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Anexo IV
CRITERIOS DE ADMINISTRACION DEL FIDEICOMISO, GERENCIAMIENTO Y
DESARROLLO DE LAS OBRAS Y DEMAS CUESTIONES OPERATIVAS.MIRABOSQUES
I.- Administración del Fideicomiso.1) La administración del Fideicomiso y los Bienes Fideicomitidos será ejercida por la
FIDUCIARIA quien podrá en cualquier momento durante la vigencia y sujeto a las
disposiciones, del Contrato de Fideicomiso, delegar la totalidad, o parte de, la
administración del Fideicomiso y/o cualquiera de los Bienes Fideicomitidos en el
Administrador, mediante la celebración y firma, con el administrador, este
administrador podrá variar, según los avances y especialización de las obras.2) En el supuesto que la FIDUCIARIA delegue cualquiera de sus funciones de
Administrador del Fideicomiso y/o de cualquiera de los Bienes Fideicomitidos en el
Administrador, las obligaciones, deberes y responsabilidades que respecto a las
funciones así delegadas, se encuentran, bajo el Contrato de Fideicomiso, en cabeza
de la FIDUCIARIA, deberán entenderse en lo sucesivo también como obligaciones,
deberes y responsabilidades del Administrador.II.- Gerenciamiento y Desarrollo de Obras.1) Contrato de Obra: Los FIDUCIANTES, en virtud del Contrato de Fideicomiso,
encomiendan y encargan a la FIDUCIARIA lo siguiente:
1.1 Celebre y firme un contrato de locación de obra con una empresa
constructora dedicada a la realización de proyectos inmobiliarios similares al
descripto en el Contrato de Fideicomiso, en virtud del cual, y sujeto a los
términos o condiciones establecidas en dicho contrato de locación de obra,
la Empresa Constructora procederá a ejecutar todas y cada una de las obras,
con la provisión completa de la mano de obra, materiales, herramientas,
equipos, contratación de seguros y todo otro elemento que sea necesario
para la debida ejecución y terminación de todas y cada una de las Obras (el
Contrato de Locación de Obra), como así también a celebrar y firmar cualquier
otro documento y/o contrato y/o acuerdo y/o instrumento relacionados con,
y/o vinculado al, Contrato de Locación de Obra;
1.2 asimismo y si lo considera conveniente podrá celebrar y firmar un contrato
de administración de obra con una Persona dedicada a gerenciar proyectos
inmobiliarios similares al descrito en el Contrato de Fideicomiso, en virtud
del cual, y sujeto a los términos y condiciones a ser establecidos en dicho
contrato de Administración de Obra, el Gerente de Obra se obligará a
gerenciar los aspectos operativos de todas y cada una de las obras,
supervisando el cumplimiento por parte de la Empresa Constructora de las
disposiciones del Contrato de Locación de Obra;
1.3 también si lo considera conveniente la FIDUCIARIA podrá celebrar y
firmar un contrato de gerencia técnica de obra con una Persona dedicada a
gerenciar y supervisar, de modo global, todos y cada uno de los aspectos
técnicos (incluyendo, sin limitación, compra y logística de materiales e insumos) y
operativos de proyectos inmobiliarios similares al descripto en el Contrato
de Fideicomiso, en virtud del cual, y sujeto a los términos y condiciones a
ser establecidos en dicho contrato de gerencia técnica de obra, el Gerente
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Técnico se obligará a gerenciar y supervisar, de modo global, todos y cada
uno de los aspectos técnicos y supervisar todas y cada una de las obras por
parte de la Empresa Constructora de las disposiciones del Contrato de
Locación de Obra y por parte del Gerente de Obra de las disposiciones del
Contrato de Administración de Obra; como así también a celebrar y firmar
cualquier otro documento y/o contrato y/o acuerdo y/o instrumento
relacionado con, y/o vinculado al, contrato de Gerencia Técnica de Obra;
1.4 y realizar, en general, todos y cada uno de los demás actos, trámites y
procedimiento que sean necesarios y conducentes para la realización ,
construcción, ejecución y finalización de las Obras y la Subdivisión que
permitan la posterior transferencia de las Fracciones Designadas por la
FIDUCIARIA a los BENEFICIARIOS.2) Contratación de Seguros: Serán condición esencial para el inicio de las Obras
que la Desarrolladora Contratada cumpla con todas y cada una de las siguientes
condiciones:
2.1 La designación de la FIDUCIARIA como beneficiaria del conjunto de los
seguros que deban ser contratados por razón de la ejecución de las Obras,
compuesto por la cobertura de riesgo que resulten necesarios y/u obligatorios
para el desarrollo de las Obras.2.2 La acreditación fehaciente por parte de la desarrolladora a la FIDUCIARIA
de lo descripto en el punto 2.1.2.3 Que la desarrolladora haya entregado a la FIDUCIARIA copia de las pólizas
de los seguros contratados y las correspondientes constancias de pago por
adelantado de las primas de los seguros mencionados precedentemente.3) Permisos.3.1 La FIDUCIARIA se obligará a obtener todos y cada uno de los Permisos de
todas y cada una de las autoridades Gubernamentales sean Municipales,
Provinciales o Provinciales de cualquier estamento correspondiente.4) Comienzo de Ejecución de las Obras: Una vez que la FIDUCIARIA obtenga
todos y cada uno de los Permisos conforme las disposiciones del contrato de
Fideicomiso y demás Disposiciones legales y reglamentarias aplicables podrá dar
comienzo a las Obras.5) Certificados de Avance de Obra Aprobados; Pagos a la Empresa
Constructora.5.1 Cada vez que la FIDUCIARIA, de acuerdo con los términos y
condiciones del Contrato de Locación de Obra y el Contrato de
Administración de Obra, reciba un certificado de avance de obra de la
Empresa Constructora, (un “Certificado de Avance de Obra”), la FIDUCIARIA,
en caso de obtener dicho Certificado de Avance de Obra, deberá: una vez
verificadas dichas obras y hasta pudiendo solicitar la presencia de un
profesional en el área si así lo estima pertinente, a fin de verificar dicha obra,
su avance o su culminación, la FIDUCIARIA abonará a la Empresa
Constructora las referidas Sumas de dinero informadas, en tiempo y forma y
cada uno de los certificados y aprobaciones estipuladas.5.2 La FIDUCIARIA tendrá el deber, la carga, el compromiso, la obligación
y la responsabilidad de verificar y de controlar de cualquier manera posible
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la autenticidad, validez, procedencia o legitimidad de los certificados de obra
que la Empresa Constructora, de tiempo en tiempo, expida y entregue.6) Informes Periódicos. Contenidos y Pautas Aplicables.Sin perjuicio de sus restantes obligaciones bajo cualquier otra disposición del
Contrato de Fideicomiso la FIDUCIARIA, dentro de los primeros siete (7)
días hábiles de cada mes calendario, tendrá la siguiente información: a)
Todos los Aportes al Fideicomiso que se hubieren depositados y/o acreditado
en la Cuenta Fiduciaria durante el mes calendario inmediatamente anterior;
b) todos los Aportes al Fideicomiso que se hubieren depositado y/o
acreditado en la Cuenta Fiduciaria durante la vigencia del Contrato de
Fideicomiso; c) cualquier otra suma de dinero que se hubiere depositado y/o
acreditado en la Cuenta Fiduciaria durante el mes calendario inmediatamente
anterior; d) el saldo existente en la Cuenta Fiduciaria al último día hábil del
mes calendario inmediatamente anterior; e) el saldo promedio existente en la
Cuenta Fiduciaria durante el mes calendario inmediatamente anterior; f) el
monto total de los intereses devengados y acreditados en la Cuenta
Fiduciaria durante el mes calendario inmediatamente anterior; así como los
distintos intereses asignados a los distintos Plazos Fijos creados en nombre
del Fideicomiso y que administra la FIDUCIARIA; g) todas y cada una de
las transferencias que la FIDUCIARIA hubiere realizado desde la Cuenta
Fiduciaria durante el mes calendario inmediatamente anterior (sea en concepto
de, pagos a la Empresa Constructora bajo cualquier Certificado de Avance de Obra
Aprobado , pagos a proveedores bajo cualquier Certificado de Compra Aprobado o en
cualquier otro concepto); h) el detalle de todos y cada uno de los
FIDUCIANTES / BENEFICIARIOS incorporados al Fideicomiso hasta el
último día hábil del mes calendario inmediatamente anterior, con indicación
de la Fracción Designada reservada por cada uno de dichos
BENEFICIARIOS; i) el grado de avance de las Obras al último día hábil
del mes calendario inmediatamente anterior; j) los montos en concepto de
Gastos de Construcción que hubieren sido afrontados con cargo al
Fideicomiso hasta el último día hábil durante el mes calendario
inmediatamente anterior; k) cualquier otra información que la FIDUCIARIA
estime necesario y/o conveniente dar en conocimiento.Mirabosques
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