CONTRAT ACIÓN Expediente: 3/2015 Objeto: Contrato de obras de reforma de urbanización en Avda. Beato Juan de Ávila de Fuensalida, por procedimiento negociado sin publicidad. ASUNTO.- Decreto sobre oferta económicamente más ventajosa. DECRETO PRIMERO.- Mediante Decreto número 267/2015, de 4 de marzo, se aprobó el proyecto y el expediente de contratación para la ejecución de las obras de reforma de urbanización en la Avda. Beato Juan de Ávila de Fuensalida, por procedimiento negociado sin publicidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 110 y 121 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, se aprobaron los correspondientes Pliegos de cláusulas administrativas particulares. SEGUNDO.- El 4 de marzo de 2015 se registran de salida invitaciones a participar a las siguientes empresas: - ANTONIO MIGUEL ALONSO E HIJOS, S.L. AVICE GESTIÓN Y CONTROL DE OBRAS, S.L. CONSTRUCCIONES ANTOLÍN GARCÍA LOZOYA, S.A. MAVA 2000, S.L. TERCERO.- Constan en el expediente sendas Actas de la Mesa de Contratación, relativas a la apertura de los sobres A y B, de fechas 16 y 18 de marzo de 2015, respectivamente, resultando de esta última la siguiente puntuación: - CONSTRUCCIONES ANTOLÍN GARCÍA LOZOYA, S.A. o Oferta económica………………………….…. 80 puntos. o Disminución del plazo de ejecución………….15 puntos. o Contratación de mano de obra local……........1,125 puntos. TOTAL………………………………………….. 96,125 PUNTOS. - AVICE GESTIÓN Y CONTROL DE OBRAS, S.L. o Oferta económica………………………….…. 33 puntos. o Disminución del plazo de ejecución………….15 puntos. o Contratación de mano de obra local……........2,25 puntos. TOTAL………………………………………….. 50,25 PUNTOS. - AM ALONSO E HIJOS, S.L o Oferta económica………………………….…. 59 puntos. o Disminución del plazo de ejecución………….15 puntos. o Contratación de mano de obra local……........0,90 puntos. TOTAL………………………………………….. 74,90 PUNTOS. CUARTO.- En consecuencia, considerando que de conformidad con lo dispuesto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la contratación de referencia, la empresa que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa es CONSTRUCCIONES ANTOLÍN GARCÍA LOZOYA, S.A. Examinada la documentación que la acompaña y de acuerdo con la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 151.2 y la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, HE RESUELTO PRIMERO.- Clasificar las proposiciones presentadas por los candidatos, resultando las siguientes puntuaciones: - CONSTRUCCIONES ANTOLÍN GARCÍA LOZOYA, S.A.…….. 96,125 PUNTOS. - AVICE GESTIÓN Y CONTROL DE OBRAS, S.L.……………….. 50,25 PUNTOS. - AM ALONSO E HIJOS, S.L……………………………………..….. 74,90 PUNTOS. SEGUNDO.- Declarar que el candidato que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa es CONSTRUCCIONES ANTOLÍN GARCÍA LOZOYA, S.A., de acuerdo con la documentación presentada y los criterios de valoración establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas que rige el contrato de obras de reforma de urbanización de la Avda. Beato Juan de Ávila de Fuensalida. TERCERO.- Notificar y requerir a CONSTRUCCIONES ANTOLÍN GARCÍA LOZOYA, S.A., como candidato que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que dentro del plazo de diez días, siguientes a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación acreditativa de la posesión y validez de los documentos exigidos en el apartado primero del artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como la documentación justificativa de hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como la constitución de la garantía definitiva, que asciende a un 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA. En Fuensalida, a 19 de marzo de 2015. EL ALCALDE Fdo: Mariano Alonso Gómez Ante mí, LA SECRETARIA ACCTAL. Fdo: Margarita Ruiz Pavón
© Copyright 2024