MANUAL DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR 2014 1 INDICE INTRODUCCIÒN TÍTULO I : Concepción de la convivencia escolar TÌTULO II : Objetivos. TÌTULO III : Sobre formación y valores. TÌTULO IV : De los profesores y personal del Colegio (Desde artículos 4.1 a 4.8) TÌTULO V : De los Apoderados. (Desde artículos 5.1 a 5.2) TÍTULO VI : Observaciones a los deberes de los Apoderados. (Desde artículos 6.1 a 6.4) TÍTULO VII : Derechos y deberes del alumno. (Desde artículos 7.1 al 7.2) TÍTULO VIII: Normas de convivencia escolar. (Desde artículo 8.1 a 8.4) TÍTULO IX : Régimen disciplinario. (Desde artículo 9.1 a 9.10) TÍTULO X TÍTULO XV : Maltrato escolar. (Desde artículo 10.1 a 10.10.16) : Mecanismo de resolución de conflictos. (Artículo 11) TITULO XVI : Del Comité de Convivencia escolar. (Desde artículo 12.1 a 12.4) TITULO XIII : Situaciones especiales. (Desde artículo 13.1 a 13.8) 2 MANUAL DE NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR INTRODUCCIÓN El presente documento ha sido elaborado con la participación de alumnos, representados por presidentes y delegados de 7º año básico a 3º año medio y representantes del Centro de Alumnos; de los padres a través de la Asociación de Padres y Apoderados del Colegio; de Profesores y de la Dirección del Establecimiento. Es un documento que orienta y da pautas para una convivencia sana entre todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa, define lo que se entiende por convivencia escolar, aporta elementos básicos para el comportamiento a partir de los valores expresados en el Proyecto Educativo Institucional, define derechos y deberes de los alumnos y alumnas de Establecimiento y también orienta acerca de los deberes y derechos de los padres y apoderados con relación al proceso escolar de sus hijos en el Colegio. Todo documento que implique la regulación de los comportamientos humanos es perfectible y este Manual, es en consecuencia, susceptible de mejorar en el futuro, constituyéndose, por ahora, en la base para mejorar los compromisos y responsabilidades que cada miembro de la comunidad debe asumir, para alcanzar el logro más importante de todo proceso escolar, cual es la formación de hombres y mujeres con una sólida internalización de valores. Es importante señalar que este Colegio está abierto a toda la comunidad sin ningún tipo de distingo (raza, credo, ideología, etc.), salvo los que atenten contra los valores éticos universales. Es de suma importancia fomentar la aceptación del otro independientemente de su condición social, siempre teniendo como elemento fundamental el respeto y la tolerancia por esa heterogeneidad. Es el deseo de Rectoría de nuestro Establecimiento, que este manual sea respetado y asumido con un compromiso firme de todos y cada uno de los miembros de la comunidad, para mejorar los aspectos disciplinarios, académicos y formativos de nuestros alumnos y alumnas, esto significa asumirlo responsablemente para tener una convivencia que entregue las herramientas a los estudiantes para comprender los desafíos que el contexto de la globalización impone e integrarse plenamente a la sociedad del siglo XXI. TÍTULO I PENSAMIENTO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN NUESTRO ESTABLECIMIENTO. Se entiende por convivencia escolar la interrelación entre los diferentes miembros de un establecimiento educacional, que tienen incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta concepción no se limita a la relación entre las personas, sino que incluye también las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa, por lo que constituye una obra colectiva y es, por lo tanto, responsabilidad de toda la comunidad escolar. Es en la etapa escolar cuando se inculcan valores fundamentales para el desarrollo de la persona, como son: el respeto a la diversidad humana y a la autoridad, la honestidad, la responsabilidad y el servicio al grupo y a los demás a través de la formación de hábitos inherentes de la convivencia escolar. Para el logro de esta labor es indispensable, contar con el apoyo de un conjunto de normas y disposiciones reglamentarias para formar personas que se inserten de buena manera a la sociedad y que permitan un adecuado funcionamiento del colegio como institución Laica educadora y formadora. 3 El apoyo y participación de los Padres y Apoderados que son por naturaleza los primeros educadores de nuestros alumnos, siendo un aporte positivo y respetuoso de las normas que a nuestro establecimiento lo identifican. Es un desafío para los docentes y funcionarios del colegio en conjunto con la familia, trabajar y educar fortaleciendo los valores humanos, produciendo el cambio que se necesita para poner en práctica una convivencia respetuosa sin discriminaciones (de todo origen), espíritu libre, tolerante y fraterno. La honestidad, la responsabilidad y el logro de este desafío se alcanzarán si todos y cada uno de los miembros de la comunidad se compromete y se insertan responsablemente en este proceso. La concepción de las normas de convivencia planteadas instan al Colegio a promover en la comunidad educativa una opción por la reflexión y el diálogo y mediación, como forma de resolución de conflictos, para cuando así lo amerite aplicar el reglamento que la comunidad educativa se ha impuesto, que irá de acuerdo a la naturaleza de la falta, teniendo la oportunidad de apelar ante una medida o sanción aplicada, siguiendo los protocolos establecidos. Una de las formas para resolver en forma justa y equitativa los conflictos es a través de la mediación Escolar, técnica que funciona cuando dos partes en problema recurren a una tercera para que los ayude a encontrar una solución por medio del diálogo. Medida muy efectiva para que todos los actores que participan del proceso educativo encuentren una solución a los conflictos. Las niñas, niños y adolescentes tienen derechos como miembros de una sociedad, establecidos legalmente y de observancia obligatoria. En este manual de convivencia escolar se busca enfatizar los derechos que son propios de los educandos que forman parte de nuestra comunidad escolar. Es importante considerar el Derecho Internacional de los Derechos Humanos en donde se establecen las obligaciones que las naciones deben respetar. Al pasar a ser partes en los tratados internacionales, los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y velar por estos. La obligación de respetarlos significa que todas las naciones deben abstenerse de interferir en que se disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos, la obligación de protegerlos exige que los naciones impidan los abusos en contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que todos debemos adoptar medidas positivas para facilitar que se disfrute de los derechos humanos básicos. La declaración indica cuatro principios fundamentales: No discriminación: El niño no deberá sufrir debido a su raza, color, género, idioma, religión, nacionalidad, origen social o étnico, o por ninguna opinión política o de otro tipo; ni tampoco debido a su casta o por alguna discapacidad. El interés superior del niño: las leyes y las medidas que afecten a la infancia deben tener primero en cuenta su interés superior y beneficiarlo de la mejor manera posible. Supervivencia, desarrollo y protección: las autoridades del país deben proteger al niño y garantizar su desarrollo pleno - físico, espiritual, moral y social. Participación: Los niños tienen derecho a expresar su opinión en las decisiones que le afecten, y que sus opiniones se tomen en cuenta. El currículo escolar de nuestro establecimiento incluye contenidos y objetivos transversales esenciales para desarrollar las actitudes y habilidades en los niños y jóvenes que servirán para afianzar una educación, difundir y practicar tolerancia, solidaridad, proteger y proyectar la familia, y así poder contribuir hacia una sociedad globalizada conservando el respeto por sus raíces y tradiciones, para el logro de un mundo mejor y ser personas de bien. 4 Según la ley 20.536 se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. Las normas de convivencia han sido consensuadas por todos los integrantes de la Comunidad educativa: profesores, funcionarios, padres, apoderados y alumnos, de acuerdo al proyecto educativo del establecimiento y para su mejor cumplimiento, al comienzo del año escolar se publica el Reglamento de Convivencia en extenso, en la pagina web del colegio y un extracto en la agenda institucional. TÍTULO II OBJETIVOS Art. 2.1 Comprometer a la comunidad escolar a promover un óptimo aprendizaje psicosocial que facilite la convivencia y la aceptación de normas, que sitúen al alumno en la búsqueda de su autonomía dentro del contexto del Proyecto Educativo. Art. 2.2 Asumir responsablemente las consecuencias de los propios salvaguardando el respeto y el bien común de toda la comunidad escolar. actos, TÍTULO III SOBRE FORMACIÓN Y VALORES Considerando que la verdadera formación está en el desarrollo integral del ser humano, es deseable que el alumno o alumna internalice valores que están insertos en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), como además internalicen aquellos que son trabajados mes a mes de manera transversal permitiendo una sana y efectiva interacción con el medio. Se destacan los valores de: Prudencia, Responsabilidad, Trabajo y Esfuerzo, Honestidad, Orden, Solidaridad, Patriotismo, Respeto y Optimismo. TITULO IV DE LOS PROFESORES Y PERSONAL DEL COLEGIO Art. 4.1 Todo el personal del colegio debe crear en todo momento las condiciones óptimas para una sana convivencia, respetando a los alumnos y alumnas, apoderados, docentes, asistentes de la educación y personal en general, evitando de esta manera, malos entendidos, comentarios mal intencionados que afecten el desarrollo armónico de la convivencia escolar. Art. 4.2 Los profesores de aula deben crear un ambiente que favorezca los aprendizajes en la sala de clases, siendo el responsable del manejo disciplinario de sus alumnos, debiendo velar además por la presentación personal de los educandos y condiciones de aseo. Art. 4.3 El profesor debe ser un facilitador en la creación de un clima de armonía, cultivando las cualidades de empatía, un trato deferente con sus alumnos, de respeto y acogida a las necesidades de su curso, promoviendo una actitud formadora en todo momento. Art. 4.4 El personal del colegio debe actuar y comportarse de acuerdo a las exigencias del colegio, trato, vocabulario y respeto. Art. 4.5 Los profesores jefes deben comunicar oportunamente la situación académica y disciplinaria del alumno (a) a su apoderado (a), así como llevar el registro de los 5 antecedentes del proceso de aprendizaje y orientar los procedimientos según sea el caso, citando a entrevista a los padres, en su hora de atención a apoderados. Art. 4.6 Los profesores de asignaturas, deben recopilar los antecedentes del proceso de aprendizaje de sus alumnos, manteniendo una comunicación oportuna con el profesor jefe y orientar los procedimientos según sea el caso, citando a entrevista a los padres en su hora de atención de apoderados. Art. 4.7 Respecto a las notificaciones a los apoderados: a) La notificación de suspensión de clases es de responsabilidad de Coordinación Estudiantil. b) La notificación de Carta de Compromiso y condicionalidades son de responsabilidad de Coordinación Estudiantil. c) La notificación de repitencia debe hacerla el profesor Jefe, dejando registro en el libro de clases. d) La notificación de cancelación de matrícula corresponde realizarla a Rectoría, una vez resuelta la situación por el Comité de Convivencia Escolar. e) La notificación de suspensión de participación en la ceremonia de Licenciatura corresponde realizarla a Rectoría. TITULO V DE LOS PADRES Y APODERADOS Art.5.1 Derechos a. A la información adecuada y oportuna acerca del comportamiento y rendimiento académico de su pupilo y de las actividades que realiza el establecimiento. b. A recibir el informe de calificaciones y orientación en reuniones de apoderados o entrevistas con el profesor jefe. c. A ser escuchado en sus peticiones, inquietudes y reclamos por la instancia que corresponda, de acuerdo al conducto regular que el colegio haya establecido, siempre y cuando lo haga en forma respetuosa. d. A participar en reuniones, asambleas y votaciones del Centro de Padres. e. A participar en las diferentes actividades sociales, culturales, artísticas y deportivas que programa el Colegio. f. A colaborar en la elaboración de las normas de convivencia y Proyecto Educativo del Colegio. Art.5.2 Deberes Los padres y apoderados que opten en forma libre educar a sus hijos en este Colegio se comprometen a: a. Asumir la calidad de Apoderado del Colegio, la persona que al momento de matricular a su pupilo/a, queda estipulado como tal en la ficha de matrícula, de manera como sigue: Apoderado titular, responsable en primera instancia del alumno(a) y su relación con el Colegio y Apoderado suplente que asume la función del primero en caso que éste esté imposibilitado de cumplir su rol. b. Respetar los horarios establecidos para las reuniones de microcentro, citaciones vía agenda, horarios de atención de apoderados, o citación de cualquier otro estamento que colabora en la formación de alumnos o alumnas. c. Participar integrándose a las actividades programadas del Colegio. El apoderado debe asistir obligatoriamente a las reuniones de microcentros, asambleas generales, entrevistas con Rectoría, Coordinación Estudiantil, Coordinación Académica, Departamento de Orientación, profesores Jefes y de asignaturas y otras instancias formativas de su pupilo o pupila. En el caso de presentar tres 6 d. e. f. g. h. i. j. k. l. m. n. o. p. q. r. s. t. u. v. w. inasistencias, con o sin justificación, se procederá a solicitar el cambio de Apoderado. En caso de de mantenerse perderá la matricula Reforzar valores a sus pupilos. Apoyar permanentemente el trabajo escolar de sus pupilos(as). Informarse regularmente de la situación escolar de sus pupilos(as). Respetar a toda la Comunidad Educativa y los compromisos pactados con alguno de ellos, de no ser así el Colegio se reserva el derecho de solicitar el cambio de apoderado, asumiendo el suplente o el que la familia considere. Queda estrictamente prohibido cualquier tipo de acción indebida que busque el beneficio académico de su pupilo/a. No incurrir en desprestigios o comentarios que dañen la imagen del Colegio o miembro de la Comunidad Escolar. Ingresar al Colegio, con la autorización correspondiente. Respetar las decisiones pedagógicas o administrativas emanadas del Consejo de Profesores en aspectos académicos o disciplinarios del alumno/a. Supervisar la asistencia a clases del alumno/a Justificar las inasistencias de su pupilo personalmente el día de reingreso a clases, pudiendo presentar un certificado médico en el caso que lo requiera. Frente a cualquier dificultad o inquietud respecto al desempeño del alumno y alumna, el apoderado deberá hacer uso de los canales regulares de comunicación esto es: Profesor Jefe o de asignaturas, Departamento de Orientación, Coordinador Académico, Coordinación Estudiantil, Rector (Solicitando la entrevista pertinente con anterioridad por medio escrito de manera de no interrumpir el normal desarrollo de las actividades del colegio). Retirar puntualmente a su hijo (a) al termino de la jornada escolar Respetar el horario indicado por el Establecimiento. (Sobre todo en la hora de ingreso 8:15 hrs, 14:30 hrs). Comunicar al profesor y Coordinación Estudiantil oportunamente los cambios de domicilio, telefónicos y otros datos de importancia. Revisar todos los días la agenda escolar del alumno(a). Tomar conocimiento y preocuparse por el cumplimiento de las normas de convivencia vigentes. Responder en forma inmediata por daños, destrozos y pérdidas ocasionadas por del alumno(a). Cumplir con sus responsabilidades de directivas de los cursos en caso de ser elegidos. Frente a cualquier situación de emergencia el medio de comunicación con el pupilo/a debe ser por medio del Colegio (entiéndase telefónicamente y/o personalmente) Justificar personalmente la inasistencia a reuniones TITULO VI OBSERVACIONES A LOS DEBERES DE LOS APODERADOS Art. 6.1 Del Registro de Observación: Serán registradas las observaciones y entrevistas de apoderados en el archivador del curso, cada vez que este sea citado por un estamento del colegio. Se distinguen las siguientes observaciones: 1. Positivas 2. Negativas 3. Graves. 7 Art. 6.2 Se consideraran para observaciones positivas las siguientes situaciones: a. Asistir a todas las reuniones de padre y/o apoderados u otras situaciones emanadas del establecimiento. b. Cumplir con todos los requerimientos (informes, certificados médicos, derivaciones, etc.), solicitados por el colegio. c. Demostrar en forma evidente y concreta la preocupación y compromiso por la educación del alumno y alumna. d. Respetar de manera educada los canales regulares de comunicación, solicitando las entrevistas con anticipación. e. Participar activamente en las actividades curriculares organizadas por el establecimiento. PROCEDIMIENTO: Cuando la observación positiva sea pertinente, se dejara registro en el libro de clases y de entrevistas del curso, para posterior reconocimiento. Art. 6.3 Se consideran para observaciones negativas, las siguientes situaciones: a. No asistir en forma regular a las reuniones de padres y/o apoderados. b. Intervenir con temas conflictivos y no pertinentes a reuniones de padres y/o apoderados. c. No justificar adecuadamente las inasistencias de su pupilo(a). d. No respetar el conducto regular estipulado por el establecimiento. PROCEDIMIENTO: Cuando un apoderado incurre en alguna de estas faltas, excepto a reuniones de apoderados, será responsabilidad del Profesor Jefe o Coordinador Estudiantil citarlo el día siguiente, para analizar dichas situaciones puntuales, y lograr los compromisos correspondientes. Art. 6.4 Se consideran para observaciones graves las siguientes situaciones: a. Agredir verbal y/o físicamente a cualquier miembro de la comunidad escolar. b. Generar daño a los bienes materiales del Colegio y/o de cualquier miembro de la comunidad educativa. c. Ingresar al colegio bajo los efectos de alcohol y/o drogas. d. Ser sorprendido portando armas de fuego y/o elementos corto punzante. PROCEDIMIENTO: Frente a la ocurrencia de una falta calificada como grave, por la instancia superior. 1. 2. 3. Acudir a las redes de apoyo de la comuna. Seguridad ciudadana. 133 fono de carabineros. Dejar constancia y/o denuncia en la comisaría de la ciudad. Dejar constancia en Archivo de observaciones y Entrevistas de Apoderados y Alumnos. 8 TITULO VII DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNO Y ALUMNA Art.7.1 Derechos: Se entenderá por derechos a los que corresponden a todos los alumnos(as) por su dignidad de persona, sin distinción de edad, sexo, raza, cultura o religión. Todo alumno y alumna tiene derecho a: a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k. l. m. n. Tomar conocimiento del proyecto educativo institucional (PEI). Conocer el manual de convivencia, reglamento de evaluación. Crecer en un ambiente solidario, de integración, de actitud y conciencia social. Recibir la mejor atención que la institución le pueda otorgar para lograr un aprendizaje continuo que garantice su formación integral (físico, mental, moral, espiritual y social). Recibir en el caso de las alumnas embarazadas o madres, todo lo estipulado por la ley vigente. Recibir atención del Equipo de Orientación y ser derivado a centros especializados que posee la comuna. Expresar sus ideas, opiniones, peticiones, reclamos, etc., en forma respetuosa y por medio de los canales pertinentes. Seguir conducto regular Tener espacios limpios y con mobiliario adecuado. Utilizar las diversas dependencias del colegio previa autorización escrita de las personas responsables en el área que corresponde. Organizarse y elegir centros de alumnos y alumnas. Recibir seguridad física y moral dentro del establecimiento. Recibir los beneficios que otorga la ley de seguro accidente escolar Nº 16744 decreto 313. Cualquier beneficio que la institución otorgue y que no esta explicitado en este documento (vacunación, becas, etc.). Recibir alimentación que entrega JUNAEB siempre y cuando el alumno y alumna se encuentre dentro del listado de beneficiarios. Art.7.2 Deberes Se entiende por deberes al conjunto de obligaciones que debe cumplir el alumno en orden del bien común, señalado en este reglamento. Todo alumno y alumna tiene el deber de: a. Cumplir con las orientaciones establecidas en el manual de convivencia como medio de organización y crecimiento en la vida escolar. b. Respetar a todos los integrantes de la Comunidad educativa. c. Desarrollar comportamientos que favorezcan una sana y armónica convivencia escolar, sobre la base de la autodisciplina y valores establecidos en nuestro Proyecto Educativo. d. Abstenerse de participar en actos de violencia, dentro y fuera del Colegio. Esto incluye amenazar, agredir directa o indirectamente, ya sea física, psicológica y moralmente a través de medios verbales, gráficos, tecnológicos y/o virtuales a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, dentro del marco de la ley de violencia escolar. e. f. g. h. Responsabilizarse por mantener el aseo y orden de todo el recinto escolar. Participar atenta, respetuosa y efectivamente durante las horas de clases. Presentarse con todos los útiles, materiales y trabajos para cada día. Manifestar un espíritu de trabajo colaborativo. 9 i. Mantener sus materias al día independiente de si por alguna razón ha estado ausente del colegio. j. Participar responsablemente en las actividades extra programáticas planteadas por el Establecimiento. k. Usar el uniforme escolar establecido por el Colegio con el acuerdo de padres y apoderados, cuidando una buena presentación personal (aseo corporal, vestuario limpio y en buenas condiciones). l. Ser puntual y regular a la jornada completa de clases y a las actividades extra programáticas con horarios establecidos u otras actividades programadas. En caso de necesitar salir durante el período de clases se operará como sigue: - La salida anticipada de un alumno la hace efectiva personalmente el apoderado titular o suplente, presentando su cédula de identidad y dejando la respectiva constancia del retiro en el registro. Asumiendo la responsabilidad que esto conlleva. m. Informar de las comunicaciones dirigidas a los apoderados, trayéndolas debidamente firmadas. n. Los alumnos/as no están autorizados a traer objetos de valor, joyas o dinero. En este aspecto cabe considerar: - El Colegio no se hace responsable frente a estas situaciones de hurto, por lo tanto, son de responsabilidad del alumno/a el porte de artículos como MP3, MP4, IPOD, notebook, celulares, juegos electrónicos y otros. - Se establece que estos elementos solamente serán de uso durante las horas de recreo y/o de almuerzo. o. Abstenerse de tomar especies pertenecientes al colegio, de sus compañeros o de cualquier miembro de la Comunidad Escolar sin la debida autorización. p. Utilizar sólo para fines académicos los instrumentos tecnológicos que el Colegio le ofrece. q. Abstenerse de filmar, grabar u obtener imágenes de cualquier funcionario del Establecimiento sin la aceptación de éste (sala de clase, patios o cualquier dependencia del Colegio). TITULO VIII NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Art. 8.1 Presentación Personal. Una esmerada higiene y presentación personal, demuestra el interés del hogar por su pupilo y la responsabilidad del alumno(a) por sí mismo(a). El uso del uniforme refuerza el autocuidado, la identidad y sentido de pertenencia. Así también cumple una función social y evita una competencia en el vestir impulsada por marcas o tendencias. Su exigencia de uso está claramente orientada a una buena presentación personal, que el alumno(a) siempre debe cuidar y preservar en todas las actividades del Colegio. El uso del uniforme del colegio es producto de la decisión consensuada entre la Rectoría, el Consejo de profesores, Centro de Padres y Apoderados y Centro de alumnos/as. 10 DAMAS de 1º Básico a 4º E.M Campera con insignia colegio Falda escocesa gris con azulino Casaca azulina con gris Calcetas grises Blusa blanca camisera con cuello redondo Polera piqué con cuello Corbata institu Sweater o chaleco gris con rayas azulinas y amarillas Zapatos negros de colegio Pantalón de tela gris de colegio Parka del colegio con insignia VARONES de 1º B. a 4º E.M. Campera con insignia del colegio Pantalón gris tela escolar Camisa blanca Polera piqué con cuello Corbata colegio Sweter o chaleco gris con rayas azulinas y amarillas Zapatos negros de colegio Parka del colegio con insignia Solo indicar como uniforme oficial En el caso del uniforme oficial para actos oficiales, disertaciones, debates y exposiciones Uso de cotona de 1 a 4 color beige para los orales contempla camisa y corbata campera y/o varones y para las damas cuadrille azul chaleco según lo solicitado Educación Física · Buzo deportivo del colegio Polera gris para salir de la clase Calza corta Calcetas blancas Zapatillas deportivas Polera blanca para la clase Educación Física Buzo deportivo del colegio Polera gris para la clase Pantalón corto color azul similar al buzo Calcetas blancas Zapatillas deportivas Polera blanca para salir de la clase Debe traer sus útiles de aseo solicitados por el profesor (a) Para el Laboratorio de ciencias: Todos los alumnos (as) deben usar delantal blanco Los alumnos de Prekinder y Kinder usan el buzo y la polera gris como uniforme oficial Todo uniforme debe estar marcado con el nombre, apellido y curso en forma visible • • • • • No se permite el uso del maquillaje El teñido de pelo solo se permite en colores naturales y en toda su cabellera No se permite el uso de accesorios como percing, expansiones, aros colgantes, etc El largo del pelo es el corte escolar , relativamente largo sin sobre pasar el cuello de la camisa No se aceptan cortes de pelo o teñidos extravagantes. 11 Art.8.2 De la agenda escolar a. Los alumnos(as) deberán portar la agenda escolar propia del colegio, diariamente con los datos actualizados, foto actualizada en tamaño carné y con la firma del apoderado, puesto que es el documento oficial de intercambio de comunicaciones entre el colegio y la familia. b. Es importante que el apoderado revise periódicamente la agenda escolar, con el fin de mantenerse informado de las situaciones educativas de su pupilo(a). c. El alumno(a) deberá presentar la comunicación de su apoderado a quien corresponda en el colegio. En el caso de extraviar o tener una libreta en mal estado deberá adquirir una en su reemplazo En ningún caso se enviará una comunicación o nota en un objeto distinto a su libreta de comunicaciones Se considera falta grave quien presente una libreta que no corresponda a su propiedad Art.8.3 Del Deterioro del material a. Los alumnos(as) deberán cuidar el mobiliario de las salas y de las dependencias del Colegio. b. La responsabilidad individual y grupal ante el deterioro o daño cometido, deberá ser asumido de inmediato, por el o los apoderados. Lo anterior no significa que el alumno sea liberado de posibles sanciones. c. Los alumnos(as) deberán mantener en buen estado los textos escolares entregados por el Ministerio de Educación. d. Los alumnos(a) sorprendidos rayando las paredes del colegio deberán contribuir con materiales para la limpieza del lugar independiente de la sanción disciplinaria. e. Los alumnos(as) deberán devolver en buen estado y en forma oportuna los libros solicitados en biblioteca, ante una pérdida o deterioro, este se debe reponer, según reglamento de biblioteca. f. Es de responsabilidad de todos el de exigir una sala acorde con la dignidad de persona y miembro de la comunidad educativa, por tanto exigir como primera acción el de recibir, mantener y entregar el espacio en condiciones de enfrentar la clase siguiente Art.8.4 De la asistencia y puntualidad a. Los alumnos(as) deben asistir diariamente y puntualmente a clases y/o a todas las actividades obligatorias programadas. b. Los alumnos(as) deben tener como mínimo un 85% de asistencia a clases durante el período escolar para ser promovido de curso, según lo dispuesto por el Ministerio de Educación. c. Toda inasistencia a clases debe ser justificada personalmente por el apoderado, en caso de enfermedad prolongada, el apoderado deberá presentar el certificado médico correspondiente en Coordinación Estudiantil. d. El registro de atrasos será considerado como información relevante en caso de situaciones de promoción especial. e. El certificado médico justifica la inasistencia, pero no borra la ausencia. f. La salida anticipada de un alumno(a) sólo la hace efectiva el apoderado personalmente en el colegio y por causa justificada, dejando la respectiva constancia en el libro de retiro. g. La hora de entrada al establecimiento es a las 8:15 horas y 14:30 horas. h. Al tercer atraso se notificará a su apoderado, por parte de Coordinación Estudiantil. i. De persistir tres atrasos deberá presentarse el día viernes a desarrollar trabajo escolar j. Al noveno atraso será suspendido de clases por un día 12 k. En el caso de ser recurrentes los atrasos podrá ser dejado en compromiso o condicionalidad su matrícula l. En caso de tres atrasos acumulativos, a la hora de ingreso al Colegio, en cada una de las clases, de recreos y de almuerzos, se citará al apoderado al día siguiente. m. Al ingresar a clases después de las 10:00 horas, el alumno(a) quedará ausente en el registro diario de asistencia. n. El comportamiento durante los recreos es evacuar con rapidez salas, respetar las señaléticas de seguridad del Colegio, hacer uso ordenado de las dependencias, poniendo especial cuidado en niños pequeños, con capacidades diferentes o de movilidad reducida, evitando la práctica de juegos bruscos que puedan resultar peligrosos para su integridad física y la de sus compañeros. o. En los actos y asambleas: los alumnos/as deben mantener una actitud de respeto y deferencia manteniendo un ambiente de orden y solemnidad. TITULO IX RÉGIMEN DISCIPLINARIO Art.9.1 Del registro de observación. Serán registradas en la hoja individual del libro de clase y contendrán las observaciones de desarrollo del trabajo escolar y social del alumno, que serán consideradas en la elaboración del informe de personalidad al término de cada periodo. El no acatamiento de las normas establecidas en este reglamento, implicará para el alumno/a del Colegio Concepción Linares, una sanción acorde con la naturaleza de la o las faltas y el someterse a una progresión de Actividades pedagógicas con el fin de modificar la conducta presentada. Las observaciones serán clasificadas, de acuerdo a sus características en: 1. Positivas. 2. Negativas 3. Graves. Art.9.2 Se considerarán para observaciones positivas las siguientes situaciones: a. b. c. d. e. f. g. Excelente presentación personal. Buena mantención de los útiles escolares. Actitud de respeto y de colaboración en el colegio. Destacada participación en clases y actividades del colegio. Destacada colaboración en el cuidado y el aseo de las dependencias del colegio. Destaca participación en actividades en representación del colegio. Actitud de colaboración y apoyo a compañeros que lo necesiten. Art. 9.3 Cuando la observación corresponda a una acción desarrollada en el aula, esta será dada a conocer al alumno por el profesor correspondiente. Art. 9.4 Cuando la observación corresponda a una acción desarrollada fuera del ámbito del aula será dada a conocer por un directivo del Colegio. La persona que evidencie deberá registrarlo en el libro para sus felicitaciones correspondientes Art.9.5 Se considerarán observaciones negativas a. b. c. d. No traer comunicación firmada. Molestar a los compañeros. Presentación personal inadecuada a su condición de estudiante. Interrumpir clases. 13 e. f. g. h. i. j. k. l. m. n. o. p. q. r. Tres atrasos reiterados. No cumplir con los deberes escolares y útiles de trabajo. No trabajar durante las clases. Utilizar cualquier material que no sea de estudio y que no corresponda a las actividades de la clase. Presentarse sin agenda escolar. Comer en clases. Lanzar objetos en clases. Presentarse con el uniforme incompleto. Utilizar vocabulario y gestos soeces. Hacer uso de celulares u otros medios tecnológicos durante las horas de clase. Hacer uso de aros colgantes, pulseras, pearcing, pañuelos, bufandas y gorros de colores no institucionales. Correr, gritar o causar ruidos molestos en horas de clases. Rayar muros o mobiliarios del Establecimiento. Insistir en una conducta, después de tres llamados de atención por parte del profesor. Sanciones: a) Amonestación verbal b) Registro en la Hoja de Vida del Alumno c) Comunicación y/o entrevista con el apoderado. d) Entrevista con el alumno. e) Será responsabilidad del profesor requisar artefactos no permitidos y entregar a Coordinación Estudiantil quien entregará las pertenencias en entrevista personal con el apoderado(a). Será responsabilidad del profesor involucrado aplicar la sanción. Art. 9.7 Se Considerarán observaciones graves a. Contestar en forma insolente, mentir, engañar a cualquier miembro de la comunidad educativa. b. Trepar por muros o rejas para salir o entrar al establecimiento. c. Destruir útiles, materiales o instalaciones del edificio y/o de las personas. d. Evadir clase al interior o al exterior del Colegio. e. Evadir todo tipo de actividades evaluadas f. Faltarle el respeto a los emblemas patrios y a aquellos que representan al Colegio. g. Falta de honestidad durante una evaluación. h. Salir de clases sin autorización. i. Acceder a sitios Web no autorizados. j. Efectuar amenazas físicas, verbales, escritas, por medio de internet u otro medio tecnológico a los integrantes de la comunidad educativa. k. Juegos bruscos que atenten contra la integridad física. l. Lanzar objetos que puedan producir daños o perjuicios materiales o físicos. m. Sustraer documentación oficial del colegio tales como: libros de clases, certificados, pruebas etc. n. Portar o utilizar armas de fuego, elemento corto punzantes y/o sustancias tóxicas. o. Adulterar, deteriorar, alterar o falsificar cualquier documento para el colegio. p. Poseer, suministrar, comercializar bebidas alcohólicas, estupefaciente u otras drogas que afecten la salud. q. Llegar al Establecimiento bajo el efecto de las drogas y/o alcohol. r. Fumar en el Colegio. s. Filmar, grabar, fotografiar y/o subir a la red videos hechos en el colegio que muestren actitudes de presunta violencia y otras que pueda prestarse a interpretaciones equivocas y que afecten a cualquier miembro de la Comunidad Educativa. t. Comentar o inducir a otros a conductas que atenten contra la dignidad de otras personas. 14 Sanciones: a) Amonestación escrita en hoja de vida del Libro de Clases. b) Citación al apoderado(a) para firmar compromisos con el sancionado. d) Pérdida temporal del derecho de ingresar a clases, periodo durante el cual se realizará trabajo académico al interior del Establecimiento. Cuando la gravedad de la falta, la reiteración lo amerite, el alumno(a) será suspendido de clases, ambas sanciones serán de responsabilidad del Coordinador Estudiantil. e) Pérdida temporal del derecho de ingresar a clases, durante los cuales realizará actividades dirigidas en su domicilio tales como: desarrollo de guías, trabajo de investigación, pasar cuadernos en limpio, realización de tareas, otros, cuya sanción será responsabilidad de Coordinación Académica. Suspensión de clases f) Carta compromiso de matrícula condicional o de extrema condicionalidad por lo que resta del año escolar entregada en forma personal al apoderado(a) al sancionado. g) Negación de renovación del matrícula para el año siguiente si la falta cometida atenta contra la dignidad, la integridad física o Psíquicas de algún miembro de la Comunidad Educativa. (Bullying) Será responsabilidad de aplicar la sanción del Profesor de Asignatura, Profesor Jefe, Comité de Sana Convivencia Escolar, Coordinación Estudiantil y Rectoría. Nota: En caso de existir un daño material, esta será de cargo del apoderado del alumno(a) causante, independiente de las sanciones anteriormente estipuladas. Será responsabilidad de aplicar la sanción Coordinación Estudiantil y Rectoría del Establecimiento. En caso de faltas graves el Consejo de Profesores podrá solicitar la salida inmediata de un alumno(a) si éstas se enmarcan en el Código Penal para mayores de 14 años y comprobadas internamente en el Colegio. Al margen de todo lo anterior, cada vez que un alumno(a) se vea enfrentado a una situación grave que afecte su convivencia armónica en el Establecimiento se le derivará al Psicólogo(a) del Departamento de Orientación, para otorgarle toda la asistencia que sea necesaria, contando de antemano con la absoluta cooperación de la familia. En la aplicación de las sanciones se tendrá en cuenta la edad, el desarrollo psicoafectivo mental, volitivo y otros que afecten al alumno sancionado (situación familiar y social), señalado por el Comité de Sana convivencia Escolar. TITULO X Protocolo Maltrato escolar. Se entenderá por maltrato escolar cualquiera acción u omisión intencional, ya sea física o sicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda: 1. Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o síquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales. 2. Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo. 3. Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. 15 En caso de hostigamiento sostenido en el tiempo, que se produce entre pares y existe un abuso de poder, nos encontramos frente al BULLYNG, aplicando protocolo del colegio. NO ES HOSTIGAMIENTO: a) Los conflictos entre estudiantes donde no hay abuso de poder. b) Las peleas o actos violentos ocasionales ya que estas no se repiten en el tiempo. ART. 10.1 Conductas constitutivas de maltrato Escolar Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas: 1. Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros y ofender. 2. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno, o de cualquier miembro de la comunidad educativa. 3. Agredir verbal o sicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. 4. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno. 5. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia. 6. Amenazar, atacar, injuriar, o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, foto Log, etc.… 7. Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes. 8. Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas. Art. 10.2 Protocolo de actuación frente a actos de violencia. 1. Intervención inmediato. 2. Identificar con claridad los implicados: a) Quien cometió la agresión. b) Quien fue víctima c) Testigos de lo observado 3. Ayudar y acompañar a quien fue agredido. 4. Entrevista con la persona que fue agredida, acompañándola y garantizándole protección, darle a conocer que se tomarán las medidas que sean necesarias (sin señalar cuáles serán las sanciones hasta no conocer todas las versiones de los hechos) .En caso de lesión se debe llevar a un centro de atención cercano para constatar lesiones. 5. Entrevista con la persona que cometió una agresión, acompañamiento y comprensión de las razones que la llevaron a cometer la agresión, (defensa propia, acto de impulsividad aislado). El conocimiento ayudará a determinar las sanciones a aplicar y pasos a seguir, en casos más graves recordar que sólo Carabineros están autorizados a registrar su cuerpo y pertenencias. 6. Entrevista a los testigos del acto de violencia, recopilando la información de lo sucedido. Se debe fomentar la discusión abierta, enfrentar la situación con claridad, sin minimizarla. 7. Cautelar la privacidad y confidencialidad de las personas involucradas. 8. Informar a la familia de la situación, citándolos a entrevista. En un primer momento conversar con cada uno de los apoderados para informarles de la situación y luego incorporar al niño, niña o joven. Fomentar un espacio de conversación donde los padres puedan realizar las consultas sobre lo sucedido. 9. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra. 16 10. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente. 11. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentació9n de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas. Art. 10.3 DEBER DE PROTECCIÓN 1. Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante el proceso. 2. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad. Art. 10.4 NOTIFICACIÓN A LOS APODERADOS. Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella por un medio escrito Art. 10.5 DE LA INVESTIGACIÓN. Art. 10.10-1 El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento. Art. 10.10-2 Una vez recopilados los antecedentes correspondientes agotada la investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de la Sana Convivencia Escolar, o el que haga sus veces, para que este aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento. Art. 10.11 CITACIÓN A ENTREVISTAS. 1. Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre alumnos alumnas. 2. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia. 3. Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quién podrá aconsejar o pronunciarse al respecto. 17 Art. 10.12 RESOLUCIÓN El encargado de convivencia escolar deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en todo caso, al Comité de la Sana Convivencia Escolar. Art. 10.13 MEDIDAS DE REPARACIÓN. En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otra que la autoridad competente determine. Art. 10.14 RECURSOS APELACIÓN Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por el comité o autoridad competente, dentro de un plazo razonable, no superior a cinco días después de informada la medida, en forma escrita al rector del colegio, quien deberá dar respuesta dentro de los primeros tres días hábiles siguientes. Art. 10.15 MEDIACIÓN El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, orientadores, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas. Art. 10.16 PUBLICIDAD El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa este permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos. Art. 10.17 Protocolo de Actuación frente a BULLYNG (hostigamiento permanente) 1. Profesor Jefe en el aula, paradocentes en los recreos y en general toda la comunidad educativa, deben prestar total atención a los estudiantes implicados, para romper las leyes de silencio que predominan en estos casos Debe poner especial atención en: a) Sobre nombres o burlas reiteradas hacia un compañero/a, las cuales no deben ser vistas como normales, ya que puede ser una forma de hostigamiento por lo que deben ser corregidas. b) Crear instancias de diálogo y reflexión en el curso promoviendo el desarrollo de habilidades sociales especificadas en el PEI. c) Las situaciones de hostigamiento deben ser conversadas abiertamente, de manera de no continuar manteniendo el silencio. d) Distinguir cuando pequeños gestos, pequeñas acciones están escondiendo o disfrazando situaciones que pueden estar causando daño a otro. ( distinguir la intencionalidad de los hechos: simple broma o agresión) e) Habilitación de un lugar ( definir lugar) en el colegio donde se realizarán las denuncias de bulling Art. 10.18.- El Colegio se rige bajo la Ley Nº 20.084 “Responsabilidad Penal Adolescente”, la que vuelve imputable a los menores entre 14 y 18 años. Esta Ley, aplicada al matonaje, plantea que: Si hay lesiones de por medio, aunque sean leves, el hecho debe ser 18 denunciado por el propio Colegio. La nueva normativa nos obliga a dar cuenta de todos los acontecimientos que revistan carácter de delito y que afecten a sus alumnos. Aún cuando se produzcan a dos cuadras. Los que no lo hacen se exponen a multas que van desde 1 a 4 UTM o a pena remitida. Las denuncias a las que están obligados los colegios incluyen matonaje que implique lesiones a la víctima, robos y el uso de objetos como cuchillos cartoneros. Es deber de todos y cada uno de los miembros del Colegio Concepción Linares, denunciar frente a las autoridades pertinentes y realizar el debido protocolo de actuación. TITULOS XI MECANISMO DE RESOLUCION DE CONFLICTOS Art. 11 Como una forma de ayudar a resolver de buena manera los conflictos entre alumnos, o entre alumnos y profesores. El colegio proporciona asistencia de tutores o mediadores adultos. Mecanismo. Conversación con el o los involucrados en el conflicto. Las personas implicadas en el conflicto dialogan cara a cara para llegar a un acuerdo. Cada una expone su propio punto de vista, escucha el de la otra parte y esta dispuesto a ceder en algunos puntos para lograr el acuerdo. Inclusión de una persona no directamente relacionada con el conflicto, con el fin de abordarlo. El mediador actúa como un tercero imparcial sin poder decisorio que ayuda a la partes en conflicto a encontrar una solución al problema que presentan. Es facilitador de la comunicación y promueve el diálogo entre las partes. Ninguna de las modalidades descritas en los párrafos anteriores constituyen una forma positiva o negativa de abordaje de conflictos en si mismos. El que sean adecuadas o inadecuadas va a depender del contexto, de la situación y el tipo de relación que exista entre las personas involucradas. Finalmente, es importante reiterar que no todos los desacuerdos son negociables y no todos los conflictos, soluciones. Parte de la madurez de los grupos es aprender a vivir con diferencias y discrepancia. Todas estas situaciones conflictivas deben ser tratadas en un lugar adecuado y en privado, en donde estén solo las personas afectadas o involucradas en el tema. Los casos de violencia no son mediables. Art.12. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN COMO PREVENIR EL ABUSO SEXUAL INFANTIL. Como comunidad educativa se actuará de acuerdo al protocolo establecido con la finalidad de: •Intentar cuidar la privacidad de los niños y de las niñas. Acoja y busque un lugar adecuado si ella o él quieren conversar. •Mantener una conversación con los niños y niñas manténgase a su altura física. •No presionar para hablar y evitar detalles innecesarios. •No enjuiciar ni culpar, no culpar si no hablo antes o porque tiene vergüenza. •Registrar en forma textual lo que la niña o niño dijo. •Demostrar que se confía en la veracidad de su relato. •Aplicar Protocolo del Colegio Concepción, Linares. Art. 13.PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES Ley 16.744 Art. 3º, dispone que estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional. 19 El Colegio clasifica los accidentes escolares en: • LEVES: son aquellos que solo requieren de la atención primaria de heridas superficiales o golpes suaves. PROCEDIMIENTO: 1. Los estudiantes serán llevados donde la encargada de primeros auxilios por el docente o educadora que se encuentra en el momento a cargo. Si se encuentra en recreo será llevado por un inspector de patio. 2. La encargada de primeros auxilios revisará y le aplicará los primeros auxilios requeridos. 3. Se registrar la atención. • MENOS GRAVES: son aquellos que necesitan de asistencia médica como heridas o golpes en la cabeza u otra parte del cuerpo. PROCEDIMIENTO: 1. El docente o educadora que se encuentra a cargo deberá avisar en forma inmediata al inspector general o encargada de convivencia escolar, para coordinar el traslado del estudiante a la encargada de primeros auxilios. En caso que suceda en recreos, el inspector de patio avisará al inspector general. 2. De acuerdo al grado del accidente se tomarán las medidas pertinentes del traslado del estudiante a inspectoría. 3. La encargada de prestar los primeros auxilios revisará al estudiante y le aplicará los primeros auxilios. 4. El inspector general llamará a los padres para comunicar los detalles del accidente y solicitar que lo vengan a buscar para llevarlo al centro asistencial de acuerdo al convenio de seguros de accidentes escolares. En caso de requerir el seguro escolar otorgado por el Ministerio se completará el formulario correspondiente. • GRAVES: son aquellas que requieren de atención inmediata de asistencia médica, como caídas de altura, golpe fuerte de la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, quebraduras de extremidades, pérdida del conocimiento, quemaduras, atragantamientos por comida u objetos. PROCEDIMIENTO: 1. El docente o educadora a cargo avisará en forma inmediata al inspector general. En caso que suceda en recreos, será el inspector de patio la responsable de avisar. 2. En caso de golpe en la cabeza o quebraduras se mantendrá al estudiante en el lugar del accidente y se aplicarán los primeros auxilios sólo por la encargada, apoyada por Encargada de Convivencia Escolar 3. Se llamará en forma inmediata a la ambulancia para su traslado al centro asistencial concertado con el seguro escolar y posteriormente se avisará a los padres. En caso de requerir del seguro escolar del ministerio, se completa el formulario correspondiente. 4. En caso de ser necesario el traslado inmediato al centro asistencial más cercano, se coordinará junto con los padres y será llevado en vehículo particular por la encargada de primeros auxilios. Art 14. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE EMBARAZOS, MATERNIDAD Y PATERNIDAD. La ley n° 20.370 General de Educación de 2009 del ministerio de Educación, en su artículo n° 11 indica “El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos. El Colegio Concepción Linares, toma como principio Laico, velar siempre por el respeto a la vida y entregando todas las instancias necesarias con el fin de proteger el desarrollo normal de una vida en gestación. 20 Art 15. PROTOCOLO EVALUACIÓN DIFERENCIADA Vuestro protocolo expone los criterios y procedimientos del Colegio Concepción Linares, para otorgar el beneficio de Evaluación Diferenciada en algún subsector o sector de aprendizaje. La Evaluación corresponde a una serie de procedimientos técnicos que permiten medir los aprendizajes obtenidos por los estudiantes a través de diferentes metodologías y medios que sean pertinentes a los contextos de aprendizaje enseñanza trabajados. Consideraciones para otorgar el beneficio de la Evaluación Diferenciada: - Informes del o de los especialistas tratantes. -Grado de las dificultades presentadas y su repercusión en el rendimiento académico (Derivación del profesor de la asignatura en estudio). - Antecedentes históricos del alumno(a) en relación a las dificultades por las que se solicita la Evaluación Diferenciada y compromiso de la familia con los apoyos sugeridos por el colegio. - El compromiso del alumno(a) en relación a su responsabilidad académica, de modo que la evaluación diferenciada sea un real beneficio en el desarrollo de sus potencialidades y superación de las dificultades. El Colegio se reserva el derecho de aceptar o rechazar la solicitud de Evaluación Diferenciada, de acuerdo a los recursos humanos y de infraestructura reales con que cuenta para un seguimiento responsable del proceso del alumno o alumna. Así mismo, cuando lo considere pertinente, podrá solicitar una segunda opinión profesional en alguna especialidad. En general, la situación de evaluación Diferenciada se considera de carácter temporal, cuando las dificultades se proyectan como potencialmente superables, cuando se han aplicado las estrategias de apoyo adecuadas. El protocolo de Evaluación Diferenciada puede ser solicitada hasta el 30 de marzo y la entrega de documentos adjuntos a la solicitud hasta el 30 de abril del año lectivo, será considerada dicha evaluación desde abril hasta que las condiciones cambien o así lo determine el equipo de NEE, durante el año escolar correspondiente, después los padres y especialistas tratantes deben realizar nuevamente el procedimiento de solicitud. Los padres se comprometerán a mantener el tratamiento especializado del alumno o la alumna hasta la superación de las dificultades y/o hasta que el desempeño de su hijo o hija esté dentro de los rangos requeridos para asegurar los aprendizajes. Los alumnos y alumnas, por su parte, se deben comprometer a ser agentes activos de su aprendizaje, cumpliendo regularmente con sus tratamientos externos y manteniendo una conducta adecuada. Dicho compromiso quedará formalizado en la Carta Compromiso de Evaluación Diferenciada. Los profesores jefes y de asignatura recibirán por escrito el listado de alumnos y alumnas con Evaluaciones Diferenciadas del correspondiente año escolar, en el cual se detalla las áreas, periodo que corresponderá. TITULO XVI DEL COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR Art. 16.1 El comité de sana Convivencia Escolar es un órgano consultor de la Dirección que persigue ser un aporte para la convivencia deseable de toda la comunidad educativa y especialmente en relación con la solución a temas vinculados al comportamiento de los estudiantes. Art. 16.2 El Comité de sana Convivencia Escolar está integrado por un representante de cada estamento del Colegio. A saber: Coordinación Estudiantil, Centro de Padres, Centro de Alumnos, Coordinación Académica, Orientación y Docentes. Art. 16.3 Son funciones del Comité de Sana Convivencia Escolar: 21 a) b) c) d) e) f) g) h) Liderar las campañas preventivas que garanticen la armonía de la convivencia escolar. Diagnosticar periódicamente las tendencias de comportamiento de los estudiantes y docentes, para proponer criterios y mecanismos para su administración, en una frecuencia de cada tres meses una vez iniciado el año escolar. Sugerir los correctivos que se deriven del análisis de situaciones presentadas. Realizar reuniones de análisis de situaciones disciplinarias y tomar las decisiones correspondientes para mejorar la conducta y la convivencia escolar, regidos por este manual de convivencia. Mantenerse actualizados en tendencias, técnicas y disposiciones legales relacionadas con la convivencia escolar. Tomar dediciones relacionadas con el comportamiento de los estudiantes. Elaborar acuerdos por los cuales se toman decisiones para aplicar sanciones o estímulos a los estudiantes. Dejar constancias en actas debidamente firmadas de las reuniones realizadas, temas tratados y dediciones tratadas. Art. 16.4 El Colegio contara con un programa de Mediación Escolar cuya función será el ser una instancia de solución pacífica de problemas de convivencia escolar y prevención de situaciones conflictiva de los alumnos entre ellos y/o miembros de la comunidad escolar. a) Los profesores deberán derivar a los alumnos/as que presenten conflictos al comité de mediación escolar para su intervención. b) La persona encargada de evaluar si corresponde iniciar un proceso de mediación será el jefe del departamento de mediación escolar, a saber, Orientadora del Colegio. Disposiciones finales Art. 16.7 El apoderado al momento de elegir libremente este Colegio como guía formadora de su pupilo/a se compromete a tomar Conocimiento y acatar todas las líneas de este reglamento de Convivencia escolar. De no ser así el apoderado deberá elegir otro Colegio para su pupilo/a. Art. 16.8 El Colegio está obligado a entregar a todos los una copia de éste reglamento al momento de la matrícula, o la primera reunión de Padres y/o Apoderados realizada en marzo Art. 16.9 De acuerdo a los resultados que deriven de la aplicación de las normas contenidas en el presente reglamento de convivencia escolar, este será sometido a revisión y consulta en el Consejo de Profesores anual del Colegio y aprobado por el Consejo Escolar, se irá perfeccionando paulatinamente y se informará oportunamente al Departamento Provincial de Educación de Linares. Art. 16.10 Toda situación no contemplada el presente reglamento de convivencia escolar, será resuelta por el equipo directivo del Colegio. TITULO XVII SITUACIONES ESPECIALES Art. 17.1 La Dirección del colegio se reserva las siguientes facultades: a. Restringir el ingreso y el desplazamiento de los padres y apoderados por las dependencias del establecimiento en función de la seguridad y el normal desarrollo de las actividades de los alumnos. b. Solicitar el cambio de apoderado cuando la situación lo amerite. c. Solicitar a los apoderados la vacancia de su cargo en directivas de cursos o centro de padres y/o apoderados, cuando la situación le amerite. 22 d. En caso de un delito flagrante, cuando se sorprende a la persona realizando una actividad de consumo, tráfico o microtráfico: denunciar a la autoridad competente, unidad policial más cercana al establecimiento e. En caso de sospecha de que se esté realizando actividades vinculadas al tráfico o micro tráfico de drogas, las autoridades del establecimiento educacional deberán poner los antecedentes obtenidos en conocimiento del Fiscal o de las policías de la comuna quienes investigarán el caso con la reserva de la identidad del denunciante f. Derivación a redes de apoyo existentes en la red local g. Citar a entrevista a apoderados para informar de la situación y determinar pasos a seguir, en relación a lo establecido en el manual de convivencia. Art. 17.2 Obligación de denuncia de delitos. Los directores, coordinador estudiantil y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecta a un miembro de la comunidad educativa tales como: lesiones, amenazas, robos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las Fiscalías del Ministerio Público o los Tribunales competente, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho. (sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e y 176 del código procesal penal) Nota: El Colegio no se responsabiliza por la perdida o sustracción de objetos de valores (relojes, celulares, joyas, mp3, mp4, Ipod, etc.), ya que los mismos son de exclusiva responsabilidad de quienes los usan y, por lo tanto, ni el Establecimiento, ni ninguno, de sus funcionarios responderá monetariamente por su extravío, aún cuando haya sido requisado por alguno de ellos. En el caso de alguna situación no contemplada en este Manual, esta será resuelta por el Rector del Establecimiento Educacional. TITULO FINAL Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento, será evaluada y resuelta por el estamento correspondiente y en caso que sea posible su resolución se procederá a tratar el caso en el estamento Superior y así sucesivamente hasta encontrar la situación, de acuerdo al conducto regular del establecimiento. Tomo conocimiento del Reglamento de Convivencia Escolar; Alumno(a) Apoderado(a) 23 Profesor(a) Jefe
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