Acuerdo de improcedencia RA

México, D.F. a 21 de octubre de 2014
Expediente: TAMAULIPAS-001-2014
Asunto: Se emite Acuerdo de
improcedencia
La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia da cuenta del escrito
presentado en original impreso, el día 25 de agosto del presente año, por el C.
Óscar Alarcón Santos, en su calidad de apoderado jurídico de los CC. Gabino
César Carrillo Leal, María Selene Ortiz Vázquez, Juan Aurelio Álvarez
Hernández, Gustavo Montoya Balleza, Héctor Ponce Villarreal, Laura Imelda
Villarreal Padilla, Jonathan Esau Jacobo Vázquez, Nancy Patricia Flores
Bernal, Juliette González Ríos y José Emilio Tristán Medrano, mediante el
cual interpone recurso de apelación en contra de la Resolución dictada el 25 de
junio de 2014 por la Comisión Estatal de Honestidad y Justicia de Tamaulipas
dentro del expediente 001/2014.
De la revisión del escrito antes referido se advierte que, de acuerdo con lo
señalado por los propios apelantes, y con base en la información que proporcionó
a esta Comisión Nacional la CEHJ de Tamaulipas, el 12 de agosto del presente,
los entonces sancionados fueron notificados de la Resolución que controvierten,
por la C. Erika Nancy Mendoza Chávez, nombrada notificadora por la CEHJ,
acompañada por el C. Rogelio González Santillán, miembro de la Comisión de
Honestidad y Justicia de Tamaulipas, en los domicilios personales establecidos
para ese fin.
En el reporte de la notificación a los ahora apelantes, elaborado por el C.
Rogelio González Santillán y la C. Erika Nancy Mendoza Chávez, se establece
que, el primero en ser notificado, fue el C. Gabino César Carrillo Leal quien,
señalan, recibió la notificación pero se negó a firmar de recibido. Y relatan que,
posteriormente, se dispusieron a notificar a los demás sancionados en sus
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domicilios, resultando que se negaron a recibir la notificación. Asimismo, los
propios apelantes reconocen en su escrito, que el C. Gabino César Carrillo Leal
tuvo conocimiento de la resolución el 13 de agosto señalando que le fue entregada
en su lugar de trabajo.
En relación con los procedimientos para interponer los recursos de
apelación, el Estatuto de MORENA establece, en su artículo 66, que la
presentación de un Recurso de Apelación frente a esta CNHJ, en contra de las
resoluciones dictadas por las Comisiones de Honestidad y Justicia de las
entidades, deberá hacerse "dentro de los cinco días siguientes a la notificación
personal de la resolución".
Considerando lo antes expuesto, y tomando en cuenta los plazos
establecidos por el Estatuto, los ahora apelantes contaban hasta el 20 de agosto
para presentar ante esta Comisión Nacional su recurso de apelación, siendo
presentado fuera de plazo, el 25 del mismo mes.
Por lo anterior es de considerarse improcedente la admisión del recurso de
apelación presentado por el C. Óscar Alarcón Santos en tanto que fue presentado
de forma extemporánea, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 108 de nuestra
normatividad complementaria.
En consecuencia, la resolución de la Comisión Estatal de Honestidad y
Justicia de Tamaulipas, relativa al expediente 001/2014, debe considerarse como
definitiva en todos sus términos, incluida la declaración de nulidad de la Asamblea
Municipal de Nuevo Laredo de fecha 23 de junio de 2013, por lo que deberá
reponerse la elección del Comité Ejecutivo Municipal de MORENA en Nuevo
Laredo.
VISTA la cuenta que antecede, con fundamento en las normas contenidas
en el Estatuto de MORENA, los integrantes de la Comisión Nacional de
Honestidad y Justicia,
ACUERDAN
I. Se declara la improcedencia del recurso de apelación presentado por el
C. Óscar Alarcón Santos, en contra de la Resolución dictada el 25 de junio
de 2014 por la Comisión Estatal de Honestidad y Justicia de Tamaulipas
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dentro del expediente 001/2014, con base en lo dispuesto en el artículo
108, inciso h), de nuestra normatividad complementaria.
II. Notifíquese a los apelantes, de manera personal, en el domicilio ubicado
en la calle de Tuxtla número 30, colonia Valle Ceylán, municipio de
Tlalnepantla, Estado de México, C.P. 54150, señalado en su escrito para
este efecto.
III. Notifíquese a la Comisión Estatal de Honestidad y Justicia de Tamaulipas,
por medio de correo electrónico, a la dirección que ha sido utilizada por
dicho órgano para establecer comunicación con esta Comisión Nacional.
IV. Notifíquese a los CC. Alberto Damián Soto Cortés, Eric Santiago Villafañe
Zaragoza, Pedro Daniel Torrijos Guerrero y José Gastón Herrera
Arredondo, como terceros interesados, por medio de correo electrónico, a la
dirección [email protected], misma que ha sido utilizada por
ellos para establecer comunicación con esta Comisión Nacional.
V. Notifíquese la presente Resolución al Comité Ejecutivo Estatal de
MORENA en Tamaulipas, para que en un plazo máximo de 60 días hábiles
a partir de la notificación de la presente se lleve a cabo la reposición de la
Asamblea Municipal de Nuevo Laredo.
Así lo acordaron los integrantes de la Comisión Nacional de Honestidad y
Justicia de Morena.
c.c.p. Comité Ejecutivo Nacional. Para su conocimiento.
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