Chat: “Asesoría legal en Pérdida de la Patria Potestad”

Chat: “Asesoría legal en Pérdida de la Patria Potestad”
Moderador: Buen día y bienvenidos al Chat, hoy estaremos charlando con personal del Instituto de la
Defensoría Pública, quienes estarán dando Asesoría legal en "Pérdida de la Patria Potestad".
El chat comienza a las 11:00 a.m.
Instituto de la Defensoría Pública: Buen día, el Instituto de la Defensoría Pública les da la mas cordial
bienvenida al presente chat relativo al tema "Asesoría Legal en Pérdida de la Patria Potestad"
No omitimos recordar a nuestros usuarios que los servicios que brinda nuestro Instituto son
totalmente gratuitos.
Bienvenidos!
Comentario de ASLA una señora joven viuda puede perder la patria potestad por maltrado a su hijo menor?
Instituto de la Defensoría Pública: ASLA, Buen día, sí efectivamente, puede perder la patria potestad
de su menor en el caso en el cual quede acreditado ante el Juzgado correspondiente que ejerce
violencia familiar en contra de su hijo.
Comentario de Lesliie De La Rosa HOLA MI EX PAREJA NUNCA SE A HECHO CARGO DE NINGUNO DE
MIS 2 HIJOS SOLAMENTE LOS REGISTRO, MI ACTUAL PARAEJA SE HA HECHO RESPONSABLE
DESDE HACE 3 AÑOS COMO PODEMOS PEDIR LA PERDIDA DE PATRIA PROTESTAD Y QUE MI
ACTUAL PAREJA LOS PUEDA ADOPTAR LEGALMENTE ? NO CONOCEMOS EL PARADERO DE MI EX
PAREJA GRACIAS !
Instituto de la Defensoría Pública: Lesliie De La Rosa, Buen día, puedes iniciar tu juicio en contra del
padre de tus menores, de pérdida de la patria potestad por el abandono de deberes alimentarios, sin
embargo te mencionamos que requieres del domicilio del demandado para emplazarlo (entregarle la
demanda).
Comentario de ASLA Que pruebas se pueden presentar para evidenciar el maltrado que ejerce sobre el
menor y que familiar puede pedir la patria potested
Instituto de la Defensoría Pública: Ivitamos a nuestros usuarios a recibir asesoría jurídica gratuita en
cualquiera de nuestras tres Direcciones Regionales ubicadas en:
VALLE TOLUCA, República de Belice No. 109, Col. Américas, Toluca.
ZONA ORIENTE, Adolfo López Mateos No. 36, Col. Centro, Ecatepec, Méx.
ZONA NORORIENTE, Periférico Norte No. 63, Col. Viveros de la Loma, Tlalnepantla de Baz, Méx.
Comentario de Lesliie De La Rosa y si no se de el desde hace 3 años que pasa ?
Comentario de si un hijo nace dentro del matrimonio y es registrado como tal, pero es biológicamente de otro
papá; el padre biológico, puede (padre biológico) reclamar paternidad? y si es así hasta que edad?
Buenos días; la pregunta es la siguiente: si un hijo nace dentro del matrimonio y es registrado coo tal, pero es
biológicamente de otro papá; el padre biológico puede reclamar la paternidad; y si es así hasta que edad?
Instituto de la Defensoría Pública: ASLA, Si el menor sufre violencia física, es recomendable acudir
ante el Ministerio Público y denunciar tal situación, ésto lo puede realizar cualquier persona que
tenga conocimiento del hecho; dicha denuncia sirve como prueba para el juicio en materia familiar de
pérdida de la patria potestad y pueden demandar en primer término los abuelos y posteriormente los
tíos.
Instituto de la Defensoría Pública: Lesliie De La Rosa, como te mencionamos anteriormente es
necesario tener el domicilio del demandado para entregarle la demanda de manera personal, ya que
se trata de una acción personal, lo anterior para no violentar su garantía de audiencia, en caso de no
contar con dicho domicilio es recomendable empezar a investigarlo.
Comentario de ASLA , gracias por la información. Saludos y felicidades por este espacio.
Instituto de la Defensoría Pública: Guest, si, en el caso que refieres el padre biológico puede reclamar
la paternidad, se tendrá que realizar el desconocimiento de paternidad del padre que lo registro,
mencionando que dicho juicio versa sobre la prueba pericial en materia genética (ADN), en donde
previo procedimiento un C. Juez determina lo conducente.
Instituto de la Defensoría Pública: ASLA, estamos para servirte, que tengas un excelente día, saludos!
Comentario de si un hijo nace dentro del matrimonio y es registrado como tal, pero es biológicamente de otro
papá; el padre biológico, puede (padre biológico) reclamar paternidad? y si es así hasta que edad?
hasta que edad puede reclamar la paternidad? y si es menor de edad, se necesita autorización de la madre
para la prueba de adn? gracias
Chat: “Pérdida de la Patria Potestad”
Fecha: 19 de marzo de 2015
http://www.edomex.gob.mx
1
Instituto de la Defensoría Pública: Guest, te mencionamos que las acciones de investigación de peternidad
pueden intentarse en cualquier tiempo, así mismo una vez que inicia dicho juicio, el Juez ordena la práctica
de dicha prueba, por lo cual la madre tendrá que presentar al menor por estar ante la presencia de un
mandato judicial
Comentario de Buenas tardes, si un hijo no está registrado con los apellidos del papá, y obvio no tiene la
patria potestad, se le puede solicitar pensión alimenticia, y que procedimiento es, gracias
Buenas tardes, si un hijo no está registrado con los apellidos del papá, y obvio no tiene la patria potestad, se
le puede solicitar pensión alimenticia, y que procedimiento es, gracias
Instituto de la Defensoría Pública: Guest, Buenas tardes!, te mencionamos que en primer término
para que exista la obligación alimentaria del padre, el menor debe estar reconocido por éste, (el
reconocimiento se realiza voluntariamente ante el Registro Civil en caso de no ser así se puede
realizar a través de un juicio de reconocimiento de paternidad) una vez hecho ésto, se puede iniciar
un juicio de guarda y custodia y pensión alimenticia para establecer la misma.
Instituto de la Defensoría Pública: Mencionamos a nuestros usuarios que la patria potestad
comprende la representación legal y la protección integral del menor en sus aspectos físico,
psicológico, moral y social, su guarda y custodia, la administración de sus bienes y el derecho de
corrección.
Instituto de la Defensoría Pública: La patria potestad se pierde en los siguientes casos:
I. Cuando el que la ejerza es condenado por delito grave doloso.
II. Cuando por las costumbres depravadas de los que ejerzan la patria potestad, malos tratos,
violencia familiar o abandono de sus deberes alimentarios o de guarda o custodia por mas de dos
meses y por ello se comprometa la salud, la seguridad o la moralidad de los menores.
III. Cuando quienes ejerzan la patria potestad, obliguen a los menores de edad a realizar la
mendicidad, trabajo forzado o cualquier otra forma de explotación. En este caso, los menores serán
enviados a los albergues de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de
México.
Instituto de la Defensoría Pública: Recordamos a nuestros usuarios que los servicios que brinda
nuestro Instituto son totalmente gratuitos.
Comentario de LIZETH MONTSERRATH
ME PUDIERA RESOLVER LA SIGUIENTE DUDA, QUE PASA CUANDO EN DADO CASO LOS PADRES
SON DIVORCIADOS EL PADRE NO DA LA PENSION, TIENE DERECHO A LA CUSTODIA???
Instituto de la Defensoría Pública: Lizeth Montserrath, nos podrías indicar por favor que edad tiene tu
menor?
Instituto de la Defensoría Pública: Lizeth Montserrath, te mencionamos que cuando los padres se
encuentran separados pueden decidir de común acuerdo quien ostentara la guarda y custodia; en
caso contrario el Juez la establecerá de acuerdo a lo siguiente:
Los menores de diez años, quedarán al cuidado de la madre, salvo que sea perjudicial para los
menores. Los mayores de diez y menores de catorce son citados y escuchados por el Juez, quien
decide de acuerdo a lo que sea benéfico por ellos. Los mayores de catorce años pueden decidir con
que progenitor quedarse.
Moderador: En cinco minutos daremos por concluído nuestro chat, invitamos a los usuarios a realizar
una última pregunta.
Comentario de LIZETH MONTSERRATH TIENE 8 AÑOS, PERO ELPADRE JAMAS A DADO SEÑALES DE
INTERES POR ELLA Y EL JUEZ DICTAMINO SER YO PERO EL NO HA CORRIDO CON LOS GASTOS DE
PENSION NI NADA POR EL ESTILO
Instituto de la Defensoría Pública: Lizeth Montserrath, por lo que refieres la guarda y custodia de tu
menor la ostentas tu, consecuentemente, el padre solo tiene derecho a convivir con ella; si no aporta
pensión alimenticia y esta fue determinada te recomendamos iniciar un juicio para liquidar las
pensiones alimenticias adeudadas.
Instituto de la Defensoría Pública: El Instituto de la Defensoria Pública agradece a nuestros usuarios
por su participación en el presente chat relativo al tema "Asesoría Legal en pérdida de la patria
potestad"
No omitimos recordar a nuestros usuarios que los servicios que brinda nuestro Instituto son
totalmente gratuitos.
Hasta la próxima ocasión!
Chat: “Pérdida de la Patria Potestad”
Fecha: 19 de marzo de 2015
http://www.edomex.gob.mx
2
Moderador: Agradecemos al Instituto de la Defensoría Pública, el haber contestado las preguntas.
A todos nuestros lectores los invitamos a seguir participando en los blogs y en los próximos chats
que tendremos en el portal de Internet del Gobierno del Estado de México.
También nos pueden contactar por twitter en www.twitter.com/edomex ó @edomex además en
nuestras páginas de Facebook http://www.facebook.com/gob...
!Hasta una próxima ocasión¡
Chat: “Pérdida de la Patria Potestad”
Fecha: 19 de marzo de 2015
http://www.edomex.gob.mx
3