CNHJ-081-2014 Entrada en vigor de reforma estatutaria y

México, D.F. a 27 de Septiembre de 2014
OFICIO: CNHJ-081-2014
ASUNTO: Circular sobre entrada en vigor
de reforma estatutaria y Reglamentos
Consejo Nacional
Comité Ejecutivo Nacional
Comisión Nacional de Elecciones
Consejos Estatales
Comités Ejecutivos Estatales
Comisiones Estatales de Honestidad y Justicia
Protagonistas del Cambio Verdadero de MORENA
PRESENTES
Como es del conocimiento general de los órganos y miembros de
MORENA, en nuestro Congreso Nacional realizado el pasado 15 de septiembre
del 2014, se aprobaron las modificaciones al Estatuto señaladas por el Instituto
Nacional Electoral (INE) y, de igual manera, en sesión de Consejo Nacional,
efectuada el mismo día, se aprobaron nuestros Reglamentos respectivos.
Por lo que respecta a la reforma estatutaria y a los Reglamentos, estos
entrarán en vigor una vez que el INE emita la Declaratoria de Constitucionalidad
correspondiente. En su momento, esta Comisión Nacional de Honestidad y
Justicia emitirá un nuevo comunicado informando de su entrada en vigor. Hasta en
tanto, los documentos básicos que venían rigiendo nuestra vida interna antes del
15 de septiembre de 2014, están vigentes.
En relación con las Comisiones Estatales de Honestidad y Justicia, una vez
que sea vigente la reforma al Estatuto aprobada en nuestro Congreso Nacional,
sus actuales integrantes pasarán a conformar las Comisiones Estatales de Ética
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Partidaria, que se coordinarán con la Secretaría Nacional para el Fortalecimiento
de Ideales y Valores Morales, Espirituales y Cívicos, de acuerdo con lo dispuesto
en su artículo Cuarto Transitorio. En consecuencia, estas comisiones de Ética
Partidaria, estarán a los lineamientos que defina dicha Secretaría. Mientras tanto,
las Comisiones Estatales de Honestidad y Justicia, seguirán realizando sus
funciones.
Dentro del plazo establecido en el mismo artículo Cuarto Transitorio del
Estatuto, esta Comisión Nacional enviará a las Comisiones Estatales de
Honestidad y Justicia, los lineamientos y procedimientos para la entrega recepción
de los expedientes de todos los asuntos concluidos y en trámite que obren en sus
archivos.
Por lo que hace a los medios alternativos para la solución de controversias
internas, esta Comisión Nacional emitirá los lineamientos para estos nuevos
mecanismos, incluyendo su conformación y funcionamiento, de acuerdo con lo
establecido en el artículo Segundo Transitorio del Reglamento de Honestidad y
Justicia.
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