México, D.F. a 27 de Septiembre de 2014 OFICIO: CNHJ-081-2014 ASUNTO: Circular sobre entrada en vigor de reforma estatutaria y Reglamentos Consejo Nacional Comité Ejecutivo Nacional Comisión Nacional de Elecciones Consejos Estatales Comités Ejecutivos Estatales Comisiones Estatales de Honestidad y Justicia Protagonistas del Cambio Verdadero de MORENA PRESENTES Como es del conocimiento general de los órganos y miembros de MORENA, en nuestro Congreso Nacional realizado el pasado 15 de septiembre del 2014, se aprobaron las modificaciones al Estatuto señaladas por el Instituto Nacional Electoral (INE) y, de igual manera, en sesión de Consejo Nacional, efectuada el mismo día, se aprobaron nuestros Reglamentos respectivos. Por lo que respecta a la reforma estatutaria y a los Reglamentos, estos entrarán en vigor una vez que el INE emita la Declaratoria de Constitucionalidad correspondiente. En su momento, esta Comisión Nacional de Honestidad y Justicia emitirá un nuevo comunicado informando de su entrada en vigor. Hasta en tanto, los documentos básicos que venían rigiendo nuestra vida interna antes del 15 de septiembre de 2014, están vigentes. En relación con las Comisiones Estatales de Honestidad y Justicia, una vez que sea vigente la reforma al Estatuto aprobada en nuestro Congreso Nacional, sus actuales integrantes pasarán a conformar las Comisiones Estatales de Ética 1/2 Partidaria, que se coordinarán con la Secretaría Nacional para el Fortalecimiento de Ideales y Valores Morales, Espirituales y Cívicos, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo Cuarto Transitorio. En consecuencia, estas comisiones de Ética Partidaria, estarán a los lineamientos que defina dicha Secretaría. Mientras tanto, las Comisiones Estatales de Honestidad y Justicia, seguirán realizando sus funciones. Dentro del plazo establecido en el mismo artículo Cuarto Transitorio del Estatuto, esta Comisión Nacional enviará a las Comisiones Estatales de Honestidad y Justicia, los lineamientos y procedimientos para la entrega recepción de los expedientes de todos los asuntos concluidos y en trámite que obren en sus archivos. Por lo que hace a los medios alternativos para la solución de controversias internas, esta Comisión Nacional emitirá los lineamientos para estos nuevos mecanismos, incluyendo su conformación y funcionamiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo Segundo Transitorio del Reglamento de Honestidad y Justicia. 2/2
© Copyright 2024