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COLEGIO DE LA PRESENTACIÓN LUNA PARK
REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA
MISION
El Colegio de la Presentación Luna Park inspirado en el Evangelio, en el carisma de Marie
Poussepin, en la Constitución Política de Colombia y en los principios de la educación
personalizada busca la formación de personas líderes cristianas comprometidas con la vida y la
construcción de un país justo y solidario ofreciendo una educación integral de calidad a todos los
miembros de la Comunidad Educativa.
VISIÓN
El Colegio señala su rumbo, sus rasgos distintivos, partiendo del momento histórico, de la compleja
realidad nacional, de la crisis de valores, ofrece a la comunidad un servicio educativo de calidad a
la luz de un horizonte cristiano personalizado. Aspira ser en el año 2015 un colegio en pastoral,
comprometido con una sólida formación en valores, que promueva el pleno desarrollo de las
potencialidades y dimensiones de la persona mediante el Proyecto Educativo Institucional,
permaneciendo atento a los adelantos pedagógicos, tecnológicos y científicos. La Institución se
caracterizará por el uso intensivo del inglés como lengua extranjera, haciendo de la investigación
un modelo pedagógico y un referente institucional. Con un sistema de dirección estratégica que
implica a todos los miembros de la comunidad educativa.
LEMA
Crecemos en Jesucristo en el servicio y la entrega al hermano.
IDENTIDAD Y FUNDACIÓN DEL COLEGIO DE LA PRESENTACIÓN
LUNA PARK
El Colegio de La Presentación Luna Park fue fundado por solicitud de Monseñor Ismael Perdomo,
Arzobispo de Bogotá, el 23 de junio de 1934. Es una Institución privada, sin ánimo de lucro,
confesionalmente católica, fundada por la Congregación de Hermanas de la Caridad Dominicas de
Presentación de la Santísima Virgen para proclamar y testimoniar el mensaje de salvación,
impartiendo educación cristiana a las jóvenes desde su realidad concreta según necesidad que
tiene toda persona de educarse integralmente, unificando principios, criterios, aunando fuerzas y
generando iniciativas, con una pedagogía liberadora, centrada en el ser humano a la luz del
Evangelio, del Carisma educativo de La Presentación, atenta al desarrollo de la ciencia, tecnología
y la cultura, y orientada por su Proyecto Educativo Institucional: «EN COMUNIDAD
PROMOVEMOS LA PERSONA Y TRANSFORMAMOS LA SOCIEDAD A LA LUZ DEL
EVANGELIO».
El domicilio del Colegio es la ciudad de Bogotá, D. C., ubicado en la Calle 10 sur No. 15-35, su
razón social es “COLEGIO DE LA PRESENTACIÓN LUNA PARK”, y su representación legal es la
Provincial, con delegación a la Rectora.
La Institución proporciona un clima en el cual se aprende a aprender, a ser, a hacer, a convivir,
señalando y actualizando criterios para la excelencia, sin perder de vista que el mejorar es una
necesidad humana, por ende, está acreditada por el ente certificador E.F.Q.M., en el nivel R4E 3
estrellas, y en el ICFES está catalogado en el rango MUY SUPERIOR.
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SÍMBOLOS DEL COLEGIO
BANDERA
Compuesta por tres franjas horizontales de igual tamaño, la superior y la inferior de color azul rey y
la del centro de color blanco.
El azul simboliza la sencillez, virtud que va unida a la verdad. La persona sencilla es transparente,
es auténtica y es coherente en su pensar y actuar.
El blanco símbolo de pureza, claridad, armonía e integridad.
ESCUDO
Consta de un círculo con fondo azul. Al centro una pequeña abeja dorada, enmarcado en una
decena del rosario suspendido de la cruz.
El fondo azul, simboliza para las estudiantes de la Presentación, la armonía y la sencillez.
El rosario suspendido de la cruz que enmarca el escudo significa la piedad, es decir el principio de
la trascendencia, que se debe manifestar en la vida de cada estudiante: por su relación con Dios,
consigo misma, con los demás y con la naturaleza.
La abeja dorada, representa el trabajo, la laboriosidad, el esfuerzo y la constancia. Toda
estudiante de la Presentación se debe distinguir por su trabajo responsable y honesto.
Es símbolo de la perfección y el desarrollo ordenado de una comunidad que trabaja en
equipo.
Las abejas están especializadas en una tarea y son incapaces de sobrevivir sin las demás.
El centro de las actividades es la reina, quien determina buena parte de la vida de la colonia.
Las adultas más jóvenes suelen empezar a trabajar como limpiadoras y pulidoras de las celdillas.
Las tareas de las obreras maduras comprenden: construir el panal, alimentar a cientos de abejas
inmaduras, cuidar a la reina. Generar calor, ventilar la colmena y finalmente, recolectar néctar,
polen y agua.
De la buena comunicación: verdadera, clara y motivadora.
Cuando una abeja descubre una nueva fuente de alimentos, como un campo florido, llena su saco
de néctar, regresa a la colmena y ejecuta una danza vigorosa y muy codificada, para que sus
compañeras puedan aprovisionarse.
Del servicio a los demás.
La abeja es el insecto más útil para el hombre, pues es uno de los principales polinizadores de los
cultivos de: almendra, manzana, aguacate, mora, cereza, pepino, zarzamora, uva, mango, melón,
durazno, pera, ciruela, frambuesa, fresa, sandía, alfalfa, espárrago, brócoli, repollo, zanahoria,
trébol, algodón, pepino, cebolla, rábano, calabaza y nabo; además produce miel y cera.
Emma Beatriz Montero Corredor
De estos símbolos proviene el lema de la Presentación:
“Piedad, Sencillez y Trabajo”.
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HIMNO DE LA ESTUDIANTE PRESENTACIÓN
CORO: En espíritu todas unidas
en abrazo fraterno de amor
fresca savia de tronco robusto
sueño azul de la Presentación.
Nuestras almas cual linfas bullentes
sean cáliz de todo sabor,
ritmo alegre y eterno que late
al sentir de la Presentación.
Juventud, animad vuestro brazo
nuestro pecho se encienda en ardor
y marchemos las manos unidas
como hermano y hermana hasta Dios.
En panales de amor libar puedan
corazones, piedad y virtud.
Cuando posen su planta en el mundo
en sus huellas florezca la luz.
Toda estudiante entronice en su vida
está sola palabra: verdad,
sencillez el crisol de sus obras
y el camino de su integridad.
Del deber en el yunque sagrado
el trabajo también redentor
pueda hacer nuestra vida fecunda
para darla y servir la hizo Dios.
Tras las huellas que suben al templo
coloquemos del alma una flor,
ella guía, modelo y ejemplo
y tras ella la Presentación.
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INTRODUCCIÓN
HORIZONTE DEL REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA
De acuerdo con el Carisma Congregacional de las Hermanas de la Caridad Dominicas de la
Presentación, Provincia de Santafé, inspirado en el Evangelio y en las enseñanzas de Marie
Poussepin, Apóstol Social de la Caridad, el Manual de Convivencia de nuestros colegios es:
Un medio pedagógico para encarnar en nuestras relaciones, el espíritu samaritano del amor y
la misericordia, mediante procesos de diálogo y concertación que posibiliten el encuentro con el
otro, en aras de resolver los conflictos asertivamente, en un ambiente de fraternidad.
Un instrumento que fortalece y ayuda a sanar las relaciones, animado por la Pedagogía y
Valores de Marie Poussepin: amor, respeto, ternura, misericordia, solidaridad, firmeza, tolerancia…
Una ayuda al desarrollo integral de la persona, a su proyecto de vida, en su dimensión
espiritual, ética y social, como creyentes comprometidos con la justicia, la paz, la defensa de la
vida, el cuidado y transformación del entorno.
PRINCIPIOS
“Tened mucha ternura y vigilancia respecto de la niñez y juventud que educáis”
“Tratad de haceros amar y respetar a la vez”.
“Sed dulces sin debilidad, firmes sin dureza, graves sin altivez”
Reglas Generales
Los principios pedagógicos que orientan la CONVIVENCIA, entre todos los miembros de la
Comunidad Educativa, de acuerdo con el horizonte del Carisma Congregacional, la Educación
Humana y Personalizante y la Espiritualidad del buen samaritano son:
1. Presencia de Dios en todas nuestras acciones y relaciones: PIEDAD- ESPIRITUALIDAD.
TRASCENDENCIA.
2.
Si la persona es lo primero, lo primero es la persona: SENCILLEZ-SINGULARIDAD.
3.
Mi deber es mi responsabilidad. TRABAJO-AUTONOMÍA.
4. Siempre debo ser un buen samaritano y lo manifiesto en: el CUIDADO DE SÍ, DEL OTRO, DE
LA NATURALEZA. APERTURA.
5. Mi mensaje es mi propia vida: TESTIMONIO - COHERENCIA CON LA ESPIRITUALIDAD QUE
NOS ANIMA.
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RESOLUCION No. 001
(Marzo 18 de 2014)
Por la cual se modifica y adopta el presente
REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA para el COLEGIO DE LA PRESENTACIÓN LUNA
PARK
La Rectora del Colegio, en uso de sus facultades y atribuciones legales, en especial, las concedidas en el
acto de nombramiento emanado de la Superiora Provincial y
CONSIDERANDO
Que es indispensable establecer normas claras, precisas de comportamiento para que los diferentes
estamentos del colegio tengan una guía en la valoración de las interrelaciones personales.
Que la filosofía, principios y valores del Colegio están fundamentados en las normas del Evangelio, en las
Pedagógicas de Marie Poussepin y en los principios de Educación Personalizada, donde la persona debe
ser el centro del proceso educativo.
Que es necesario reconocer los derechos y deberes que corresponden a todos los integrantes de la
Comunidad Educativa, para velar por el cumplimiento de los mismos y establecer criterios de conducta,
valoración y compromiso que garanticen el respeto mutuo en concordancia con el Código de la Infancia y
Adolescencia.
Que es indispensable aplicar las normas educativas establecidas en la Constitución Nacional, el Código
de la Infancia y la Adolescencia, la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, los Decretos 1860 de 1994, el
1290 de 2008, la Ley 1620 de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965 de 2013, que ordenan la práctica
de los principios relacionados con la convivencia social, el pluralismo, la democracia participativa, los
mecanismos de participación comunitaria y la regulación de los conflictos basados en el diálogo, la
conciliación y la concertación.
Que es justo estimular a quienes testimonien los valores intelectuales, espirituales, cívicos, morales y
culturales.
Que se deben fijar sanciones disciplinarias y procedimientos para resolver en forma equitativa las
diferencias que se presentan en la vida cotidiana.
Que el Colegio necesita recuperar los costos que demanda la prestación del servicio educativo, aplicando
los criterios de los artículos 201 y 202 de la Ley 115 de 1994, el Decreto 2253 de 1995 y la norma anual
que expide la Secretaria de Educación.
Que el Consejo Directivo en reunión el 18 de marzo de 2014, analizó y adoptó las reformas
recomendadas por la Comunidad Educativa.
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Establecer el presente Reglamento o Manual de Convivencia de la Comunidad Educativa
del Colegio de la Presentación Luna Park, el cual se evaluará periódicamente, según las necesidades
para posibles ajustes. Consta de los siguientes títulos y capítulos:
TÍTULO UNO.
CAPÍTULO
DE LA INSTITUCIÓN Y SUS ESTUDIANTES
I.
DISPOSICIONES GENERALES
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CAPÍTULO
II.
ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO
CAPÍTULO
III.
DE LAS ESTUDIANTES
CAPÍTULO
IV.
DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS
CAPÍTULO
V.
CRITERIOS DE CONVIVENCIA, FALTAS Y MEDIDAS
CAPÍTULO
VI.
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
CAPÍTULO
VII.
SISTEMA DE EVALUACIÓN
CAPÍTULO
VIII.
DE LOS OTROS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
CAPÍTULO
IX.
SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO
TITULO DOS.
DE LOS OTROS SERVICIOS.
TITULO TRES.
DE LAS COMUNICACIONES.
TÍTULO CUATRO.
DE LOS COSTOS EDUCATIVOS.
CAPÍTULO
I.
DEFINICIONES
CAPÍTULO
II.
PROCEDIMIENTOS
ARTICULO 2º. Adoptar el Reglamento o Manual de Convivencia para el COLEGIO DE LA
PRESENTACIÓN LUNA PARK, como marco referencial que rige el proceder de la Comunidad Educativa.
ARTICULO 3º. El Reglamento o Manual de Convivencia que se adopta está contenido en el documento
que se adjunta y el cual hace parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 4º. Promulgar y explicar el Reglamento o Manual de Convivencia en reuniones con los
miembros de la Comunidad Educativa y entregar un ejemplar a cada una de las familias del Colegio.
ARTICULO 5º El presente Reglamento o Manual de Convivencia empieza a regir a partir de la fecha de
la adopción en el año lectivo de 2014.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en la Rectoría del COLEGIO DE LA PRESENTACIÓN LUNA PARK, a los 18 días del mes de
Marzo de 2014.
Hna. Ana Yolanda Pérez Camargo
RECTORA
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TÍTULO PRIMERO. DE LA INSTITUCIÓN Y SUS ESTUDIANTES
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Educación 115 y el Decreto 1860 de 1994 el
Reglamento o Manual de Convivencia establece los lineamientos del Colegio en cuanto a derechos,
deberes y compromisos de las estudiantes y de los padres de familia.
El Reglamento o Manual de Convivencia propicia canales de comunicación, fija parámetros y
orientaciones para estimular la participación democrática de la Comunidad Educativa.
ARTÍCULO 1º. OBJETIVOS. El Colegio de la Presentación Luna Park establece los siguientes objetivos
del Reglamento o Manual de Convivencia:
1.
Establecer formalmente el conjunto de normas y procedimientos que regulan el comportamiento de
los miembros de la Comunidad Educativa con miras al funcionamiento exitoso de la institución.
2.
Seguir trabajando en pro de la calidad total asumiendo la mejora continua desde los procesos claves
en todos los ámbitos del colegio, especialmente propiciar un clima de bienestar que permita el
desarrollo personal y comunitario.
3.
Comunicar de manera concreta y suficiente las reglas del comportamiento académico e
interpersonal, dispuestas en el Colegio, para que sean conocidas y asimiladas por todos los
integrantes de la Comunidad Educativa, con el fin de asegurar su cumplimiento.
4.
Propiciar un ambiente de convivencia basado en el disfrute responsable de los derechos y en el
cumplimiento de los deberes con que cada cual aporta al desenvolvimiento armónico de la estructura
institucional.
5.
Formular los procedimientos a seguir en relación con los comportamientos ajustados a la normatividad o inconsistentes con ella, configurando un régimen de reconocimientos y sanciones.
6.
Desarrollar un proceso reflexivo permanente sobre el sistema de valores y principios que rige la vida
del Colegio y se refleja en el Manual, de manera que éste se examine y mejore continuamente.
7.
Constituir un instrumento para la solución de dificultades y conflictos, así como para la evaluación de
diferentes manifestaciones del comportamiento individual, familiar y escolar.
8.
Aportar al conjunto de recursos creados por la Institución para fomentar el clima de comprensión,
diálogo y corrección en las actuaciones de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
CAPÍTULO II.
ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ARTÍCULO 2º. GOBIERNO ESCOLAR: El Gobierno Escolar del Colegio de la Presentación, está
integrado por los siguientes órganos:
a. Rectora.
b. Consejo Directivo. (Ley General 115, 8-02-1994)
c. Comité de calidad
d. Consejo Académico.(Ley General 115, 8-02-1994)
Como organismos de Participación
Consejo de Padres (Cfr. Decreto 1286 de 2005)
Asociación de Padres de Familia (Cfr. Decreto 1286 de 2005)
Consejo Estudiantil (Cfr. Decreto 1860, Art. 2)
Comités consultivos.
Comité de convivencia escolar (Ley 1620 del 15 de marzo de 2013)
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Artículo 3º. DE LA RECTORA.
Es la representante legal de la Institución según la normatividad de la Congregación y el Ministerio de
Educación Nacional para el logro de un eficiente servicio educativo y administrativo en beneficio de la
comunidad.
FUNCIONES DE LA RECTORA:
1. Liderar la planeación estratégica institucional de acuerdo con los requisitos legales y
congregacionales.
2. Liderar la planeación de la Pastoral Educativa del Colegio.
3. Generar lineamientos para la administración de los recursos de la Institución (financieros,
infraestructura, materiales y humanos)
4. Orientar la definición del direccionamiento estratégico y asegurar su divulgación y apropiación.
5. Administrar la estructura organizacional asegurando que se establecen relaciones,
responsabilidades y autoridades entre los órganos del Gobierno Escolar y los cargos de la
Institución.
6. Atender a usuarios internos, externos y proveedores.
7. Realizar las revisiones del Sistema de Gestión de Calidad y el Proyecto Educativo Institucional
para autorizar cambios significativos.
8. Verificar y aprobar el cierre de Acciones correctivas y preventivas.
9. Generar lineamientos para la planeación, desarrollo y sistematización de la evaluación
institucional.
10. Orientar el diagnóstico estratégico e identificar las necesidades, intereses y expectativas de los
usuarios para mejorar la eficacia del Sistema de Gestión de Calidad, del servicio y de los
recursos.
11. Autorizar todos los contratos necesarios para el buen funcionamiento de la institución.
12. Mantener activas y cordiales relaciones con las autoridades educativas y proveedores.
13. Establecer, implementar y controlar los niveles de comunicación y responsabilidad de su proceso.
14. Presidir las instancias definidas en el Gobierno Escolar del Colegio, las demás que la Ley y las
Superioras le asignen.
Artículo 4º. DEL CONSEJO DIRECTIVO.
Instancia de participación de la Comunidad Educativa, para la asesoría académica y administrativa del
Colegio de la Presentación Luna Park, dentro del marco de la reglamentación interna de la Congregación
de las Hermanas de la Caridad Dominicas de la Presentación.
CONFORMACIÓN.
El Consejo Directivo del Colegio de la Presentación estará integrado así:
1. La Superiora Provincial o su representante.
2. La Rectora del Establecimiento Educativo, quien lo convoca y lo preside.
3. El Coordinador Académico.
4. Dos representantes de los docentes de la Institución, elegidos por ellos.
5. La psicóloga.
6. Dos representantes de los Padres de Familia, uno nombrado por la Junta Directiva de la Asociación y
otro por el Consejo de Padres.
7. Una representante de las estudiantes del grado undécimo elegida por el Consejo de Estudiantes.
8. Una representante de las ex alumnas de la Institución que designará la Rectora del Colegio previa
presentación de la terna por la Junta Directiva de la Asociación de Exalumna.
9. Un asesor delegado de la Comunidad Religiosa, en representación de la entidad patrocinadora de la
Institución.
10. La Ecónoma del Colegio.
PARÁGRAFO 1: Los representantes al Consejo Directivo serán elegidos por un período de un año, pero
podrán continuar cumpliendo con sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia
se elegirá su reemplazo para el resto del período, siguiendo el mismo proceso de elección o por
Resolución Rectoral, si esto no fuere posible.
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FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.
Son funciones del Consejo Directivo las siguientes:
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean
competencia de otra autoridad conforme al manual de funciones.
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos,
con las estudiantes del Plantel, después de haber agotado el conducto regular.
3. Adoptar el Reglamento o Manual de Convivencia del Colegio y el Proyecto Educativo Institucional.
4.
Asumir la defensa y garantía de los derechos y deberes de la Comunidad Educativa.
5. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y del plan de estudios.
6. Establecer estímulos y correctivos pedagógicos para el buen desempeño académico y social de las
estudiantes.
7. Promover relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras Instituciones educativas y la
conformación de organizaciones juveniles.
8. Fomentar la conformación de Asociaciones de carácter académico, científico y cultural entre los
padres de familia, estudiantes y profesores.
9. Estar actualizado en tendencias y técnicas modernas de la educación y las políticas educativas
nacionales.
10. Velar por la “Excelencia educativa” del Colegio en todos sus aspectos.
11. Mantener informado al estamento al cual representa cada miembro sobre las actividades del Consejo
Directivo.
12. Invitar a otros de la comunidad educativa cuando se considere necesario, indicando su participación
con voz pero sin voto
13. Darse su propio reglamento.
Parágrafo 2: las decisiones del consejo Directivo se tomarán por mayoría simple de quienes lo
conforman.
Artículo 5º. EQUIPO LIDER DE CALIDAD.
Es el órgano que planea y toma decisiones sobre el Sistema de Gestión de la Calidad del Colegio. A
través de este comité se mantiene la integridad y se planean e implementan los cambios, se demuestra
la conformidad y el mejoramiento continuo del sistema de gestión institucional
Está conformado por:
Rectora.
Coordinador Académico.
Ecónoma.
Coordinador de calidad.
Líderes de las áreas de mejora.
Personera
Funciones del equipo líder de calidad:
Velar por la calidad de todos los procesos a trabajar durante el año.
Llevar a cabo la evaluación permanente de los procesos para alcanzar la excelencia.
Fortalecer la imagen corporativa y social del Colegio
Artículo 6º. DEL CONSEJO ACADÉMICO.
Instancia encargada de asesorar la orientación pedagógica del Colegio.
Está integrado por:
1. La Rectora quien lo preside.
2. Los Coordinadores del Colegio.
3. Un docente por cada área académica definidas en el plan de estudios.
4. La Psicóloga.
5. El Asesor.
FUNCIONES.
Las funciones del Consejo Académico son las siguientes:
1. Servir de órgano de consulta del Consejo Directivo, en la revisión de la propuesta del Proyecto
Educativo Institucional y del Reglamento o Manual de Convivencia.
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2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Conformar la Comisión de Evaluación y Promoción del Colegio, asignando las funciones respectivas.
Velar por la calidad educativa del Colegio en todos sus aspectos.
Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, proponiendo las modificaciones y ajustes.
Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
Participar en la evaluación institucional.
Recibir y decidir los reclamos de las estudiantes sobre el proceso evaluativo, agotado el conducto
regular.
Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto
Educativo Institucional o la Rectora del Plantel.
Darse su propio reglamento.
Artículo 7º. DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
Es un medio para asegurar la continua participación de los padres y/o acudientes en el proceso
pedagógico del establecimiento. Está integrado por un representante y respectivo suplente de los padres
de las estudiantes de cada uno de los cursos.
FUNCIONES.
Son funciones del Consejo de Padres de Familia las siguientes:
1. Organizar y desarrollar talleres, seminarios, conferencias que contribuyan a la formación integral
de padres y estudiantes.
2. Velar por la buena imagen de la Institución.
3. Promover actividades culturales y deportivas entre los miembros de la Comunidad Educativa.
4. Asistir puntualmente a las reuniones.
5. Seguir el conducto regular para cualquier actividad relacionada con la Institución.
Artículo 8º. DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA.
La Asociación de Padres de familia del Colegio de la Presentación Luna Park, es un medio para asegurar
la continua participación de los padres en la formación integral de las estudiantes y tiene su propia
organización de acuerdo a los Estatutos. Forman parte de ella los padres de familia que se asocien
voluntariamente.
Artículo 9º. DEL CONSEJO ESTUDIANTIL.
Es un órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de las
estudiantes.
Está conformado por:
1. La Rectora
2. Las Coordinadoras del Colegio.
3. La Personera.
4. Representante al Consejo Directivo
5. Personerita
6. Representantes de curso de los grados tercero a undécimo.
FUNCIONES.
Son funciones del Consejo Estudiantil las siguientes:
1. Impulsar el estudio y asimilación del Reglamento o Manual de Convivencia.
2. Elegir la representante ante el Consejo Directivo.
3. Recibir las iniciativas de las estudiantes que propendan por la formación integral.
4. Fomentar la integración, participación y compromiso activo de las estudiantes en las actividades
programadas por el Colegio.
5. Comunicar a sus compañeras lo tratado en las reuniones del Consejo Estudiantil en forma veraz.
6. Promover iniciativas, de amor y sentido de pertenencia al Colegio.
7. Realizar estudios de urbanidad y civismo que impulsen campañas de respeto y buen
comportamiento dentro y fuera del Colegio.
8. Colaborar en las diferentes actividades que realice el Colegio.
9. Participar activamente en el día de la disciplina.
10. Contribuir con el orden y la disciplina para la buena marcha del Colegio.
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11. Darse su propio reglamento de organización interna.
PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DE LA REPRESENTANTE DE CURSO
1. Convocatoria por parte de la Rectora dentro del primer mes del año escolar.
2. Inscripción de las aspirantes con su respectivo plan de trabajo ante el Comité Electoral, en un
término no inferior a ocho (8) días con anterioridad a la fecha de elección.
3. Elección. Se hará mediante voto secreto en la fecha indicada.
4. Podrán votar las estudiantes desde el grado cuarto al grado undécimo, previa presentación del carné
que las acredita como estudiantes del Colegio.
5. Saldrá electa quien obtenga la mayor votación.
6. Las aspirantes podrán utilizar todos los medios de comunicación internos a su alcance para difundir
su propuesta de trabajo, dentro del respeto y en igualdad de condiciones.
PARÁGRAFO 1: Si durante la difusión de la propuesta, se comprueba que las aspirantes a la elección
están comprando votos dando obsequios, ofreciendo paseos, fiestas, reuniones sociales, etc., será
anulada la candidatura o elección.
7. Los escrutinios se realizarán inmediatamente se cierre la votación, por los miembros del comité
electoral.
8. Cada mesa de votación estará conformada por el titular de curso quien hará las veces de presidente;
la representante del curso quien será la vicepresidenta y una estudiante del grado undécimo quien
actuará de fiscal.
PARÁGRAFO 2: La elección de este consejo estudiantil, se llevará a cabo dentro de los primeros 20 días
hábiles del calendario escolar.
Artículo 10º. DE LA PERSONERA.
Es la representante de las estudiantes ante las autoridades del Plantel.
Dentro de los primeros 30 días hábiles del calendario académico, las estudiantes elegirán la
PERSONERA, entre las candidatas de grado UNDÉCIMO, encargada de promover los derechos y
deberes de las estudiantes.
PARÁGRAFO 1: De preescolar a grado tercero; la figura de la personera es reemplazada por una
estudiante de grado tercero (personerita), quien se someterá a la elección por voto secreto y deberá
cumplir con los mismos requisitos de la personera. Su función principal será la de ser vocera de los
grados que representa, frente al consejo estudiantil.
REQUISITOS PARA LA ELECCIÓN DE LA PERSONERA.
Los requisitos para que una estudiante sea elegida como personera son:
1. Estar matriculada en el grado undécimo.
2. Encontrarse a Paz y Salvo por todo concepto.
3. No tener ningún compromiso de orden disciplinario, académico o económico.
4. Demostrar excelente rendimiento académico y disciplinario.
5. Manifestar con sus actitudes y expresiones el sentido de pertenencia al Colegio.
6. Ser líder positivo.
7. Inscribir su candidatura en las fechas indicadas y con los documentos requeridos.
8. Presentar un plan de trabajo real con metas alcanzables.
9. Tener un tiempo de vinculación a la Institución mínimo de tres años.
10. Presentar el carné estudiantil.
11. Tener disponibilidad para el servicio.
FUNCIONES.
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de las estudiantes, estipulados en el
Reglamento o Manual de Convivencia, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del
establecimiento en asocio y colaboración de la Rectora y del Consejo Estudiantil.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten las estudiantes sobre lesiones a sus derechos
y las que formule cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
3. Velar para que las estudiantes sigan el conducto regular dentro de las solicitudes y reclamos que
formulen.
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4. Asistir a las reuniones del consejo estudiantil y presentar ante él programas, iniciativas y sugerencias
para la ejecución de su programa. En dicho consejo tendrá voz pero no voto.
5. Liderar el manejo, prevención y solución pacífica de los conflictos.
6. Realizar actividades, talleres, foros, seminarios que fortalezcan la convivencia pacífica de la
Comunidad Educativa.
PARÁGRAFO 2: Revocatoria de la Elección. Si dentro de los tres primeros meses posteriores a la
elección, la personera electa incumple con sus funciones y/o el plan de trabajo, podrá producirse su
revocatoria por parte de sus electoras, solicitada mediante oficio firmado por no menos de la mitad más
uno del total de votantes. En este caso se convocará a nuevas elecciones. Superado dicho tiempo, el
nombramiento será producido por la Rectora del Colegio.
ARTÍCULO 11º. DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA (Ley 1620 del 15 de marzo de 2013)
Busca mejorar los procesos de convivencia dentro y fuera de la institución, en procura de una sana
convivencia de toda la Comunidad Educativa brindando espacios de conciliación y herramientas para la
resolución de conflictos. Lleva a cabo el seguimiento del cumplimiento de las normas establecidas en el
Reglamento o Manual de convivencia.
Harán parte integral de los Comités de Convivencia:
1.
La Rectora del Colegio quien lo preside por derecho propio
2.
La Coordinadora de convivencia
3.
La personera
4.
La Presidente del Consejo de las estudiantes.
5.
El Psicólogo del nivel quien tendrá voz pero no voto.
6.
Un representante del Consejo de Padres.
7.
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar..
PARÁGRAFO 1: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa
conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.
FUNCIONES:
a) Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
b) Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la
convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio
cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la
comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un
compañero del establecimiento educativo.
c) Estudiar los casos graves de comportamiento de las estudiantes o aquellos que no aparezcan en
este Manual.
d) Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la Comunidad Educativa.
e) Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los derechos del niño y el
Reglamento o Manual de Convivencia.
f) Desarrollar foros y talleres con la Comunidad Educativa con el objetivo de promover la convivencia y
los valores dentro de los ámbitos institucional, estudiantil y familiar. los que
g) Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes, docentes y estudiantes, y los que
surjan entre estos últimos.
h) Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Reglamento o
Manual de Convivencia.
PARÁGRAFO 2: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a
sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia
en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
PARÁGRAFO 3: Cuando se requiera la acción del Comité de Convivencia el tiempo de convocatoria no
puede exceder las setenta y dos horas (72)
12
OTROS ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN
ARTICULO 12º. DEL CONSEJO DE PROFESORES.
Es un órgano consultivo y asesor de la rectora. En el colegio de la Presentación Luna Park, forman el
Consejo de Profesores, todos los docentes vinculados a la Institución mediante un contrato de trabajo,
quienes son responsables de la formación integral de las estudiantes, con una dimensión pastoral en el
área respectiva y en todas las actividades de la vida del colegio.
El Consejo de Profesores del Colegio tiene los mismos deberes, derechos y funciones estipulados en el
Manual de Funciones.
Parágrafo 1: El Consejo de Profesores sesiona en forma ordinaria cada quince días y en forma
extraordinaria cuando lo convoque la Rectora del Colegio.
Parágrafo 2: Todos los profesores vinculados al Colegio deben asistir puntualmente a las jornadas
pedagógicas y demás reuniones que cite la Rectora del Plantel.
ARTÍCULO 13º. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
La Comisión de Evaluación para cada grado estará integrada por todos los docentes que orientan el
desarrollo de las actividades académicas de cada área y/o asignatura, los Coordinadores Académico y
Convivencial, un representante de los estudiantes, un psico-orientador y un padre de familia designado
por el Consejo de Padres.
Son funciones de la Comisión de Evaluación
1. Analizar los casos de los estudiantes que no alcancen la totalidad de los logros y dar orientaciones
pedagógicas para su atención.
2. Analizar la situación de los estudiantes aventajados en el alcance de logros y señalar las actividades
pedagógicas complementarias del caso.
3. Analizar la situación de los estudiantes con problemas de inasistencia significativa.
4. Orientar a los estudiantes y Padres de Familia con insuficiencias o deficiencias en diferentes áreas o
asignaturas para la superación de éstas dificultades.
5. Analizar el rendimiento académico e integral de las estudiantes que alcanzaron todos los logros
requeridos mediante un proceso de superación personal permanente.
Conformación.
1. Las comisiones de evaluación y promoción deberán conformarse en la segunda reunión del Consejo
Académico.
2. Se reunirán ordinariamente al terminar cada período académico y extraordinariamente cuando sean
convocados por la Rectora.
ARTÍCULO 14º. DE LA ASOCIACIÓN DE EXALUMNAS.
La Asociación de Exalumnas del Colegio de la Presentación es una entidad civil de carácter cultural,
social y espiritual, sin ánimo de lucro, orientada por la filosofía de la Presentación, al servicio de los más
pobres. Afilia a todas las personas que estudiaron en esta Institución así no se hayan graduado en el
Plantel y que voluntariamente se registren en ella.
REQUISITOS PARA FORMAR PARTE DE LA ASOCIACIÓN DE EXALUMNAS DEL COLEGIO.
a. Haber estudiado en el Colegio, así no se haya graduado en él.
b. Disponibilidad para servir.
c. Tener sentido de pertenencia al Colegio.
FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN DE EXALUMNAS
Además de las estipuladas en los Estatutos de la Asociación, las siguientes:
a. Motivar a las exalumnas para que se integren a la Asociación y a las estudiantes en el momento
en que se retiren o se gradúen del Colegio.
b. Promover la solidaridad entre las asociadas mediante acciones de apoyo y mutua colaboración.
c. Desarrollar planes y programas de solidaridad con las personas más necesitadas y darlas a
conocer.
ARTÍCULO 15º.- PROCESOS DE ELECCIÓN: Las elecciones para los diferentes cargos se harán en el
transcurso de una jornada democrática, debidamente programada y preparada.
13
Los cargos sometidos a elección democrática, serán susceptibles de revocatoria según los criterios
fijados como requisitos para la elección.
PARÁGRAFO: La Congregación de Hermanas de la Caridad Dominicas de la Presentación, propietaria
de la Institución, se reserva el derecho de la participación de las Hermanas en el Gobierno Escolar y en
las demás instancias de participación.
CAPITULO III. DE LAS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 16º. REQUISITOS PARA SER ESTUDIANTE DEL COLEGIO DE LA PRESENTACIÓN
LUNA PARK.
1. Profesar la Religión Católica, base de la filosofía del Plantel y del perfil de mujer que queremos formar:
una persona clara en principios humanos, religiosos, cívicos, éticos y morales, que sean estables y
verdaderos; que le permitan construir sólidamente tanto su vida personal, como familiar y social.
2. Aceptar y comprometerse con la Constitución y las Leyes de Colombia.
3. Interiorizar y vivenciar el Reglamento o Manual de Convivencia, que tiene carácter de norma o
disposición legal y hace parte integrante del contrato de matrícula y del Proyecto Educativo
Institucional.
4. Tener la edad requerida para ingresar a los diferentes grados, así:
a.
Jardín
4 años cumplidos
b.
Transición:
5 años cumplidos
c.
Primero:
6 años cumplidos
d. Sexto:
11 años cumplidos.
5. Superar las pruebas de admisión y la entrevista.
6. Cumplir con los requisitos establecidos por la Institución para el proceso de matrícula.
7. Presentar el paz y salvo por todo concepto del año inmediatamente anterior, el informe
académico, disciplinario y de conducta.
8. Estar representada por el padre y/o la madre de familia o un acudiente mayor de edad legalmente
autorizado, con buenos principios éticos, morales, cristianos católicos, cívicos y no estar
condenado en proceso que implique la pérdida de la libertad.
9. Cancelar el valor de la matrícula y demás costos autorizados por la Secretaría de Educación o el
Consejo Directivo.
10. Acreditar su condición de estudiante por medio del carné expedido por el Colegio.
Parágrafo: Los padres de familia de las estudiantes que firmen la matrícula en representación de sus
hijas, acogen y aceptan el Manual de Convivencia, comprendiendo que con los requisitos exigidos para
el ingreso de la estudiante a la Institución no se hace discriminación alguna. Sentencia de la Corte
Constitucional No. 386 de 1994: «… Si bien la estudiante y sus padres son autónomos para buscar las
opciones que juzguen más adecuadas para orientar su existencia, no pueden pretender que en un
establecimiento educativo que aún en su mismo nombre anuncia su orientación CATOLICA, se
cohonesten comportamientos y propósitos. Lo que ha de haber quien discrepe de esta orientación es
bien simple: respetar los patrones de conducta allí consagrados o buscar otro establecimiento educativo,
armónico con sus preferencias».
ARTÍCULO 17º.-CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE.
1.
2.
Cancelar voluntariamente la matrícula.
Exclusión del colegio ordenada por Resolución Rectoral y avalada por el Consejo Directivo, en
cualquiera de los siguientes casos comprobados:
2.1. Falsedad en documentos.
2.2. Hurto.
2.3. Contraer matrimonio o vivir en unión libre.
2.4. Presentar e inducir conductas sexuales que atenten contra la moral, la ética, los principios y
la filosofía del colegio
2.5. Prostitución.
2.6. Aborto.
2.7. Portar, consumir y/o distribuir estupefacientes, drogas, licores y tabaco dentro o fuera del
Colegio.
14
2.8. Conductas delictivas y/o encubrimiento de las mismas dentro o fuera de la institución.
2.9. Pertenecer o inducir a cultos satánicos o pandillas juveniles.
2.10. Agredir física o verbal, calumniar, sobornar y amenazar a cualquier miembro de la
Comunidad Educativa.
2.11. Suplantar o realizar fraude en evaluaciones o trabajos.
2.12. Perjudicar la imagen de algún miembro de la Comunidad Educativa levantando falso
testimonio, mintiendo o acusando deliberadamente de hechos que van en detrimento personal sin
justificación o prueba alguna.
2.13. Reincidencia en la cultura del NO PAGO oportuno de pensiones.
ARTÍCULO 18º.-CAUSALES PARA LA NO RENOVACIÓN DE CONTRATO DE MATRÍCULA Y LA NO
PROCLAMACIÓN PARA GRADO UNDÉCIMO
1.
Tratar irrespetuosamente a las Hermanas, Directivos, Profesores, Compañeras, Servicios Generales
o a cualquier miembro de la comunidad.
2. Incumplir de manera reiterativa en el pago de pensiones.
3. Inasistencia del padre de familia o acudiente a las citaciones, reuniones talleres formativos y escuela
de padres.
4. Promover comentarios que lesionen tanto la integridad de algún miembro de la Comunidad
Educativa, como los principios cristianos católicos bajo los cuales se rige la Institución.
5. Reprobar por segunda vez un grado.
6. Reincidir en faltas leves se considera burla al reglamento.
7. Reincidir en las llegadas tarde al colegio (para Grado Undécimo la no proclamación con tres
suspensiones)
8. Utilizar cualquier medio telefónico o electrónico para difamar la honra de las personas.
9. Irrespetar o hacer proselitismo religioso, afectando la identidad, la unidad de sentir y pensar de la
Comunidad Educativa.
10. Para las niñas de Undécimo las faltas anteriores serán sancionadas con la no proclamación por
resolución de Rectoría en consenso con el Consejo Académico.
11. Para la estudiante de grado Undécimo, incumplir con el servicio social obligatorio establecido en la
ley 115 de 1994, artículo 88 y el Decreto 1860 de 1994, no le permitirá obtener el título de Bachiller.
CAPÍTULO IV
DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS
ARTICULO 19º : DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS ESTUDIANTES
El rol de la estudiante de la Presentación, como eje central del proceso educativo, hace que su
responsabilidad frente al mismo, sea ante todo, más que un deber un compromiso que la involucre en las
decisiones que afectan el buen nombre, funcionamiento y prestigio de la institución y le exige el
compromiso con las normas establecidas que le facilitan la convivencia dentro del respeto que todos
merecemos como seres humanos creados a imagen de Dios, por lo tanto el garantizar el ejercicio de los
derechos conduce al cumplimiento de los deberes:
No.
DERECHOS
DEBERES
1
Conocer las normas básicas de convivencia
bajo las cuales trabaja el colegio.
Cumplir a cabalidad con las normas establecidas
en el Manual de Convivencia.
Contar con un ambiente educativo apropiado
que garantice la formación integral, coherente
con la filosofía institucional.
Utilizar en forma adecuada y con sentido de
pertenencia las instalaciones y recursos que la
institución
coloca a la
disposición de las
estudiantes.
2
15
Mantener un adecuado comportamiento en todas
y cada una de las dependencias del plantel.
Considerar al Colegio como propio; por tanto los
sitios de descanso y trabajo deben permanecer
limpios y ordenados.
Mantener la limpieza de los baños y el buen
estado de los puestos.
Recibir formación moral, religiosa y ética
dentro de los principios de la religión católica,
base de la filosofía del Plantel.
3
Estudiar, asimilar y vivenciar la Educación
Religiosa y los Valores propuestos por el Colegio;
respetar a las compañeras en sus expresiones de
fe (oración, Eucaristías, convivencias, retiros
espirituales y reflexiones).
Dar testimonio permanente de fe dentro y fuera
del Colegio.
Estudiar y apropiarse de la filosofía del Colegio
vivenciando los principios de la educación
personalizada: singularidad, autonomía, apertura y
trascendencia..
4
Recibir la orientación acerca de la filosofía del
Colegio, los principios de la Educación
Personalizada y el Enfoque Pedagógico
“aprendizaje por procesos, capacidades,
competencias y valores”.
5
Conocer los temas, objetivos y estándares de
desempeño propuestos en cada unidad,
asignatura o área.
Trabajar a conciencia para alcanzar los
estándares de desempeño propuestos en cada
área o asignatura.
6
Avanzar en el proceso educativo, según
capacidades y aptitudes y ser promovida, si
cumple con los requisitos preestablecidos.
Realizar un proyecto de investigación a partir de
grado Noveno, el cual será sustentado en el
grado Undécimo. Como requisito para obtener el
título de Bachiller.
Aprovechar al máximo el tiempo de la jornada
escolar, incluyendo por supuesto el del trabajo
personal.
Cumplir puntualmente con las tareas, trabajos,
lecciones y demás actividades programadas por el
colegio.
Participar activa y responsablemente
proceso de aprendizaje.
7
Obtener por parte de los profesores la correlación y
desarrollo completo de los temas establecidos
para cada área o asignatura de acuerdo con los
planes y programas contemplados en el Proyecto
Educativo Institucional.
8
Solicitar aclaraciones y refuerzo cuando el
proceso de aprendizaje o temática no haya
quedado claro.
Aprovechar los planes de refuerzo establecidos en
la UDPROCO.
en
el
Escuchar con atención y respeto las explicaciones
dadas en clase, recordando que es al profesor a
quien corresponde darlas. Escuchar es señal de
respeto. Evitar distraerse y distraer a sus
compañeras. Esto no excluye su participación en
clase.
16
9
Recibir atención y orientación con respeto y
rectitud de los profesores, directivos,
psicóloga y demás personal del Colegio,
sobre el proceso de aprendizaje y
comportamiento.
Aceptar y asumir las observaciones y las
orientaciones recibidas demostrando un cambio
positivo de actitud.
10
Ser evaluada con objetividad y justicia de
acuerdo con las normas vigentes sin
privilegios y/o consideraciones especiales.
Presentar en las fechas y horarios establecidos los
trabajos programados, las evaluaciones, planes de
refuerzo, recuperaciones y habilitaciones.
11
Considerar la evaluación de los logros como
un
proceso
permanente,
integral,
humanizante,
sistemático y cualitativo,
expresado en informes descriptivos.
Participar en forma activa y dinámica en el
proceso de evaluación y autoevaluación, actuando
siempre
con
autonomía,
honestidad
y
responsabilidad.
Acatar el Reglamento establecido para el uso de
las salas de informática, biblioteca, laboratorios,
circuito de televisión educativa, Internet y demás
servicios que ofrece la Institución.
12
Disponer de los servicios de bienestar que
ofrece el Colegio (capellanía, psicología,
enfermería, biblioteca, zonas bibliográficas,
recursos didácticos, cafetería, circuito de
televisión educativa, Internet, tienda escolar,
aulas
especializadas,
laboratorios
de
Química, Física y Biología). El servicio de
enfermería no es de carácter pre-hospitalario,
por lo tanto no se suministran medicamentos
a las estudiantes.
13
Elegir y ser elegida si reúne los requisitos
establecidos para pertenecer al gobierno
escolar y demás organismos de participación
estudiantil.
Ejercer con honestidad, lealtad, autonomía y
responsabilidad el derecho democrático al voto en
las elecciones estudiantiles.
14
Conocer los resultados de las evaluaciones,
antes de registrarlos en
secretaría
académica.(Resolución No. 7884 del 19 de
septiembre de 2011, Artículo 8).
Llevar el registro de cada aspecto evaluado,
teniendo en cuenta la fecha, la actividad realizada
y la valoración obtenida.
15
Contribuir con aportes y sugerencias en los
medios de comunicación internos como
Circuito de Televisión Educativa, revista,
periódico, boletines informativos, foros,
conferencias,
que
fomentan
la
libre
expresión.
Emplear la libertad de expresión en forma
respetuosa para aportar con creatividad ideas que
contribuyan al buen desarrollo de su formación
integral.
16
Obtener las correspondientes excusas y
permisos cuando deje de asistir a clases por
estar representando al Colegio en actividades
deportivas o culturales, o por justa causa
personal.
Justificar ante coordinación de convivencia dentro
de los tres días siguientes o anteriores a la
inasistencia, las ausencias a clases
o las
actividades institucionales.
17
Participar activamente en los programas
académicos,
religiosos,
investigativos,
Demostrar excelente comportamiento en eventos,
actividades, celebraciones, actos religiosos y
17
culturales, sociales y deportivos organizados
por el Colegio.
convivencias, evidenciando respeto, interés y
autonomía.
Ser atendida y escuchada en los reclamos y
solicitudes que de forma respetuosa formule,
siguiendo el conducto regular.
Ser respetuosa, sincera, atenta y utilizar siempre
un lenguaje correcto con compañeras, docentes,
directivos, personal de servicios generales,
conductores y demás integrantes de la comunidad
educativa.
18
Emplear los mecanismos de diálogo, conciliación y
concertación en cualquier conflicto.
19
Contar con un cronograma y distribución
adecuada y gradual de trabajos, talleres y
evaluaciones.
Distribuir, organizar, planear el tiempo suficiente
para cada actividad.
20
Recibir los reconocimientos y estímulos de
acuerdo con los criterios establecidos en este
Reglamento o Manual de Convivencia.
Asistir puntualmente a las clases y demás
actividades programadas.
Contar con un ambiente de orden, silencio,
trabajo e investigación en el aula de clase.
Permanecer en el aula guardando silencio y
consultando apuntes correspondientes a la
materia cuando por alguna circunstancia el
docente esté ausente.
22
A ser informadas permanentemente acerca
de los contenidos del presente reglamento o
Manual de Convivencia y de los cambios que
se le introduzcan.
Estudiar, asimilar y vivenciar el Reglamento o
Manual de Convivencia.
23
Ser informada acerca de la Ley 1620 de 2013
y el Decreto 1965 que la reglamenta y las
demás leyes que el Ministerio de Educación
Nacional emita.
Aplicar el conocimiento de la misma en la
convivencia diaria.
21
ARTÍCULO 20º. DE LOS ESTÍMULOS DE LAS ESTUDIANTES: Como estudiante del Colegio de la
Presentación Luna Park, tengo derecho a los siguientes estímulos, teniendo presente que el mejor
estímulo es la superación personal, la satisfacción del deber cumplido y la formación integral.
El Colegio otorgará los siguientes estímulos:
1. Felicitación y reconocimiento público por actuaciones sobresalientes en la vida escolar, dejando
constancia escrita en el observador de la estudiante.
2. Ser designada para izar la Bandera cuando demuestre con sus actitudes identidad personal,
institucional y nacional.
3. Cuando sobresalga en actividades programadas por las áreas académicas podrá exponer los
trabajos ante la Comunidad Educativa en: periódico mural, revista, carteleras y televisión educativa.
4. MENCIÓN ESPECIAL en la Izada de Bandera al curso que sobresalga por su colaboración,
disciplina y excelentes logros académicos.
5. Ser elegida como representante de curso y ante otros organismos, si cumple con el perfil.
6. Distinción especial en cada período académico si sobresale por su excelente rendimiento académico
(sin tener que recuperar) y disciplinario.
7. Ser eximida en las evaluaciones finales si cumple los criterios establecidos por el Consejo
Académico.
18
8.
MATRÍCULA DE HONOR otorgada a una estudiante por curso desde el grado Quinto para el
siguiente año si manifiesta: liderazgo positivo, clara identidad religiosa católica, responsabilidad,
autonomía, creatividad, honestidad y respeto, excelente rendimiento académico y constante deseo
de superación.
9. MEDALLA DE EXCELENCIA por comportamiento, disciplina, excelente rendimiento académico,
cultura y delicadeza en sus modales y profundo respeto a las personas.
10. MENCIÓN DE HONOR si es estudiante de grado Undécimo y obtiene meritorio en el Proyecto de
Investigación.
11. MEDALLA AL MÉRITO si sobresale en los siguientes aspectos:
a. Participación en actividades deportivas, artísticas, culturales y religiosas.
b. Constante dedicación, liderazgo, interés, colaboración, servicio presentación personal, esfuerzo y
superación y sentido de pertenencia, si se desempeña como representante de curso.
12. MÉRITO PRESENTACIÓN: Por cursar todos los estudios en el Colegio desde Jardín.
PARÁGRAFO.- Las estudiantes que hayan sido sancionadas por faltas disciplinarias no podrán
beneficiarse de los estímulos señalados anteriormente.
CAPITULO V.
CRITERIOS DE CONVIVENCIA, FALTAS Y MEDIDAS
Artículo 21º: NORMAS DE HIGIENE PERSONAL, DE PREVENCION Y DE SALUD PÚBLICA: (Decreto
1860/94, Art. 17, numeral 1) Todos los integrantes de la comunidad Educativa deberán observar y
mantener una adecuada higiene corporal y presentación personal adecuada (como aparece
reglamentada en las normas de uso del uniforme escolar) y seguir las normas de prevención y salud
pública que la Secretaría de Salud de Bogotá D.C., señale.
Por lo tanto, la estudiante de la Presentación Luna Park por respeto a sí misma y al otro deberá:
1. Mantener una buena higiene personal
2. Conservar las uñas cortas y limpias.
3. Mantener el cabello limpio, recogido y bien peinado.
4. Mantener los uniformes limpios y en buen estado.
5. Mantener los zapatos lustrados, con los cordones blancos, limpios y amarrados.
Artículo 22º: RESPECTO A LOS UNIFORMES:
El uniforme es el traje o vestido confeccionado de forma igual para todas las estudiantes de la Institución,
es el distintivo del colegio que imprime carácter y pertenencia, por lo tanto se debe portar con elegancia,
decoro y altura, manteniendo la presentación personal exigida por la Institución. Los uniformes del
colegio de la Presentación Luna Park tienen las siguientes especificaciones:
Uniforme de diario:
1. Jardinera según modelo y largo tapando la rodilla.
2. Blusa blanca de dacrón, cuello tortuga, con prense y de manga larga, según modelo.
3. Saco de lana, cuello V, de color azul rey con el escudo del colegio, según modelo.
4. Blazer azul rey con botones dorados, según modelo.
5. Zapatos de color azul oscuro con cordones blancos.
6. Medias blancas y lisas con el logo del colegio, según modelo, sin cubrir la rodilla.
7. Delantal según modelo.
8. Maleta de color negro o azul oscuro.
9. Bambas y/o hebillas de color negro o blanco.
Uniforme de Educación Física:
1. Sudadera según modelo de la Institución. (El pantalón sin entubar)
2. Camiseta blanca con el escudo del colegio según modelo.
3. Pantaloneta correspondiente con la sudadera según modelo.
19
4. Tenis de amarrar totalmente blancos, sin ninguna clase de adornos de otros colores.
5. Medias blancas y lisas con el logo del colegio, según modelo, sin cubrir la rodilla,
Parágrafo 1: El nuevo modelo para la media del uniforme fue adoptado por el Consejo Directivo,
según acta No. 01 del 22 de marzo de 2013 y su uso es de carácter obligatorio a partir del inicio de
labores del año 2014.
Parágrafo 2: La media con el logo se utiliza tanto con el uniforme de diario como con el de
Educación Física.
Parágrafo 3: Cada prenda del uniforme debe estar marcada en forma legible y segura.
ARTICULO 23º: RESPECTO A LOS HORARIOS DE LA JORNADA ESCOLAR:
La jornada escolar de nuestro colegio está organizada de la siguiente forma:
PREESCOLAR Y PRIMARIA
BACHILLERATO
Lunes, martes, jueves y viernes.
6:45 a.m. – 2:10 p.m.
6:45 a.m. – 2:40 p.m.
Miércoles
6:45 a.m. – 1:10 p.m.
6:45 a.m. – 1:30 p.m.
Parágrafo: El ingreso posterior a las 6:45 a.m. será considerado como retardo.
ARTÍCULO 24º: DEFINICIONES: Para tener claridad de los términos que se utilizan en el presente
Manual y no dar oportunidad a equivocaciones o malas interpretaciones, basados en el artículo 39 del
Decreto 1965 el cual reglamenta la Ley 1620 de 2013, se definen:
1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre
una o varias personas frente a sus intereses.
2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos
de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados,
enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos
uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los
involucrados.
3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa
que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo
menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra
persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de
pelo, entre otras.
b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar,
descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o
descalificar a otros.
d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros
tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar
negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios
electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar
comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o
mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad
de quien los envía.
4. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta
negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización,
20
difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de
maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte
de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se
presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de
docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o
complicidad de su entorno.
5. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda
forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales
virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
6. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende
por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual
ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física,
psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones
de poder existentes entre víctima y agresor".
7. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño,
lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
8. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de
actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e
integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que
le han sido vulnerados
ARTÍCULO 25º: CLASIFICACIÓN DE SITUACIONES. (Artículo 40, Decreto 1965 de 2013) Se
consideran situaciones que afectan la convivencia escolar:
1. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas
situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan
daños al cuerpo o a la salud.
2. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar
(bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y
que cumplan con cualquiera de las siguientes características:
a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los
involucrados.
3. Situaciones Tipo III Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean
constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV
del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal
colombiana vigente.
ARTÍCULO 26º: FALTAS
Falta es un acto contrario al deber o a un compromiso adquirido, es una infracción en contra del buen
vivir, de la moral, del proceso educativo y de este Manual de Convivencia.
Las faltas leves se convierten en graves y las faltas graves se convierten en muy graves:
a.
Por reincidencia en la misma falta.
b.
Por acumulación de diferentes faltas.
c.
Por su misma esencia es grave.
Las faltas muy graves son competencia del Comité de Convivencia Escolar, de Rectoría y en última
instancia del Consejo Directivo, estas instancias pueden utilizar los correctivos siguientes:
a.
Compromiso final.
b.
Retiro definitivo de la institución.
21
Parágrafo 1: Las faltas se convierten en situaciones que afectan la convivencia escolar, por tal razón
cada una de ellas de acuerdo a su característica puede ser clasificada en una de las situaciones
enunciadas en el artículo anterior, por tal razón, con cada una de ellas se seguirá el protocolo
correspondiente a la misma, de acuerdo a lo establecido en los artículos 34, 35 y 36 del presente manual.
Correctivos al incumplimiento: es el método o serie de normas que se aplicarán con la intención sana
de conseguir excelentes resultados para el proceso educativo y formativo y se hará cumplir a través de
los organismos propios de la institución creados para ello.
Se considera falta, al incumplimiento del deber específico, clasificándose en académicas o
convivenciales, según la conducta que viole o atente contra el orden académico o de convivencia
establecidos. A continuación se presentan los deberes que se aceptan como parte del proceso de
formación y para los cuales se necesitan correctivos en caso de incumplimiento:
DEBERES ACADÉMICOS
1. Cumplir puntualmente con las tareas,
las lecciones y demás actividades
programadas por el Colegio.
2. Traer y usar los elementos y útiles
necesarios en el desarrollo del proceso
de
aprendizaje.
(Los
trabajos,
cuadernos y demás útiles no se reciben
en recepción ni en las oficinas).
TIPO
DE
FALTA
F. L.
Hasta
tres
veces.
Más de
tres
veces
F.G.
CORRECTIVOS AL INCUMPLIMIENTO
Comunicación a padres de familia a través
del
cuaderno.
Registro en el observador de la estudiante y Citación al
padre de familia.
Afectación en la valoración definitiva de la asignatura.
3. Escuchar con atención y respeto las
explicaciones
dadas
en
clase,
recordando que es al profesor a quien
corresponde darlas. Escuchar es señal
de respeto. Evitar distraerse y distraer a
sus compañeras. Esto no excluye su
participación en clase.
F. L.
Por
primera
vez
Si se trata de indisciplina en clase se hará un llamado
de atención.
F. G.
4. Portar el carné y presentarlo para los
diferentes servicios que se ofrecen y
para los actos de representación de la
institución.
F. L.
Si hay reincidencia se registra en el observador y se
cita al Padre de Familia.
Realiza un trabajo sobre el respeto y la responsabilidad
y lo expondrá ante sus compañeras.
En situación repetitiva se dará inicio al debido proceso.
Llamado de atención
5. Asumir una actitud de interés,
dinamismo y entusiasmo frente a las
actividades
propuestas
por
los
docentes.
F. L.
6. Mantener permanentemente
adecuado rendimiento académico.
No prestación del servicio solicitado o no participación
en la actividad programada.
En caso de
disciplinario.
un
7. Demostrar una conducta honesta y
leal en la expresión de la propia
identidad y en la presentación de
evaluaciones,
tareas,
trabajos
e
Registro en el observador de la estudiante el
compromiso frente al cambio de actitud.
F. G.
F. G.
F. M. G.
reincidencia
se
firma
compromiso
Apoyo profesional, citación a padres de familia.
Firma de compromiso académico.
Si es repitente firma el compromiso final.
Inicio del debido proceso.
Compromiso disciplinario.
La reincidencia conlleva la remisión al Comité de
22
investigaciones académicas, respetando
los derechos de autor (Ley 201/2012)
8. Abstenerse de falsificar firmas, sellos
o cualquier clase de documentos
Convivencia.
F. M. G.
Aplicación del debido proceso y remisión al Comité de
Convivencia.
DEBERES DE ORDEN
CONVIVENCIAL
TIPO DE
CORRECTIVOS AL INCUMPLIMIENTO
9. Asistir puntualmente a las clases y
actividades programadas. Permanecer
en el lugar asignado (para tal fin)
durante el tiempo previsto para las
diferentes actividades.
F. L.
Registro en el control de asistencia del salón de clase.
F. G.
La reincidencia conlleva al inicio del debido proceso.
F. L.
Llamado de atención verbal y registro en la hoja de
convivencia.
Al completar 3 llegadas tarde:
Habrá afectación a la nota de convivencia en el
periodo correspondiente, (Desempeño bajo)
FALTA
F. G.
10 Llegar a tiempo a la jornada escolar
de acuerdo con el horario establecido.
F. M. G.
11. Abstenerse de usar maquillaje de
cualquier tipo; en caso de las uñas se
permite brillo transparente.
F.L.
12. Justificar ante coordinación de
convivencia dentro de los tres días
siguientes o anteriores a la inasistencia,
las ausencias a clases o las actividades
institucionales.
13. Cumplir con responsabilidad el
reglamento de las dependencias que
están al servicio
14. Manifestar excelente disciplina y
comportamiento durante el proceso de
aprendizaje y los actos de comunidad.
15. Abstenerse
de traer al colegio
objetos o joyas que no forme parte del
F. L.
En caso de reincidencia en la impuntualidad
(nuevamente 3 llegadas tarde):
Se citará al Padre de Familia o acudiente.
Firma de compromiso convivencial.
Si persiste en el incumplimiento del deber
(nuevamente 3 llegadas tarde), se procederá a la
suspensión temporal, que consistirá en el desarrollo de
actividades formativas en un día de jornada escolar,
asumiendo las consecuencias académicas.
En caso de no demostrar un cambio de actitud frente a
la puntualidad al seguir llegando tarde a la jornada
escolar, se dará inicio al debido proceso.
(Ver causales de no renovación de la matrícula y no
asistencia a la ceremonia de graduación para las
estudiantes de grado Undécimo).
Llamado de atención y remoción del mismo de manera
inmediata.
En caso de reincidir habrá afectación en la valoración
del orden en el periodo (Desempeño Bajo).
La reincidencia dará inicio al debido proceso.
La valoración de las asignaturas será de desempeño
de bajo.
F. L.
Según el reglamento que se infrinja y el daño que se
ocasione, asumirá el costo del daño causado.
F. L.
Llamado de atención
Registro en el observador de la estudiante
Si reincide firma de compromiso disciplinario
Serán retenidos en la coordinación de Convivencia y
serán entregados a los padres de familia.
23
proceso educativo.(El colegio no se
hace responsable por la pérdida o
daño)
16. Abstenerse de traer audífonos en las
instalaciones del colegio, ruta.
28. 17. Entregar a los padres o acudiente los
comunicados,
oficios,
informes
y
citaciones que el Colegio envíe, y
presentar firmado el correspondiente
desprendible al (la) titular del curso.
18. Abstenerse de hacer uso* del celular
y otros elementos tecnológicos durante
la jornada escolar.
(Su cuidado y conservación estará
exclusivamente a cargo de la
estudiante).
*El uso del celular en caso de una
urgencia
o
como
elemento
pedagógico, se hace
bajo la
autorización del docente a cargo.
19. Abstenerse de ingerir alimentos o
masticar chicle, en formación, actos de
comunidad, salón de clase y demás
lugares donde no está permitido.
20. Portar la maleta de color azul
oscuro, negro o colores de acuerdo al
uniforme del Colegio.
21. Asistir al Colegio con el uniforme de
diario o de educación física limpios y
ordenados, según modelo y horario
establecido.
F. L.
F. L.
F. L.
F. L.
Serán retenidos en la coordinación de Convivencia y
serán entregados a los padres de familia.
Llamado de atención
Registro en el observador de la estudiante
Si reincide la estudiante realiza un trabajo sobre el
valor de la responsabilidad.
Se retiene el teléfono celular o el elemento en la oficina
de Coordinación de Convivencia por cinco días y se
cita al Padre de Familia o Acudiente para realizar su
devolución, previa autorización de Rectoría.
De presentarse reincidencia se retendrá el teléfono
hasta por un mes o dependiendo del caso hasta el final
del año académico.
F. L.
Llamado de atención
Registro en el observador de la estudiante.
La reincidencia conlleva el proceso disciplinario
F.L
Llamado de atención verbal.
Registro en el observador de la estudiante.
Citación al Padre de Familia.
Registro en el observador del estudiante.
F. G.
Si es reiterativo se inicia el debido proceso y firma del
compromiso disciplinario.
22. Portar el uniforme en lugares y
actividades relacionadas con el colegio
u otras bajo supervisión de los padres
de familia
23. Abstenerse de utilizar piercing,
expansiones o similares en cualquier
parte del cuerpo y accesorios ajenos al
mismo uniforme.
F. G.
Citación a los padres de familia y/o acudiente y firma
de compromiso disciplinario.
F. G.
24. Mantener el cabello aseado,
recogido, sin cortes propios o alusivos a
algún grupo y/o tribu urbana o
subculturas, tinturas,
mechones de
algún color u otros.
25.
Solicitar
autorización
para
ausentarse del colegio en horas
escolares. (Debe hacerlo en compañía
de sus padres o acudientes)
26. Cumplir con responsabilidad y
honestidad el reglamento interno del
servicio de rutas
F. G.
Retiro inmediato del elemento en mención y retención
del mismo en la oficina de Coordinación de
Convivencia.
La reincidencia da inicio al debido proceso y firma del
compromiso disciplinario.
Registro en el observador de la estudiante.
Si es reiterativo se inicia el debido proceso y firma del
compromiso disciplinario.
F. G.
Registro en el observador.
Comunicación al Padre de Familia.
Inicio del debido proceso.
F. G.
Registro en el observador.
Comunicación al Padre de Familia.
Inicio del debido proceso.
24
27. Aceptar la revisión de mi uniforme,
mis
útiles
escolares
y
objetos
personales cuando las directivas lo
consideren necesario para la buena
marcha de la Institución.
28. Abstenerse de celebrar a las
compañeras con actos que constituyan
incomodidad (así sean permitidos por la
propia persona) y/o generen indisciplina
tales como utilizar agua, confetis,
harina, huevos, cremas para tortas,
pólvora, u otros elementos detonantes
en cualquier tipo de celebración.
29. Abstenerse de realizar trabajos,
tareas y evaluaciones a terceros con un
fin lucrativo
30. Abstenerse de realizar rifas, ventas,
o comercializar productos, dentro de las
instalaciones del Colegio, o en el
transporte escolar.
31. Utilizar en forma adecuada y con
sentido de pertenencia las instalaciones
y recursos que la institución pone a la
disposición de las estudiantes. No
dibujar grafitis o cualquier otra expresión
que irrespete a la comunidad educativa.
32. Abstenerse de acudir a sitios
indebidos y ser motivo de escándalo
para la comunidad portando el uniforme
de la Institución.
33. Abstenerse de sobornar o intentar
sobornar o chantajear a otros
34. Respetar la propiedad ajena como
manda la Ley de Dios
35. Respetar los símbolos
religiosos y los del Colegio.
patrios,
36. Comunicar a los padres de familia,
las citaciones, abstenerse de borrar u
ocultar información, tergiversar los
hechos que causaron la citación o
mentir para encubrir.
37. Respetar de hecho y/o de palabra a
docentes, directivos, compañeras y
empleados del colegio.
38. Abstenerse de pactar, planear,
participar, promover o realizar riñas
dentro y fuera de la institución.
39. Respetar la integridad de las
compañeras absteniéndose de hostigar,
F.G.
Diálogo y persuasión con la estudiante; de mantenerse
la negativa, citación inmediata a los padres de familia
y/o acudiente en la oficina de convivencia.
Inicio del debido proceso.
F. G.
F. G.
F. G.
Remisión al Comité de Convivencia.
Citación a padres de familia,
Asesoría de psicología
Firma de compromiso disciplinario.
Decomiso de los productos, citación a padres de familia
o acudientes.
Firma de compromiso disciplinario
F.M.G.
Inicio del debido proceso.
Asumir los costos que se requieran para la restauración
o cambio.
F. M. G.
Aplicación del debido proceso
F. M. G.
Citación a los padres de familia o acudiente, asesoría
profesional, firma de compromiso disciplinario.
Aplicación del debido proceso.
Remisión al Comité de Convivencia.
Inicio del debido proceso.
Firma de compromiso disciplinario.
Aplicación del debido proceso.
F.M.G.
F.M.G.
F. M. G.
F. M. G
F. M. G.
F. M. G.
Inicio del debido proceso.
Firma y compromiso disciplinario
La reincidencia implica remisión a Comité de
convivencia.
Aplicación del debido proceso.
Si llega a la agresión física con daños al cuerpo se
clasifica como situación tipo II y se aplica el protocolo
correspondiente a esta situación. (Art. 35 y 36 del
Presente Manual)
Remisión al Comité Escolar de Convivencia.
Aplicación del debido proceso y del protocolo
correspondiente al tipo de situación presentada. (Art.
25
intimidar,
maltratar
física
y/o
verbalmente y amenazar de manera
persistente a otra u otras compañeras
sin
que
medie
la
provocación
(MATONEO)Art. 2 Ley 1620/13
40. Abstenerse de hacer mal uso de la
red de internet que conlleva a generar
riesgo físico, psicológico y/o moral a
algún miembro de la comunidad
educativa dentro o fuera de la
institución,
“ciberbulling” (amenazas,
colgar fotos con contenido erótico,
textos, videos, y/o montajes u otros).Art.
2 Ley 1620/13
41. Abstenerse de portar, traer, distribuir
y/o
usar,
o
consumir
drogas
psicotrópicas, estupefacientes y otros.
42. Abstenerse de portar, traer, distribuir
y/o usar material pornográfico, armas,
juguetes bélicos y/o artefactos que
generen violencia o induzcan a ella.
43. Abstenerse de traer, hacer
publicidad, portar, consumir y/o distribuir
bebidas alcohólicas y/o cigarrillos.
44. Abstenerse de practicar ritos
satánicos, espiritismo, brujería y otros
actos que atenten contra la dignidad de
la persona humana o sea ajenos a la
Religión Católica.
45.
Abstenerse
de
presentar
comportamientos
con
expresiones
afectivas inadecuadas que generen
espectáculo, comentarios y malas
interpretaciones, que afecten la imagen,
la honra y prestigio de la persona y de la
Institución o que escandalicen dentro o
fuera de ella, a las niñas en edad
escolar.
DEBERES DE ORDEN SOCIAL
46. Propiciar y favorecer las relaciones
entre el colegio y la familia y las
relaciones con los diferentes miembros
de la comunidad educativa.
35 y 36 del Presente Manual)
Remisión al Comité Escolar de Convivencia.
Aplicación del debido proceso y del protocolo
correspondiente al tipo de situación presentada. (Art.
35 y 36 del Presente Manual)
F. M. G.
F. M. G.
48. Abstenerse de cualquier acción que
vaya contra la moral, las buenas
costumbres y sobre todo contra los
mandamientos de la Ley de Dios.
Aplicación del debido proceso.
Remisión al Comité de Convivencia
Aplicación del debido proceso.
F. M. G.
Remisión al Comité de Convivencia.
Aplicación del debido proceso.
F. M. G.
Remisión al Comité de Convivencia.
Aplicación del debido proceso.
F. M. G.
Remisión al Comité de Convivencia.
Aplicación del debido proceso.
Remisión al Comité de Convivencia.
F. M. G.
De ser necesaria la asesoría debe ser externa previa
presentación de certificación.
CORRECTIVOS AL INCUMPLIMIENTO
Registro en el observador de la estudiante.
F. L.
DEBERES DEL ORDEN MORAL
47. Valorar y respetar la vida y la
integridad del otro como a la propia vida.
Remisión al Comité Escolar de Convivencia
La reincidencia conlleva a la firma
disciplinario.
del compromiso
CORRECTIVOS AL INCUMPLIMIENTO
F. M. G.
Aplicación del debido proceso.
Remisión al Comité de Convivencia.
Aplicación del debido proceso.
F. M. G.
Remisión al Comité de Convivencia.
26
49. Abstenerse de quedarse fuera del
Colegio con engaño a sus padres y/o
retirarse de él sin autorización alguna.
50. Abstenerse de suplantar a otra
persona en cualquier circunstancia.
Aplicación del debido proceso.
F. M. G.
Remisión al Comité de Convivencia.
Aplicación del debido proceso.
F. M. G.
Remisión al Comité de convivencia.
Artículo 27º. EL OBSERVADOR DE LA ESTUDIANTE:
Es el libro donde se registran debidamente sustentados los comportamientos académicos, disciplinarios,
logros y estímulos de todas y cada una de las estudiantes. Es una herramienta pedagógica y es
manejado por el director de grupo y los Coordinadores de Convivencia y Académico. Los profesores
pueden hacer uso de él cuando lo requieran. Por ningún motivo puede quedar en manos de las
estudiantes. Los padres de familia y/o acudientes pueden en cualquier tiempo del año lectivo acceder a
la información que sobre su hija o acudida tenga el observador y deben firmar los registros en todas las
reuniones de padres de familia que programe el colegio o citaciones hechas por algún docente o
directivos. Para registrar las faltas de trascendencia y no violar el derecho a la intimidad, el observador
estará acompañado de una hoja disciplinaria a la cual se accede únicamente a través de la coordinación
de convivencia.
ARTÍCULO 28º. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES:
Se consideran como circunstancias que atenúan o eximen la responsabilidad de la estudiante, las
siguientes:
1. Su edad, desarrollo psico-afectivo, mental, volitivo y sus circunstancias personales, familiares y
sociales.
2. Antecedentes disciplinarios y académicos de buena conducta.
3. Ser inducido a realizar la acción por amenaza o temor a otro u otros.
4. Confesar la falta oportunamente.
5. Procurar por iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio.
6. Cometer la falta en estado de ofuscación o alteración, motivada por circunstancias que le causen
dolor físico o psíquico previa comprobación.
ARTÍCULO 29. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES.
Se consideran como circunstancias agravantes de la responsabilidad de la estudiante, las siguientes:
1. Ser reincidente en la omisión de la falta.
2. Complicidad con compañeras.
3. Haber preparado la falta y la forma de llevarla a cabo.
4. Cometer la falta por ocultar otra.
5. Cometer la falta aprovechando la confianza depositada por sus compañeras, docentes o
cualquier miembro de la comunidad educativa.
6. Rehuir la responsabilidad o atribuírsela a otro u otros.
7. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa.
8. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas.
9. El haber colocado al sujeto pasivo de la falta (sobre quien se ejerce la acción) en incapacidad de
resistir o en condiciones de inferioridad física o psíquica.
10. Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso puede resultar peligro común.
11. Hacer más nocivas las consecuencias de la falta.
Artículo 30º. DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS.
El Colegio de la Presentación Luna Park, exige a las estudiantes, respuestas en materia académica,
disciplinaria, religiosa, moral o física, y cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que se
cometen, desempeñando siempre el papel de modo razonable y sujeto al orden jurídico, no está violando
los derechos fundamentales, sino por el contrario, les entrega la calidad de educación que la
Constitución, los padres y las estudiantes desean. (ST-397/1997)
27
MEDIDAS CORRECTIVAS: Tienen una finalidad protectora, educativa y restaurativa y se aplicarán con
el apoyo de la familia promoviendo un cambio conductual que le permita fortalecer su proceso formativo.
1. Llamado de atención verbal.
2. Llamado de atención escrito con registro en el observador de la estudiante.
3. Citación a los padres de familia o acudientes.
4. Remisión a Coordinación de Convivencia o Coordinación Académica.
5. Suspensión temporal formativa.
6. Firma de compromiso disciplinario.
7. Firma de compromiso académico.
8. Remisión a comité de convivencia.
9. Firma de compromiso final.
10. Retiro definitivo de la institución.
Parágrafo: En caso de que la estudiante sea sorprendida en la ejecución del hecho, se podrá aplicar la
medida que corresponde sin haber agotado las diferentes instancias del conducto regular, pero igual se le
explicará el alcance de su conducta, se dejará constancia escrita de lo acontecido y se consignarán las
observaciones que ésta quiera hacer (Derecho a la Defensa).
CAPÍTULO VI
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
ARTÍCULO 31°. DE LAS INSTANCIAS DE DIÁLOGO, CONCILIACIÓN Y CONCERTACIÓN
Proceso formativo. Los conflictos de convivencia, la comisión de faltas, los casos administrativos,
disciplinarios y académicos en la Comunidad Educativa, constituyen oportunidades de aprendizaje y
posibilidades de mejoramiento, en un esquema que privilegia la formación, el análisis, la comprensión y el
rescate en cada Estudiante lo mejor de sus potencialidades.
El diálogo, la conciliación y la concertación, se deben utilizar para prevenir conflictos y resolverlos, parcial
o totalmente.
1. Diálogo. Es un proceso de comunicación asertivo, permanente, informal, creativo y respetuoso, entre
miembros de la Comunidad Educativa para tratar los diferentes componentes de la convivencia escolar.
El diálogo se debe desarrollar y estimular entre las estudiantes y todos los miembros de la comunidad
Educativa.
En caso de conflicto de convivencia, el diálogo debe revestir formalidad y se requiere la presencia
obligatoria de por lo menos uno de sus Padres o Acudientes, el Coordinador, de la Personera y/o la
representante del grado al Consejo Estudiantil).
2. Conciliación. La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual, dos
o más miembros de la Comunidad Educativa gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con
la ayuda de un tercero neutral y calificado.
La conciliación deberá estar suscrita por lo menos por uno de los Padres o Acudientes del (la)
Estudiantes involucradas.
Podrá actuar como conciliador la Coordinadora o el Comité de Convivencia.
3. Concertación. La concertación es un proceso de articulación de decisiones mediante el cual la
estudiante se compromete al logro de objetivos definidos, a asumir compromisos e indicadores de
evaluación, a corregir conductas alejadas del adecuado comportamiento institucional, evaluar resultados
y contribuir a la construcción de un clima armónico de convivencia y el Colegio se compromete a apoyar a
la Estudiante y hacerle el seguimiento a los compromisos asumidos. La concertación deberá estar
suscrita por lo menos por uno de los Padres o Acudientes.
4. Procedimiento. El responsable de la convivencia, convocará reuniones en las que las diferentes
partes involucradas participen en la búsqueda de soluciones constructivas al caso particular, con
cualquiera
Artículo 32o. CONDUCTO REGULAR
Es necesario tener en cuenta que para el estudio de situaciones académicas o de convivencia se debe
seguir el conducto regular con el fin de generar estrategias y llegar a la toma decisiones. En este
28
conducto regular existirá el diálogo, la concertación y el compromiso. Dicho proceso debe quedar
consignado en el Historial de la Estudiante (observador estudiantil)
Estas son las instancias del conducto regular:
1.
Profesores o personas implicadas.
2.
Director de grupo.
3.
Coordinadora de Convivencia o Académica
4.
Comité de Convivencia o Comisión de Evaluación
5.
Rectora (Instancia Superior)
6.
Consejo Directivo (Instancia Superior)
Artículo 33º. DEBIDO PROCESO
Es el recurso escolar establecido para formalizar llamadas de atención, recordar compromisos y hacer
reconocimientos de progreso con el objeto de orientar conductas y comportamientos que conlleven al
crecimiento personal o al interés de la comunidad. Es la garantía de una decisión acertada sobre los
derechos que se tienen frente a un proceso disciplinario (Cfr. Art. 29 C.N.)
Aunque un proceso disciplinario no es en el sentido estricto un “proceso judicial” ni “administrativo”, se
asume el concepto de Debido Proceso aplicado a la cultura propia de la Institución educativa, por lo tanto,
éste se aplicará a toda clase de actuaciones, es decir, en todos los campos en que se haga uso de la
facultad disciplinaria para imponer los correctivos, cumpliendo los siguientes principios:
1. Respeto a la persona: La estudiante, así sea un infractor de norma contenida en el Manual de
Convivencia, es sujeto de derechos, de respeto y consideración por parte de los compañeros, de los
profesores y de las Directivas del Establecimiento.
2. Legalidad: Ser juzgada con las normas vigentes con conocimiento previo de las conductas
catalogadas como faltas, de los correctivos aplicados y de los procedimientos a seguir.
3. Presunción de inocencia: Toda persona es inocente hasta que se le pruebe lo contrario.
4. Competencia: La estrategia formativa será aplicada por el ente correspondiente de acuerdo al
conducto regular.
5. Favorabilidad: Ante la aplicación de varias opciones se seleccionará la que más beneficie a la
estudiante implicada en el proceso. La duda se resuelve a favor de la acusada.
6. Derecho a la defensa: Durante todas las etapas del proceso disciplinario, la estudiante, de manera
directa y representada por sus padres, tienen derecho a defenderse, a controvertir las decisiones que la
afecten.
7. Claridad: Definir con exactitud la falta cometida.
8. Cosa juzgada: No ser juzgado dos veces por el mismo hecho.
9. Proporcionalidad: Debe existir proporcionalidad entre la gravedad de la falta y la sanción aplicada.
Artículo 34º. ETAPAS DEL DEBIDO PROCESO.
La definición de etapas constituye el núcleo central del debido proceso. (Cfr. ST 967/07). En cada una de
ellas, se definen tiempos, instancias competentes y procedimientos específicos de actuación. Es
necesario dejar registro en cada una de ellas. Estas etapas son las siguientes.
1. Iniciación: Es la etapa previa o indagación preliminar la cual tiene por objeto, establecer si existen
méritos para iniciar la investigación.
Se entiende que antes de iniciada la investigación, el colegio ha ejercido su papel de formador mediante
el trabajo pedagógico con la estudiante, debidamente documentado a través de actas u otros registros
derivados de las acciones llevadas a cargo por la orientación escolar, el comité de convivencia, las
comisiones de evaluación y promoción y demás instancias institucionales que guarden relación directa
con el proceso formativo.
2. Apertura del proceso: Cuando exista la conducta anómala y serios indicios que comprometen a la
estudiante:
El Comité de Convivencia comunica por escrito a los padres de familia la apertura del proceso, con los
fundamentos de hecho y derecho.
29
Se establecen las conductas violatorias al Manual de Convivencia.
Se reúnen las pruebas consideradas pertinentes.
Se indican los plazos para presentar los descargos.
3. Etapa probatoria: En ésta, el Comité de Convivencia:
Analiza el caso, mediante el recurso de la prueba.
La estudiante implicada hace uso de la defensa, acompañada por sus padres o acudientes.
La estudiante es oída en descargos y puede solicitar las pruebas que considere convenientes.
También puede aceptar los cargos tal como han sido formulados.
Esta etapa puede durar una o más sesiones, dependiendo de la complejidad del caso. De lo actuado se
deja la correspondiente acta.
4. Fallo: Luego de la etapa probatoria, el Comité de Convivencia toma la decisión, la cual puede ser
exoneración o sanción. Si se exonera, se archiva el caso. Si se aplica la sanción, ésa debe ser tipificada
en el Manual de Convivencia, notificársele a la estudiante indicándole los recursos a que tiene derecho.
El fallo puede realizarse en la misma sesión de la etapa probatoria o en sesión independiente,
dependiendo de la complejidad del caso.
De lo actuado se deja la correspondiente acta.
5. Recursos: La estudiante tiene derecho a los recursos de ley:
El de reposición ante la instancia que le aplicó la sanción.
El de apelación ante una instancia superior, debidamente definida en el Manual de Convivencia
(Rectoría o Consejo Directivo)
En la solución de los recursos. La instancia competente puede exonerar, mantener la sanción de la
estudiante o disminuirla, dependiendo de los argumentos presentados por la estudiante y del análisis que
de ellos se efectúe.
De lo actuado se deja constancia en acta.
6. Aplicación de la sanción: sólo después de resueltos los recursos se aplica la sanción a la
estudiante, por la instancia competente definida en el Manual de Convivencia. Aunque se trata de un
proceso disciplinario, es importante hacer notar a la estudiante que la sanción también constituye una
acción formativa de la Institución Educativa.
Artículo 35º. De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo l. Los protocolos de los
establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo 1, a que se refiere el numeral 1 del
artículo 40 del Decreto 1965 de 2013, exigen desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:
1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para
que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el
restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en
el establecimiento educativo.
2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación
de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de
relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación
se dejará constancia.
3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se
requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 36 y 37 del presente Manual.
Artículo 36º. De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo II. Los protocolos de los
establecimientos educativos para la atención de las Situaciones tipo II, a que se refiere el numeral 2 del
artículo 40 del Decreto 1965 de 2013, exigen desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de
los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará
constancia.
2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades
administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.
3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su
contra, actuación de la cual se dejará constancia.
30
4. Informar de manera inmediata a los padres. madres o acudientes de todos los estudiantes
involucrados. actuación de la cual se dejará constancia.
5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres. madres o acudientes de los
estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando. en cualquier caso, el derecho a la
intimidad, confidencialidad y demás derechos.
6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el·
restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el
establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido
o participado en la situación reportada.
7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité,
sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de
verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 36 del
presente Manual.
8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones
adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.
9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que
para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la
situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema
de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el
artículo 45 del Decreto 1965 de 2013.
Artículo 37º. Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III. Los protocolos de los
establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo III a que se refiere el numeral 3 del
artículo 40 del Decreto 1965 de 2013, exigen desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud física y mental de
los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará
constancia.
2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes
involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito,
pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.
4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de
convivencia en los términos fijados en el presente manual de convivencia. De la citación se dejará
constancia.
5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los
hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar
contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte
realizado ante la autoridad competente.
6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité
escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento
educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le
atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada,
actuación de la cual se dejará constancia.
7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que
para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de
convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del Comité Distrital de Convivencia Escolar.
Artículo 38º. Ruta de atención integral para la Convivencia Escolar. La Ruta de Atención Integral
inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los
cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de convivencia, para su documentación, análisis y
atención a partir de la aplicación del manual de convivencia.
31
El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia Escolar por la puesta
en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o
acudientes, de oficio por el Comité de Convivencia Escolar o por cualquier persona que conozca de
situaciones que afecten la convivencia escolar.
Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral consideran como mínimo los siguientes
postulados:
1. La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes
involucrados.
2. El conocimiento de los derechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los
generadores de los hechos violentos.
3. Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar
espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las
relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos
humanos.
4. Se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.
Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración
derechos, sexuales y reproductivos de niñas y adolescentes del Colegio de la Presentación Luna Park
en el nivel de preescolar, básica y media que no puedan ser resueltas por las vías que establece el
manual de convivencia y se requiera de la intervención de otras entidades o instancias, serán
trasladadas por la rectora de la institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de
Convivencia, al ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Distrital o a la Policía de Infancia y
Adolescencia, según corresponda.
CAPITULO VII
SISTEMA DE EVALUACIÓN
Sistema Institucional de Evaluación de las Estudiantes (SIEE), es el conjunto de políticas, criterios,
estrategias, normas, procedimientos e instrumentos interrelacionados y orientados a dirigir, coordinar y
ejecutar los procesos de evaluación de las estudiantes en el COLEGIO DE LA PRESENTACION LUNA
PARK enmarcados en los principios del Evangelio, de la educación personalizada, del carisma
Congregacional, la Constitución Política de Colombia reglamentados en el Proyecto Educativo
Institucional PEI que facilitan una educación de calidad y se adopta como aplicación del Decreto 1290 de
abril 26 de 2009, a través de la Resolución Rectoral No. 002 del 22 de marzo de 2013.
A continuación se destaca de manera general algunos de los elementos que lo constituyen:
DEFINICIÓN DE LA EVALUACIÓN (Artículo 5º. del SIEE) La evaluación es un proceso integral,
permanente, interactuante y dinámico que comprende el acompañamiento, orientación e información para
conocer el avance en el desarrollo de las capacidades, competentes y valores de la estudiante. Es valorar
la fuerza de un proceso de interacción humana entre la estudiante y las personas que la rodean,
identificando la calidad de su desempeño; es una estrategia natural e inherente a la acción educativa que
le posibilita a la estudiante tomar conciencia de los aprendizajes logrados y asumir mayores niveles de
responsabilidad. La evaluación se constituye en un referente desde el cual es posible determinar el grado
de de desarrollo de una institución educativa, identificando sus fortalezas y debilidades, constatando su
realización, aciertos y dificultades en el logro de los objetivos.
La evaluación integral evalúa el desarrollo humano, así (Artículo 10º. del SIEE):
Desarrollo intelectual, es el conjunto de saberes que permiten el desarrollo de la capacidad intelectiva,
cognitiva, de las operaciones mentales de la estudiante, es decir se aprende a conocer y a pensar, lo
que significa capacidad para: conceptualizar, comprender, analizar, sintetizar, argumentar y generalizar,
32
todo lo cual facilita la apropiación de los saberes. En este desarrollo cognitivo se toman como base las
áreas de acuerdo con los estándares establecidos por el Ministerio de Educación y la cultura del entorno.
Desarrollo psicomotor, capacidad de acción neuromuscular y física que se manifiesta mediante:
habilidad y destreza: capacidad para realizar acciones o tareas con el mínimo de energía y el máximo
de eficiencia. Habilidad y destreza convertida en comportamiento permanente. Es la puesta en práctica
del conocimiento. Es decir aprender a hacer.
Desarrollo actitudinal, capacidad para administrar y controlar racionalmente los sentimientos y las
emociones que permite el equilibrio del ser humano autónomo y crítico, capaz de elaborar un juicio
propio y de actuar con responsabilidad. Comprende los aspectos:
1. Desarrollo volitivo, capacidad para elegir, decidir, obrar, se manifiesta en la validez de los
argumentos que llevan a emitir juicios de valor, es la capacidad de seleccionar alternativas de
solución ante los problemas, necesidades e intereses. La competencia volitiva se manifiesta en el
esfuerzo, la disciplina, la constancia, el compromiso, la puntualidad y la responsabilidad.
2. Desarrollo afectivo, por el cual la persona se concibe como un ser único, irremplazable,
generador de su propia historia, se acepta y acepta las diferencias individuales, valora su
dignidad y crece en autoestima, reacciona mediante sentimientos, emociones; se manifiesta en
los intereses, aspiraciones, preferencias, motivaciones, dinamismo, creatividad, es decir
aprender a ser.
3. Desarrollo espiritual, capacidad de trascender de lo material a los valores del espíritu, darle
sentido a la existencia, tiene que ver con los valores éticos y morales. La capacidad espiritual se
manifiesta en el servicio, el amor, la entrega, la fe, la esperanza, la tolerancia, la solidaridad; la
verdad y el testimonio de vida íntegra. Conciencia es tener pleno dominio del entendimiento
para diferenciar lo bueno de lo malo, lo correcto de lo incorrecto, lo verdadero de lo falso, esta
plena conciencia es la que permite la coherencia de vida, la formación integral. Es decir aprender
a trascender.
4. Desarrollo social, la persona es un ser en relación, sociable, dialogal, comunitaria, capaz de
conocer y abrirse al amor manifestado en el servicio, la colaboración, el liderazgo, la solidaridad,
lo que significa construir comunidad. Crece en una red de relaciones a nivel de grupo familiar,
escolar, local, social, es decir, aprender a convivir.
La evaluación en el Colegio de la Presentación Luna Park se realiza a través de logros e indicadores de
desempeño en cada una de las áreas y/o asignaturas; entendido como logro la satisfacción de un
objetivo; teniendo en cuenta el proceso mediante el cual se adquirió.
El proceso de evaluación responde a los estándares básicos de competencia y a los lineamientos
curriculares establecidos para cada asignatura, las cuales se especifican a continuación:
ÁREAS
Educación Ética, Religiosa y Valores
Ciencias Naturales
Matemáticas
Ciencias Sociales
Filosofía
Idiomas
ASIGNATURAS
Ética
Educación Religiosa
Biología y Educación Ambiental
Física
Química
Matemáticas
Historia y Democracia
Geografía
Ciencias Económicas y Políticas
Metodología de la Investigación
Filosofía
Lengua Castellana
33
Educación Física, recreación y Deportes
Educación Artística
Tecnología e Informática
Inglés
Educación Física y Deportes
Dibujo Artístico
Música
Danzas
Informática
LA ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA
ESCALA NACIONAL(Artículo 11º. del SIEE)
DESEMPEÑO
EQUIVALENCIA
SUPERIOR (S)
De 9.1 a 10.0
La estudiante manifiesta superación amplia de la mayoría de las competencias básicas, 91% o más de
los logros previstos, manifestada con actitudes, interés, motivación y participación crítica, analítica,
racional y activa en los procesos de aprendizaje.
ALTO (A)
De 8.0 a 9.0
La estudiante supera de manera considerable las competencias requeridas (entre 80% y 90%), tiene
habilidades para poner en práctica cada uno de los saberes interiorizados. Debe continuar esforzándose
BÁSICO (BS)
De 6.5 a 7.9
La estudiante tiene habilidades para interpretar e interiorizar los conocimientos, sin embargo presenta
dificultades para aplicarlos y valorarlos y demuestra poco interés en avanzar en su proceso académico.
Alcanza entre el 65% y el 79% de los logros previstos
BAJO (BJ)
De 1.0 a 6.4
La estudiante no alcanza las metas mínimas establecidas para el período en cada asignatura,
presentando limitaciones actitudinales, cognitivas, de habilidades y/o destrezas en su propio aprendizaje.
Solamente alcanzan el 64% o menos de los logros previstos.
Parágrafo:
a) Las centésimas correspondientes a la valoración siempre deberán aproximarse matemáticamente.
b) Si una estudiante es sorprendida realizando fraude en una evaluación, ésta se anula y se valora con la
nota mínima de la escala, es decir uno (1.0).
El juicio valorativo de cada área y/o asignatura en cada período se realiza de la siguiente manera
(Artículo 23 del SIEE): Una nota integral resultante del promedio de las calificaciones obtenidas durante
el proceso (a nivel intelectual, psicomotriz y actitudinal) equivalente al 70% y la evaluación bimestral
equivalente al 30%
DE LAS RECUPERACIONES (ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER
SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LAS ESTUDIANTES, Artículo. 20, SIEE)
Al finalizar cada período se desarrollan las siguientes estrategias de apoyo para atender a las estudiantes
con dificultades:
a) La estudiante que presente DESEMPEÑO BAJO en la asignatura durante el período, realizará el plan
de refuerzo que encuentra orientado en la unidad, el cual le permitirá superar las debilidades
presentadas, nivelar la temática vista, para que el proceso siga sin mayores dificultades; desarrollará
dicho plan con el acompañamiento permanente del docente especialmente en trabajo personal o en
jornada contraria cuando el colegio lo programe; la apropiación del conocimiento será evaluada de
acuerdo con las indicaciones que aparecen en la unidad y según cronograma asignado por el docente.
34
El plan de refuerzo es una guía u orientación que permite nivelar o preparar a las estudiantes para el
siguiente período, se trata de superar los vacíos relacionados con la temática vista. La estudiante que
después de realizar el plan de refuerzo, demuestre la superación de sus dificultades, tendrá el derecho a
recibir una modificación en la calificación obtenida inicialmente, de acuerdo al criterio de cada maestro
quien puede dar fe de dicho proceso de nivelación.
b) Al finalizar el año lectivo, se promedian las notas de los cuatro períodos académicos, la estudiante
presentará recuperación máximo de tres (3) asignaturas cuando no haya superado el nivel básico (es
decir, su promedio sea inferior a 6.5).
c) La estudiante que al finalizar el año lectivo persiste con nivel bajo en una (1), o dos (2) asignaturas,
después de haber realizado actividades de recuperación, debe adelantar un programa de actividades
complementarias especiales para presentar habilitación, desarrollando un taller que debe ser elaborado
con calidad, presentado en su totalidad por escrito y sustentado en el mes de enero del año siguiente. El
taller tendrá un valor del 30% y será prerrequisito para presentar la habilitación, la cual tendrá un valor
del 70%.
d) La estudiante que alcance el DESEMPEÑO BÁSICO, asistirá a plan de refuerzo durante el trabajo
personal.
e) Las actividades de apoyo se realizarán durante el período académico: en el horario establecido para el
trabajo personal y en las fechas extracurriculares programadas en el Calendario Escolar.
f) La estudiante que por ausencia justificada no haya presentado alguna evaluación o trabajo debe
hacerlo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la expedición de la excusa por la Coordinación de
Convivencia, de lo contrario la calificación es de uno (1.0). La estudiante presenta la excusa al docente
quien recibe inmediatamente los trabajos o tareas y programa la fecha de evaluación.
g) La Coordinación Académica constata que el docente cumplió con el procedimiento establecido, revisa
periódicamente la libreta de calificaciones del docente que contiene el control de asistencia y las
evidencias del proceso evaluado a nivel intelectual, psicomotor y actitudinal.
h) La estudiante nueva, debe acreditar la aprobación de todas las asignaturas antes de ingresar.
i) La estudiante que haya realizado estudios en el exterior debe validar las asignaturas no cursadas de
acuerdo con nuestro plan de estudios y deben consignarse en el registro escolar.
DE LA PROMOCIÓN (Artículo 12° del SIEE): A través de la Comisión de Evaluación y Promoción, el
Colegio de la Presentación Luna Park determina la promoción.
CRITERIOS DE PROMOCIÓN (Artículo 13° del SIEE): Las estudiantes serán promovidas por la Comisión
de Evaluación y Promoción, grado a grado, cuando:
1. Alcance la totalidad de los logros propuestos para cada asignatura y grado con desempeño
básico, alto o superior.
2. Presenten y aprueben examen de recuperación hasta en tres asignaturas.
Parágrafo 1: Los exámenes de recuperación serán presentados por las estudiantes que al finalizar el
año, hayan obtenido valoraciones de desempeño bajo hasta en tres asignaturas.
Parágrafo 2: La estudiante que al finalizar el año lectivo persiste en desempeño bajo en una (1) o dos
(2) asignaturas después de haber realizado examen de recuperación, debe presentar habilitación en el
mes de enero del año siguiente. La estudiante que obtenga desempeño bajo en dichas habilitaciones
reprueba el Grado.
PROMOCIÓN ANTICIPADA (Artículo 14 del SIEE): Cuando una estudiante demuestra comportamiento
Excelente y desarrollo Superior (9.1 a 10.0), en todas y cada una de las áreas del plan de estudios de
un grado y la superación de todos los requisitos establecidos para continuar en un grado superior tiene la
oportunidad de:
35
Solicitar por escrito al Consejo Académico promoción anticipada dentro del primer período
académico con el aval del padre de familia o acudiente.
Presentar prueba de suficiencia sobre contenidos básicos del grado que se encuentra
cursando. El resultado de la prueba es supervisado por el Consejo académico y aprobada por el
mismo si se encuentra en la escala Superior (9.1 a 10.0).
El Consejo Académico propone la promoción al Consejo directivo, consignando la aprobación en un
acta del mismo
La estudiante será promovida, siempre y cuando no se haya iniciado el segundo periodo del año en
curso.
Parágrafo 1: El padre de familia debe cancelar el valor de la matrícula para el nuevo grado.
Parágrafo 2: Este procedimiento no aplica para estudiantes de grado Undécimo.
PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES DEL GRADO 11º. Artículo 15° del SIEE. Para que una estudiante de
grado 11º sea promovida, debe:
Acreditar la aprobación de los grados quinto a undécimo en establecimientos autorizados por la
Secretaría de Educación.
Aprobar las validaciones por haber cursado estudios en el exterior si fuere el caso
Cumplir con el Servicio Social Estudiantil, de acuerdo con la Resolución 4210 de septiembre de 1996
Presentar, sustentar y aprobar un proyecto de investigación
Estar a paz y salvo con la institución por todo concepto (académico, de comportamiento y económico)
Pagar derechos de grado.
Parágrafo: No habrá promoción anticipada para las estudiantes de grado Undécimo que sean aceptadas
en la Universidad al terminar el segundo periodo. Ellas deberán culminar sus estudios completamente
para obtener su título de Bachiller.
CAPITULO VIII
DE LOS OTROS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Artículo 39: DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA, ACUDIENTES Y/O
REPRESENTANTE LEGAL:
Los padres de Familia son los pilares fundamentales y agentes eficaces en el logro de los objetivos del
Colegio, convirtiéndose en parte esencial del fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y tienen
un papel central en la prevención y mitigación de la violencia escolar (Art. 53. Dec 1965 de 2013). Son los
primeros y principales educadores de sus hijas.
Los deberes de los Padres de Familia, acudientes y/o representantes legales están legalmente
constituidos en el artículo 70 de la Ley 115 de 1994, en el artículo 315 del Código del Menor. En
consecuencia al legalizar la matrícula, el Padre de Familia adquiere unos derechos y asume con sus hijas
los siguientes compromisos y responsabilidades:
DERECHOS
1
Conocer el Proyecto Educativo
Institucional, la Filosofía, el
Enfoque Pedagógico y el
Reglamento o Manual de Convivencia.
DEBERES
a. Aceptar la educación integral impartida por el Colegio de
acuerdo a los lineamientos de la Iglesia Católica, el
carisma de la Congregación, las normas del Ministerio de
Educación Nacional y el Proyecto Educativo Institucional,
ya que voluntariamente eligieron esta Institución para
educar a sus hijas.
b. Acoger y respetar la filosofía y los principios de la
Educación Personalizada, el Enfoque Pedagógico:
aprendizaje por procesos, capacidades, competencias y
36
valores y el Reglamento o Manual de Convivencia del
Colegio.
c.
2
3
4
5
6
7
8
9
Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia
a través de las instancias de participación definidas en el
proyecto educativo institucional del establecimiento
educativo (Art.22, numeral 4 Ley 1620 de 2013)
Ser informado acerca de la Ley
1620 de 2013 y el Decreto 1965
que la reglamenta y las demás
leyes que el Ministerio de
Educación Nacional emita.
Leer, acoger y asumir las responsabilidades que como
padres de familia le atribuye la Ley 1620 de 2013 y demás
leyes que los involucre como corresponsables de la
educación de sus hijas.
Aportar sugerencias y opiniones
que favorezcan la buena
marcha
de
la
Institución,
teniendo en cuenta el conducto
regular.
a. Contribuir solidariamente con el Colegio en la formación
integral de sus hijas.
Hacer reclamos, aclaraciones o
peticiones
que
considere
necesarios, dentro de las
instalaciones
del
Plantel,
siguiendo el conducto regular y
las normas de respeto y
cortesía.
b. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas
en el manual de convivencia y responder cuando su hijo
incumple alguna de las normas allí definidas. (Art.22,
numeral 6 Ley 1620 de 2013)
Participar en las actividades
académicas,
religiosas,
sociales, culturales y deportivas
que programe el Colegio.
a. Asistir y colaborar en las actividades del Colegio que
requieran su presencia.
Obtener informes periódicos
sobre el proceso de aprendizaje
y comportamiento de sus hijas.
Ser atendidos por Directivos y
Docentes cuando se presenten
inquietudes, en el horario
establecido.
Asistir puntualmente a la entrega de informes académicos,
reuniones, escuela de padres y cuando sean citados por el
Colegio.
a. Mantener permanente diálogo y comunicación con los
Directivos y Docentes del Colegio en el horario establecido.
Recibir trato adecuado y cordial
por parte de los diferentes
estamentos de la Comunidad
Educativa.
a. Seguir el conducto regular cuando se presenten reclamos
o sugerencias y para todas las diligencias del Plantel.
Solicitar personalmente permiso
cuando sus hijas tengan una
causa justa para no asistir o
ausentarse del Colegio.
Elegir y ser elegido para integrar
b. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en
el proceso pedagógico que adelante el establecimiento
educativo para la convivencia y la sexualidad. Art.22,
numeral 3 Ley 1620 de 2013)
b. Dar trato respetuoso y cordial a todos los miembros de la
Comunidad Educativa del Colegio.
c. Abstenerse de hacer comentarios.
Justificar personalmente la ausencia o retardos de su hija a
clase y a los actos programados por la Institución.
Ser leales con el Colegio a través de sus palabras y actitudes.
37
el Consejo de Padres de Familia
y demás organismos que
funcionen en la Institución.
Recibir orientación sobre la
formación integral de sus hijas
a. Proveer a sus hijas espacios y ambientes en el hogar, que
generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su
entorno físico, social y ambiental. Art.22, numeral 1 Ley 1620 de
2013)
b. Velar para que las niñas asistan al Colegio con el uniforme
completo, ordenado, limpio y que lo utilicen solamente para
las actividades de la Institución.
c.
10
Suministrar oportunamente a las hijas, los libros, útiles
escolares, uniformes y demás elementos necesarios para
el logro de los objetivos propuestos por la Institución.
d. Brindar la ayuda terapéutica externa necesaria para el
caso de las estudiantes con alteraciones de aprendizaje
y/o trastornos de comportamiento; presentando al Colegio,
informes de valoración y de evolución periódica.
e. Dar buen ejemplo a las hijas en principios, valores, amor,
convivencia social y formación cristiano-católica.
f.
11
Conocer oportunamente las
sanciones
disciplinarias
o
académicas que afecten a sus
hijas.
Brindar a las hijas un ambiente propicio para el estudio, la
consulta y la investigación, dándoles la orientación
necesaria
a. Orientar a sus hijas en la escogencia de amistades,
lecturas, diversiones y en general todo tipo de actividades
que tengan que ver con el desarrollo integral de la
personalidad.
b. Brindar a sus hijas un ambiente de afecto, comprensión,
respeto y responsabilidad dentro del hogar, ofreciéndoles
una adecuada organización del tiempo libre para el mejor
desarrollo personal.
c. Estar atentos para que sus hijas sean responsables en la
llegada a tiempo al Colegio, al hogar y a las actividades
que programe la Institución.
12
Renovar el contrato de matrícula
cuando
cumpla
con
los
requisitos establecidos en el
mismo.
a. Cancelar la pensión de sus hijas dentro de los diez (10)
primeros días de cada mes.
b. Solicitar personalmente la cancelación de la matrícula
cuando decidan retirar a su hija del Plantel. La pensión se
pagará hasta el mes en que se haga la notificación oficial.
Artículo 40: DE LAS FALTAS DE LOS PADRES DE FAMILIA
1. La deslealtad para con el Colegio, entendida como: manifestar desprecio por la filosofía y políticas
educativas de la institución, con sus palabras, actitudes o hechos, lesionando la buena imagen y nombre
de la institución.
2. El irrespeto a directivas, maestros, personal administrativo y de servicios, entendido como el uso de
palabras soeces e irreverentes con dichas personas, o amenazas físicas.
3. Agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
4. Cuando, sin razón justificada, se niegue a proporcionar a su hija los recursos necesarios para su
estudio y desarrollo integral.
38
5. Desatender observaciones o compromisos firmados junto con su hija, realizados por Directivas,
Coordinadores, Docentes, Consejo Académico, Comisión de Evaluación y Promoción, Consejo Directivo.
6. Hacer caso omiso del Manual de Convivencia.
7. Incitar a la violencia, al desorden o al desacato de órdenes emanadas por las Directivas del Colegio.
8. Utilizar el nombre del Colegio para actividades o eventos no autorizados por las Directivas de la
Institución.
9. El hecho de no responder por los daños causados por su hija a enseres o muebles del Colegio, así
como lesiones físicas contra compañeras que requieran de atención médica o alguna medicina.
10. Presentarse al Colegio en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas.
11. Portar y/o hacer uso de armas de cualquier clase dentro de la Institución.
12. Incumplimiento en el pago oportuno de pensión, fijado por la administración del Colegio (los 10
primeros días de cada mes)
13. Inasistencia a talleres, citaciones personales, reuniones generales o de grupo, convocada por las
directivas del colegio, como a otras actividades para Padres programadas en el Cronograma anual.
14. Apoyar la realización de actividades, fiestas etc. Faltando así a los compromisos firmados al inicio
del año escolar y en desacuerdo de la filosofía institucional.
15. Enviar a su hija al Colegio sin haber cumplido los requisitos de matrícula.
16. No respetar el conducto regular en el debido proceso.
17. No tener en cuenta los deberes / obligaciones especificados en el Manual de Convivencia.
18. Permitir y autorizar que su hija modifique los uniformes de diario y de educación física; no teniendo
en cuenta los modelos establecidos.
PARÁGRAFO No. 1: El colegio puede no admitir a una estudiante para el año siguiente, cuando durante
el año escolar, los padres de familia o acudientes, han desconocido las obligaciones expresadas en este
Manual de Convivencia y en el momento de firmar la matrícula.
Artículo 41: DE LOS DOCENTES DEL COLEGIO
El educador es el orientador del proceso de formación, enseñanza- aprendizaje de los educandos, acorde
con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y la sociedad. (Ley 115/04 Art.
104).El educador del Colegio de la Presentación Luna Park, ante todo debe ser humano, tener vocación,
lo que significa desempeñar su tarea con gran mística educativa. Persona creyente, cristiana – católica,
consciente de su identidad como hijo de Dios y miembro activo de la Iglesia, con una auténtica escala de
valores, comprometido a mantener con su testimonio de vida un clima que permita el desarrollo de la fe
en sus estudiantes.
El maestro debe ser equilibrado, con una auto imagen positiva, con estabilidad de ánimo, sereno,
cercano, autónomo, coherente, justo, libre, con conciencia crítica, con buen nivel de liderazgo, con
voluntad de orientar su propia vida y de mantener una actitud esperanzadora y motivante, con excelente
manejo de grupo y una metodología activa, participativa. Persona dinámica, llamada siempre a un mayor
grado de superación y a la trascendencia., seguro de sí mismo, con una gran capacidad de empatía que
le permita conocer a sus estudiantes, comprender los cambios generacionales y acompañarlas en el
proceso de maduración. Sin embargo el cumplimiento de estos deberes se asocia al ejercicio de los
derechos.
DERECHOS
1
Ser respetado y valorado como
persona y profesional por todos
los miembros de la comunidad
educativa.
2
Trabajar en un ambiente
pedagógico de disposición,
pulcritud, respeto, organización y
reconocimiento de su labor
DEBERES
a. Poner al servicio de la Institución su vocación como
educador, entregando todas sus cualidades, capacidades
y creatividad.
b. Ofrecer un trato respetuoso y amable a sus estudiantes y
demás personas con quienes se relaciona.
a. Reflejar un compromiso de vida cristiana y sentido de
pertenencia a la Institución.
b. Participar en la organización de eventos institucionales
cuando se requiera.
39
c.
d.
a.
b.
c.
3
Contar con los recursos
necesarios para desempeñar
adecuadamente su labor.
d.
e.
f.
4
5
6
7
Ser orientado acerca de la
metodología de la Educación
Personalizada a partir del
momento que ingresa a la
Institución
Ser evaluado de manera justa de
acuerdo con las exigencias de la
Institución y conocer
oportunamente los resultados de
la evaluación.
Elegir y ser elegido en las
instancias de participación
democrática
Recibir recomendaciones sobre
su trabajo en forma directa,
fraterna, privada y oportuna.
a.
Participar en los actos comunitarios y asistir a las
reuniones de padres de familia.
Velar por el cumplimiento del manual de convivencia
Orientar a las estudiantes en la toma de decisiones acerca
del comportamiento y el aprovechamiento académico.
Elaborar, aplicar y corregir las pruebas y evaluaciones
establecidas y requeridas para cada periodo académico.
Promover y estimular a las estudiantes en el proceso de
lograr sentido de pertenencia e identidad frente a la
Institución, de acuerdo a lo señalado en el horizonte
institucional.
Entregar las calificaciones e informes de asistencia de las
estudiantes en forma oportuna.
Mantener informados a los padres o acudientes sobre el
desempeño académico y disciplinario de las estudiantes.
Responder y promover el buen uso de los equipos y
material didáctico confiados a su manejo.
Conocer el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de
Convivencia y las Políticas de Calidad Total.
b. Realizar con responsabilidad los procesos sistemáticos de
enseñanza-aprendizaje, lo cual incluye el diagnóstico, la
planificación, la ejecución y la evaluación de los mismos.
Realizar cursos de capacitación y actualización para mejorar
su desempeño profesional.
Respaldar las decisiones de la institución en todo,
especialmente en lo acordado acerca de estímulos,
compromisos y sanciones.
Acoger con seriedad y compromiso las recomendaciones,
asumiéndolas como oportunidad para mejorar su desempeño.
8
Recibir una remuneración de
acuerdo al contrato de trabajo
Dar cumplimiento al reglamento interno de trabajo y al
contrato laboral.
9
Ser afiliado a la seguridad social y
familiar de acuerdo con la ley
Dar cumplimiento a las recomendaciones médicas laborales
de auto-cuidado de su salud.
10
A la privacidad, a la libre y
respetuosa expresión, a la crítica
constructiva y a la libertad de
opinión.
Ser paradigma de buena conducta y comportamiento
ejemplar para todos los miembros de la comunidad educativa
en lo ético, lo profesional y lo cotidiano.
11
A ser protegido de posibles
acciones en su contra, originadas
por informar situaciones que
afectan la convivencia escolar.
Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de
acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos
sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del
establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de
la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el
manual de convivencia y con los protocolos definidos en la
Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la
situación de intimidación de la que tienen conocimiento se
hace a través de medios electrónicos igualmente deberá
reportar al comité de convivencia para activar el protocolo
respectivo. (Art. 19 Numeral 1 Ley 1620 de 2013
40
CAPITULO IX
SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO
Artículo 42°. Definición: Se entiende por Servicio Social Estudiantil la práctica en la comunidad que
deben realizar las estudiantes de educación media vocacional, como aplicación de los conocimientos
adquiridos a lo largo del proceso educativo y en procura del desarrollo personal y comunitario acorde a
los principios institucionales y fines de la educación.
Las estudiantes en los dos últimos años de bachillerato cumplirán con lo dispuesto en la resolución 4210
de septiembre de 1996 y la Institución.
El cumplimiento de esta disposición es requisito indispensable para la obtención del título de bachiller de
conformidad con la ley 115 de 1994, artículo 88 y el decreto 1860 de 1994.
Artículo 43º. Objetivos:
1. Sensibilizar al educando frente a las necesidades, intereses, problemas y potencialidades de la
comunidad, para que adquiera y desarrolle compromisos y actitudes en relación con el mejoramiento de
la misma.
2. Contribuir al desarrollo de la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, el respeto a los demás, la
responsabilidad y el compromiso con su entorno social.
3. Promover acciones educativas orientadas a la construcción de un espíritu de servicio para el
mejoramiento permanente de la comunidad ya la prevención integral de problemas socialmente
relevantes.
4. Promover la aplicación de conocimientos y habilidades logrados en áreas obligatorias y optativas
definidas en el plan de estudios que favorezcan el desarrollo social y cultural de las comunidades.
5. Fomentar la práctica del trabajo y del aprovechamiento del tiempo libre, como derechos que permiten
la dignificación de la persona y el mejoramiento de su nivel de vida.
Artículo 44°: Criterios para el Servicio Social:
1. El servicio social se debe realizar en: El Colegio, Jardines infantiles, Ancianatos, Hospitales, Hogares
Comunitarios, Bibliotecas Públicas y/o similares.
2. Cada estudiante tiene que gestionar el trámite para realizar el servicio social.
3. No puede iniciar su trabajo hasta no tener todas las autorizaciones y haya presentado su plan a
desarrollar.
4. La estudiante brindará datos para la carta de presentación. Se gestionará solo un formato por
estudiante. (Formato 1. Datos del lugar)
5. No se admitirán cambios del lugar del Servicio Social, sólo por causas graves.
6. La persona responsable del lugar donde se realizará el servicio social, enviará la carta de
presentación diligenciada en la parte Respuesta, señalando si es aceptada p no la estudiante en la
Institución, especificando cuál sería concretamente la labor a realizar en dicho servicio y el horario
(Formato 2. Carta)
7. Los padres de familia deben dar la aprobación para que su hija realice en el sitio seleccionado la labor
propuesta para cumplir con el servicio social, en el horario determinado y con las condiciones planteadas
por medio de la firma correspondiente.
8. La estudiante debe hacer valoración de población y problemáticas de su interés. La escogencia de
Institución debe cumplir con las expectativas personales y los objetivos institucionales, ya que será
asumido de forma personal de principio a fin y como estudiante debe garantizar su permanencia, buenas
prácticas de relación y convivencia en el sitio elegido.
9. El servicio social es extra clase, luego es posible hacer uso del tiempo vacacional, domingos y festivos
para cumplir este requisito.
10. El tiempo del servicio social estipulado para la Institución es de 80 horas presenciales.
11. Ya aceptadas las estudiantes deben reclamar el control de asistencia el cual deben diligenciar cada
vez que asistan a servicio social y entregar a la coordinadora una vez termine (Formato 3, control de
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asistencia), junto con la constancia en papel membreteado de la Institución y firma de la persona
responsable.
12. Se realizará la Evaluación Integral, la cual será diligenciada por la Institución en donde se presta el
Servicio Social. (Formato 4, Evaluación)
El cumplimiento de todos estos criterios garantiza el éxito en el desarrollo del Servicio Social Obligatorio.
TÍTULO SEGUNDO. DE LOS OTROS SERVICIOS
Artículo 45°. Definición: Los servicios que complementan la formación, se deben reglamentar para que
su uso adecuado ayude a conseguir el objetivo para el cual fueron dispuestos.
Artículo 46°. Capellanía y Asesoría Espiritual: El servicio de capellanía tiene como propósito guiar la
formación de la comunidad escolar cristiana, por la cual promueve la adhesión personal y comunitaria a la
fe cristiana católica en todos los miembros de la comunidad.
Al acceder a este servicio se debe tener en cuenta.
1. Atender a los horarios de celebración de la Eucaristía.
2. Acudir a la confesión en los horarios determinados.
3. Mantener comportamiento acorde con la naturaleza del servicio.
4. Respetar al sacerdote y demás personas que atienden el servicio.
Artículo 47°. Escuela de padres: Tiene como objetivos el promover la integración y la unidad familiar,
fortalecer la comunicación y el trabajo en equipo entre el Colegio, la familia y los educadores. Desarrollar
en los padres, la capacidad de comunicarse efectiva y afectivamente con sus hijos y puedan orientarlos
en su educación integral.
Se lleva a cabo en cuatro sesiones, de dos horas cada una, a lo largo del año, un día de la semana en
las horas de la tarde (6:00 p.m. a 8:00 p.m.) y los sábados, para quienes no pueden asistir entre semana.
Se distribuyen en tres sesiones de tres horas cada una. Al finalizar el año, en un acto de graduación, los
padres reciben el respectivo certificado, si han cumplido con el 80% de su participación.
Es requisito indispensable la asistencia a la Escuela de padres para GARANTIZAR la continuidad de
sus hijas en la Institución.
Artículo 48º. Psicología: Este servicio es una instancia importante en los procesos pedagógicos, de
formación integral de la Institución, espacio propicio para descargar tensiones, Allí se busca la causa de
los problemas personales, familiares, de bajo rendimiento o mal comportamiento de las estudiantes, se
crean estrategias para lograr un ambiente armónico tanto a nivel familiar y escolar para hacer de la
acción educativa una aventura gratificante.
1. El servicio ofrecido por las psicólogas es de atención primaria; cuando se requiera tratamiento
clínico, se recomendará a los padres y/o acudientes dicha atención a nivel externo, se debe
presentar constancia de la intervención al servicio de Psicología, los cuales acompañarán el
proceso a nivel institucional.
2. Las estudiantes, los padres o acudientes pueden solicitar directamente el servicio.
3. Se debe respetar a las personas que prestan el servicio.
Artículo 49°. Transporte escolar: Es un servicio que facilita el desplazamiento de las estudiantes, es
una oportunidad para formar en la convivencia, en la cultura ciudadana, en la utilización del transporte
urbano y de cualquier otro servicio similar. Por tanto se deben fijar normas de comportamiento, de
respeto mutuo. Como entidad de calidad se implican todos los integrantes de la organización:
estudiantes, padres de familia, conductores, empresa transportadora, en el cumplimiento del reglamento,
en la buena comunicación, el trabajo bien hecho, todo lo cual da tranquilidad a los padres de familia por
la seguridad y eficiencia en el servicio de transporte.
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Durante la ruta las estudiantes se comprometen a cumplir el Manual de Convivencia del Colegio con todo
rigor. Empezando por reconocer la autoridad del conductor, la supervisora y la monitora de la ruta.
Por tanto las estudiantes deben:
1. Obedecer las órdenes y sugerencias dadas por el conductor y la monitora en beneficio de su
salud, disciplina y orden.
2. Fomentar las buenas relaciones interpersonales durante los recorridos creando un ambiente
armónico.
3. Evitar distraer el conductor con conversaciones o indisciplina, para prevenir cualquier accidente,
por leve que sea.
4. Ser puntuales para estar en el paradero donde la recogen, cinco minutos antes de la hora
indicada. Al descender de la ruta hacerlo con delicadeza, prontitud y entrar directamente al
colegio o a su casa.
5. Vestir el uniforme completo, sea la jardinera o la sudadera. El blazer debe llevarse puesto.
6. Al entrar al vehículo, saludar respetuosamente al conductor, a la monitora y las compañeras de
Colegio. Ocupar inmediatamente la silla y sentarse en forma correcta.
7. Permanecer sentada mientras el vehículo está en movimiento, no arrodillarse en las sillas, usar el
cinturón de seguridad y evitar sacar la cabeza o los brazos por las ventanas.
8. Cuidar el vehículo como propio. No consumir alimentos durante la ruta. Hablar en voz baja.
9. Mantener despejado el pasillo guardando las maletas debajo del asiento de adelante.
10. En caso de sentirse indispuesta durante el recorrido, avisar inmediatamente a la monitora.
11. Informar a las directivas del Colegio cualquier irregularidad (velocidad excesiva, mal estado del
vehículo…)
12. En caso de no tomar la ruta de regreso a casa, informar a la Coordinación de Convivencia del
Colegio, presentando la autorización de los padres, constancia que debe quedar en la recepción.
13. Usar únicamente la ruta que aparece consignada en el contrato.
Artículo 50º. Biblioteca Escolar: La biblioteca del colegio, es el lugar ideal para expandir nuestros
conocimientos, cuenta con un completo compendio de libros y material audiovisual por materias que son
la ayuda necesaria para complementar nuestras tareas y trabajos; además es el punto de partida para
incentivar los procesos de investigación tan importantes en el desarrollo académico y profesional.
Nuestra Biblioteca además cuenta con otros servicio esenciales como: préstamo de libros, fotocopiadora
e Internet.
Se deben tener en cuenta las siguientes normas en la utilización de este servicio:
1. Mantener silencio y compostura acordes con los buenos modales.
2. Portar únicamente los útiles estrictamente necesarios.
3. Abstenerse de ingresar balones, juguetes o similares.
4. Abstenerse de consumir alimentos de naturaleza alguna.
5. Mantener comportamiento acorde con la naturaleza de la lectura.
6. Respetar a las personas que atienden el servicio.
7. Entregar los libros utilizados y dejar las sillas debidamente colocadas en su sitio.
8. Aceptar que la demora en la devolución de un libro genera una multa de $300 por día de retraso.
9. Es apenas normal que la pérdida de un libro conlleve a su reposición.
10. Cumplir con los horarios establecidos.
Artículo 51°. Tienda escolar y cafetería: La utilización de la tienda escolar y de la cafetería exige
observar las siguientes normas:
1.
Para hacer uso del servicio de la cafetería, es indispensable la buena presentación personal, las
buenas costumbres de cortesía y urbanidad, como: el que ingresen con las manos aseadas, dar uso
adecuado a los alimentos evitando el desorden en las mesas y pisos.
2.
Respetar y dar buen trato a las personas que atienden el servicio.
3.
Mantener el orden respetando las filas y turnos de las compañeras.
4.
Contribuir con el aseo de las instalaciones, botando los sobrantes, plásticos y papeles en las
canecas dispuestas para tal fin.
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5.
Respetar los horarios en la cafetería, se deben comprar los alimentos dentro del horario
establecido para los descansos.
6.
Comportarse como niñas educadas, el restaurante no es un lugar para jugar.
7.
Acatar las observaciones y sugerencias que realice en este sitio el personal de la cafetería y l@s
docentes que hacen el acompañamiento.
Artículo 52°. Laboratorios de Ciencias, Química y Física: Es un servicio muy útil que requiere
cuidados y normas especiales, por eso:
1. Ingresar al laboratorio de manera ordenada, mantener la disciplina del trabajo y permanecer en el
grupo y sitio asignado.
2. Abstenerse de consumir algún tipo de alimento.
3. Estudiaré y pondré en práctica el reglamento de seguridad, acudir y avisar al profesor cuando se
presenten problemas de seguridad.
4. Evitar el uso de elementos no programados para la práctica.
5. Responder por cualquier daño o pérdida de los materiales recibidos dentro de los diez días
hábiles siguientes.
6. Dejar el laboratorio en perfecto orden y aseo al finalizar la clase.
7. Seguiré las indicaciones dadas por el profesor antes de iniciar la sesión para garantizar la
seguridad y productividad del trabajo,
8. Abstenerse de sacar del laboratorio material reactivo ni elementos del mismo.
9. Utilizar bata blanca de laboratorio o el delantal del colegio, gorro, guantes, protector naso bucal y
monogafas.
10. Asumir las consecuencias si se violan las normas de seguridad contenidas en el reglamento.
Artículo 53°. Aula de Informática: Es un aula que requiere bastante cuidado, por lo tanto se deben
tener en cuenta las siguientes normas:
1. Ingresar al salón en forma ordenada y silenciosa y ubicarse con prontitud en el puesto de trabajo
permaneciendo en el sitio asignado. Organizar los elementos de trabajo una vez finalizada la
clase.
2. Verificar las condiciones de los computadores e informar al profesor cualquier anomalía antes de
comenzar la práctica.
3. Tratar los equipos con esmero y cuidado y evitar el uso inadecuado de las diferentes partes del
computador.
4. Ingresar con las manos limpias y evitar el consumo de alimentos dentro de las aulas y mucho
más sobre los teclados y equipos electrónicos.
5. Ingresar únicamente en la hora asignada y cuando se encuentre el profesor.
6. Abstenerse de llevar objetos que interfieran en el sistema como imanes, comidas, líquidos y
otros.
7. Hacer uso apropiado de los servicios de Internet
8. No personalizar la configuración estándar del equipo.
9. No asignar contraseñas personales al sistema.
10. Mantener una posición ergonómica durante la práctica.
Artículo 54°. Enfermería: Prestamos los primeros auxilios y, en caso de presentarse algo que requiera la
atención del médico, se llama de inmediato a EMI entidad donde el Colegio está afiliado, para que
atiendan la emergencia, quien da el diagnóstico y si es necesario hace el traslado a la EPS de la
estudiante, en cuyo caso se informa antes a los padres de familia. Por simple que sea el síntoma,
siempre se atiende y se lleva un registro diario.
1. Si se necesita la administración de cualquier medicamento se debe presentar la fórmula médica,
sin la cual NO se suministra el medicamento.
2. No se permiten acompañantes dentro de la enfermería.
3. Las personas autorizadas para llamar a los padres de familia son la enfermera o la Coordinadora
de Convivencia.
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Artículo 55°. Capilla: Si algún lugar merece respeto y compostura es éste, por estar Dios presente en la
Sagrada Eucaristía. Por tanto se debe tener en cuenta:
1. Entrar en forma ordenada y silenciosa.
2. Participar en la Eucaristía respondiendo cuando sea el caso.
3. Mantener una postura correcta.
4. Guardar silencio.
5. Apagar o silenciar el celular.
6. Abstenerse de consumir alimento y masticar y chicle.
7. Reconocer la capilla como un lugar de oración y comunicación con Dios.
8. Respetar a las personas que se encuentran en oración.
Artículo 56°. Circuito cerrado de televisión: El Plantel siempre atento a los adelantos tecnológicos y
científicos se ha esforzado por implementar el circuito cerrado de televisión con el propósito de ofrecer un
servicio educativo creativo, donde se utilice el mayor número de sentidos para captar la realidad,
utilizando la tecnología de vanguardia y para responder a los retos y expectativas de nuestras
estudiantes. Dentro de los procesos que allí se desarrollan están los noticieros, donde se orientan a las
estudiantes en roles como entrevistas y se asumen tareas como edición y grabación para presentar
posteriormente por medio del circuito. Se proyectan videos que ilustran los temas de las diferentes
asignaturas de acuerdo al grado. Son varias las tareas de esta oficina: producción de anuarios,
desarrollos multimedia, CD primeras comuniones y de las actividades del año, producción de material
publicitario, desarrollo de videos educativos, etc.
TÍTULO TRES. DE LAS COMUNICACIONES
Artículo 57°. Comunicaciones. El Colegio de la Presentación Luna Park estimula y utiliza las
tecnologías de la información y las comunicaciones en asocio con los medios tradicionales, para mejorar
la gestión educativa, tales como servicios de Internet, circuito cerrado de televisión, folletos, carteleras
por áreas, página web, otros medios masivos de comunicación como circulares y comunicados.
Artículo 58°. Criterios de uso. Los medios institucionales de tecnología y comunicación estimulan la
libertad de opinión, la creatividad, instando a todos los miembros de la Comunidad Estudiantil a usarlos
con criterios de respeto, veracidad y responsabilidad por sus opiniones y el acatamiento de las normas
que sobre el particular determine el Gobierno Nacional.
Las redes sociales deben usarse con precaución, respeto y responsabilidad, sin afectar a terceros y sin
involucrar al Colegio en asuntos que no correspondan a actividades que guarden directa relación con el
Proyecto Educativo Institucional.
Las afectaciones negativas que se generen por causa de las expresiones, documentos o comunicaciones
en los medios institucionales o en las redes sociales, serán de responsabilidad del respectivo autor.
Artículo 59°. Publicaciones y comunicaciones. Todos los miembros de la Comunidad Educativa deben
consultar de manera permanente los medios institucionales de tecnología y comunicación para
informarse, recibir comunicaciones, mantener contacto con el devenir cotidiano del Colegio y realizar los
trámites establecidos por el Colegio a través de estos medios.
TÍTULO CUATRO. DE LOS COSTOS EDUCATIVOS
El Colegio de la Presentación Luna Park, fija los costos de la prestación del servicio educativo, de
acuerdo con las normas expedidas por el Gobierno Nacional, en especial la Ley 115 de 1994, el decreto
2253 de 1995 y demás reglamentación vigente, teniendo en cuenta los principios de calidad, continuidad
y seguridad para los usuarios del servicio y la recuperación de costos incurridos para garantizar el
desarrollo del Proyecto Educativo Institucional.
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El Colegio de la Presentación Luna Park, acogiendo los criterios establecidos por el Ministerio de
Educación Nacional para la clasificación y fijación de tarifas, la definición de conceptos y el proceso de
autoevaluación, se encuentra clasificado en el Régimen de libertad Regulada por la obtención de
Certificado de Calidad mediante la implementación del sistema de gestión de Calidad EFQM.
CAPÍTULO I. DEFINICIONES
ARTÍCULO 60º. MATRÍCULAS Y PENSIONES.
Tarifa anual. Es el valor total que cobra el Colegio por matrícula y pensión para cada año académico, de
conformidad con la Resolución expedida por la Secretaría de Educación.
1. Matrícula. Es la suma anticipada pagada una vez al año en las fechas establecidas por el Colegio
para formalizar la vinculación de la estudiante al servicio educativo para cada año académico.
Su valor equivale al 10% de la tarifa anual que adopta el Colegio, dentro de la normatividad vigente.
1.1 Matrícula ordinaria. Se considera matrícula ordinaria el pago que se realiza en la fechas
determinadas por el Colegio para el proceso de matrícula o renovación de matrícula, de cada año
académico.
1.2 Matrícula extraordinaria. Es el pago realizado posterior a las fechas determinadas por el
Colegio para la matrícula ordinaria. La matrícula extraordinaria implica asumir un pago adicional
según lo determine la administración del Colegio, sobre el valor de la matrícula ordinaria.
2. Pensión. Es la suma anual que se paga por el derecho de la estudiante a participar durante el año
académico respectivo, de los servicios educativos comunes y obligatorios que ofrece el Colegio, para el
grado en el cual se matriculó.
El valor total anual, corresponde al 90% de la tarifa anual y su cobro se realiza por periodos anticipados,
en los montos y fechas establecidos en el contrato de matrícula.
El no pago de las pensiones en las fechas establecidas, otorga el derecho al Colegio de cobrar un
recargo por incumplimiento de las obligaciones contraídas en el Contrato de matrícula, el cual es fijado
por la administración del Colegio y reflejado en el recibo correspondiente para cada periodo de pago.
ARTÍCULO 61º. COBROS PERIÓDICOS Y OTROS COBROS PERIÓDICOS
1.
Cobros periódicos. Son las sumas cobradas por concepto de servicios de alimentación,
alojamiento y transporte, que voluntariamente solicitan y aceptan los padres de familia. El Colegio no
cobra estos costos directamente; se hace a través de terceros quienes prestan este servicio por
convenios.
2.
Otros cobros periódicos. Se denominan otros cobros periódicos, las sumas cobradas a los
Padres de Familia por conceptos diferentes a matrícula, pensiones y cobros periódicos, debidamente
adoptados por el Consejo Directivo.
El Colegio de la Presentación Luna Park, para el desarrollo integral del proyecto educativo institucional ha
establecido los siguientes conceptos de otros cobros periódicos: Escuela de Padres, Tuna, Ballet,
instrumentación, baloncesto, voleibol.
La cancelación de las actividades extracurriculares se realiza en la pagaduría tan pronto se haga la
inscripción para cada evento.
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La cuota anual por guías, unidades, talleres, anexos, Reglamento o Manual de Convivencia,
comunicados, carné estudiantil, y de bibliobanco, calendario escolar, informes académicos, y otros, son
fijados anualmente por la Rectora comunicando al Consejo Directivo los incrementos del caso.
Se pagan por la expedición de constancias, certificados, derechos de grado, convivencias, retiros
espirituales, salidas pedagógicas, servicios de Internet, actividades lúdicas y multas por mora en la
entrega de textos en la biblioteca, avalados por el Consejo Directivo.
CAPÍTULO II. PROCEDIMIENTOS
ARTÍCULO 62º. PROCEDIMIENTO GENERAL DE LOS COSTOS EDUCATIVOS
Las normas generales para el cumplimiento oportuno de las obligaciones económicas derivadas del
servicio educativo, se encuentran contenidas en el contrato de matrícula para el año académico que se
suscribe entre los padres de familia o acudientes y el Colegio.
A continuación se enuncian algunos aspectos de los procedimientos generales relacionados con las
obligaciones económicas en concordancia con lo establecido en el Contrato de matrícula, del cual hace
parte integral el presente Reglamento o Manual de Convivencia.
1.
Fechas de pago oportuno de las pensiones. Las pensiones se cancelan anticipadamente
dentro de los (10) diez primeros días de cada mes o periodo de pago establecido.
2.
Los pagos realizados después de la fecha oportuna de pago, otorga el derecho al Colegio de
fijar una suma adicional (recargo) por el incumplimiento en el pago, esta suma estará reflejada en el
respectivo recibo de pago.
3.
Forma de pago. El pago de las obligaciones económicas contenidas en el contrato de matrícula,
el valor de la matrícula, abono al costo anual, otros cobros periódicos, las pensiones y demás pagos que
deba realizar el padre de familia o acudiente se hará por los medios electrónicos, bancarios y otros que
determine el Colegio, los cuales se comunican oportunamente.
El medio de generación de recibos de pago es a través de la página web del Colegio, con el
procedimiento y mecanismos de seguridad implementados por el Colegio para tal fin, los cuales son
divulgados oportunamente.
4.
Devoluciones. Cuando el Padre de Familia o acudiente, habiendo cancelado la matrícula, decida
retirar la Estudiante antes de iniciar o durante el año escolar, se hará devolución proporcional únicamente
de los “otros cobros periódicos” que haya cancelado al momento de la matrícula siempre que el
Colegio no haya ejecutado dichos valores.
5.
Consecuencias del incumplimiento en el pago de las obligaciones económicas, por parte
de los padres de familia o acudientes:
5.1
Retención de certificados de evaluación. De conformidad con la resolución 11940 de 2012 del
Ministerio de Educación Nacional, en su artículo 9 indica:“…En caso de no pago oportuno de los cobros
pactados al momento de la matrícula, los establecimientos de educación privada preescolar, básica y
media podrán retener los informes de evaluación de los estudiantes, a menos que los padres de familia o
responsables de dichas obligaciones puedan demostrar un hecho sobreviniente que les impida
cumplirla…”
5.2
Solicitudes y trámites documentales. Para tramitar cualquier solicitud documental del año
escolar en curso o anteriores, los padres de familia deberán estar a paz y salvo por todo concepto al
momento de dicha solicitud.
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5.3
No renovación del Contrato de matrícula. El incumplimiento en el pago de las obligaciones
económicas es causal de no renovación del contrato de matrícula para el año siguiente.
5.4
Cobro pre- jurídico y jurídico. El Colegio podrá iniciar procesos de cobro pre- jurídico y jurídico
ante el incumplimiento de las obligaciones económicas por parte de los padres de familia o acudientes,
asumiendo los costos de honorarios y demás gastos que estos procesos conlleven.
5.5
Reporte a DATA CRÉDITO o Centrales de Riesgo. El Colegio reportará a Data crédito, o a la
central de riesgo financiero con la cual tenga convenio a los padres de familia o acudientes que se
encuentren en mora.
Parágrafo: La Resolución N° 15-026 del 30 de octubre de 2013 emanada de la Secretaria de Educación
hace parte integral del Reglamento o Manual de Convivencia.
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