PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE MANIZALES

- ANEXO 4 -
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE MANIZALES
TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACION DE
TRATAMIENTOS URBANÍSTICOS
AREAS DE OPERACIÓN URBANA ESPECIAL - CHIPRE
CHIPRE VIEJO
CHIPRE NUEVO
ALCALDIA DE MANIZALES - SECRETARIA DE PLANEACION MUNICIPAL
EJECUCION: ASESOR POT Arq. SERGIO TRUJILLO JARAMILLO
DESARROLLO: Arq. LUIS FELIPE MARQUEZ DUQUE
Febrero de 2001
- ANEXO 4 -
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE MANIZALES
TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACION DE
TRATAMIENTOS URBANÍSTICOS
AREAS DE OPERACIÓN URBANA ESPECIAL - CHIPRE
OBJETIVOS

Desarrollar el Tratamiento de Conservación de las zonas delimitadas como Areas
de Operación Urbana Especial, que deben ser tratadas mediante la elaboración
normativa específica para cada una (alturas, voladizos, aislamientos,
paramentación, usos, entre otras) asociada al desarrollo de proyectos
detonantes de Transporte y Espacio Público que recuperen y valoren cada uno
de estos pedazos de ciudad.

Integrar a la conservación de los inmuebles, de acuerdo con los criterios de
intervención señalados para cada área (conservación integral, intervención
restringida, reestructuración y obra nueva), otros componentes que permitan el
desarrollo integral de cada una de estas zonas.

Integrar el componente de Espacio Público como un complemento de primer
orden para el Tratamiento de Conservación de piezas valiosas del tejido urbano,
delimitadas así por sus valores arquitectónicos y urbanísticos.

Incorporar al Sistema de Espacio Público y de Equipamientos Colectivos los
elementos singulares de este sistema que se encuentran en las áreas de
conservación y que deben ser recuperados e incorporados dinámicamente con el
fin de cualificarlos y garantizar su preservación.

Direccionar el papel del Sistema Integrado de Transporte (vías, tránsito y
transporte) de tal forma que su presencia y su paso por las áreas de
conservación, se genere con criterios integrales y adecuados de comunicación y
conectividad pero ante todo valorando, respetando y complementando las
connotaciones patrimoniales de éstas áreas de la ciudad.

Orientar las acciones que se desarrollen sobre los sectores urbanos de
Conservación, en los que se integren tanto el respeto por la unidad y la
homogeneidad de la zona, la conservación de sus valores morfológicos y
tipológicos, como también los derechos de los propietarios, los intereses
colectivos y las oportunidades para el desarrollo, en un todo donde
fundamentalmente debe prevalecer el criterio de conservación de las
características de cada zona en particular.
ALCALDIA DE MANIZALES - SECRETARIA DE PLANEACION MUNICIPAL
EJECUCION: ASESOR POT Arq. SERGIO TRUJILLO JARAMILLO
DESARROLLO: Arq. LUIS FELIPE MARQUEZ DUQUE
Febrero de 2001
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TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACION DE
TRATAMIENTOS URBANÍSTICOS
AREAS DE OPERACIÓN URBANA ESPECIAL - CHIPRE
PROGRAMAS
 Detección y fortalecimiento de la red de Espacios Públicos en cada una de las
áreas homogéneas de valor histórico y su debida articulación al Sistema
Estructurante de Espacio Público urbano y municipal.
 Disminución de los impactos negativos generados por el Sistema Integrado de
,
Transporte público en las estructuras viales y circulatorias de las zonas de
conservación, reconociendo su potencial integrador y dignificante a partir de la
naturaleza particular de su definición y de criterios de tránsito sobre vías,
localización de paraderos, parqueaderos, estacionamientos y transferencias o
terminales de transporte localizadas en áreas de conservación.
 Definición, mejoramiento y trazado de elementos públicos de conectividad con el
fin de fortalecer e integrar los recorridos peatonales en las áreas de
Conservación, resignificando su papel de potenciadores complementarios de la
presencia histórica y de los valores arquitectónicos y urbanísticos.
 Incorporación de las áreas de conservación a la estructura urbana ambiental y
preeminente, mediante su articulación a los sistemas estructurantes naturales;
particularmente en aquellos sectores en donde es posible lograr la continuidad e
integración con elementos tales como áreas de protección ambiental, parques de
mayor nivel, rondas de ríos y quebradas, entre otros.
 Elaboración de una normativa urbanística asociada a la delimitación de las áreas
morfológicas homogéneas la cual integre, no sólo las variables de actuación
sobre los inmuebles de conservación en cuanto a usos, posibilidades de
ampliación, adecuaciones, etc., sino también las normas de actuación para los
edificios no patrimoniales que conforman el conjunto urbano de
acompañamiento, como también, para los desarrollos futuros en áreas vacantes
a su interior y finalmente, para las acciones y actuaciones que se generen en el
Espacio Público, en concordancia plena con lo contenido en el documento “Zonas
de Tratamiento de Conservación. Manizales”.
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EJECUCION: ASESOR POT Arq. SERGIO TRUJILLO JARAMILLO
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TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACION DE
TRATAMIENTOS URBANÍSTICOS
AREAS DE OPERACIÓN URBANA ESPECIAL - CHIPRE
PROYECTOS
1. Proyecto integral de Espacio Público y de Equipamiento Urbano para el eje de la
Avenida 12 de Octubre
2. Proyecto de Espacio Público y conectividad vial Avenida 12 de Octubre con la
Avenida José Restrepo.
3. Proyecto puntual de Espacio Público y mobiliario Urbano en la zona de influencia
del Parque Observatorio.
4. Proyecto integral de Espacio Público y Equipamiento urbano de la Avenida
Bernardo Arango, desde el espacio cívico y cultural de la Plaza Alfonso López
hasta la avenida José Restrepo, en la glorieta de Villapilar.
5. Desarrollar un proyecto de recuperación, delimitación y mejoramiento de
antejardines, bermas y retiros en el área delimitada como de conservación del
barrio Chipre.
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EJECUCION: ASESOR POT Arq. SERGIO TRUJILLO JARAMILLO
DESARROLLO: Arq. LUIS FELIPE MARQUEZ DUQUE
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TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACION DE
TRATAMIENTOS URBANÍSTICOS
AREAS DE OPERACIÓN URBANA ESPECIAL - CHIPRE
CRITERIOS DE INTERVENCION
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Debe establecerse una normativa asociada a la delimitación de Areas
Morfológicas Homogéneas, los criterios que se deriven de su definición y de la
normativa que se proponga para las áreas adyacentes de conservación
urbanística y arquitectónica, en donde los criterios de homogeneidad de la
arquitectura dominante y/o el urbanismo sean la variable principal para
identificar los demás componentes.
Los Espacios Públicos (vías, parques, canchas deportivas y zonas verdes)
localizados en áreas de conservación urbanística y arquitectónica, no podrán ser
modificados en su destinación pública ni disminuida su área. Todo incremento
patrimonial público será deseable.
En las zonas delimitadas como de Conservación Urbanística y Arquitectónica, el
trazado vial y la trama y morfología urbanística, no podrán ser modificadas ni
ampliadas, a fin de preservar los valores tipológicos y morfológicos de cada una
de las zonas.
Los demás criterios incluidos en las Normas Generales para los sectores de
interés urbanístico y arquitectónico (Título III Normas para el Espacio Público),*
incluidos en el documento Patrimonio Urbanístico y Arquitectónico del Municipio
de Manizales y las que en su momento adopte el Plan Especial de Espacio
Público.
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Documentos de referencia
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*Convenio interadministrativo Universidad Nacional, Alcaldía de Manizales. Elaboración: (UN)
Arq. Jose Fernando Muñoz R. (SPM) Arq. María Luz Vázquez J. Zonas de Tratamiento de
Conservación. Manizales, 1999.
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