DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUTO DE CAPACITACIÓN NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA LTDA INFA SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT Versión No. 7 01 de Junio del 2.015 1 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA TABLA DE CONTENIDO TITULO I: MARCO JURÍDICO Y/O LEGAL Presentación del Manual de Convivencia del INFA – Resolución No. Introducción Definición del Manual de Convivencia Institucional Parágrafo: Conformación Comunidad Educativa Justificación del Manual de Convivencia del INFA Marco Normativo del Manual de Convivencia del INFA CAPÍTULO I. Generalidades Artículo 1. Naturaleza Jurídica Artículo 2. Misión Artículo 3. Visión Artículo 4. Principios y Valores Institucionales Artículo 5. Política de Calidad Artículo 6. Objetivos de Calidad Artículo 7. Filosofía Educativa Artículo 8. Identidad Institucional (Balada) TITULO II: DEBIDOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y/O FINANCIEROS CAPÍTULO II. Inscripción, Solicitud y Requisitos de Ingreso, Selección, Admisión y Matricula para Aspirantes y Estudiantes del INFA Artículo 9. Inscripción Parágrafo: Aceptación del Manual de Convivencia por parte del Aspirante inscrito autorizado a iniciar clases Artículo 10. Solicitud de Ingreso Parágrafo: Reserva derecho de admisión y solicitud de requisitos de ingreso para cualquier sede del INFA Artículo 11. Requisitos de Ingreso Parágrafo: Requisitos de ingreso Institución de Educación para el Trabajo – Decreto 4904/2009 Artículo 12. Selección Artículo 13. Admisión Parágrafo: Cumplimiento requisitos prácticas formativas Artículo 14. Matrícula Parágrafo 1: Entrega carnet estudiantil Parágrafo 2: El Instituto Fátima no reintegra el valor de la matricula e ingresar en un tiempo no mayor a tres (3) meses conserva el valor de la matricula CAPÍTULO III. De la Solicitud de Reingreso Artículo 15. Reingreso Parágrafo 1: Reingreso de estudiantes de la jornada de los sábados Parágrafo 2: Tiempo máximo para exonerar del pago de una nueva matricula Parágrafo 3: Tiempo para iniciar programa nuevamente desde el principio Parágrafo 4: Excepciones en el trámite de reingreso Parágrafo 5: Bienvenida de reingreso y firma de los contratos Número de Página 8 9 10 11 11 12 13 14 14 14 14 14 14 15 15 15 16 17 17 17 17 17 17 17 18 18 18 18 18 18 19 19 19 19 19 19 19 2 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPÍTULO IV. De las Transferencias de otras Escuelas, Transferencia Interna y Complementación o Validación de la Experiencia Artículo 16. Transferencias de otras escuelas o entidades educativas Parágrafo: Elaboración de informe de retiro de un estudiante para otra institución y/o sede del INFA Artículo 17. De la transferencia interna Artículo 18. Complementación o validación de la experiencia CAPÍTULO V. Del Valor de la Inversión del Calendario Académico y los Componentes del Programa Artículo 19. Del valor de la inversión Parágrafo 1: Fecha de pago mensualidad y matricula Parágrafo 2: Casos en que se paga interés por retraso en el pago de la mensualidad y/o matricula Parágrafo 3: Presentación en el INFA del recibo de pago de la mensualidad y/o matricula con el sello y timbre del banco Artículo 20. Del calendario académico Parágrafo: Programación de clases teóricas y/o prácticas formativas Artículo 21. Componentes del programa CAPÍTULO VI. Estudiantes en Programas Regulares y Estudiantes en Programas de Educación Informal Artículo 22. Estudiantes en programas regulares Artículo 23. Estudiantes en programas de educación informal CAPÍTULO VII. De las Constancias de Estudio Artículo 24. Constancias de estudio CAPITULO VIII. Becas Artículo 25. Becas Parágrafo 1: Estudio previo para la adjudicación de descuentos Parágrafo 2: Perdida del privilegio de la beca Parágrafo 3: Las becas aplican solo para los costos de mensualidades CAPITULO IX. Derechos y Deberes del INFA Artículo 26. Derechos Parágrafo: Reserva del derecho de contratación del personal Artículo 27. Deberes TÍTULO III. DEL DESARROLLO ACADÉMICO Y SUS DEBIDOS PROCESOS CAPITULO X. Del Desarrollo Académico Parágrafo: Acompañamiento prácticas formativas CAPITULO XI. Criterios de Evaluación Artículo 28. Criterios de evaluación Parágrafo 1: Elaboración de evidencias Parágrafo 2: Presentación de evidencias Parágrafo 3: De los aun no cumple de una evidencia con un valor menor del 50% del total de las preguntas Parágrafo 4: De los aun no cumple de una evidencia con un valor igual o mayor del 50% del total de las preguntas Parágrafo 5: Evidencias de aprendizaje Parágrafo 6: Registro y entrega de evidencias CAPITULO XII. Escala de Valoración 20 20 20 20 20 21 21 21 21 21 21 21 y 22 22 23 23 23 24 24 25 25 25 25 25 26 26 26 26 y 27 28 29 29 30 30 30 30 30 30 31 31 32 3 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Artículo 29. Escala de valoración Parágrafo: De los reclamos sobre valoraciones académicas CAPITULO XIII. Criterios de Promoción Artículo 30. Criterios de promoción Parágrafo: Notas aclaratorias record académico, libro evaluador de prácticas formativas y estrategias de promoción CAPITULO XIV. Plan de Mejoramiento Académico Artículo 31. Plan de mejoramiento académico Artículo 32. Debido proceso para la realización de un plan de mejoramiento académico Parágrafo 1: Justificación inasistencia a un plan de mejoramiento académico Parágrafo 2: Actores que intervienen en un plan de mejoramiento académico Artículo 33. Tutoría preventiva Artículo 34. Espacio programado de estudio personalizado CAPITULO XV. Del Certificado de Aptitud Ocupacional Artículo 35. Certificado de aptitud ocupacional Parágrafo: No autorizada la certificación por ventanilla CAPITULO XVI. De las Inasistencias al Periodo Lectivo: Fase Teórica y/o Práctica Formativa Artículo 36. Inasistencias a la fase teórica Parágrafo 1: De los talleres prácticos formativos intramurales Parágrafo 2: Inasistencias generadas por cartera morosa Artículo 37. Inasistencia a la práctica formativa Parágrafo 1: Excepción de la permisividad Parágrafo 2: Debido proceso al presentar inasistencias Parágrafo 3: Repetición de una norma de competencia y/o elemento Parágrafo 4: Por incumplimiento de requisitos no se programa teoría y/o práctica formativa Parágrafo 5: De las prácticas formativas intramurales en el aula didáctica de salud oral CAPITULO XVII. Estímulo y/o Reconocimientos para el Estudiante Artículo 38. Estímulos y/o reconocimientos para el estudiante TITULO IV. DEL DESARROLLO ACTITUDINAL: REGIMEN DISCIPLINARIO Y SUS DEBIDOS PROCESOS CAPITULO XVIII. Perfil del Estudiante Artículo 39. Perfil del estudiante CAPITULO XIX. Derechos del Estudiante del INFA Artículo 40. Derechos Parágrafo: Comunidad LBGTI CAPITULO XX. Deberes del Estudiante del INFA Artículo 41. Deberes sociales y culturales Artículo 42. Deberes sobre exactitud Artículo 43. Deberes sobre orden y armonía Artículo 44. Deberes académicos Artículo 45. Deberes sobre presentación personal Parágrafo 1: Orden y respeto al portar el uniforme en diversos lugares 32 32 33 33 33 34 34 34 34 y 35 35 35 35 36 36 36 37 37 37 37 37 37 38 38 38 38 39 39 40 41 41 42 42 y 43 43 44 44 y 45 45 y 46 46 y 47 47 y 48 48,48 y 50 50 4 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Parágrafo 2: Estampado y logo del INFA son marca registrada Artículo 46. Deberes del representante de grupo Parágrafo final del Capítulo XX: Incumplimiento a cualquiera de los deberes CAPITULO XXI. De las Irregularidades Disciplinarias: Faltas Leves y/o Graves Artículo 47. Falta leve Artículo 48. Falta grave Artículo 49. Faltas graves clasificadas como complejas y/o correspondientes a conductas punibles, las cuales serán tratadas por el comité académico (Convivencia Estudiantil) Parágrafo: Faltas graves punibles serán informadas a la autoridad competente Artículo 50. Ruta de Atención Integral para la Convivencia Estudiantil del INFA (Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013) y Debido Proceso ante Faltas Leves y/o Graves cometidas por el Estudiante del INFA 1) Justificación 2) Definiciones: Ruta de atención integral para la convivencia estudiantil Acoso estudiantil o Bullying Ciberbullyig o ciberacoso estudiantil 3) Responsables 4) Componentes: Promoción, Prevención, Atención y Seguimiento: 4.1) Promoción 4.2) Prevención 4.2.1) Modelos de interacción 4.3) Atención 4.3.1) Debido proceso ante faltas leves y/o graves 4.3.1.1) Debido proceso faltas leves Parágrafo 1: Debido proceso que debe seguir la coordinación académica Parágrafo 2: Procedimiento para que un funcionario administrativo remita un estudiante Parágrafo 3: Para las faltas graves no aplica el debido proceso para faltas leves 4.3.1.2) Actividades Formativas, de Crecimiento y Fortalecimiento Humano y/o Psico-Educativas: 1) Espacios de Conciliación y Reparación Simbólica 1.1) Etapas del encuentro de conciliación y reparación simbólica 2) Apoyo y Orientación Emocional y Psicológica Básica e Inicial 3) Plan de Mejoramiento Actitudinal 4) Prestación de Servicios a la Comunidad Parágrafo: Estudiante menor de edad presta servicios a la comunidad al interior del INFA 5) Charlas y/o Sensibilizaciones a la Comunidad Educativa Parágrafo 1: No es necesario seguir orden secuencial en actividades formativas Parágrafo 2: Actividades formativas serán aplicadas tanto en las faltas leves y/o graves Parágrafo 3: Las actividades formativas se pueden llevar a cabo a nivel individual y/o grupal. 4.3.1.3) Debido proceso faltas graves 4.3.1.4) Sanciones Disciplinarias: 50 50 y 51 51 52 52 y 53 53,54 y 55 55 55 y 56 56 56 56 56 56 57 57 57 y 58 58 58 59 59 60 60 60 60 60 y 61 62 62 62 y 63 63 63 63 63 63 63,64,65y66 66 5 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA 1) Imposición de Reglas de Conducta 2) Llamado de Atención por Escrito con copia a la Carpeta Institucional del Estudiante 3) Suspensión Temporal de los Estudios en la Fase Teórica y/o en la Fase de Práctica Formativa Parágrafo: Estudiantes con dificultades de salud física y/o mental serán remitidos a su EPS 4) Matricula Sujeta a Control Parágrafo: La matrícula sujeta a control debe estar precedida del debido proceso 5) Perdida de la Calidad del Estudiante del INFA 6) Perdida de la beca y/o descuentos otorgados por el INFA Parágrafo: No se reintegra dinero a quien pierda la calidad de estudiante del INFA 4.3.1.4.1) Parágrafos Finales Sanciones Disciplinarias: Parágrafo 1: No es necesario seguir orden secuencial para las sanciones disciplinarias Parágrafo 2: No se impondrá sanciones que conlleven a maltrato físico y/o psicológico Parágrafo 3: Las sanciones disciplinarias pueden ser a nivel individual y/o grupal Parágrafo 4: Ninguna situación de sanción disciplinaria generará reintegro del dinero 4.4) Seguimiento Parágrafo Final Capítulo XXI: Comité Académico (Convivencia Estudiantil): 1) Integrantes del Comité Académico (Convivencia Estudiantil) Parágrafo: Invitación de miembros de la comunidad educativa al comité 2) Funciones del comité académico (Convivencia Estudiantil) CAPITULO XXII. Derechos y Deberes de los Padres de Familia Artículo 51. Derechos Artículo 52. Deberes Artículo 53. Debido proceso incumplimiento deberes padres de familia CAPITULO XXIII. Acuerdo de Voluntades entre el INFA y el Asesor Educativo – Convenio de Prestación de Servicios Profesionales Artículo 54. Convenio de prestación de servicios profesionales regulado por el código civil y comercial Parágrafo: Para mayor ampliación del convenio remitirse a dicho documento CAPITULO XXIV. Derechos, Deberes y Obligaciones de los Egresados del INFA Artículo 55. Derechos Artículo 56. Deberes Artículo 57. Debido proceso incumplimiento deberes de los egresados CAPITULO XXV. Del Trabajador del INFA Artículo 58. Requisitos de ingreso Artículo 59. Perfil del trabajador que labora en INFA Artículo 60. Derechos Artículo 61. Deberes Artículo 62. Correctivos para el trabajador del INFA Parágrafo: Debido proceso incumplimiento deberes del trabajador Artículo 63. Estímulos y/o reconocimientos para el trabajador Artículo 64. De las mediciones Institucionales CAPITULO XXVI. Del Gobierno Institucional 66 66 66 y 67 67 67 68 68 68 68 68 68 68 68 68 68 y 69 69 69 69 69 y 70 71 71 71 y 72 72 73 73 73 74 74 74 75 76 76 76 76 77 77 77 77 78 79 6 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Artículo 65. Gobierno Institucional y Administración de la Institución Parágrafo: Consultar cargos, perfiles, responsabilidades y dependencia jerárquica en el Manual de Perfiles y Requerimientos del Cargo CAPITULO XXVII. Reformas al Manual de Convivencia Artículo 66. De las reformas CAPITULO XXVIII. Disposiciones Finales y Complementarias Artículo 67. Procedimiento para la comunicación formal Artículo 68. Derogación, reestructuración y disposiciones finales manual de convivencia ANEXO 1. APLICA PARA LOS ESTUDIANTES DEL DIPLOMADO DE VISITA MÉDICA 1) Presentación personal Parágrafo: Presentación personal caballeros en taller de ventas y/o simulaciones 2) De las inasistencias a clase: Tabla de permisividad sábados Tabla de permisividad nocturna 3) De la recuperación de las inasistencias a clases Parágrafo: Debido proceso faltas leves y/o graves 79 79 80 80 81 81 81 82 82 82 82 83 83 83 83 7 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA TITULO I MARCO JURÍDICO Y/O LEGAL 8 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA LTDA – INFA Armonizado con la Ley General de Educación 115 de 1.994 y la Ley 1098 de 2.006 Código de la Infancia y la Adolescencia. RESOLUCIÓN 077 del 20 Mayo del 2.015 El Consejo Directivo del Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA - INFA Sede Principal Sur Champagnat, en uso de sus facultades legales y, CONSIDERANDO: • Que la Constitución Política de Colombia de 1.991 en su artículo 67 ampara el derecho a la educación y a la participación en la dirección de las Instituciones Educativas y en su artículo 68 establece que los particulares podrán fundar establecimientos educativos. • Que la ley 115 de 1.994 en sus artículos 73 y 87, exige y establece para toda Institución Educativa un Manual de Convivencia donde se establezcan los derechos, deberes y obligaciones de los estudiantes, así como las faltas leves, graves y sus debidos procesos, y que direccione y responda a las necesidades de la Comunidad Educativa. • Que el decreto 1860 de 1.994 reglamenta parcialmente la ley 115 de 1.994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales y en sus artículos 14 y 17, establece los parámetros del Manual de Convivencia y demás normas que la adicionen, modifiquen, sustituyan, etc. E igualmente con el soporte de jurisprudencia expedida por las altas cortes, sobre el tema o asunto central del presente Manual de Convivencia. • Que la ley 1098 de 2.006, en sus artículos 42 a 45, establece la inclusión en el Manual de Convivencia de lo ordenado en esas normas, el Instituto Fátima cumpliendo con las mismas, decide elaborar, organizar y adecuar dicho Manual. Por lo anterior, el Consejo Directivo del INFA RESUELVE Y DECRETA: 1. 2. 3. 4. Elaborar, revisar, actualizar, armonizar, ajustar y aprobar el presente Manual de Convivencia para garantizar el buen desarrollo de la vida y/o actividad académica, social (convivencia), actitudinal (disciplinaria), moral, administrativa y financiera de los estudiantes y de la Comunidad Educativa del Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima Ltda - INFA Sede Principal Sur Champagnat. Dar cumplimiento a lo establecido en el Capítulo II, Literal 2.7 del Decreto 4904 del 2009, que refiere que las Instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano establecerán y adoptaran al interior de la Institución un Manual de Convivencia. Armonizar este Manual de Convivencia para que sus estudiantes y su Comunidad Educativa cumplan con lo establecido en el Capítulo III, Literal 3.4 del Decreto 4904 del 2009, que refiere que son requisitos para el ingreso a los diferentes programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano los que señale cada institución de acuerdo con el programa que va a desarrollar y el perfil ocupacional de egreso. En el Instituto Fátima se establecen requisitos tales como, Inscripción, Ingreso, Selección, Admisión, Matricula, Perfil y Deberes del Estudiante, Inasistencias al Periodo Lectivo y/o Práctica Formativa y todos los establecidos en este Manual de Convivencia. Dar a conocer el presente Manual de Convivencia y la Cultura Institucional del INFA a los estudiantes y a los miembros de la Comunidad Educativa del Instituto Fátima para su conocimiento, comprensión, interiorización, respeto y cumplimiento. COMUNIQUESE Y CUMPLASE: Dr. ADOLFO SANCHEZ CASTRO REPRESENTANTE LEGAL Y PRESIDENTE CONSEJO DIRECTIVO Santiago de Cali, 01 de Junio del 2.015 9 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA INTRODUCCIÓN El presente Manual de Convivencia elaborado, actualizado y revisado por el Consejo Directivo, Comité Académico (Convivencia Estudiantil), Coordinación Académica y de Consejería Estudiantil, Asesores Educativos, los Representantes Estudiantiles y aprobado por el Consejo Directivo del INFA, muestra el espíritu Institucional conducente a formar ciudadanos(as) para mejorar su calidad de vida mediante la formación por Competencias Laborales, esto para su posterior vinculación al Sector Productivo. Lo anterior, mediante el fortalecimiento de la dimensión del SABER, HACER y SER (Perfil Actitudinal), este último referente a las normas de comportamiento y modelos de actuación asertivos que debe interiorizar, aplicar y actuar el Auxiliar en Salud en diversos contextos, resaltando entre ellos, el contexto de la salud. Esto con el fin de proyectarse, de recibir una formación continua y de brindar una atención apropiada al paciente. Lo anterior se argumenta partiendo de lo establecido en el Artículo 1º de la Ley 115 de 1.994 que refiere que la Educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana. 10 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA DEFINICIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL DEL INFA El Manual de Convivencia del INFA es el marco normativo en el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima, en él se sustenta su Espíritu Institucional, y entiéndase por espíritu su Cultura, es decir, como Piensa, Siente, Habla y Actúa el Instituto Fátima y su Comunidad. En el Manual de Convivencia se plantea y establece que es lo permitido, lo obligatorio, lo prohibido y lo sancionable al interior del Instituto, en los escenarios para prácticas formativas y en la interacción entre los miembros de su Comunidad, esto quiere decir, que el Manual de Convivencia es el mediador en las relaciones interpersonales en la Comunidad Educativa del INFA, esto con el fin, de garantizar y promover la convivencia pacífica, respetuosa, incluyente e impulsadora del desarrollo humano de todos sus miembros. Por otra parte, el Manual de Convivencia del INFA es un documento con debidos procesos organizados y establecidos, una guía, un apoyo que permite atender y resolver las situaciones de índole académicas, financieras, administrativas y actitudinal (Comportamiento, Disciplina y Convivencia), que se presenten en la Comunidad Educativa y con la Cultura Institucional del INFA dentro y/o fuera del Instituto, mientras se porte el uniforme institucional del INFA y/o mientras se es estudiante activo (matriculado) del Instituto. Se entiende por Cultura Institucional del INFA: primero, cómo piensa, siente, habla y actúa el INFA, y segundo, a la construcción de la realidad, de la cotidianidad, de la filosofía Educativa, Institucional y Corporativa a nivel académico, financiero, administrativo y actitudinal al interior del Instituto, en los Escenarios para Prácticas Formativas y mientras se porte el uniforme del INFA. PARÁGRAFO: Conformación de la Comunidad Educativa del INFA. Dando cumplimiento al Artículo 18, establecido en el Decreto 1860 de 1.994, en el INFA la Comunidad Educativa está conformada por: Los estudiantes que se han matriculado. Los padres y madres de familia, acudientes o en su defecto, los responsables de la educación de los estudiantes matriculados. Los Asesores Educativos. Los Directivos y Coordinadores del INFA. Los Egresados del INFA en los diferentes programas de formación para el Trabajo y el Desarrollo Humano. Los Escenarios para Prácticas Formativas. 11 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA JUSTIFICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Partiendo de la base que el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima es una institución de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (Decreto 4904 del 2.009), ha organizado y adaptado gran parte de este Manual de Convivencia, de manera tal, que dé cumplimiento a los diversos Marcos Normativos en Educación y a lo establecido en la Ley 115 de 1.994. Lo anterior es debido a que dicha Ley, fue elaborada para los estudiantes (niñas, niños y adolescentes), de los niveles educativos de preescolar, básica y media. También es necesario en aras de crear y sostener una convivencia pacífica y sana, analizar, atender, mejorar, resolver, cambiar y/o fortalecer las situaciones acaecidas en la Comunidad Educativa y en la Cultura Institucional del INFA, esto debido a la dinámica del funcionamiento de una Institución que ofrece servicios de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano. Como lo establece el Decreto 4904 del 2009, se entiende por Institución de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, toda institución de carácter estatal o privada organizada para ofrecer y desarrollar programas de formación laboral o de formación académica de acuerdo con lo establecido en la Ley 115 de 1.994, la cual conduce a la obtención de certificados de aptitud ocupacional. La Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano promueve la formación en la práctica del trabajo mediante el desarrollo de conocimientos técnicos, habilidades y la participación ciudadana y comunitaria para el desarrollo de competencias laborales específicas. 12 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA MARCO NORMATIVO DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA El Manual de Convivencia del INFA es elaborado, adaptado, armonizado, actualizado, revisado y aprobado cumpliendo y apoyándose en los siguientes Marcos Normativos: 1) Marco Jurídico-Legal: Declaración Universal de los Derechos Humanos (10/Diciembre/1.948). Constitución Política de Colombia (04/Julio/1.991). Ley General de Educación 115 del (08/Febrero/1.994) y demás normas que la hayan complementado, sustituido, adicionado, derogado, incluyendo la jurisprudencia emitida por las altas cortes. Decreto 1860 Aspectos Generales Pedagógicos y Organizativos de la Ley 115 (03/Agosto/1.994). Ley 599 (24/Julio/2.000) y Ley 906 Código Penal Colombiano (31/Agosto/2.004). Decreto 1286 Participación Padres Familia Procesos Educativos (27/Abril/2.005). Decreto 2020 Sistema Calidad Formación para el Trabajo (16/Junio/2.006). Ley 1064 Apoyo y Fortalecimiento IETDH (26/Julio/2.006). Ley 1098 Código de la Infancia y la Adolescencia (08/Noviembre/2.006). Ley 1164 Disposiciones Talento Humano en Salud (03/Octubre/2.007). Decreto 4904 Organización y Funcionamiento IETDH (16/Diciembre/2.009). Decreto 2376 (01/Julio/2.010) y Acuerdo 0153 (30/Octubre/2.012) Relación Docencia Servicio para los Programas de Formación de Talento Humano en Áreas de la Salud. Ley 1616 Salud Mental (21/Enero/2.013). Ley 1620 Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar (15/Marzo/2.013). Nota: IETDH es la sigla para Instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano. 2) Marco Cultura Institucional del INFA: Las experiencias, vivencias, interacciones que se presentan entre sus estudiantes, sus miembros y con toda la Comunidad Educativa. Situaciones presentadas por los estudiantes y los miembros de la Comunidad Educativa en lo referente al incumplimiento de sus derechos, deberes, requisitos u obligaciones acordadas con el INFA. 13 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO I GENERALIDADES ARTÍCULO 1. NATURALEZA JURÍDICA. Crease el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima Ltda mediante escritura pública 640 de febrero 21 de 1.990, en la Notaria 9 del círculo de Santiago de Cali, a quien la Secretaría de Educación Municipal de Santiago de Cali, le otorgó Licencia de Funcionamiento No. 4143.2.21.9295 del 30 de Octubre del 2009 de Naturaleza Privada. Cabe recordar que es muy cierto que el INFA es una Institución Educativa con gran sentido humano, que entiende la educación como un servicio público, pero también es una Empresa Privada, y como tal, cuenta con estrategias de negocio que le permiten generar ingresos económicos que facilitan el sostenimiento de la Institución. Como se establece en el Proyecto Educativo Institucional – PEI, el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA es una Institución de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano de carácter privado, la cual, está conformada con una personería jurídica con ánimo de lucro. ARTÍCULO 2. MISIÓN. Somos una Institución de educación para el trabajo y el desarrollo humano, que mediante la prestación de servicios educativos capacitamos y formamos personal técnico laboral por competencias, contamos con un talento humano capacitado y comprometido con la satisfacción y cumplimiento de los requisitos de quienes proyectan su futuro educativo y ocupacional. ARTÍCULO 3. VISIÓN. En el año 2.017 seremos la institución de prestación de servicios educativos con énfasis en la escuela sin papel apoyados en una plataforma virtual que nos permita ampliar los mecanismos de comunicación con nuestros clientes. ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES. Existen como base de equidad y justicia que se deben tener en cuenta al momento de tomar una decisión de carácter académico, administrativo (financiero), actitudinal (disciplinario, convivencia). PRINCIPIOS INSTITUCIONALES: 1. 2. 3. 4. Urbanidad. Nos insta a dirigirnos en los términos de la amabilidad y cordialidad. Pertinencia. Permite reflexionar sobre si el asunto que tratamos es pertinente o no. Comunicación. Ayuda a escuchar y expresarnos con asertividad. Respeto. Es necesario para considerar los deberes y derechos compartidos (los nuestros y de los demás). 5. Veracidad. Garantiza la certeza y realidad del asunto que estamos tratando. 6. Orden. Permite disponer de la información, pruebas, documentación para discernir los asuntos. VALORES INSTITUCIONALES. 1. 2. 3. 4. 5. VOCACIÓN: Como fortaleza de nuestras acciones. DEDICACION: Para el cumplimiento de nuestra misión. AMOR: Como filosofía de vida. COMPROMISO: Para responder a los fundamentos educativos. HUMANIDAD: Como base fundamental para facilitar procesos. ARTICULO 5. POLITICA DE CALIDAD. En el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima estamos comprometidos a formar personal por competencias, buscando la completa satisfacción del cliente mediante óptimos convenios de docencia-servicio y un equipo humano capacitado y comprometido con la mejora continua en los procesos y servicios de la institución. 14 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA ARTICULO 6. OBJETIVOS DE CALIDAD 1. Garantizar la satisfacción de nuestros clientes a través de la oferta y desarrollo de programas que cumplan con los requerimientos gubernamentales vigentes. 2. Mejorar las competencias del talento humano de INFA mediante la promoción y ejecución de programas de educación permanente para optimizar la prestación de los servicios institucionales. 3. Mantener los convenios docencia-servicio e interinstitucionales acorde a las exigencias requeridas para el perfil del egresado. 4. Propender por el mejoramiento continuo de los procesos para el mantenimiento de nuestro sistema de gestión de calidad. 5. Garantizar la adquisición y disposición de los recursos necesarios y la infraestructura adecuada para la prestación del servicio educativo. 6. Aumentar la rentabilidad para asegurar la proyección del instituto en mediano y largo plazo. ARTICULO 7. FILOSOFÍA EDUCATIVA DEL INFA. Para el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA, la Institución Educativa es el escenario donde se continúa y se promueve el proceso de formación y transformación humana, simbolizado en el rol de estudiante y futuro Auxiliar en Salud. En dicho proceso el INFA busca por medio de sus interacciones con la Comunidad Educativa, enseñar a través del ejemplo, de experiencias vivenciales y el manual de convivencia modelos de actuación y de vida que promuevan la convivencia pacífica, el desarrollo humano, la superación personal y a difundir y reproducir este modelo en los diversos contextos de la sociedad. ARTICULO 8. IDENTIDAD INSTITUCIONAL (Balada) CANCION: TÚ PUEDES SER Y CREER EN TI INFA, siempre presto con éxito y prosperidad ESTUDIANTES animosos vigilando su caminar EGRESADOS, orgullosos firmes en su andar Directivos, administrativos y Asesores Educativos laboriosos con integridad INFA, contribuye al progreso de la educación Somos líderes competentes Con proyección en su visión Y entusiasmo al guiar los estudiantes Es nuestro slogan………..INFA por usted. Gestionando Calidad Coro. Tú puedes ser y creer en ti Imaginar, acertar, errar para empezar Pensar, sentir, vivir crear al tropezar Aprender a hacer con INFA Siii INFA, siempre presto con éxito y prosperidad. Entre todos, en equipo, enfocamos la visión. Entre todos, unidos logramos la misión Con dedicación, amor, compromiso y seriedad. El Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima Valores inculca sin excepción Con transparencia y amor nos anima vocación. Es nuestro slogan………..INFA por usted. Gestionando Calidad Coro. Tú puedes ser y creer en ti Imaginar, acertar, errar para empezar Pensar, sentir, vivir crear al tropezar Aprender a hacer con INFA Siii. Letra: Yadira Escobar. Género: Balada 15 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA TITULO II DEBIDOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y/O FINANCIEROS 16 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO II DE LA INSCRIPCIÓN, SOLICITUD DE INGRESO, REQUISITOS DE INGRESO, SELECCIÓN, ADMISIÓN Y MATRICULA PARA ASPIRANTES Y ESTUDIANTES INFA ARTICULO 9. INSCRIPCIÓN. Es el acto mediante el cual el aspirante separa su cupo pagando el valor de la inscripción. La inscripción no garantiza el ingreso del aspirante, el valor de la inscripción no es reembolsable. PARÁGRAFO: Aceptación del Manual de Convivencia del Aspirante Inscrito y Autorizado a Iniciar Clases. Si el aspirante ya se inscribió pero aún no se ha matriculado y el INFA le autoriza asistir a la Bienvenida e iniciar su proceso académico (Asistir a Clases Teóricas), tanto el aspirante como sus padres y/o acudientes están aceptando el Manual de Convivencia del INFA. ARTICULO 10. SOLICITUD DE INGRESO. Formato (Ficha de Inscripción) que se entrega en el momento de ser inscrito en el INFA, es un registro que contiene datos personales del aspirante, información de sus familiares y referencias personales. PARAGRAFO: Reserva derecho de admisión y solicitud requisitos de ingreso a cualquier sede del INFA. El Instituto Fátima se reserva el derecho de admisión, apoyándose en la normatividad vigente. Cuando un estudiante se retira de una sede para ingresar a la otra de la misma Institución debe diligenciar su solicitud conforme a los requisitos de la sede en que aspira ingresar; de igual manera lo económico no se transfiere a la nueva sede. ARTICULO 11. REQUISITOS DE INGRESO. Son los requerimientos establecidos por el Consejo Directivo del INFA para procurar el máximo desempeño académico, una sana convivencia (comportamiento, actitud y Disciplina) y el cumplimiento de los requisitos administrativos y financieros durante el tiempo que el estudiante esté vinculado en el Instituto Fátima. Estos se relacionan a continuación: a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. Tener 16 años de edad en adelante. Una (1) fotocopia de su documento de identificación legible, Cédula de Ciudadanía para mayores de edad y Tarjeta de Identidad para menores de edad. Si es bachiller, debe presentar fotocopia del Diploma o Acta de Grado del Grado Once. Si está cursando el grado Once debe presentar certificado de notas del grado Décimo o si está cursando el grado Décimo debe presentar certificado de notas del grado noveno. Si solo curso y aprobó noveno grado de bachillerato, debe presentar Certificado o Acta de Grado de noveno. Certificado de afiliación a la EPS y/o SISBEN vigente. Dos (2) fotografías tamaño 3 x 4 cm a color. Una (1) carpeta legajador colgante tamaño oficio con gancho. Aceptar y cumplir todo lo establecido en el Manual de Convivencia del INFA, la importancia de las tres dimensiones de la formación basada en Competencias Laborales (Saber, Hacer y Ser) y el fortalecimiento y apoyo actitudinal establecido por el INFA. Compromiso con su presentación personal, la cual debe ser pulcra y ordenada, portando el uniforme correspondiente al programa que elija. PARÁGRAFO: Requisitos de ingreso Instituciones de Educación para el trabajo – Decreto 4904/2009. De acuerdo con lo decretado y establecido en el Capítulo III, Literal 3.4 del Decreto 4904 del 2.009, son requisitos para el ingreso a los diferentes programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano los que señale cada institución de acuerdo con el programa que va a desarrollar y el perfil ocupacional de egreso. En el Instituto Fátima se establecen requisitos tales como, Inscripción, Ingreso, Selección, Admisión, Matricula, Bienvenida, Reunión de Padres de Familia y/o Acudientes, Perfil y Deberes del Estudiante, de las Inasistencias al Periodo Lectivo y todos los establecidos en este Manual de Convivencia. 17 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA ARTÍCULO 12. SELECCIÓN. En casos considerados especiales se reunirá el Comité Académico, analizará el caso especial y emitirá un concepto al respecto. ARTICULO 13. ADMISIÓN. Procedimiento que implica verificar que la población de aspirantes cumpla con los requisitos de ingreso. El aspirante admitido debe dar cumplimiento a los siguientes requisitos de matrícula: Efectuar el pago de la matrícula. Aplicarse Vacunas: Hepatitis A y B, Tétano, Varicela, MMR, así como, la toma de anticuerpos como requisito para las realizar las prácticas formativas. Las Vacunas y los Anticuerpos serán realizados sin excepción por el proveedor designado por el INFA, quien suministra los costos, los cuales son asumidos por el estudiante, el cual, debe iniciar su esquema de vacunación y anticuerpos inmediatamente inicie su proceso académico (Desarrollo de Clases). PARÁGRAFO: Cumplimiento requisitos prácticas formativas. Para realizar las prácticas formativas el INFA y el estudiante se comprometen a cumplir los requerimientos, los esquemas de vacunación y anticuerpos que la Normatividad Vigente, el INFA y las Instituciones Hospitalarias en convenio le exija (Decreto 2376 del 2.010). Si el estudiante no cumple estos requisitos, no podrá ser programado ni remitido a las prácticas formativas, las cuales serán aplazadas y reprogramadas con otro grupo en el momento de cumplir el requisito. ARTICULO 14. MATRICULA. Es el acto mediante el cual se formaliza la vinculación y se adquiere la calidad de estudiante del Instituto Fátima, se asumen derechos, deberes y obligaciones de ambos contrayentes, establecidos en el Manual de Convivencia del INFA. Los estudiantes, los padres de familia y/o acudientes y/o quien haga las veces en representación del estudiante menor de 18 años y mayor de edad, al matricularse, están aceptando el Manual de Convivencia del INFA. Como garantía de lo anterior, el soporte de este acto será el recibo de pago de la matrícula, y otro soporte será, la firma de un documento denominado Titulo Valor Contrato de Prestación del Servicio Educativo, firmado por y/o entre el Representante Legal y/o Gerente o Subgerente General del INFA, el estudiante mayor y menor de edad y/o padre de familia y/o acudiente y/o representante y/o quien haga las veces en caso del estudiante ser menor de 18 años. Lo anterior, una vez hayan sido pagados los valores de inversión convenidos por las partes. PARAGRAFO 1º: Entrega carnet estudiantil. Consumado el acto de matrícula, en un periodo no mayor a 30 (Treinta) días hábiles se otorgará al estudiante el carnet que lo identificará como miembro de la comunidad educativa de la Institución, este es unipersonal e intransferible y en caso de pérdida su reposición generará un costo adicional que será asumido por el estudiante. PARAGRAFO 2º: INFA no reintegra el valor de la matrícula, ni de la mensualidad e ingresar en un tiempo no mayor a tres meses conserva el valor de la matrícula. Si un estudiante matriculado no inicia o no asiste al programa de formación matriculado, el INFA no reintegra (no devuelve) el valor de la matrícula, pero si el estudiante desea ingresar en un tiempo no mayor a tres (3) meses después de iniciado el programa de formación matriculado, puede hacerlo sin que esto le genere un nuevo pago de matrícula. 18 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO III DE LA SOLICITUD DE REINGRESO ARTICULO 15. REINGRESO. Se entiende como el retorno del estudiante a la Institución. Deberá solicitar reingreso: a) El estudiante matriculado quien por una causa ajena a su voluntad, no pudo iniciar el programa de formación y notificó por escrito sus razones del no inicio. b) El estudiante matriculado que no pudo continuar en el programa de formación y presentó su carta de retiro. c) El estudiante que desertó y abandonó el ciclo académico matriculado sin informar a la Institución. d) Todo estudiante que pasados 15 días hábiles de inasistencia continúa a la teoría y/o a la práctica formativa, y desee retomar clases teóricas o ser programado a prácticas formativas debe realizar trámite de reingreso. DEBIDO PROCESO PARA LA SOLICITUD DE UN REINGRESO. El aspirante deberá solicitar el reingreso por escrito, ante el Coordinador del programa Académico, expresando las causas de su retiro. En el caso de los adolescentes, suscribe el documento anterior el acudiente o representante legal inscrito y/o quien haga las veces ante la Institución. (Ver procedimiento de Reingreso). PARÁGRAFO 1º: Reingreso estudiantes jornada sábados. Si un estudiante matriculado en la jornada de los sábados inasiste a clases teóricas cuatro (4) sábados continuos, es decir, treinta y dos (32) horas será reportado como inasistente y debe realizar trámite de reingreso, el cual le generara sobrecostos al estudiante y será reubicado en otro grupo del mismo programa de formación. PARÁGRAFO 2º: Tiempo máximo para exonerar del pago de una nueva matricula. Se fija para el estudiante un término máximo de tres meses siguientes a su retiro para exonerarlo del pago de una nueva matricula, es decir conservar la anterior. Si el estudiante solicita reingreso en un término mayor a los tres meses, al ser aceptado cancelará matrícula conforme al grupo en que ingrese. Dentro de los quince días hábiles, siguientes a la recepción de la solicitud del reingreso, la institución deberá dar respuesta. El Coordinador Académico, ubicará al estudiante en el plan de estudios dependiendo del módulo o módulos que él haya cumplido antes de su retiro. PARAGRAFO 3º: Tiempo para iniciar programa nuevamente desde el principio. Si el estudiante solicita reingreso cumplido un (1) año o más de la fecha de su retiro, debe iniciar el programa desde el principio, es decir, comienza nuevamente desde el primer ciclo. PARAGRAFO 4º: Excepciones en el trámite de reingreso. No se dará trámite alguno a la solicitud de reingreso a estudiantes que hayan presentado y/o cometido faltas graves. El estudiante que desertó y/o abandonó un ciclo académico debe acogerse nuevamente al proceso de inscripción, selección, admisión y matricula. PARÁGRAFO 5º: Bienvenida de reingreso y firma de los contratos. Cuando el reingreso le sea autorizado al estudiante, antes de iniciar con su proceso académico debe realizar bienvenida de reingreso y firmar el contrato de Prestación del Servicio Educativo y el Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias. 19 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO IV DE LAS TRANSFERENCIAS DE OTRAS ESCUELAS, TRANSFERENCIA INTERNA Y COMPLEMENTACIÓN O VALIDACIÓN DE LA EXPERIENCIA ARTÍCULO 16: TRANSFERENCIAS DE OTRAS ESCUELAS O ENTIDADES EDUCATIVAS. No se recibirán transferencias de otras escuelas o entidades educativas, ni se validarán módulos cursados en otras entidades educativas, exceptuando los estudiantes que hayan desarrollado, cursado y aprobado en el INFA uno o más Normas de Competencia (módulos de formación) y soliciten el reingreso antes de cumplir un año de su retiro, siguiendo el debido procedimiento establecido. Lo anterior aplica para los estudiantes de los programas de Formación de Auxiliar en Enfermería, Auxiliar en Salud Oral y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos. PARÁGRAFO: Elaboración de informe retiro de un estudiante para otra institución y/o sede del INFA. Para efectos de retiro de un estudiante para otra institución o la misma en diferente jurisdicción y/o sede, el informe será elaborado en los mismos términos. Ninguna valoración podrá realizarse por fuera de las instalaciones del Instituto o escenarios diferentes a las instituciones donde se realizan las prácticas formativas. ARTÍCULO 17: DE LA TRANSFERENCIA INTERNA. Se entiende como cambio de jornada o traslado de una jornada a otra. Sólo se autorizará una transferencia interna al término de cada ciclo académico, previa solicitud del estudiante enviada por escrito a Diseño y Desarrollo Pedagógico. La solicitud se analizará en Comité Académico quien emitirá un concepto al respecto. ARTÍCULO 18. COMPLEMENTACIÓN O VALIDACIÓN DE LA EXPERIENCIA. Si un egresado de los programas de formación en áreas de salud del INFA y/o de Instituciones del Sector Salud (Clínicas, Hospitales, Droguerías, Consultorios Odontológicos, etc.), desea complementar su formación o validar su experiencia y obtener su certificación de aptitud ocupacional como técnico laboral por competencias en los programas de formación en áreas de la salud del INFA, deberá realizar el auto diagnóstico con Coordinación Académica. Partiendo del resultado, se definirán las normas de competencia (módulos de formación) que deberá cursar, desarrollar, cumplir y aprobar para obtener su certificado de aptitud ocupacional como técnico laboral por competencias en: Auxiliar en Enfermería y/o Auxiliar en Salud Oral y/o Auxiliar en Servicios Farmacéuticos. (Ver procedimiento de Reingreso). 20 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO V DEL VALOR DE LA INVERSIÓN, DEL CALENDARIO ACADÉMICO Y LOS COMPONENTES DEL PROGRAMA ARTÍCULO 19. DEL VALOR DE LA INVERSIÓN. Conforme a la demanda educativa la Junta de Socios establecerá mediante resolución el valor total de la inversión, el cual se estipula en el correspondiente Titulo Valor Contrato de Prestación del Servicio Educativo. PARÁGRAFO 1º: Fecha de pago mensualidad y matricula. Cada mensualidad debe ser cancelada (pagada) dentro de los seis (6) primeros días de cada mes. El estudiante que por motivos circunstanciales no pague oportunamente la mensualidad, le acarreará un interés por mora del 3%. Las matriculas deben ser canceladas (pagadas) al iniciar cada ciclo de estudios los seis (6) primeros días del mes que corresponda realizar el pago. El estudiante que por motivos circunstanciales no pague oportunamente la matricula le acarreará un interés por mora del 3%. PARÁGRAFO 2º: Casos en que se paga interés por retraso en el pago de la mensualidad y/o matricula. En los siguientes casos, el estudiante y/o su acudiente deben asumir y pagar el interés por mora del 3% por retraso en el pago de las mensualidades o matriculas: Cuando no cancela (paga) la mensualidad o matricula oportunamente los seis (6) primeros días del mes o ciclo al cual corresponda. Cuando el día seis (6) de cada mes en el calendario registra que dicho día caerá un sábado, un domingo o un festivo. En dichos casos, al realizar el pago por ejemplo un sábado, los bancos registran la transacción con fecha del siguiente día hábil. Si dicho día es un domingo o festivo, se debe esperar a que sea día hábil y horario de oficina para realizar el pago en el banco, como esto se hace días después de la fecha de pago, debe cancelar (pagar) el interés. En este caso se recomienda cancelar (pagar) la mensualidad o matricula un día antes del día seis (6) de cada mes. Cuando el día seis (6) de cada mes cancele (pague) en el banco la mensualidad o matricula después de la 4:00 pm, es decir, en horario extendido. En dichos casos, los bancos registran la transacción con fecha del siguiente día hábil. En este caso se recomienda cancelar (pagar) la mensualidad antes de las 4:00 pm o un día antes del día seis (6) de cada mes. PARÁGRAFO 3º: Presentación en el INFA del recibo de pago (colilla de pago institucional) de la mensualidad y/o matricula con el sello y timbre del Banco. Cuando el estudiante cancele (pague) la mensualidad o matricula en el banco o donde corresponda, debe traer y presentar en el INFA (Auxiliar de Recaudo, Asesores Educativos y Coordinadores Académicos) el recibo de pago (colilla de pago institucional) con el timbre y/o sello del banco, dichos recibos se encuentran anexos al talonario de pagos del estudiante del INFA. Si el día 07 de cada mes el estudiante no presenta el recibo de pago, no le permitirán el ingreso a clases teóricas y/o a las prácticas formativas. Lo anterior, es debido a que los pagos que los estudiantes realizan en el banco, solo se reflejan en el sistema de dicha entidad dos días hábiles después de realizado el pago, por lo tanto, el soporte con el que cuenta el estudiante para demostrar en el INFA que ya pago, es el recibo de pago. ARTICULO 20. DEL CALENDARIO ACADÉMICO. Cada grupo conformado, tendrá su calendario académico compuesto de 18 meses, con una distribución de tiempo del 60% práctico y un 40% teórico, distribuidos en 4 (cuatro) ciclos. PARÁGRAFO: Programación de clases teóricas y/o prácticas formativas. La programación de clases teóricas y/o de prácticas formativas de los estudiantes está a cargo y es responsabilidad de los Coordinadores Académicos, el INFA y los Coordinadores Académicos tienen autonomía y 21 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA autoridad otorgada por el Ministerio de Educación Nacional para realizar la programación de acuerdo a los criterios que se consideren pertinentes, lo importante es cumplir con los 18 meses de formación y con los objetivos académicos. Para los estudiantes del programa de Auxiliar en Enfermería el INFA establece como requisito que deben tener y contar con disponibilidad de tiempo completo (Jornadas mañana, tarde y noche) para desarrollar la teoría y/o la práctica formativa. Para los estudiantes de los programas Auxiliar en Salud Oral y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos, el INFA establece como requisito que la teoría será programada en la jornada de la mañana, aclarando que en algunas ocasiones se programaran en la jornada de la tarde, y la práctica formativa les será programada en la jornada de la mañana y/o en la jornada de la tarde y/o en la noche. Las prácticas formativas para los estudiantes de los tres programas de formación (Auxiliar en Enfermería, Salud Oral y Servicios Farmacéuticos) de la jornada de los sábados, serán programadas a convenir entre las Coordinaciones Académicas del INFA y los estudiantes de dicha jornada. ARTICULO 21. COMPONENTES DEL PROGRAMA. El INFA, en la Norma de Competencia Inducción a la Institución Educativa dará a conocer las Normas de Competencia del programa matriculado, conforme a lo establecido en el Acuerdo 0153 del 2.012 de los Ministerios de Salud, Protección Social y de Educación y la Comisión Intersectorial del Talento Humano en Salud. 22 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO VI ESTUDIANTES EN PROGRAMAS REGULARES Y ESTUDIANTES EN PROGRAMAS DE EDUCACION INFORMAL ARTICULO 22. ESTUDIANTES EN PROGRAMAS REGULARES. Pertenecen a los Programas Regulares aquellos estudiantes con contrato título valor de prestación del servicio educativo (vigente) que realizan un programa que conduzca a la obtención de un certificado de aptitud ocupacional como técnico laboral por competencias. ARTICULO 23. ESTUDIANTES EN PROGRAMAS DE EDUCACIÓN INFORMAL. Pertenecen a los cursos de educación informal los estudiantes que desean adquirir, perfeccionar, renovar o profundizar conocimientos y habilidades técnicas y prácticas. Estos son: Talleres, seminarios, diplomados, etc., cuya intensidad horaria es inferior a 160 horas y no requieren de registro por parte de las Secretarías de Educación ni Salud por cuanto no conducen a la obtención de un certificado de aptitud ocupacional. 23 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO VII DE LAS CONSTANCIAS DE ESTUDIO. ARTICULO 24. CONSTANCIAS DE ESTUDIO. Las constancias de estudio serán firmadas por el Director General. La expedición de constancias de estudio tienen un valor de $7.000 y se entregarán después de tres días hábiles siguientes a su solicitud; la expedición de certificados de pensum académico tienen un costo de $120.000 y se entregarán en ocho días hábiles posteriores a su solicitud; la expedición de certificados de notas para estudiantes activos tienen un valor de $7.000 por hoja, para egresados tienen un costo de $10.000 por hoja y se entregarán en cinco días hábiles posteriores a su solicitud. Si se requiere una constancia de estudio en el transcurso del día, para estudiantes activos tendrá un costo de $9.000 y para estudiantes egresados tendrá un costo de $10.000. 24 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO VIII BECAS. ARTICULO 25. BECAS. La Junta de Socios, establece otorgar descuentos especiales del 10% a las personas remitidas de las instituciones con las que se tiene establecido convenio de docenciaservicio o convenios interinstitucionales. PARAGRAFO 1º: Estudio previo para la adjudicación de descuentos. La adjudicación de descuentos para personal procedente de las instituciones con las cuales se tienen convenios docencia-servicios (Estas personas deben ser trabajadores o hijos y/o sobrinos del trabajador de la institución con la cual se tiene el convenio) se estudian mediante solicitud enviada por el director general de la institución en convenio. (Solo para aspirantes que vayan a iniciar un programa; no se consideran estos privilegios para estudiantes que ya se encuentran cursando cualquier programa de formación en el INFA). PARAGRAFO 2º: Perdida del privilegio de la beca. El estudiante que tenga el beneficio de la beca, puede perder su privilegio de beca y/o descuento al cometer faltas graves establecidas en este Manual de Convivencia. PARAGRAFO 3º: Las becas aplican solo para los costos de mensualidades. Las becas y/o descuentos especiales se aplican en los costos de las cuotas mensuales (mensualidades), no incluyen matriculas ni requisitos de ingreso. De igual manera la Junta de Socios como máxima autoridad del INFA se reserva para sí el derecho de adjudicar descuentos especiales por criterio propio sin que estos sean consultados por el Consejo Directivo. 25 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO IX DERECHOS Y DEBERES DEL INFA ARTÍCULO 26. DERECHOS: a) Recibir el valor de la inversión pactada con el estudiante y/o su acudiente al ingresar al INFA. b) Exigir el cumplimiento de los requisitos establecidos Institucionalmente para el ingreso del estudiante y su permanencia en la Institución. c) Exigir por los medios persuasivos y/o coactivos, la recuperación de cartera morosa. d) Todos los derechos que le otorga el contrato de prestación del servicio educativo, el Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias y este Manual de Convivencia. e) Establecer, crear, construir un Manual de Convivencia, el cual se convierte en la carta de navegación Institucional. f) Recibir de parte de los Asesores Educativos información de cualquier y/o toda novedad que presenten, le ocurra y/o le haya ocurrido a los estudiantes, esto con el fin de que el INFA active el debido proceso establecido en este manual de convivencia. g) Exigir el cuidado y respeto de su imagen Corporativa y/o Institucional. h) INFA se reserva el derecho de admisión, apoyándose en la normatividad vigente. i) Ofertar programas de formación laboral y de formación académica, tal como lo autoriza y establece el Decreto 4904 en su Capítulo III en su Literal 3.1. PARAGRAFO: Reserva del derecho de contratación del personal. El INFA se reserva para sí el derecho de contratación del personal y su permanencia en la Institución depende de factores de desempeño ajenos a la voluntad del estudiante. ARTICULO 27. DEBERES: a) Ofrecer y desarrollar los programas de formación conforme al marco legal vigente y dar a conocer las normas de competencia del programa matriculado (conforme al acuerdo 0153 de los Ministerios de Salud, Protección Social y de Educación y la Comisión Intersectorial del Talento Humano en Salud. b) Desarrollar los componentes de promoción, prevención, atención y seguimiento a través del Manual de Convivencia y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Estudiantil, esto con el fin de proteger y atender de manera inmediata a los estudiantes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, acoso, humillación, discriminación o burla, violencia estudiantil y vulneración de los derechos humanos, del estudiante del INFA, derechos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros de estudio, los asesores educativos, coordinadores académicos, directivos, administrativos o miembros de la comunidad educativa del INFA (Ley 1620 del 2.013). c) Reponer las clases que por motivos circunstanciales e imprevistos no se realicen. d) Otorgar certificado de aptitud ocupacional siempre y cuando el estudiante realice, desarrolle, cumpla y apruebe la formación por competencias laborales y/u otorgar certificado de asistencia si es educación informal. e) Favorecer el acercamiento y diálogo constructivo de toda la Comunidad Educativa. f) Mantener siempre el INFA en debido orden y aseo. g) Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socioeconómica o cualquier otra que afecte el ejercicio de los derechos del estudiante. h) Formar a los estudiantes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación y la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás. 26 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA i) j) k) l) m) n) o) p) q) r) s) t) Revisar anualmente las condiciones de convivencia estudiantil del INFA e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia estudiantil, en la protección de los derechos humanos, del estudiante del INFA, derechos sexuales y reproductivos. Lo anterior con el fin de desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia estudiantil. Ofrecer al estudiante atención inmediata a fin de que él pueda transmitir sus inquietudes o dificultades. Garantizar la puntual asistencia del Asesor Educativo a clases teóricas y/o prácticas formativas. Enviar a los estudiantes a los Escenarios de Prácticas Formativas con sus correspondientes pólizas de responsabilidad civil y riesgo biológico y/o ARL. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar una biblioteca adecuada. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación de un buen ambiente de convivencia. Garantizar el pleno respeto a la dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia en INFA. Prevenir dentro de las instalaciones educativas, el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. Orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. Reportar a las autoridades competentes si se detectan dichas situaciones. Orientar a la Comunidad Educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja. Generar y proporcionar espacios de comunicación y atención a y/o con padres de familia y/o acudientes y/o representantes de estudiantes menores y mayores de edad. Dotar la Biblioteca con recursos bibliográficos acorde a los programas de formación en áreas de la salud que oferta el INFA (Ley 115 de 1.994) y la sala de sistemas con equipos de cómputo. 27 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA TITULO III DEL DESARROLLO ACADÉMICO Y SUS DEBIDOS PROCESOS 28 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO X DEL DESARROLLO ACADÉMICO El Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA al formar parte de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano desarrolla los programas de formación técnicos laborales por competencias en áreas de la salud (Auxiliar en Enfermería, Auxiliar en Salud Oral y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos), basados en el modelo pedagógico de formación por competencias laborales. En concordancia y armonía con el Decreto 4904, Capítulo III, Literal 3.5 y en su parágrafo, en el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA los programas de formación de personal auxiliar en las áreas de la salud (Auxiliar en Enfermería, Auxiliar en Salud Oral y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos), se realizarán de manera presencial tanto en su etapa electiva (Fase Teórica) como en las prácticas (Prácticas Formativas Intramurales y Extramurales). La Fase teórica, requiere de un 80% de acompañamiento directo del Asesor Educativo, y las horas prácticas (Prácticas Formativas Intramurales y Extramurales), se desarrollarán el ciento por ciento (100%) bajo la metodología presencial y con supervisión del Asesor Educativo. PARÁGRAFO: Acompañamiento prácticas formativas. Para el programa de formación Auxiliar en Enfermería, todas las prácticas formativas Intramurales y extramurales se desarrollaran el cien por ciento (100%) bajo la supervisión del Asesor Educativo. Para los programas de formación Auxiliar en Salud Oral y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos, las prácticas formativas Intramurales se desarrollaran el cien por ciento (100%) bajo la supervisión del Asesor Educativo y las prácticas formativas extramurales de Atención al Usuario se desarrollaran el cien por ciento (100%) bajo la supervisión del Asesor Educativo, el resto de prácticas formativas extramurales se desarrollaran bajo la supervisión periódica del Coordinador Académico del programa correspondiente y con acompañamiento constante del responsable de los consultorios odontológicos y/o los responsables de los servicios en las droguerías. Dando cumplimiento al Decreto 4904, Capítulo III, Literal 3.8.6.6 en el INFA, los programas de formación laboral están estructurados por competencias laborales básicas, transversales y específicas, teniendo como referente las normas técnicas de competencias laborales definidas por las mesas sectoriales que lidera el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA. Tomando como regla general para estructurar el plan de estudios, las normas de competencia de los niveles de cualificación C y D de la Clasificación Nacional de Ocupaciones. A partir del 30/Octubre/2012 por medio del Acuerdo 0153 en sus Anexos Técnicos, los programas de formación laboral quedan estructurados por normas de competencias básicas y obligatorias. 29 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XI CRITERIOS DE EVALUACIÓN ARTICULO 28. CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Corresponde a los indicadores de logro de las evidencias de aprendizaje establecidas (referente para evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje). Son los criterios de valoración planteados en tres dimensiones: el saber, el hacer y el ser, las cuales permiten evidenciar integralmente si el estudiante está aprendiendo los conocimientos teóricos, si lleva a la práctica adecuadamente esos conocimientos teóricos y si genera las actitudes establecidas por el programa de formación técnico laboral por competencias de Auxiliares en Áreas de la Salud. En el Instituto Fátima se propende por una evaluación integral y permanente del estudiante, a quien se le aplica Evidencias de Conocimiento, Evidencias de Producto y Evidencias de Desempeño. Una evidencia es una prueba necesaria para evaluar y juzgar la competencia laboral de un estudiante, definida en los criterios de desempeño y los conocimientos y comprensiones esenciales y delimitadas por el rango de aplicación. PARAGRAFO 1º: Elaboración de evidencias. El Asesor Educativo es el responsable de la elaboración de las evidencias de conocimiento, producto y desempeño requeridas por las Normas de Competencia, las cuales debe elaborar con preguntas, modelos y metodologías diferentes cada vez que desarrolle una misma o varias normas de competencia. Al elaborar la evidencia, el asesor educativo la debe entregar tres (3) días antes de su aplicación a la Coordinación Académica, quien es la responsable de revisar, aprobar y liberar la misma, esto con el fin de que pueda ser aplicada a los estudiantes. PARAGRAFO 2º: Presentación de evidencias. Para presentar las evidencias los estudiantes deben ser organizados en el aula de clase en fila y supervisados por el Asesor Educativo encargado de la norma de competencia. Las evidencias de conocimiento son individuales y el compartir con algún compañero o utilizar cualquier tipo de ayudas sin autorización es considerado fraude, lo cual será tratado como falta grave. PARAGRAFO 3º: De los aún no cumple de una evidencia con un valor menor del 50% del total de las preguntas. Si el estudiante en la fase teórica, al realizar la primera evidencia de conocimiento en cualquiera de las Normas de Competencia y la evidencia de producto solo para las Normas de Competencia 6 Elemento 2 Primeros Auxilios y Técnicas de Estudio, obtiene como valoración que aún no cumple con un valor menor al 50% del total de las preguntas, realizará tutoría preventiva con el Asesor Educativo de los puntos no aprobados y posteriormente se realizará prueba oral y/o escrita de los mismos, con su respectivo formato de entrevista. En caso de no aprobar la entrevista, presentará por segunda vez la evidencia. En caso de no aprobar esta segunda evidencia deberá realizar un plan de mejoramiento académico y deberá repetir por tercera vez la evidencia. El plan de mejoramiento académico y la tercera evidencia le generara sobrecostos adicionales al estudiante. Las Coordinaciones Académicas definirán el tiempo necesario para el desarrollo del plan de mejoramiento académico. En caso del estudiante no aprobar la tercera evidencia, deberá repetir la norma de competencia o el elemento de la misma. PARAGRAFO 4º: De los aún no cumple de una evidencia con un valor igual o mayor del 50% del total de las preguntas. En caso de que el estudiante en la fase teórica, al realizar la evidencia de conocimiento en cualquiera de las Normas de Competencia y la evidencia de producto solo para las Normas de Competencia 6 Elemento 2 Primeros Auxilios y Técnicas de Estudio, si aún no cumple un valor igual o mayor al 50% del total de las preguntas, realizará tutoría preventiva con el Asesor Educativo de los puntos no aprobados y presentará por segunda vez la evidencia. En caso de no aprobar esta segunda evidencia deberá realizar un plan de mejoramiento académico y deberá repetir por tercera vez la evidencia. El plan de mejoramiento académico y la tercera evidencia le generara sobrecostos adicionales al estudiante. Las Coordinaciones Académicas definirán el tiempo necesario para el desarrollo del plan de mejoramiento académico. En caso del estudiante no aprobar la tercera evidencia, deberá repetir la norma de competencia o el elemento de la misma. 30 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA PARAGRAFO 5º: Evidencias de aprendizaje. Si las evidencias no son requeridas por la normas de competencia, es decir, es una Evidencia de Aprendizaje, se manejaran con igual criterio que las evidencias requeridas por la normas de competencia. Si el estudiante en esta evidencia de aprendizaje obtiene como valoración que aún no cumple, debe repetir la evidencia por segunda vez la cual no genera sobrecostos adicionales para el estudiante. Esta evidencia debe ser aplicada nuevamente por el asesor educativo durante el desarrollo de la norma de competencia. PARAGRAFO 6º: Registro y entrega de evidencias. El Asesor Educativo al finalizar la norma de competencia, debe registrar en el Record Académico ubicado en la plataforma virtual del Instituto Fátima llamada SI-INFA la valoración final (Si Cumple o Aún No Cumple) que obtuvo el estudiante. Los Asesores Educativos, las Coordinaciones Académicas y la Secretaria Académica mantendrán actualizadas las valoraciones de los estudiantes en el Record Académico. Respecto a la entrega física de las evidencias, el Asesor Educativo debe presentar y entregar a la Coordinación Académica y/o a la Secretaría Académica en los formatos físicos, los resultados obtenidos por los estudiantes en las evidencias requeridas por la norma de competencia, la cual debe contener hoja de presentación de la norma de competencia, presentación de evidencias requeridas y el concepto y/o valoración del Asesor Educativo. Las evidencias físicas, las debe entregar el asesor educativo en la carpeta académica que contiene el control de asistencia e inasistencias y el control de calificaciones. 31 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XII ESCALA DE VALORACIÓN ARTICULO 29. ESCALA DE VALORACIÓN. La Escala de Valoración, concepto y/o valoración de las evidencias requeridas por las Normas de Competencia se expresan en términos cualitativos de Cumple o Aún No Cumple. El concepto de Cumple o Aún No Cumple se emitirá cuando el estudiante desarrolle, apruebe y cumpla con lo establecido en cada norma de competencia del programa de formación al que pertenece. PARAGRAFO: De los reclamos sobre las valoraciones académicas. Si el estudiante no está de acuerdo con el concepto emitido por el Asesor Educativo, debe hacerlo saber al Asesor Educativo y/o Coordinación Académica por escrito, firmando y entregando el escrito en original y copia, anexándole además las pruebas en que sustenta sus diferencias o reclamaciones; puede también solicitar un segundo Asesor Educativo para revisar las evidencias que son motivo de su inconformidad. La Coordinación Académica tiene dos días hábiles para revisar la documentación y determinar si hubo o no equivocación; finalmente la Coordinación presentará al estudiante la confirmación del informe académico. Si aun así el estudiante no estuviera satisfecho y piensa que hay injusticia en el manejo, solicitará la intervención del Comité Académico (Convivencia Estudiantil) quien procederá a verificar el concepto emitido que es causa de estudio. 32 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XIII CRITERIOS DE PROMOCIÓN ARTICULO 30. CRITERIOS DE PROMOCIÓN. En el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA la promoción de los estudiantes se lleva a cabo de tres formas: 1. Promoción por Norma de Competencia: Cuando el estudiante cumple con la Norma de Competencia, soportado este cumplimiento con la evidencia requerida que se le aplica al finalizar dicha Norma, es promovido a la siguiente Norma de Competencia. 2. Promoción por Ciclos de Estudio: Cuando el estudiante cumple con las Normas de Competencia programadas en un Ciclo de Estudios, soportado esto con el cumplimiento de las evidencias requeridas por las normas de competencia y por el Record Académico, se promueve al siguiente Ciclo. 3. Promoción del Programa de Formación: Cuando el estudiante cumple con todas las Normas de Competencia (Teoría y Práctica Formativa) distribuidas en los 4 Ciclos de estudio durante los 18 meses de formación, inmediatamente hace parte de la promoción de estudiantes a egresar y a recibir su Certificado de Aptitud Ocupacional como Técnico Laboral por Competencias. Lo anterior soportado en el cumplimiento de todas las evidencias requeridas por las Normas de Competencia, el Record Académico y el Libro Evaluador de Prácticas Formativas. PARAGRAFO: Notas aclaratorias record académico, libro evaluador de prácticas formativas y estrategias de promoción: El Record Académico es un registro digital ubicado en la plataforma virtual SI-INFA donde se registran y consolidan las valoraciones de cada uno de los estudiantes en cada una de las Normas de Competencia. El Libro Evaluador de Prácticas Formativas es un documento en físico y/o digital ubicado en la plataforma virtual SI-INFA en el que se registra las valoraciones de cada uno de los estudiantes en cada una de las prácticas formativas que desarrollan. Como estrategias que garanticen la promoción de los estudiantes, el Instituto Fátima ha diseñado: Planes de Mejoramiento Académico: Su finalidad es proporcionar al estudiante la oportunidad de alcanzar el cumplimiento de los resultados de aprendizaje, cuando presenta dificultades de índole académico. El mismo se origina cuando el estudiante aún no cumple los logros esperados en el (los) módulo(s) y/o unidades de aprendizaje correspondientes (aplica para el periodo teórico o práctica formativa). 33 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XIV PLAN DE MEJORAMIENTO ACADÉMICO, TUTORIA PREVENTIVA Y ESPACIO PROGRAMADO DE ESTUDIO PERSONALIZADO - EPEP ARTICULO 31. PLAN DE MEJORAMIENTO ACADÉMICO. Es aquel que se origina cuando el estudiante aún no cumple los logros y/u objetivos académicos esperados en las normas de competencia y/o elementos correspondientes, ya sea por: a) Negligencia y/o irresponsabilidad por parte del estudiante. b) Inasistencia a las tutorías preventivas. c) Inasistencia a clases en la fase de la teoría y/o en la fase de las Prácticas Formativas intramurales y/o extramurales. d) Que el estudiante aun no cumpla con un valor igual o mayor al 50% del total de las preguntas de una evidencia. e) Pérdida de la entrevista. f) Pérdida de la Norma de Competencia y/o Elemento. ARTÍCULO 32. DEBIDO PROCESO PARA LA REALIZACION DE UN PLAN DE MEJORAMIENTO ACADÉMICO: a) El Asesor Educativo antes de remitir al estudiante que requiera de acompañamiento y refuerzo académico a un Plan de Mejoramiento Académico, le aplicará sin costo adicional dos (2) tutorías preventivas, y solo si persiste el bajo desempeño (rendimiento) académico, lo remite a Plan de Mejoramiento Académico. b) Para la realización de un Plan de Mejoramiento Académico, el Asesor Educativo debe registrar en el formato de remisión (DD_RG02) el criterio por el cual este es necesario (se aplica para teoría y/o práctica formativa) y debe remitir al estudiante a la Coordinación Académica. c) La Coordinación Académica direcciona el plan de mejoramiento académico, el cual le genera sobrecostos adicionales al estudiante de la jornada diurna (mañana y tarde) y jornada sabatina, será liquidado por la Auxiliar de Recaudo por cada clase teórica de sesenta (60) minutos, para los estudiantes de la jornada nocturna, los sobrecostos que se le generan es por cada jornada nocturna; lo anterior aplica también para las prácticas formativas. d) Las recomendaciones e instrucciones impartidas en el plan de mejoramiento académico, deben ser acatadas por el estudiante como pre-requisito para poder continuar su formación. e) El incumplimiento al plan de mejoramiento académico sin causa justificada, negligencia o irresponsabilidad del estudiante expresado en las valoraciones periódicas y el seguimiento académico conlleva a realizar nuevamente (repetir) la norma de competencia y/o el elemento con otro grupo y a asumir los sobrecostos adicionales que esto conlleve y conforme al grupo que sea trasladado. f) Se acuerda nuevo plan de mejoramiento académico para estudiantes que hayan incumplido por motivos de salud o situaciones familiares que requieran de su presencia, previa presentación por escrito de las justificaciones respectivas. PARÁGRAFO 1º: Justificación inasistencia a plan de mejoramiento académico. La inasistencia al plan de mejoramiento académico solo se considera justificada por: a) Enfermedad del estudiante, de alguno de sus padres y/o acudientes comprobada mediante la presentación de incapacidad y/o excusa médica. 34 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA b) Muerte de alguno de los padres y/o acudientes o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, comprobado con el correspondiente certificado de defunción. PARÁGRAFO 2º. Actores que intervienen en un plan de mejoramiento académico. Los actores que intervienen en la concertación de los planes de mejoramiento académico son: El estudiante, Diseño y Desarrollo Pedagógico, la Coordinación Académica del Programa de Formación al que pertenece el estudiante y el Asesor Educativo con el que está desarrollando la norma de competencia y/o elemento. Solo en casos clasificados como especiales, interviene el Comité Académico (Convivencia Estudiantil). ARTICULO 33. TUTORÍA PREVENTIVA. (T.P.). Consiste en ofrecer asistencia personalizada y/o acompañamiento en aspectos académicos y/o actitudinales al estudiante durante el desarrollo de una norma de competencia y/o elemento; esta asistencia puede ser individual o grupal y no genera costo adicional. Un estudiante por iniciativa propia puede solicitar por escrito, una T.P. En caso en que la T.P la solicite un grupo, ésta se realizaría en tiempo adicional (previa revisión y autorización por la Dirección General), dentro de las instalaciones del Instituto o en los Escenarios para Práctica Formativa con los que se tiene establecido un Convenio Docencia-Servicio y no acarreará sobrecosto adicional para el estudiante. El estudiante debe mostrar interés, asistir cumplidamente, informar y justificar su inasistencia en un término no inferior a doce horas de anticipación. En estos casos se le permitirá la reprogramación de las tutorías. Ante una no justificación, se considera como negligencia (irresponsabilidad) por parte del estudiante y perderá el privilegio de la tutoría. Recibirá un tratamiento conforme a lo establecido en el presente Manual de Convivencia por bajo desempeño (rendimiento) académico. ARTICULO 34. ESPACIO PROGRAMADO DE ESTUDIO PERSONAL (E.P.E.P.). En concordancia con el decreto 4904 Capítulo III literal 3.11. referente a que del cien por ciento (100%) de las horas académicas teóricas requieren el veinte (20%) de trabajo independiente (trabajo autónomo) por parte del estudiante, el INFA, establece en sus metodologías el ESPACIO PROGRAMADO DE ESTUDIO PERSONAL (E. P. E. P.) para que el estudiante refuerce el aprendizaje y desarrolle habilidades cognitivas, lectura, escritura, autodisciplina, trabajo en equipo que además contribuye a la promoción del aprendizaje autónomo, los cuales quedan establecidos en los planes de clase de la norma de competencia. Los E.P.E.P se desarrollan durante la fase teórica y la práctica formativa. Los E.P.E.P. están sujetos a valoración con cumple o aun no cumple. El Asesor Educativo de manera dirigida y programada semanalmente, orientará al estudiante, sobre la actividad o actividades que se van a realizar, las que deben conducir al cumplimiento de los indicadores de logros y/u objetivos académicos. El Asesor Educativo induce, orienta, guía, el diligenciamiento de las actividades de la norma de competencia y/o elemento. 35 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XV DEL CERTIFICADO DE APTITUD OCUPACIONAL De acuerdo al Decreto 4904/2009 las instituciones autorizadas para prestar el servicio educativo para el trabajo y el desarrollo humano solamente expedirán certificados de aptitud ocupacional, el cual se expide como certificado de técnico laboral por competencias. ARTICULO 35. CERTIFICADO DE APTITUD OCUPACIONAL. Para optar al certificado de aptitud ocupacional del programa de formación desarrollado, el estudiante, debe desarrollar, presentar, aprobar y cumplir satisfactoriamente todas las evidencias requeridas por las normas de competencia y cumplir satisfactoriamente con todas las normas de competencia del programa de formación correspondiente. El certificado será otorgado en ceremonia colectiva, en fecha previamente fijada por el calendario académico. En todo caso, el estudiante deberá cumplir con todos los requisitos reglamentarios dentro del plazo determinado para optar al certificado de aptitud ocupacional. Los derechos de certificación tienen un costo de $200.000, a la fecha. PARAGRAFO: No autorizada certificación por ventanilla. No se considera la certificación por ventanilla, por tanto la Secretaria de Educación requiere del acta y listado de estudiantes certificados con fecha de matrícula y certificación en medio magnético para su correspondiente registro. 36 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XVI DE LAS INASISTENCIAS AL PERIODO LECTIVO: FASE TEÓRICA Y/O PRÁCTICA FORMATIVA. ARTICULO 36. INASISTENCIA A LA FASE TEÓRICA. Cada Norma de Competencia y/o Módulo de Formación comprende un número determinado de elementos y/o unidades de aprendizaje, con una intensidad horaria y/o total de clases y/o total de noches específicas. En el INFA en la jornada diurna (mañana y tarde) y en la jornada sabatina una (1) clase equivale a sesenta (60) minutos (1hora), cuando se habla de una (1) noche, hace referencia a dos (2) horas y treinta (30) minutos. Se establece una permisividad de inasistencias justificadas con incapacidad médica y/o acta de defunción equivalentes al 7% de la intensidad horaria de la norma de competencia y/o del módulo de formación. Cuando la inasistencia es justificada el estudiante personalmente asume bajo su responsabilidad enterarse del plan de clase desarrollado en su ausencia, y realizar las actividades académicas conducentes al resultado de la clase, las cuales debe sustentar ante el asesor educativo y/o coordinador académico del programa, si un estudiante por su inasistencia no cumple los resultados de clases debe ser remitido para realización de planes de mejoramiento académicos. Si el estudiante no justifica su inasistencia la reposición de las mismas le generara reprogramaciones y sobrecostos al estudiante. PARÁGRAFO 1º: De los talleres prácticos formativos intramurales. Si en la fase teórica se programa una clase que incluya un taller práctico formativo a nivel intramural, no se autoriza permisividad en este caso, el estudiante debe asistir obligatoriamente. En caso de presentar inasistencia al taller práctico formativo intramural, esto generara un sobrecosto para el estudiante y posteriormente debe solicitar con la Coordinación Académica la reprogramación del taller práctico. PARÁGRAFO 2º: Inasistencias generadas por cartera morosa. Las inasistencias presentadas por los estudiantes que se encuentran reportados por cartera morosa y que por lo tanto no ingresan a desarrollar clases en teoría y/o práctica formativa por este motivo, le generaran sobrecostos al estudiante. ARTICULO 37. INASISTENCIA A LA PRÁCTICA FORMATIVA. Se establece para los estudiantes de la jornada diurna (mañana y tarde), de la jornada nocturna y de la jornada sabatina la permisividad de un (1) día de inasistencia justificada con incapacidad médica y/o acta de defunción a la práctica formativa, para los estudiantes de la jornada diurna (mañana y/o tarde) la inasistencia será equivalente a 6 horas de rotación y para los estudiantes de la jornada nocturna y sabatina la inasistencia será equivalente a 11 horas de rotación. Lo anterior siempre y cuando la práctica formativa programada tenga una duración igual o mayor a un (1) mes. Si el estudiante no justifica su inasistencia la reposición de las mismas le generara reprogramaciones y sobrecostos al estudiante. No obstante si el estudiante muestras varias inasistencias se hace necesario la planeación de una nueva rotación con otro grupo para el cumplimiento del componente práctico que exige la norma de competencia y el cumple de las evidencias de aprendizaje correspondientes a la rotación, lo cual le generara sobrecostos al estudiante. Para la reprogramación de las rotaciones, se debe tener en cuenta la disponibilidad de los escenarios de práctica formativa. PARÁGRAFO 1º: Excepción de la permisividad al presentar inasistencias. Para las prácticas formativas extramurales con duración inferior a un mes y en las prácticas formativas intramurales en el Aula Didáctica de Salud Oral del INFA con turnos de dos (2) horas para los Auxiliares en Salud Oral no hay permisividad por inasistencia. 37 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA PARÁGRAFO 2º: Debido proceso al presentar inasistencias. En el caso de presentarse en la fase teórica y/o en la práctica formativa un promedio de inasistencias superior a los márgenes de permisividad autorizados por el INFA, el estudiante debe: 1) Solicitar al asesor educativo el formato de plan de mejoramiento académico diligenciado, en el cual se registra las inasistencias presentadas por el estudiante. 2) Solicitar con la Coordinación Académica la facturación de las inasistencias en la Plataforma Virtual SI-INFA. 3) Después de haber facturado, solicitar a la Auxiliar de Recaudo (Caja) la liquidación (Estado de Cuenta) de las inasistencias. 4) Posteriormente, presentarse en Dirección General con el Estado de Cuenta y la excusa respectiva; el Director General emitirá un concepto, el cual deberá ser acatado por el estudiante. En cualquier caso, el estudiante deberá presentar por escrito el soporte (Estado de Cuenta y/u otro) entregado por el Director General a la Auxiliar de Recaudo (Caja) y a Coordinación Académica. 5) Solicitar a la Coordinación Académica cita para la presentación del plan de mejoramiento académico y/o la reprogramación y/o la recuperación de las inasistencias. PARÁGRAFO 3º: Repetición de una norma de competencia y/o elemento. Las inasistencias presentadas por el estudiante en la fase teórica y/o en la práctica formativa con o sin justa causa que sean igual y/o superen el 50% del total de clases de un elemento y/o elementos de las normas de competencia, deberá ser repetido por el estudiante, es decir, el estudiante deberá repetir el elemento y/o los elementos de la norma de competencia, para lo cual, debe ser reprogramado por la Coordinación Académica, teniendo en cuenta que debe ajustarse al grupo y jornada asignada. Esta reprogramación generará un sobrecosto adicional para el estudiante de acuerdo al número de clases, el cual debe de ser cancelado (pagado) por el mismo antes de su reprogramación. PARÁGRAFO 4º: Por incumplimiento de requisitos no se programa teoría y/o práctica formativa. Cuando el estudiante presenta pendientes con los requisitos académicos y/o financieros en la fase teórica y/o práctica formativa, hasta que no se coloque al día con esos requisitos pendientes, no se le programaran sus siguientes rotaciones de prácticas formativas y/o fase teórica. Exceptuando las prácticas formativas intramurales y/o extramurales que no ameriten el saber, el hacer y el ser relacionados con cuidados básicos de los usuarios. PARAGRAFO 5º: De las prácticas formativas intramurales en el aula didáctica de salud oral. Las prácticas formativas intramurales desarrolladas en el Aula Didáctica de Salud Oral del INFA para los estudiantes de Auxiliar en Salud Oral se programan por turnos de dos (2) horas con un mínimo de cinco (5) estudiantes, si el estudiante no asiste al turno esto le generara sobrecostos. No obstante, el estudiante debe solicitar personalmente a la Coordinación Académica, la autorización para ser reprogramado con un mínimo de cuatro (4) estudiantes por turno. Las inasistencias a las prácticas formativas intramurales en el Aula Didáctica de Salud Oral del INFA justificadas o no, requieren de nuevas reprogramaciones y manejo de sobrecostos para la Institución, por tanto en ambos casos el estudiante debe cancelar (pagar) dichas inasistencias. Si se presenta el caso que solo asista uno de los cinco (5) estudiantes programados con su paciente, el Asesor Educativo llevará a cabo el turno con dicho estudiante. Si el estudiante asiste al turno de práctica formativa intramural en el Aula Didáctica de Salud Oral del INFA y el paciente no se presenta, el estudiante realizará labores de auxiliar en salud oral, asistiendo a sus compañeros en los procedimientos clínicos, diligenciando registros, esterilizando instrumental, realizando prácticas con un modelo de trabajo o impartiendo charlas educativas a funcionarios o estudiantes. En ese caso, se entenderá como realizado el turno de práctica formativa intramural del Aula Didáctica de Salud Oral del INFA. 38 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XVII ESTÍMULOS Y/O RECONOCIMIENTOS PARA EL ESTUDIANTE ARTICULO 38. ESTÍMULOS Y/O RECONOCIMIENTOS PARA EL ESTUDIANTE. El INFA de acuerdo con su competencia y previa aprobación del Consejo Directivo otorgara reconocimientos a los estudiantes que se distingan por resaltar los valores y principios Institucionales. Igualmente, el INFA dará reconocimientos a los estudiantes que sean resaltados por las instituciones con las que se tiene establecido un convenio docencia-servicio o por los Asesores Educativos en fase teórica y/o las prácticas formativas. 39 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA TITULO IV DEL DESARROLLO ACTITUDINAL REGIMEN DISCIPLINARIO Y SUS DEBIDOS PROCESOS 40 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XVIII PERFIL DEL ESTUDIANTE DEL INFA ARTICULO 39. PERFIL DEL ESTUDIANTE. El Estudiante del Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA sede principal sur Champagnat se ha de distinguir por: a) Aplicar las Normas de Urbanidad: conjunto de actitudes y valores que demuestran respeto y consideración por el otro, nos enseñan a ser puntuales, atentos, respetuosos, corteses, amables, a saludar, pedir el favor, agradecer, despedirse, a ser tolerantes con los demás y a seguir los conductos regulares. b) Por usar un Lenguaje Verbal, Gestual y Corporal Decente y Formal: Nos invita a comunicarnos respetuosamente con los demás, a tratarnos con formalidad por medio de títulos o cargos. Ejemplo: señor, señora, doctor, jefe. c) Por mantener y sostener Buenas Relaciones Interpersonales: Su intención es promover el bienestar social y la sana convivencia. Invita a escuchar al otro, a comunicarnos asertivamente y a realizar acuerdos de convivencia. d) Por cumplir con su Presentación Personal Pulcra y Ordenada: Es la imagen o apariencia personal, es el aspecto con el que se muestra y se evalúa a una persona. Esta debe ser acorde a lo establecido en el Reglamento o Manual de Convivencia establecido en los Deberes sobre Presentación Personal. e) Por demostrar y evidenciar trabajo en equipo. f) Su sentido de responsabilidad, honestidad, honradez, transparencia y gratitud. g) Ser creativo, autónomo, respetuoso de la dignidad humana y el secreto profesional frente a las situaciones que su cotidianidad le presente. h) Mostrar sentido de pertenencia Institucional, respetar y cuidar la imagen Corporativa y/o Institucional del INFA y su Cultura. i) Aplicar los valores y principios Institucionales. j) Tener un comportamiento basado en buenas relaciones interpersonales y en el equilibrio mental, dado que la salud mental permite una interacción sana y promueve un ambiente adecuado para la adaptación y funcionalidad en diversos contextos. Es de aclarar que equilibrio mental es la capacidad que posee una persona para poder controlar y poner en orden sus ideas, sus emociones y su comportamiento. k) Respetar las disposiciones del INFA, contenidas en el presente Manual de Convivencia Institucional. 41 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XIX DERECHOS DEL ESTUDIANTE DEL INFA ARTÍCULO 40. DERECHOS: Conjunto de privilegios y/o libertades concedidas por la Constitución Política Colombiana, las Leyes Colombianas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el presente Manual de Convivencia, al estudiante legalmente matriculado. El estudiante del INFA tiene los siguientes derechos: a) A la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. b) Escoger libremente el programa de formación de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano en Áreas de la Salud al que desee matricularse. c) Recibir de Directivos, Administrativos y Asesores Educativos buen ejemplo, acompañamiento, estímulo, atención y a ser escuchado oportunamente. d) Recibir la misma protección y trato, gozar de los derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. e) Recibir una formación acorde con los principios que inspiran el Proyecto Educativo Institucional según el programa de formación matriculado. f) Recibir atención, orientación, asesoría e intervención inicial y básica a nivel emocional y/o psico-educativa por parte del asesor psicológico del INFA. Esto cuando lo solicite el estudiante por iniciativa propia. Es de aclarar, que si el estudiante requiere un proceso psicoterapéutico, será remitido a su EPS al psicólogo, psiquiatra o al profesional que corresponda y dependiendo del nivel de la crisis emocional y/o trastorno de personalidad que presenta, se define si se aplica o no lo establecido en la página No. 67 de este manual en su Parágrafo que refiere que estudiantes con dificultades de salud física y/o mental serán remitidos a su EPS. g) Recibir el 80% de acompañamiento directo del Asesor Educativo en la fase teórica. h) Ser valorado y respetado como persona. i) Al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás, los derechos, deberes, obligaciones y requisitos de este Manual de Convivencia del INFA y el orden jurídico (La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no perjudique a otro (Derechos del Hombre y el Ciudadano). j) A que se le aplique las garantías del debido proceso actitudinal establecido en este Manual de Convivencia. En el debido proceso el estudiante debe ser escuchado (Ley 1098, Artículo 26). k) Conocer los registros que se lleven sobre su actitud, comportamiento y disciplina y los registros que se lleven sobre su desempeño académico en el record académico, control de calificaciones y en el libro digital evaluador de la práctica formativa. l) Ser protegido contra toda forma de maltrato, explotación, abuso y acoso sexual que se origine dentro o fuera de la Institución por personal perteneciente a la Comunidad Educativa y/u otra. m) Recibir su Certificado de Aptitud Ocupacional que lo acredita como técnico laboral por competencias en el programa de formación en áreas de la salud del cual egresa (Auxiliar en Enfermería, Auxiliar en Salud Oral o Auxiliar en Servicios Farmacéuticos). Dicho certificado se otorga a quien haya desarrollado, cursado, aprobado, alcanzado y cumplido satisfactoriamente todas las normas de competencias establecidas en el programa de formación laboral (Decreto 4904, Capítulo III, Literal 3.3). n) Elegir un representante de grupo con capacidad de liderazgo positivo, de sano juicio, responsable y serio. o) Conocer los planes de clase que se desarrollara en cada unidad de aprendizaje. 42 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA p) Acordar el plan de formación y evaluación de cada unidad de aprendizaje. q) Concertar el plan de mejoramiento académico y/o actitudinal. r) Solicitar revisión ante el Asesor Educativo de sus evidencias de conocimiento y/o aprendizaje en caso de que no esté conforme con el concepto emitido. s) A la devolución oportuna de los trabajos que realizó durante el transcurso de la norma de competencia. t) Expresar sus quejas, sugerencias, reclamos y felicitaciones por medio del buzón de opinión ubicado en diferentes sitios estratégicos y de fácil acceso del INFA, utilizando el formato opinión del cliente disponible en cada buzón. u) A recibir información de la Coordinación Académica en el caso de que el Asesor Educativo no se presente a desarrollar su asesoría en la fase teórica y/o práctica formativa. v) Contar con una Biblioteca dotada con recursos bibliográficos (Ley 115 de 1.994) y con escenarios para la realización de prácticas formativas intramurales y extramurales (Decreto 2376 de 2.010). PARÁGRAFO: Comunidad LBGTI. El estudiante perteneciente a la Comunidad LGBTI (Lesbianas, Gay, Bisexuales, Transgénero, Transexual, Intersexual, otro) gozará y recibirá todos los derechos establecidos en este Manual de Convivencia del INFA, y ante solicitudes especiales, como por ejemplo en los casos de transexual y/o transgénero, las mismas serán analizadas por el Comité Académico (Convivencia Estudiantil) quien emitirá un concepto al respecto. 43 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XX DEBERES DEL ESTUDIANTE DEL INFA DEBERES: Es el conjunto de obligaciones y responsabilidades exigidas por el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA sede principal sur champagnat, las normativas vigentes en el sistema de Educación Nacional, el presente Manual de Convivencia del INFA y la Cultura Institucional del INFA, los cuales el estudiante se compromete a aceptar, acatar, respetar y cumplir libre y sin apremio alguno. Estudiantes con edades comprendidas entre los 16 y los 17 años de edad, se consideran adolescentes (código de infancia y adolescencia) en cuyo caso se les exigirá sus responsabilidades de acuerdo a su desarrollo. Los encargados y responsables de velar y hacer cumplir los deberes del Estudiante son los Asesores Educativos, las Coordinaciones Académicas y el Comité Académico (Convivencia Estudiantil), al igual en esta labor apoyan y tienen autoridad el Director General, el Subdirector Administrativo y la Coordinación de Talento Humano y Salud Ocupacional del INFA. El estudiante del INFA tiene los siguientes deberes: ARTICULO 41. DEBERES SOCIALES Y CULTURALES: a) Acatar y respetar la Constitución Política de Colombia, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y las disposiciones previstas en este Manual de Convivencia Institucional del INFA. b) Defender el derecho a la vida (Artículo 11 de la Constitución Política de Colombia). c) Reconocer y respetar en los demás, derechos que se exigen para sí mismo. d) Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica. e) Respetar y cumplir todos los deberes establecidos en la Comunidad Educativa, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. f) Generar, mantener, propiciar y sostener buenas relaciones interpersonales con todos los miembros de la Comunidad Educativa del INFA. A continuación se presenta la definición que el INFA tiene al respecto: “Las relaciones interpersonales son una interacción recíproca y respetuosa entre dos o más personas. Se trata de relaciones sociales que se encuentran reguladas y mediadas por lo establecido en el Manual de Convivencia y la Cultura Institucional del INFA, para llevar a cabo una sana interacción y una sana convivencia entre los integrantes de la Comunidad Educativa. En toda relación interpersonal interviene la comunicación, que es la capacidad de las personas para obtener información respecto a su entorno y compartirla con el resto de las personas. Si falla la comunicación, la relación interpersonal se verá obstaculizada. Las relaciones interpersonales se basan en la importancia de la comunicación asertiva, las habilidades sociales y la inteligencia emocional”. g) Aplicar la urbanidad y buenas costumbres de Carreño. Manifestar buenos modales y actitudes: Saludar, solicitar el favor, agradecer, despedirse, cultura, urbanidad, respeto y veracidad. h) Representar dignamente al INFA. i) Presentarse en estado de sobriedad y lucidez en la fase teórica (al INFA) y/o escenarios para práctica formativa y/o cuando porte el uniforme Institucional del INFA. j) Procurar la armonía, el diálogo y el espíritu de cooperación en la Comunidad Educativa. 44 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA k) Respetar su dignidad no participando en actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres. l) Informar oportunamente de situaciones irregulares que se estén presentando dentro y fuera de la Institución. m) Mantener la disciplina dentro y fuera del aula de clases, en presencia o ausencia del Asesor Educativo y en todo acto comunitario o escenario de prácticas formativas intramurales y/o extramurales. n) Utilizar dentro y fuera de la Institución un lenguaje decente excluyendo toda palabra vulgar, ofensiva o de doble sentido y toda manifestación de agresividad. o) Entregar a las Coordinaciones Académicas todo objeto que no le pertenece. p) Comunicar sus solicitudes y/o inconformidades con un lenguaje verbal, gestual y corporal respetuoso, asertivo, decente y formal, esto con toda la Comunidad Educativa. q) Aceptar e interiorizar la responsabilidad social que se tiene como auxiliar en salud. r) Preservar la vida y el bienestar de las personas no realizando labores o comportamientos que pueden llegar a afectar la integridad física a corto o largo plazo a otras personas. Esto incluye que el estudiante no debe realizar labores de Auxiliar en Salud mientras es estudiante activo del INFA, debido a que aún no tiene el certificado de aptitud ocupacional, el conocimiento ni las competencias necesarias y suficientes para realizar dichas labores. ARTICULO 42. DEBERES SOBRE EXACTITUD: a) Asistir en el horario establecido (puntualmente) a clases teóricas y a las prácticas formativas intramurales y/o extramurales en el lugar asignado. b) Ingresar al aula de clase en teoría y/o escenarios para práctica formativa, en el horario establecido por el INFA al finalizar su tiempo de descanso. c) Cumplir con todo lo establecido en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo, el Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias, en la Bienvenida, en la Norma de Competencia Inducción a la Institución Educativa, en la Reunión de Padres de Familia y/o Acudientes, en Modelos de Interacción y con todo lo establecido en este Manual de Convivencia. d) Presentar al día siguiente, las justificaciones por escrito, ante inasistencias. e) Informar y solicitar autorización de permiso de su salida del INFA y/o Escenario para Práctica Formativa al Asesor Educativo y/o la Coordinación Académica, esto ante circunstancias que le impidan continuar su jornada académica. f) Pagar cumplidamente los costos del servicio educativo (mensualidades y matriculas) dentro de los términos contemplados en el contrato de prestación del servicio educativo y el Manual de Convivencia del INFA (día 06 de cada mes). g) Desarrollar con otros programas de formación y/o grupos de estudiantes de manera conjunta, es decir, unidos, las Normas de Competencia Básicas y/o Transversales. h) Acatar, respetar, cumplir y aceptar el grupo de estudiantes al cual es asignado al momento de matricularse, al igual, cuando los grupos de estudiantes están muy numerosos el INFA es el encargado de dividirlos y asignarle el grupo al estudiante, este no es de libre escogencia por parte del mismo. i) Acatar, respetar, cumplir y aceptar el Escenario para Práctica Formativa que el INFA le asigne. j) Acatar, respetar, cumplir y aceptar el subgrupo para práctica formativa que el INFA le asigne y con el que lo remite a la práctica. k) Cumplir todas las citas y llamadas que hagan las diferentes instancias del INFA. l) Cumplir con el esquema de vacunación y la toma de los anticuerpos, acorde con lo establecido por la normatividad vigente, los escenarios para práctica formativa y el INFA. m) Estar afiliado y activo mes a mes a una EPS y/o SISBEN. 45 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA n) El estudiante que presente un accidente por riesgo biológico debe informar inmediatamente al Asesor Educativo y/o responsable de la práctica formativa. (Ver Procedimiento atención de accidentes por Riesgo Biológico en los estudiantes durante las Prácticas Formativas). Cuando el estudiante sea valorado por la EPS asignada a la póliza de Riesgo Biológico, debe asistir a todas las citas que esta le asigne, sin importar el tiempo que se demore de una cita a la otra. o) Respetar y cuidar la Imagen Corporativa y/o Institucional del INFA. p) Guardar lealtad para con el Instituto, su Cultura y su Filosofía, en sus actitudes personales y colectivas, mostrar identidad y/o sentido de pertenencia y compromiso con la Institución. q) Cumplir con los compromisos verbales y/o escritos que realice con el INFA, referente a temas financieros (Administrativos), académicos y actitudinales (Disciplinarios). r) Cumplir con el Perfil del Estudiante del INFA y con lo establecido en la dimensión del Ser en la formación basada en Competencias Laborales y con el fortalecimiento actitudinal establecido por el INFA en el Manual de Convivencia Institucional. s) Presentarse a los Planes de Mejoramiento Académico y/o Actitudinal en la fecha y hora programadas y cumplir con los mismos. t) Contar con disponibilidad de tiempo con y para la Institución. Esto con el fin de presentarse, desarrollar y cumplir con todas las diversas actividades programadas por el INFA. Actividades tales como: Clases Teóricas, Prácticas Formativas Intramurales y/o Extramurales, Evaluación y Remisión de Prácticas Formativas Extramurales, Planes de Mejoramiento Académico y/o Actitudinal, Charlas con Laboratorios en Temas de la Salud, Modelos de Interacción, Actualizaciones del Manual de Convivencia, Actividades Culturales y/o cualquier otra actividad programada por el INFA. Nota: Los modelos de Interacción son modelos de actuación que los estudiantes del INFA deben seguir para interactuar apropiadamente en los diversos contextos (resaltando entre ellos el de la salud) dentro y fuera del INFA y en los diferentes escenarios para prácticas formativas intramurales y/o extramurales. u) Acatar y cumplir las instrucciones y/u órdenes impartidas por los Asesores Educativos, Coordinación Académica, Coordinación de Talento Humano y Salud Ocupacional, Director y Subdirector. v) Respetar las Normas (Deberes), la Autoridad y las Jerarquías del INFA y de los Escenarios para Prácticas Formativas. w) Consultar y solicitar autorización primero al Asesor Educativo antes de llevar a cabo acciones y/o tomar decisiones que no le competen, ni está autorizado en realizar ni tomar en la fase teórica y/o práctica formativa. Acciones que llevan a infringir los deberes y requisitos y a cometer faltas leves y/o graves. x) Guardar y respetar el secreto profesional. y) Ser honesto y decir la verdad en su hablar, proceder y actuar. z) Aceptar, interiorizar, respetar y enriquecer la Cultura Institucional del INFA. aa) Responder directamente por la consecuencia de sus propios actos, por consiguiente, es el estudiante el que en primera instancia debe realizar y enfrentar el debido proceso actitudinal, al cometer una falta, sea leve o sea grave. Dependiendo la gravedad de la falta, se llamará al acudiente. ARTICULO 43. DEBERES SOBRE ORDEN Y ARMONÍA: a) Preservar, cuidar y mantener en buen estado los muebles, equipos, dotaciones e instalaciones en general, motivar a que los demás actúen de la misma manera y responder en el término de quince (15) días por los daños causados en la instalación, inmobiliaria o implementos que se proporcionen como recursos o apoyos, tanto en el INFA y/o los 46 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Escenarios para Prácticas Formativas Intramurales y/o Extramurales. También responder por los daños que le ocasione a las pertenencias de cualquier miembro de la Comunidad Educativa y/o funcionarios de los Escenarios para Prácticas Formativas Extramurales. b) Para hacer uso de los escenarios para práctica formativa cumplir con todas las normas de bioseguridad establecidas por la normatividad vigente, los Escenarios para Práctica Formativa con los cuales se tiene convenios docencia-servicio, las aulas didácticas para prácticas simuladas intramurales del INFA y por el Instituto. c) Consumir los alimentos solamente en los sitios permitidos (Comedor de Estudiantes y Área de Estudio). d) Hacer uso apropiado de las unidades sanitarias, lavamanos y duchas. Reportar a Coordinación Académica o a Subdirección Administrativa novedades que encuentren en dichas unidades. ARTICULO 44. DEBERES ACADÉMICOS: a) Desarrollar y cumplir con todas las actividades académicas programadas. b) Cumplir con lo establecido en el Capítulo III, Literal 3.5, Parágrafo del Decreto 4904 del 2009, el cual refiere que los programas de formación de personal auxiliar en las áreas de la salud, se realizarán de manera presencial tanto en su fase teórica como en las prácticas formativas. c) Cumplir con lo establecido en el Capítulo VI, Literal 6.3 del Decreto 4904 que refiere que el estudiante (en este caso del Instituto Fátima) debe cursar, aprobar, finalizar y cumplir un programa de formación en las áreas auxiliares de la salud, con una duración mínima de mil seiscientas (1600) horas y máxima de mil ochocientas (1800) horas, de las cuales el 60% son de formación práctica y haber alcanzado todas las normas de competencia laborales obligatorias y básicas para obtener el Certificado de Aptitud Ocupacional por Competencias. d) Mantener buen desempeño académico. e) Presentar evidencias (conocimiento, producto, desempeño y aprendizaje) y/o realizar planes de mejoramiento académicos con el Asesor Educativo y/o la Coordinación Académica, cuando la inasistencia ha superado el tope de permisividad. f) Diligenciar y/o responder las evaluaciones eventuales y/o frecuentes elaboradas por el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima, esto con el fin de medir en un momento dado el nivel académico de los estudiantes y de la Institución. Los instrumentos que se usaran y aplicaran en esta actividad son evidencias (evaluaciones) de conocimiento, producto y desempeño. g) Diligenciar el permiso correspondiente ante la Coordinación Académica cuando falte (inasista) a la jornada de prácticas formativas extramurales. Requisito indispensable para ser recibido al día siguiente por el Asesor Educativo en el escenario para práctica formativa. h) Portar y presentar siempre su carnet estudiantil en buen estado al ingresar a las instalaciones del INFA y/o en los escenarios para prácticas formativas extramurales y/o intramurales. i) Portar, vestir y usar los elementos de protección personal (de bioseguridad) y de uso personal indispensables para la realización de sus prácticas formativas intramurales y/o extramurales. j) Permanecer en la fase de teoría en el Instituto y/o Escenarios para Prácticas Formativas extramural y/o intramural durante el horario establecido para el desarrollo de las actividades académicas. k) Estar atento al desarrollo de la formación guardando comportamiento, disciplina y buen orden. l) Desarrollar y cumplir activamente con las clases teóricas y el espacio programado de estudio personal EPEP, buscando desplegar al máximo la creatividad. m) Desarrollar hábitos de lectura, estudio e investigación que favorezcan y mejoren su nivel académico y de cultura. 47 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA n) Realizar los talleres, seminarios, capacitaciones, etc., programados por el INFA que conducen al fortalecimiento del aprendizaje. o) Presentar las evidencias de conocimiento, producto y desempeño requeridas por cada norma de competencia laboral durante el desarrollo de elementos y/o unidades de aprendizaje y/o módulos de formación. p) Presentar las evidencias de producto solicitadas, desarrolladas y aplicadas para fomentar y complementar la formación académica. q) Informar por escrito cuando no pueda continuar o terminar el programa, informar el motivo; lo anterior será exigible para un futuro reingreso del estudiante, en un tiempo no mayor a tres meses y para efectos de facturación y cobro. r) Cumplir con todas las normas de competencia y al día con todas las actividades académicas para poder ser programado al siguiente ciclo de estudios y/o práctica formativa. s) Presentar todas las actividades académicas que les sean solicitadas durante la práctica formativa (trabajos escritos, exposiciones, casos clínicos, talleres teóricos y prácticos, rotafolios, etc.). t) Cumplir con cada Norma de Competencia (Teoría y Prácticas formativas extramurales y/o intramurales) con las tres dimensiones de formación integral del estudiante (Saber, Hacer y Ser) establecidas en la formación por Competencias Laborales, por el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio de la Protección Social y de Salud y el INFA. ARTICULO 45. DEBERES SOBRE PRESENTACIÓN PERSONAL: Los Deberes sobre Presentación Personal son establecidos en el INFA para dar cumplimiento a: Las Normas de Bioseguridad y de Salud Ocupacional establecidas, La Ley 115 y el Decreto 1860 de 1.994, este último a su Artículo 17, el cual refiere que en el Manual de Convivencia, se debe establecer pautas de presentación personal que protejan a los estudiantes de la discriminación por razones de apariencia, Los requisitos exigidos por los Escenarios de Prácticas Formativas con los cuales se tienen establecidos convenios Docencia-Servicio, De cuidar y mantener la Imagen Corporativa y/o Institucional del INFA, De respetar y mantener la Función y Estética del Uniforme Institucional, Dar cumplimiento a lo establecido en este Manual de Convivencia. Presentación personal en común para caballeros y damas. El uniforme Institucional del INFA consta de camisa y/o blusa y pantalón tipo pijama, logo y zapatos de enfermería. Cada programa (Auxiliar en Enfermería, Auxiliar en Salud Oral y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos) posee un color establecido de Uniforme. El estudiante debe usar el uniforme Institucional del INFA acorde a como está establecido en este Manual de Convivencia. La presentación personal en común para caballeros y damas es: a. Presentarse con el uniforme Institucional (Teoría y/o Práctica Formativa y a toda b. actividad programada por el INFA) completo, pulcro, ordenado, bien planchado y no ajustado o ceñido al cuerpo. No autorizado usar el uniforme roto y/o rasgado, descocido, sin botones, sin planchar, sucio, en mal estado, etc. La blusa o camisa del uniforme debe ser una talla más amplia de la normal, ejemplo: si es talla S debe usar talla M, si es talla L, debe usar Talla XL, etc. No autorizado ajustarla o ceñirla al cuerpo (tórax en general, pecho, costillas, cintura, caderas). La 48 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA c. d. e. f. g. h. i. camisa y/o blusa del uniforme debe tener adherido el Logo del INFA en la parte izquierda del pecho (tórax). Pantalón tipo pijama sin bolsillos. No ajustarlo ni ceñirlo a las caderas, glúteos y a las piernas. No entubar o ajustar la bota del pantalón, la bota del mismo debe tener 20 cm de ancho en ambas dimensiones, quiere decir que al tener el estudiante el pantalón puesto (vestido con el pantalón) la bota del mismo al medirla con el metro de costura a costura y de quiebre a quiebre debe tener y dar 20 cm de ancho. Medias totalmente blancas y largas. No autorizado el uso de medias tobilleras y/o de otro color. Portar el carnet en el pecho (tórax). No pegarle stickers por ningún lado ni al carnet ni al yoyo, portarlo con su respectiva cintilla o gancho extensible con color de acuerdo al color del uniforme del programa de formación matriculado. Zapatos en cuero, de color blanco, con suela de goma, que protejan y queden encerrados completamente los dedos, el dorso (Antepie y/o empeine), la planta y el talón del pie. Los zapatos deben cumplir con la Normatividad en Bioseguridad y Salud Ocupacional establecida. No autorizado el uso de suecos, zapatos crocs, zapatos con perforaciones, sandalias, zapatillas, tenis, etc. Uñas de las manos cortas a ras de la yema de los dedos, limpias y sin esmalte. No tinturarse parte o todo el cabello con tonos encendidos (rojo, fucsia, violeta, etc). No se permite el uso de los siguientes accesorios: Cadenas, collares, camándulas, blin blin. Candongas, pendientes Pulseras y/o manillas. Pearcings en partes visibles del cuerpo (Frente, cejas, parpados, orejas, nariz, labios, lengua, mentón, cuello). Anillos y/o argollas. Cachuchas, gorras, sombreros, pasamontañas, etc. Gafas oscuras. Ponchos. Usar debajo de la camisa y/o blusa del uniforme camisetas de color y de cuello alto y visible. Solo se permiten camisetas de color blanco y sin estampados. 1) Presentación personal Damas: a. Cabello recogido con cola de caballo si es largo, si tiene capul lo debe recoger al cabello con un gancho o pinza para cabello. b. Si el cabello es corto, para que se vea organizado se debe usar gel o algún producto que facilite el peinado del mismo. c. Las balacas y diademas para el cabello deben ser delgadas, del color del cabello y/o acordes al color del uniforme. Ejemplo: Auxiliares en Enfermería blancas o verdes, Auxiliares en Salud Oral blancas o azules y Auxiliares en Servicios Farmacéuticos blancas. d. Las pinzas o ganchos para cabello deben ser negras. e. Maquillaje discreto, tonos pastel, no tonos encendidos ni escandalosos. f. Las prendas femeninas como el brasier deben ser de color blanco o beige. No se autoriza el uso de brasier y/o top con tonos encendidos (rojo, fucsia, violeta). g. Se permite el uso de topitos bien pequeños. h. Si se usan extensiones de cabello deben permanecer debidamente limpias y pulcras. j. No se permiten trenzas con chaquiras, rastas, hippies con hilos o plumas de colores. 49 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA 2) Presentación personal Caballeros: a. Bien afeitado, si usa barba está debe estar bien organizada y limpia. b. Cabello corto y sin colitas, no dibujarse en el mismo las iniciales del nombre, escudo de equipos de futbol, símbolos, líneas, o rayas. c. No autorizado cortarse el cabello por partes o medio rapado o usar cresta o levantarse (colocar de punta) el cabello con gel. PARAGRAFO 1º: Orden y respeto al portar el uniforme en diversos lugares. Guardar el debido orden y respeto con el porte del uniforme del INFA al frecuentar las cafeterías, restaurantes, centros comerciales del entorno y/u otros. PARAGRAFO 2º: Estampado y logo del INFA marca registrada. El estampado de la blusa y/o camisa y logo institucional es marca registrada ® y no se autoriza a ninguna persona o institución para poner estos símbolos; se considera una falta grave mandar a poner el logo institucional a personas o instituciones no autorizadas por INFA y se procederá conforme a la penalización de marcas y registros. ARTICULO 46. DEBERES DEL REPRESENTANTE DE GRUPO: Adaptado y armonizado con el Decreto 1860 de 1.994. El representante de grupo de los estudiantes del INFA, será un estudiante perteneciente a cada uno de los grupos, es decir, habrá un representante de grupo por cada grupo de estudiantes matriculados en el INFA. Aquel será encargado de promover el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes de su grupo, establecidos en este Manual de Convivencia. 1) Elección del Representante de Grupo: 1) El representante de grupo, será elegido por sus compañeros de grupo, dentro de los veinte y uno (21) días calendario siguientes al de la bienvenida que se realiza con un grupo nuevo. 2) Cuando el grupo identifica al compañero de estudio que cumplen con las características para ejercer el rol de Representante de Grupo, le debe consultar si le interesa postularse como representante del grupo, si dice que sí, se programará una reunión en compañía de la Coordinación Académica, quien mediará y supervisará la elección formal del representante del grupo, esto por medio del sistema de mayoría simple y mediante el mecanismo del voto en consenso grupal. Si se postulan para representante de grupo dos o más estudiantes, se aplica el procedimiento antes descrito. 2) Características del Representante de Grupo: La idea es que el representante cuente con algunas de las características que se presentarán a continuación, y las características que le hagan falta, las puede ir construyendo, desarrollando, interiorizando y aplicando durante el cumplimiento de su rol como representante de grupo. En este último aspecto, contará con la orientación, apoyo, asesoría y guía de la Coordinación Académica. A continuación se presentan dichas características: Sano juicio y buen sentido del humor. Liderazgo positivo, democrático y conciliador. Tolerancia y respeto. Comunicación clara, puntual y asertiva. 50 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Buenas relaciones interpersonales. Responsabilidad y seriedad. Buen desempeño (rendimiento) académico. Puntualidad y cumplimiento con los horarios de ingreso a clases teóricas y/o prácticas formativas, reuniones del INFA, etc. Presentación personal de acuerdo a lo establecido en este Manual de Convivencia. 3) Deberes del Representante de Grupo: a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna de la Institución (Carteleras, Modelos de Interacción, etc.,) y de la Coordinación Académica. b) Velar por el bienestar de su grupo y realizar propuestas para fortalecer relaciones interpersonales y la convivencia pacífica al interior del mismo. c) Mediar los conflictos o inconvenientes que se presenten en el aula de clase, entre sus compañeros de estudio y entre el Asesor Educativo y sus compañeros de estudio e informar a Coordinación Académica, cual fue el debido proceso que realizo y cuáles fueron los acuerdos a los que llegaron. Reportar y entregar también a la Coordinación Académica, los casos en que no se lleguen a acuerdos de convivencia. d) Orientar, enseñar y guiar a sus compañeros de estudio en la comprensión y aplicación de lo establecido en el Manual de Convivencia del INFA. e) Reportar e informar a Coordinación Académica: Las quejas y reclamos que presenten sus compañeros sobre vulneración a sus derechos y los casos de acoso estudiantil. Las quejas y reclamos que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes. Los casos de compañeros que inasistan (falten) frecuentemente a clases teóricas y/o prácticas formativas extramurales. Los casos de compañeros que presenten novedades disciplinarias, personales, de presentación personal, etc. f) Asistir y participar activamente de las reuniones de representantes de grupo y a todas las actividades programadas por el INFA. g) Ser ejemplo para sus compañeros de grupo, es decir, cumplir con todos los deberes del estudiante del INFA, conocer y vivenciar el Manual de Convivencia y los valores institucionales. h) Fomentar el uso adecuado por parte de sus compañeros de estudio del aula de clases, la biblioteca, áreas de estudio, sala de sistemas, escenarios para práctica formativa, comedor y auditorios. i) Informar sobre su renuncia y solicitud de cambio de representante de grupo. PARÁGRAFO FINAL DEL CAPÍTULO XX: Incumplimiento a cualquiera de los deberes. El incumplimiento del estudiante a cualquiera de los deberes antes mencionados en los Artículos 41, 42, 43, 44, 45 y 46, será tratado como falta leve y/o grave, según el análisis y resultado del debido proceso establecido en este Manual de Convivencia del INFA. 51 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XXI DE LAS IRREGULARIDADES DISCIPLINARIAS FALTAS LEVES Y GRAVES Naturaleza, Clase e Intensidad de las Irregularidades Disciplinarias: Las irregularidades se clasifican en Leves y Graves atendiendo a su naturaleza y efectos, y a las modalidades y circunstancias del hecho. El Instituto Fátima a través de la Coordinaciones Académicas y/o el Comité Académico (Convivencia Estudiantil = grupo de funcionarios encargados y responsables de manejar las irregularidades y los debidos procesos ante faltas leves y graves cometidas por los estudiantes del INFA), realizaran el análisis de las irregularidades (faltas leves y/o graves), situaciones, conflictos, comportamientos inapropiados del estudiante (es decir, al incumplimiento de lo establecido en este Manual de Convivencia y/o en la Cultura Institucional del INFA), etc., y determinarán de acuerdo al debido proceso, las Actividades Formativas, de Crecimiento y Fortalecimiento Humano y/o Psico-Educativas y/o las Sanciones Disciplinarias que se le establecerán al estudiante. ARTÍCULO 47. FALTA LEVE: En el INFA, la falta leve no posee la misma magnitud y delicadeza de una falta grave pero de igual forma, lleva al estudiante al incumplimiento de sus obligaciones, responsabilidades, deberes, perfil, y requisitos adquiridos con el Instituto Fátima en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo, Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias y lo establecido en Manual de Convivencia y en la Cultura Institucional. Se considera falta leve: a) Salida del Instituto y/o Escenarios para Prácticas Formativas Extramurales yo Intramurales sin previo aviso y autorización por parte de los Asesores Educativos y/o Coordinaciones Académicas. b) Desacato y/o no cumplimiento de una instrucción impartida por Directivos, Coordinaciones Académicas y Asesores Educativos del INFA, en relación con las actividades académicas y/o de comportamiento y/o actitud y el perfil y deberes del estudiante. c) Inasistencia no justificada a clases teóricas, a prácticas formativas y a las actividades programadas por el INFA. d) El no porte del uniforme reglamentario del INFA, incluyendo el carnet estudiantil. e) Apariencia personal sucia y descuidada. f) Ser descortés y displicente. g) Llegar tarde a clase en teoría y/o a la práctica formativa. h) No asistir a la jornada académica completa en teoría y/o práctica formativa sin justa causa. i) Ofrecer y/o comercializar artículos dentro de las aulas de clase del Instituto, en cualquier dependencia del INFA y/o en los Escenarios para Práctica Formativa. j) Comer alimentos por fuera del área del comedor o el área de estudio. k) Utilizar el celular, reproductores de música, audífonos, tablec, etc., durante el desarrollo de clases teóricas y/o práctica formativa. l) Incumplir con las políticas de uso de espacios (biblioteca, áreas de estudio, aulas didácticas para prácticas simuladas, etc.). m) Incumplir con los compromisos verbales y/o escritos que realizó con el INFA, referente a temas financieros, académicos y actitudinales (Disciplinarios). n) Incumplir con cualquiera o todos los deberes de presentación personal. o) Incumplir con cualquiera o todos los deberes académicos. p) Incumplir con las citas y llamadas que hagan las diferentes instancias del INFA. q) No informar oportunamente situaciones irregulares que se estén presentando dentro y fuera de la Institución (teoría y/o práctica formativa). 52 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA r) No presentarse a todas las actividades programadas por el INFA (académicas, etc.), no justificar con soporte (Excusa Médica y/o Acta de Defunción) la inasistencia y no cumplir con lo planteado en la actividad. Actividades tales como: Charlas con Laboratorios, Actualizaciones del Manual de Convivencia y/o en Temas de la Salud, Modelos de Interacción, Actividades Culturales y/o cualquier actividad programada por el INFA. s) No presentarse a los Planes de Mejoramiento Académico y/o Actitudinal en la fecha y hora programados, no justificar con soporte (Excusa Medica y/o Acta de Defunción) la inasistencia y no cumplir con lo planteado en dichos planes. ARTICULO 48. FALTA GRAVE: En el INFA la falta grave se clasifica como el desacato, quebrantamiento e incumplimiento por parte del estudiante de sus obligaciones, responsabilidades, deberes, perfil, y requisitos adquiridos con el INFA en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo, Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias y lo establecido en este Manual de Convivencia y en la Cultura Institucional. La falta grave también atenta y/o afecta al estudiante, a la Institución, a la Comunidad Educativa, la convivencia pacífica, el buen nombre del INFA y a un bien protegido legalmente. Se considera falta grave: a) Reincidencia de manera consecutiva o aislada en faltas leves tres (3) veces mientras se es estudiante matriculado y/o activo del INFA. b) No cumplir con todo lo establecido en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo, el Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias, en la Bienvenida, en la Norma de Competencia Inducción a la Institución Educativa, en la Reunión con Padres de Familia y/o Acudientes, en Modelos de Interacción y con todo lo establecido en este Manual de Convivencia. c) Generar, estimular, promover y provocar conflictos con y/o entre compañeros de estudio, Asesores Educativos y cualquier miembro de la Comunidad Educativa del INFA. A continuación se presenta la definición que el INFA tiene al respecto: Conflicto: “Diferencias, desacuerdos, discrepancias e inconformidad implícita o explícita entre dos o más miembros de la Comunidad Educativa por razones socioculturales, de opinión, comportamiento, irrespeto, exceso de confianza, agresividad, incumplimiento del perfil y los deberes del estudiante y la Cultura Institucional del INFA, por cometer faltas leves y/o graves de acuerdo a lo establecido en este Manual de Convivencia, etc., que pueden ser estimulados o agravados por roles difusos entre las partes (estudiantes, asesores educativos y/u otros miembros de la Comunidad Educativa), intolerancia, estado de ánimo, orgullo, impulsividad, antecedentes entre las partes, etc.” d) No cumplir con el esquema de vacunación y con la toma de anticuerpos establecidos en la normatividad vigente emanada por el Ministerio de Protección Social, ya que impide cumplir con el objeto del contrato de prestación del servicio educativo. Si el estudiante no cumple este requisito, no podrá ser programado ni realizar las prácticas formativas extramurales y/o intramurales. e) Cualquier situación en la que se vea involucrado y/o afectado el escenario para práctica formativa y/o cualquier funcionario del mismo. f) Situaciones en las que se vean afectados los pacientes o los tratamientos terapéuticos de los mismos. g) Situaciones en las cuales el estudiante no guarde el secreto profesional en todos los momentos del cuidado de enfermería y/o salud oral y/o servicio farmacéutico (Enfermería: 53 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA h) i) j) k) l) m) n) o) p) q) r) s) t) u) v) w) x) y) z) aa) Ley 911 de 2.004, Salud Oral: Ley 35 de 1.989 y Decreto 0491 de 1.990 y Servicios Farmacéuticos: Decreto 2200 del 2.005). Perjuicios causados en teoría y/o prácticas formativas extramurales y/o intramurales a estudiantes, pacientes, usuarios, funcionarios y elementos institucionales por no acatar instrucciones de orden superior. Inasistencia colectiva de varios estudiantes como manifestación de desacato. Inasistencia colectiva de estudiantes pertenecientes a un mismo grupo de estudio sin justificación, incluyendo los casos en los que esta inasistencia colectiva se realice basados en la permisividad de la norma de competencia laboral. Agresión física y/o verbal y/o de hecho, agresión moral y/o discriminación, utilización de expresiones de irrespeto y difamación comprobada contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa. Uso del lenguaje y actitudes groseras y vulgares, tanto verbal como escrita. Incitación al desorden o indisciplina que implique la suspensión de actividades académicas normales o la alteración del orden Institucional. Fumar, ingerir bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, o fármacos dependientes dentro y/o por fuera del INFA si portase el uniforme Institucional. Portar el uniforme del INFA en sitios como bares, grilles, discotecas y/o sitios donde se venda licor. Utilizar de manera indebida el nombre o el carnet del INFA. Actos de indisciplina, injuria u ofensas graves. Fraude en evidencias de conocimiento, producto, desempeño y aprendizaje; fraude en entrevistas, en planes de mejoramiento académico y/o actitudinal y fraude en valoraciones y/o trabajos académicos. Fraude en las evaluaciones eventuales y/o frecuentes elaboradas por el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima, que buscan medir en un momento dado el nivel académico de los estudiantes y de la Institución. Por desacato a una instrucción y/o a las recomendaciones impartidas por el Asesor Educativo, Coordinaciones Académicas, Coordinación Talento Humano y Salud Ocupacional, Directivos y Comité Académico (Convivencia Estudiantil), ofrecidas para el mejoramiento actitudinal y/o académico del estudiante. Cuando el estudiante se encuentre en situación de bajo desempeño (rendimiento) académico por comprobada negligencia y/o irresponsabilidad y/o por no acatar las recomendaciones hechas por el INFA, ofrecidas al estudiante para su mejoramiento. Incumplir con el Perfil del Estudiante del INFA y con lo establecido en la dimensión del Ser en la formación basada en Competencias Laborales y con la formación actitudinal establecida por el INFA en el presente Manual de Convivencia y en su Cultura Institucional. Irrespetar, no aceptar y no enriquecer la Cultura Institucional del INFA. Ser deshonesto y mentir en su hablar, proceder y actuar. Comunicar irrespetuosamente sus solicitudes y/o inconformidades con un lenguaje verbal, gestual y corporal, poco asertivo, grosero e informal, esto con cualquier miembro de toda la Comunidad Educativa y/o funcionarios de los Escenarios para Práctica Formativa. Irrespetar las Normas (Deberes), la Autoridad y las Jerarquías del INFA y de los Escenarios para Práctica Formativa. No consultar y solicitar autorización al Asesor Educativo antes de llevar a cabo acciones y/o tomar decisiones que no le competen, ni está autorizado en realizar ni tomar en la fase teórica y/o práctica formativa. Acciones que llevan a infringir los deberes y requisitos del estudiante y a cometer faltas leves y/o graves. Presentarse en estado de embriaguez (alicoramiento) y/o pos consumo de alcohol (guayabo y/o resaca) y/o durante y/o después de haber consumido sustancias psicoactivas al INFA y/o Escenarios para Práctica Formativa en la fase teórica y/o fase de práctica formativa cuando porte el uniforme Institucional del INFA. 54 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA bb) Presentarse a laborar al lugar donde tiene un contrato de trabajo y ejercer funciones vistiendo el uniforme del Instituto Fátima. Actividad que nada tiene que ver con las programaciones académicas del INFA. cc) Inasistir a las citas programadas por la EPS asignada a la póliza de riesgo biológico, así dichas citas estén programas con un mes o más después de ocurrido el accidente. dd) Cambiar sin autorización de la Coordinación Académica la jornada académica (mañana y/o tarde y/o noche y/o sábado) programada para el desarrollo de la fase teórica y/o de la práctica formativa. ee) Atender emergencias o realizar labores de auxiliares en salud, mientras se es estudiante activo del INFA y este vistiendo el uniforme del INFA. ARTÍCULO 49. FALTAS GRAVES CLASIFICADAS COMO COMPLEJAS Y/O CORRESPONDIENTES A CONDUCTAS PUNIBLES, LAS CUALES, SERÁN TRATADAS POR EL COMITÉ ACADÉMICO (CONVIVENCIA ESTUDIANTIL). Nota: PUNIBLE: Que se le debe establecer al infractor de la ley y/o norma y/o deber una sanción y/o castigo. Esta se encuentra relacionada con conductas, actos y comportamientos inapropiados, prohibidos y graves que llevan a incumplir la Ley, las Normas y los Deberes. Los cuales dada la gravedad del caso, deben ser analizados y resueltos por la justicia colombiana. A continuación se relacionan dichas faltas graves: a) Suplantación de personalidad y/o rol de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. b) Adulteración, falsificación, sustracción de documentos pertenecientes y/o relacionados con el INFA. En caso en que la falsificación, adulteración, sustracción de un documento sea realizada por el padre de familia y/o acudiente de un estudiante menor y/o mayor de edad, el INFA procederá jurídicamente ante las autoridades competentes, y en este caso, el estudiante iniciará el debido proceso establecido en el presente Manual de Convivencia. c) Escándalo público donde se compromete el buen nombre del INFA. d) Vandalismo: daños graves en las instalaciones y bienes de la Institución y de los escenarios para práctica formativa y/u otros lugares. e) Porte de armas dentro del INFA, en escenarios para práctica formativa y/u otros lugares mientras se es estudiante activo y/o vistiendo el uniforme del INFA. f) Acoso sexual a cualquier miembro de la Comunidad Educativa. g) Soborno (ofrecimientos de retribución económica o en especie) a un Asesor Educativo o funcionario del INFA, a cambio de beneficios académicos y/o actitudinales (disciplinarios) y/o financieros. h) Expendio de drogas alucinógenas dentro o fuera del INFA, escenarios para práctica formativa y/u otros lugares. i) Hurto, robo o daño premeditado de material de enseñanza y/o del mobiliario y/o artículos tanto en las instalaciones del INFA, como en los escenarios para práctica formativa y/u otros lugares, y en general, de las pertenencias de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. j) Irrespetar y no cuidar la imagen Corporativa y/o Institucional del INFA. k) Comprar y hacer poner el logo y/o estampado Institucional de personas o instituciones no autorizadas por el INFA para esta actividad. Ante esta situación, INFA procederá conforme a la penalización de marcas y registros. l) Incitar, promover, insinuar, obligar a los estudiantes y/o cualquier miembro de la Comunidad Educativa a incurrir en actos de prostitución, proxenetismo y que impliquen acceso carnal a cambio de dinero y/o por amenaza a su integridad física, psíquica, moral y/o familiar. PARÁGRAFO: Faltas graves punibles serán informados a la autoridad competente. El Instituto Fátima ante la comisión de una de estas faltas graves establecidas en el Artículo 49 de este Manual 55 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA de Convivencia, en cuanto a su dimensión, efectos, etc., es menester (Necesario y/u Obligatorio) informar a la autoridad competente (a quien corresponda de acuerdo a Ley), con el fin de que tome las decisiones judiciales pertinentes en cada caso. Si no es necesaria la privación de la libertad (Cárcel y/o Prisión) del estudiante, dependiendo del tipo o clase de evento y/o falta grave, podrá permanecer en clase, no obstante el INFA puede tomar la decisión Institucional de suspenderle temporalmente sus estudios en la fase teórica y/o práctica formativa, mientras se dirime (Resuelve y/o Soluciona) el asunto por la justicia ordinaria (Ley 1098 del 2.006, Ley 599 del 2.000 y Ley 906 del 2.004). ARTÍCULO 50. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESTUDIANTIL DEL INFA (Ley 1620 del 15 de Marzo del 2.013) y DEDIDO PROCESO ANTE FALTAS LEVES Y/O GRAVES COMETIDAS POR EL ESTUDIANTE DEL INFA: 1) JUSTIFICACIÓN: Partiendo de la base que el Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA Sede Principal Sur Champagnat es una institución de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, ha organizado y adaptado gran parte de este Manual de Convivencia, de manera tal, que dé cumplimiento a lo establecido en la Ley 1620 del 15 de Marzo del 2.013. Lo anterior es debido a que dicha Ley, fue elaborada para los estudiantes (niñas, niños y adolescentes), de los niveles educativos de preescolar, básica y media. 2) DEFINICIONES: Ruta de Atención Integral para la Convivencia Estudiantil del INFA: La ruta define los procesos y los protocolos que deberá seguir la Institución en todos los casos en que se vea afectada la convivencia estudiantil, los derechos humanos, derechos del estudiante INFA, derechos sexuales y reproductivos y el cumplimiento de los deberes del estudiante. El Instituto Fátima debe garantizar la atención inmediata y pertinente de estos casos que se presenten, tanto al interior de la Institución como en sus alrededores. Acoso Estudiantil o Bullying: Conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un estudiante del INFA, por parte de un estudiante o varios estudiantes, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de Asesores Educativos, Directivos, Coordinadores o cualquier miembro de la Comunidad Educativa contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra a los antes mencionados (Asesores Educativos, Directivos, etc.). El acoso estudiantil tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento académico de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima y la convivencia estudiantil del establecimiento educativo. Ciberbullying o Ciberacoso Estudiantil: Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. 3) RESPONSABLES: Asesores Educativos, Coordinaciones Académicas, Comité Académico (Convivencia Estudiantil), Directivos, Representantes de Grupo y Estudiantes. 4) COMPONENTES: Consta de cuatro (4) componentes: promoción, prevención, atención y seguimiento. 56 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA 4.1) Promoción: En él se presenta, establece y define la Cultura Institucional y el Manual de Convivencia del INFA, los criterios de convivencia que deben seguir los estudiantes y miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios de la Institución y en los Escenarios para Práctica Formativa, los derechos, perfil, deberes y obligaciones, las faltas leves y/o graves, sus debidos procesos del estudiante del INFA y los mecanismos e instancias para reportar, conciliar y solucionar los casos en que se vea afectada la convivencia, los derechos humanos y del Estudiante INFA, sus derechos sexuales y reproductivos. Este componente se desarrolla por medio de: I. II. Bienvenida a Estudiantes nuevos. Desarrollo de la Norma de Competencia Inducción a la Institución Educativa y Valores Institucionales. Reunión con padres de familia y/o acudientes de estudiantes menores y mayores de edad. Ronda institucional en las instalaciones y aulas de clase del INFA. Supervisión en los Escenarios para Práctica Formativa. Informativos, volantes, recortes de periódicos, etc., alusivos a este componente de promoción, donde se explique que es el Bullying o Acoso Estudiantil, como identificarlo, cuáles son sus consecuencias y cómo y a quién reportarlo. Estos informativos se colocan en las Carteleras de la Institución y son divulgados verbalmente por los Asesores Educativos, los Representantes de cada Grupo y la Coordinación Académica en las aulas de clase, en la remisión y evaluación de prácticas formativas, en los escenarios para práctica formativa y en Modelos de Interacción. III. IV. V. VI. 4.2) Prevención: Este se desarrolla por medio de un proceso continuo de formación integral a los estudiantes, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de los factores, condiciones y/o causas que puedan incidir y/u originar la problemática de la violencia estudiantil y el incumplimiento de sus deberes y obligaciones, las cuales se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás estudiantes y/o miembros de la Comunidad Educativa, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el INFA. Este componente se desarrolla por medio de: 4.2.1) Modelos de Interacción: Son sensibilizaciones, actividades Psico-Educativas, socio-dramas, conferencias, talleres, charlas, etc., sobre los modelos de actuación humanizados, respetuosos, apropiados, contextualizados y asertivos que los estudiantes del INFA deben aprender, interiorizar, aplicar y seguir para interactuar apropiadamente en los diversos contextos sociales, resaltando entre ellos el de la salud. Son modelos sobre cómo actuar y comportarse dentro y fuera del INFA y en los escenarios para práctica formativa. Con ellos también se busca: Primero, fortalecer entre los estudiantes y los miembros de su comunidad educativa la integración, las relaciones interpersonales, la convivencia pacífica y respetuosa y los derechos del otro. Y segundo, reducir la falta de coherencia entre el pensar, sentir, hablar y actuar del estudiante en los diversos contextos sociales, resaltando entre ellos el de la salud. En los Modelos de Interacción se trabajan algunas de las siguientes temáticas: La Familia como modelo fundamental y formadora de la convivencia armoniosa y las buenas relaciones interpersonales. La Institución Educativa como modelo básico y orientadora de convivencia armoniosa, del respeto por los derechos humanos y facilitadora de las buenas relaciones interpersonales. Proyecto de Vida para el futuro Auxiliar en la Salud. Derechos Humanos y el Respeto al otro. Cuidando la Salud Mental (Autoestima, autoconocimiento, tolerancia, manejo del estrés, el enojo y la presión psicológicas). Que es el Bullying o Acoso Estudiantil, como identificarlo, cuáles son sus consecuencias, cómo prevenirlo y cómo y a quién reportarlo. 57 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Normas de Urbanidad. Escucha y Comunicación Asertivas. Relaciones Interpersonales y Acuerdos Colectivos (El Contrato Psicológico). Manejo y Solución de Conflictos. Estrategias para la Conciliación y la Elaboración de Acuerdos de Convivencia Pacífica. Lenguaje Corporal y Gestual Asertivos. Las Instituciones de la Salud y su Cultura Institucional. Reforzamiento del perfil, derechos y deberes del estudiante, faltas leves y graves y sus debidos procesos establecidos en el Manual de Convivencia del INFA. Charlas con laboratorios en temas relacionados con: Planificación Familiar, Buenos hábitos de nutrición, Virus Papiloma Humano, Drogadicción, Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), Salud Sexual y Reproductiva, Lactancia Materna, Previniendo Accidentes por Riesgo Biológico, Trastornos Digestivos, Higiene Intima, entre otros temas. Charlas con Entidades no relacionadas con la salud. Se desarrollan temas tales como: Beneficios de estar afiliado al Fondo de Pensiones y Cesantías, cómo elaborar una Hoja de Vida y presentar una Entrevista Laboral y cómo acceder y hacer uso de las páginas de empleo en Internet, entre otros temas. Otros temas y actividades que surjan de la interacción diaria entre los estudiantes, los diversos contextos donde interactúa y los miembros de la Comunidad Educativa que sean necesarios abordarlos. 4.3) Atención: Aquí se pone en marcha el protocolo con el que se inicia la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia estudiantil, por el incumplimiento de los deberes del estudiante del INFA y por cometer faltas leves y/o graves, los cuales tendrán que ser remitidos al responsable que en este caso es la Coordinación Académica, lo anterior para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual de Convivencia. En caso de que la falta sea clasificada de gran gravedad y complejidad, la Coordinación Académica remitirá el caso al Comité Académico (Convivencia Estudiantil) y dada la gravedad del caso informará de los hechos a los padres de familia y/o acudientes de los estudiantes víctimas y de los estudiantes generadores de los hechos violentos. El componente de atención de la ruta será activado por la Coordinación Académica por la puesta en conocimiento por parte del estudiante víctima, estudiantes, asesores educativos, el representante de cada grupo, directivos, padres de familia y/o acudientes, miembros de la comunidad educativa o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia estudiantil. Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia estudiantil o vulneración de derechos humanos y del estudiante INFA, derechos sexuales y reproductivos de los estudiantes del Instituto Fátima que no puedan ser resueltas por las vías que establece el Manual de Convivencia y se requiera de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el Director General del Instituto Fátima y/o a quien él delegue, de conformidad con las decisiones del Comité Académico, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, o a la autoridad competente que corresponda. 4.3.1) Debido Proceso ante Faltas Leves y/o Graves cometidas por el Estudiante del INFA: El debido proceso instrucciona, direcciona e indica los pasos a seguir en los casos de faltas leves y/o faltas graves cometidas y presentadas por el estudiante del INFA, al igual, es una oportunidad para que el estudiante se haga consciente de su situación actual, se haga responsable de sus actos, asuma consecuencias como resultado de sus acciones, corrija y enmiende la falta y/o error que cometió, se brinde la oportunidad de crecer como persona y que por voluntad propia tome la decisión de modificar su comportamiento y convertirse en un sujeto de derechos y deberes. 58 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA 4.3.1.1) Debido Proceso Faltas leves: Diálogo con el Estudiante por parte del Asesor Educativo: Aquí el Asesor Educativo en la fase teórica y/o en la fase de práctica formativa debe seguir este debido proceso en el momento que el estudiante cometa una Falta Leve: 1) Escuchar la versión del estudiante: En este espacio aplicar el P.E.C. Preguntar, Escuchar y Comunicar: Preguntar: ¿Qué pasa?, ¿Por qué te comportas de esa manera? ¿Qué ocurrió? Escuchar: Prestar completa atención a lo que el estudiante le está informando referente a la situación o caso que le aconteció. Comunicar: De manera respetuosa, tranquila, sin hacer uso de la sátira, tonos y gestos agresivos, expresarle al estudiante cual fue su comportamiento inadecuado, como nos hace sentir, qué genero la situación y luego con la misma tónica, escuchar lo que tenga por expresar. 2) Continuando con el punto anterior, aplicando el P.E.C. se logra identificar qué es lo que motiva al estudiante a cometer la primera falta leve, si cometió la falta porque: Se dio la oportunidad de cometer la falta leve para lograr un fin personal, por falta de supervisión y vigilancia, por ociosidad del estudiante, por la emoción de llevar a cabo una acción prohibida, por componentes emocionales, por ejemplo, frustración, ira, resentimiento, etc., por ciertos rasgos de personalidad, y/o por otros motivos. 3) Intervenir, orientar, asesorar y educar a través del diálogo, la experiencia y el ejemplo al estudiante que cometió la falta leve, esto apoyado con el Manual de Convivencia del INFA. 4) Conciliar y llegar a un acuerdo de sana convivencia con el estudiante, donde se dé cumplimiento a los derechos y deberes establecidos en el Manual de Convivencia. 5) Si el estudiante presenta por segunda vez una falta leve, el Asesor Educativo realizará una tutoría preventiva a nivel actitudinal, donde registrará la intervención hecha al estudiante y el compromiso y acuerdo que éste firma y hace. 6) Si el estudiante presenta por tercera vez una falta leve, el Asesor Educativo remitirá el caso por escrito a Coordinación Académica, quien llevará a cabo las Actividades Formativas, de Crecimiento y Fortalecimiento Humano y/o Psico-Educativas con el estudiante, las cuales están establecidas en este Manual de Convivencia. 7) Si el estudiante reincide y sigue presentando faltas leves, las mismas se convierten y se trataran como falta grave y se iniciará el debido proceso para la aplicación de alguna de las sanciones disciplinarias establecidas en este Manual de Convivencia. PARÁGRAFO 1º: Debido proceso que debe seguir la Coordinación Académica. La Coordinación Académica debe seguir este debido proceso cuando un estudiante comete faltas leves. La Coordinación Académica en el momento que el estudiante cometa su segunda falta leve, debe diligenciar y hacer firmar del mismo, un Acta de Compromiso y debe registrar dicho compromiso en la Tabla de Seguimiento y Control del Desempeño Actitudinal del Estudiante. 59 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA PARÁGRAFO 2º: Procedimiento para que un funcionario administrativo remita un estudiante. Si el afectado por la falta leve cometida por un estudiante es un funcionario administrativo, éste remitirá el caso por escrito a Coordinación Académica, quien aplicará el debido proceso para las faltas leves establecido en este Manual de Convivencia. PARÁGRAFO 3º: Faltas graves no serán sometidas al debido proceso de faltas leves. Las faltas consideradas como graves en primera instancia, no serán sometidas al debido proceso de faltas leves, las mismas se trataran como faltas graves y se seguirá el debido proceso para este tipo de faltas y dado el caso se aplicaran las sanciones disciplinarias establecidas en este Manual de Convivencia. Lo anterior siempre acompañado de Actividades Formativas, de Crecimiento y Fortalecimiento Humano y/o Psico-Educativas. 4.3.1.2) ACTIVIDADES FORMATIVAS, DE CRECIMIENTO Y FORTALECIMIENTO HUMANO Y/O PSICO-EDUCATIVAS Las estrategias de atención, apoyo, sensibilización, formación a nivel personal, psico-educación y orientación al estudiante víctima y al generador de la violencia, cuando se presentan casos de violencia o acoso estudiantil o de comportamiento agresivo, faltas leves y/o graves que vulneren los derechos humanos y del estudiante INFA, derechos sexuales y reproductivos, que se llevan a cabo en el INFA son: 1) Espacios de Conciliación y Reparación Simbólica para el Estudiante Víctima y el Estudiante Generador de la Violencia Estudiantil. Con estos espacios se propende a promover y vivenciar el perdón, la reconciliación y la restauración de las relaciones. “La reconciliación y la reparación del daño: verdaderos actos de paz y convivencia pacífica”. 1.1) Espacios de Conciliación: La conciliación, es un medio alternativo para solucionar conflictos, a través del cual las partes resuelven directamente una diferencia y/o discrepancia con la intervención o colaboración de un mediador que en este caso puede ser el Asesor Educativo, el Representante de Grupo, las Coordinaciones Académicas y el Comité Académico (Convivencia Estudiantil). Mediante la conciliación las partes resuelven sus problemas sin tener que acudir a instancias disciplinarias. Resulta un mecanismo flexible, donde las partes llegan a un acuerdo de respeto y tolerancia mutua, de convivencia pacífica y de cumplimiento del perfil, derechos y deberes del estudiante INFA. Reparación Simbólica: Las reparaciones que se les da a las víctimas de violencia estudiantil son principalmente de dos tipos: Reales y Simbólicas. La reparación real es material y se limita a la reposición del artículo que se le debe restaurar al estudiante víctima. La reparación simbólica es toda prestación realizada a favor del estudiante víctima, grupo o de la comunidad educativa por parte del estudiante generador de la violencia estudiantil, la cual, tiende a asegurar la no repetición de los hechos victimizantes, la aceptación pública de los hechos, ofrecer disculpas públicas y recibir la aceptación de las mismas y el restablecimiento de la dignidad de las víctimas. Etapas del Encuentro de Conciliación y Reparación Simbólica: Preparar el Encuentro: El conciliador debe conocer de antemano la información sobre el caso, esto facilitará en parte la comprensión y manejo del mismo, la formulación de preguntas y de posibles soluciones. 60 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Saludar: El conciliador le dará la bienvenida a los conciliantes, creando un clima de confianza para dar inicio al encuentro. Dar a conocer el Objetivo del Encuentro: Escuchar las versiones de las partes, que las partes se escuchen, comuniquen y expresen su sentir y generar un espacio para el perdón mutuo y la elaboración de acuerdos de reconciliación, respeto mutuo y convivencia pacífica. Fijar las Reglas del Juego y/o del Encuentro: El conciliador instrucciona a los conciliantes la “reglas de juego y/o del encuentro”, tales como: la no interrupción para que ambas partes sean escuchadas, el respeto mutuo, la no utilización de palabras que ofendan a cualquiera de los conciliantes, etc. Comprender el Conflicto: En este momento se escuchará a cada una de las partes, se comenzará por escuchar al solicitante, y posteriormente al otro conciliante. Lo ideal es que en un comienzo el conciliador no interrumpa el relato de los conciliantes, a menos que la situación lo amerite, por ejemplo, en aquellos casos en los que se ofenden mutuamente o se interrumpen; pues es necesario recuperar las “reglas de juego y/o del encuentro” fijadas. Sin duda alguna, realizar preguntas que permitan una mayor comprensión de los hechos será importante para entender lo sucedido entre los conciliantes frente al conflicto. Desenredar el Conflicto: El conciliador puede tomar una decisión crucial para avanzar en la conciliación, la de seguir el encuentro en conjunto con las partes o tener encuentros separados con cada una de las partes. Si hace lo primero, este encuentro en conjunto funciona cuando los conciliantes se escuchan, han respetado la “reglas de juego y/o del encuentro” y se colaboran para llegar a un acuerdo. Si se decide por encuentros separados, es preferible que lo realice con el conciliante que se encuentra altamente molesto, que interrumpe y que probablemente quiere, tener reuniones individuales con el conciliador, porque aspira a contarle algo en secreto que quisiera que no fuese divulgado a la otra parte. Lo importante como resultado de este momento es que las partes construyan opciones que les sean favorables y justas, y el conciliador les ayude a valorar las implicaciones de esas opciones en la vida de cada una de ellas y en la vida en comunidad. El conciliador en este momento podrá proponer fórmulas de arreglo, sólo posterior, a las surgidas y propuestas por los conciliantes. Dichas opciones han de cubrir sus preocupaciones, propiciar el fortalecimiento de las relaciones, el respeto mutuo y la convivencia pacífica. Construir el Acuerdo en un Acta: Es en este instante, en el que se plasman los compromisos y responsabilidades acordados en un acta de conciliación. Como recomendación especial el acta debe responder de forma clara a las siguientes preguntas: ¿Qué se está conciliando?, ¿que están acordando los conciliantes en el encuentro?, ¿cómo los conciliantes van a resolver su problema?, ¿dónde se cumplirá lo que se acuerda?, ¿cuándo se van a cumplir las obligaciones o compromisos pactados?, ¿por qué se acuerda lo que se acuerda?, ¿para qué se realiza esta conciliación? y ¿quiénes están involucrados en el acuerdo? Una vez elaborada el acta de conciliación, el conciliador recordará las implicaciones que tienen el incumplimiento de la misma y se despide cordialmente de cada una de la partes. 61 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA 2) Apoyo y Orientación Emocional y Psicológica Básica e Inicial al Estudiante Víctima de Violencia Estudiantil y al estudiante Generador de la Violencia Estudiantil. Aquí se lleva a cabo: Escuchar el reporte verbal y solicitarlo también por escrito del estudiante que fue víctima de violencia estudiantil y de vulneración de sus derechos humanos, derechos del estudiante del INFA, derechos sexuales y reproductivos. Definir el tipo de actividad de apoyo que se llevará a cabo con el estudiante víctima de violencia estudiantil, identificar si requiere Orientación Emocional y/o PsicoEducativa o si es necesario remitir al estudiante al Psicólogo, al Psiquiatra o a otro profesional de su EPS. Brindar al estudiante Generador de la Violencia Estudiantil Apoyo Emocional y llevar a cabo acciones de Resocialización, respecto al cumplimiento de las Normas de Convivencia, Autocontrol del Enojo y la Agresión Física, Verbal y/o Simbólica, Respeto de los Derechos Humanos, Respeto y Tolerancia con sus Compañeros de Estudio, etc. Aquí se define si es necesario remitir al estudiante al Psicólogo, al Psiquiatra o a otro profesional de su EPS. 3) Plan de Mejoramiento Actitudinal: Tiene como finalidad fortalecer el proceso de formación integral del estudiante y proporcionarle apoyo, orientación, asesoría, psico-educación y generarle oportunidades de crecimiento personal y de pertenencia a la Comunidad INFA. Lo anterior, cuando el estudiante presente dificultades de índole disciplinario, actitudinal, de convivencia, emocional, psicológico, académico, etc. Entre los motivos que originan el mismo se encuentran: Dificultades emocionales y/o psicológicas Dificultades de relaciones interpersonales que de una u otra manera estén afectando el buen desarrollo del proceso de formación, la sana convivencia y que impiden asumir sus deberes y cumplir y exigir sus derechos con respeto. Faltas Leves y/o Faltas Graves En este intervienen actividades de sensibilización, reflexión y cooperación, los cuales se relacionan con el campo afectivo y emocional. Corresponde a la Coordinación Académica y/o Comité Académico (Convivencia Estudiantil) establecer los temas y actividades que debe desarrollar el estudiante, para ello debe apoyarse en el Instructivo para Plan de Mejoramiento Actitudinal CE_IN07. 4) Prestación de Servicios a la Comunidad: Es un servicio social que es llevado a cabo por el estudiante que ha cometido faltas leves y/o graves, esto con el fin de: Enmendar la falta que cometió, a través de prestarle un servicio que beneficie a la Comunidad Educativa y/o a una Comunidad y/o Grupo Social. Aprender por medio del servicio a la Comunidad el valor de actuar correctamente, de cumplir sus deberes y no cometer faltas leves y/o graves. Cumplir con el debido proceso actitudinal establecido en este Manual de Convivencia. Entre las actividades de servicio a la comunidad que debe llevar a cabo el estudiante que cometió faltas leves y/o graves se encuentran: 62 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Apoyar, realizar, elaborar, llevar a cabo y cumplir con las actividades que la Comunidad Educativa del INFA le asigne. Limpiar un parque. Liderar una campaña al interior del INFA para recopilar elementos con fines benéficos, como ropa, alimentos no perecederos, entre otros. Realizar sensibilizaciones que procuren cuidar el medio ambiente para la Humanidad. Ayudar al adulto mayor en hogares geriátricos. Realizar apoyo educativo a niños con dificultades de aprendizaje. En jardines infantiles jugar con los niños y/o supervisarlos o cuidarlos. PARÁGRAFO: Estudiante menor de edad presta servicios a la comunidad al interior del INFA. Si el estudiante es menor de edad, esta actividad de servicio a la comunidad la debe llevar a cabo al interior del INFA, si es mayor de edad, las puede realizar extramural. 5) Charlas y/o Sensibilizaciones a la Comunidad Educativa: Es una actividad educativovivencial que es llevada a cabo por el estudiante que ha cometido faltas leves y/o graves, esto con el fin de: Sensibilizar a otros estudiantes sobre las consecuencias negativas de cometer faltas leves y/o graves y el modelo de actuación adecuado y asertivo que deben asumir. Los temas a tratar, deben estar relacionados con la falta leve y/o grave que cometió el estudiante, corresponde a la Coordinación Académica orientar y asesorar al estudiante en este aspecto. Aprender por medio de esta actividad, el valor de actuar correctamente, de cumplir sus deberes y no cometer faltas leves y/o graves. Cumplir con el debido proceso actitudinal establecido en este Manual de Convivencia. PARÁGRAFO 1º: No es necesario seguir orden secuencial en actividades formativas. Al establecer cualquiera de las actividades formativas, de crecimiento y fortalecimiento humano y/o psico-educativas antes descritas, no es necesario seguir un orden secuencial para su aplicación, lo que se debe hacer es analizar la necesidad psicológica del estudiante víctima de violencia estudiantil y la falta leve y/o la falta grave cometida por el estudiante generador de la violencia, para definir el tipo de actividad que se establecerá y se desarrollará. PARÁGRAFO 2º: Actividades formativas serán aplicadas tanto en las faltas leves y/o graves. Las actividades formativas, de crecimiento y fortalecimiento humano y/o psico-educativas serán aplicadas tanto en las faltas leves y/o graves que cometan los estudiantes. PARÁGRAFO 3º: Las actividades formativas se pueden llevar a cabo a nivel individual y/o grupal. Las actividades formativas, de crecimiento y fortalecimiento humano y/o psico-educativas se pueden llevar a cabo a nivel individual y/o a nivel grupal con los estudiantes. 4.3.1.3) DEBIDO PROCESO FALTAS GRAVES: 1) Si el Estudiante comete la falta grave en la fase teórica y/o en la fase de práctica formativa, el Asesor Educativo debe remitir por escrito el caso a la Coordinación Académica, quien debe seguir el debido proceso para las faltas graves establecido en este Manual de Convivencia. 63 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA 2) Si el estudiante comete la falta grave en otro espacio del INFA y un funcionario administrativo de la Institución o un miembro de la Comunidad Educativa fueron testigos de esto, deben remitir por escrito el caso a la Coordinación Académica, quien debe seguir el debido proceso para las faltas graves establecido en este Manual de Convivencia. 3) Reunión entre la Coordinación Académica y el Estudiante que cometió la falta grave o Generador de la Violencia Estudiantil y de vulneración de los derechos humanos, los derechos del estudiante del INFA y los derechos sexuales o reproductivos para escuchar su versión de los hechos tanto verbal como escritos (Realizar Descargos): en este espacio se define: Si el estudiante es o no responsable de la falta grave que le atribuyen. Le compete a la Coordinación Académica precisarlo, si identifica que el estudiante no es responsable, lo exonera de cualquier sanción disciplinaria y aclara con quien corresponda esta situación. Si por el contrario precisa que el estudiante si es responsable de dicha falta grave, se procede a continuar y a aplicar el debido proceso establecido en este Manual de Convivencia. Si se le hace llamado de atención verbal al estudiante y recomendaciones respecto a su comportamiento y a lo establecido en este Manual de Convivencia del INFA. Si se le hace orientación y asesoría inicial desde el ámbito psicológico, esto dado el caso que el comportamiento del estudiante haya surgido por cuestiones intrapersonales, familiares, de pareja, etc. Si se identifica que el comportamiento del estudiante es debido a un probable trastorno de la personalidad, se le aplica test psicológicos y entrevista psicológica, si lo anterior lo confirma, se hace remisión inmediata a psicología y/o psiquiatría de su EPS. Del punto anterior, también se analiza si es necesario suspenderle temporalmente sus estudios en la fase teórica y/o práctica formativa o si el estudiante puede desarrollar a la par ambas actividades. Si se le aplica o no sanciones disciplinarias al estudiante que cometió la falta grave o que Generó un acto de Violencia Estudiantil y de vulneración de los derechos humanos, los derechos del estudiante del INFA y los derechos sexuales o reproductivos. En este punto la Coordinación Académica debe precisar y especificar: Si al estudiante se le establecen o no sanciones disciplinarias. Si al estudiante si se le establece sanciones disciplinarias, estas siempre deben ser complementadas con Actividades Formativas, de Desarrollo y Fortalecimiento Humano y/o Psico-Educativas. Como lo argumenta la Ley 1098 en su Artículo 179, las sanciones disciplinarias tienen una finalidad protectora, educativa y restaurativa, y en casos clasificados como especiales se aplicarán con el apoyo de la familia y/o de un especialista del caso especial. Si al estudiante no se le establece sanciones disciplinarias, se debe definir el tipo de Actividad Formativa, de Desarrollo y Fortalecimiento Humano y/o Psico-Educativa que debe desarrollar. 64 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Si se tiene indicio de que la falta grave cometida por el estudiante corresponde a una conducta punible (que deber ser analizada y resuelta por la justicia colombiana) y/o a un caso muy complejo, la Coordinación Académica debe remitir el caso del estudiante al Comité Académico (Convivencia Estudiantil). Si el Comité Académico (Convivencia Estudiantil) determina que la falta grave del estudiante obedece a una conducta punible, debe remitir el caso del estudiante a la autoridad competente (a quien corresponda de acuerdo a Ley), con el fin de que tome las decisiones judiciales pertinentes en cada caso. Para lo cual se generará una resolución que será firmada por el Director General del INFA, exponiendo los motivos por el cual se remite el caso. No obstante, el INFA puede tomar la decisión Institucional de suspenderle al estudiante temporalmente los estudios en la fase teórica y/o práctica formativa, mientras se dirime (Resuelve y/o Soluciona) el asunto por la justicia ordinaria (Ley 1098 del 2.006, Ley 599 del 2.000 y Ley 906 del 2.004). Si por el contrario, obedece a una falta grave que puede ser manejada de acuerdo a lo establecido al Manual de Convivencia, debe remitir al estudiante a la Coordinación Académica quien continuará con el debido proceso. Si es necesario detener el proceso de formación académica del estudiante en la fase teórica y/o en la fase de práctica formativa hasta que se aclaren los hechos y/o se desarrolle el debido proceso, se hará por cinco (5) días hábiles contados a partir del momento en que se detiene su proceso de formación. Si se decide suspenderle temporalmente sus estudios, se generará una resolución que será firmada por el Director General y entregada por la Coordinación Académica, la cual se anexará a la Carpeta Institucional del estudiante. En el momento en que el INFA le reactive su proceso de formación, el estudiante deberá sea en la fase teórica y/o en la fase de práctica formativa recuperar el tiempo de inasistencia, lo anterior, sin costo adicional. Si el estudiante que cometió la falta grave no regresa por iniciativa propia al INFA para responder por sus actos, la Coordinación Académica procederá a contactarlo vía celular, correo electrónico y/o al teléfono fijo. Si no logra contactar al estudiante, debe comunicarse por los canales antes descritos con los padres de familia y/o acudientes del mismo, los datos de éstos aparecen registrados en la ficha de inscripción del estudiante. Si después de agotar estas dos alternativas, no logra contactar al estudiante, se generará resolución de suspensión temporal de sus estudios en la fase teórica y/o práctica formativa, mientras el estudiante en compañía de su padre de familia y/o acudiente se presenta a responder por la falta grave que cometió y aclarar los hechos. Dicha resolución debe ser firmada por el Director General del INFA y por dos testigos que den fé de que se aplicó el debido proceso antes descrito, y posteriormente remitirla por correo certificado a la residencia del estudiante. 4) Con el fin de aclarar los hechos en que se encuentre involucrado un estudiante que cometió una falta grave, se podrá hacer uso de los siguientes tipos o clases de pruebas como apoyo para la toma de decisiones: 65 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Pruebas Testimoniales: Consiste en tomar el testimonio de una persona cuando esta afirma o es llamada a decir cuánto sabe y le consta respecto de los hechos, faltas o irregularidades investigadas, por las cuales se señala a una persona. Este testimonio, versión o manifestación verbal, debe ser bajo gravedad de juramento. Quien declara, es denominado Testigo. Pruebas Documentales: Son elementos físicos, considerados estos constituidos o con naturaleza de papel, o medio magnético (CD, Casete, VHS, etc.). Valen igualmente ahora -gracias a la conectividad-, los archivos de Internet. Estos documentos pueden ser públicos y privados. Los primeros vienen de funcionarios con esa calidad. Y los segundos, los elaborados por las personas del común. Pruebas por Peritos: Solamente para casos especiales a fin de tomar una decisión, condenar, sancionar o absolver; es necesario el concepto por un experto. En ese caso este es designado y procede al final de su gestión o dictamen. 4.3.1.4) SANCIONES DISCIPLINARIAS: 1. Imposición de Reglas de Conducta: Es la obligación, exigencia y prohibición que el Instituto Fátima le establece a un estudiante, mediante la imposición de normas de comportamiento y conducta apropiadas y asertivas en el INFA, las cuales están determinadas en el perfil y los deberes del estudiante en el Manual de Convivencia del INFA y las establecidas por la Coordinación Académica y el Comité Académico (Convivencia Estudiantil). Dado el caso que el estudiante no cumpla con dichas exigencias, se le impondrá otra sanción disciplinaria. El objetivo es proteger al estudiante infractor de actos dañinos que atenten contra su bienestar, el de sus compañeros de estudio y de la Comunidad Educativa en general. Adicional a esto, se busca que el estudiante modifique de manera consciente su comportamiento, que él determine las consecuencias negativas que dicho comportamiento inapropiado acarrean y que no incurra en más faltas graves que lo conducen a otras sanciones disciplinarias. La Imposición de Reglas de Conducta se le entrega al estudiante: primero, mediante comunicado formal en papelería con logo del INFA, segundo, el comunicado es elaborado y firmado por la Coordinación Académica, Subdirector y/o Director General y tercero, el comunicado es entregado y explicado al estudiante, por la Coordinación Académica y/o Subdirector Administrativa. 2. Llamado de Atención por Escrito con Copia a la Carpeta Institucional del Estudiante: Es una sanción disciplinaria y una constancia del debido proceso establecido en el Manual de Convivencia, en donde el INFA registra los hechos y faltas graves cometidas por el estudiante y le exige y establece que modifique su comportamiento y cumpla con el perfil y deberes del estudiante. También, es una oportunidad que se le brinda para corregir su conducta y una clara advertencia sobre las sanciones disciplinarias más decisivas que su reincidencia pudiera ocasionar. 3. Suspensión Temporal de los Estudios en la Fase Teórica y/o en la Fase de Práctica Formativa: Serán causales de suspensión temporal de los estudios en la fase teórica y/o en la fase de práctica formativa los siguientes motivos: Una falta grave podrá ser motivo de suspensión temporal de los estudios de acuerdo a este Manual de Convivencia y/o según el análisis realizado por la Coordinación Académica y/o el Comité Académico (Convivencia Estudiantil). 66 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA Si la falta grave conlleva o no a la privación de la libertad (Cárcel y/o Prisión) del estudiante, el INFA puede tomar la decisión Institucional de suspenderle temporalmente sus estudios, mientras se dirime (Resuelve y/o Soluciona) el asunto por la justicia ordinaria. Por no tener vigente y activa su afiliación a la EPS y/o SISBEN. Por no estar al día con sus pagos de mensualidades y/o matrículas hasta que exista orden por parte del Director General de continuar. PARÁGRAFO: Estudiantes con dificultades de salud física y/o mental serán remitidos a su EPS. Los estudiantes que por dificultades de salud física y/o salud mental les impidan el desarrollo normal de su proceso de formación académica en la fase teórica y/o en la fase de práctica formativa y/o mantener una sana convivencia, serán remitidos a su EPS y/o SISBEN, esto acompañado de la resolución de suspensión temporal de sus estudios (Teoría y/o Práctica Formativa) cuando se considere necesario, con el fin de que un profesional competente, emita un concepto escrito con el cual el estudiante previo análisis y autorización del Comité Académico (Convivencia Estudiantil), retomará sus estudios inmediatamente. De acuerdo a la Ley 1616 de Salud Mental del 2.013, se establecen las siguientes definiciones: Salud Mental: La salud mental se define como un estado dinámico que se expresa en la vida cotidiana a través del comportamiento y la interacción de manera tal que permite a los sujetos individuales y colectivos desplegar sus recursos emocionales, cognitivos y mentales para transitar por la vida cotidiana, para trabajar, para establecer relaciones significativas y para contribuir a la comunidad. Trastorno Mental: Alteración de los procesos cognitivos y afectivos del desenvolvimiento considerado como normal con respecto al grupo social de referencia del cual proviene el individuo. Esta alteración se manifiesta en trastornos del razonamiento, del comportamiento, de la facultad de reconocer la realidad y de adaptarse a las condiciones de la vida. Discapacidad Mental: Se presenta en una persona que presenta limitaciones psíquicas o de comportamiento; que no le permiten en múltiples ocasiones comprender el alcance de sus actos, presenta dificultad para ejecutar acciones o tareas, y para participar en situaciones vitales. La discapacidad mental de un individuo, puede presentarse de manera transitoria o permanente, la cual es definida bajo criterios clínicos del equipo médico tratante. 4. Matricula Sujeta a Control: Se le establece al estudiante que cometió una falta grave, donde la Institución no solo lo sanciona disciplinariamente por el incumplimiento de sus deberes académicos y/o actitudinales establecidos en el presente Manual de Convivencia, sino que le permite continuar con el desarrollo del programa matriculado. Son objeto de Matricula Sujeta a Control: Incumplimiento de los deberes académicos por comprobada negligencia y/o irresponsabilidad por parte del estudiante. Incumplimiento de lo establecido en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo, el Reglamento Especial para estudiantes en Práctica Formativa Obligatoria y el Manual de Convivencia. Cometer faltas graves. 67 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA PARÁGRAFO: Matricula sujeta a control debe estar precedida por el debido proceso. La Matrícula Sujeta a Control debe estar precedida por el debido proceso establecido en el presente Manual de Convivencia. 5. Pérdida de la Calidad de Estudiante del INFA: Con esta sanción disciplinaria, el Instituto Fátima le cancela (concluye y termina) la matrícula al estudiante y lo retira de la Institución. Se pierde la calidad de estudiante del Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima INFA en los siguientes casos: Cuando se compruebe falsedad o fraude en documentación reglamentaria requerida por del Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima - INFA. Comprobada deslealtad para con el Instituto en sus actitudes personales y colectivas, situaciones que vayan en detrimento de la filosofía de la Institución, falta de identidad, compromiso, o sentido de pertenencia con la misma. Si está en situación de bajo desempeño (rendimiento) académico y no acata las recomendaciones Institucionales ofrecidas en pro de su mejoramiento. Cuando incurre en una y/o varias faltas graves. Incumplimiento de lo establecido en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo, el Reglamento Especial para estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias y el Manual de Convivencia. Si se encuentra en mora con el pago de sus compromisos de mensualidades, treinta días. 6. Perdida de la Beca y/o Descuentos Otorgados por el INFA al Estudiante, sea otorgada directamente por el Director General y/o a través de un Convenio Docencia- Servicio. PARÁGRAFO: No reintegro a quien pierda calidad de estudiante. No se reintegra dinero por concepto de matrículas o mensualidades a quienes pierdan su calidad de estudiante del INFA. 4.3.1.4.1) PARÁGRAFOS FINALES SANCIONES DISCIPLINARIAS: PARÁGRAFO 1º: No es necesario seguir orden secuencial para las sanciones disciplinarias. Al establecer cualquiera de las sanciones disciplinarias antes descritas, no es necesario seguir un orden secuencial para su aplicación, lo que se debe hacer es analizar la gravedad de la falta grave cometida por el estudiante, para definir el tipo de sanción que se le establecerá. PARÁGRAFO 2º: No se impondrán sanciones que conlleven a maltrato físico y/o psicológico. No se impondrán sanciones que conlleven a maltrato físico y/o psicológico de los estudiantes ni se adoptaran medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Artículo 62 de La Ley 1098 De 2.006 Código de la Infancia y Adolescencia, Ley 599 del 2.000 y Ley 906 del 2.004. PARÁGRAFO 3º: Las sanciones disciplinarias pueden ser a nivel individual y/o grupal. Las sanciones disciplinarias se pueden llevar a cabo a nivel individual y/o a nivel grupal con los estudiantes. PARÁGRAFO 4º: Ninguna situación de sanción disciplinaria generará reintegro de dinero. Ninguna de las situaciones de sanción disciplinaria dará lugar al reintegro de los valores (Dinero) cancelados (Pagados) por el estudiante. 4.4) Seguimiento: Se centrará en el seguimiento y acompañamiento al estudiante que no cumplió con sus deberes, que cometió faltas leves y/o graves y que afecta la convivencia y vulnera los 68 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA derechos de sus compañeros o miembros de la Comunidad Educativa. También se centrará, en el registro oportuno de la información en la Tabla de Seguimiento y Control del Desempeño Actitudinal del Estudiante del INFA y en la gestión inmediata del estado de cada uno de los casos de faltas leves y/o graves cometidas por el estudiante, atendidas y reportadas y/u otras novedades presentadas por el mismo. En el Instituto Fátima se realiza el seguimiento por medio de: Primero, la supervisión directa al estudiante en el día a día en el aula de clase o escenario para práctica formativa, esto en el momento, de realizar el Asesor Educativo la clase y las Coordinaciones Académicas la ronda institucional. Y Segundo, la herramienta usada para el seguimiento de los casos que afectan la convivencia estudiantil es la Tabla de Desempeño Actitudinal del Estudiante del INFA, en ella: Se registra y guarda el histórico actitudinal y/o disciplinario y de convivencia estudiantil de los casos presentados por el estudiante. Se sacan estadísticas mensuales de los casos presentados, con el fin de identificar los que se presentan con mayor frecuencia e iniciar estrategias para reducirlos y/o erradicarlos. Se elaboran reportes trimestrales con el fin de analizar la dimensión disciplinaria y/o actitudinal y de convivencia de los estudiantes y de los grupos, y se elabora el reporte anual de Desempeño Actitudinal del Estudiante del INFA, con el fin de plantear planes de mejoramiento respecto a la convivencia estudiantil para el año inmediatamente siguiente. PARÁGRAFO FINAL CAPÍTULO XXI: COMITÉ ACADÉMICO (Convivencia Estudiantil): El Comité Académico (Convivencia Estudiantil), es el órgano institucional responsable de tratar los casos especiales presentados por los estudiantes y reportados por la Coordinación Académica, de analizarlos para tomar decisiones y/o diseñar estrategias y/o soluciones para los mismos. 1) El Comité Académico del INFA está conformado por: El Director General, quien preside el comité El Subdirector Administrativo Las Coordinaciones Académicas PARÁGRAFO: El Comité Académico podrá invitar a un Asesor Educativo, a un Representante de Grupo, a un Padre de Familia y/o Acudiente y a un miembro de la comunidad educativa de manera conjunta o individual, para ampliar el conocimiento de la situación presentada por el estudiante. Esto siempre y cuando, los mismos sean conocedores de los hechos en los que está involucrado el estudiante. 2) Funciones del Comité Académico: Estas se activan en el momento en que la Coordinación Académica presente ante el Comité, un caso de convivencia estudiantil que catalogue y refiera que debe ser manejado por dicho Comité. Funciones: 1. Analizar y resolver los casos de faltas graves cometidas por los estudiantes que han sido clasificadas como complejas y/o los casos de conductas punibles. 2. Analizar y/o emitir concepto y/o remitir a la EPS los casos de salud mental y/o física presentados por los estudiantes que les impiden el desarrollo normal de su proceso de formación académica y/o mantener una sana convivencia. 69 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA 3. Instruccionar a la Coordinación Académica respecto a la información que deben contener las resoluciones de remisión de estudiantes a la EPS y/o SISBEN, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, o a la autoridad competente que corresponda. 4. Asesorar, revisar, orientar y aprobar las estrategias e instrumentos elaborados por la Coordinación Académica, los cuales están destinados a promover y evaluar la convivencia estudiantil, el ejercicio de los derechos humanos, del estudiante del INFA, derechos sexuales y reproductivos. 5. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en los casos de faltas graves cometidas por los estudiantes que han sido clasificadas como complejas y/o los casos de conductas punibles. 70 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XXII DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES Y/O REPRESENTANTES Y/O RESPONSABLES Y/O QUIEN HAGA LAS VECES DEL ESTUDIANTE MENOR Y/O MAYOR DE EDAD DEL INFA ARTÍCULO 51. DERECHOS: En concordancia con el Decreto 1286 del 27 de Abril del 2005: a) Recibir información del número de Licencia de Funcionamiento del Instituto Fátima. b) Recibir información de los Registros de los Programas de Auxiliares de la Salud ofertados por el Instituto Fátima. c) Conocer las características de la Institución y los principios que orientan a la misma. d) Conocer el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas y el sistema de evaluación de los estudiantes. e) Expresar sus sugerencias, quejas y reclamos. f) Recibir información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de su estudiante. ARTÍCULO 52. DEBERES: De acuerdo a lo establecido por la Ley 115 de 1.994 en su Artículo 7º, la Familia como núcleo fundamental de la sociedad es la primera responsable de la educación de sus hijos. Los deberes han sido adaptados y armonizados con la Ley 115, el Decreto 1286, la Ley 1098 y la Ley 1620. Deberes: a) Orientar, cuidar, acompañar y formar integralmente a su estudiante durante su proceso de formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del padre y de la madre y/o acudiente de asegurarse que su estudiante pueda lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos. b) Asumir y cumplir con la corresponsabilidad de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia estudiantil, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos del estudiante desde sus respectivos ámbitos de acción. c) Cumplir con las obligaciones contraídas en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo y el Reglamento Especial para Estudiantes en Prácticas Formativas Obligatorias. d) Cumplir con los requisitos y obligaciones establecidas en el Manual de Convivencia y responder cuando su estudiante incumple alguna de sus obligaciones allí definidas. e) Asistir a la reunión de padres de familia y/o acudientes y/o representantes del estudiante menor y/o mayor de edad programada por el Instituto Fátima. f) Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos. g) Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el INFA para la convivencia y la sexualidad. h) Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de su estudiante. i) Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Estudiantil cuando se presente un caso de violencia estudiantil, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el Manual de Convivencia. j) Garantizar a su estudiante la afiliación vigente a la EPS y/o SISBEN. k) Proteger a su estudiante contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, su dignidad y su integridad personal. 71 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA l) m) n) o) p) Promover en su estudiante el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y colaborar con el INFA en la educación sobre este tema. Prevenir y mantener informado a su estudiante sobre los efectos nocivos del uso y el consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales. No realizar actos ni conductas que impliquen maltrato físico, sexual o psicológico a su estudiante, y asistir a la orientación y tratamiento psicológico y/o médico de su estudiante cuando sea requerido. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de su estudiante y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del Instituto Fátima, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato físico, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes. ARTÍCULO 53. DEBIDO PROCESO ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE DEBERES Y OBLIGACIONES POR PARTE DE LA FAMILIA, PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES Y/O REPRESENTANTES Y/O RESPONSABLES Y/O QUIEN HAGA LAS VECES DEL ESTUDIANTE MENOR Y/O MAYOR DE EDAD DEL INFA. 1) Reunirse con el padre de familia y el estudiante para indicarles cual fue el incumplimiento. El responsable de convocar la reunión y generar acta escrita y firmada por el padre de familia es la Coordinación Académica y/o a quien el Director General delegue. 2) Escuchar la versión del padre de familia. 3) Solicitar por escrito la versión del padre de familia. 4) Convocar al Comité Académico, quien será el encargado de analizar y estudiar el caso y emitir un concepto del mismo. Después de emitido el concepto, se generará resolución escrita y firmada por el Director General, con la cual se le dará a conocer dicho concepto al padre de familia. 5) Inmediatamente entregada la resolución al padre de familia y después de firmar el recibido, éste debe acatar y cumplir lo establecido en dicha resolución. 72 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XXIII ACUERDO DE VOLUNTADES ENTRE EL INFA Y EL ASESOR EDUCATIVO CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES ARTÍCULO 54. Convenio de Prestación de Servicios Profesionales regulado por el Código Civil y Comercial. El Convenio de Prestación de Servicios Profesionales convenido entre el INFA y el Asesor Educativo, es regulado por el Código Civil y Comercial y por algunas de las siguientes clausulas convenidas en el acuerdo de voluntades del convenio: Cláusula Primera: Objeto. El Asesor Educativo realiza actividades que apoyen la formación académica e integral de los estudiantes matriculados en el Instituto Fátima, apoya las actividades que sean conexas con la misma para el buen desarrollo del objeto de este convenio; lo anterior en forma técnica y actualizada conforme a los parámetros establecidos en la normatividad Colombiana vigente, debido y es entendido por las partes que el Asesor Educativo posee la idoneidad profesional. Cláusula Segunda: El Asesor Educativo velara por el comportamiento y/o disciplina de estudiantes de acuerdo como lo estipule el Manual de Convivencia. Entre las cuales se resalta: 1. Orientar y mediar situaciones que atenten contra la convivencia estudiantil y el ejercicio de los derechos humanos, del estudiante INFA, derechos sexuales y reproductivos, así como, la detección temprana de estas mismas situaciones (Artículo 19, Ley 1620 del 2.013). 2. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso y violencia estudiantil, vulneración de los derechos humanos y del estudiante INFA y los derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del INFA, acorde con el Manual de Convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Estudiantil. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos (ciberbullying o ciberacoso) igualmente deberá reportar a la Coordinación Académica quien activara el debido proceso (Artículo 19, Ley 1620 del 2.013). 3. Transformar su Asesoría Educativa para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes (Artículo 19, Ley 1620 del 2.013). 4. Participar de los procesos de actualización y de formación del Asesor Educativo y de evaluación del clima estudiantil del Instituto Fátima (Artículo 19, Ley 1620 del 2.013). 5. Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia (Artículo 19, Ley 1620 del 2.013). Cláusula Tercera: El Asesor Educativo con la facultad de sus competencias comparte a sus estudiantes toda su experiencia y competencias de acuerdo a la asesoría que en su momento este prestando en el Instituto Fátima. Cláusula Octava: Causales de Terminación. El Convenio de Prestación de Servicios Profesionales termina por las siguientes causas: a) Mutuo consentimiento entre las partes. b) Suspensión de actividades del Instituto Fátima LTDA por más de quince (15) días o por clausura y/o cierre definitivo de la misma. c) Por el incumplimiento de lo convenido en este Convenio de Prestación de Servicios Profesionales. d) Por las causales señaladas en la Ley. PARÁGRAFO: Para mayor ampliación de lo contenido en el Convenio de Prestación de Servicios Profesionales, remitirse ha dicho documento. 73 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XXIV DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS EGRESADOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA LTDA - INFA Se considera egresado del Instituto de Capacitación Nuestra Señora de Fátima LTDA, a aquel que en el INFA haya desarrollado, cursado, aprobado y cumplido satisfactoriamente todas las normas de competencias establecidas en el programa de formación laboral estudiado en la educación para el trabajo y el desarrollo humano, y que haya obtenido el correspondiente certificado de Aptitud Ocupacional. ARTÍCULO 55. DERECHOS: a) Ser valorado y respetado como persona. b) Ser inscrito en el Programa Especial para Egresados – PEPE, esto en el momento de cancelar (pagar) el valor de la inscripción. El Programa PEPE es un canal de comunicación e intermediación entre el Egresado del INFA y el Sector Productivo. c) Remitir los datos de contacto de los egresados inscritos al Programa PEPE, a las personas Naturales o IPS que espontáneamente buscan con los Auxiliares en Salud del INFA, suplir necesidades y/o vacantes laborales. d) Recibir asesoría y orientación básicas sobre estrategias para elaborar hojas de vida, como acceder y hacer uso de las páginas de empleo en Internet y como presentar una entrevista laboral. e) Recibir información oportuna sobre la oferta de formación complementaria (diplomados, cursos, etc.) que se desarrollan en el INFA, los cuales, les permite acceder a una formación permanente y que buscan dar respuesta a las necesidades del sector productivo. f) Obtener descuentos económicos al matricularse en los diplomados ofertados por el INFA. g) Ser invitado a las capacitaciones, conferencias, talleres, etc., que contribuyan a la actualización del egresado, esto en el momento de ser programadas por el INFA. h) Recibir oportunamente el carnet de egresado del INFA. i) A qué se le aplique las garantías del debido proceso establecido en este Manual de Convivencia. ARTÍCULO 56. DEBERES: a) Representar dignamente al INFA en los diferentes contextos, resaltando entre ellos el de la salud y el del sector productivo, a nivel nacional e internacional. b) Respetar y cuidar la Imagen Corporativa y/o Institucional y el buen nombre del INFA. c) Guardar lealtad para con el Instituto, su Cultura y su Filosofía, en sus actitudes personales y colectivas, mostrar identidad y/o sentido de pertenencia y compromiso con la Institución. d) Guardar y respetar el secreto profesional. e) Ser honesto y decir la verdad en su hablar, proceder y actuar. f) Aceptar, interiorizar, respetar y enriquecer la Cultura Institucional del INFA. g) Comunicar sus solicitudes y/o inconformidades con un lenguaje verbal, gestual y corporal respetuoso, asertivo, decente y formal, esto con toda la Comunidad Educativa del INFA y del Sector Productivo. h) Generar, mantener, propiciar y sostener buenas relaciones interpersonales con todos los miembros de la Comunidad Educativa del INFA y del Sector Productivo. i) Hacer buen uso del carnet de egresado del INFA. j) No cometer fraudes, engaños, ni actos que atenten contra la moral, las buenas costumbres ni contra el normal funcionamiento académico o administrativo de la institución. k) Vivenciar los valores del INFA. 74 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA ARTÍCULO 57. DEBIDO PROCESO ANTE EL INCUMPLIMIENTO OBLIGACIONES POR PARTE DE LOS EGRESADOS DEL INFA DE DEBERES Y 1) Reunirse con el egresado para indicarle cual fue el incumplimiento. El responsable de convocar la reunión y generar acta escrita y firmada por el egresado es la Coordinación Académica y/o a quien el Director General delegue. 2) Escuchar la versión del egresado. 3) Solicitar por escrito la versión del egresado. 4) Convocar al Comité Académico, quien será el encargado de analizar y estudiar el caso y emitir un concepto del mismo. Después de emitido el concepto, se generará resolución escrita y firmada por el Director General, con la cual se le dará a conocer dicho concepto al egresado. 5) Inmediatamente entregada la resolución al egresado y después de firmar el recibido, éste debe acatar y cumplir lo establecido en dicha resolución. 75 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XXV DEL TRABAJADOR DEL INFA Se considera funcionario del INFA aquel escogido por su calidad humana y profesionalismo, seleccionado para desarrollar funciones en conformidad con la definición del cargo, quien se compromete a cumplir el Manual de Convivencia, el Reglamento Interno de Trabajo, Manual de Perfiles y Requerimientos del Cargo y el Sistema de Gestión de la Calidad. ARTÍCULO 58. REQUISITOS DE INGRESO: Es indispensable que todas las personas que aspiran a un cargo en el INFA, cuenten con las competencias, conocimientos, formación y experiencia solicitada en el manual de perfiles y requerimientos del cargo. El proceso de vinculación y desvinculación de personal está debidamente documentado (Ver Procedimiento CE_PR01). ARTICULO 59. PERFIL DEL TRABAJADOR QUE LABORA EN INFA. Indiferentemente del cargo que desempeñe debe tener atributos como: a) Orden. b) Presentación personal pulcra de acuerdo al cargo: Personal administrativo: Uniforme asignado o vestimenta formal. c) Facilidad de expresión verbal y escrita. d) Buenas relaciones interpersonales. e) Conciliador, paciente con los demás. f) Coherente con la naturaleza de su cargo estipulado en el Proyecto Educativo Institucional. g) Trabajo en equipo. h) Compromiso organizacional. i) Acompañamiento de personas. j) Toma de decisiones. k) Comunicación asertiva. l) Adaptabilidad. m) Orientación al cliente. Los literales g al m del perfil del personal, constituyen las competencias organizacionales establecidas en el manual de perfiles y requerimientos del cargo. ARTICULO 60. DERECHOS DEL TRABAJADOR DEL INFA: a) b) c) d) e) Recibir buen trato. Recibir cumplidamente su contribución salarial de acuerdo a lo pactado. Recibir de la Institución los recursos necesarios para el buen cumplimiento de sus funciones. Ser respetado (a) en su entorno familiar y en sus relaciones interpersonales. Ser escuchados por las directivas, coordinaciones y/o personal administrativo de la Institución, ante cualquier novedad que se presente. Recibir los estímulos establecidos por el Instituto, cuando su labor lo amerite. f) Recibir capacitación que conlleve al mejoramiento de su desempeño profesional. g) Utilizar los recursos físicos y humanos del Instituto, para lograr su mejoramiento profesional. 76 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA ARTICULO 61. DEBERES DEL TRABAJADOR DEL INFA: a) Conocer, dar a conocer y aplicar el Manual de Convivencia Institucional, Reglamento Interno y el Proyecto Educativo Institucional en la versión vigente. b) Participar en las jornadas pedagógicas, inducciones o re-inducciones programadas por la Institución. c) Asistir a las ceremonias de certificación cuando haya sido convocado. d) Informar oportunamente ante eventualidades que le impidan realizar las actividades programadas e) Velar por el comportamiento, presentación personal y puntualidad de los estudiantes. ARTICULO 62. DE LOS CORRECTIVOS PARA EL TRABAJADOR QUE LABORA EN INFA: Entre las situaciones que afectan el desempeño y/o la continuidad de un funcionario en la Institución se encuentran: a) Reiterado incumplimiento a los deberes de los funcionarios. b) Deslealtad para con el Instituto en sus actitudes personales y emitir juicios o comentarios negativos hacia funcionarios, estudiantes o terceros. c) Incurrir en conductas de acoso sexual, laboral, abuso, soborno o cualquier conducta que vaya en detrimento de la dignidad de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. d) Incumplir con las funciones para las cuales fue contratado. PARÁGRAFO: Debido proceso incumplimiento deberes del trabajador. Ante el incumplimiento de los deberes inherentes al cargo para el cual fue contratado, la Institución agotará el debido proceso establecido en el reglamento interno de trabajo. Debido Proceso: Ante el incumplimiento de los deberes o actividades contratadas se procederá a: Escuchar cada una de las partes implicadas. Efectuar análisis de la situación en el Comité de Talento Humano, quien emitirá un concepto o decisión de acuerdo a lo establecido en el reglamento interno de trabajo. Cuando se apliquen correctivos o sanciones hacia un trabajador vinculado a la Institución, se dejará constancia archivada en la carpeta del funcionario. Corresponde al Comité de Talento Humano establecer las sanciones y a la Dirección Institucional hacerlas cumplir. ARTICULO 63. ESTÍMULOS Y/O RECONOCIMIENTOS PARA EL TRABAJADOR VINCULADO A INFA. De acuerdo con su competencia y previa aprobación del Consejo Directivo se otorgará incentivos a: Funcionarios que intervienen y apoyan directa o indirectamente en el desarrollo de los procesos formativos, y se distinguen por resaltar los valores y principios institucionales, valores y principios humanos, sentido de cooperación, solidaridad, compañerismo, perseverancia, antigüedad, liderazgo o destacarse por su nivel de desempeño. Recibirán Incentivos como: Mención especial. Mención de honor. Trofeos. Condecoraciones. Premios. 77 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA ARTÍCULO 64. DE LAS MEDICIONES INSTITUCIONALES En el Instituto Fátima se encuentran establecidas una serie de mediciones o valoraciones del desempeño laboral del trabajador, las cuales se constituyen en una fuente de información para analizar la continuidad de un funcionario en la Institución y/o para establecer actividades de formación del trabajador. Las mediciones que se realizan son: 1. Evaluación de desempeño (incluye Auto-Evaluación, Evaluación del jefe inmediato y CoEvaluación del Par). 2. Evaluación de la satisfacción del estudiante en fase teórica y/o práctica formativa. 3. Lista de chequeo de observación de clase. 4. Encuesta de satisfacción del cliente. 78 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XXVI DEL GOBIERNO INSTITUCIONAL ARTICULO 65. El Gobierno Institucional y la Administración de la Institución están ejercidos por: a) Colegiados: Junta de Socios, Consejo Directivo, Comité Académico, Comité de Talento Humano, Comité Científico, Comité de Calidad, Comité de Salud Ocupacional, Comité de Gestión Financiera (Contabilidad y Cartera). b) Unipersonales: Director General, Director Administrativo, Coordinador de Calidad, Director Académico, Coordinación Académica y Promotor de Salud Ocupacional. PARAGRAFO: Consúltese los cargos, perfiles, responsabilidades y dependencia jerárquica en el Manual de Perfiles y Requerimientos del cargo. 79 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XXVII REFORMAS AL MANUAL DE CONVIVENCIA ARTÍCULO 66. DE LAS REFORMAS. Este instrumento, estatuto, Manual de Convivencia, como todos los de su naturaleza, son susceptibles de reforma, adición, sustitución o sustracción, depende no solo de la Institución en la cual se construye, socializa y aplica sino de las directrices sobre el particular que produzca el Ministerio de Educación Nacional a nombre del Estado Colombiano. 80 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA CAPITULO XXVIII DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS. ARTÍCULO 67. Toda comunicación formal que dirija un estudiante o trabajador, deberá presentarla con copia y para que sea válida, tanto el original como la copia, requieren la firma de quien la recibe. ARTICULO 68. El presente Manual de Convivencia deroga todas las disposiciones contenidas en las reglamentaciones y resoluciones anteriores, así como las disposiciones en contrario, este Manual de Convivencia del INFA se reestructuró el día 01 de Junio del 2.015 y rige a partir de la fecha. 81 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA ANEXO 1 APLICA PARA EL DIPLOMADO DE VISITA MÉDICA 1. PRESENTACIÓN PERSONAL Esta debe ser pulcra y ordenada que resalte la elegancia y seriedad característica de un (a) visitador (a) médico (a). a) Presentación personal Damas: Sugerencias: Traje formal ejemplos: Pantalón de tela, dril o leggins (No jeans). Falda (No minifalda). Vestido (no strapless ni ceñido al cuerpo). Blusa (formal, no con tiras ni strapless). Sandalias o zapatos cerrados con o sin tacón (no zapatillas o tenis). Cabello limpio y organizado. No tinturarse parte o todo el cabello con tonos encendidos (rojo, fucsia, violeta, morado, etc). Maquillaje discreto, no tonos encendidos ni escandalosos. Uñas limpias y completamente maquilladas o desmaquilladas Accesorios acordes a la presentación personal No se permite el uso de: Camiseta, Cachuchas, gorras, sombreros, Ponchos, pearcings en lugares visibles del cuerpo (Orejas, nariz, lengua, mentón, labios, cejas, cuello). b) Presentación personal Caballeros: Sugerencias: Camisa o guayabera (no camiseta) Pantalón, correa y zapatos de material (no zapatillas o tenis) Uñas cortas y limpias Bien afeitado o si usa barba debidamente organizada y limpia Cabello corto. No se permite el uso de lo siguiente: Jeans, topitos, aretes, candongas, cachuchas, gorros, sombreros, ponchos, pearcings en lugares visibles del cuerpo (Orejas, nariz, lengua, mentón, labios, cejas, cuello). PARAGRAFO: Cuando se realicen talleres de ventas y/o simulaciones de visita médica los caballeros deben presentarse con traje formal (camisa manga larga y corbata, pantalón de tela, zapatos de material. Opcional: Saco). 2. DE LAS INASITENCIAS A CLASES: El diplomado de visita médica es presencial y se certifica con un 88% de asistencia al mismo, es decir, 88% de asistencia al diplomado y a las materias. En el INFA cuando se habla de una (1) clase para el Diplomado de Visita Médica se hace referencia a 90 minutos (1 hora y 30 minutos). 82 DI_GG_ 02 V:7 01/06/2015 REF NTC 5555: 7.2 SEDE PRINCIPAL SUR CHAMPAGNAT MANUAL DE CONVIVENCIA DEL INFA TABLA DE PERMISIVIDAD SABADOS Si una asignatura tiene de (1 - 3 clases) la permisividad es de 0 ausencias (0 Clases). Si una asignatura tiene de (1- 14 clases) la permisividad es de 1 ausencia (1 Clase). Si una asignatura tiene (1- 26 clases o más) la permisividad es de 2 ausencias (2 Clases). TABLA DE PERMISIVIDAD NOCTURNA Si una asignatura tiene (1 - 3 noches) la permisividad es de 0 noches Si una asignatura tiene (1- 11 noches) la permisividad es de 2 noches. Si una asignatura tiene (1- 20 noches o más) la permisividad es de 3 noches. 3. DE LA RECUPERACIÓN DE LAS INASISTENCIAS A CLASES. El estudiante es responsable de autorregular el tiempo permitido en la tabla de permisividad. Se entiende por autorregulación el estudio que realiza el estudiante de forma autónoma, el Asesor Educativo revisará y aprobará. Si las inasistencias superan la permisividad en alguna asignatura, el estudiante incurre en costos adicionales que implican la reprogramación de la actividad realizada y supervisión de la misma por otro Asesor Educativo. En este caso, cada inasistencia a una (1) clase tendrá un sobrecosto adicional que los estudiantes de la jornada de los sábados y/o de la jornada de la noche deben asumir. La inasistencia a un examen o pérdida (por debajo de 3.5) del mismo, implica para el estudiante sobrecostos adicionales de reprogramación y supervisión por otro Asesor Educativo. PARÁGRAFO: Debido proceso faltas leves y/o graves. Los deberes de los estudiantes de visita médica y el debido proceso a seguir ante faltas leves y graves cometidas por ellos, se llevarán a cabo, según lo establecido en este Manual de Convivencia y lo establecido en el Anexo 1 de dicho Manual. 83
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