotación y para los estudiantes de la jornada nocturna y sabatina la
inasistencia será equivalente a 11 horas de rotación. Lo anterior siempre y cuando la práctica
formativa programada tenga una duración igual o mayor a un (1) mes. Si el estudiante no justifica su
inasistencia la reposición de las mismas le generara reprogramaciones y sobrecostos al estudiante.
No obstante si el estudiante muestras varias inasistencias se hace necesario la planeación de una
nueva rotación con otro grupo para el cumplimiento del componente práctico que exige la norma de
competencia y el cumple de las evidencias de aprendizaje correspondientes a la rotación, lo cual le
generara sobrecostos al estudiante. Para la reprogramación de las rotaciones, se debe tener en
cuenta la disponibilidad de los escenarios de práctica formativa.
PARÁGRAFO 1º: Excepción de la permisividad al presentar inasistencias. Para las prácticas
formativas extramurales con duración inferior a un mes y en las prácticas formativas intramurales en
el Aula Didáctica de Salud Oral del INFA con turnos de dos (2) horas para los Auxiliares en Salud
Oral no hay permisividad por inasistencia.
37
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
PARÁGRAFO 2º: Debido proceso al presentar inasistencias. En el caso de presentarse en la
fase teórica y/o en la práctica formativa un promedio de inasistencias superior a los márgenes de
permisividad autorizados por el INFA, el estudiante debe:
1) Solicitar al asesor educativo el formato de plan de mejoramiento académico diligenciado,
en el cual se registra las inasistencias presentadas por el estudiante.
2) Solicitar con la Coordinación Académica la facturación de las inasistencias en la
Plataforma Virtual SI-INFA.
3) Después de haber facturado, solicitar a la Auxiliar de Recaudo (Caja) la liquidación
(Estado de Cuenta) de las inasistencias.
4) Posteriormente, presentarse en Dirección General con el Estado de Cuenta y la excusa
respectiva; el Director General emitirá un concepto, el cual deberá ser acatado por el
estudiante. En cualquier caso, el estudiante deberá presentar por escrito el soporte
(Estado de Cuenta y/u otro) entregado por el Director General a la Auxiliar de Recaudo
(Caja) y a Coordinación Académica.
5) Solicitar a la Coordinación Académica cita para la presentación del plan de mejoramiento
académico y/o la reprogramación y/o la recuperación de las inasistencias.
PARÁGRAFO 3º: Repetición de una norma de competencia y/o elemento. Las inasistencias
presentadas por el estudiante en la fase teórica y/o en la práctica formativa con o sin justa causa que
sean igual y/o superen el 50% del total de clases de un elemento y/o elementos de las normas de
competencia, deberá ser repetido por el estudiante, es decir, el estudiante deberá repetir el elemento
y/o los elementos de la norma de competencia, para lo cual, debe ser reprogramado por la
Coordinación Académica, teniendo en cuenta que debe ajustarse al grupo y jornada asignada. Esta
reprogramación generará un sobrecosto adicional para el estudiante de acuerdo al número de clases,
el cual debe de ser cancelado (pagado) por el mismo antes de su reprogramación.
PARÁGRAFO 4º: Por incumplimiento de requisitos no se programa teoría y/o práctica
formativa. Cuando el estudiante presenta pendientes con los requisitos académicos y/o financieros
en la fase teórica y/o práctica formativa, hasta que no se coloque al día con esos requisitos
pendientes, no se le programaran sus siguientes rotaciones de prácticas formativas y/o fase teórica.
Exceptuando las prácticas formativas intramurales y/o extramurales que no ameriten el saber, el
hacer y el ser relacionados con cuidados básicos de los usuarios.
PARAGRAFO 5º: De las prácticas formativas intramurales en el aula didáctica de salud oral.
Las prácticas formativas intramurales desarrolladas en el Aula Didáctica de Salud Oral del INFA para
los estudiantes de Auxiliar en Salud Oral se programan por turnos de dos (2) horas con un mínimo
de cinco (5) estudiantes, si el estudiante no asiste al turno esto le generara sobrecostos. No obstante,
el estudiante debe solicitar personalmente a la Coordinación Académica, la autorización para ser
reprogramado con un mínimo de cuatro (4) estudiantes por turno. Las inasistencias a las prácticas
formativas intramurales en el Aula Didáctica de Salud Oral del INFA justificadas o no, requieren de
nuevas reprogramaciones y manejo de sobrecostos para la Institución, por tanto en ambos casos el
estudiante debe cancelar (pagar) dichas inasistencias. Si se presenta el caso que solo asista uno de
los cinco (5) estudiantes programados con su paciente, el Asesor Educativo llevará a cabo el turno
con dicho estudiante. Si el estudiante asiste al turno de práctica formativa intramural en el Aula
Didáctica de Salud Oral del INFA y el paciente no se presenta, el estudiante realizará labores de
auxiliar en salud oral, asistiendo a sus compañeros en los procedimientos clínicos, diligenciando
registros, esterilizando instrumental, realizando prácticas con un modelo de trabajo o impartiendo
charlas educativas a funcionarios o estudiantes. En ese caso, se entenderá como realizado el turno
de práctica formativa intramural del Aula Didáctica de Salud Oral del INFA.
38
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XVII
ESTÍMULOS Y/O RECONOCIMIENTOS PARA EL ESTUDIANTE
ARTICULO 38. ESTÍMULOS Y/O RECONOCIMIENTOS PARA EL ESTUDIANTE. El INFA de
acuerdo con su competencia y previa aprobación del Consejo Directivo otorgara reconocimientos a
los estudiantes que se distingan por resaltar los valores y principios Institucionales. Igualmente, el
INFA dará reconocimientos a los estudiantes que sean resaltados por las instituciones con las que
se tiene establecido un convenio docencia-servicio o por los Asesores Educativos en fase teórica y/o
las prácticas formativas.
39
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
TITULO IV
DEL DESARROLLO ACTITUDINAL
REGIMEN DISCIPLINARIO
Y SUS
DEBIDOS PROCESOS
40
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XVIII
PERFIL DEL ESTUDIANTE DEL INFA
ARTICULO 39. PERFIL DEL ESTUDIANTE. El Estudiante del Instituto de Capacitación Nuestra
Señora de Fátima LTDA sede principal sur Champagnat se ha de distinguir por:
a) Aplicar las Normas de Urbanidad: conjunto de actitudes y valores que demuestran respeto
y consideración por el otro, nos enseñan a ser puntuales, atentos, respetuosos, corteses,
amables, a saludar, pedir el favor, agradecer, despedirse, a ser tolerantes con los demás y
a seguir los conductos regulares.
b) Por usar un Lenguaje Verbal, Gestual y Corporal Decente y Formal: Nos invita a
comunicarnos respetuosamente con los demás, a tratarnos con formalidad por medio de
títulos o cargos. Ejemplo: señor, señora, doctor, jefe.
c) Por mantener y sostener Buenas Relaciones Interpersonales: Su intención es promover
el bienestar social y la sana convivencia. Invita a escuchar al otro, a comunicarnos
asertivamente y a realizar acuerdos de convivencia.
d) Por cumplir con su Presentación Personal Pulcra y Ordenada: Es la imagen o apariencia
personal, es el aspecto con el que se muestra y se evalúa a una persona. Esta debe ser
acorde a lo establecido en el Reglamento o Manual de Convivencia establecido en los
Deberes sobre Presentación Personal.
e) Por demostrar y evidenciar trabajo en equipo.
f) Su sentido de responsabilidad, honestidad, honradez, transparencia y gratitud.
g) Ser creativo, autónomo, respetuoso de la dignidad humana y el secreto profesional frente a
las situaciones que su cotidianidad le presente.
h) Mostrar sentido de pertenencia Institucional, respetar y cuidar la imagen Corporativa y/o
Institucional del INFA y su Cultura.
i) Aplicar los valores y principios Institucionales.
j) Tener un comportamiento basado en buenas relaciones interpersonales y en el equilibrio
mental, dado que la salud mental permite una interacción sana y promueve un ambiente
adecuado para la adaptación y funcionalidad en diversos contextos. Es de aclarar que
equilibrio mental es la capacidad que posee una persona para poder controlar y poner en
orden sus ideas, sus emociones y su comportamiento.
k) Respetar las disposiciones del INFA, contenidas en el presente Manual de Convivencia
Institucional.
41
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XIX
DERECHOS DEL ESTUDIANTE DEL INFA
ARTÍCULO 40. DERECHOS: Conjunto de privilegios y/o libertades concedidas por la Constitución
Política Colombiana, las Leyes Colombianas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y
el presente Manual de Convivencia, al estudiante legalmente matriculado.
El estudiante del INFA tiene los siguientes derechos:
a) A la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
b) Escoger libremente el programa de formación de Educación para el Trabajo y el Desarrollo
Humano en Áreas de la Salud al que desee matricularse.
c) Recibir de Directivos, Administrativos y Asesores Educativos buen ejemplo,
acompañamiento, estímulo, atención y a ser escuchado oportunamente.
d) Recibir la misma protección y trato, gozar de los derechos, libertades y oportunidades sin
ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión,
opinión política o filosófica.
e) Recibir una formación acorde con los principios que inspiran el Proyecto Educativo
Institucional según el programa de formación matriculado.
f) Recibir atención, orientación, asesoría e intervención inicial y básica a nivel emocional y/o
psico-educativa por parte del asesor psicológico del INFA. Esto cuando lo solicite el
estudiante por iniciativa propia. Es de aclarar, que si el estudiante requiere un proceso
psicoterapéutico, será remitido a su EPS al psicólogo, psiquiatra o al profesional que
corresponda y dependiendo del nivel de la crisis emocional y/o trastorno de personalidad
que presenta, se define si se aplica o no lo establecido en la página No. 67 de este manual
en su Parágrafo que refiere que estudiantes con dificultades de salud física y/o mental serán
remitidos a su EPS.
g) Recibir el 80% de acompañamiento directo del Asesor Educativo en la fase teórica.
h) Ser valorado y respetado como persona.
i) Al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos
de los demás, los derechos, deberes, obligaciones y requisitos de este Manual de
Convivencia del INFA y el orden jurídico (La libertad consiste en poder hacer todo aquello
que no perjudique a otro (Derechos del Hombre y el Ciudadano).
j) A que se le aplique las garantías del debido proceso actitudinal establecido en este Manual
de Convivencia. En el debido proceso el estudiante debe ser escuchado (Ley 1098, Artículo
26).
k) Conocer los registros que se lleven sobre su actitud, comportamiento y disciplina y los
registros que se lleven sobre su desempeño académico en el record académico, control de
calificaciones y en el libro digital evaluador de la práctica formativa.
l) Ser protegido contra toda forma de maltrato, explotación, abuso y acoso sexual que se
origine dentro o fuera de la Institución por personal perteneciente a la Comunidad Educativa
y/u otra.
m) Recibir su Certificado de Aptitud Ocupacional que lo acredita como técnico laboral por
competencias en el programa de formación en áreas de la salud del cual egresa (Auxiliar en
Enfermería, Auxiliar en Salud Oral o Auxiliar en Servicios Farmacéuticos). Dicho certificado
se otorga a quien haya desarrollado, cursado, aprobado, alcanzado y cumplido
satisfactoriamente todas las normas de competencias establecidas en el programa de
formación laboral (Decreto 4904, Capítulo III, Literal 3.3).
n) Elegir un representante de grupo con capacidad de liderazgo positivo, de sano juicio,
responsable y serio.
o) Conocer los planes de clase que se desarrollara en cada unidad de aprendizaje.
42
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
p) Acordar el plan de formación y evaluación de cada unidad de aprendizaje.
q) Concertar el plan de mejoramiento académico y/o actitudinal.
r) Solicitar revisión ante el Asesor Educativo de sus evidencias de conocimiento y/o
aprendizaje en caso de que no esté conforme con el concepto emitido.
s) A la devolución oportuna de los trabajos que realizó durante el transcurso de la norma de
competencia.
t) Expresar sus quejas, sugerencias, reclamos y felicitaciones por medio del buzón de opinión
ubicado en diferentes sitios estratégicos y de fácil acceso del INFA, utilizando el formato
opinión del cliente disponible en cada buzón.
u) A recibir información de la Coordinación Académica en el caso de que el Asesor Educativo
no se presente a desarrollar su asesoría en la fase teórica y/o práctica formativa.
v) Contar con una Biblioteca dotada con recursos bibliográficos (Ley 115 de 1.994) y con
escenarios para la realización de prácticas formativas intramurales y extramurales (Decreto
2376 de 2.010).
PARÁGRAFO: Comunidad LBGTI. El estudiante perteneciente a la Comunidad LGBTI (Lesbianas,
Gay, Bisexuales, Transgénero, Transexual, Intersexual, otro) gozará y recibirá todos los derechos
establecidos en este Manual de Convivencia del INFA, y ante solicitudes especiales, como por
ejemplo en los casos de transexual y/o transgénero, las mismas serán analizadas por el Comité
Académico (Convivencia Estudiantil) quien emitirá un concepto al respecto.
43
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XX
DEBERES DEL ESTUDIANTE DEL INFA
DEBERES: Es el conjunto de obligaciones y responsabilidades exigidas por el Instituto de
Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA sede principal sur champagnat, las normativas
vigentes en el sistema de Educación Nacional, el presente Manual de Convivencia del INFA y la
Cultura Institucional del INFA, los cuales el estudiante se compromete a aceptar, acatar, respetar y
cumplir libre y sin apremio alguno. Estudiantes con edades comprendidas entre los 16 y los 17 años
de edad, se consideran adolescentes (código de infancia y adolescencia) en cuyo caso se les exigirá
sus responsabilidades de acuerdo a su desarrollo.
Los encargados y responsables de velar y hacer cumplir los deberes del Estudiante son los Asesores
Educativos, las Coordinaciones Académicas y el Comité Académico (Convivencia Estudiantil), al
igual en esta labor apoyan y tienen autoridad el Director General, el Subdirector Administrativo y la
Coordinación de Talento Humano y Salud Ocupacional del INFA.
El estudiante del INFA tiene los siguientes deberes:
ARTICULO 41. DEBERES SOCIALES Y CULTURALES:
a) Acatar y respetar la Constitución Política de Colombia, la Declaración Universal de los
Derechos Humanos y las disposiciones previstas en este Manual de Convivencia
Institucional del INFA.
b) Defender el derecho a la vida (Artículo 11 de la Constitución Política de Colombia).
c) Reconocer y respetar en los demás, derechos que se exigen para sí mismo.
d) Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica.
e) Respetar y cumplir todos los deberes establecidos en la Comunidad Educativa, puesto que
sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
f) Generar, mantener, propiciar y sostener buenas relaciones interpersonales con todos los
miembros de la Comunidad Educativa del INFA. A continuación se presenta la definición que
el INFA tiene al respecto:
“Las relaciones interpersonales son una interacción recíproca y respetuosa entre
dos o más personas. Se trata de relaciones sociales que se encuentran reguladas y
mediadas por lo establecido en el Manual de Convivencia y la Cultura Institucional
del INFA, para llevar a cabo una sana interacción y una sana convivencia entre los
integrantes de la Comunidad Educativa. En toda relación interpersonal interviene la
comunicación, que es la capacidad de las personas para obtener información
respecto a su entorno y compartirla con el resto de las personas. Si falla la
comunicación, la relación interpersonal se verá obstaculizada. Las relaciones
interpersonales se basan en la importancia de la comunicación asertiva, las
habilidades sociales y la inteligencia emocional”.
g) Aplicar la urbanidad y buenas costumbres de Carreño. Manifestar buenos modales y
actitudes: Saludar, solicitar el favor, agradecer, despedirse, cultura, urbanidad, respeto y
veracidad.
h) Representar dignamente al INFA.
i) Presentarse en estado de sobriedad y lucidez en la fase teórica (al INFA) y/o escenarios
para práctica formativa y/o cuando porte el uniforme Institucional del INFA.
j) Procurar la armonía, el diálogo y el espíritu de cooperación en la Comunidad Educativa.
44
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
k) Respetar su dignidad no participando en actos que atenten contra la moral y las buenas
costumbres.
l) Informar oportunamente de situaciones irregulares que se estén presentando dentro y fuera
de la Institución.
m) Mantener la disciplina dentro y fuera del aula de clases, en presencia o ausencia del Asesor
Educativo y en todo acto comunitario o escenario de prácticas formativas intramurales y/o
extramurales.
n) Utilizar dentro y fuera de la Institución un lenguaje decente excluyendo toda palabra vulgar,
ofensiva o de doble sentido y toda manifestación de agresividad.
o) Entregar a las Coordinaciones Académicas todo objeto que no le pertenece.
p) Comunicar sus solicitudes y/o inconformidades con un lenguaje verbal, gestual y corporal
respetuoso, asertivo, decente y formal, esto con toda la Comunidad Educativa.
q) Aceptar e interiorizar la responsabilidad social que se tiene como auxiliar en salud.
r) Preservar la vida y el bienestar de las personas no realizando labores o comportamientos
que pueden llegar a afectar la integridad física a corto o largo plazo a otras personas. Esto
incluye que el estudiante no debe realizar labores de Auxiliar en Salud mientras es estudiante
activo del INFA, debido a que aún no tiene el certificado de aptitud ocupacional, el
conocimiento ni las competencias necesarias y suficientes para realizar dichas labores.
ARTICULO 42. DEBERES SOBRE EXACTITUD:
a) Asistir en el horario establecido (puntualmente) a clases teóricas y a las prácticas formativas
intramurales y/o extramurales en el lugar asignado.
b) Ingresar al aula de clase en teoría y/o escenarios para práctica formativa, en el horario
establecido por el INFA al finalizar su tiempo de descanso.
c) Cumplir con todo lo establecido en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo, el
Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias, en la
Bienvenida, en la Norma de Competencia Inducción a la Institución Educativa, en la Reunión
de Padres de Familia y/o Acudientes, en Modelos de Interacción y con todo lo establecido
en este Manual de Convivencia.
d) Presentar al día siguiente, las justificaciones por escrito, ante inasistencias.
e) Informar y solicitar autorización de permiso de su salida del INFA y/o Escenario para Práctica
Formativa al Asesor Educativo y/o la Coordinación Académica, esto ante circunstancias que
le impidan continuar su jornada académica.
f) Pagar cumplidamente los costos del servicio educativo (mensualidades y matriculas) dentro
de los términos contemplados en el contrato de prestación del servicio educativo y el Manual
de Convivencia del INFA (día 06 de cada mes).
g) Desarrollar con otros programas de formación y/o grupos de estudiantes de manera
conjunta, es decir, unidos, las Normas de Competencia Básicas y/o Transversales.
h) Acatar, respetar, cumplir y aceptar el grupo de estudiantes al cual es asignado al momento
de matricularse, al igual, cuando los grupos de estudiantes están muy numerosos el INFA
es el encargado de dividirlos y asignarle el grupo al estudiante, este no es de libre escogencia
por parte del mismo.
i) Acatar, respetar, cumplir y aceptar el Escenario para Práctica Formativa que el INFA le
asigne.
j) Acatar, respetar, cumplir y aceptar el subgrupo para práctica formativa que el INFA le asigne
y con el que lo remite a la práctica.
k) Cumplir todas las citas y llamadas que hagan las diferentes instancias del INFA.
l) Cumplir con el esquema de vacunación y la toma de los anticuerpos, acorde con lo
establecido por la normatividad vigente, los escenarios para práctica formativa y el INFA.
m) Estar afiliado y activo mes a mes a una EPS y/o SISBEN.
45
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
n) El estudiante que presente un accidente por riesgo biológico debe informar inmediatamente
al Asesor Educativo y/o responsable de la práctica formativa. (Ver Procedimiento atención
de accidentes por Riesgo Biológico en los estudiantes durante las Prácticas Formativas).
Cuando el estudiante sea valorado por la EPS asignada a la póliza de Riesgo Biológico,
debe asistir a todas las citas que esta le asigne, sin importar el tiempo que se demore de
una cita a la otra.
o) Respetar y cuidar la Imagen Corporativa y/o Institucional del INFA.
p) Guardar lealtad para con el Instituto, su Cultura y su Filosofía, en sus actitudes personales
y colectivas, mostrar identidad y/o sentido de pertenencia y compromiso con la Institución.
q) Cumplir con los compromisos verbales y/o escritos que realice con el INFA, referente a
temas financieros (Administrativos), académicos y actitudinales (Disciplinarios).
r) Cumplir con el Perfil del Estudiante del INFA y con lo establecido en la dimensión del Ser en
la formación basada en Competencias Laborales y con el fortalecimiento actitudinal
establecido por el INFA en el Manual de Convivencia Institucional.
s) Presentarse a los Planes de Mejoramiento Académico y/o Actitudinal en la fecha y hora
programadas y cumplir con los mismos.
t) Contar con disponibilidad de tiempo con y para la Institución. Esto con el fin de presentarse,
desarrollar y cumplir con todas las diversas actividades programadas por el INFA.
Actividades tales como: Clases Teóricas, Prácticas Formativas Intramurales y/o
Extramurales, Evaluación y Remisión de Prácticas Formativas Extramurales, Planes de
Mejoramiento Académico y/o Actitudinal, Charlas con Laboratorios en Temas de la Salud,
Modelos de Interacción, Actualizaciones del Manual de Convivencia, Actividades
Culturales y/o cualquier otra actividad programada por el INFA.
Nota: Los modelos de Interacción son modelos de actuación que los estudiantes del
INFA deben seguir para interactuar apropiadamente en los diversos contextos
(resaltando entre ellos el de la salud) dentro y fuera del INFA y en los diferentes
escenarios para prácticas formativas intramurales y/o extramurales.
u) Acatar y cumplir las instrucciones y/u órdenes impartidas por los Asesores Educativos,
Coordinación Académica, Coordinación de Talento Humano y Salud Ocupacional, Director
y Subdirector.
v) Respetar las Normas (Deberes), la Autoridad y las Jerarquías del INFA y de los Escenarios
para Prácticas Formativas.
w) Consultar y solicitar autorización primero al Asesor Educativo antes de llevar a cabo acciones
y/o tomar decisiones que no le competen, ni está autorizado en realizar ni tomar en la fase
teórica y/o práctica formativa. Acciones que llevan a infringir los deberes y requisitos y a
cometer faltas leves y/o graves.
x) Guardar y respetar el secreto profesional.
y) Ser honesto y decir la verdad en su hablar, proceder y actuar.
z) Aceptar, interiorizar, respetar y enriquecer la Cultura Institucional del INFA.
aa) Responder directamente por la consecuencia de sus propios actos, por consiguiente, es el
estudiante el que en primera instancia debe realizar y enfrentar el debido proceso actitudinal,
al cometer una falta, sea leve o sea grave. Dependiendo la gravedad de la falta, se llamará
al acudiente.
ARTICULO 43. DEBERES SOBRE ORDEN Y ARMONÍA:
a) Preservar, cuidar y mantener en buen estado los muebles, equipos, dotaciones e
instalaciones en general, motivar a que los demás actúen de la misma manera y responder
en el término de quince (15) días por los daños causados en la instalación, inmobiliaria o
implementos que se proporcionen como recursos o apoyos, tanto en el INFA y/o los
46
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
Escenarios para Prácticas Formativas Intramurales y/o Extramurales. También responder
por los daños que le ocasione a las pertenencias de cualquier miembro de la Comunidad
Educativa y/o funcionarios de los Escenarios para Prácticas Formativas Extramurales.
b) Para hacer uso de los escenarios para práctica formativa cumplir con todas las normas de
bioseguridad establecidas por la normatividad vigente, los Escenarios para Práctica
Formativa con los cuales se tiene convenios docencia-servicio, las aulas didácticas para
prácticas simuladas intramurales del INFA y por el Instituto.
c) Consumir los alimentos solamente en los sitios permitidos (Comedor de Estudiantes y Área
de Estudio).
d) Hacer uso apropiado de las unidades sanitarias, lavamanos y duchas. Reportar a
Coordinación Académica o a Subdirección Administrativa novedades que encuentren en
dichas unidades.
ARTICULO 44. DEBERES ACADÉMICOS:
a) Desarrollar y cumplir con todas las actividades académicas programadas.
b) Cumplir con lo establecido en el Capítulo III, Literal 3.5, Parágrafo del Decreto 4904 del 2009,
el cual refiere que los programas de formación de personal auxiliar en las áreas de la salud,
se realizarán de manera presencial tanto en su fase teórica como en las prácticas formativas.
c) Cumplir con lo establecido en el Capítulo VI, Literal 6.3 del Decreto 4904 que refiere que el
estudiante (en este caso del Instituto Fátima) debe cursar, aprobar, finalizar y cumplir un
programa de formación en las áreas auxiliares de la salud, con una duración mínima de mil
seiscientas (1600) horas y máxima de mil ochocientas (1800) horas, de las cuales el 60%
son de formación práctica y haber alcanzado todas las normas de competencia laborales
obligatorias y básicas para obtener el Certificado de Aptitud Ocupacional por Competencias.
d) Mantener buen desempeño académico.
e) Presentar evidencias (conocimiento, producto, desempeño y aprendizaje) y/o realizar planes
de mejoramiento académicos con el Asesor Educativo y/o la Coordinación Académica,
cuando la inasistencia ha superado el tope de permisividad.
f) Diligenciar y/o responder las evaluaciones eventuales y/o frecuentes elaboradas por el
Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima, esto con el fin de medir en un momento
dado el nivel académico de los estudiantes y de la Institución. Los instrumentos que se
usaran y aplicaran en esta actividad son evidencias (evaluaciones) de conocimiento,
producto y desempeño.
g) Diligenciar el permiso correspondiente ante la Coordinación Académica cuando falte
(inasista) a la jornada de prácticas formativas extramurales. Requisito indispensable para
ser recibido al día siguiente por el Asesor Educativo en el escenario para práctica formativa.
h) Portar y presentar siempre su carnet estudiantil en buen estado al ingresar a las
instalaciones del INFA y/o en los escenarios para prácticas formativas extramurales y/o
intramurales.
i) Portar, vestir y usar los elementos de protección personal (de bioseguridad) y de uso
personal indispensables para la realización de sus prácticas formativas intramurales y/o
extramurales.
j) Permanecer en la fase de teoría en el Instituto y/o Escenarios para Prácticas Formativas
extramural y/o intramural durante el horario establecido para el desarrollo de las actividades
académicas.
k) Estar atento al desarrollo de la formación guardando comportamiento, disciplina y buen
orden.
l) Desarrollar y cumplir activamente con las clases teóricas y el espacio programado de estudio
personal EPEP, buscando desplegar al máximo la creatividad.
m) Desarrollar hábitos de lectura, estudio e investigación que favorezcan y mejoren su nivel
académico y de cultura.
47
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
n) Realizar los talleres, seminarios, capacitaciones, etc., programados por el INFA que
conducen al fortalecimiento del aprendizaje.
o) Presentar las evidencias de conocimiento, producto y desempeño requeridas por cada
norma de competencia laboral durante el desarrollo de elementos y/o unidades de
aprendizaje y/o módulos de formación.
p) Presentar las evidencias de producto solicitadas, desarrolladas y aplicadas para fomentar y
complementar la formación académica.
q) Informar por escrito cuando no pueda continuar o terminar el programa, informar el motivo;
lo anterior será exigible para un futuro reingreso del estudiante, en un tiempo no mayor a
tres meses y para efectos de facturación y cobro.
r) Cumplir con todas las normas de competencia y al día con todas las actividades académicas
para poder ser programado al siguiente ciclo de estudios y/o práctica formativa.
s) Presentar todas las actividades académicas que les sean solicitadas durante la práctica
formativa (trabajos escritos, exposiciones, casos clínicos, talleres teóricos y prácticos,
rotafolios, etc.).
t) Cumplir con cada Norma de Competencia (Teoría y Prácticas formativas extramurales y/o
intramurales) con las tres dimensiones de formación integral del estudiante (Saber, Hacer y
Ser) establecidas en la formación por Competencias Laborales, por el Ministerio de
Educación Nacional, el Ministerio de la Protección Social y de Salud y el INFA.
ARTICULO 45. DEBERES SOBRE PRESENTACIÓN PERSONAL:
Los Deberes sobre Presentación Personal son establecidos en el INFA para dar cumplimiento a:






Las Normas de Bioseguridad y de Salud Ocupacional establecidas,
La Ley 115 y el Decreto 1860 de 1.994, este último a su Artículo 17, el cual refiere que en el
Manual de Convivencia, se debe establecer pautas de presentación personal que protejan a
los estudiantes de la discriminación por razones de apariencia,
Los requisitos exigidos por los Escenarios de Prácticas Formativas con los cuales se tienen
establecidos convenios Docencia-Servicio,
De cuidar y mantener la Imagen Corporativa y/o Institucional del INFA,
De respetar y mantener la Función y Estética del Uniforme Institucional,
Dar cumplimiento a lo establecido en este Manual de Convivencia.
Presentación personal en común para caballeros y damas.
El uniforme Institucional del INFA consta de camisa y/o blusa y pantalón tipo pijama, logo y zapatos
de enfermería. Cada programa (Auxiliar en Enfermería, Auxiliar en Salud Oral y Auxiliar en Servicios
Farmacéuticos) posee un color establecido de Uniforme. El estudiante debe usar el uniforme
Institucional del INFA acorde a como está establecido en este Manual de Convivencia.
La presentación personal en común para caballeros y damas es:
a. Presentarse con el uniforme Institucional (Teoría y/o Práctica Formativa y a toda
b.
actividad programada por el INFA) completo, pulcro, ordenado, bien planchado y no
ajustado o ceñido al cuerpo. No autorizado usar el uniforme roto y/o rasgado,
descocido, sin botones, sin planchar, sucio, en mal estado, etc.
La blusa o camisa del uniforme debe ser una talla más amplia de la normal, ejemplo:
si es talla S debe usar talla M, si es talla L, debe usar Talla XL, etc. No autorizado
ajustarla o ceñirla al cuerpo (tórax en general, pecho, costillas, cintura, caderas). La
48
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
camisa y/o blusa del uniforme debe tener adherido el Logo del INFA en la parte
izquierda del pecho (tórax).
Pantalón tipo pijama sin bolsillos. No ajustarlo ni ceñirlo a las caderas, glúteos y a
las piernas. No entubar o ajustar la bota del pantalón, la bota del mismo debe tener
20 cm de ancho en ambas dimensiones, quiere decir que al tener el estudiante el
pantalón puesto (vestido con el pantalón) la bota del mismo al medirla con el metro
de costura a costura y de quiebre a quiebre debe tener y dar 20 cm de ancho.
Medias totalmente blancas y largas. No autorizado el uso de medias tobilleras y/o
de otro color.
Portar el carnet en el pecho (tórax). No pegarle stickers por ningún lado ni al carnet
ni al yoyo, portarlo con su respectiva cintilla o gancho extensible con color de
acuerdo al color del uniforme del programa de formación matriculado.
Zapatos en cuero, de color blanco, con suela de goma, que protejan y queden
encerrados completamente los dedos, el dorso (Antepie y/o empeine), la planta y el
talón del pie. Los zapatos deben cumplir con la Normatividad en Bioseguridad y
Salud Ocupacional establecida. No autorizado el uso de suecos, zapatos crocs,
zapatos con perforaciones, sandalias, zapatillas, tenis, etc.
Uñas de las manos cortas a ras de la yema de los dedos, limpias y sin esmalte.
No tinturarse parte o todo el cabello con tonos encendidos (rojo, fucsia, violeta, etc).
No se permite el uso de los siguientes accesorios:









Cadenas, collares, camándulas, blin blin.
Candongas, pendientes
Pulseras y/o manillas.
Pearcings en partes visibles del cuerpo (Frente, cejas, parpados, orejas,
nariz, labios, lengua, mentón, cuello).
Anillos y/o argollas.
Cachuchas, gorras, sombreros, pasamontañas, etc.
Gafas oscuras.
Ponchos.
Usar debajo de la camisa y/o blusa del uniforme camisetas de color y de
cuello alto y visible. Solo se permiten camisetas de color blanco y sin
estampados.
1) Presentación personal Damas:
a. Cabello recogido con cola de caballo si es largo, si tiene capul lo debe recoger al
cabello con un gancho o pinza para cabello.
b. Si el cabello es corto, para que se vea organizado se debe usar gel o algún producto
que facilite el peinado del mismo.
c. Las balacas y diademas para el cabello deben ser delgadas, del color del cabello y/o
acordes al color del uniforme. Ejemplo: Auxiliares en Enfermería blancas o verdes,
Auxiliares en Salud Oral blancas o azules y Auxiliares en Servicios Farmacéuticos
blancas.
d. Las pinzas o ganchos para cabello deben ser negras.
e. Maquillaje discreto, tonos pastel, no tonos encendidos ni escandalosos.
f. Las prendas femeninas como el brasier deben ser de color blanco o beige. No se
autoriza el uso de brasier y/o top con tonos encendidos (rojo, fucsia, violeta).
g. Se permite el uso de topitos bien pequeños.
h. Si se usan extensiones de cabello deben permanecer debidamente limpias y pulcras.
j. No se permiten trenzas con chaquiras, rastas, hippies con hilos o plumas de colores.
49
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
2) Presentación personal Caballeros:
a. Bien afeitado, si usa barba está debe estar bien organizada y limpia.
b. Cabello corto y sin colitas, no dibujarse en el mismo las iniciales del nombre, escudo
de equipos de futbol, símbolos, líneas, o rayas.
c. No autorizado cortarse el cabello por partes o medio rapado o usar cresta o
levantarse (colocar de punta) el cabello con gel.
PARAGRAFO 1º: Orden y respeto al portar el uniforme en diversos lugares. Guardar el debido
orden y respeto con el porte del uniforme del INFA al frecuentar las cafeterías, restaurantes, centros
comerciales del entorno y/u otros.
PARAGRAFO 2º: Estampado y logo del INFA marca registrada. El estampado de la blusa y/o
camisa y logo institucional es marca registrada ® y no se autoriza a ninguna persona o institución
para poner estos símbolos; se considera una falta grave mandar a poner el logo institucional a
personas o instituciones no autorizadas por INFA y se procederá conforme a la penalización de
marcas y registros.
ARTICULO 46. DEBERES DEL REPRESENTANTE DE GRUPO: Adaptado y armonizado con el
Decreto 1860 de 1.994.
El representante de grupo de los estudiantes del INFA, será un estudiante perteneciente a cada uno
de los grupos, es decir, habrá un representante de grupo por cada grupo de estudiantes matriculados
en el INFA. Aquel será encargado de promover el ejercicio de los derechos y deberes de los
estudiantes de su grupo, establecidos en este Manual de Convivencia.
1) Elección del Representante de Grupo:
1) El representante de grupo, será elegido por sus compañeros de grupo, dentro de los veinte
y uno (21) días calendario siguientes al de la bienvenida que se realiza con un grupo nuevo.
2) Cuando el grupo identifica al compañero de estudio que cumplen con las características para
ejercer el rol de Representante de Grupo, le debe consultar si le interesa postularse como
representante del grupo, si dice que sí, se programará una reunión en compañía de la
Coordinación Académica, quien mediará y supervisará la elección formal del representante
del grupo, esto por medio del sistema de mayoría simple y mediante el mecanismo del voto
en consenso grupal. Si se postulan para representante de grupo dos o más estudiantes, se
aplica el procedimiento antes descrito.
2) Características del Representante de Grupo:
La idea es que el representante cuente con algunas de las características que se presentarán a
continuación, y las características que le hagan falta, las puede ir construyendo, desarrollando,
interiorizando y aplicando durante el cumplimiento de su rol como representante de grupo. En este
último aspecto, contará con la orientación, apoyo, asesoría y guía de la Coordinación Académica. A
continuación se presentan dichas características:




Sano juicio y buen sentido del humor.
Liderazgo positivo, democrático y conciliador.
Tolerancia y respeto.
Comunicación clara, puntual y asertiva.
50
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA





Buenas relaciones interpersonales.
Responsabilidad y seriedad.
Buen desempeño (rendimiento) académico.
Puntualidad y cumplimiento con los horarios de ingreso a clases teóricas y/o prácticas
formativas, reuniones del INFA, etc.
Presentación personal de acuerdo a lo establecido en este Manual de Convivencia.
3) Deberes del Representante de Grupo:
a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá
utilizar los medios de comunicación interna de la Institución (Carteleras, Modelos de
Interacción, etc.,) y de la Coordinación Académica.
b) Velar por el bienestar de su grupo y realizar propuestas para fortalecer relaciones
interpersonales y la convivencia pacífica al interior del mismo.
c) Mediar los conflictos o inconvenientes que se presenten en el aula de clase, entre sus
compañeros de estudio y entre el Asesor Educativo y sus compañeros de estudio e informar
a Coordinación Académica, cual fue el debido proceso que realizo y cuáles fueron los
acuerdos a los que llegaron. Reportar y entregar también a la Coordinación Académica, los
casos en que no se lleguen a acuerdos de convivencia.
d) Orientar, enseñar y guiar a sus compañeros de estudio en la comprensión y aplicación de lo
establecido en el Manual de Convivencia del INFA.
e) Reportar e informar a Coordinación Académica:




Las quejas y reclamos que presenten sus compañeros sobre vulneración a sus
derechos y los casos de acoso estudiantil.
Las quejas y reclamos que formule cualquier persona de la comunidad sobre el
incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
Los casos de compañeros que inasistan (falten) frecuentemente a clases teóricas
y/o prácticas formativas extramurales.
Los casos de compañeros que presenten novedades disciplinarias, personales, de
presentación personal, etc.
f)
Asistir y participar activamente de las reuniones de representantes de grupo y a todas las
actividades programadas por el INFA.
g) Ser ejemplo para sus compañeros de grupo, es decir, cumplir con todos los deberes del
estudiante del INFA, conocer y vivenciar el Manual de Convivencia y los valores
institucionales.
h) Fomentar el uso adecuado por parte de sus compañeros de estudio del aula de clases, la
biblioteca, áreas de estudio, sala de sistemas, escenarios para práctica formativa, comedor
y auditorios.
i) Informar sobre su renuncia y solicitud de cambio de representante de grupo.
PARÁGRAFO FINAL DEL CAPÍTULO XX: Incumplimiento a cualquiera de los deberes. El
incumplimiento del estudiante a cualquiera de los deberes antes mencionados en los Artículos 41,
42, 43, 44, 45 y 46, será tratado como falta leve y/o grave, según el análisis y resultado del debido
proceso establecido en este Manual de Convivencia del INFA.
51
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XXI
DE LAS IRREGULARIDADES DISCIPLINARIAS
FALTAS LEVES Y GRAVES
Naturaleza, Clase e Intensidad de las Irregularidades Disciplinarias:
Las irregularidades se clasifican en Leves y Graves atendiendo a su naturaleza y efectos, y a las
modalidades y circunstancias del hecho. El Instituto Fátima a través de la Coordinaciones
Académicas y/o el Comité Académico (Convivencia Estudiantil = grupo de funcionarios encargados
y responsables de manejar las irregularidades y los debidos procesos ante faltas leves y graves
cometidas por los estudiantes del INFA), realizaran el análisis de las irregularidades (faltas leves y/o
graves), situaciones, conflictos, comportamientos inapropiados del estudiante (es decir, al
incumplimiento de lo establecido en este Manual de Convivencia y/o en la Cultura Institucional del
INFA), etc., y determinarán de acuerdo al debido proceso, las Actividades Formativas, de
Crecimiento y Fortalecimiento Humano y/o Psico-Educativas y/o las Sanciones Disciplinarias que se
le establecerán al estudiante.
ARTÍCULO 47. FALTA LEVE: En el INFA, la falta leve no posee la misma magnitud y delicadeza de
una falta grave pero de igual forma, lleva al estudiante al incumplimiento de sus obligaciones,
responsabilidades, deberes, perfil, y requisitos adquiridos con el Instituto Fátima en el Contrato de
Prestación del Servicio Educativo, Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas
Obligatorias y lo establecido en Manual de Convivencia y en la Cultura Institucional. Se considera
falta leve:
a) Salida del Instituto y/o Escenarios para Prácticas Formativas Extramurales yo Intramurales
sin previo aviso y autorización por parte de los Asesores Educativos y/o Coordinaciones
Académicas.
b) Desacato y/o no cumplimiento de una instrucción impartida por Directivos, Coordinaciones
Académicas y Asesores Educativos del INFA, en relación con las actividades académicas
y/o de comportamiento y/o actitud y el perfil y deberes del estudiante.
c) Inasistencia no justificada a clases teóricas, a prácticas formativas y a las actividades
programadas por el INFA.
d) El no porte del uniforme reglamentario del INFA, incluyendo el carnet estudiantil.
e) Apariencia personal sucia y descuidada.
f) Ser descortés y displicente.
g) Llegar tarde a clase en teoría y/o a la práctica formativa.
h) No asistir a la jornada académica completa en teoría y/o práctica formativa sin justa causa.
i) Ofrecer y/o comercializar artículos dentro de las aulas de clase del Instituto, en cualquier
dependencia del INFA y/o en los Escenarios para Práctica Formativa.
j) Comer alimentos por fuera del área del comedor o el área de estudio.
k) Utilizar el celular, reproductores de música, audífonos, tablec, etc., durante el desarrollo de
clases teóricas y/o práctica formativa.
l) Incumplir con las políticas de uso de espacios (biblioteca, áreas de estudio, aulas didácticas
para prácticas simuladas, etc.).
m) Incumplir con los compromisos verbales y/o escritos que realizó con el INFA, referente a
temas financieros, académicos y actitudinales (Disciplinarios).
n) Incumplir con cualquiera o todos los deberes de presentación personal.
o) Incumplir con cualquiera o todos los deberes académicos.
p) Incumplir con las citas y llamadas que hagan las diferentes instancias del INFA.
q) No informar oportunamente situaciones irregulares que se estén presentando dentro y fuera
de la Institución (teoría y/o práctica formativa).
52
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
r)
No presentarse a todas las actividades programadas por el INFA (académicas, etc.), no
justificar con soporte (Excusa Médica y/o Acta de Defunción) la inasistencia y no cumplir con
lo planteado en la actividad. Actividades tales como: Charlas con Laboratorios,
Actualizaciones del Manual de Convivencia y/o en Temas de la Salud, Modelos de
Interacción, Actividades Culturales y/o cualquier actividad programada por el INFA.
s) No presentarse a los Planes de Mejoramiento Académico y/o Actitudinal en la fecha y hora
programados, no justificar con soporte (Excusa Medica y/o Acta de Defunción) la inasistencia
y no cumplir con lo planteado en dichos planes.
ARTICULO 48. FALTA GRAVE:
En el INFA la falta grave se clasifica como el desacato, quebrantamiento e incumplimiento por parte
del estudiante de sus obligaciones, responsabilidades, deberes, perfil, y requisitos adquiridos con el
INFA en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo, Reglamento Especial para Estudiantes en
Prácticas Formativas Obligatorias y lo establecido en este Manual de Convivencia y en la Cultura
Institucional. La falta grave también atenta y/o afecta al estudiante, a la Institución, a la Comunidad
Educativa, la convivencia pacífica, el buen nombre del INFA y a un bien protegido legalmente. Se
considera falta grave:
a) Reincidencia de manera consecutiva o aislada en faltas leves tres (3) veces mientras se es
estudiante matriculado y/o activo del INFA.
b) No cumplir con todo lo establecido en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo, el
Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias, en la
Bienvenida, en la Norma de Competencia Inducción a la Institución Educativa, en la Reunión
con Padres de Familia y/o Acudientes, en Modelos de Interacción y con todo lo establecido
en este Manual de Convivencia.
c) Generar, estimular, promover y provocar conflictos con y/o entre compañeros de estudio,
Asesores Educativos y cualquier miembro de la Comunidad Educativa del INFA. A
continuación se presenta la definición que el INFA tiene al respecto:
Conflicto: “Diferencias, desacuerdos, discrepancias e inconformidad implícita o
explícita entre dos o más miembros de la Comunidad Educativa por razones
socioculturales, de opinión, comportamiento, irrespeto, exceso de confianza,
agresividad, incumplimiento del perfil y los deberes del estudiante y la Cultura
Institucional del INFA, por cometer faltas leves y/o graves de acuerdo a lo
establecido en este Manual de Convivencia, etc., que pueden ser estimulados o
agravados por roles difusos entre las partes (estudiantes, asesores educativos y/u
otros miembros de la Comunidad Educativa), intolerancia, estado de ánimo, orgullo,
impulsividad, antecedentes entre las partes, etc.”
d) No cumplir con el esquema de vacunación y con la toma de anticuerpos establecidos en la
normatividad vigente emanada por el Ministerio de Protección Social, ya que impide cumplir
con el objeto del contrato de prestación del servicio educativo. Si el estudiante no cumple
este requisito, no podrá ser programado ni realizar las prácticas formativas extramurales y/o
intramurales.
e) Cualquier situación en la que se vea involucrado y/o afectado el escenario para práctica
formativa y/o cualquier funcionario del mismo.
f) Situaciones en las que se vean afectados los pacientes o los tratamientos terapéuticos de
los mismos.
g) Situaciones en las cuales el estudiante no guarde el secreto profesional en todos los
momentos del cuidado de enfermería y/o salud oral y/o servicio farmacéutico (Enfermería:
53
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
h)
i)
j)
k)
l)
m)
n)
o)
p)
q)
r)
s)
t)
u)
v)
w)
x)
y)
z)
aa)
Ley 911 de 2.004, Salud Oral: Ley 35 de 1.989 y Decreto 0491 de 1.990 y Servicios
Farmacéuticos: Decreto 2200 del 2.005).
Perjuicios causados en teoría y/o prácticas formativas extramurales y/o intramurales a
estudiantes, pacientes, usuarios, funcionarios y elementos institucionales por no acatar
instrucciones de orden superior.
Inasistencia colectiva de varios estudiantes como manifestación de desacato.
Inasistencia colectiva de estudiantes pertenecientes a un mismo grupo de estudio sin
justificación, incluyendo los casos en los que esta inasistencia colectiva se realice basados
en la permisividad de la norma de competencia laboral.
Agresión física y/o verbal y/o de hecho, agresión moral y/o discriminación, utilización de
expresiones de irrespeto y difamación comprobada contra cualquier miembro de la
Comunidad Educativa.
Uso del lenguaje y actitudes groseras y vulgares, tanto verbal como escrita.
Incitación al desorden o indisciplina que implique la suspensión de actividades académicas
normales o la alteración del orden Institucional.
Fumar, ingerir bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, o fármacos dependientes
dentro y/o por fuera del INFA si portase el uniforme Institucional.
Portar el uniforme del INFA en sitios como bares, grilles, discotecas y/o sitios donde se venda
licor.
Utilizar de manera indebida el nombre o el carnet del INFA.
Actos de indisciplina, injuria u ofensas graves.
Fraude en evidencias de conocimiento, producto, desempeño y aprendizaje; fraude en
entrevistas, en planes de mejoramiento académico y/o actitudinal y fraude en valoraciones
y/o trabajos académicos. Fraude en las evaluaciones eventuales y/o frecuentes elaboradas
por el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima, que buscan medir en un momento
dado el nivel académico de los estudiantes y de la Institución.
Por desacato a una instrucción y/o a las recomendaciones impartidas por el Asesor
Educativo, Coordinaciones Académicas, Coordinación Talento Humano y Salud
Ocupacional, Directivos y Comité Académico (Convivencia Estudiantil), ofrecidas para el
mejoramiento actitudinal y/o académico del estudiante.
Cuando el estudiante se encuentre en situación de bajo desempeño (rendimiento)
académico por comprobada negligencia y/o irresponsabilidad y/o por no acatar las
recomendaciones hechas por el INFA, ofrecidas al estudiante para su mejoramiento.
Incumplir con el Perfil del Estudiante del INFA y con lo establecido en la dimensión del Ser
en la formación basada en Competencias Laborales y con la formación actitudinal
establecida por el INFA en el presente Manual de Convivencia y en su Cultura Institucional.
Irrespetar, no aceptar y no enriquecer la Cultura Institucional del INFA.
Ser deshonesto y mentir en su hablar, proceder y actuar.
Comunicar irrespetuosamente sus solicitudes y/o inconformidades con un lenguaje verbal,
gestual y corporal, poco asertivo, grosero e informal, esto con cualquier miembro de toda la
Comunidad Educativa y/o funcionarios de los Escenarios para Práctica Formativa.
Irrespetar las Normas (Deberes), la Autoridad y las Jerarquías del INFA y de los Escenarios
para Práctica Formativa.
No consultar y solicitar autorización al Asesor Educativo antes de llevar a cabo acciones y/o
tomar decisiones que no le competen, ni está autorizado en realizar ni tomar en la fase
teórica y/o práctica formativa. Acciones que llevan a infringir los deberes y requisitos del
estudiante y a cometer faltas leves y/o graves.
Presentarse en estado de embriaguez (alicoramiento) y/o pos consumo de alcohol (guayabo
y/o resaca) y/o durante y/o después de haber consumido sustancias psicoactivas al INFA
y/o Escenarios para Práctica Formativa en la fase teórica y/o fase de práctica formativa
cuando porte el uniforme Institucional del INFA.
54
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
bb) Presentarse a laborar al lugar donde tiene un contrato de trabajo y ejercer funciones
vistiendo el uniforme del Instituto Fátima. Actividad que nada tiene que ver con las
programaciones académicas del INFA.
cc) Inasistir a las citas programadas por la EPS asignada a la póliza de riesgo biológico, así
dichas citas estén programas con un mes o más después de ocurrido el accidente.
dd) Cambiar sin autorización de la Coordinación Académica la jornada académica (mañana y/o
tarde y/o noche y/o sábado) programada para el desarrollo de la fase teórica y/o de la
práctica formativa.
ee) Atender emergencias o realizar labores de auxiliares en salud, mientras se es estudiante
activo del INFA y este vistiendo el uniforme del INFA.
ARTÍCULO
49.
FALTAS
GRAVES
CLASIFICADAS
COMO
COMPLEJAS
Y/O
CORRESPONDIENTES A CONDUCTAS PUNIBLES, LAS CUALES, SERÁN TRATADAS POR EL
COMITÉ ACADÉMICO (CONVIVENCIA ESTUDIANTIL).
Nota: PUNIBLE: Que se le debe establecer al infractor de la ley y/o norma y/o deber una sanción
y/o castigo. Esta se encuentra relacionada con conductas, actos y comportamientos inapropiados,
prohibidos y graves que llevan a incumplir la Ley, las Normas y los Deberes. Los cuales dada la
gravedad del caso, deben ser analizados y resueltos por la justicia colombiana.
A continuación se relacionan dichas faltas graves:
a) Suplantación de personalidad y/o rol de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
b) Adulteración, falsificación, sustracción de documentos pertenecientes y/o relacionados con
el INFA. En caso en que la falsificación, adulteración, sustracción de un documento sea
realizada por el padre de familia y/o acudiente de un estudiante menor y/o mayor de edad,
el INFA procederá jurídicamente ante las autoridades competentes, y en este caso, el
estudiante iniciará el debido proceso establecido en el presente Manual de Convivencia.
c) Escándalo público donde se compromete el buen nombre del INFA.
d) Vandalismo: daños graves en las instalaciones y bienes de la Institución y de los escenarios
para práctica formativa y/u otros lugares.
e) Porte de armas dentro del INFA, en escenarios para práctica formativa y/u otros lugares
mientras se es estudiante activo y/o vistiendo el uniforme del INFA.
f) Acoso sexual a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
g) Soborno (ofrecimientos de retribución económica o en especie) a un Asesor Educativo o
funcionario del INFA, a cambio de beneficios académicos y/o actitudinales (disciplinarios)
y/o financieros.
h) Expendio de drogas alucinógenas dentro o fuera del INFA, escenarios para práctica
formativa y/u otros lugares.
i) Hurto, robo o daño premeditado de material de enseñanza y/o del mobiliario y/o artículos
tanto en las instalaciones del INFA, como en los escenarios para práctica formativa y/u otros
lugares, y en general, de las pertenencias de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
j) Irrespetar y no cuidar la imagen Corporativa y/o Institucional del INFA.
k) Comprar y hacer poner el logo y/o estampado Institucional de personas o instituciones no
autorizadas por el INFA para esta actividad. Ante esta situación, INFA procederá conforme
a la penalización de marcas y registros.
l) Incitar, promover, insinuar, obligar a los estudiantes y/o cualquier miembro de la Comunidad
Educativa a incurrir en actos de prostitución, proxenetismo y que impliquen acceso carnal a
cambio de dinero y/o por amenaza a su integridad física, psíquica, moral y/o familiar.
PARÁGRAFO: Faltas graves punibles serán informados a la autoridad competente. El Instituto
Fátima ante la comisión de una de estas faltas graves establecidas en el Artículo 49 de este Manual
55
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
de Convivencia, en cuanto a su dimensión, efectos, etc., es menester (Necesario y/u Obligatorio)
informar a la autoridad competente (a quien corresponda de acuerdo a Ley), con el fin de que tome
las decisiones judiciales pertinentes en cada caso. Si no es necesaria la privación de la libertad
(Cárcel y/o Prisión) del estudiante, dependiendo del tipo o clase de evento y/o falta grave, podrá
permanecer en clase, no obstante el INFA puede tomar la decisión Institucional de suspenderle
temporalmente sus estudios en la fase teórica y/o práctica formativa, mientras se dirime (Resuelve
y/o Soluciona) el asunto por la justicia ordinaria (Ley 1098 del 2.006, Ley 599 del 2.000 y Ley 906
del 2.004).
ARTÍCULO 50. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESTUDIANTIL DEL
INFA (Ley 1620 del 15 de Marzo del 2.013) y DEDIDO PROCESO ANTE FALTAS LEVES Y/O
GRAVES COMETIDAS POR EL ESTUDIANTE DEL INFA:
1) JUSTIFICACIÓN: Partiendo de la base que el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima
LTDA Sede Principal Sur Champagnat es una institución de Educación para el Trabajo y el Desarrollo
Humano, ha organizado y adaptado gran parte de este Manual de Convivencia, de manera tal, que
dé cumplimiento a lo establecido en la Ley 1620 del 15 de Marzo del 2.013. Lo anterior es debido a
que dicha Ley, fue elaborada para los estudiantes (niñas, niños y adolescentes), de los niveles
educativos de preescolar, básica y media.
2) DEFINICIONES:

Ruta de Atención Integral para la Convivencia Estudiantil del INFA: La ruta define los
procesos y los protocolos que deberá seguir la Institución en todos los casos en que se vea
afectada la convivencia estudiantil, los derechos humanos, derechos del estudiante INFA,
derechos sexuales y reproductivos y el cumplimiento de los deberes del estudiante. El
Instituto Fátima debe garantizar la atención inmediata y pertinente de estos casos que se
presenten, tanto al interior de la Institución como en sus alrededores.

Acoso Estudiantil o Bullying: Conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de
agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento
deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico,
verbal, físico o por medios electrónicos contra un estudiante del INFA, por parte de un
estudiante o varios estudiantes, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo
determinado. También puede ocurrir por parte de Asesores Educativos, Directivos,
Coordinadores o cualquier miembro de la Comunidad Educativa contra estudiantes, o por
parte de estudiantes contra a los antes mencionados (Asesores Educativos, Directivos, etc.).
El acoso estudiantil tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el
rendimiento académico de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima y la
convivencia estudiantil del establecimiento educativo.

Ciberbullying o Ciberacoso Estudiantil: Forma de intimidación con uso deliberado de
tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos
online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
3) RESPONSABLES: Asesores Educativos, Coordinaciones Académicas, Comité Académico
(Convivencia Estudiantil), Directivos, Representantes de Grupo y Estudiantes.
4) COMPONENTES: Consta de cuatro (4) componentes: promoción, prevención, atención y
seguimiento.
56
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
4.1) Promoción: En él se presenta, establece y define la Cultura Institucional y el Manual de
Convivencia del INFA, los criterios de convivencia que deben seguir los estudiantes y miembros de
la comunidad educativa en los diferentes espacios de la Institución y en los Escenarios para Práctica
Formativa, los derechos, perfil, deberes y obligaciones, las faltas leves y/o graves, sus debidos
procesos del estudiante del INFA y los mecanismos e instancias para reportar, conciliar y solucionar
los casos en que se vea afectada la convivencia, los derechos humanos y del Estudiante INFA, sus
derechos sexuales y reproductivos. Este componente se desarrolla por medio de:
I.
II.
Bienvenida a Estudiantes nuevos.
Desarrollo de la Norma de Competencia Inducción a la Institución Educativa y Valores
Institucionales.
Reunión con padres de familia y/o acudientes de estudiantes menores y mayores de edad.
Ronda institucional en las instalaciones y aulas de clase del INFA.
Supervisión en los Escenarios para Práctica Formativa.
Informativos, volantes, recortes de periódicos, etc., alusivos a este componente de
promoción, donde se explique que es el Bullying o Acoso Estudiantil, como identificarlo,
cuáles son sus consecuencias y cómo y a quién reportarlo. Estos informativos se colocan en
las Carteleras de la Institución y son divulgados verbalmente por los Asesores Educativos,
los Representantes de cada Grupo y la Coordinación Académica en las aulas de clase, en
la remisión y evaluación de prácticas formativas, en los escenarios para práctica formativa y
en Modelos de Interacción.
III.
IV.
V.
VI.
4.2) Prevención: Este se desarrolla por medio de un proceso continuo de formación integral a los
estudiantes, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de los factores,
condiciones y/o causas que puedan incidir y/u originar la problemática de la violencia estudiantil y el
incumplimiento de sus deberes y obligaciones, las cuales se manifiestan en comportamientos
violentos que vulneran los derechos de los demás estudiantes y/o miembros de la Comunidad
Educativa, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia
o de ser agentes de la misma en el INFA. Este componente se desarrolla por medio de:
4.2.1) Modelos de Interacción: Son sensibilizaciones, actividades Psico-Educativas, socio-dramas,
conferencias, talleres, charlas, etc., sobre los modelos de actuación humanizados, respetuosos,
apropiados, contextualizados y asertivos que los estudiantes del INFA deben aprender, interiorizar,
aplicar y seguir para interactuar apropiadamente en los diversos contextos sociales, resaltando entre
ellos el de la salud. Son modelos sobre cómo actuar y comportarse dentro y fuera del INFA y en los
escenarios para práctica formativa. Con ellos también se busca: Primero, fortalecer entre los
estudiantes y los miembros de su comunidad educativa la integración, las relaciones interpersonales,
la convivencia pacífica y respetuosa y los derechos del otro. Y segundo, reducir la falta de coherencia
entre el pensar, sentir, hablar y actuar del estudiante en los diversos contextos sociales, resaltando
entre ellos el de la salud. En los Modelos de Interacción se trabajan algunas de las siguientes
temáticas:






La Familia como modelo fundamental y formadora de la convivencia armoniosa y las buenas
relaciones interpersonales.
La Institución Educativa como modelo básico y orientadora de convivencia armoniosa, del
respeto por los derechos humanos y facilitadora de las buenas relaciones interpersonales.
Proyecto de Vida para el futuro Auxiliar en la Salud.
Derechos Humanos y el Respeto al otro.
Cuidando la Salud Mental (Autoestima, autoconocimiento, tolerancia, manejo del estrés, el
enojo y la presión psicológicas).
Que es el Bullying o Acoso Estudiantil, como identificarlo, cuáles son sus consecuencias,
cómo prevenirlo y cómo y a quién reportarlo.
57
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA











Normas de Urbanidad.
Escucha y Comunicación Asertivas.
Relaciones Interpersonales y Acuerdos Colectivos (El Contrato Psicológico).
Manejo y Solución de Conflictos.
Estrategias para la Conciliación y la Elaboración de Acuerdos de Convivencia Pacífica.
Lenguaje Corporal y Gestual Asertivos.
Las Instituciones de la Salud y su Cultura Institucional.
Reforzamiento del perfil, derechos y deberes del estudiante, faltas leves y graves y sus
debidos procesos establecidos en el Manual de Convivencia del INFA.
Charlas con laboratorios en temas relacionados con: Planificación Familiar, Buenos hábitos
de nutrición, Virus Papiloma Humano, Drogadicción, Infecciones de Transmisión Sexual
(ITS), Salud Sexual y Reproductiva, Lactancia Materna, Previniendo Accidentes por Riesgo
Biológico, Trastornos Digestivos, Higiene Intima, entre otros temas.
Charlas con Entidades no relacionadas con la salud. Se desarrollan temas tales como:
Beneficios de estar afiliado al Fondo de Pensiones y Cesantías, cómo elaborar una Hoja de
Vida y presentar una Entrevista Laboral y cómo acceder y hacer uso de las páginas de
empleo en Internet, entre otros temas.
Otros temas y actividades que surjan de la interacción diaria entre los estudiantes, los
diversos contextos donde interactúa y los miembros de la Comunidad Educativa que sean
necesarios abordarlos.
4.3) Atención: Aquí se pone en marcha el protocolo con el que se inicia la identificación de
situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia estudiantil, por el incumplimiento de los
deberes del estudiante del INFA y por cometer faltas leves y/o graves, los cuales tendrán que ser
remitidos al responsable que en este caso es la Coordinación Académica, lo anterior para su
documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual de Convivencia.
En caso de que la falta sea clasificada de gran gravedad y complejidad, la Coordinación Académica
remitirá el caso al Comité Académico (Convivencia Estudiantil) y dada la gravedad del caso informará
de los hechos a los padres de familia y/o acudientes de los estudiantes víctimas y de los estudiantes
generadores de los hechos violentos.
El componente de atención de la ruta será activado por la Coordinación Académica por la puesta en
conocimiento por parte del estudiante víctima, estudiantes, asesores educativos, el representante de
cada grupo, directivos, padres de familia y/o acudientes, miembros de la comunidad educativa o por
cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia estudiantil. Una vez
agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia estudiantil o vulneración de
derechos humanos y del estudiante INFA, derechos sexuales y reproductivos de los estudiantes del
Instituto Fátima que no puedan ser resueltas por las vías que establece el Manual de Convivencia y
se requiera de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el Director
General del Instituto Fátima y/o a quien él delegue, de conformidad con las decisiones del Comité
Académico, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, la Comisaría de Familia, la
Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, o a la autoridad competente
que corresponda.
4.3.1) Debido Proceso ante Faltas Leves y/o Graves cometidas por el Estudiante del INFA:
El debido proceso instrucciona, direcciona e indica los pasos a seguir en los casos de faltas leves y/o
faltas graves cometidas y presentadas por el estudiante del INFA, al igual, es una oportunidad para que
el estudiante se haga consciente de su situación actual, se haga responsable de sus actos, asuma
consecuencias como resultado de sus acciones, corrija y enmiende la falta y/o error que cometió, se
brinde la oportunidad de crecer como persona y que por voluntad propia tome la decisión de modificar
su comportamiento y convertirse en un sujeto de derechos y deberes.
58
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
4.3.1.1) Debido Proceso Faltas leves:
Diálogo con el Estudiante por parte del Asesor Educativo: Aquí el Asesor Educativo en la fase
teórica y/o en la fase de práctica formativa debe seguir este debido proceso en el momento que el
estudiante cometa una Falta Leve:
1) Escuchar la versión del estudiante: En este espacio aplicar el P.E.C. Preguntar, Escuchar
y Comunicar:

Preguntar: ¿Qué pasa?, ¿Por qué te comportas de esa manera? ¿Qué ocurrió?

Escuchar: Prestar completa atención a lo que el estudiante le está informando
referente a la situación o caso que le aconteció.

Comunicar: De manera respetuosa, tranquila, sin hacer uso de la sátira, tonos
y gestos agresivos, expresarle al estudiante cual fue su comportamiento
inadecuado, como nos hace sentir, qué genero la situación y luego con la misma
tónica, escuchar lo que tenga por expresar.
2) Continuando con el punto anterior, aplicando el P.E.C. se logra identificar qué es lo que
motiva al estudiante a cometer la primera falta leve, si cometió la falta porque:







Se dio la oportunidad de cometer la falta leve para lograr un fin personal,
por falta de supervisión y vigilancia,
por ociosidad del estudiante,
por la emoción de llevar a cabo una acción prohibida,
por componentes emocionales, por ejemplo, frustración, ira, resentimiento, etc.,
por ciertos rasgos de personalidad,
y/o por otros motivos.
3) Intervenir, orientar, asesorar y educar a través del diálogo, la experiencia y el ejemplo al
estudiante que cometió la falta leve, esto apoyado con el Manual de Convivencia del INFA.
4) Conciliar y llegar a un acuerdo de sana convivencia con el estudiante, donde se dé
cumplimiento a los derechos y deberes establecidos en el Manual de Convivencia.
5) Si el estudiante presenta por segunda vez una falta leve, el Asesor Educativo realizará una
tutoría preventiva a nivel actitudinal, donde registrará la intervención hecha al estudiante y
el compromiso y acuerdo que éste firma y hace.
6) Si el estudiante presenta por tercera vez una falta leve, el Asesor Educativo remitirá el caso
por escrito a Coordinación Académica, quien llevará a cabo las Actividades Formativas, de
Crecimiento y Fortalecimiento Humano y/o Psico-Educativas con el estudiante, las cuales
están establecidas en este Manual de Convivencia.
7) Si el estudiante reincide y sigue presentando faltas leves, las mismas se convierten y se
trataran como falta grave y se iniciará el debido proceso para la aplicación de alguna de las
sanciones disciplinarias establecidas en este Manual de Convivencia.
PARÁGRAFO 1º: Debido proceso que debe seguir la Coordinación Académica. La Coordinación
Académica debe seguir este debido proceso cuando un estudiante comete faltas leves. La
Coordinación Académica en el momento que el estudiante cometa su segunda falta leve, debe
diligenciar y hacer firmar del mismo, un Acta de Compromiso y debe registrar dicho compromiso en
la Tabla de Seguimiento y Control del Desempeño Actitudinal del Estudiante.
59
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
PARÁGRAFO 2º: Procedimiento para que un funcionario administrativo remita un estudiante.
Si el afectado por la falta leve cometida por un estudiante es un funcionario administrativo, éste
remitirá el caso por escrito a Coordinación Académica, quien aplicará el debido proceso para las
faltas leves establecido en este Manual de Convivencia.
PARÁGRAFO 3º: Faltas graves no serán sometidas al debido proceso de faltas leves. Las faltas
consideradas como graves en primera instancia, no serán sometidas al debido proceso de faltas
leves, las mismas se trataran como faltas graves y se seguirá el debido proceso para este tipo de
faltas y dado el caso se aplicaran las sanciones disciplinarias establecidas en este Manual de
Convivencia. Lo anterior siempre acompañado de Actividades Formativas, de Crecimiento y
Fortalecimiento Humano y/o Psico-Educativas.
4.3.1.2) ACTIVIDADES FORMATIVAS, DE CRECIMIENTO Y FORTALECIMIENTO HUMANO Y/O
PSICO-EDUCATIVAS
Las estrategias de atención, apoyo, sensibilización, formación a nivel personal, psico-educación y
orientación al estudiante víctima y al generador de la violencia, cuando se presentan casos de
violencia o acoso estudiantil o de comportamiento agresivo, faltas leves y/o graves que vulneren los
derechos humanos y del estudiante INFA, derechos sexuales y reproductivos, que se llevan a cabo
en el INFA son:
1) Espacios de Conciliación y Reparación Simbólica para el Estudiante Víctima y el
Estudiante Generador de la Violencia Estudiantil. Con estos espacios se propende a
promover y vivenciar el perdón, la reconciliación y la restauración de las relaciones. “La
reconciliación y la reparación del daño: verdaderos actos de paz y convivencia pacífica”.
1.1)

Espacios de Conciliación: La conciliación, es un medio alternativo para solucionar
conflictos, a través del cual las partes resuelven directamente una diferencia y/o
discrepancia con la intervención o colaboración de un mediador que en este caso
puede ser el Asesor Educativo, el Representante de Grupo, las Coordinaciones
Académicas y el Comité Académico (Convivencia Estudiantil). Mediante la
conciliación las partes resuelven sus problemas sin tener que acudir a instancias
disciplinarias. Resulta un mecanismo flexible, donde las partes llegan a un acuerdo
de respeto y tolerancia mutua, de convivencia pacífica y de cumplimiento del perfil,
derechos y deberes del estudiante INFA.

Reparación Simbólica: Las reparaciones que se les da a las víctimas de violencia
estudiantil son principalmente de dos tipos: Reales y Simbólicas. La reparación real
es material y se limita a la reposición del artículo que se le debe restaurar al
estudiante víctima. La reparación simbólica es toda prestación realizada a favor del
estudiante víctima, grupo o de la comunidad educativa por parte del estudiante
generador de la violencia estudiantil, la cual, tiende a asegurar la no repetición de
los hechos victimizantes, la aceptación pública de los hechos, ofrecer disculpas
públicas y recibir la aceptación de las mismas y el restablecimiento de la dignidad
de las víctimas.
Etapas del Encuentro de Conciliación y Reparación Simbólica:

Preparar el Encuentro: El conciliador debe conocer de antemano la
información sobre el caso, esto facilitará en parte la comprensión y manejo del
mismo, la formulación de preguntas y de posibles soluciones.
60
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA

Saludar: El conciliador le dará la bienvenida a los conciliantes, creando un clima
de confianza para dar inicio al encuentro.

Dar a conocer el Objetivo del Encuentro: Escuchar las versiones de las
partes, que las partes se escuchen, comuniquen y expresen su sentir y generar
un espacio para el perdón mutuo y la elaboración de acuerdos de reconciliación,
respeto mutuo y convivencia pacífica.

Fijar las Reglas del Juego y/o del Encuentro: El conciliador instrucciona a los
conciliantes la “reglas de juego y/o del encuentro”, tales como: la no interrupción
para que ambas partes sean escuchadas, el respeto mutuo, la no utilización de
palabras que ofendan a cualquiera de los conciliantes, etc.

Comprender el Conflicto: En este momento se escuchará a cada una de las
partes, se comenzará por escuchar al solicitante, y posteriormente al otro
conciliante. Lo ideal es que en un comienzo el conciliador no interrumpa el relato
de los conciliantes, a menos que la situación lo amerite, por ejemplo, en
aquellos casos en los que se ofenden mutuamente o se interrumpen; pues es
necesario recuperar las “reglas de juego y/o del encuentro” fijadas. Sin duda
alguna, realizar preguntas que permitan una mayor comprensión de los hechos
será importante para entender lo sucedido entre los conciliantes frente al
conflicto.

Desenredar el Conflicto: El conciliador puede tomar una decisión crucial para
avanzar en la conciliación, la de seguir el encuentro en conjunto con las partes
o tener encuentros separados con cada una de las partes. Si hace lo primero,
este encuentro en conjunto funciona cuando los conciliantes se escuchan, han
respetado la “reglas de juego y/o del encuentro” y se colaboran para llegar a un
acuerdo. Si se decide por encuentros separados, es preferible que lo realice
con el conciliante que se encuentra altamente molesto, que interrumpe y que
probablemente quiere, tener reuniones individuales con el conciliador, porque
aspira a contarle algo en secreto que quisiera que no fuese divulgado a la otra
parte. Lo importante como resultado de este momento es que las partes
construyan opciones que les sean favorables y justas, y el conciliador les ayude
a valorar las implicaciones de esas opciones en la vida de cada una de ellas y
en la vida en comunidad. El conciliador en este momento podrá proponer
fórmulas de arreglo, sólo posterior, a las surgidas y propuestas por los
conciliantes. Dichas opciones han de cubrir sus preocupaciones, propiciar el
fortalecimiento de las relaciones, el respeto mutuo y la convivencia pacífica.

Construir el Acuerdo en un Acta: Es en este instante, en el que se plasman
los compromisos y responsabilidades acordados en un acta de conciliación.
Como recomendación especial el acta debe responder de forma clara a las
siguientes preguntas: ¿Qué se está conciliando?, ¿que están acordando los
conciliantes en el encuentro?, ¿cómo los conciliantes van a resolver su
problema?, ¿dónde se cumplirá lo que se acuerda?, ¿cuándo se van a cumplir
las obligaciones o compromisos pactados?, ¿por qué se acuerda lo que se
acuerda?, ¿para qué se realiza esta conciliación? y ¿quiénes están
involucrados en el acuerdo? Una vez elaborada el acta de conciliación, el
conciliador recordará las implicaciones que tienen el incumplimiento de la
misma y se despide cordialmente de cada una de la partes.
61
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
2) Apoyo y Orientación Emocional y Psicológica Básica e Inicial al Estudiante Víctima de
Violencia Estudiantil y al estudiante Generador de la Violencia Estudiantil. Aquí se lleva a
cabo:



Escuchar el reporte verbal y solicitarlo también por escrito del estudiante que fue
víctima de violencia estudiantil y de vulneración de sus derechos humanos,
derechos del estudiante del INFA, derechos sexuales y reproductivos.
Definir el tipo de actividad de apoyo que se llevará a cabo con el estudiante víctima
de violencia estudiantil, identificar si requiere Orientación Emocional y/o PsicoEducativa o si es necesario remitir al estudiante al Psicólogo, al Psiquiatra o a otro
profesional de su EPS.
Brindar al estudiante Generador de la Violencia Estudiantil Apoyo Emocional y
llevar a cabo acciones de Resocialización, respecto al cumplimiento de las Normas
de Convivencia, Autocontrol del Enojo y la Agresión Física, Verbal y/o Simbólica,
Respeto de los Derechos Humanos, Respeto y Tolerancia con sus Compañeros de
Estudio, etc. Aquí se define si es necesario remitir al estudiante al Psicólogo, al
Psiquiatra o a otro profesional de su EPS.
3) Plan de Mejoramiento Actitudinal: Tiene como finalidad fortalecer el proceso de formación
integral del estudiante y proporcionarle apoyo, orientación, asesoría, psico-educación y
generarle oportunidades de crecimiento personal y de pertenencia a la Comunidad INFA. Lo
anterior, cuando el estudiante presente dificultades de índole disciplinario, actitudinal, de
convivencia, emocional, psicológico, académico, etc. Entre los motivos que originan el
mismo se encuentran:
 Dificultades emocionales y/o psicológicas
 Dificultades de relaciones interpersonales que de una u otra manera estén afectando
el buen desarrollo del proceso de formación, la sana convivencia y que impiden
asumir sus deberes y cumplir y exigir sus derechos con respeto.
 Faltas Leves y/o Faltas Graves
 En este intervienen actividades de sensibilización, reflexión y cooperación, los
cuales se relacionan con el campo afectivo y emocional. Corresponde a la
Coordinación Académica y/o Comité Académico (Convivencia Estudiantil)
establecer los temas y actividades que debe desarrollar el estudiante, para ello debe
apoyarse en el Instructivo para Plan de Mejoramiento Actitudinal CE_IN07.
4) Prestación de Servicios a la Comunidad: Es un servicio social que es llevado a cabo por
el estudiante que ha cometido faltas leves y/o graves, esto con el fin de:

Enmendar la falta que cometió, a través de prestarle un servicio que beneficie a la
Comunidad Educativa y/o a una Comunidad y/o Grupo Social.

Aprender por medio del servicio a la Comunidad el valor de actuar correctamente,
de cumplir sus deberes y no cometer faltas leves y/o graves.

Cumplir con el debido proceso actitudinal establecido en este Manual de
Convivencia.

Entre las actividades de servicio a la comunidad que debe llevar a cabo el
estudiante que cometió faltas leves y/o graves se encuentran:
62
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA







Apoyar, realizar, elaborar, llevar a cabo y cumplir con las actividades que la
Comunidad Educativa del INFA le asigne.
Limpiar un parque.
Liderar una campaña al interior del INFA para recopilar elementos con fines
benéficos, como ropa, alimentos no perecederos, entre otros.
Realizar sensibilizaciones que procuren cuidar el medio ambiente para la
Humanidad.
Ayudar al adulto mayor en hogares geriátricos.
Realizar apoyo educativo a niños con dificultades de aprendizaje.
En jardines infantiles jugar con los niños y/o supervisarlos o cuidarlos.
PARÁGRAFO: Estudiante menor de edad presta servicios a la comunidad al interior del INFA.
Si el estudiante es menor de edad, esta actividad de servicio a la comunidad la debe llevar a cabo al
interior del INFA, si es mayor de edad, las puede realizar extramural.
5) Charlas y/o Sensibilizaciones a la Comunidad Educativa: Es una actividad educativovivencial que es llevada a cabo por el estudiante que ha cometido faltas leves y/o graves,
esto con el fin de:

Sensibilizar a otros estudiantes sobre las consecuencias negativas de cometer faltas
leves y/o graves y el modelo de actuación adecuado y asertivo que deben asumir.
Los temas a tratar, deben estar relacionados con la falta leve y/o grave que cometió
el estudiante, corresponde a la Coordinación Académica orientar y asesorar al
estudiante en este aspecto.

Aprender por medio de esta actividad, el valor de actuar correctamente, de cumplir
sus deberes y no cometer faltas leves y/o graves.

Cumplir con el debido proceso actitudinal establecido en este Manual de
Convivencia.
PARÁGRAFO 1º: No es necesario seguir orden secuencial en actividades formativas. Al
establecer cualquiera de las actividades formativas, de crecimiento y fortalecimiento humano y/o
psico-educativas antes descritas, no es necesario seguir un orden secuencial para su aplicación, lo
que se debe hacer es analizar la necesidad psicológica del estudiante víctima de violencia estudiantil
y la falta leve y/o la falta grave cometida por el estudiante generador de la violencia, para definir el
tipo de actividad que se establecerá y se desarrollará.
PARÁGRAFO 2º: Actividades formativas serán aplicadas tanto en las faltas leves y/o graves.
Las actividades formativas, de crecimiento y fortalecimiento humano y/o psico-educativas serán
aplicadas tanto en las faltas leves y/o graves que cometan los estudiantes.
PARÁGRAFO 3º: Las actividades formativas se pueden llevar a cabo a nivel individual y/o
grupal. Las actividades formativas, de crecimiento y fortalecimiento humano y/o psico-educativas se
pueden llevar a cabo a nivel individual y/o a nivel grupal con los estudiantes.
4.3.1.3) DEBIDO PROCESO FALTAS GRAVES:
1) Si el Estudiante comete la falta grave en la fase teórica y/o en la fase de práctica formativa,
el Asesor Educativo debe remitir por escrito el caso a la Coordinación Académica, quien
debe seguir el debido proceso para las faltas graves establecido en este Manual de
Convivencia.
63
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
2) Si el estudiante comete la falta grave en otro espacio del INFA y un funcionario administrativo
de la Institución o un miembro de la Comunidad Educativa fueron testigos de esto, deben
remitir por escrito el caso a la Coordinación Académica, quien debe seguir el debido proceso
para las faltas graves establecido en este Manual de Convivencia.
3) Reunión entre la Coordinación Académica y el Estudiante que cometió la falta grave o
Generador de la Violencia Estudiantil y de vulneración de los derechos humanos, los
derechos del estudiante del INFA y los derechos sexuales o reproductivos para escuchar su
versión de los hechos tanto verbal como escritos (Realizar Descargos): en este espacio se
define:

Si el estudiante es o no responsable de la falta grave que le atribuyen. Le compete
a la Coordinación Académica precisarlo, si identifica que el estudiante no es
responsable, lo exonera de cualquier sanción disciplinaria y aclara con quien
corresponda esta situación. Si por el contrario precisa que el estudiante si es
responsable de dicha falta grave, se procede a continuar y a aplicar el debido
proceso establecido en este Manual de Convivencia.

Si se le hace llamado de atención verbal al estudiante y recomendaciones respecto
a su comportamiento y a lo establecido en este Manual de Convivencia del INFA.

Si se le hace orientación y asesoría inicial desde el ámbito psicológico, esto dado el
caso que el comportamiento del estudiante haya surgido por cuestiones
intrapersonales, familiares, de pareja, etc.

Si se identifica que el comportamiento del estudiante es debido a un probable
trastorno de la personalidad, se le aplica test psicológicos y entrevista psicológica,
si lo anterior lo confirma, se hace remisión inmediata a psicología y/o psiquiatría de
su EPS. Del punto anterior, también se analiza si es necesario suspenderle
temporalmente sus estudios en la fase teórica y/o práctica formativa o si el
estudiante puede desarrollar a la par ambas actividades.

Si se le aplica o no sanciones disciplinarias al estudiante que cometió la falta grave
o que Generó un acto de Violencia Estudiantil y de vulneración de los derechos
humanos, los derechos del estudiante del INFA y los derechos sexuales o
reproductivos. En este punto la Coordinación Académica debe precisar y especificar:

Si al estudiante se le establecen o no sanciones disciplinarias.

Si al estudiante si se le establece sanciones disciplinarias, estas siempre
deben ser complementadas con Actividades Formativas, de Desarrollo y
Fortalecimiento Humano y/o Psico-Educativas. Como lo argumenta la Ley
1098 en su Artículo 179, las sanciones disciplinarias tienen una finalidad
protectora, educativa y restaurativa, y en casos clasificados como
especiales se aplicarán con el apoyo de la familia y/o de un especialista
del caso especial.

Si al estudiante no se le establece sanciones disciplinarias, se debe definir
el tipo de Actividad Formativa, de Desarrollo y Fortalecimiento Humano y/o
Psico-Educativa que debe desarrollar.
64
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA

Si se tiene indicio de que la falta grave cometida por el estudiante
corresponde a una conducta punible (que deber ser analizada y resuelta
por la justicia colombiana) y/o a un caso muy complejo, la Coordinación
Académica debe remitir el caso del estudiante al Comité Académico
(Convivencia Estudiantil).

Si el Comité Académico (Convivencia Estudiantil) determina que la falta
grave del estudiante obedece a una conducta punible, debe remitir el caso
del estudiante a la autoridad competente (a quien corresponda de acuerdo
a Ley), con el fin de que tome las decisiones judiciales pertinentes en cada
caso. Para lo cual se generará una resolución que será firmada por el
Director General del INFA, exponiendo los motivos por el cual se remite el
caso. No obstante, el INFA puede tomar la decisión Institucional de
suspenderle al estudiante temporalmente los estudios en la fase teórica
y/o práctica formativa, mientras se dirime (Resuelve y/o Soluciona) el
asunto por la justicia ordinaria (Ley 1098 del 2.006, Ley 599 del 2.000 y
Ley 906 del 2.004). Si por el contrario, obedece a una falta grave que
puede ser manejada de acuerdo a lo establecido al Manual de
Convivencia, debe remitir al estudiante a la Coordinación Académica quien
continuará con el debido proceso.

Si es necesario detener el proceso de formación académica del estudiante
en la fase teórica y/o en la fase de práctica formativa hasta que se aclaren
los hechos y/o se desarrolle el debido proceso, se hará por cinco (5) días
hábiles contados a partir del momento en que se detiene su proceso de
formación. Si se decide suspenderle temporalmente sus estudios, se
generará una resolución que será firmada por el Director General y
entregada por la Coordinación Académica, la cual se anexará a la Carpeta
Institucional del estudiante. En el momento en que el INFA le reactive su
proceso de formación, el estudiante deberá sea en la fase teórica y/o en
la fase de práctica formativa recuperar el tiempo de inasistencia, lo
anterior, sin costo adicional.

Si el estudiante que cometió la falta grave no regresa por iniciativa propia
al INFA para responder por sus actos, la Coordinación Académica
procederá a contactarlo vía celular, correo electrónico y/o al teléfono fijo.
Si no logra contactar al estudiante, debe comunicarse por los canales
antes descritos con los padres de familia y/o acudientes del mismo, los
datos de éstos aparecen registrados en la ficha de inscripción del
estudiante. Si después de agotar estas dos alternativas, no logra contactar
al estudiante, se generará resolución de suspensión temporal de sus
estudios en la fase teórica y/o práctica formativa, mientras el estudiante en
compañía de su padre de familia y/o acudiente se presenta a responder
por la falta grave que cometió y aclarar los hechos. Dicha resolución
debe ser firmada por el Director General del INFA y por dos testigos que
den fé de que se aplicó el debido proceso antes descrito, y posteriormente
remitirla por correo certificado a la residencia del estudiante.
4) Con el fin de aclarar los hechos en que se encuentre involucrado un estudiante que cometió
una falta grave, se podrá hacer uso de los siguientes tipos o clases de pruebas como apoyo
para la toma de decisiones:
65
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA

Pruebas Testimoniales: Consiste en tomar el testimonio de una persona cuando
esta afirma o es llamada a decir cuánto sabe y le consta respecto de los hechos,
faltas o irregularidades investigadas, por las cuales se señala a una persona. Este
testimonio, versión o manifestación verbal, debe ser bajo gravedad de juramento.
Quien declara, es denominado Testigo.

Pruebas Documentales: Son elementos físicos, considerados estos constituidos o
con naturaleza de papel, o medio magnético (CD, Casete, VHS, etc.). Valen
igualmente ahora -gracias a la conectividad-, los archivos de Internet. Estos
documentos pueden ser públicos y privados. Los primeros vienen de funcionarios
con esa calidad. Y los segundos, los elaborados por las personas del común.

Pruebas por Peritos: Solamente para casos especiales a fin de tomar una decisión,
condenar, sancionar o absolver; es necesario el concepto por un experto. En ese
caso este es designado y procede al final de su gestión o dictamen.
4.3.1.4) SANCIONES DISCIPLINARIAS:
1. Imposición de Reglas de Conducta: Es la obligación, exigencia y prohibición que el
Instituto Fátima le establece a un estudiante, mediante la imposición de normas de
comportamiento y conducta apropiadas y asertivas en el INFA, las cuales están
determinadas en el perfil y los deberes del estudiante en el Manual de Convivencia del INFA
y las establecidas por la Coordinación Académica y el Comité Académico (Convivencia
Estudiantil). Dado el caso que el estudiante no cumpla con dichas exigencias, se le impondrá
otra sanción disciplinaria. El objetivo es proteger al estudiante infractor de actos dañinos que
atenten contra su bienestar, el de sus compañeros de estudio y de la Comunidad Educativa
en general. Adicional a esto, se busca que el estudiante modifique de manera consciente su
comportamiento, que él determine las consecuencias negativas que dicho comportamiento
inapropiado acarrean y que no incurra en más faltas graves que lo conducen a otras
sanciones disciplinarias. La Imposición de Reglas de Conducta se le entrega al
estudiante: primero, mediante comunicado formal en papelería con logo del INFA, segundo,
el comunicado es elaborado y firmado por la Coordinación Académica, Subdirector y/o
Director General y tercero, el comunicado es entregado y explicado al estudiante, por la
Coordinación Académica y/o Subdirector Administrativa.
2. Llamado de Atención por Escrito con Copia a la Carpeta Institucional del Estudiante:
Es una sanción disciplinaria y una constancia del debido proceso establecido en el Manual
de Convivencia, en donde el INFA registra los hechos y faltas graves cometidas por el
estudiante y le exige y establece que modifique su comportamiento y cumpla con el perfil y
deberes del estudiante. También, es una oportunidad que se le brinda para corregir su
conducta y una clara advertencia sobre las sanciones disciplinarias más decisivas que su
reincidencia pudiera ocasionar.
3. Suspensión Temporal de los Estudios en la Fase Teórica y/o en la Fase de Práctica
Formativa: Serán causales de suspensión temporal de los estudios en la fase teórica y/o en
la fase de práctica formativa los siguientes motivos:
 Una falta grave podrá ser motivo de suspensión temporal de los estudios de acuerdo
a este Manual de Convivencia y/o según el análisis realizado por la Coordinación
Académica y/o el Comité Académico (Convivencia Estudiantil).
66
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
 Si la falta grave conlleva o no a la privación de la libertad (Cárcel y/o Prisión) del
estudiante, el INFA puede tomar la decisión Institucional de suspenderle
temporalmente sus estudios, mientras se dirime (Resuelve y/o Soluciona) el asunto
por la justicia ordinaria.
 Por no tener vigente y activa su afiliación a la EPS y/o SISBEN.
 Por no estar al día con sus pagos de mensualidades y/o matrículas hasta que exista
orden por parte del Director General de continuar.
PARÁGRAFO: Estudiantes con dificultades de salud física y/o mental serán remitidos a su
EPS. Los estudiantes que por dificultades de salud física y/o salud mental les impidan el desarrollo
normal de su proceso de formación académica en la fase teórica y/o en la fase de práctica formativa
y/o mantener una sana convivencia, serán remitidos a su EPS y/o SISBEN, esto acompañado de la
resolución de suspensión temporal de sus estudios (Teoría y/o Práctica Formativa) cuando se
considere necesario, con el fin de que un profesional competente, emita un concepto escrito con el
cual el estudiante previo análisis y autorización del Comité Académico (Convivencia Estudiantil),
retomará sus estudios inmediatamente. De acuerdo a la Ley 1616 de Salud Mental del 2.013, se
establecen las siguientes definiciones:

Salud Mental: La salud mental se define como un estado dinámico que se expresa
en la vida cotidiana a través del comportamiento y la interacción de manera tal que
permite a los sujetos individuales y colectivos desplegar sus recursos emocionales,
cognitivos y mentales para transitar por la vida cotidiana, para trabajar, para
establecer relaciones significativas y para contribuir a la comunidad.
 Trastorno Mental: Alteración de los procesos cognitivos y afectivos del
desenvolvimiento considerado como normal con respecto al grupo social de
referencia del cual proviene el individuo. Esta alteración se manifiesta en trastornos
del razonamiento, del comportamiento, de la facultad de reconocer la realidad y de
adaptarse a las condiciones de la vida.

Discapacidad Mental: Se presenta en una persona que presenta limitaciones
psíquicas o de comportamiento; que no le permiten en múltiples ocasiones
comprender el alcance de sus actos, presenta dificultad para ejecutar acciones o
tareas, y para participar en situaciones vitales. La discapacidad mental de un
individuo, puede presentarse de manera transitoria o permanente, la cual es definida
bajo criterios clínicos del equipo médico tratante.
4. Matricula Sujeta a Control: Se le establece al estudiante que cometió una falta grave,
donde la Institución no solo lo sanciona disciplinariamente por el incumplimiento de sus
deberes académicos y/o actitudinales establecidos en el presente Manual de Convivencia,
sino que le permite continuar con el desarrollo del programa matriculado. Son objeto de
Matricula Sujeta a Control:

Incumplimiento de los deberes académicos por comprobada negligencia y/o
irresponsabilidad por parte del estudiante.

Incumplimiento de lo establecido en el Contrato de Prestación del Servicio
Educativo, el Reglamento Especial para estudiantes en Práctica Formativa
Obligatoria y el Manual de Convivencia.

Cometer faltas graves.
67
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
PARÁGRAFO: Matricula sujeta a control debe estar precedida por el debido proceso. La
Matrícula Sujeta a Control debe estar precedida por el debido proceso establecido en el presente
Manual de Convivencia.
5. Pérdida de la Calidad de Estudiante del INFA: Con esta sanción disciplinaria, el Instituto
Fátima le cancela (concluye y termina) la matrícula al estudiante y lo retira de la Institución.
Se pierde la calidad de estudiante del Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima INFA en los siguientes casos:






Cuando se compruebe falsedad o fraude en documentación reglamentaria requerida
por del Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima - INFA.
Comprobada deslealtad para con el Instituto en sus actitudes personales y
colectivas, situaciones que vayan en detrimento de la filosofía de la Institución, falta
de identidad, compromiso, o sentido de pertenencia con la misma.
Si está en situación de bajo desempeño (rendimiento) académico y no acata las
recomendaciones Institucionales ofrecidas en pro de su mejoramiento.
Cuando incurre en una y/o varias faltas graves.
Incumplimiento de lo establecido en el Contrato de Prestación del Servicio
Educativo, el Reglamento Especial para estudiantes en Prácticas Formativas
Obligatorias y el Manual de Convivencia.
Si se encuentra en mora con el pago de sus compromisos de mensualidades, treinta
días.
6. Perdida de la Beca y/o Descuentos Otorgados por el INFA al Estudiante, sea otorgada
directamente por el Director General y/o a través de un Convenio Docencia- Servicio.
PARÁGRAFO: No reintegro a quien pierda calidad de estudiante. No se reintegra dinero por
concepto de matrículas o mensualidades a quienes pierdan su calidad de estudiante del INFA.
4.3.1.4.1) PARÁGRAFOS FINALES SANCIONES DISCIPLINARIAS:
PARÁGRAFO 1º: No es necesario seguir orden secuencial para las sanciones disciplinarias.
Al establecer cualquiera de las sanciones disciplinarias antes descritas, no es necesario seguir un
orden secuencial para su aplicación, lo que se debe hacer es analizar la gravedad de la falta grave
cometida por el estudiante, para definir el tipo de sanción que se le establecerá.
PARÁGRAFO 2º: No se impondrán sanciones que conlleven a maltrato físico y/o psicológico.
No se impondrán sanciones que conlleven a maltrato físico y/o psicológico de los estudiantes ni se
adoptaran medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Artículo 62 de La Ley 1098 De 2.006
Código de la Infancia y Adolescencia, Ley 599 del 2.000 y Ley 906 del 2.004.
PARÁGRAFO 3º: Las sanciones disciplinarias pueden ser a nivel individual y/o grupal. Las
sanciones disciplinarias se pueden llevar a cabo a nivel individual y/o a nivel grupal con los
estudiantes.
PARÁGRAFO 4º: Ninguna situación de sanción disciplinaria generará reintegro de dinero.
Ninguna de las situaciones de sanción disciplinaria dará lugar al reintegro de los valores (Dinero)
cancelados (Pagados) por el estudiante.
4.4) Seguimiento: Se centrará en el seguimiento y acompañamiento al estudiante que no cumplió
con sus deberes, que cometió faltas leves y/o graves y que afecta la convivencia y vulnera los
68
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
derechos de sus compañeros o miembros de la Comunidad Educativa. También se centrará, en el
registro oportuno de la información en la Tabla de Seguimiento y Control del Desempeño Actitudinal
del Estudiante del INFA y en la gestión inmediata del estado de cada uno de los casos de faltas leves
y/o graves cometidas por el estudiante, atendidas y reportadas y/u otras novedades presentadas por
el mismo.
En el Instituto Fátima se realiza el seguimiento por medio de: Primero, la supervisión directa al
estudiante en el día a día en el aula de clase o escenario para práctica formativa, esto en el momento,
de realizar el Asesor Educativo la clase y las Coordinaciones Académicas la ronda institucional. Y
Segundo, la herramienta usada para el seguimiento de los casos que afectan la convivencia
estudiantil es la Tabla de Desempeño Actitudinal del Estudiante del INFA, en ella:

Se registra y guarda el histórico actitudinal y/o disciplinario y de convivencia estudiantil de
los casos presentados por el estudiante.

Se sacan estadísticas mensuales de los casos presentados, con el fin de identificar los que
se presentan con mayor frecuencia e iniciar estrategias para reducirlos y/o erradicarlos.

Se elaboran reportes trimestrales con el fin de analizar la dimensión disciplinaria y/o
actitudinal y de convivencia de los estudiantes y de los grupos, y se elabora el reporte anual
de Desempeño Actitudinal del Estudiante del INFA, con el fin de plantear planes de
mejoramiento respecto a la convivencia estudiantil para el año inmediatamente siguiente.
PARÁGRAFO FINAL CAPÍTULO XXI: COMITÉ ACADÉMICO (Convivencia Estudiantil):
El Comité Académico (Convivencia Estudiantil), es el órgano institucional responsable de tratar los
casos especiales presentados por los estudiantes y reportados por la Coordinación Académica, de
analizarlos para tomar decisiones y/o diseñar estrategias y/o soluciones para los mismos.
1) El Comité Académico del INFA está conformado por:



El Director General, quien preside el comité
El Subdirector Administrativo
Las Coordinaciones Académicas
PARÁGRAFO: El Comité Académico podrá invitar a un Asesor Educativo, a un Representante de
Grupo, a un Padre de Familia y/o Acudiente y a un miembro de la comunidad educativa de manera
conjunta o individual, para ampliar el conocimiento de la situación presentada por el estudiante. Esto
siempre y cuando, los mismos sean conocedores de los hechos en los que está involucrado el
estudiante.
2) Funciones del Comité Académico: Estas se activan en el momento en que la Coordinación
Académica presente ante el Comité, un caso de convivencia estudiantil que catalogue y refiera que
debe ser manejado por dicho Comité. Funciones:
1. Analizar y resolver los casos de faltas graves cometidas por los estudiantes que han sido
clasificadas como complejas y/o los casos de conductas punibles.
2. Analizar y/o emitir concepto y/o remitir a la EPS los casos de salud mental y/o física
presentados por los estudiantes que les impiden el desarrollo normal de su proceso de formación
académica y/o mantener una sana convivencia.
69
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
3. Instruccionar a la Coordinación Académica respecto a la información que deben contener las
resoluciones de remisión de estudiantes a la EPS y/o SISBEN, al Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar - ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la
Policía de Infancia y Adolescencia, o a la autoridad competente que corresponda.
4. Asesorar, revisar, orientar y aprobar las estrategias e instrumentos elaborados por la
Coordinación Académica, los cuales están destinados a promover y evaluar la convivencia
estudiantil, el ejercicio de los derechos humanos, del estudiante del INFA, derechos sexuales y
reproductivos.
5. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en los casos de faltas
graves cometidas por los estudiantes que han sido clasificadas como complejas y/o los casos
de conductas punibles.
70
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XXII
DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, PADRES DE FAMILIA Y/O
ACUDIENTES Y/O REPRESENTANTES Y/O RESPONSABLES Y/O QUIEN HAGA LAS VECES
DEL ESTUDIANTE MENOR Y/O MAYOR DE EDAD DEL INFA
ARTÍCULO 51. DERECHOS:
En concordancia con el Decreto 1286 del 27 de Abril del 2005:
a) Recibir información del número de Licencia de Funcionamiento del Instituto Fátima.
b) Recibir información de los Registros de los Programas de Auxiliares de la Salud ofertados
por el Instituto Fátima.
c) Conocer las características de la Institución y los principios que orientan a la misma.
d) Conocer el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas
y el sistema de evaluación de los estudiantes.
e) Expresar sus sugerencias, quejas y reclamos.
f) Recibir información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de su estudiante.
ARTÍCULO 52. DEBERES:
De acuerdo a lo establecido por la Ley 115 de 1.994 en su Artículo 7º, la Familia como núcleo
fundamental de la sociedad es la primera responsable de la educación de sus hijos. Los deberes
han sido adaptados y armonizados con la Ley 115, el Decreto 1286, la Ley 1098 y la Ley 1620.
Deberes:
a) Orientar, cuidar, acompañar y formar integralmente a su estudiante durante su proceso de
formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del padre y de la madre y/o
acudiente de asegurarse que su estudiante pueda lograr el máximo nivel de satisfacción de
sus derechos.
b) Asumir y cumplir con la corresponsabilidad de la formación ciudadana, la promoción de la
convivencia estudiantil, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos del estudiante desde sus respectivos ámbitos de acción.
c) Cumplir con las obligaciones contraídas en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo
y el Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias.
d) Cumplir con los requisitos y obligaciones establecidas en el Manual de Convivencia y
responder cuando su estudiante incumple alguna de sus obligaciones allí definidas.
e) Asistir a la reunión de padres de familia y/o acudientes y/o representantes del estudiante
menor y/o mayor de edad programada por el Instituto Fátima.
f) Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros
educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores
ciudadanos.
g) Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante
el INFA para la convivencia y la sexualidad.
h) Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de su estudiante.
i) Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Estudiantil cuando se
presente un caso de violencia estudiantil, la vulneración de los derechos sexuales y
reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en
el Manual de Convivencia.
j) Garantizar a su estudiante la afiliación vigente a la EPS y/o SISBEN.
k) Proteger a su estudiante contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, su dignidad
y su integridad personal.
71
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
l)
m)
n)
o)
p)
Promover en su estudiante el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos
y colaborar con el INFA en la educación sobre este tema.
Prevenir y mantener informado a su estudiante sobre los efectos nocivos del uso y el
consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales.
No realizar actos ni conductas que impliquen maltrato físico, sexual o psicológico a su
estudiante, y asistir a la orientación y tratamiento psicológico y/o médico de su estudiante
cuando sea requerido.
Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que
favorezca la educación de su estudiante y la mejor relación entre los miembros de la
comunidad educativa.
Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del Instituto Fátima, las
irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato físico,
abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta
acudir a las autoridades competentes.
ARTÍCULO 53. DEBIDO PROCESO ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE DEBERES Y
OBLIGACIONES POR PARTE DE LA FAMILIA, PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES Y/O
REPRESENTANTES Y/O RESPONSABLES Y/O QUIEN HAGA LAS VECES DEL ESTUDIANTE
MENOR Y/O MAYOR DE EDAD DEL INFA.
1) Reunirse con el padre de familia y el estudiante para indicarles cual fue el incumplimiento. El
responsable de convocar la reunión y generar acta escrita y firmada por el padre de familia es la
Coordinación Académica y/o a quien el Director General delegue.
2) Escuchar la versión del padre de familia.
3) Solicitar por escrito la versión del padre de familia.
4) Convocar al Comité Académico, quien será el encargado de analizar y estudiar el caso y emitir un
concepto del mismo. Después de emitido el concepto, se generará resolución escrita y firmada por
el Director General, con la cual se le dará a conocer dicho concepto al padre de familia.
5) Inmediatamente entregada la resolución al padre de familia y después de firmar el recibido, éste
debe acatar y cumplir lo establecido en dicha resolución.
72
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XXIII
ACUERDO DE VOLUNTADES ENTRE EL INFA Y EL ASESOR EDUCATIVO
CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
ARTÍCULO 54. Convenio de Prestación de Servicios Profesionales regulado por el Código Civil
y Comercial. El Convenio de Prestación de Servicios Profesionales convenido entre el INFA y el Asesor
Educativo, es regulado por el Código Civil y Comercial y por algunas de las siguientes clausulas
convenidas en el acuerdo de voluntades del convenio:
Cláusula Primera: Objeto. El Asesor Educativo realiza actividades que apoyen la formación
académica e integral de los estudiantes matriculados en el Instituto Fátima, apoya las actividades
que sean conexas con la misma para el buen desarrollo del objeto de este convenio; lo anterior en
forma técnica y actualizada conforme a los parámetros establecidos en la normatividad Colombiana
vigente, debido y es entendido por las partes que el Asesor Educativo posee la idoneidad profesional.
Cláusula Segunda: El Asesor Educativo velara por el comportamiento y/o disciplina de estudiantes
de acuerdo como lo estipule el Manual de Convivencia. Entre las cuales se resalta:
1. Orientar y mediar situaciones que atenten contra la convivencia estudiantil y el ejercicio de
los derechos humanos, del estudiante INFA, derechos sexuales y reproductivos, así como,
la detección temprana de estas mismas situaciones (Artículo 19, Ley 1620 del 2.013).
2. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso y violencia estudiantil,
vulneración de los derechos humanos y del estudiante INFA y los derechos sexuales y
reproductivos que afecten a estudiantes del INFA, acorde con el Manual de Convivencia y
con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Estudiantil.
Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios
electrónicos (ciberbullying o ciberacoso) igualmente deberá reportar a la Coordinación
Académica quien activara el debido proceso (Artículo 19, Ley 1620 del 2.013).
3. Transformar su Asesoría Educativa para contribuir a la construcción de ambientes de
aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción
colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a
la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes (Artículo 19, Ley 1620 del 2.013).
4. Participar de los procesos de actualización y de formación del Asesor Educativo y de
evaluación del clima estudiantil del Instituto Fátima (Artículo 19, Ley 1620 del 2.013).
5. Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia (Artículo 19, Ley 1620
del 2.013).
Cláusula Tercera: El Asesor Educativo con la facultad de sus competencias comparte a sus
estudiantes toda su experiencia y competencias de acuerdo a la asesoría que en su momento este
prestando en el Instituto Fátima.
Cláusula Octava: Causales de Terminación. El Convenio de Prestación de Servicios Profesionales
termina por las siguientes causas:
a) Mutuo consentimiento entre las partes.
b) Suspensión de actividades del Instituto Fátima LTDA por más de quince (15) días o por
clausura y/o cierre definitivo de la misma.
c) Por el incumplimiento de lo convenido en este Convenio de Prestación de Servicios
Profesionales.
d) Por las causales señaladas en la Ley.
PARÁGRAFO: Para mayor ampliación de lo contenido en el Convenio de Prestación de Servicios
Profesionales, remitirse ha dicho documento.
73
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XXIV
DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS EGRESADOS
DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA LTDA - INFA
Se considera egresado del Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA, a aquel que
en el INFA haya desarrollado, cursado, aprobado y cumplido satisfactoriamente todas las normas de
competencias establecidas en el programa de formación laboral estudiado en la educación para el
trabajo y el desarrollo humano, y que haya obtenido el correspondiente certificado de Aptitud
Ocupacional.
ARTÍCULO 55. DERECHOS:
a) Ser valorado y respetado como persona.
b) Ser inscrito en el Programa Especial para Egresados – PEPE, esto en el momento de cancelar
(pagar) el valor de la inscripción. El Programa PEPE es un canal de comunicación e intermediación
entre el Egresado del INFA y el Sector Productivo.
c) Remitir los datos de contacto de los egresados inscritos al Programa PEPE, a las personas
Naturales o IPS que espontáneamente buscan con los Auxiliares en Salud del INFA, suplir
necesidades y/o vacantes laborales.
d) Recibir asesoría y orientación básicas sobre estrategias para elaborar hojas de vida, como
acceder y hacer uso de las páginas de empleo en Internet y como presentar una entrevista laboral.
e) Recibir información oportuna sobre la oferta de formación complementaria (diplomados, cursos,
etc.) que se desarrollan en el INFA, los cuales, les permite acceder a una formación permanente y
que buscan dar respuesta a las necesidades del sector productivo.
f) Obtener descuentos económicos al matricularse en los diplomados ofertados por el INFA.
g) Ser invitado a las capacitaciones, conferencias, talleres, etc., que contribuyan a la actualización
del egresado, esto en el momento de ser programadas por el INFA.
h) Recibir oportunamente el carnet de egresado del INFA.
i) A qué se le aplique las garantías del debido proceso establecido en este Manual de Convivencia.
ARTÍCULO 56. DEBERES:
a) Representar dignamente al INFA en los diferentes contextos, resaltando entre ellos el de la salud
y el del sector productivo, a nivel nacional e internacional.
b) Respetar y cuidar la Imagen Corporativa y/o Institucional y el buen nombre del INFA.
c) Guardar lealtad para con el Instituto, su Cultura y su Filosofía, en sus actitudes personales y
colectivas, mostrar identidad y/o sentido de pertenencia y compromiso con la Institución.
d) Guardar y respetar el secreto profesional.
e) Ser honesto y decir la verdad en su hablar, proceder y actuar.
f) Aceptar, interiorizar, respetar y enriquecer la Cultura Institucional del INFA.
g) Comunicar sus solicitudes y/o inconformidades con un lenguaje verbal, gestual y corporal
respetuoso, asertivo, decente y formal, esto con toda la Comunidad Educativa del INFA y del Sector
Productivo.
h) Generar, mantener, propiciar y sostener buenas relaciones interpersonales con todos los
miembros de la Comunidad Educativa del INFA y del Sector Productivo.
i) Hacer buen uso del carnet de egresado del INFA.
j) No cometer fraudes, engaños, ni actos que atenten contra la moral, las buenas costumbres ni
contra el normal funcionamiento académico o administrativo de la institución.
k) Vivenciar los valores del INFA.
74
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
ARTÍCULO 57. DEBIDO PROCESO ANTE EL INCUMPLIMIENTO
OBLIGACIONES POR PARTE DE LOS EGRESADOS DEL INFA
DE
DEBERES
Y
1) Reunirse con el egresado para indicarle cual fue el incumplimiento. El responsable de convocar
la reunión y generar acta escrita y firmada por el egresado es la Coordinación Académica y/o a quien
el Director General delegue.
2) Escuchar la versión del egresado.
3) Solicitar por escrito la versión del egresado.
4) Convocar al Comité Académico, quien será el encargado de analizar y estudiar el caso y emitir un
concepto del mismo. Después de emitido el concepto, se generará resolución escrita y firmada por
el Director General, con la cual se le dará a conocer dicho concepto al egresado.
5) Inmediatamente entregada la resolución al egresado y después de firmar el recibido, éste debe
acatar y cumplir lo establecido en dicha resolución.
75
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XXV
DEL TRABAJADOR DEL INFA
Se considera funcionario del INFA aquel escogido por su calidad humana y profesionalismo,
seleccionado para desarrollar funciones en conformidad con la definición del cargo, quien se
compromete a cumplir el Manual de Convivencia, el Reglamento Interno de Trabajo, Manual de
Perfiles y Requerimientos del Cargo y el Sistema de Gestión de la Calidad.
ARTÍCULO 58. REQUISITOS DE INGRESO:
Es indispensable que todas las personas que aspiran a un cargo en el INFA, cuenten con las
competencias, conocimientos, formación y experiencia solicitada en el manual de perfiles y
requerimientos del cargo. El proceso de vinculación y desvinculación de personal está debidamente
documentado (Ver Procedimiento CE_PR01).
ARTICULO 59. PERFIL DEL TRABAJADOR QUE LABORA EN INFA. Indiferentemente del cargo
que desempeñe debe tener atributos como:
a) Orden.
b) Presentación personal pulcra de acuerdo al cargo: Personal administrativo: Uniforme
asignado o vestimenta formal.
c) Facilidad de expresión verbal y escrita.
d) Buenas relaciones interpersonales.
e) Conciliador, paciente con los demás.
f) Coherente con la naturaleza de su cargo estipulado en el Proyecto Educativo Institucional.
g) Trabajo en equipo.
h) Compromiso organizacional.
i) Acompañamiento de personas.
j) Toma de decisiones.
k) Comunicación asertiva.
l) Adaptabilidad.
m) Orientación al cliente.
Los literales g al m del perfil del personal, constituyen las competencias organizacionales
establecidas en el manual de perfiles y requerimientos del cargo.
ARTICULO 60. DERECHOS DEL TRABAJADOR DEL INFA:
a)
b)
c)
d)
e)
Recibir buen trato.
Recibir cumplidamente su contribución salarial de acuerdo a lo pactado.
Recibir de la Institución los recursos necesarios para el buen cumplimiento de sus funciones.
Ser respetado (a) en su entorno familiar y en sus relaciones interpersonales.
Ser escuchados por las directivas, coordinaciones y/o personal administrativo de la
Institución, ante cualquier novedad que se presente. Recibir los estímulos establecidos por
el Instituto, cuando su labor lo amerite.
f) Recibir capacitación que conlleve al mejoramiento de su desempeño profesional.
g) Utilizar los recursos físicos y humanos del Instituto, para lograr su mejoramiento profesional.
76
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
ARTICULO 61. DEBERES DEL TRABAJADOR DEL INFA:
a) Conocer, dar a conocer y aplicar el Manual de Convivencia Institucional, Reglamento Interno
y el Proyecto Educativo Institucional en la versión vigente.
b) Participar en las jornadas pedagógicas, inducciones o re-inducciones programadas por la
Institución.
c) Asistir a las ceremonias de certificación cuando haya sido convocado.
d) Informar oportunamente ante eventualidades que le impidan realizar las actividades
programadas
e) Velar por el comportamiento, presentación personal y puntualidad de los estudiantes.
ARTICULO 62. DE LOS CORRECTIVOS PARA EL TRABAJADOR QUE LABORA EN INFA:
Entre las situaciones que afectan el desempeño y/o la continuidad de un funcionario en la Institución
se encuentran:
a) Reiterado incumplimiento a los deberes de los funcionarios.
b) Deslealtad para con el Instituto en sus actitudes personales y emitir juicios o comentarios
negativos hacia funcionarios, estudiantes o terceros.
c) Incurrir en conductas de acoso sexual, laboral, abuso, soborno o cualquier conducta que
vaya en detrimento de la dignidad de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
d) Incumplir con las funciones para las cuales fue contratado.
PARÁGRAFO: Debido proceso incumplimiento deberes del trabajador. Ante el incumplimiento
de los deberes inherentes al cargo para el cual fue contratado, la Institución agotará el debido
proceso establecido en el reglamento interno de trabajo. Debido Proceso: Ante el incumplimiento de
los deberes o actividades contratadas se procederá a:


Escuchar cada una de las partes implicadas.
Efectuar análisis de la situación en el Comité de Talento Humano, quien emitirá un concepto
o decisión de acuerdo a lo establecido en el reglamento interno de trabajo.
Cuando se apliquen correctivos o sanciones hacia un trabajador vinculado a la Institución, se dejará
constancia archivada en la carpeta del funcionario. Corresponde al Comité de Talento Humano
establecer las sanciones y a la Dirección Institucional hacerlas cumplir.
ARTICULO 63. ESTÍMULOS Y/O RECONOCIMIENTOS PARA EL TRABAJADOR VINCULADO A
INFA. De acuerdo con su competencia y previa aprobación del Consejo Directivo se otorgará
incentivos a:


Funcionarios que intervienen y apoyan directa o indirectamente en el desarrollo de los
procesos formativos, y se distinguen por resaltar los valores y principios institucionales,
valores y principios humanos, sentido de cooperación, solidaridad, compañerismo,
perseverancia, antigüedad, liderazgo o destacarse por su nivel de desempeño.
Recibirán Incentivos como:





Mención especial.
Mención de honor.
Trofeos.
Condecoraciones.
Premios.
77
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
ARTÍCULO 64. DE LAS MEDICIONES INSTITUCIONALES
En el Instituto Fátima se encuentran establecidas una serie de mediciones o valoraciones del
desempeño laboral del trabajador, las cuales se constituyen en una fuente de información para
analizar la continuidad de un funcionario en la Institución y/o para establecer actividades de
formación del trabajador. Las mediciones que se realizan son:
1. Evaluación de desempeño (incluye Auto-Evaluación, Evaluación del jefe inmediato y CoEvaluación del Par).
2. Evaluación de la satisfacción del estudiante en fase teórica y/o práctica formativa.
3. Lista de chequeo de observación de clase.
4. Encuesta de satisfacción del cliente.
78
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XXVI
DEL GOBIERNO INSTITUCIONAL
ARTICULO 65. El Gobierno Institucional y la Administración de la Institución están ejercidos por:
a) Colegiados: Junta de Socios, Consejo Directivo, Comité Académico, Comité de Talento
Humano, Comité Científico, Comité de Calidad, Comité de Salud Ocupacional, Comité de
Gestión Financiera (Contabilidad y Cartera).
b) Unipersonales: Director General, Director Administrativo, Coordinador de Calidad, Director
Académico, Coordinación Académica y Promotor de Salud Ocupacional.
PARAGRAFO: Consúltese los cargos, perfiles, responsabilidades y dependencia jerárquica en el
Manual de Perfiles y Requerimientos del cargo.
79
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XXVII
REFORMAS AL MANUAL DE CONVIVENCIA
ARTÍCULO 66. DE LAS REFORMAS. Este instrumento, estatuto, Manual de Convivencia, como
todos los de su naturaleza, son susceptibles de reforma, adición, sustitución o sustracción, depende
no solo de la Institución en la cual se construye, socializa y aplica sino de las directrices sobre el
particular que produzca el Ministerio de Educación Nacional a nombre del Estado Colombiano.
80
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
CAPITULO XXVIII
DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS.
ARTÍCULO 67. Toda comunicación formal que dirija un estudiante o trabajador, deberá presentarla
con copia y para que sea válida, tanto el original como la copia, requieren la firma de quien la recibe.
ARTICULO 68. El presente Manual de Convivencia deroga todas las disposiciones contenidas en
las reglamentaciones y resoluciones anteriores, así como las disposiciones en contrario, este Manual
de Convivencia del INFA se reestructuró el día 01 de Junio del 2.015 y rige a partir de la fecha.
81
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
ANEXO 1
APLICA PARA EL DIPLOMADO DE VISITA MÉDICA
1. PRESENTACIÓN PERSONAL
Esta debe ser pulcra y ordenada que resalte la elegancia y seriedad característica de un (a) visitador
(a) médico (a).
a) Presentación personal Damas:
Sugerencias:

Traje formal ejemplos:
 Pantalón de tela, dril o leggins (No jeans).
 Falda (No minifalda).
 Vestido (no strapless ni ceñido al cuerpo).
 Blusa (formal, no con tiras ni strapless).
 Sandalias o zapatos cerrados con o sin tacón (no zapatillas o tenis).
 Cabello limpio y organizado. No tinturarse parte o todo el cabello con tonos
encendidos (rojo, fucsia, violeta, morado, etc).
 Maquillaje discreto, no tonos encendidos ni escandalosos.
 Uñas limpias y completamente maquilladas o desmaquilladas
 Accesorios acordes a la presentación personal
 No se permite el uso de: Camiseta, Cachuchas, gorras, sombreros, Ponchos,
pearcings en lugares visibles del cuerpo (Orejas, nariz, lengua, mentón, labios,
cejas, cuello).
b) Presentación personal Caballeros:
Sugerencias:






Camisa o guayabera (no camiseta)
Pantalón, correa y zapatos de material (no zapatillas o tenis)
Uñas cortas y limpias
Bien afeitado o si usa barba debidamente organizada y limpia
Cabello corto.
No se permite el uso de lo siguiente: Jeans, topitos, aretes, candongas, cachuchas,
gorros, sombreros, ponchos, pearcings en lugares visibles del cuerpo (Orejas, nariz,
lengua, mentón, labios, cejas, cuello).
PARAGRAFO: Cuando se realicen talleres de ventas y/o simulaciones de visita médica los
caballeros deben presentarse con traje formal (camisa manga larga y corbata, pantalón de tela,
zapatos de material. Opcional: Saco).
2. DE LAS INASITENCIAS A CLASES:
El diplomado de visita médica es presencial y se certifica con un 88% de asistencia al mismo, es
decir, 88% de asistencia al diplomado y a las materias. En el INFA cuando se habla de una (1) clase
para el Diplomado de Visita Médica se hace referencia a 90 minutos (1 hora y 30 minutos).
82
DI_GG_ 02
V:7
01/06/2015
REF NTC 5555: 7.2
SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT
MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA
TABLA DE PERMISIVIDAD SABADOS
Si una asignatura tiene de (1 - 3 clases) la permisividad es de 0 ausencias (0 Clases).
Si una asignatura tiene de (1- 14 clases) la permisividad es de 1 ausencia (1 Clase).
Si una asignatura tiene (1- 26 clases o más) la permisividad es de 2 ausencias (2 Clases).
TABLA DE PERMISIVIDAD NOCTURNA
Si una asignatura tiene (1 - 3 noches) la permisividad es de 0 noches
Si una asignatura tiene (1- 11 noches) la permisividad es de 2 noches.
Si una asignatura tiene (1- 20 noches o más) la permisividad es de 3 noches.
3. DE LA RECUPERACIÓN DE LAS INASISTENCIAS A CLASES. El estudiante es responsable de
autorregular el tiempo permitido en la tabla de permisividad. Se entiende por autorregulación el
estudio que realiza el estudiante de forma autónoma, el Asesor Educativo revisará y aprobará.
Si las inasistencias superan la permisividad en alguna asignatura, el estudiante incurre en costos
adicionales que implican la reprogramación de la actividad realizada y supervisión de la misma por
otro Asesor Educativo. En este caso, cada inasistencia a una (1) clase tendrá un sobrecosto adicional
que los estudiantes de la jornada de los sábados y/o de la jornada de la noche deben asumir.
La inasistencia a un examen o pérdida (por debajo de 3.5) del mismo, implica para el estudiante
sobrecostos adicionales de reprogramación y supervisión por otro Asesor Educativo.
PARÁGRAFO: Debido proceso faltas leves y/o graves. Los deberes de los estudiantes de visita
médica y el debido proceso a seguir ante faltas leves y graves cometidas por ellos, se llevarán a
cabo, según lo establecido en este Manual de Convivencia y lo establecido en el Anexo 1 de dicho
Manual.
83