Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS Nombre del organismo contratante: Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados PROCEDIMIENTO DE SELECCION: Tipo: LICITACION PUBLICA Clase: ETAPA UNICA Modalidad: Nº 37 / 15 Ejercicio: 2015 Expediente: 0928-2013-0001649-5 Y AGREGADO 0928-2013-0001661-4 Rubro: VIGILANCIA Objeto: Contratación de un (1) servicio de vigilancia con destino a los Efectores Sanitarios Propios de este Instituto Policlínico PAMI I y su Anexo 1 y Policlínico PAMI II, ubicados en las calles Sarmiento 373, Sarmiento 455/71 y Olive 1159, respectivamente, de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, dependientes del Instituto, por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. Costo del pliego: SIN COSTO RETIRO DE PLIEGOS PAGINA WEB DEL INSTITUTO www.pami.org.ar CONSULTAS AL PLIEGO: Lugar / dirección Sarmiento 455, Ciudad de Rosario TEL: (0341) 480-3544 Plazo Hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha fijada para la Apertura. PRESENTACION DE OFERTAS: Lugar / dirección Sarmiento 455, Ciudad de Rosario TEL: (0341) 480-3544 Plazo y Horario Hasta el día y hora dispuesta para la Apertura. ACTO DE APERTURA Lugar / dirección Sarmiento 455, Ciudad de Rosario TEL: (0341) 480-3544 Plazo y Horario 07 / 05 / 2015 a las 13,00 horas 1 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS ARTICULO 1°.- OBJETO DE LA CONTRATACION El presente llamado tiene por objeto la contratación un (1) servicio de vigilancia con destino a los Efectores Sanitarios Propios de este Instituto Policlínico PAMI I y su Anexo 1 y Policlínico PAMI II, ubicados en las calles Sarmiento 373, Sarmiento 455/71 y Olive 1159, respectivamente, de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, dependientes del Instituto, por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período, conforme las condiciones generales, características técnicas y particulares contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos y demás características consignadas en el Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales y en los términos del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores Médico Asistenciales y Sociales de este Instituto, aprobado por Resolución Nº 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificaciones. Forman parte del presente pliego los siguientes anexos: ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV ANEXO V ANEXO VI Especificaciones Técnicas Cuerpo Normativo del Servicio de Vigilancia Declaración Jurada Relativa a Prohibiciones Planilla de Cotización Constancia de Visita a las Instalaciones Declaración Jurada Patrimonial ARTICULO 2°.- PROCEDIMIENTO DE SELECCION La presente contratación se realizará de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º Inciso a) del Régimen de Contratación vigente, en lo que se refiere a Licitación Pública, bajo la clase de Etapa Única. ARTICULO 3º.- NORMATIVA APLICABLE Todos los documentos que integran la contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el orden de prelación establecido por el Artículo 6º inciso b) del régimen de contratación vigente. No obstante lo expresado, se regirá por lo establecido en la Ley Nacional Nº 19.587 de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Decreto Reglamentario Nº 351/79, normas complementarias y afines, debiendo mantenerse actualizado el servicio a la normativa detallada en el Anexo II del presente pliego. ARTICULO 4°.- REQUISITOS DE LOS OFERENTES Para participar de la presente licitación los oferentes deberán reunir, los siguientes requisitos: a) Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por sí mismo o como integrante de un grupo o asociación. b) Los oferentes deberán contar con la estructura necesaria para proveer el servicio objeto de la presente y acreditar su capacidad operativa, económica y financiera para asumir las obligaciones emergentes del presente pliego y del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales. c) Constituir domicilio especial en la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y denunciar número de teléfono, fax y su dirección de Correo Electrónico, donde serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones asociadas al 2 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados d) e) f) g) h) i) procedimiento de la presente contratación. Toda modificación de domicilio, deberá ser notificada en forma fehaciente al INSTITUTO. Los oferentes deberán hallarse inscriptos en el Registro de Empresas de Vigilancia Privada de la Provincia de Santa Fe. Los oferentes deberán poseer entre su personal agentes que se encuentren habilitados como vigiladores con la aptitud de “Bomberos”. Certificado de cumplimiento de las Normas ISO 9001/2008. Tener y acreditar una antigüedad mínima de TRES (3) años en la prestación del servicio de vigilancia en efectores sanitarios. Cumplimentar lo estipulado en el Decreto N° 0062/99 del Poder Ejecutivo Provincial “Decreto para Contratantes de Servicios de Vigilancia y/o Seguridad Privada”. Cumplir los requisitos exigidos en el presente pliego. ARTICULO 5º.- PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR No podrán presentar ofertas: a. Las personas físicas o jurídicas cuyos contratos hayan sido rescindidos por el INSTITUTO, por causa atribuible al incumplimiento de sus obligaciones. b. Las personas físicas o jurídicas que por distintas razones fueran excluidas del Registro de Proveedores del Instituto. c. Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación societaria, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, Nº 25.188. d. Los empleados y personal directivo del INSSJP, sus parientes hasta el cuarto (4º) grado de consanguinidad y segundo (2º) de afinidad, y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de Ética Pública. e. Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f. Las personas que se encontraren con procesamiento firme por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g. Los deudores morosos o evasores de obligaciones tributarias, aduaneras o de la seguridad social. h. Los oferentes en estado de quiebra o liquidación. ARTICULO 6º.- REQUISITOS DE LA PRESTACION La prestación del servicio deberá ser permanente hasta la terminación del contrato, no admitiéndose interrupción alguna por variaciones, huelgas, ni por ningún otro evento. ARTICULO 7º.- COMUNICACIONES Conforme lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales Art. 3º, las comunicaciones entre las partes podrán llevarse a cabo: por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno y en un todo de acuerdo con lo estipulado en el presente Pliego, dejando constancia en las actuaciones, teniéndose por válidos los domicilios constituidos por oferentes y/o adjudicatarios. ARTICULO 8°.- CONTENIDO DE LA OFERTA Las ofertas deberán ser presentadas en sobre, caja o paquete perfectamente cerrado, en original y duplicado, identificados con los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente, de conformidad con lo establecido por los artículos 7º y 10º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. 3 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados La presentación deberá estar debidamente foliada y firmada en todas sus hojas por el representante legal o apoderado del oferente y deberá contener: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. Índice describiendo el contenido total de la oferta, la que deberá estar correctamente foliada en todas sus hojas. Carta de presentación del oferente, con todos los datos que correspondan a su individualización y a su personería jurídica, incluyendo copia del contrato o estatuto de la sociedad, con todas sus modificaciones y constitución de domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono, fax y correo electrónico. Documentación que acredite la personería del representante legal, si la misma no surgiere del respectivo contrato constitutivo y/o poder suficiente que acredite la personería del apoderado. Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (CUIT). Certificado fiscal para contratar vigente emitido por la AFIP, o constancia de inicio de trámite. Inscripción en el Registro Público de Comercio y/o Inspección General de Justicia. Declaración Jurada de no estar comprendido en las causales establecidos en el Art. 5º (Anexo III). Planilla de Cotización (Anexo IV). Constancia de Visita a las Instalaciones, suscrita por personal del Instituto (Anexo V). Copia de los Balances Generales de Cierre de Ejercicio firmadas por Contador Público y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondiente a los dos (2) ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta. En el caso de oferentes unipersonales deberán presentar una Declaración Jurada Patrimonial correspondiente a los dos (2) últimos períodos anteriores a la fecha de presentación de la oferta (Anexo VI), la cual deberá estar firmada por el Representante Legal de la Firma y por Contador Público, certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Descripción de los servicios ofrecidos. Garantía de Mantenimiento de Oferta, en caso de corresponder, conforme lo establecido en el Art. 12º de presente pliego. Inscripción en el Registro Provincial de Empresas Privadas de Vigilancia dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Santa Fe, conforme lo indicado en el Artículo 4° inciso d) del presente pliego. Acreditar lo requerido en el Artículo 4° inciso e). Acreditar lo indicado en el Artículo 4° inciso g), mediante la presentación de un listado de empresas y/u organismos oficiales a los que hubieren prestado servicios de vigilancia en efectores sanitarios de características similares a las del objeto del presente en los últimos tres (3) años, y los correspondientes certificados de servicios emitidos por cada uno de los clientes detallando denominación y domicilio de la empresa o institución, nombre, apellido y cargo de las personas que puedan ser consultadas, fecha de inicio y finalización del servicio y monto del contrato. Certificados del cumplimiento de Normas ISO 9001/2008 (requisito excluyente), conforme el Artículo 4° inciso f). Certificado de Antecedentes Penales del titular, si es persona física, o de los integrantes de la sociedad en el caso de las personas jurídicas, obtenido en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal. Acuses de recibo y tickets de pago correspondientes a los últimos 12 pagos de Leyes Sociales. 4 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados 19. Listado de aportes, contribuciones y copia del Formulario 931. 20. Constancia de pago de los últimos tres (3) meses de haberes por banco, extendida por la/s entidad/es financiera/s en la cual/es tengan cuenta los empleados, que demuestre el grado de cumplimiento de lo normado por las Resoluciones Nº 644/97 y 790/99 (MTySS). 21. Declaración Jurada de la cantidad de empleados registrados en los libros de Sueldos y Jornales al momento de la presentación de la oferta, la cual no deberá ser inferior a una vez la dotación a proveer. 22. El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, y sus Circulares Aclaratorias, si las hubiere, firmado en todas sus hojas como constancia de adhesión a sus cláusulas. No será necesaria la presentación de toda aquella documentación que se encuentra presentada y actualizada en el Registro de Proveedores de este Instituto. ARTICULO 9º.- VISITA A LAS INSTALACIONES El oferente deberá visitar obligatoriamente los inmuebles objeto de la presente, a efectos de tomar conocimiento de los mismos. En consecuencia, no podrá alegar posteriormente causa alguna de ignorancia, en lo que a condiciones de realización del servicio se refiere y a los elementos necesarios para la ejecución de los trabajos encomendados, aun cuando para ello, sea necesaria la realización de trabajos, provisión de elementos o realización de trámites, no especificados taxativamente en este pliego. Las visitas se coordinarán con la Unidad de Planificación y Coordinación de Políticas de Seguridad del Instituto, sita en Corrientes 635/55 Piso 4°, C.A.B.A., TE: 4390-2193/94/95, mail: [email protected] o [email protected], hasta el cuarto (4º) día hábil previo a la fecha fijada para la presentación de las ofertas. Durante las mismas se suscribirán las correspondientes Constancias de Visita a las Instalaciones, que deberán encontrarse firmadas por el Director del Efector y el Coordinador local de la Unidad de Planificación y Coordinación de Políticas de Seguridad del Instituto. Las mismas se deberán adjuntar a la oferta. ARTICULO 10°.- COTIZACION A fin de evaluar la oferta económica, la misma deberá ser volcada en la Planilla de Cotización (Anexo IV), bajo las siguientes condiciones. El oferente cotizará precio unitario por hora/hombre y precio mensual y total anual por renglón, en pesos con no más de dos (2) decimales, expresados en números. Si el precio mensual o el total anual cotizado no respondiera al precio unitario por hora/hombre, se tomará este último como precio cotizado. Asimismo, deberá indicar el monto total ofertado en letras y números. Deberá cotizar la totalidad de los renglones, no aceptándose cotizaciones parciales. En ningún caso se aceptarán cotizaciones en moneda extranjera, ni cláusulas de ajuste. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, este INSTITUTO es considerado como exento, por lo que la alícuota correspondiente deberá estar incluida en el precio. Si el oferente omitiera hacer mención a la inclusión de dicha alícuota se considerará incluida en el precio cotizado. En el caso que el oferente cotizara el monto con la leyenda “más I.V.A.”, se realizará el cálculo de la alícuota correspondiente. 5 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ARTICULO 11°.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA El plazo de mantenimiento de la oferta será de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente si el oferente no manifestare en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con cinco (5) días de antelación al vencimiento del plazo (Artículo 51º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto). ARTICULO 12°.- GARANTIAS 1. Garantía de Mantenimiento de la Oferta La garantía deberá ser del CINCO POR CIENTO (5%) del valor total ofertado, cuando dicho monto iguale o supere los cien mil pesos ($100.000). En el caso de cotizar con alternativas la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto. Será declarada inadmisible la oferta que no presentara esta garantía, en caso de corresponder. 2. Garantía de Cumplimiento del Contrato Será igual al DIEZ POR CIENTO (10%) del total adjudicado y deberá acreditarse su presentación ante este Instituto, dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la adjudicación a los fines de retirar la respectiva Orden de Compra. En caso de no presentarla se procederá a rescindir la adjudicación con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta y/o suspensión en el Registro de Proveedores del Instituto. 3. Formas de constitución de las Garantías El Instituto no admitirá garantías constituidas en pagaré, o cualquier otra forma no contemplada en la siguiente enunciación: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del INSTITUTO, o cualquiera de las modalidades de depósito autorizadas por el Banco Central. b) Con cheque certificado, contra una entidad bancaria radicada en la Ciudad de Rosario. c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL que coticen en el mercado de valores al día de la oferta. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del INSSJP, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a los que se refiere este inciso, se formulará un cargo por los gastos que ello ocasionare. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de las garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del INSTITUTO, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, extendidas a favor del INSSJP. f) Mediante la afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en el INSSJP, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente. Quedan exceptuados los créditos que se encuentren comprendidos en el Decreto Nº 925/96, en la Ley Nº 25.725 y Resolución Nº 98/04 del Ministerio de Economía y Producción. 6 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ARTICULO 13°.- PRESENTACION DE LAS OFERTAS Las propuestas presentadas serán admitidas hasta “LA HORA FIJADA” para el Acto de Apertura, en Sarmiento 455, Ciudad de Rosario. Las ofertas presentadas fuera del plazo, horario y lugar indicado, no serán admitidas. ARTICULO 14°.- APERTURA DE LAS OFERTAS El acto de apertura de los sobres se realizará en el lugar, día y hora indicados en la carátula del presente. Cumplido el mismo se procederá a labrar un Acta donde se detallará la totalidad de las ofertas presentadas, haciéndose constar: Fecha y hora en que se labra el Acta. Número de expediente e identificación del procedimiento. Número de orden asignado a cada oferta. La denominación del oferente. Detalle de los renglones ofrecidos. La Garantía de Mantenimiento de Oferta, en caso de corresponder. La oferta económica. La cantidad de fojas que contiene la oferta original. Las observaciones del acto de apertura si las hubiere. La hora de cierre. El acta será firmada por las Autoridades del acto, representantes del INSSJP y por los oferentes que así lo desearen. ARTICULO 15°.- EVALUACION DE LAS OFERTAS Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora que será designada por la Coordinación Ejecutiva del Instituto y actuará conforme a lo establecido en los Artículos 60º y 61º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales. Dicha Comisión analizará la documentación presentada y evaluará las propuestas, a efectos de verificar la admisibilidad y conveniencia de las mismas, considerándose: a. El cumplimiento de los aspectos formales y el cumplimiento de los requisitos exigidos en los Artículos 16º y 17º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos y en el Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto aprobado por Resolución Nº 135/03-I y sus modificaciones. b. Capacidad económica y operativa para contraer los compromisos derivados de la presente Licitación. c. Antecedentes sobre empresas y/u organismos oficiales en las cuales hayan prestado y/o estén prestando servicios de similares características a las del objeto del llamado. d. La propuesta económica. e. Todo otro aspecto que la Comisión Evaluadora considere analizar y sirva para una mejor evaluación de las ofertas presentadas. 7 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados La evaluación de las propuestas se hará comparando entre sí en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los distintos oferentes siempre y cuando dichas ofertas se ajusten en un todo a lo indicado en las bases de esta Licitación. La Comisión Evaluadora podrá solicitar la subsanación inmediata de aspectos formales ó requerir las aclaraciones que crea conveniente, dejando constancia firmada por sus miembros y agregará en los actuados las respuestas o documentación que reciban. La Comisión Evaluadora suscribirá un Acta Dictamen donde se incluirá: 1. 2. 3. 4. 5. Las ofertas declaradas admisibles. Las ofertas rechazadas con una breve justificación del rechazo. El orden de prelación encabezado por el oferente que haya realizado la mejor oferta económica, quedando como alternativa la oferta siguiente en orden de prelación; y así sucesivamente se ubicará a los demás oferentes. La resolución de las situaciones de empate, si existieran. Recomendación de la/s oferta/s mas conveniente a los intereses del Instituto. ARTICULO 16º.- IGUALDAD DE OFERTAS En caso de igualdad de precios y calidad, se solicitará a los respectivos oferentes que por escrito y dentro del término del plazo común que se les fije, formulen una mejora de precios. El silencio por parte del oferente invitado a mejorar, se entenderá como ratificación de su oferta. De subsistir la igualdad, se procederá de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales. ARTICULO 17°.- ADJUDICACION El INSTITUTO realizará la adjudicación por el total de lo cotizado a un único oferente. La adjudicación será notificada al adjudicatario en la dirección de correo electrónico constituida en la oferta, o por el medio fehaciente que en cada caso se considere oportuno. Deberá entonces integrar la Garantía de Cumplimiento de Contrato dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la adjudicación. Si vencido este plazo no se constituye la mencionada garantía, no se emitirá la Orden de Compra. ARTICULO 18º.- INICIO Y DURACION DE LOS SERVICIOS El servicio de vigilancia deberá iniciarse dentro de los diez (10) días corridos, contados a partir del día siguiente de notificada la Orden de Compra correspondiente. El contrato tendrá una duración de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. AVISO PREVIO Dentro de las veinticuatro (24) horas de notificada la Adjudicación, la firma adjudicataria deberá tomar contacto con el Subgerente de la Unidad de Planificación y Coordinación de Políticas de Seguridad del Instituto Luis Raúl Sosa, o con Sandra Ismail, Jefe del Departamento Administrativo de la UPCPSI, sita en Corrientes 635/55 Piso 4°, C.A.B.A., TE: 4390-2193/94/95, mail: [email protected] o [email protected], a los fines de coordinar el inicio del servicio. ARTICULO 19º.- LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO La prestación de los servicios se realizará en los lugares establecidos en el Anexo I del presente pliego. ARTICULO 20º.- RECEPCION PROVISIONAL La recepción del servicio tendrá carácter provisional y se acreditará con los remitos conformados mensualmente por los Jefes de Seguridad de los Policlínicos, o quien estos 8 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados designen, quedando sujeta a la Recepción Definitiva. ARTICULO 21°.- RECEPCION DEFINITIVA La Recepción Definitiva se otorgará dentro de los primeros CINCO (5) días hábiles posteriores al mes de prestación del servicio, mediante certificado emitido a tal efecto por el Director de cada Policlínico, o quien éste designe. ARTICULO 22°.- FACTURACION El/los adjudicatarios deberán confeccionar su factura electrónica obligatoriamente de conformidad a las normas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Res. N° 2485/2008 y sus modificaciones) y Res. N° 781/13 DE, donde deberá constar el N° de Orden de Compra, Ítem facturado y mes de prestación del servicio. Los comprobantes de factura electrónica deberán ser cargados a través de la Plataforma de Autogestión del Sistema Interactivo de Información.- www.pami.org.ar / link: Prestadores - Factura Electrónica - Paso N° 3. A los efectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se hace saber que el INSTITUTO se encuentra exento. No se aceptaran la presentación de facturas por períodos diferentes al mensual. No se procederá al pago de la factura mensual si conjuntamente el adjudicatario no presenta: 1. Constancia de depósito bancario de los sueldos para su personal. 2. Constancia de pago mensual de la cobertura por riesgos de trabajo. 3. Fotocopias de las boletas de depósito del mes anterior al de la facturación de pagos previsionales, parte empleados y autónomos. ARTICULO 23° - CONDICIONES DE PAGO Los pagos se realizarán a los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de la factura. Se deberá presentar una única factura por la totalidad de los inmuebles. ARTICULO 24º.- INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES Si bien no resulta obligatoria la inscripción en el Registro de Proveedores de este Instituto a los efectos de participar de la convocatoria, será indispensable el haber concluido dicho trámite previo emisión de la Orden de Compra. A los fines de su inscripción, ingresar a la Página WEB del Instituto (www.pami.org.ar) opción PRESTADORES - Link “Si desea ser proveedor…”. Toda consulta se podrá efectuar ante el Departamento de Proveedores, TE: 4390-2000 interno 6046 ó 6449, correo electrónico: [email protected]. ARTICULO 25°.- PENALIDADES Además de las penalidades y sanciones establecidas en el artículo 25º del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales y en la legislación de fondo, y de la promoción de las acciones civiles y/o penales que puedan corresponder, el INSTITUTO queda facultado a aplicar las sanciones y penalidades que se enuncian: MULTAS 1) Por falta de corrección del agente de seguridad: 1era. Falta $ 500.2da. Falta $ 1000.3era. Falta $ 2000.2) Por abandono del puesto de servicio: 9 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados 1era. Falta $ 1000.2da. Falta $ 2000.3era. Falta $ 3000.En este caso se seguirá el mismo incremento para las faltas subsiguientes. Se procederá al cambio del personal que incurrió en falta objeto de la aplicación de dicha penalidad. 3) Por no informar de algún acontecimiento delictivo o sospechoso inmediatamente a lo sucedido: 1era. Falta $ 500.2da. Falta $ 1000.3era. Falta $ 2000.4) Por incumplimiento de las normas operativas y/o de logística: 1era. Falta $ 500.2da. Falta $ 1000.3era. Falta $ 2000.5) Por no efectuarse los registros correspondientes y/o encontrarse alteraciones en los Libros de Novedades: 1era. Falta $ 1000.2da. Falta $ 2000.3era. Falta $ 3000.En todos los casos para las faltas subsiguientes, se aplicará el mismo incremento en forma progresiva (salvo en el punto 2). El Instituto podrá solicitar el reemplazo del personal que sea causante de más de dos (2) sanciones, cualquiera sea la causa de las mismas. Para el caso en que el proveedor incumpla las previsiones relativas a los descansos diarios y semanales correspondientes al personal a su cargo, se aplicará una multa del 1% de la facturación mensual. Las multas serán aplicadas por la Gerencia de Administración, a requerimiento de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios quien deberá adjuntar la solicitud con un informe debidamente fundado y determinando el grado de incumplimiento. Previo a la aplicación de las mismas se notificará al proveedor el/los incumplimiento/s otorgándole un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para presentar la respectiva nota de descargo. Vencido dicho término la Gerencia de Administración notificará la multa establecida a la Gerencia Económico Financiera quien debitará de la primera acreencia a percibir o de cualquier otro crédito que se encuentre pendiente de pago a favor del proveedor. RESCISION Si ante las causales antes citadas no se efectuara el servicio en la forma dispuesta, o ante la reiteración de las mismas o si el monto acumulado por multas fuera incompatible con la prosecución del contrato, el Instituto podrá proceder a la rescisión del contrato con causa imputable al proveedor con pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato y/o suspensión en el Registro de Proveedores del Instituto, sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes, como así también de iniciar acciones legales por los daños ocasionados. Asimismo el Instituto se reserva la facultad de rescindir el contrato, en cualquier momento de la relación contractual, sin necesidad de expresión de causa, no generando tal decisión ningún derecho a favor del adjudicatario de reclamar indemnización en concepto alguno ni de iniciar acciones judiciales o extrajudiciales, debiendo notificarse dicha resolución con una antelación de treinta (30) días corridos. 10 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Las penalidades y sanciones que se definen en el presente artículo no eximen al proveedor de hacerse cargo de su responsabilidad civil y penal frente a las demandas que puedan originarse por daños al personal del Instituto y perjuicios a los afiliados. ARTICULO 26°.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS CO-CONTRATANTES Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de bases y condiciones, o en la restante documentación contractual, el co-contratante tendrá: a) La obligación de ejecutar el contrato por sí, quedando prohibida la cesión total y/o parcial, sin la previa autorización fundada, por escrito, de la autoridad competente del INSSJP, en cuyo caso el co-contratante cedente continuará obligado en forma solidaria, mancomunada e ilimitadamente, con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. En caso de transferirse o cederse sin mediar dicha autorización, el INSSJP podrá dar por rescindido de pleno derecho el contrato por culpa del co-contratante. El INSSJP sólo podrá aprobar la cesión en la medida que verifique que el cesionario cumple con todos los requisitos para ser co-contratante del INSSJP. El INSTITUTO podrá aprobar la cesión en la medida en que el cesionario acredite condiciones de solvencia técnica y económica que garanticen, al exclusivo juicio del INSSJP, el cumplimiento de las obligaciones contractuales. b) La obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor o actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o de la contraparte pública, de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato. c) LEGISLACION LABORAL - SEGURIDAD SOCIAL – OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: 1. El co-contratante deberá cumplir todas las obligaciones emergentes de la LEGISLACION LABORAL, de la SEGURIDAD SOCIAL y en materia TRIBUTARIA. Todo el personal que el co-contratante afecte al servicio también deberá estar cubierto por los seguros obligatorios, y estar sujeto a aportes jubilatorios y demás leyes sociales, debiendo el adjudicatario efectuar las retenciones e ingreso de los aportes y de las contribuciones pertinentes. 2. Deberá asegurar a todo el personal que afecte al desarrollo y cumplimiento del trabajo que se contrate contra accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y responsabilidad civil. Tales seguros deberán ser contratados en una ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.). 3. El co-contratante deberá acompañar, previo al inicio de la prestación del servicio, copia de la póliza respectiva suscripta con la aseguradora, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Nº 39/96, de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. 4. El co-contratante asumirá la total y exclusiva responsabilidad por las obligaciones respecto a la higiene y seguridad en el trabajo, previstas en las normas respectivas, debiendo adoptar toda medida conducente a la seguridad del personal afectado a las tareas para evitar daños a terceros. 5. El co-contratante se compromete a mantener al INSSJP indemne de toda demanda laboral o previsional proveniente del personal que el adjudicatario afecte al cumplimiento de las tareas contratadas. El INSSJP comunicará en forma fehaciente al adjudicatario toda demanda que provenga del personal del adjudicatario afectado a la tarea, y éste se compromete a asumir la responsabilidad por el pago de lo reclamado, a satisfacción del demandante. Mientras el adjudicatario no lo acredite, el INSSJP podrá retener —de las sumas que deba pagar al adjudicatario— los montos reclamados por el personal con más lo que pudiera presupuestarse para costas e intereses del juicio. 11 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados 6. Los subcontratistas estarán obligados a cumplir, por su parte, las obligaciones indicadas en las cláusulas precedentes, haciéndose responsable el co-contratante si no lo hicieren. Asimismo el Instituto no será responsable por cualquier demanda de los subcontratistas respecto del principal. 7. Las cláusulas precedentes constituyen condiciones que el adjudicatario aceptará como integrantes del contrato. 8. El co-contratante y sus subcontratistas deberán estar al día con sus obligaciones tributarias y previsionales, tanto al momento de presentar su oferta como durante la vigencia del contrato. Si el INSTITUTO verifica la existencia de incumplimientos de las obligaciones tributarias y de seguridad social por parte del co-contratante o su subcontratista, intimará al principal a regularizar dicha situación en un plazo de CINCO (5) días. De no regularizarse esta situación, será causa de rescisión del contrato. d) RESPONSABILIDAD POR LA CONDUCTA DEL PERSONAL: 1. El co-contratante responderá por la conducta del personal que afecte al servicio, como así también por el personal que afecte el subcontratista con quien el adjudicatario contrate la realización de cualquier tarea, aun la esporádica. 2. El co-contratante deberá manifestar la identidad del personal que afecte a los servicios con carácter de Declaración Jurada, y actualizar dicha lista con el que incorpore en el futuro, aún cuando revista calidad de contratado temporario o transitorio o sea dependiente de subcontratistas. e) OTRAS OBLIGACIONES DEL CO-CONTRATANTE: 1. El co-contratante sus subcontratistas y personal afectado deberán respetar la confidencialidad de la información y datos inherentes a la tarea que desarrolle, tanto durante la vigencia del contrato como después de su terminación, obligándose a no divulgar, revelar, ni transmitir a terceros ninguna información empresarial y/o comercial relativa a la contratación, sin expresa autorización del INSSJP. Sin embargo, podrá, sin autorización previa, comunicar a terceros la existencia de su contrato, salvo que en las cláusulas particulares se estipule lo contrario. 2. El co-contratante deberá tomar por su cuenta y riesgo un seguro por la Responsabilidad Civil comprensivo cruzado por Daños y Perjuicios a Terceros ó a Bienes de Propiedad de Terceros, incendio y siniestro, rayo y explosión, escapes de gas, descargas eléctricas y caídas de objetos, donde éste Instituto será considerado en la póliza como tercero y asegurado adicional a la vez. El monto de dicha póliza será de $300.000 pesos y su vigencia deberá ser por el período que dure el contrato. El mismo deberá ser presentado al momento de retirar la Orden de Compra, conjuntamente con la Garantía de Cumplimiento Contractual. ARTICULO 27°.- INDEMNIDAD El oferente que resulte adjudicatario deberá mantener indemne a EL INSTITUTO frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial que pudiera realizar un tercero, por causas derivadas del cumplimiento y/ o incumplimiento de las obligaciones del contrato. ARTICULO 28°.- COMPETENCIA Para todas las cuestiones legales y/o judiciales que puedan suscitarse entre el INSTITUTO y los interesados, oferentes y adjudicatarios, estos se someterán a la competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de Rosario, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción. 12 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ARTICULO 29º.- CONSULTAS Y ACLARACIONES Toda consulta al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos deberá ser efectuada en la forma y modalidades previstas en el artículo 6º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, por nota dirigida a Sarmiento 455, Ciudad de Rosario, TEL: (0341) 480-3544. Serán recibidas hasta el setenta y dos (72) horas antes de la fecha fijada para la Apertura, y serán respondidas por Circular Aclaratoria que se enviará por correo electrónico a todos los interesados y se publicará en la página de Internet del Instituto. ARTICULO 30º.- PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES El oferente declara conocer y aceptar las disposiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, que a tal fin podrá consultar en la página de Internet del INSTITUTO - www.pami.org.ar RAZON SOCIAL:................................................................ DOMICILIO:......................................................................... LOCALIDAD:....................................................................... …………………………………. FIRMA DEL PROVEEDOR ………………………………….. SELLO COMERCIAL 13 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO I ESPECIFICACIONES GENERALES Lugares donde debe prestarse el servicio: RENGLON N°1 - PAMI I EDIFICIO PRINCIPAL: Sarmiento 373, Rosario. RENGLON N°2 - PAMI I ANEXO 1: Sarmiento 455/71, Rosario. RENGLON N°3 - PAMI II Olive 1159, Rosario. PAMI I EDIFICIO PRINCIPAL (RENGLON N°1) Y ANEXO 1 (RENGLON N°2) 1. CANTIDAD DE HORAS/HOMBRE DEL SERVICIO Parámetros de cálculo: Horas/hombre mes. Se calcula sobre 30,42 días (365/12). PAMI I EDIFICIO PRINCIPAL PAMI I ANEXO1 TOTAL HORAS EFECTOR TOTAL HORAS AÑO (12 meses) 6.831 horas/hombre mes. 3.703 horas/hombre mes. 10.534 horas/hombre mes. 126.408 horas/hombre año. 2. DESCRIPCION y DISTRIBUCION RENGLON N° 1 - PAMI I EDIFICIO PRINCIPAL SARMIENTO 373, Rosario. - 9 puestos por 24 horas de lunes a domingo: 1 puesto por 12 horas de lunes a viernes: TOTAL EDIFICIO PRINCIPAL: 6.570 horas/hombre mes. 261 horas/hombre mes. 6.831 horas/hombre mes. Distribución de los Vigiladores de lunes a lunes: - Un (1) Encargado de Servicio con asiento en entrada principal. - Un (1) vigilador 24 hs. en Planta baja en la entrada principal. - Un (1) vigilador 24 hs. en Planta baja, en proximidades de los ascensores. - Un (1) vigilador 24 hs. en piso 1. Área Quirófano/UTI/Esterilización/etc. - Un (1) vigilador 24 hs. en piso 2. Área Internación. - Un (1) vigilador 24 hs. en piso 3. Área Internación. - Un (1) vigilador 24 hs. en piso 4. Área Internación. - Un (1) vigilador 24 hs ingreso de Guardia - Un (1) vigilador 24 hs. rondín, con consignas patio trasero y control portón de ingreso y egreso de proveedores. - Un (1) vigilador 12 hs. en piso 2. Área Dirección. (Solo días hábiles). Tareas a realizar: - Control de acceso principal del Policlínico. Identificación de personas. - Control de circulación interna. Ordenamiento de visitas a UTI y UCI y control de visitas en el horario permitido. 14 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados - - - Control de tarjetas de personal, fuera del horario de atención del fichero (el vigilador deberá controlar que el personal no retire las tarjetas del fichero). Vigilancia y control del portón acceso vehicular. Registro y control de ingreso y egreso de elementos. Control de casilleros del personal. Ronda en todos los pisos y dependencias, en especial en los sectores de Internación, Centro de Observación (COD), Guardia, Consultorios E, Planta Baja, Subsuelo, Vestuarios, Accesos, Patios Internos, Terrazas y Sala de Máquinas; verificando que las puertas de los sectores y servicios que permanecen sin funciones estén Debidamente cerrados. Queda totalmente prohibido a todo el personal de la empresa de vigilancia a proveer datos o suministrar contactos con cuidadores o acompañantes de los pacientes internados. La empresa pondrá inmediatamente en ejecución las consignas permanentes y las que emanen en el futuro de las Autoridades correspondientes. Las recorridas de las instalaciones no habilitan a dejar desatendidos los accesos. RENGLON N° 2 - PAMI I ANEXO 1 SARMIENTO 455/71, Rosario - 4 puestos por 24 horas de lunes a domingo 3 puesto por 12 horas solo días hábiles. TOTAL ANEXO 1 2920 horas/hombre mes. 783 horas/hombre mes. 3703 horas/hombre mes. Distribución de los Vigiladores: - Un (1) Encargado de Servicio 24 hs con asiento en sector central. - Un (1) vigilador 24 hs. en Planta Baja acceso principal. - Un (1) vigilador 24 hs. en Segundo Piso - Un (1) Vigilador 24 hs. Rondín. - Un (1) vigilador 12 hs. Planta Baja. Salón principal. - Un (1) vigilador 12 hs. Primer Piso. Dirección - Administración. - Un (1) vigilador 12 hs. Segundo Piso. Sector accesos. Tareas a realizar: - Control de puerta principal de acceso al edificio Sarmiento 455 y puerta de personal. - Identificación de personas. - Control de la circulación interna ordenando al público en general. - Control de tarjetas de personal, fuera del horario de atención del fichero (el vigilador deberá controlar que el personal no retire las tarjetas del fichero). - Control de acceso vehicular y estacionamiento de la dársena exclusiva. - Registro y control de ingreso y egreso de elementos. - Ronda en todos los pisos y dependencias, en especial en PB, Piso 1, Piso 2; Verificando que las puertas de los sectores y servicios que permanecen sin funciones estén debidamente cerrados. - Queda totalmente prohibido a todo el personal de la empresa de vigilancia a proveer datos o suministrar contactos, por tramitaciones o pedidos para particulares. - La empresa pondrá inmediatamente en ejecución las consignas permanentes y las que emanen en el futuro de las Autoridades correspondientes. - Las recorridas de las instalaciones no habilitan a dejar desatendidos los accesos. 15 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados POLICLINICO PAMI II (RENGLON N°3) 1. CANTIDAD DE HORAS/HOMBRE DEL SERVICIO Parámetros de cálculo: Horas/hombre mes. Se calcula sobre 30,42 días (365/12) PAMI II TOTAL HORAS EFECTOR TOTAL HORAS AÑO (12 meses) 10.482 horas/hombre mes. 10.482 horas/hombre mes. 125.784 horas/hombre año. RENGLON N° 3 - PAMI II OLIVE 1159, Rosario. - 14 puestos por 24 horas de lunes a domingo: 1 puesto por 12 horas de lunes a viernes: TOTAL EFECTOR: 10.221 horas/hombre mes. 261 horas/hombre mes. 10.482 horas/hombre mes. 2. DESCRIPCION y DISTRIBUCION Distribución de los Vigiladores de lunes a lunes: - Un (1) Encargado de Servicio 24hs con asiento en entrada principal. - Un (1) vigilador 24 hs Entrada principal, Puesto Externo Calle Olivé. - Un (1) vigilador 24 hs. Planta baja. Entrada principal. Lado interno - Dos (2) vigiladores 24 hs. Garita calle Silva. - Un (1) vigilador 24 hs. Garita calle Ferreira. - Un (1) vigilador 24 hs. Guardia de Emergencias y control de ambulancias. - Un (1) vigilador 24 hs. en piso 1. Área Internación. - Un (1) vigilador 24 hs. en piso 2. Área Internación. - Un (1) vigilador 24 hs. en piso 3. Área Internación. - Dos (2) vigiladores 24 hs. Rondín, estacionamiento, depósito de medicamentos, morgue, silo oxígeno y rondín por sectores externos, archivo externo, parque - Un (1) vigilador 24 hs. Planta baja, Ingreso y egreso de pacientes con ambulancias. - Un (1) vigilador 24 hs. Cuerpo 2. PB. Hemodiálisis y fichero. - Un (1) vigilador 12 hs. Cuerpo 2 Piso 1. Dirección. (Solo días hábiles). Tareas a realizar: - Control de acceso al Policlínico y de la circulación interna. - Identificación de personas. Apoyo en el ordenamiento de visitas a UTI, UCI y UC. Control de visitas en el horario permitido. - Control de tarjetas de personal, fuera del horario de atención del fichero (el vigilador deberá controlar que el personal no retire las tarjetas del fichero). - Registro y control de ingreso y egreso de elementos. - Control de casilleros del personal. - Control del ingreso y egreso de vehículos y uso de las playas de estacionamiento. La empresa adjudicataria deberá proveer e instalar en ambos ingresos vehiculares (ingreso calle Silva y egreso calle Ferreyra) una cabina - Propuesta: plástico termofusión color blanco y barrera con los colores reglamentarios (Propuesta: franjas amarillas y negras) – y de accionamiento automático. De 22 hs. a 06 hs. se anula acceso de calle Ferreyra. 16 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados - - - - Registro de efectos patrimoniales en ambulancias y vehículos utilitarios propios y privados, a la salida por calle Silva. Ronda permanente por Subsuelo, PB, 1ero, 2do, 3er Piso y Consultorios externos en cuerpo 1. ídem cuerpo 2. incluyendo los sectores de Internación, Centro de observación (COD), Guardia, Consultorios E, Vestuarios, Accesos, Patios Internos, Terrazas y Sala de Máquinas; verificando que las puertas de los sectores y servicios que permanecen sin funciones estén cerrados. Control de sillas de ruedas: no deberá haber sillas de ruedas en el pasillo vidriado, debiendo ser trasladadas a Planta Baja (dentro del depósito de efectos). A las 23 hs. recuento de sillas, junta al camillero y correspondiente asiento registro en el libro específico. Queda totalmente prohibido a todo el personal de la empresa de vigilancia proveer datos o suministrar contactos con cuidadores o acompañantes de los pacientes internados. La empresa pondrá inmediatamente en ejecución las consignas permanentes y las que emanen en el futuro de las Autoridades correspondientes. Las recorridas de las instalaciones no habilitan a dejar desatendidos los accesos. 17 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO II CUERPO NORMATIVO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Este Cuerpo Normativo mantiene por objeto, que el sistema de seguridad de la Institución cuente con procedimientos y/o instructivos que a partir de este momento se designan como “CONSIGNAS DE CARACTER GENERAL”, para que el conjunto de los medios humanos y materiales con su accionar anulen las posibilidades de siniestros y hechos delictivos, o disminuyan los efectos de los mismos. FINALIDAD: Es la de brindar a los afiliados, al personal de la Institución y público en general, la tranquilidad y la certeza que se aplicarán en forma acertada y correcta, en tiempo y forma, las disposiciones de carácter general y particular. Se tiene imperiosa necesidad de obtener, encausar y mantener en forma permanente y orgánica, un servicio de seguridad que por medio de su estructura, cumpla su misión y función con agilidad, fluidez y extrema corrección. RESPONSABILIDAD El principio de responsabilidad es indelegable e intransferible en todos los integrantes del Área Seguridad, especialmente en aquellos que ejercen la conducción integral del personal. CONDICIONES BASICAS El personal de seguridad permanentemente mantiene contacto con: 1. Afiliados (beneficiarios) 2. Personal del Instituto (empleados) 3. Público en general (visitas, proveedores, etc.). Por lo expuesto, está obligado a tener siempre presente que debe dispensar a todas las personas respeto, corrección y su especial atención, sin distinción. PUESTOS DE SERVICIOS: El Instituto podrá modificar la distribución de los puestos de servicios sin que ello implique variar la totalidad global de agentes contratados, lo cual no generara costo adicional alguno para este Organismo y en caso de ser requerido algún refuerzo por algún evento en especial dicho pedido será debidamente justificado por Nota, cantidad de vigiladores empleados y tiempo que demande dicha necesidad. DOTACION DEL PERSONAL: El presente servicio será prestado tanto por personal masculino como por personal femenino. El número necesario de personal femenino será determinado por la supervisión del servicio que realice el Instituto, al momento de la toma de servicio por parte del proveedor. Dicho servicio será prestado con adecuados conocimientos técnicosprofesionales, expertos en seguridad y siniestros, provisto del correspondiente apoyo de medios de comunicación y electrónicos de alerta y de control y por un personal de Supervisores capacitados para resolver a la brevedad cualquier tipo de inconvenientes propios del Servicio. La empresa que resulte adjudicataria deberá proveer todo el personal para efectuar el servicio y asumirá la responsabilidad absoluta por la prestación, dejando expresamente aclarado que eximirá al Instituto de cualquier tipo de reclamo formulado por el personal que se desempeñe en el servicio. En caso que el Instituto deba responder por los mencionados reclamos, solicitará a la empresa, los importes que 18 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados hubiera tenido que abonar, sin perjuicio de poder requerir de ésta por los daños y perjuicios que tal circunstancia acarreare al Organismo, con más los intereses por las sumas abonadas. Tal circunstancia constituirá incumplimiento por parte de la firma de las obligaciones a su cargo, siendo exclusivo responsable por los actos del personal afectado al servicio, ya sea que los mismos estén o no originados con motivo o en ocasión de la prestación, eximiendo al Instituto por cualquier responsabilidad derivada de tales actos, pudiendo éste requerir cualquier suma que abone por tal concepto. Se deberá en todo momento mantener la cantidad de efectivos en forma permanente, no pudiendo disminuir bajo ninguna circunstancia, debilitando el servicio para el cual fue contratado. La empresa adjudicataria deberá respetar y hacer cumplir en todos los casos los descansos diarios y semanales que le correspondan al personal que presta servicios de vigilancia en los edificios del Instituto, estando conforme a lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo y el Convenio Colectivo de Trabajo N° 421/05. PERSONAL No hará abandono, bajo ningún concepto, de su puesto. En caso que a la finalización del servicio no fuera relevado, dará cuenta de ello a su Supervisor, quien dispondrá el cubrimiento del objetivo. El abandono del servicio por cualquier razón, configura una falta disciplinaria grave que determinará una sanción severa. El supervisor de la empresa contratada, responderá del personal de la misma. Para ello tiene la autoridad total para controlar, entrenar, instruir y disponer de la forma más precisa posible el cumplimiento de toda disposición o norma de seguridad. Todo vigilador que se encuentre cubriendo el Servicio de Vigilancia en cualquier Objetivo deberá tener en su poder una fotocopia de su ART y se exhibida en el momento que le sea exigida. El personal de la Agencia de Seguridad Privada que cubra los objetivos del Instituto y que por algún motivo fuese encontrado en falta, cualquiera sea su tipo, no cumpliendo con sus obligaciones como vigilador y se solicite su reemplazo no podrá ser trasladado a otro objetivo del Instituto, para continuar con sus tareas, el mismo debe ser removido en forma definitiva. SELECCION DEL PERSONAL: La empresa será exclusiva responsable de seleccionar al personal que prestará el presente servicio, debiendo a tales efectos tener en cuenta, los elementos, sin que los mismos agoten las precauciones exigidas, ni la información adicional que se le requiera en aras de la especial característica de esta prestación, pudiendo el Instituto requerir a la firma, en cualquier momento, sin necesidad de notificación previa, la acreditación del legajo personal del agente del cual surjan, entre otros. Para los VIGILADORES: Antecedentes personales, laborales, policiales y judiciales, estado de salud (físicomental), grado de conocimiento de los medios técnicos a operar en el servicio, deberá ser capacitado en la empresa, antes de producirse su incorporación definitiva y de acuerdo a la metodología utilizada, con el principal propósito de reducir los riesgos para las personas, bienes e inmuebles del Instituto con una eficaz acción preventiva. FORMAS DE CONTROL DEL SERVICIO: 1. Rutina: Será el ejercido por los Supervisores orgánicos de la empresa, sobre el cumplimiento de sus directivas internas y de las propias del Instituto, en todo lo relativo a la imagen a la ejecución de las tareas asignadas. El Instituto exigirá resarcimiento de bienes, efectos, elementos, etc., que desaparecieren, dañara o inutilizara el Vigilador, como condición del incumplimiento, inobservancia o negligencia. 19 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados 2. Inspecciones: Será el ejercido por personal directivo de la empresa, con la finalidad de comprobar: vestimenta de los vigiladores, documentos del objetivo, conocimiento de las tareas, etc. 3. Control: El INSTITUTO se reserva la facultad de designar una persona o dependencia para efectuar tareas de inspección de los servicios prestados por la empresa adjudicataria en cualquiera de los Objetivos asignados. Asimismo podrá ejercer controles del servicio y del personal por medios tecnológicos. FORMA DE COMUNICACION: La red de comunicaciones entre la Agencia de Seguridad Privada según el caso y el personal afectado al servicio, deberá ser fluida y recíproca. Las comunicaciones entre las autoridades designadas por el I.N.S.S.J.P. para tal fin y la Agencia de Seguridad Privada se ejecutarán a través de: contacto personal de la persona designada o funcionario designado para tal fin, vía telefónica convencional, celular, red VHF/UHF (en la misma frecuencia y modalidad con que se operen los equipos que pudieran ser provistos a su personal). Las Directivas Particulares o Generales que sean impartidas desde la UCPSI deberán ser retransmitidas por el Supervisor de la Agencia de Seguridad Privada en forma inmediata al personal que le depende. Toda Directiva, Circular o Nota emanada desde la UCPSI deberá ser tenida en cuenta y se dará el debido cumplimiento de la misma, archivándose y manteniéndoselas en reguardo para futuras inspecciones. Las Novedades que surjan durante el Servicio en alguno de los Objetivos deberían ser informadas en tiempo y forma por el Supervisor de la Agencia de Seguridad Privada, a la persona designada por el Instituto, no evaluando si corresponde o no hacerlas conocer. Posteriormente generara un informe por escrito que será entregado dentro de las 24 hs al responsable asignado por el Instituto. EQUIPAMIENTO Y VESTUARIO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA. El personal de vigilancia deberá contar con: Uniforme, con la variante verano-invierno. El personal al momento de cubrir el Servicio en el Objetivo del Instituto deberá tener a la vista su credencial de Vigilador otorgada por autoridad policial de Control de Agencias que es la otorgada al dar de alta a un vigilador. Equipo técnico de apoyo, el que considerará: Silbatos individuales con cordón y equipo de comunicaciones tipo Handy. Linterna, una por cada vigilador nocturno. SEGURIDAD E HIGIENE: El Servicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo de los Efectores Sanitarios Propios de la Ciudad de Rosario se regirá de acuerdo a lo determinado en la Ley 19.587, de Higiene y Seguridad en el Trabajo, Decreto 351/79 y sus modificatorias. Controlará el cumplimiento de los siguientes requisitos por parte del Adjudicatario: 1. 2. 3. 4. 5. Programa de Seguridad. Procedimientos Específicos y Análisis de Riesgo. Plan de Contingencias / Emergencias.(Sujeto al Plan de la Unidad Edilicia) Política de Seguridad Propia de la Empresa. Capacitación de inducción general y específica para todo el personal afectado a las tareas según el perfil del puesto, con sus respectivas planillas de asistencia y temarios correspondiente. 20 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados 6. Póliza de seguro de accidentes personales o ART con cláusula de no repetición. 7. Asistencia mensual (según requerimientos) del profesional de Higiene y Seguridad con constancia de visita en libro de servicios. ASPECTOS VARIOS 1. 2. 3. 4. 5. 6. La empresa adjudicataria deberá ejercer la supervisión de los servicios que presta, independientemente de la supervisión del INSTITUTO. Tendrá que presentar listado de personal que trabajará en cada objetivo con anterioridad al inicio de los servicios para que puedan recibir instrucciones, y en caso de cambios de algún personal, deberá realizarse el mismo procedimiento. El INSTITUTO podrá rechazar algún vigilador a criterio propio, el cual deberá ser reemplazado de inmediato. La Agencia de Seguridad deberá presentar por escrito al Fiscalizador del Instituto las Altas y Bajas de sus vigiladores, cada vez esto suceda, en un plazo no mayor de 48 hs con el fin de poder tener la certeza en control final de las planillas cada mes. La falta de acreditación de dichos extremos, a entera satisfacción, será motivo de rescisión del contrato por parte del Instituto de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, sin que dicha rescisión de derecho a la parte contraria a reclamar importe alguno por dicho concepto. Se prestara apoyo ante cualquier requerimiento de la autoridad policial que preste servicio dentro del Objetivo. SEGURIDAD DE LA INFORMACION 1. 2. 3. 4. 5. No dar informes que no estén encuadrados dentro de las tareas específicas, guardando secreto para los asuntos y misiones que desempeñan. Debe ser conciso y correcto en las informaciones solicitadas por los interlocutores, brindándoles la información requerida. No podrán darse informes sobre autoridades del Instituto. No dar explicaciones a los llamados telefónicos no identificados que pueda recibir, relacionados con el servicio de seguridad que realiza, absteniéndose de mencionar detalles, horas de relevo, etc. En caso de llamados telefónicos anónimos, comunicando la colocación de una bomba o artefacto explosivo, se procederá de la siguiente manera: Primero: Informar inmediatamente al personal designado para ello, así como al supervisor de la empresa. Segundo: Con discreción se dispondrá de las medidas convenientes (revisión de sectores, evacuación del edificio), o bien, si las circunstancias lo dictan, llamando al personal policial, bomberos, o Comisaría más cercana. En todos los casos también se dará cumplimiento a las disposiciones que en ese sentido se hayan impartido en el servicio específicamente. Ante el hallazgo hipotético de envoltorio sospechoso, no lo manipulará ni removerá su posición, informando inmediatamente la ubicación y características del mismo, aislando la zona de personas por potencial riesgo de vidas y para la actuación posterior del personal policial. No se permitirá el ingreso, de persona alguna (Particulares, Policías, Bomberos, Empresas de Servicios Públicos, etc.), sin tenerse conocimiento de que su presencia habría sido requerida especialmente fuera del horario de cesación de tareas administrativas. De ello debe existir constancia en el Libro de Novedades, con especificación de nombre, apellidos y números de documento de identidad. Ante cualquier duda se debe consultar con el Supervisor o funcionario que corresponda del Instituto, dejando constancia de la medida adoptada. 21 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados 6. 7. Al personal de seguridad, atento a su tarea, le resultará fácil analizar los movimientos de las personas que por un motivo u otro ingresen a los edificios, pudiendo detectar entonces algún accionar sospechoso que inmediatamente pondrá en conocimiento a la autoridad, para afrontar las medidas que se dispongan. El Agente de Seguridad, si bien carece de “Imperium de Ley”, debe prestar de inmediato toda la colaboración que dentro del marco legal le soliciten las autoridades policiales o judiciales del territorio que corresponda, asimismo podrá requerir el auxilio de la fuerza pública, toda vez que sea estrictamente necesario para el normal cumplimiento de sus funciones. OPERACIONES 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. Se cumplimentarán las consignas particulares de cada objetivo. Hacerse presente en su puesto de trabajo con la antelación debida para recibir las novedades e instrucciones correspondientes. No podrá consumir bebidas alcohólicas durante el servicio, ni presentarse bajo sus efectos. Ello configura falta disciplinaria grave que determinará una sanción severa. Efectuar recorridos permanentes cada hora, por los lugares que se le indiquen, para determinar anormalidades (asentar las mismas con las indicaciones de inicio y término). En caso de ser varios los integrantes por turno, el Supervisor debe conocer donde se encuentra cada uno de ellos. Al efectuar las recorridas internas en el edificio a custodiar, deberán observar si existe fuera del horario normal de labor, ventanas abiertas, estufas o máquinas encendidas, o todas aquellas falencias que afecten a la seguridad patrimonial, procediendo a regularizar inmediatamente las situaciones señaladas, a fin de prevenir problemas mayores. Se deberá dejar constancia de todo en el Libro de Novedades. En todos los casos que el servicio sea cumplido por más de un agente, la ubicación de los mismos, debe ser adecuada para lograr que se amplíe el radio de seguridad, no debiendo el personal, mantenerse agrupado, para evitar ser sorprendidos y anulados. Tal contingencia podrá impedirse con mayor probabilidad de éxito, si los hombres de servicio se encuentran convenientemente separados, con lo cual mejoran la vigilancia general y al mismo tiempo servir de apoyo a sus compañeros, sobre quienes mantendrá también constante observación, para evitar imprevistos o según el caso coordinar en forma inmediata una acción conjunta. Si por el contrario, el servicio es prestado por un solo hombre, éste deberá extremar atención y tomar ubicación perfectamente, en lugares donde no pueda ser sorprendido y anulado. Al mismo tiempo deberá tener presente que, desde donde se ubique, resulte posible la observación de todo el ámbito sometido a su control. El personal de seguridad, tanto al ingresar como al retirarse del servicio, cuando lo hiciere portando bultos, portafolios, etc., deberá exhibir su contenido al personal de seguridad que en ese momento se encuentre de guardia o algún responsable del objetivo. No permitir el ingreso de bebidas alcohólicas al objetivo. Comunicar al Supervisor y al responsable del objetivo, cualquier anormalidad que verifique en los elementos o valores bajo su custodia, o circunstancia que presuma, puedan ser objeto de ilícitos. Se asentará en el Libro especificando quien recibió la novedad (fecha y hora, nombre y apellido). Cuando corresponda efectuar la revisión de bolsos, bultos, carteras, portafolios, control de vehículos NO DEBERA introducir las manos en los elementos mencionados, sino solicitar al dueño que mueva los elementos internos. Ante la novedad, se procederá a dar de inmediato intervención al responsable del objetivo; simultáneamente, le informará a su Supervisor y se asentará en el Libro. Además 22 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. realizará tareas propias al ingreso y egreso cuando existan normas o directivas al respecto. Ser cuidadoso en la operatoria de control, formal y severo en el trato con las personas a las que se dirige en la verificación. Queda terminantemente prohibido recibir visitas durante el servicio que cumple, o permanecer sin justificación, especialmente en los días en que las actividades del Instituto no son hábiles, aún en caso de familiares directos. Las medidas preventivas abarcan las siguientes tareas entre otras cosas: a) Control del personal en el ingreso y egreso. b) No permitir el ingreso del personal cesante o suspendido. c) No permitir el ingreso en hora inhábil de trabajo, salvo al personal autorizado por orden escrita. d) Controlar los procedimientos de los vehículos de carga. En caso de alteración del orden por personas ajenas al Instituto, en primer término tratar de ver la posibilidad de solucionarlo adecuadamente y por su solo accionar, siendo imposible ello, de inmediato llamar a las autoridades policiales para su intervención, mientras tratará de mantener la situación bajo control. Fuera del horario normal del Instituto, el personal de seguridad NO PERMITIRÁ la entrada al edificio, de personal sin autorización del funcionario designado para tal fin. Debe tomarse en consideración la recorrida a baños y lugares escondidos a la vista general, como así también control de los residuos que se sacan del edificio, para que no salgan por ese sistema, elementos patrimoniales del Instituto. El personal de Seguridad debe estar perfectamente informado sobre las jerarquías, nombre y apellido del personal superior del instituto, a fin de prestarles la colaboración adecuada. Todo elemento que se retire del edificio, debe constar con el respectivo remito firmado por autoridad competente y se chequeará también que el detalle del remito concuerde con la descripción y cantidad con lo que se saca. En el mismo formulario constará el número de inventario si correspondiere, características del elemento a retirar (debe señalarse el número de fabricación, generalmente grabado a fuego). En los casos en que no hubiera remito, y por la urgencia del trámite o ante la carencia de un Jefe determinado para autorizar con su firma la salida, deberá registrarse todo el detalle en el Libro “Parte de Novedades” (firma aclarada, legajo y dependencia a la cual pertenece la persona que retira el elemento, responsable legal y administrativamente por ello) y el destino al cual se remite. Ante un hecho ilícito o de trasgresión administrativa, deberá informar inmediatamente el funcionario designado para tal fin y al supervisor y colaborará con la investigación integral de manera perentoria. El Supervisor deberá entregar el resultado de esas investigaciones por escrito al funcionario designado para tal fin en un plazo no mayor de 24 horas. Los Supervisores designados por la Agencia de Seguridad tendrán la obligación de visitar los objetivos en varias oportunidades, las cuales deberán ser asentadas en el Libro de Novedades del Objetivos por su puño y letra, en el momento de la recorrida. LOGISTICA 1. 2. Deberá extremar la prolijidad, orden e higiene en el recinto donde cumple funciones, que se extiende a enseres que se utilizan para el rol que desempeña (muebles, botiquín, llaves, equipo de lucha contra el fuego, etc.). Cada vez que se faciliten las llaves de las distintas Áreas existentes en el tablero de seguridad, dejará constancia en el Libro de Novedades, de la causa, apellido y nombre de quien las solicita, como así también el reintegro de las mismas. 23 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados 3. 4. 5. 6. 7. Durante las horas nocturnas, dispondrá y apagará las luces innecesarias, procurando una mínima iluminación en sectores de recorrido de rondas, escaleras de acceso, tras efectuarse toda la limpieza e higiene. Informará debidamente las novedades que observe en los sectores del edificio donde ejerce su misión, constatando la existencia de bienes, cerrando, puertas de comunicación al exterior, oficinas abiertas conteniendo elementos de importancia, aparatos electrónicos que deben desconectarse para evitar posibles siniestros y tratar de determinar cualquier otro tipo de circunstancia que pudiera ocasionar peligro al bien custodiado. Debe procurar mantener libre el tráfico telefónico, lo más despejado posible, evitando su utilización, salvo casos de urgencia o necesidad o debidamente justificados. Todo el personal de seguridad debe conocer perfectamente la distribución interna del edificio a custodiar: tableros generales y sectoriales de luz, gas, central telefónica, agua corriente, centros de cómputo, centrales de aire acondicionado, distribución y uso adecuado de matafuegos y demás elementos contra incendio. En los lugares donde existen depósitos (artículos de librería, formularios, consumo y limpieza), deben extremarse las medidas de seguridad, teniendo en cuenta los elementos valorizados que existen, como así el movimiento de personas. LIBRO DE NOVEDADES La confección del Libro de Novedades del Servicio, se hará en forma diaria con el siguiente formato: SERVICIO DE SEGURIDAD DEL OBJETIVO Del DIA Del MES de SUPERVISOR: SR. (Nombre y Apellido) AGENTE: SR. (Nombre y Apellido) HORARIO. (De horas A horas) ELEMENTOS CON CARGO (radio, teléfono celular, linterna, etc.) HORAS ENTRADA SALIDA NOVEDADES Me hago cargo del servicio (con o sin novedad) FIRMA Recorrí entrepiso, cocheras, sector externo (con o sin novedad) Entrego el servicio (con o sin novedad) FIRMA AGENTE RECEPTOR: FIRMA AGENTE SALIENTE: Al ubicarse bienes perdidos u olvidados, se asentará en el Libro de Novedades. Se tendrá en resguardo hasta localizar al propietario de los mismos y remitir lo hallado a la Instancia Superior (si es dinero, determinar monto total, objeto, características) procurar testigos del suceso. 24 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados En el supuesto que recibiera de terceras personas el bien hallado, se adoptará igual temperamento que en lo anterior e identificará debidamente a la persona que hizo entrega del bien. En la tapa del Libro de Novedades se tendrán a mano los números telefónicos de la Policía (Comisaría que corresponda por jurisdicción), Policía Federal, Bomberos, Empresas de Energía Eléctrica, Gas, Agua, Emergencias Médicas, para cualquier ayuda. El Libro de Novedades debe hallarse siempre bajo el control directo del personal de seguridad y puede ser examinado por el personal asignado para tal fin y supervisor de la empresa, quien firmará sus visitas al objetivo. Si durante el servicio se produjera alguna novedad, ésta deberá ser registrada en el Libro de Novedades, con la mayor cantidad de datos posibles. Se informará a la persona autorizada y se comunicará con el Supervisor. Los Libros de Novedades una vez finalizados del cualquiera de los Objetivos asignados, deberán ser entregados bajo un Acta al responsable designado por Instituto como Fiscalizador, donde constara en la misma la fecha de inicio y de finalización del mismo. LUCHA CONTRA EL FUEGO- SINIESTROS. 1. 2. 3. 4. Extremará la atención en su accionar para localizar, actuar e informar inmediatamente al personal de Bomberos destacado en el Efector Sanitario sobre cualquier eventual foco de incendio que pudiera producirse, debiendo adoptar las previsiones necesarias para sofocarlo hasta tanto recibe los auxilios pertinentes. En tal sentido deberá conocer la ubicación y manejo de los elementos fijos o portátiles de lucha contra el fuego que se encuentran en el edificio, como así de transmitir la alarma por el medio más rápido. Cerrará las llaves centrales de gas y electricidad. Deberán prevenir siniestros y accidentes que puedan amenazar la vida o la salud humana, como así afectar los bienes muebles y/o inmuebles, patrimonio del Instituto. Organizará inmediatamente la cooperación en todos los casos de accidentes o siniestros, velando por la seguridad y atención de las personas y bienes afectados. Controlará periódicamente e informará por escrito al Departamento Administrativo, de cualquier anormalidad de los elementos de lucha contra incendio, equipos de alarma, etc. PRINCIPALES CARACTERISTICAS A CUMPLIMENTAR POR LOS VIGILADORES 1. 2. 3. 4. 5. 6. No permitir que se retiren muebles, máquinas, instrumentales, herramientas, etc., pertenecientes al Instituto sin la orden o autorización respectiva. (Remito de Salida de Materiales o Elementos) Todo objeto personal hallado dentro de las áreas donde se desarrollen sus funciones, deberá ser entregado inmediatamente a la persona designada como responsable de la Seguridad del Hospital y sus Anexos según el caso o persona responsable, mediante su correspondiente nota que avale dicha entrega, previo registro en el Libro de Guardia de Seguridad. Deberá conocer los números de teléfonos de las oficinas respectivas, cuerpo de bomberos, seccional de policía, defensa civil, etc. Poner especial atención en el cuidado de los bienes que se someten a su custodia, manteniéndose atento a los efectos de evitar robos, hurtos o daños. El vigilador será responsable ante su empleador, por los daños que causare a los intereses de éste por dolo o culpa en el ejercicio de sus funciones. Observar en sus funciones y fuera de ellas, una conducta que no afecte ni ofenda la moral y las buenas costumbres. En todo momento debe usarse un lenguaje correcto y moderado. Cuanto más correcto y educado sea el personal de seguridad, 25 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. en todos sus procedimientos y acciones, más se potencia su autoridad moral, sirviendo de reflejo y guía para todos los que lo rodean. Debe adquirir una noción cabal de sus funciones, hacer respetar con educación y firmeza, las disposiciones, normas e instrucciones del Instituto, procurando siempre asegurar los derechos y deberes de todos, pero manteniéndose a su vez, al margen del conflicto o situación planteada. Además de su indeclinable corrección, el personal debe actuar con solícita actividad, atención, cordialidad y cierta tolerancia, en cuanto sea normativa y legalmente permisible. Deberá presentarse correctamente vestido con uniforme de la Empresa, completo, asegurándose que su apariencia y porte hace al conjunto de su personalidad e imagen del servicio. El personal de seguridad contratado, mientras se encuentra de servicio, debe usar obligatoriamente, a la altura del pectoral izquierdo, la plaqueta de identidad personal que otorgará la Empresa. Durante el turno no se podrá, en el puesto asignado: leer libros, revistas o diarios, o distraerse por motivos ajenos al servicio. Todo el personal de servicio deberá estar correctamente aseado y no se le permitirá el uso de barba o cabello excesivamente largo. El vigilador deberá controlar el acceso de empresas contratistas, en función de la notificación del servicio de Seguridad e Higiene en el trabajo del Policlínico PAMI I. En el objetivo se deberá archivar en una carpeta: las directivas generales, las directivas particulares y cualquier otro tipo de documentación de seguridad 26 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO III DECLARACION JURADA Declaración Jurada relativa a Prohibiciones El que suscribe ………………………………………………………….……………..………… DNI/LE/LC/CI Nº …………………................ en mi carácter de ………………….….……… de la firma ………………………………………………………, suficientemente facultado para el presente acto, con domicilio real en……………………………….…………… …………………………………………………………………….… declaro bajo juramento que ni mi persona ni la sociedad que represento ni ningún miembro de su administración se encuentra comprendido dentro de las prohibiciones del Art. 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la Licitación Pública Nº ………… / 15 del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. FIRMA………………………… 27 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO IV PLANILLA DE COTIZACIÓN Licitación Pública Nro.:.......................... Fecha de Apertura:............................... Expte. Nº………………………………... Nombre del oferente..........................................................................................................… Domicilio...........................................................................Localidad...................................... Dirección Electrónica:…………………….………………...Nº tel/fax…………………………… RENGLON 1 2 3 CANT. MENSUAL PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL ANUAL HORAS/HOMBRE HORA/HOMBRE MENSUAL POR RENGLON DETALLE Servicio de vigilancia con destino al Policlínico PAMI I Edificio Principal, por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. Servicio de vigilancia con destino al Policlínico PAMI I Anexo 1, por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. Servicio de vigilancia con destino al Policlínico PAMI II, por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. 6.831 3.703 10.482 MONTO TOTAL OFERTADO SON PESOS…………………………………………………………………………………….… ………………………………………………………………………………………………………. ………………….………….. Firma y Aclaración 28 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO V CONSTANCIA DE VISITA A LAS INSTALACIONES Por la presente se deja constancia que el Sr. ......................................................... en representación de la firma ................................................................ha visitado el inmueble sito en ……………………………………………………… a efectos de interiorizarse del mismo con referencia a la contratación de…………….......................................................... ……………………………………………………………………………………………………….., tomando conocimiento de todas las características que deberán tener en cuenta al efectuar su oferta. Licitación Pública Nº………/ 15 LUGAR Y FECHA, .................................................... Firma de la Empresa .................................................... Firma del Instituto 29 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO VI DECLARACION JURADA PATRIMONIAL RAZON SOCIAL.................................................................. DOMICILIO.......................................................................... LOCALIDAD........................................................................ AÑO 200… AÑO 200… ACTIVO CORRIENTE ACTIVO NO CORRIENTE PASIVO CORRIENTE PASIVO NO CORRIENTE VENTAS TOTALES % VENTAS DEL RUBRO (1) (1) Porcentaje de incidencia en las Ventas Totales de las Ventas del Rubro correspondiente a los materiales objeto de la contratación. …………………………………….. Firma Representante legal …………………………………….. Firma Contador Público 30
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