REGLAMENTO INTERNO COLEGIO CERVANTINO DE PUTAENDO MANUAL DE CONVIVENCIA

Colegio Cervantino Putaendo
Reglamento Interno 2014
REGLAMENTO INTERNO
COLEGIO CERVANTINO DE PUTAENDO
MANUAL DE CONVIVENCIA
2014
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Manual de Convivencia
Anexo 1: Plan de Gestión de la Convivencia Escolar
Anexo 2: Protocolo de actuación frente a violencia escolar
Anexo 3: Protocolo frente al Abuso Sexual
Anexo 5: Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
(páginas 03 – 17)
( páginas 18 - 24
( páginas 25 - 30)
( páginas 31 – 41)
( páginas 42 - 52)
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Colegio Cervantino Putaendo
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TABLA DE CONTENIDOS:
Manual de Convivencia
1. Introducción
2. Propósitos de este Manual
3. Políticas Generales
3.1. Loco Parentis
3.2. Política de puertas abiertas
3.3. Respeto y observancia a las políticas del Mineduc
4. El alumno que queremos
5. Acciones, actitudes y comportamientos
5.1. Comportamientos sobresalientes
5.2. Comportamientos no deseables. Faltas Leves
5.3. Comportamientos inaceptables. Faltas Graves y Gravísimas
6. Estado de Alumno Regular y estados especiales
6.1. Estudiante Regular
6.2. Estudiante en Advertencia
6.3. Estudiante Condicional
6.4. Cancelación de Matrícula
7. Sanciones y medidas
7.1. Medidas pedagógicas o formativas
7.2. Medidas reparatorias
7.3. Medidas disciplinarias
7.4. El sistema escalonado de sanciones
7.5. Apelación
7.6. Otras sanciones aplicables
8. Obligaciones y comportamientos deseables de trabajo académico
8.1. Obligatoriedad de pruebas, controles, tareas y trabajos
8.2. Asistencia y puntualidad
9. El personal académico
9.1. Planificación académica
9.2. El sistema de evaluación y registro de notas
9.3. El libro de clases
9.4. Atención de Apoderados
9.5. Los registros solicitados por Mineduc
9.6. El registro de asistencia diaria
10. El Apoderado del Colegio Cervantino
10.1. La co-responsabilidad de la familia en el desempeño escolar
10.2. Término de matrícula voluntaria o desvinculación del estudiante
11. Procedimientos de emergencia
11.1. Procedimientos de emergencia
11.2. Higiene y Seguridad
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MANUAL DE CONVIVENCIA
1. INTRODUCCION
La mayor parte de las regulaciones y normas de convivencia son informales y resulta imposible reducirlas a un
reglamento taxativo. Sin embargo las políticas y normas escritas en este manual constituyen el reglamento,
tienen pleno valor, buscan eliminar malos entendidos y dan cumplimiento a los requerimientos del Ministerio
de Educación.
La decisión de los padres y apoderados de matricular a sus pupilos en el Colegio Cervantino de Putaendo
implica la aceptación de todas estas normas y políticas. A aquellos padres o apoderados que tengan dudas
sobre algunas reglas o sobre la ética implícita en este manual, se les recomienda conversar con la Directora.
Este manual establece en primer lugar sus propósitos y las políticas generales, para luego presentar el perfil del
alumno del colegio y los comportamientos y actitudes que ellos deben tener para cumplir con dicho perfil.
Bajo un concepto de formación y educación centrada en el reforzamiento de los comportamientos positivos y
en la inhibición de la mala conducta por medio de la persuasión y el ejercicio de una autoridad justa,
transparente y firme, en este manual se indican los comportamientos sobresalientes, deseables, no deseables e
inaceptables en el alumnado, y se establecen los distintos estados disciplinarios en los que un alumno se puede
encontrar y contiene, además, un procedimiento escalonado de sanciones disciplinarias.
En seguida se indican las obligaciones y actitudes deseables en el trabajo académico y se señalan las sanciones
correspondientes por faltas y no cumplimiento.
En esta manual también se define el perfil del profesor y sus obligaciones fundamentales en relación a la
planificación semanal, mensual y anual de su trabajo con los alumnos, a las evaluaciones y registro de notas, y
al uso sistemático del libro de clases.
Finalmente se describe el perfil del apoderado y las obligaciones fundamentales en el ejercicio de una tutoría
responsable y comprometida con la educación de sus pupilos.
2. PROPÓSITOS DE ESTE MANUAL
Queremos mantener una política de disciplina que sea formativa, justa y firme de tal modo que los alumnos/as:
 Mantengan buen comportamiento en el colegio.
 Incorporen el respeto como actitud permanente y aprendan a respetar a los demás.
 Incorporen normas de convivencia que los habilite para una vida adulta con buen manejo de
conflictos.
 Aprendan que el único límite que tiene la libertad individual está dado por el derecho que los
demás tienen a su propia libertad e individualidad.
Queremos que cada alumno/a sepa cuáles son los comportamientos que se espera de ellos/as mientras son
alumnos/as del colegio.
Queremos que ellos/as sepan exactamente lo que les ocurrirá cuando cometan alguna falta.
Queremos que las madres, padres y apoderados/as estén conscientes de los comportamientos que se espera
de sus pupilos y las sanciones que se aplicarán cuando tengan comportamientos no deseados o inaceptables.
Todo lo anterior se basa en que:
 Los educandos y educadores tienen el derecho a educarse y trabajar en un ambiente seguro,
agradable y feliz, y a disfrutar su tiempo en el colegio.
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 Los educandos aprenden mejor en un ambiente que es positivo, amistoso, cálido, tolerante, abierto a
la diversidad, alentador y no amenazante.
 Los educandos, el personal, las madres, padres y apoderados/as son responsables de ellos/as
mismos/as, de su colegio, de su propiedad, de la propiedad pública y del medio ambiente.
 Los educandos tienen el derecho a esperar un tratamiento justo, consistente y firme de parte del
personal del colegio.
 Los profesores y el personal de apoyo tienen el derecho a esperar y obtener de los alumnos/as
estándares de conducta apropiados.
 El personal y los educandos tienen el derecho a contar con el apoyo de dichas expectativas de parte
de la Dirección del Colegio, de los Padres y del Consejo Escolar.
3. POLÍTICAS GENERALES
3.1. Loco Parentis
Durante la permanencia de los estudiantes en el colegio y durante las giras de estudio, paseos y visitas, los
profesores/as y la Directora actuarán como padres-madres responsables de los educandos (responsabilidad
loco parentis).
3.2. Política de puertas abiertas
Los padres, madres y apoderados/as pueden visitar el colegio en el momento que lo deseen, no obstante:
- El acceso a los salones requiere de la autorización de la Encargada de UTP, de acuerdo al “protocolo de
visitas” del Colegio, con el fin de no interferir con el desarrollo de las lecciones. Los comentarios y
observaciones que la visita pueda generar deberán hacerse por escrito y entregar (caja buzón).
- Si desean entrevista con la directora o asistente de la educación, deberán concertar una cita previa,
por e-mail, verbalmente o por teléfono. En el caso de los profesores las entrevistas dependerán de su
horario para entrevistas.
El Colegio acepta y promueve la ayuda que padres, madres o apoderados/as y miembros de la comunidad local
puedan brindar, aún durante el desarrollo de las clases. Queremos fortalecer continuamente la relación entre
los hogares, la comunidad y el Colegio. En tal caso se alienta a los profesores a que inviten como expositores a
sus cursos a aquellos padres, madres o apoderados/as que puedan aportar con sus conocimientos sobre
tópicos complementarios a las materias en estudio, previo acuerdo y planificación.
3.3. Respeto y observancia a las políticas públicas del Ministerio de Educación
El Colegio Cervantino, en su calidad de particular subvencionado, adhiere a toda la normativa que rige a dichos
establecimientos emanada del Ministerio de Educación. Destacamos algunas materias relevantes:
a.
b.
c.
d.
e.
Política Nacional de Convivencia Escolar
Derechos de las alumnas embarazadas y madres (Ley 20.370/2009)1
Política de Seguridad Escolar
Programa de Sexualidad, afectividad y género
Escuela inclusiva
4. EL EDUCANDO QUE QUEREMOS
Trabajamos para que nuestros estudiantes se caractericen por:
 Desarrollar una personalidad autónoma expresada en un estilo de vida que él /ella irá
construyendo progresivamente.
 Trabajar seria y perseverantemente en sus clases y mostrarse deseoso/a por aprender.
 Ser capaces de establecer y cumplir compromisos de estudio, de trabajo y de
comportamiento con el Colegio, sus profesores y compañeros/as.
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En base a normativa vigente, el Equipo de Gestión del Colegio, liderado por la UTP, acordará Plan de Acción Personalizado con la
estudiante embarazada o madre, según sea el caso.
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 Desarrollar el respeto y la aceptación, evitando la violencia como medio para dirimir
diferencias y toda forma de discriminación social.
 Escuchar con atención y respeto a quienes piensan y actúan de manera distinta, y estar
dispuesto a aprender de ellos/as en todo lo que esas ideas distintas contribuyan a mejorar
sus propios conocimientos y formación (respeto a la diversidad).
 Demostrar un buen manejo de conflictos, de manera pacífica y a través del diálogo
 Excluir toda forma de maltrato físico, matonaje y abuso psicológicos sobre sus
compañeros/as, conocidos como “bullying”.
 Ser proactivo/a y poseer un espíritu solidario, comunitario con todos/as.
 Identificarse con su comunidad local y por tener una visión universal que le permita entender
y actuar en el mundo globalizado en el que vive.
 Ser intelectualmente inquieto y tener iniciativas para el estudio, la investigación y la acción
comunitaria.
La internalización de esas características determina lo que denominamos el “ESPÍRITU CERVANTINO”, a
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fortalecer con el Plan de Gestión de la Convivencia Escolar , cuyo logro es un desafío permanente.
En búsqueda de esos ideales, mientras permanece en el colegio el estudiante procurará:
 Ser amable y cortés con los demás
 Estudiar y realizar sus tareas y trabajos con responsabilidad, dedicación y perseverancia.
 Ser permanentemente honesto/a, cooperador/a, solidario/a.
 Respetar a los demás, su privacidad y propiedad personal.
 Dirigirse a los adultos y al personal del colegio en forma respetuosa.
 Cuidar el mobiliario del colegio, los jardines y el medio ambiente natural que lo rodea.
 Tratar con cuidado los equipos computacionales, audiovisuales, musicales, de laboratorio, de
educación física, los libros y todos los materiales de trabajo.
 Ser empático con los estados de ánimo de otras personas, evitando el uso de palabras o actitudes
hirientes hacia los demás.
 Cuidarse a sí mismo:
 Usando las puertas para entrar y salir del colegio y las salas.
 Usando las escaleras con cuidado, velando por la prevención de accidentes de los
más pequeños/as.
 Cruzando la calle con precaución, en el momento oportuno, usando las
señalizaciones viales.
 Subiendo y bajando de los buses escolares, cuando el chofer lo indique, con la
máquina detenida, con cuidado y respeto a los demás.
 Manteniendo una conducta disciplinada en la locomoción colectiva, en los paraderos
y otros espacios públicos que transite o visite
 Manteniéndose en el colegio durante la jornada escolar de acuerdo a su horario.
 Caminando desde y hacia el colegio con grupos de compañeros, evitando hacerlo
solo/a, y nunca con personas desconocidas.
 Cuidar su colegio:
 Depositando la basura en los basureros diferenciados distribuidos en el Colegio,
dentro y fuera de la sala de clases
 Protegiendo las plantas y jardines.
 Jugando a la pelota sólo en la cancha y patio trasero.
 Guardando sus pertenencias en su mochila, al terminar cada clase y al final de la
jornada.
 Guardando los materiales y equipos de trabajo en sus respectivos lugares, al
terminar la clase, según indique el profesor/a.
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Anexo N° 1: Plan de Gestión de la Convivencia Escolar (págs.. 18 al 24)
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
Tratando el mobiliario de las salas de clases, baños, talleres, biblioteca, laboratorio,
cocina y comedor en forma cuidadosa.
 Llevar a casa y entregar oportunamente a sus padres o apoderados las comunicaciones del colegio y,
los días viernes, la planificación semanal
 Evitar griteríos y el uso de malas palabras siempre, especialmente en la proximidad a las salas de
clases, los edificios y oficinas.
 Entrar a la sala de profesores y oficinas sólo con autorización de un adulto.
 Responder prontamente al sonido del timbre.
 Jugar únicamente en las áreas de juego.
 Respetar las áreas de kinder y pre-kinder (Casa de Niños)
 Mantener silencio en la clase y durante las puestas en común.
 Almorzar en el comedor, en las áreas permitidas y en el horario establecido por el Colegio.
 Botar los restos de almuerzo en los basureros diferenciados del Colegio.
 Cumplir con las normas internas del curso y por sala temática, acordadas a inicio de año, incluyendo
las relacionadas con el aseo.
 Respetar la dinámica de las salas de clases y no interrumpir las clases para promover actividades,
ventas u otras acciones extraprogramáticas.
5. ACCIONES, ACTITUDES Y COMPORTAMIENTOS
5.1. Comportamientos sobresalientes
El Colegio promoverá en forma sistemática el buen comportamiento, las actitudes y acciones positivas de sus
estudiantes. Los comportamientos típicamente positivos son:
 Colaborar con el profesor/a en el normal desarrollo de la clase
 Ayudar a sus compañeros/as en el proceso de aprendizaje, incluso en ocasiones ejerciendo tutorías
solicitadas por el docente
 Apoyar la integración e inclusión al Colegio de los estudiantes con necesidades especiales y a los
recién llegados
 Cooperar con el Colegio en la organización de eventos tales como el trueque, la celebración del año
nuevo de los pueblos originarios y otras actividades
 Proponer y realizar iniciativas que mejoren la presentación de las instalaciones del Colegio y de su
entorno inmediato
 Defender y proteger a compañeros de cursos menores
 Devolver al propietario o entregar a la Dirección objetos encontrados abandonados
 Proponer y realizar iniciativas que mejoran la relación del Colegio con la comunidad y con los vecinos
inmediatos
 Asistir a los talleres, actividades extra-programáticas y del currículo complementario Cervantino
 Participar activamente en las políticas y prácticas ecológico ambientales del Colegio
Constituyen actitudes típicamente positivas:
 La cortesía
 La modestia
 La generosidad
 La cooperación
 La solidaridad con los más débiles
 El respeto a los demás
 La empatía
 La honestidad
 La responsabilidad
 La perseverancia
 La confiabilidad
 La disposición a asumir compromisos
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 El respeto de la privacidad y propiedad de los demás (privada y pública)
 La lealtad hacia la Misión y los principios de convivencia del Colegio (conocer el Manual de
Convivencia)
 Promover la integración y cohesión de trabajo en equipo
 Esforzarse por superar sus dificultades
 El autocuidado
5.2. Comportamientos no deseables.
Falta Leve3: Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño
físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.
Los alumnos que cometan tres (3) faltas leves tendrán como sanción entrar al Estado de Advertencia.
NOTA: Cuando se trata de faltas a la responsabilidad y compromiso escolar, serán consignadas en el libro de
clases, clasificadas con la letra R. La suma de tres de ellas constituye una falta leve.
Algunos ejemplos:
 Atrasos
 Olvido de materiales pedidos en planificación (cuadernos, materiales, etc.)
 No entrar a tiempo a la sala de clases
 No portar Plan Lector
 No usar el uniforme o vestir el uniforme del colegio de manera desordenada o desaseada4 (incluye el
uniforme de educación física)
 Quitarle la pelota o un juguete a los más pequeños
 Mantener el celular5 encendido y utilizar audífonos, computadoras y cualquier equipo o aparato de
juegos electrónico, durante las horas de clases o puestas en común
 Expresarse o reaccionar en forma grosera
 Interrumpir el trabajo de aula haciendo bulla desde el exterior (correr por los pasillos, gritar, etc.)
 Juntarse y jugar en los baños
 Lanzar piedras, agua, barro u otros objetos, ocasionalmente, a la propiedad o personas
 Discutir acaloradamente agrediendo verbalmente a otro/a
 Usar, sin autorización de su profesor/a o de la Dirección del Colegio, equipos computacionales, audiovisuales, musicales, deportivos y cualquier otro objeto y material de trabajo del personal de colegio.
Nota: Se espera que los estudiantes no porten, en el Colegio, bienes susceptibles de provocar cualquier tipo de
discriminación social y/o potencial foco de pérdidas y robos, tales como: aparatos electrónicos, joyas, objetos
de valor, juguetes y otros innecesarios para el proceso educativo.
5.3. Comportamientos inaceptables. Faltas graves y Faltas gravísimas.
5.3.1.
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Falta Grave . Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro
miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que
afecten la convivencia.
Los alumnos que cometan falta grave tendrán como sanción la condicionalidad de la matrícula y en casos de
mayor gravedad, a juicio de la Dirección del Colegio, corresponderá la cancelación de matrícula.
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Mineduc. Convivencia Escolar. “Orientaciones para la elaboración y actualización del reglamento de convivencia escolar”, pag. 14.
El uso del uniforme del colegio es obligatorio. Con el objeto de facilitar el cumplimiento de esta norma y de responder a los deseos de
alumnos/as y apoderados/as, el Colegio ha adoptado un estilo de uniforme que es informal, juvenil y confortable.
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A los estudiantes que interrumpan una actividad académica por el uso de celular se les retendrá el celular por un día la pri mera vez y por
una semana la segunda vez, informando al apoderado/a.
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Mineduc. Convivencia Escolar. “Orientaciones para la elaboración y actualización del reglamento de convivencia escolar”, pag. 15.
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Algunos ejemplos:
Dañar el bien común
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Agredir psicológicamente a otro miembro de la comunidad educativa
Ofender o intimidar a un docente o asistente de la educación
Falsear o corregir calificaciones
Empujar u hostigar, a los compañeros/as.
Portar objetos peligrosos como navajas, cuchillos, cadenas, armas y objetos contundentes que puedan
utilizarse agresivamente.
Rayar paredes, mesas y equipos del Colegio.
Dañar plantas, edificios, mobiliarios, equipos y material didáctico.
El besuqueo apasionado y las caricias eróticas en el Colegio. El colegio entiende que la formación
integral de sus alumnos incluye la exploración sentimental propia de la adolescencia y no prohíbe los
noviazgos o pololeos en los pasillos y patios. Sin embargo el besuqueo apasionado y las caricias
eróticas en el colegio y su entorno inmediato constituyen comportamientos inadecuados al ambiente
de trabajo y estudio que debe primar en un recinto educacional, por lo que tales comportamientos
son calificados de inaceptables.
Acciones tales como desobediencia deliberada, insolencia, lenguaje insultante y falta deliberada de
cooperación constituyen comportamientos inaceptables. Se espera que los alumnos se comporten de
manera responsable y respetuosa
La actitud desafiante, expresada verbal o corporalmente o a través de hacer como si no se le estuviese
hablando a ellos, cuando un profesor o la Directora le habla expresamente al alumno, constituye
comportamiento indeseables graves.
Portar y consumir cigarrillos o tabaco, o cualquier otro ítem que el Director considere inapropiado.
La fuga de clases constituye falta grave. El abandono no autorizado de la sala de clases y/o no entrar a
una clase mientras el estudiante está en el Colegio constituyen fuga.
Fraude académico, es decir, copiar de cuadernos o notas no autorizadas durante las pruebas y
exámenes; hablar o dar información a sus compañeros sin autorización del profesor/a durante las
pruebas y exámenes; cortar y pegar de internet sin informar las fuentes; presentar como propios
trabajos realizados por terceros. (padres).
5.3.2.
Falta Gravísima8. Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y
psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, y
conductas tipificadas como delito.
Los estudiantes que cometan falta gravísima tendrán como sanción la cancelación de matrícula y cuando
constituya delito la respectiva denuncia, de acuerdo a la ley vigente9.
Algunos ejemplos:
 Acoso escolar o bullying, incluyendo hostigamiento visible (físico, insultos, burlas, descalificaciones,
amenazas), velado (aislamiento, intimidaciones, discriminación permanente, rumores) y por las redes
sociales o ciberbullying.
 Los golpes de pies y mano, los escupitajos, mordeduras, pedradas y daños con armas u objetos
contundentes.
 El abuso sexual, como agresor/a directo o cómplice, dentro o fuera del establecimiento, de acuerdo al
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protocolo del Colegio en materia de “Prevención del abuso sexual”.
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La reiteración de la conducta se considerará acoso escolar, por tanto corresponde aplicar el Protocolo de Actuación frente a situaciones
de Violencia Escolar. Anexo Nº 2 (pags. 25 al 30).
8
Mineduc. Convivencia Escolar. “Orientaciones para la elaboración y actualización del reglamento de convivencia escolar”, pag. 15.
9
Código Procesal Penal, Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, Ley 20536 sobre Violencia Escolar.
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Anexo Nº 3: Protocolo Abuso Sexual (pags.31 al 41).
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
El lenguaje grosero, el trato verbal abusivo y amenazante. Cuando este tipo de trato se dirige a un
profesor/a o al personal del Colegio amerita la cancelación de matrícula inmediata.

Hurgar, sin autorización de su dueño/a, en las pertenencias de los demás, tanto de los integrantes de
la comunidad educativa como las visitas.
El robo de objetos de propiedad de otras personas o del Colegio; ocurra aquello dentro o fuera del
colegio, o en ocasiones tales como paseos, visitas de estudio y en eventos deportivos y culturales en
los que participa el Colegio.
El vandalismo, el daño intencional y uso indebido de lo que es propiedad de otros o del Colegio.



El tráfico de drogas y alcohol, y otras substancias prohibidas. Incluye su porte, consumo, compra y
venta.

Salir sin la debida autorización del Colegio durante la jornada escolar o fuga. Los educandos pueden
salir durante la jornada escolar sólo con la autorización presencial de su apoderado/a, previa
autorización de la Dirección.

Adulteración de instrumento público, por ejemplo el libro de clases del Colegio.
6. ESTADO DE ESTUDIANTE REGULAR Y ESTADOS ESPECIALES
Los estados o calidad disciplinaria de los alumnos/as durante su paso por el Colegio son:
6.1. Estudiante Regular (R).
- Corresponde a todos los estudiantes matriculados en el Colegio
comportamiento adecuado en forma permanente.
- La mayoría de los educandos tiene esta calidad.
y que han demostrado un
6.2. Estudiante en Advertencia (A).
- Corresponde a los educandos que hayan acumulado tres faltas leves consignadas en el Libro de Clases,
ó
- Que hayan cometido una falta cuya gravedad amerite, a juicio de la Dirección, una pérdida inmediata
de su condición de estudiante regular.
Nota: Tres (3) anotaciones por faltas a la responsabilidad serán consideradas como 1 falta leve.
6.3. Estudiante Condicional (C)
- Se aplica a los educandos en estado de advertencia (A) que no hayan logrado un cambio de conducta positivo
y sumen tres nuevas faltas leves, ó
- Cuando la gravedad de una falta, a juicio de la Dirección, amerite el paso directo al estado condicional (C).
6.4. Cancelación de Matrícula (CM).
- Corresponde a los educandos en estado condicional (C) que hayan persistido en mala conducta o sumen tres
faltas leves y/o una nueva falta grave, ó
- Cuando un estudiante en cualquier otra condición disciplinaria haya cometido una falta gravísima (Manual de
Convivencia) y a juicio de la Dirección.
Duración de los estados disciplinarios:
 El estado de Estudiante Regular es permanente.

El estado de Estudiante en Advertencia tiene una duración de 3 meses hábiles, al cabo de los cuales
regresa a su condición de estudiante regular (R), si no ha incurrido en nuevos comportamientos
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incorrectos. Durante esos meses deberá participar de un Plan de Orientación Escolar focalizado en el
Perfil Cervantino: el buen trato, la convivencia escolar, la responsabilidad y la autonomía.
- El estudiante termina el año escolar11 en estado de advertencia, iniciará en la misma condición el año
académico siguiente, por tres meses, revisándose su caso a fines de mayo.

El estado de Estudiante Condicional (C) tiene también una duración de 3 meses hábiles, al cabo de los
cuales el alumno regresa a la condición en Estado de Advertencia, si no ha incurrido en nuevos
comportamientos incorrectos.
- Durante el período de Condicionalidad el/la estudiante deberá participar de un nuevo Plan de
Orientación tendiente a autoevaluar, junto a su familia, la pertinencia de su permanencia o
desvinculación del Colegio, esto implicaría en algunos casos uno o varios días de suspensión de clases.
- La reincidencia al estado condicional, durante el año académico, es causal de cancelación de matrícula.
- Los educandos en estado condicional, no tendrán garantizada su readmisión en el Colegio al año
académico siguiente, cuestión que será decidida por la Dirección del Colegio y ratificada por el Consejo
de Profesores. Si el estudiante termina el año escolar en estado de condicionalidad, iniciará en la
misma condición el año académico siguiente, durante tres meses, revisándose su situación a fines del
mes de mayo.

Los alumnos/as a quienes se haya cancelado la matrícula en el Colegio no volverán a ser readmitidos.
Excepcionalmente la Dirección del Colegio podrá readmitir a un alumno/a expulsado, quien sería
incorporado bajo estado Condicional (C) y después de haber cumplido a lo menos un año académico
completo fuera del Colegio, con promedio de notas sobre 6.0 y con informe de personalidad positivo.
Puesto que el colegio, más que penalizar a los estudiantes por mal comportamiento, busca mejorar
positivamente su conducta, y dado que la calidad del comportamiento de éstos es dinámica, la Dirección podrá
reducir los tiempos de advertencia y condicionalidad si los estudiantes en tales condiciones, han mejorado
notoriamente su conducta o han destacado por conductas positivas.
7. SANCIONES Y MEDIDAS
El sistema de sanciones y medidas frente a las conductas al reglamento interno se enmarca dentro del principio
jurídico del debido proceso12, facilitando que los involucrados sean escuchados, que sus argumentos sean
considerados, que se presuma su inocencia y que se reconozca su derecho a apelación. Esto implica conocer la
versión de todos los involucrados, considerar el contexto y circunstancias que rodearon la falta (agravantesatenuantes) y evitar las denuncias a la Super Intendencia de Educación Escolar.
Considera medidas pedagógicas o formativas, reparatorias conducentes a reconocer el error y la restitución
cuando sea el caso, y disciplinarias o punitivas.
Se organizan en un sistema escalonado de sanciones.
7.1. Medidas Pedagógicas o formativas.
Estas son medidas relacionadas con la formación integral del estudiante, incluyendo –en primera instancia- el
diálogo orientado al discernimiento, el desarrollo de la empatía, el reconocimiento y manejo de los conflictos,
la reparación de los vínculos y la restitución de la confianza de la comunidad educativa. En segunda instancia
la adopción de servicios pedagógicos como recolección o elaboración de material para estudiantes de cursos
inferiores; ayudantías y colaboraciones a profesores en actividades educativas y/o a estudiantes en tareas y
necesidades específicas, y de servicios comunitarios de acuerdo a la falta cometida, como: limpieza de espacios
11
La fecha de término del año lectivo según calendario escolar del Colegio.
Debido proceso: principio jurídico que señala que toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un
resultado justo y equitativo dentro del proceso, a permitirle tener oportunidad de ser oído y a hacer valer sus pretensiones legítimas frente
a la autoridad competente.
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físicos, cuidado de estudiantes de menor edad, mantención de espacios de jardín y de convivencia, apoyo en
biblioteca, comedor, cancha y patios. Estas medidas serán acordadas entre Dirección, Orientación, UTP,
Profesor Jefe o de asignatura según corresponda y el (los) afectado(s).
7.2. Medidas Reparatorias.
Estas son medidas relacionadas con la restitución de un bien o status a otro estudiante o miembro de la
comunidad educativa que haya sido dañado, incluyendo los bienes materiales. Por ejemplo, pedir disculpas
públicas, reparar o restituir un bien, entre otras.
7.3. Medidas Disciplinarias.
Estas medidas se relacionan con las consecuencias punitivas y son aplicadas al final del proceso cuando las
medidas formativas y reparatorias no han surtido efecto en el educando. Con éstas se espera:
 Que los educandos aprendan que en la vida, las faltas graves son penalizadas y que tales
penalizaciones tienen consecuencias dolorosas para el que comete la falta, para sus familiares
y para sus seres queridos.
 Que los educandos aprendan a hacerse responsables de las consecuencias de sus conductas y
asuman con hidalguía aquellas que son negativas.
 Que las madres, padres y apoderados /as conozcan claramente las razones por las cuales sus
pupilos pueden ser sancionados.
 Que el Colegio cumpla con los requerimientos que establece el Ministerio de Educación en
cuanto a sanciones y penalizaciones.
7.4. El sistema escalonado de sanciones
Primer escalón
La mayoría de las faltas a la disciplina de un Colegio son menores y se resuelven a través de una conversación
entre el estudiante y el profesor/a, o asistente de la educación correspondiente, informando al profesor jefe
según sea el caso.
En el caso de las “faltas a la responsabilidad y compromiso escolar”, el profesor las consignará con una letra R.
Segundo escalón
Si el profesor/a observa que un estudiante ha reincidido en cometer faltas o si una falta es a su juicio seria,
podrá poner una anotación disciplinaria en el libro de clases.
La anotación en el libro de clases debe describir en forma clara y breve el incidente que la motiva.
- Tres anotaciones relacionadas con la responsabilidad serán consignadas como una falta leve en el libro
de clases.
Tercer escalón
Cuando un estudiante acumule tres faltas leves durante el año académico, entrará en estado de Advertencia y
deberá concurrir al Colegio, con su apoderado/a al día siguiente de cometida la tercera falta, a entrevista con
la Dirección, UTP y/u Orientación.
Cuarto escalón
Cuando un estudiante en estado de Advertencia persista en su mal comportamiento, el profesor/a jefe y la
Dirección del Colegio podrán cambiar su estado al de condicional (C).
Quinto escalón
Cuando un estudiante en estado de Condicional persista en su mal comportamiento, la Dirección del Colegio
podrá decidir su cancelación de matrícula, ratificada por el Consejo de Profesores. Lo mismo ocurrirá en caso
que el estudiante cometa una falta gravísima.
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7.5. Apelación:
De acuerdo a los requerimientos del Ministerio de Educación, queda aquí establecido que es el Honorable
Consejo de Profesores la instancia de apelación a la decisión de cancelación de matrícula tomada por la
Dirección del Colegio. Para revocar la decisión de cancelación de matrícula, el Consejo de Profesores necesita al
menos dos tercios de sus miembros presentes en reunión de consejo. El estudiante tendrá derecho a una sola
apelación en el transcurso de su vida escolar en el establecimiento.
Una vez informados, los padres, madres o apoderados/as que decidan apelar a la decisión de cancelación de
matrícula, tendrán el plazo de al menos una semana para apelar por escrito ante el H. Consejo de Profesores;
vencido ese plazo, la decisión de cancelación de matrícula será irrevocable. La apelación deberá incluir una
argumentación detallada por escrito de las circunstancias y atenuantes que la justifiquen.
Con el objeto de alentar la internalización de comportamientos positivos, cuando un estudiante alcance el
tercer escalón (Advertencia), recibirá orientación conductual y su progreso será monitoreado mensualmente
por la Coordinación Académica y Orientación. Si durante el segundo monitoreo (Condicionalidad) el educando
no demuestra progresos, el Colegio puede decidir la cancelación inmediata de su matrícula y no aceptar su
matrícula al año siguiente.
Todos los cambios de estado disciplinario de los estudiantes serán comunicados en forma personal, mediante
entrevista citada por escrito y/o vía telefónica al Apoderado/a, y serán registrados en el Libro de Clases por la
Dirección o a quién ésta delegue.
Para la determinación de la condición disciplinaria de los estudiantes, la Directora del Colegio tomará en cuenta
la opinión de los profesores y asistentes de la educación directamente involucrados, y del cuerpo docente en
Reuniones de Consejo o mediante entrevistas personales con los profesores/as jefes, quedando consignadas
en el registro correspondiente.
7.6. Otras sanciones aplicables
Las faltas, dependiendo de su seriedad, también podrán ameritar sanciones complementarias tales como la
prohibición de participar en eventos del Colegio; la exclusión de giras de estudio, paseos y visitas culturales y
educativas; y/o mitigar a través de trabajo comunitario dentro del establecimiento, de acuerdo a necesidades
presentes y definidas en conjunto entre el profesor/a jefe, la UTP, el área de Orientación y la Dirección.
Cuando las faltas produzcan daños sobre los edificios, instalaciones y materiales del colegio o sobre la
propiedad de otras personas, el padre, madre o apoderado/a del estudiante que la comete deberá pagar el
valor de los daños ocasionados y/ o restituir lo destruido según corresponda; además de ejecutar la mano de
obra correspondiente junto a su pupilo, según corresponda.
Cuando la situación lo justifique, los casos de comportamiento inaceptable se tratarán expresamente en las
reuniones de Consejo de Profesores, siendo parte de la Tabla de trabajo.
8. OBLIGACIONES Y COMPORTAMIENTOS DESEABLES DE TRABAJO ACADÉMICO
La siguiente es una lista mínima de obligaciones y comportamientos deseables:






Asistir puntual y diariamente a clases.
Entrar a clases al primer llamado de timbre o convocatoria del profesor/a.
Vestir ordenadamente el uniforme del colegio.
Escuchar con atención y en silencio las explicaciones e instrucciones del profesor/a.
Guardar silencio mientras el profesor u otro alumno habla.
Participar positivamente en la clase:
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 Manteniendo un clima de respeto
 Preguntando para que se les aclare dudas
 Haciendo preguntas sobre la materia en estudio y problemas, situaciones o conceptos
relacionados con la materia en estudio.
 Proponiendo la incorporación de temas relacionados con la materia en estudio.
 Ofreciéndose para disertar sobre trabajos realizados.








Realizar todas las actividades indicadas en la planificación académica que semanalmente entrega los
viernes el profesor/a.
Realizar completa y oportunamente todas las tareas para realizar durante la clase y aquellas asignadas
para realizar en la biblioteca, laboratorio y sala de computación o, excepcionalmente, en la casa.
Asistir a las giras educativas organizadas por el Colegio durante el año escolar, además de las Giras de
8° básico y 4° medio, respectivamente.
Asistir y participar de las actividades del “calendario escolar anual cervantino”, como: Trueque, Gala
Artística, Día del Alumno/a, Día del Maestro/a, Jornada de Reflexión, Pueblos Originarios, entre otras.
Someterse a las evaluaciones y pruebas internas y externas el día y hora indicados.
Realizar con concentración y dedicación los trabajos asignados en la clase y sin interrumpir a sus
compañeros.
Llegar puntualmente a la sala de clases.
Asistir a todas las clases y faltar sólo en ocasiones de emergencia tales como enfermedades que
inhabilitan la asistencia, duelo familiar y otras emergencias serias de carácter familiar (justificadas).
8.1. Obligatoriedad de pruebas, controles, tareas y trabajos
Al respecto se ruega remitirse al Reglamento de Evaluación y Promoción del Colegio.
Copiar de cuadernos o notas no autorizadas durante las pruebas y exámenes o hablar o dar información a sus
compañeros sin autorización del profesor/a durante las pruebas y exámenes constituyen fraude académico
(falta grave).
El educando que sea sorprendido copiando o hablando sin autorización obtendrá nota uno (1.0) en la prueba o
examen, y una anotación disciplinaria en libro de clases como falta grave. La reiteración de esta conducta se
ajusta a las sanciones de este Manual de Convivencia.
8.2. Asistencia y Puntualidad
Todos los educandos tienen la obligación de asistir a todas sus clases y a las actividades del "calendario escolar
anual cervantino”, incluyendo visitas y giras educativas organizadas por el Colegio.
El inicio de la jornada escolar es a las 08:00 Hrs. a.m, con un horario máximo de ingreso 08:05 Hrs. a.m. La
llegada puntual a clases es un requisito fundamental. En tal sentido:
 Los educandos que lleguen atrasados por tercera vez (falta leve) en el año académico deberán
presentarse con su apoderado/a, a quien se le notificará que la puntualidad tiene un valor
formativo de la mayor importancia y que si se repite un ciclo de otros tres atrasos se aplicará
manual de convivencia.
 Las inasistencias de todos los alumnos, de prekinder a IV medio, deben ser justificadas por
escrito o vía telefónica, y personalmente a la Dirección, en los casos que lo ameriten.
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9. EL PERSONAL ACADÉMICO
El Colegio busca mantener y desarrollar un cuerpo académico formado por profesores/as que se caracterice
por:
 Entender el ejercicio del magisterio como una vocación, y está preparado para aprender de sus
alumnos/as y colegas e involucrarse con la comunidad cervantina.
 El entusiasmo, cordialidad y jovialidad con que enseña.
 Mantenerse actualizado en su especialidad, poseer capacidades interdisciplinarias e interdepartamentales.
 Conocer los métodos tradicionales y montessorianos de enseñanza, y estar capacitado/a para
incorporar las técnicas y metodologías que emergen de la digitalización y virtualización de la
educación.
 Su comportamiento ético intachable, su disposición a escuchar con respeto y amplitud de mente a sus
pares y estudiantes, actuar en equipo, tanto cuando enseña en su clase, como cuando participa en
actividades institucionales y de coordinación.
 Estar siempre dispuesto a asistir a los educandos que requieren de su ayuda, aún más allá de la sala
de clases, reconocer la existencia de distintos estilos cognoscitivos, y por mantener una relación
positiva, ecuánime y afectuosa con ellos y constituir un modelo de comportamiento.
 Conocer el potencial de sus educandos y entender que los resultados académicos de ellos dependen
en gran parte de la atención que éstos reciben en sus hogares, razón por la cual se comunica y
colabora permanentemente con los padres, madres y apoderados/as.
 Compartir la Misión y Visión institucionales del Colegio y las políticas y el marco ético que sustenta
este Manual de Convivencia.
 Sentirse parte del Proyecto Educativo Integral Cervantino (PEIC) y por expresar ese sentimiento a
través de su trabajo dentro y fuera de la sala de clases.
 Cumplir en forma cabal y sistemática su función docente tanto en la sala de clases como en las
actividades profesionales fuera de ella, que se relacionan y con la coordinación académica.
Además de dar cumplimiento cabal a todas las actividades pedagógicas propias de un profesor/a y a las buenas
prácticas de administración académicas, el profesor/a del Colegio Cervantino cumplirá rigurosamente con:






La planificación académica anual y la planificación semanal.
El sistema de evaluación y registro de notas.
El mantenimiento actualizado del libro de clases.
La atención de apoderados/as.
Los registros solicitados por el MINEDUC, según sus responsabilidades
El registro de asistencia diaria.
9.1. Planificación académica
Plan general de trabajo anual.
Al inicio de cada año académico, el profesor/a presentará a la UTP y Dirección del Colegio, el sílabo de cada una
de las materias que impartirá. Dicho documento será elaborado y/o actualizado durante las jornadas de
planificación anual de comienzos de año y entregado por mail a la Dirección con copia a la Coordinación
Académica el primer día de clases.
El sílabo tendrá el siguiente contenido mínimo:
 Nombre del curso, ramo, asignatura o sector.
 Los objetivos generales y específicos de aprendizaje
 Los temas o tópicos que comprende cada objetivo específico
 Una programación mensual y semestral de los tópicos.
 La(s) metodología(s) de enseñanza aprendizaje que se utilizarán.
 La descripción y tiempos de los instrumentos de evaluación y calificación.
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Plan de trabajo semanal (planificación semanal)
Al final de cada semana en enseñanza básica y al final de la última clase de la semana en enseñanza media, el
profesor deberá entregar a los estudiantes, con copia a las unidades técnicas pedagógicas, el documento
Planificación semanal conteniendo al menos los siguientes elementos:
 Una descripción breve de la materia y tópicos que se abordarán la semana siguiente.
 La especificación de los materiales de trabajo y material bibliográfico y/o didáctico requerido de
los estudiantes.
 Las tareas y trabajos que los estudiantes deberán presentar la semana siguiente.
 Cuando corresponda, las pruebas y/o controles programados para la semana siguiente.
La Coordinación Académica verificará el cumplimiento con la planificación semanal de parte de los profesores
y depositará las copias de las planificaciones en la oficina de la Dirección del Colegio.
9.2. El sistema de evaluación y registro de notas
La nota final anual deberá reflejar el rendimiento de los estudiantes durante todo el año académico, por ello al
final del segundo semestre académico los estudiantes obtendrán su nota final anual preliminar,
correspondiente al promedio simple de las notas finales de cada semestre.
Se ruega remitirse al Reglamento de Evaluación y Promoción del año.
9.3. El libro de clases
El libro de clases es el documento fundamental de registro de actividad académica y de los eventos
conductuales positivos y negativos que ocurren durante el año escolar. Su carácter de registro oficial y su valor
como herramienta de trabajo para profesores, personal administrativo y dirección del colegio hacen
absolutamente necesario que cada profesor/a lo mantenga al día y haga uso sistemático de él.
La omisión, el descuido y mantenerlo atrasado constituyen falta de profesionalismo y se consideran
deficiencias en el trabajo. Respecto de esto último se establece que:
1. La secretaría del Colegio verificará diariamente a las 09:30 AM que la asistencia a clases se
encuentra registrada.
2. El profesor/a que no haya cumplido con el punto anterior obtendrá una amonestación en su Hoja
de Vida.
3. Los profesores deben incorporar el hábito de registrar los contenidos y sus firmas en Libro de Clases
en el momento en que están presentado los contenidos en las clases.
4. La verificación de que los contenidos y firmas se encuentran debidamente registrados la hará
personalmente la Coordinación Académica (Dirección - UTP) o la persona a quien se delegue para
esta tarea en forma aleatoria.
5. En caso de verificarse retrasos u omisiones de firmas y/o contenidos, el profesor/a responsable
obtendrá una amonestación en su Hoja de Vida.
6. En el caso de que el Colegio sea amonestado por una Inspección de Subvenciones y que la
amonestación se deba al incumplimiento de un profesor/a, éste será amonestado ante la
Inspección del Trabajo a la que se le agregarán las amonestaciones que hubiese acumulado en su
Hoja de Vida.
9.4. Atención de apoderados/as
El aprendizaje y desarrollo personal e intelectual de los educandos requiere del esfuerzo conjunto de
profesores, padres y estudiantes, y de la comunicación efectiva y permanente entre todos ellos. El rol de
facilitador de esa comunicación corresponde a los profesores de cada curso y al profesor/a jefe. Para cumplir
con esa función, los profesores deberán atender o entrevistarse como mínimo con dos apoderados
semanalmente, quedando registro de los temas tratados y firma del apoderado en el Libro de clases (resumen)
y en la Hoja de Entrevistas del Colegio (detalle). También serán consignadas en el Libro de clases las
inasistencias a las citaciones sin justificación.
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9.5. Los registros solicitados por el MINEDUC, según sus responsabilidades
Aplica a todos los profesores/as y asistentes de la educación, que cumplen funciones de responsabilidad en
programas y proyectos específicos del Mineduc (PIE – SEP – PME – Otros), quienes deben cumplir con las
indicaciones y tiempos establecidos.
9.6. El registro de asistencia diaria.
Corresponde a todos/as los funcionarios del Colegio, cumplir con la firma diaria de entrada y salida del
establecimiento.
10. EL APODERADO/A DEL COLEGIO CERVANTINO
10.1. La co-responsabilidad de la familia en el desempeño escolar
La familia y los padres y apoderados juegan un rol fundamental en la educación, aprendizaje y formación de los
educandos. Bajo ese convencimiento, el Colegio Cervantino demanda de los apoderados/as, padres y madres,
de las siguientes características:
 Su total compromiso con la educación de su pupilo.
 Participar activamente en el Centro de Padres y en las comisiones de trabajo que éste cree en el
desarrollo de sus actividades.
 Apoyar a la Dirección del Colegio en el fortalecimiento de la imagen de éste y en su proyección hacia la
comunidad.
 Conocer y compartir la Misión y Visión institucionales y los valores en que se fundamenta el Proyecto
Educativo del Colegio.
 Cumplir cabalmente con las obligaciones financieras establecidas con el Colegio y con el Centro de
Padres.
Por ello los padres, madres y apoderados/as deben:
 Supervisar y regularmente el progreso de sus pupilos, contando para ello con la hoja de planificación
semanal que recibe el alumno/a de cada uno de sus profesores todos los viernes y disponible en la
página web del establecimiento.
 Asistir a las reuniones de Centro de Padres y mantenerse informado de las actividades del colegio 13.
 Concurrir obligatoriamente a las citaciones personales que reciban de los profesores, asistentes de la
educación y/o de la Dirección del Colegio14. Su asistencia o ausencia será registrada en el libro de
clases, por tanto será de su responsabilidad justificar ausencias con anticipación al encuentro.
 Leer y conocer este Manual de Convivencia y cooperar en ponerlo en práctica, orientando y
aconsejando a sus pupilos en cuanto a la necesidad de respetarlo.
 Nunca desautorizar a profesores o miembros del personal frente a los estudiantes.
 Fomentar la asistencia y participación del estudiante en las actividades del “calendario escolar anual
cervantino” (paseos, giras, jornadas, talleres, otras)
 Informar al Colegio acerca del servicio de transporte escolar que utiliza para movilizar a su pupilo,
indicando nombre de la empresa, nombre y rut del transportista, teléfono de contacto.15
13
El Colegio se reserva el derecho de no renovar la matrícula al año siguiente de aquellos alumnos cuyos padres o apoderados no hayan
asistido regularmente a las reuniones de Apoderados y a las citaciones a Entrevistas con los profesores y/o Dirección.
14
Igualmente el Colegio se reserva el derecho de no renovar matrícula al año siguiente, o cancelarla en el mismo año cuando los padres no
concurran a las citaciones personales.
15
Se entiende por transporte remunerado de escolares o transporte escolar, la actividad por la cual el empresario de transportes se obliga,
por cierto precio convenido con el establecimiento educacional o con el padre, madre, apoderado o encargado de niños que as isten a
jardines infantiles, parvularios o establecimientos educacionales, hasta cuarto año medio, a transportarlos entre el lugar de habitación o
domicilio del escolar y el establecimiento respectivo y/o viceversa, o a otros lugares acordados, en vehículos definidos en el artículo 2ª de
la Ley Nº18.290, los que deben cumplir, además, con la normativa dictada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (Ley
Nº18931/Art.2º)
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Dicha contratación es responsabilidad de los padres y apoderados, de acuerdo a la normativa vigente (Ley
18.931 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones)16.
Cualquier desacuerdo con el Colegio respecto de la conducta o el rendimiento académico del educando deberá
ser tratado con el profesor/a, el profesor/a jefe o la Directora en forma privada, en forma colaborativa y en
busca de una aclaración satisfactoria.
10.2. Termino de matrícula voluntaria o desvinculación del estudiante por parte del apoderado
Cuando el apoderado/a decide, voluntariamente, terminar con la matrícula o desvincular a un estudiante del
establecimiento, el reingreso del mismo estudiante, estará condicionada por las vacantes reales existentes en
el curso que corresponde.
11. PROCEDIMIENTOS DE EMERGENCIA Y REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD
11.1. Procedimiento de emergencia.
El Colegio realizará dos ejercicios de simulación de emergencia al año; cada uno al comienzo de semestre.
 Un sonido ininterrumpido del timbre será la señal de evacuar el colegio.
 A la señal de evacuar, dirigidos por sus profesores, los estudiantes saldrán de sus salas y se dirigirán
ordenadamente a la multicancha (zona segura).
 La prioridad en la avanzada será de los estudiantes más pequeños, de Casa de Niñ@s, y los ocupantes de
las salas delos primeros pisos, en orientación de poniente a este; luego los estudiantes ocupantes del
segundo piso de la enseñanza media y finalmente los ocupantes del edificio de inglés y administración.
 Los profesores y los estudiantes encargados de seguridad de cada curso se encargarán de apagar y
desenchufar artefactos eléctricos, además de rescatar el libro de clases.
 En la multicancha permanecerán reunidos con el profesor de la clase.
Dependiendo de la situación de emergencia que se presente, la Directora decidirá cuándo reanudar las clases
normales y si es necesario enviar a los estudiantes a sus casas. Para tomar esta decisión la Directora consultará
a la autoridad de protección civil más cercana, sean éstos Carabineros, Bomberos o la Dirección Provincial de
Educación.
11.2. Higiene y seguridad
Constituyen parte de este Manual, el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, Ley 16.744 17.
Putaendo, Marzo de 2014.-
16
Requisitos del transporte escolar: Estar inscrito en el Registro Nacional de Transporte Escolar. Tener una copia autorizada del certificado
de inscripción en el o los establecimientos educacionales que presten servicios, así como a los padres y apoderados que lo re quieran.Portar
una tarjeta identificadora con sus datos personales y poseer licencia profesional clase A1 (antigua) o A3.El vehículo debe ser amarillo y
portar un letrero triangular sobre el techo con la leyenda “escolares” (se exceptúan los buses).Deben contar con una luz estr oboscópica de
seguridad o cinta retro reflectante y ventanas a ambos lados (se exceptúan los buses).Toda la documentación debe encontrarse vigente
(revisión técnica, análisis de gases, permiso de circulación y seguro obligatorio). Indicar la capacidad máxima de pasajeros, cifra que
debe ser informada al interior del vehículo y respetada por el conductor.Los asientos de los vehículos deben ir hacia el frente y con
un respaldo igual o superior a 35 cms.El tiempo de viaje desde y hacia el colegio no debe superar los 60 minutos.En el caso q ue el
transporte escolar lleve más de 5 niños de educación preescolar, el conductor deberá viajar acompañado de un adulto.Si el
vehículo tiene año de fabricación 2007 en adelante, deben contar con cinturón de seguridad, EN TODOS LOS ASIENTOS.
17
Anexo Nº 5: Reglamento de Higiene y Seguridad
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ANEXO N° 1
PLAN DE GESTION PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 2014
I.
INTRODUCCION
1.1. Respecto de la Convivencia Escolar
La convivencia escolar es la base de la formación ciudadana y constituye un factor clave de la formación
integral de los estudiantes. De ahí la relevancia de gestionarla adecuadamente y de fortalecer la formación en
este ámbito, así como de generar las condiciones adecuadas para los aprendizajes, a través de la gestión de un
clima escolar favorable. La formación de los estudiantes en convivencia escolar constituye el mecanismo más
efectivo de prevención de la violencia escolar y, de igual manera, un clima escolar organizado y acogedor
permite que los estudiantes aprendan más y mejor.
Abordar este tema -y las prácticas que conlleva- se está haciendo cada vez más necesario, tanto por lo que
significa aprender en un entorno tranquilo, distendido y amable, como por las consecuencias que tiene aquello
en los resultados de aprendizaje; los estudiantes aprenden más y mejor cuando están en un ambiente donde
las normas están claras y se cumplen, donde la violencia de todo tipo ha sido erradicada.
El clima escolar es, precisamente, la conformación de este ambiente propicio para los aprendizajes, y la
convivencia escolar es un aprendizaje en sí mismo, que forma en habilidades, conocimientos y actitudes para
la vida en sociedad. Si bien se trata de conceptos distintos, ambos se complementan y requieren ser
gestionados y organizados intencionadamente para que favorezcan en los estudiantes el aprender a convivir.
Clima escolar: es el ambiente o la creación de un ambiente propicio para el aprendizaje. Se trata de
manejar o modificar un conjunto de variables y/o condiciones para mejorar el ambiente de relaciones o de
interrelaciones.
Convivencia escolar: se refiere a la capacidad o disposición que tienen los miembros de la comunidad
educativa para relacionarse e interrelacionarse entre sí. Hablar de convivencia escolar es referirse a la
formación ciudadana, de allí que la convivencia escolar sea un aprendizaje.
De igual manera, la convivencia escolar constituye en sí misma un aprendizaje presente transversalmente
en el currículum nacional, que debe ser intencionado desde la práctica pedagógica tanto en el aula como fuera
de ella y asumida como una tarea formativa que es de responsabilidad de todos los miembros de la comunidad
educativa.
Es por dicha razón que el Ministerio de Educación, solicita a los establecimientos Plan de Gestión de la
Convivencia Escolar y un Protocolo de Actuación frente a situaciones de Violencia Escolar, siendo ambos
instrumentos –además- exigencias de la Ley sobre Violencia Escolar.
1.2. Respecto del Plan de Gestión de la Convivencia Escolar
En general, se hace un “plan” cuando se quiere abordar una situación o una realidad con la finalidad de
alcanzar una meta o un conjunto de objetivos, a través de un diseño que contiene pasos o etapas, y un
conjunto de actividades para asegurar el logro de esas metas y objetivos. En este caso es un Plan de
Convivencia Escolar.
Por su parte, la idea de “gestión” dice relación con el ordenamiento y disposición de los medios para lograr
un fin propuesto. Por lo tanto, se trata de asegurar que la propuesta de medidas de promoción o de prevención
señaladas incluidas en el “plan”, conduzca efectivamente al logro de las metas y objetivos propuestos. En este
caso es la Gestión del Plan de Convivencia Escolar.
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Colegio Cervantino Putaendo
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El Plan de Gestión de la Convivencia Escolar es elaborado y ejecutado, participativamente, por el
Encargado/a de Convivencia y la Comunidad Educativa, correspondiendo al liderazgo del establecimiento,
particularmente el sostenedor y el director, facilitar la puesta en práctica del Plan.
1.3. Conceptualizaciones
 Convivencia Escolar:
La Ley sobre Violencia Escolar, Ley 20.5326, declara en su artículo 16 A lo siguiente: “Se entenderá por buena
convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una
interrelación positiva entre quienes la componen y que permita el adecuado cumplimiento de los objetivos
educativos en un Clima que propicie el desarrollo integral de nuestros estudiantes”.
 Buen Trato:
El Buen Trato se define en las relaciones con otro (y/o con el entorno) y se refiere a las interacciones (con ese
otro y/o con ese entorno) que promueven un sentimiento mutuo de reconocimiento y valoración. Son formas
de relación que generan satisfacción y bienestar entre quienes interactúan. Este tipo de relación además, es
una base que favorece el crecimiento y el desarrollo personal y no hay espacio para situaciones o acciones
maltratantes.
 Agresividad18:
Es una conducta instintiva.Corresponde a uncomportamientodefensivo natural,como una forma deenfrentar
situacionesde riesgo; es esperableen toda persona que seve enfrentada a unaamenaza queeventualmente
podríaafectar su integridad.La agresividad noimplica,necesariamente, unhecho de violencia,pero cuando está
malcanalizada o la personano logra controlar susimpulsos, se puedeconvertir en unaagresión omanifestarse
enhechos de violencia.
 Conflicto.
Es un hecho social. Involucra a dos o máspersonas que entranen oposición odesacuerdo debido aintereses,
verdadera oaparentementeincompatibles. El conflicto no es sinónimo de violencia, pero unconflicto
malabordado o que no esresuelto a tiempopuede derivar ensituaciones deviolencia.
 Violencia.
Es un aprendizaje. Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se adopte. Todas tienen
en común dos ideas básicas:
 El usoilegítimo del poder yde la fuerza, seafísica o psicológica;y
 El daño al otrocomo unaconsecuencia.
 Bullying.
Es una manifestación deviolencia en la que unestudiante es agredido/a yse convierte en víctima alser expuesta,
de formarepetida y durante untiempo, a accionesnegativas por parte de unoo más compañeros/as. Sepuede
manifestar comomaltrato psicológico, verbal ofísico que puede serpresencial, es decir directo, omediante el
uso de mediostecnológicos como mensajesde texto, amenazastelefónicas o a través de lasredes sociales de
Internet.
El bullying tiene trescaracterísticas centrales quepermiten diferenciarlo de otrasexpresiones de violencia:
- Seproduce entre pares;
- Existe abuso de poder;
- Es sostenido en el tiempo,es decir, se repite duranteun período indefinido.
El hostigamiento presenta diversos matices, desde los más visibles (de tipo físico, insultos, descalificaciones)
hasta los más velados (aislamiento, discriminación permanente, rumores), lo que hace de este fenómeno un
proceso complejo, que provoca daño profundo y sufrimiento en quien lo experimenta.
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MINEDUC (2011) “Orientaciones para elaboración y revisión de reglamentos de convivencia escolar”
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Colegio Cervantino Putaendo
Reglamento Interno 2014
II. DEFINICION DEL PLAN
El Colegio Cervantino de Putaendo, en su Proyecto Educativo se plantea el desafío de formar estudiantes
con la capacidad de respetar, incluir y colaborar con los otros/as, en los ámbitos escolar, familiar y social, con
sus profesores, padres y pares, reconociendo el diálogo y la comunicación como herramientas permanentes de
humanización, de superación de diferencias y de aproximación a la verdad.
Dichos desafíos nos involucra a todos como actores educativos. Por ello es deseable que los docentes,
padres y apoderados y los alumnos puedan reflexionar críticamente sobre la convivencia escolar, otorgándose
la oportunidad de plantearse cuáles son sus responsabilidades y la participación que les compete en la
construcción de un ambiente escolar que propicie el aprendizaje de nuestros alumnos.
Establecida la importancia del tema de la convivencia escolar en el colegio y conforme con la Política
Nacional del Ministerio de Educación, se ha elaborado el siguiente Plan de Convivencia Escolar que especifica
los objetivos a lograr y las actividades a desarrollar durante el presente año.
2.1. Problemáticas
El Colegio Cervantino de Putaendo, presenta las problemáticas propias de un establecimiento con una
diversidad etárea y sociocultural, por tanto ligadas a la etapa del desarrollo humano, las aspiraciones e
intereses y la adaptación al proceso escolar de sus integrantes. Se relacionan principalmente con indisciplinas
y rompimiento de reglas y normas. Todas ellas tratadas en el Manual de Convivencia del establecimiento.
Sin embargo, para efectos de este Plan de Gestión para la Convivencia Escolar, se pone énfasis en la
prevención de conductas de violencia, potenciando el desarrollo personal y social de los estudiantes, en base al
“espíritu cervantino”. 19
Por tanto, las problemáticas, sustentadas en un diagnóstico por cursos de actos de indisciplina en el aula y
fuera de ella, arrojan los siguientes indicadores:
 Dificultad para seguir instrucciones
 Dificultad para reconocer la autoridad (no pedir permiso)
 Actitudes de arrogancia y superioridad
 Falta de control emocional (desquitarse con los objetos)
 Falta de autocontrol social (interrumpir)
 Poca tolerancia al pensamiento distinto
 Formación de grupos de diferenciación
 Chistes y bromas límites con la burla
 Lenguaje grosero
 Apego excesivo a los equipos tecnológicos
2.2. Recursos disponibles de abordaje
El Colegio Cervantino de Putaendo, dispone de varios recursos de abordaje frente a las problemáticas de
convivencia escolar. En resumen sus fortalezas se representan en la existencia de:
 Claridad de la identidad y “espíritu cervantino” en los miembros de la comunidad educativa
 Consolidación del equipo de Gestión y Liderazgo
 Recursos humanos con formación en manejo de conflictos
 Prácticas institucionales formativas en el conflicto, con estudiantes y familias, desde la dirección al
cuerpo de profesores
 Alto grado de participación de la comunidad educativa en la gestión escolar
 Creciente articulación de la gestión institucional con el consejo escolar
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Manual de Convivencia Cervantino. Pag. 5
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20
Colegio Cervantino Putaendo
Reglamento Interno 2014



Creciente trabajo con las redes locales
Conocimiento del Manual de Convivencia Escolar por parte de la comunidad educativa
Instalación de la conciencia y prácticas de disciplina formativa
2.3. Plan de Gestión de Convivencia Escolar
La comunidad educativa del Colegio Cervantino de Putaendo aspira a contribuir, desde los ambientes
educativos, a la cultura de la paz social, mediante el fortalecimiento de relaciones interpersonales basadas en
el respeto, la inclusión y la colaboración mutuas.
En este marco, en una estrategia renovable por la actualización diagnóstica anual, el propósito general de
este Plan de Gestión de la Convivencia Escolar es:
META
Contribuir al desarrollo de una comunidad educativa inclusiva y participativa, fortaleciendo la
formación personal y social de los estudiantes, y potenciando relaciones interpersonales de buen
trato
Objetivo 1
Acciones
Fortalecer la reflexión valórica de los estudiantes y docentes en el aula
Fechas
Responsables
Requerimientos
Indicadores
1.Desarrollar en el
aula, la reflexión
grupal, de un
valor bimensual:
- Espíritu
Cervantino
- Respeto por la
diversidad
- Identidad
- Honestidad
Marzo a
Noviembre
Profesor Jefe
Consejo de
profesores
Estudiantes
Espacio aula
Material de
apoyo
100 % de los cursos
reflexiona el valor
en el aula con su
profesor jefe
2.Retroalimentar
la reflexión del
aula a la
comunidad
escolar y/o social
Abril a
Noviembre
Profesor Jefe
Consejo de
profesores
Estudiantes
Espacios físicos
intra y extra
colegio
95 % de los cursos
retroalimenta
reflexión del aula a
la comunidad
Objetivo 2
Acciones
Fortalecer la formación personal y social de los estudiantes
Fechas
Responsables
Requerimientos
Indicadores
1. Ejecutar Plan
de formación
SENDA, de Casa
de Niñ@s a IV°
medio
Julio a
Agosto
3. Ejecutar Plan
de formación en
Sexualidad de
Casa de Niñ@s a
IV° medio
Mayo a
Junio
Medios de
Verificación
1.Plan de
Orientación y
Consejo de Curso
2. El Libro de
clases
3.Planificación
semanal del
alumno
Recursos
Textos guías
Data / PC
Espacios físicos
1.Planificación
semanal del
alumno
2. Página web
Data / PC
Espacios físicos
Material de apoyo
Orientación
Medios de
Verificación
50 sesiones
implementadas
Recursos
Espacio web
Profesor Jefe
Orientación
Consejo de
Curso
Tiempo
Aula
Docente
90 % de
estudiantes
participan del
Plan
Profesor Jefe
Orientación
Consejo de
Curso
Tiempo
Aula
Docente
90 % de
estudiantes
participan del
Plan
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280
participantes
en las sesiones
42 sesiones
implementadas
280 participantes
en las sesiones
Docente
Guía Senda
Lápiz
Docente
Guía Mi Sol
Guía Taller
Sexualiodad
Cervantino
Lápices
21
Colegio Cervantino Putaendo
Reglamento Interno 2014
Objetivo 3
Acciones
1.Formación en
resolución
pacífica de
conflictos, en
entrevistas con
estudiantes
2. Formación en
competencias
parentales, en
Entrevistas
Familiares
3. Orientación
personal , en
entrevistas de
apoyo, a
estudiantes con
necesidades
personales y/o
disciplinarias
Fortalecer las instancias de resolución pacífica de conflictos en la comunidad educativa
Fechas
Responsables
Requerimientos
Indicadores
Medios de
Verificación
Marzo a
Dirección
Sala de atención
El 100% de los
Cuaderno
Diciembre
UTP
Registro entrevistas
casos de pares
Orientación
Orientación
en conflicto
son atendidos
Ficha Estudiantes
Marzo a
Diciembre
Marzo a
Diciembre
Dirección
UTP
Orientación
Sala de atención
Registro entrevistas
Orientación
Profesionales de
apoyo
Sala de atención
Registro entrevistas
Al menos el
20% de los
apoderados
son atendidos
Libro de clases
Al menos el
10% de los
estudiantes
participa de
entrevistas
Cuaderno de
Orientación
Hoja de
entrevistas
Recursos
Humanos
Físicos
Registros
Humanos
Físicos
Registros
Humanos
Físicos
Registros
Ficha de
Orientación
Objetivo 4
Acciones
Fortalecer la relación de alianza escuela/familia en la formación escolar
Fechas
Responsables
Requerimientos
Indicadores
1.Entrevistas
entre el
profesor/a Jefe y
Apoderados
Marzo a
Diciembre
Profesor jefe
Citaciones
Espacio Físico
Hoja de Entrevistas
El 90% de los
apoderados
asiste a
entrevistas
2.Jornada de
Reflexión
Familiar, inter
generacional, en
Adolescencia
Agosto
Equipo
coordinador
Orientación
Tiempo
Invitaciones
Humanos
Dinero
El 90% de los
convocados
participa
3. Realizar 1
Tallere para
padres en el 1°
Semestre
Mayo a Junio
Equipo de
Gestión
Profesores
Tiempo
Invitaciones
Humanos
Honorarios
100% de
talleres
ejecutados
4. Realizar 1
Taller para
padres en el 2°
Semestre
Agosto a
Sept.
Equipo de
Gestión
Profesores
Tiempo
Invitaciones
Humanos
Honorarios
100% de
talleres
ejecutados
Objetivo 5
Acciones
Fomentar prácticas cooperativas, en la diversidad e inclusión social, en la formación de la comunidad educativa
Fechas
Responsables
Requerimientos
Indicadores
Medios de
Recursos
Verificación
Mayo y
Equipo
Tiempo
El 90% de los
Planificación
Humanos
Septiembre
Coordinador
Invitaciones
cursos
semanal
Plaza de Armas
Profesor Jefes
Permisos
participa
Registros de
Materiales y
Centro Alumnos
Humanos
incluyendo
prensa
equipos de
CEPA
Económicos
familias
apoyo
1.Relevar el valor
del intercambio y
la cooperación,
en Truekes de
otoño y
primavera
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Medios de
Verificación
Libro de clases
Hoja de
Entrevistas
Listado de
citaciones
Registro
asistencia
Registros Varios
Rendición de
dineros
Listas de
Asistencia
Listas de
Asistencia
Recursos
Humanos
Físicos
Registros
Humanos
Transporte
Alimentación
Material y
equipos de
apoyo
Registros
Humanos
Físicos
Materiales de
apoyo
Honorarios
Humanos
Físicos
Materiales de
apoyo
Honorarios
22
Colegio Cervantino Putaendo
Reglamento Interno 2014
2.Relevar el valor
y aporte de los
pueblos
originarios en la
cultura presente
Junio
Equipo
Coordinador
Profesores jefes
Humanos
Espacios físicos
Económicos
El 100% de los
cursos
participa
Planificación
semanal
Registros de
prensa
Humanos
Físicos
Materiales y
equipos de
apoyo
Honorarios
3.Mostrar la
diversidad de la
cultura global/
local, a través de
técnicas artísticas
(Gala), a la
comunidad local
Octubre
Equipo Gestión
Profesores
Centro Alumnos
CEPA
Tiempo
Invitaciones
Permisos
Humanos
Económicos
El 100% de los
cursos
participa
Planificación
semanal
Registros de
prensa
Libretos
Humanos
Plaza de Armas
Materiales y
equipos de
apoyo
Objetivo 6
Actualizar el FODA de las prácticas, de las relaciones interpersonales respetuosas, inclusivas y de colaboración
mutuas, de la comunidad educativa Cervantina
Fechas
Responsables
Requerimientos
Indicadores
Medios de
Recursos
Verificación
Junio
Equipo Gestión
Tiempos
El 100% de los
Registros de
Humanos
Encargada de
Físicos
evaluación
Físicos
profesores
Convivencia
Material de Apoyo
Encuestas
jefes participa
Profesores
de la
Sistematización
evaluación de
avance
Informe página
web
Acciones
1.Evaluar avances
dela ejecución del
Plan de Gestión
para la
Convivencia
Escolar con
profesores jefes
2.Evaluar
formalmente el
Plan Anual de
Gestión para la
Convivencia
Escolar:
- Estudiantes
- Profesores
- Consejo Escolar
Diciembre
Equipo Gestión
Encargada de
Convivencia
Profesor/a Jefe
Consejo Escolar
Tiempos
Físicos
Material de Apoyo
El 100% de los
cursos
participa de la
evaluación
El 100% de los
profesores
participa de la
evaluación
El 100% del
Consejo
Escolar
participa de la
evaluación
Registros de
Evaluación
Acta Consejo
Profesores
Acta Consejo
Escolar
Humanos
Físicos
Material de
apoyo
Humanos
Físicos
Material de
apoyo
Humanos
Físicos
Material de
apoyo
III. Implementación, Evaluación y Seguimiento
El Plan de Gestión para la Convivencia Escolar se ejecuta, durante el período que corresponde al calendario
escolar, se inicia en marzo y concluye en diciembre.
Se evalúa formalmente una vez al año, al final del 2° semestre, en procesos separados con el Consejo
Escolar, el Consejo de Profesores y una muestra de los estudiantes. Sin embargo quedan abiertas las
posibilidades de evaluaciones de avance o seguimiento, en base a requerimientos de ciclos educativos,
conflictos recurrentes y/o temas emergentes de interés de la comunidad educativa, durante el transcurso del
año.
El resultado de las evaluaciones, final o de seguimientos, constituyen el principal insumo para la reelaboración anual, del Plan de Gestión para la Convivencia Escolar Cervantina.
IV. Roles asociados
Para la implementación del Programa, es fundamental el trabajo articulado y colaborativo del Equipo de
liderazgo educativo, el Encargado de Convivencia Escolar y los asesores técnico pedagógicos.
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Reglamento Interno 2014
 Equipo de liderazgo educativo:
- Encargado de identificar el estado de las prácticas institucionales relativas al clima y la convivencia
escolar y, a partir de esto, liderar la elaboración de un Plan de Gestión de la Convivencia Escolar que
responda a las necesidades del establecimiento.
- También tiene como rol facilitar la puesta en práctica del Plan, ya que cuenta con las herramientas
para que se generen las condiciones -tiempos, espacios, recursos, equipos, etc.- para que se puedan
implementar en el establecimiento, las medidas, estableciendo, junto al Encargado de Convivencia, las
prioridades a abordar en el Plan de Gestión, así como visualizar los recursos y fortalezas disponibles en
la comunidad educativa.
 Encargado de Convivencia Escolar:
- Es el responsable de la elaboración del Plan de Gestión de la Convivencia Escolar y del Protocolo de
Actuación frente a situaciones de Violencia Escolar.
- También es el encargado de impulsar, guiar y canalizar las medidas de promoción de la buena
convivencia y de prevención de la violencia escolar.
- En conjunto con el Equipo Técnico diseñan y llevan a cabo una estrategia de seguimiento y monitoreo
del Plan de Gestión.
- Informa sistemáticamente al Equipo de liderazgo educativo y al Consejo Escolar de los avances y/o
dificultades en la implementación del Plan de Gestión.
- Junto al Equipo de liderazgo educativo son los responsables de la difusión del Plan de Gestión y del
Protocolo de Actuación.
 Consejo Escolar:
- Tiene como objetivo estimular y canalizar la participación de la Comunidad Educativa, promover la
convivencia y prevenir la violencia escolar.
- También es el encargado de consensuar los objetivos que se requieren lograr y las acciones que se van
a implementar para promover la convivencia escolar y para prevenir toda forma de violencia.
- El Director del establecimiento es el Presidente del Consejo Escolar y es quien lo convoca.
 Asesor técnico pedagógico:
- Proporcionan orientaciones y apoyos, de carácter flexible y adecuado al contexto, al Equipo de
liderazgo educativo y Encargado de Convivencia, para fortalecer las capacidades técnicas de los
profesionales.
- Su rol principal es acompañar el proceso de elaboración del Plan de Gestión de la Convivencia Escolar y
del Protocolo de Actuación frente a situaciones de Violencia Escolar, reforzando la capacidad de
gestión del Equipo de liderazgo educativo y el Encargado de Convivencia.
RENATE SÁNCHEZ MUÑOZ
Orientadora en Relaciones Humanas y Familia
ENCARGADA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Colegio Cervantino - Putaendo
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Reglamento Interno 2014
ANEXO N° 2
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES
DE VIOLENCIA ESCOLAR
I.
INTRODUCCION
El PROTOCOLO DE ACTUACIÓN es un documento que establece, de manera clara y organizada, los pasos a
seguir y los responsables de implementar las acciones necesarias para actuar FRENTE A UNA SITUACIÓN DE
VIOLENCIA ESCOLAR. Forma parte del Reglamento Interno del Colegio, complementado con las políticas de
promoción de la convivencia escolar y prevención de la violencia escolar, incorporadas en las actividades
curriculares y extracurriculares del establecimiento y explicitadas en el Plan de Gestión para la Convivencia
Escolar.
El Protocolo de Actuación debe aplicarse ante la ocurrencia de situaciones de violencia escolar; para ello,
es importante tener presente lo siguiente:
Un acto de violencia es el uso ilegítimo de la fuerza con la finalidad de causar daño en otra persona. Puede ser
ejercida física o psicológicamente, presencialmente o a través de las redes sociales o medios tecnológicos.
El acoso escolar o bullying es una forma de violencia, que tiene tres características esenciales:
• Se produce entre pares.
• Existe asimetría de poder entre las partes, es decir, una de las partes tiene más poder
• que la otra. Este poder puede ser físico o psicológico.
• Es reiterado en el tiempo.
No es acoso escolar o bullying:
•
•
•
•
Un conflicto de intereses o desacuerdo entre personas.
Las peleas entre iguales, es decir, entre dos personas que están en
igualdad de condiciones.
Una pelea ocasional entre dos o más personas.
Las agresiones de adulto a estudiante, esto es maltrato infantil.
Ejemplos:
1. Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender un estudiante a otro, en
forma reiterativa.
2. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante de forma reiterativa.
3. Agredir verbal o psicológicamente a un estudiante, en forma reiterativa.
4. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un estudiante, en forma
reiterativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.);
5. Discriminar a un estudiante, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento
político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad,
defectos físicos o cualquier otra circunstancia, de forma reiterativa.
6. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante, en forma reiterativa a través de chats,
blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o
fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
7. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de bullying.
8. Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.
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25
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Reglamento Interno 2014
II. FASES DEL PROTOCOLO
Fase 1. Detección y Denuncia
1. Un miembro de la comunidad educativa –docente, estudiante, asistente de la educación, auxiliar y/o
apoderado- es víctima o es informado por la víctima o por propia observación, de un hecho de
violencia que afecta a otro miembro de la comunidad educativa. Inmediatamente denuncia la
situación al Encargado(a) de Convivencia o en Dirección del Colegio.
2. El Encargado/a de Convivencia recepciona la denuncia y acoge a la víctima, procurándole un espacio
20
de seguridad y tranquilidad y/o prestándole primeros auxilios o traslado a organismo de salud , si
fuera necesario, informando telefónicamente al apoderado o a algún miembro de su familia en el caso
de adulto.
Fase 2. Evaluación preliminar e Investigación
21
3. El Encargado/a de Convivencia o a quien éste derive, aplica la Pauta de Indicadores de Urgencia .
4. El Encargado/a de Convivencia, Dirección y/o UTP, inician investigación del caso, en el marco del
debido proceso, conversando por separado con las partes directa e indirectamente involucradas, con
el fin de conocer todas las versiones, causas y reiteración del hecho de violencia, lo mismo que el
contexto y las circunstancias agravantes y atenuantes que le rodearon. Queda registro en el libro de
clases en la hoja de observaciones del estudiante y en la Hoja de Casos de Convivencia Escolar22.
5. En caso de ameritarlo –agresiones que han provocado lesiones de gravedad o mediana gravedad, y las
agresiones que constituyen delito- la Dirección del establecimiento realiza denuncia e informa en
Juzgado Putaendo, Carabineros de Chile de Putaendo Superintendencia de Educación, OPD u otros,
según corresponda. En caso que el agresor/a sea un funcionario del establecimiento, éste será
suspendido de sus funciones laborales, mientras dure la investigación judicial, informando la situación
al Departamento Provincial de Educación y a la Inspección de Trabajo.
Fase 3: Comunicación y entrevistas con apoderados
6. Una vez esclarecida la situación en el Colegio, la Dirección del establecimiento convoca a entrevista al
o los apoderados de los estudiantes involucrados, por separado, vía telefónica o a través de medio
escrito. Si el apoderado no asiste a la entrevista, la Dirección enviará carta certificada, reiterando la
citación.
7. Dirección y el Encargado/a de Convivencia, se entrevistan con el /los apoderados, por separado,
informando sobre el hecho ocurrido, el carácter grave de su reiteración, el procedimiento a seguir y
consecuencias, solicitando su apoyo en las medidas que se implementarán. Sugiriendo el inicio de
algún tratamiento con especialista y/o la denuncia del hecho a organismo público, según sea el caso.
Se registran todos los puntos tratados, de manera objetiva, en la hoja de observaciones de los
estudiantes y en la Hoja de Casos de Convivencia Escolar.
8. La Dirección y el Encargado/a de Convivencia informan el hecho al Consejo de Profesores y al Consejo
Escolar, explicitando su carácter reiterativo.
Fase 4. Determinación de las medidas formativas
9. La Dirección convoca al Consejo Escolar y al/os profesor/es jefe/s, con el fin de analizar la información
recogida, y de acuerdo a las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características
personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados, y determinan:
a) medidas formativas de apoyo al estudiante causante
b) medidas de apoyo, seguridad y recuperación al estudiante o adulto agredido
20
Dado que el establecimiento no cuenta con convenios de salud, el traslado a la víctima se realiza en vehículo particular de a lgún miembro
de la comunidad educativa, siguiendo el en el siguiente orden: Dirección, UTP, Secretaría, profesor disponible.
21
Anexo 2: Formato de Documento Mineduc.
22
Anexo 3: Hoja de Casos de Convivencia Escolar
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Reglamento Interno 2014
c) medidas preventivas e informativas para la comunidad educativa por parte de Consejo Escolar,
Profesor/a Jefe y Orientación
10. La Dirección, el Encargado/a de Convivencia y el Profesor/a Jefe, comunican las medidas formativas y
de apoyo para el/los estudiantes involucrados, al Consejo de Profesores y a los respectivos
apoderados.
Fase 5. Trabajo de apoyo a estudiantes
11. El Encargado/a de Convivencia y un equipo asesor para el caso, elaboran un plan de acción común de
apoyo a los estudiantes con medidas de protección y formativas.
12. Las medidas formativas se orientan a ambos estudiantes.
-
A quien ha agredido a reconocer la falta y sus razones, a que voluntariamente decida disculparse
privada y/o públicamente, a reparar el daño mediante acciones de colaboración con la persona
dañada o de reposición si se trata de un objeto dañado. Proponer ingreso a un plan de intervención
con los especialistas que corresponda y, de ser necesario, otorgar las facilidades para coordinar sus
labores académicas con las eventuales responsabilidades judiciales que deba asumir.
-
A quien ha sido agredido, otorgar las medidas de cuidado y protección necesarias, como: medidas de
vigilancia al estudiante agresor, reorganización de los horarios del profesorado para la atención
específica del estudiante afectado, intervención de mediadores, colaboración de compañeros
previamente formados para acompañar a la víctima sobre todo en momentos de mayor riesgo
(entradas, salidas, pasillos), solicitud colaboración familiar, entre otras.
Prestar atención psicológica y refuerzo de estrategias de desarrollo emocional, habilidades sociales y
ayuda personal. Asimismo derivar a especialistas que corresponda.
-
13. El Encargado/a de Convivencia monitorea la evolución del caso, registrando las acciones y
procedimientos en la Hoja de Casos de Convivencia Escolar.
Fase 5. Informe Final
14. La Dirección y el/los Profesor/es Jefe/s resuelven la situación final del estudiante afectado y del
estudiante causante, de acuerdo al Manual de Convivencia, y lo informan al Encargado/a de
Convivencia.
15. El Encargado/a de Convivencia elabora un informe final con los resultados del procedimiento de
aplicación de las medidas formativas de apoyo a los estudiantes, entregándolo a la Dirección e
informando al Profesor/a Jefe, al Consejo de Profesores, al Consejo Escolar y a las autoridades que
puedan solicitarlo: Superintendencia de Educación, Carabineros, Juzgado, Salud, OPD, otros.
Fase 6: Cierre de Protocolo
16. La Dirección y el Encargado/a de Convivencia comunican el resultado final del procedimiento
formativo a los apoderados y estudiantes involucrados.
17. El Encargado/a de Convivencia archiva el informe final y resolución final, si existiese, en el Libro de
Clases en la hoja de antecedentes del estudiante y en la Hoja de Casos de Convivencia Escolar.
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Reglamento Interno 2014
DE ACUERDO A REGLAMENTACION MINEDUC:
PASOS PARA LA ELABORACION DE UN PROTOCOLO DE ACTUACIÓN 23
2.1. El Protocolo se activa frente a situaciones de violencia o acoso escolar, como:
• Agresiones entre estudiantes.
• Agresiones de adulto a estudiante que, de acuerdo a la LSVE24, revisten especial gravedad.
• Agresiones de estudiante a adulto.
• Agresiones dentro y fuera del establecimiento educacional, que afecten a estudiantes de la comunidad
educativa.
• Agresiones a través de medios tecnológicos, ejercidas o que afecten a estudiantes del establecimiento
educacional.
2.2. Responsable(s) de activar el protocolo de actuación:
 Asumen esta responsabilidad: en primera instancia Dirección y Encargado/a de Convivencia Escolar;
en segunda instancia Encargado/a UTP y Encargado/a de Convivencia Escolar.
 Su función será recopilar la información acerca de la situación, identificando a los involucrados, y
aplicar el Protocolo de Actuación.
2.3. Medidas de contención, apoyo a la víctima y reparatorias: El objetivo de estas medidas es garantizarle
protección, apoyo y reparación a quien ha sido afectado/a por un hecho de violencia escolar.
a. Medidas de contención: Acogida incondicional, comprensión empática frente al sufrimiento de la
víctima, valoración de la valentía de denunciar, compromiso de confidencialidad y de protección.
b. Medidas de apoyo a la víctima. Organización de una Red de cuidado y apoyo escolar; apoyo
psicológico; derivación a red externa de apoyo terapéutico.
c. Medidas reparatorias: Disculpas privadas y/o públicas; reposición de status y/o de bienes;
colaboración en tareas varias y cuidado; participar de un Taller de Convivencia Escolar con réplica a su
curso; y acciones de bien comunitario.
2.4. Medidas pedagógicas: Estas medidas se relacionan con el rol formativo del Colegio, por lo que las medidas
adoptadas se complementan con acciones que fortalezcan la buena convivencia escolar.
a. Medidas y/o sanciones formativas para el o los agresores, contempladas en el Manual de
Convivencia25 y participar en un Taller de Convivencia Escolar del Área de Orientación Escolar del
Colegio, con réplica a sus respectivos cursos, supervisada por la Dirección del Colegio.
b. La comunicación del Profesor Jefe tanto con el niño agredido como con el o los agresores. Si se
identifican otros estudiantes que han presenciado los hechos y no han intervenido adecuadamente
(espectadores en situaciones de acoso escolar o bullying), igualmente el tema debe ser abordado con
ellos por su Profesor Jefe.
c. Realización de Consejo de Profesores del curso al que pertenecen los involucrados o con la totalidad
de los docentes si la gravedad o extensión de la situación lo amerita. Este Consejo de Profesores tiene
como propósito:
-
Informar la situación y definir estrategias de trabajo formativo y pedagógico de promoción de la
convivencia escolar en las diferentes asignaturas.
Definir estrategias de información y/o comunicación con el resto de los compañeros.
Determinar fechas de evaluación de seguimiento de la situación.
23
Documento Mineduc. Escuela Segura. Programa de Apoyo a la Gestión del Clima y la Convivencia Escolar
Ley sobre Violencia Escolar Nº 20.536
25
Para mayor información, revisar Cartilla Orientaciones para la elaboración y actualización del reglamento de Convivencia Escolar,
Mineduc 2011. Disponible en:
http://www.mineduc.cl/usuarios/convivencia_escolar/doc/201203262329520.
Orientacionesreglamconvesolar.PDF
24
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Colegio Cervantino Putaendo
Reglamento Interno 2014
2.5. Definir cómo abordar la comunicación con las familias (tanto del agresor como del agredido):
Se tomará contacto con el apoderado o familiar tanto delo los agresores como de quien ha sido víctima de
la agresión.
Es importante separarlos espacios de conversación, teniendo claro que existen instancias y/o temas que se
deben conversar entre adultos y otras en que los niños pueden estar presente.
Se sugiere disponer de un primer momento para conversar privadamente con los adultos y luego
incorporar al niño.
Es importante no ocultar información ni minimizarlos hechos, explicando claramente a las familias los
pasos a seguir.
2.6. Comunicación con las familias en general:
Ante situaciones que se evalúen como especialmente graves, definiendo estrategias de información y/o
comunicación con las madres, padres y apoderados (reuniones de apoderados por curso, asambleas generales,
elaboración y entrega de circulares informativas, etc.), cuyos objetivos deben estar centrados en:
 Explicar la situación en términos generales, sin individualizar a los involucrados ni entregar detalles, a
fin de evitar distorsiones en la información o situaciones de secretismo que generen desconfianzas
entre las familias respecto a la labor protectora del establecimiento.
 Comunicar y explicar las medidas y acciones que se están implementando y/o se implementarán en la
comunidad educativa a razón del hecho.
 Solicitar colaboración y apoyo de parte de las madres, padres y apoderados en la labor formativa del
establecimiento en torno a la necesidad de fortalecer la buena convivencia y prevenir la violencia
escolar.
2.7. Identificar instancias de derivación y consulta (elaborar catastro de redes de apoyo local)
Algunas situaciones pueden requerir de una intervención especializada, que excede las competencias
del establecimiento escolar; por ello, es importante conocer la red de apoyo disponible a nivel local,
estableciendo acuerdos y compromisos de colaboración que optimicen los procesos de consulta y derivación; la
disponibilidad de programas varía en cada comuna, por lo que cada comunidad educativa debe conocer los
recursos disponibles en su sector, manteniendo un catastro actualizado de su red de apoyo local y los objetivos
de cada organismo o entidad.
En el caso de Putaendo corresponde derivar los casos graves al Juzgado, a Carabineros y a la red de Salud.
La vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes deben ser informados a OPD de San Felipe.
2.8. Establecer si es necesario el traslado al centro asistencial (definir encargado, dónde, con qué recursos):
Si se produjo una lesión como resultado de la situación de violencia o se sospecha que la agresión puede
haber provocado alguna lesión, el profesional encargado del Protocolo de Actuación o quien designe el Director
debe acompañarlo al centro asistencial más cercano para que lo examinen, como lo haría si se tratase de un
accidente escolar, y debe permanecer junto al estudiante mientras llega el apoderado. Es importante tener
presente que existen lesiones que tardan en manifestarse o en mostrar síntomas.
Un aspecto importante a considerar en este punto, es con qué recursos se realizará el traslado al centro
asistencial: una ambulancia puede tardar en llegar al establecimiento y la familia puede estar inubicable o no
tener posibilidad de presentarse de inmediato al establecimiento para hacerse cargo de llevar a su hijo al
centro asistencial, pero ello no puede ser obstáculo para que éste reciba atención médica oportuna. Por eso es
importante acordar asuntos tan básicos como de dónde se obtendrán los recursos para resolver estos casos y
quién estará a cargo del dinero destinado para esto.
2.9. Establecer si es necesario efectuar una denuncia (en caso de delito):
No siempre es fácil distinguir si se está frente a un delito y si corresponde denunciar un hecho
determinado, o si es necesario recurrir a Tribunales.
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Al respecto, se debe tener presente lo siguiente:
• Los hechos que deben ser denunciados ante la justicia son aquellos que están tipificados como falta o
delito por la ley; no cualquier agresión constituye delito.
• En el caso de la violencia en el ámbito escolar, constituyen delito las agresiones con resultado de
lesiones, las amenazas, el maltrato infantil (provocado por parte de un adulto), las agresiones
sexuales, entre otros.
• Están obligados legalmente a efectuar la denuncia frente a un delito que afecte a los estudiantes o que
hubiera tenido lugar en el establecimiento los directores, inspectores y docentes de establecimientos
educacionales de todo nivel.
• La denuncia debe realizarse ante el Ministerio Público, Policía de Investigaciones o Carabineros.
• La familia es la encargada preferente de velar por la protección de sus hijos; sólo cuando la familia no
es capaz de garantizar esta protección, el establecimiento educacional debe considerar la
presentación de una denuncia o un requerimiento de protección.
2.10. Presentar los antecedentes a la Superintendencia de Educación Escolar:
La comunidad educativa debe establecer criterios para definir la gravedad de algunas situaciones que
requieran ser informadas a la Superintendencia de Educación; entre éstas, pueden considerarse aquellas que
han provocado lesiones de gravedad o mediana gravedad, las agresiones que constituyen delito. No toda
situación de violencia escolar requiere ser informada a la Superintendencia de Educación, sino aquellas que
eventualmente van a requerir de un seguimiento de parte de este organismo.
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ANEXO N° 3
PROTOCOLO FRENTE AL ABUSO SEXUAL Y MALTRATO EN GENERAL
I.
INTRODUCCIÓN
El Abuso Sexual Infantil es una realidad que convive con la sociedad chilena, cotidianamente. Muchos
son los niños y niñas que en nuestro país son afectados por este grave problema, ya sea dentro de su núcleo
familiar o fuera de él.
Como comunidad educativa Cervantino, tenemos la obligación de hacer frente a esta realidad,
comprometiéndonos y formándonos en un marco de protección de los Derechos de los Niños y Niñas, que
salvaguarde su integridad emocional, física y social.
El presente documento tiene por objetivo, saber detectar y proceder, en caso de enfrentarnos a cualquier tipo
de maltrato, ya sea psicológico o físico, poniendo especial interés en lo que se relaciona con el abuso sexual;
sumándonos a la “Convención Internacional de los Derechos del Niño”, suscrita y ratificada por Chile en 1990.
Esto quiere decir que después del Estado, nos cabe la responsabilidad de velar y hacer cumplir las leyes de
protección a la infancia en nuestro país.
II. ANTECEDENTES
Iniciamos el documento con los conceptos básicos, de interés de este protocolo, como son maltrato
infantil y abuso sexual.
MALTRATO INFANTIL
La noción de Maltrato, emerge en oposición, a la de buen trato y bienestar infantil. En esta óptica,
todo comportamiento y/o discurso adulto que transgreda las necesidades y los derechos contenidos en la
“Convención de los Derechos del Niño” será considerado maltrato. En esta filosofía, todo niño y niña, con
sus características que hacen de él o ella un ser único, es considerado intrínsecamente igual a todos los
demás. Todos los niños tienen derecho a recibir los cuidados necesarios que le aseguren la vida, el
bienestar y un desarrollo armonioso. Según estos principios todo acto activo o de omisión cometido por
individuos, instituciones, o por la sociedad en general, que prive a los niños y niñas de cuidados, de sus
derechos y libertades, impidiendo su pleno desarrollo, constituyen por definición un acto o una situación
que entra en la categoría de los que nosotros llamamos malos tratos o negligencia.
Una forma de clasificar el maltrato, es a partir del propio fenómeno y a partir del campo del
observador. En el campo del fenómeno distinguiremos las interacciones y/o conversaciones maltratadoras
en activas y pasivas. Las activas se refieren a los comportamientos y discursos que implican el uso de la
fuerza física, sexual y psicológica, que por su intensidad o frecuencia provocan daños en los niños y niñas,
siendo ese un maltrato activo o violencia por la acción. Por su parte el maltrato pasivo se refiere, a la
omisión de intervenciones y/o de discursos necesarios para asegurar el bienestar de los niños y niñas,
correspondiendo a situaciones de negligencia o violencia por omisión.
MALTRATO
ACTIVO
Golpes y Abuso Sexual
PASIVO
Negligencia
Maltrato Psicológico
Abandono
Visible
Invisible
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ABUSO SEXUAL
El abuso sexual es un delito. Se castiga por la ley, porque viola los derechos fundamentales del ser humano, en
especial, cuando son niños o niñas.
Entenderemos por Abuso Sexual Infantil cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño o niña,
incluyendo las siguientes situaciones:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
Tocación de genitales del niño o niña por parte del abusador/a.
Tocación de otras zonas del cuerpo del niño o niña por parte del abusador/a
Incitación por parte del abusador/a a la tocación de sus propios genitales
Penetración vaginal o anal o intento de ella ya sea con sus propios genitales, con otras partes del
cuerpo (Ej.: dedos), o con objetos (Ej.: palos), por parte del abusador/a.
Exposición de material pornográfico a un niño o niña (Ej.: revistas, películas, fotos)
Contacto bucogenital entre el abusador/a y el niño/a.
Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a al niño o niña.
Utilización del niño o niña en la elaboración de material pornográfico (Ej: fotos, películas).
Estas situaciones se pueden dar ya sea en forma conjunta, sólo una de ellas, o varias. Pueden ser efectuadas en
un episodio único, en repetidas ocasiones o hasta en forma crónica por muchos años.
INDICADORES FISICOS
Algunos indicadores físicos que nos pueden llevar a sospechar de un posible abuso sexual son:
 Dolor o molestias o picazón en el área genital
 Contusión o sangrado en los genitales externos, zona vaginal, anal
 Ano o vagina dilatados, enrojecidos, con desgarros
 Semen en la ropa o en la boca
 Dificultad para caminar o sentarse
 Infecciones urinarias frecuentes
 Cuerpos extraños en año y vagina
 Retroceso en el proceso de control de esfínteres, es decir, se orinan (enuresis) y, o defecan
(encopresis)
 Comportamiento sexual inapropiado para su edad, tales como: Masturbación compulsiva,
promiscuidad sexual, exacerbación en conductas de carácter sexual
 Se visten con varias capas de ropa o se acuestan vestidos
 Ropa interior rasgada o manchada
INDICADORES EMOCIONALES, PSICOLOGICOS Y CONDUCTUALES
Algunos indicadores emocionales, psicológicos y conductuales que nos pueden llevar a sospechar de un posible
abuso sexual:
 Parece reservado/a, presenta conductas infantiles y de rechazo, incluso puede parecer retrasado/a
 Escasa relación con los compañeros/as
 No quiere cambiarse de ropa
 Manifiesta conductas o conocimientos sexuales genitales inadecuados o inusuales
 Relata alguna experiencia en que ha sido agredido/a sexualmente por alguien
 Terrores nocturnos (miedos, fobias)
 Involucramiento en juegos sexuales (exposición de los genitales, desnudarse, desnudar a otros, besos
sexualizados, imitación de conductas sexuales)
 Tentativas de coito, contacto genital. Masturbación repetitiva y/o con objetos. Introducción de dedos
en la vagina y ano
 Reacción emocional alterada al ser consultados sobre sus genitales
 Cambios en el rendimiento escolar
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












Hiperactividad
Dificultad para establecer límites relacionales , tales como desconfianza o excesiva confianza
Huidas del hogar
Retroceso en el lenguaje
Trastornos del sueño
Desordenes en la alimentación
Autoestima disminuida
Trastornos somáticos (dolor de cabeza y/o abdominal, desmayos)
Ansiedad, inestabilidad emocional
Sentimientos de culpa
Agresión
Conflictos familiares
Intentos de suicidio o ideas suicidas
CONSECUENCIAS DEL ABUSO SEXUAL
Los niños y niñas que son víctimas de Abuso Sexual sufren múltiples consecuencias. Estas consecuencias
pueden variar de un niño a otro, dependiendo de sus propias características.
No obstante, el cuadro que se expone a continuación resume algunas de las principales:
CONSECUENCIAS EMOCIONALES
CONSECUENCIAS COGNITIVAS
CONSECUENCIAS
CONDUCTUALES
A Corto Plazo o en Período Inicial a la Agresión
Sentimientos de tristeza y desamparo
· Cambios bruscos de estado de ánimo
Irritabilidad
Rebeldía
Temores diversos
Vergüenza y culpa
Ansiedad
Baja en rendimiento escolar
Dificultades de atención y concentración
Desmotivación por tareas escolares
Desmotivación general
Conductas agresivas
Rechazo a figuras adultas
Marginación
Hostilidad hacia el agresor
Temor al agresor
Embarazo precoz
Enfermedades de Transmisión Sexual
A Mediano Plazo
Depresión enmascarada o manifiesta
Trastornos ansiosos
Trastornos de sueño: terrores nocturnos,
insomnio
Trastornos alimenticios: anorexia,
bulimia, obesidad.
Distorsión de desarrollo sexual
Temor a expresión sexual
Intentos de suicidio o
ideas suicidas
Repitencias escolares
Trastornos del aprendizaje
Fugas del Hogar
Deserción escolar
Ingestión de drogas y alcohol
Inserción en actividades delictuales
Interés excesivo por juegos sexuales
Masturbación compulsiva
Embarazo precoz
Enfermedades de
transmisión sexual
A largo plazo
Disfunciones sexuales
Baja autoestima y pobre autoconcepto
Estigmatización: sentirse diferente a los demás
Depresión
Trastornos emocionales diversos
Fracaso escolar
Prostitución
Promiscuidad sexual
Alcoholismo
Drogadicción
Delincuencia
Inadaptación social
Relaciones familiares
Conflictivas
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EL ABUSO Y LA DENUNCIA
Un niño o niña, rara vez puede inventar un abuso sexual o una violación, simplemente porque la realidad es
siempre más monstruosa de lo que su imaginación logra crear, o lo que pudiera ver en televisión. Su sexualidad
aún inmadura, y su inexistente vida sexual, le impide detallar actividades de ese carácter, salvo que las haya
experimentado o presenciado.
Por tanto, ante la interrogante si creerle o no a un niño, niña o adolescente que es víctima de abuso sexual o
de cualquier otra forma de violencia en su contra, la respuesta es sí.
La denuncia sobre abuso sexual contra niñ@s y adolescentes puede efectuarla la víctima, sus padres, el adulto
que la tenga bajo su cuidado (representante legal) o cualquier persona que se entere del hecho. Ver Guía
Educativa, prevención del abuso sexual a niños y niñas, del Ministerio de Justicia (documento anexo a este
documento).
En relación a la obligación de denunciar hechos con características de maltrato infantil o cualquier otro delito,
cabe destacar que tanto la Ley de Menores como el Código Procesal Penal y el Estatuto Administrativo,
establecen la obligación para los funcionarios/as públicos, directores/as de establecimientos educacionales
públicos o privados y profesores/as, de denunciar estos hechos.
- Dicha obligación debe ser cumplida dentro de las 24 horas siguientes a las que se tuvo conocimiento
de los hechos, sancionándose su incumplimiento en el Artículo 177 del Código Procesal Penal en
relación con el Artículo 494 del Código Penal, con la pena de multa de 1 a 4 UTM.
- Por su parte, la Ley Nº19.968 que crea los Tribunales de Familia plantea que será este tribunal el que
abordará los hechos en los cuales aparezcan vulnerados los derechos de los niños y niñas, así como
también las causas relativas a maltrato infantil, no constitutivos de delito.
La denuncia puede realizarse indistintamente en Carabineros de Chile, en la Comisaría más cercana al domicilio
del menor o del colegio, o en la Policía de Investigaciones de Chile. Ambas instituciones serán las encargadas
de derivar esa información al Ministerio Público, a través de su Fiscalía Local, la que deberá ordenar la
investigación de los hechos denunciados.
También se puede concurrir personalmente a la Fiscalía a realizar la denuncia. Es probable que después de
realizada la denuncia, se solicite la cooperación de la comunidad educativa en el esclarecimiento de ciertos
hechos, en calidad de testigos, ello implica por tanto que el colegio debe tomar las medidas que faciliten la
participación de profesores, directivos y cualquier persona citada por la Fiscalía para que aporte son su
testimonio.
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PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO EN CASO DE SOSPECHA O CERTEZA DE ABUSO SEXUAL, VIOLACIÓN O
MALTRATO FÍSICO O PSICOLOGICO
SITUACIÓN 1:
ABUSO SEXUAL, VIOLACIÓN, MALTRATO FÍSICO O PSICOLÓGICO A UN ESTUDIANTE POR PARTE DE UNA
PERSONA EXTERNA AL COLEGIO
Si un niño le relata a un profesor o a un asistente de la educación haber sido abusado, violado o maltratado por
un familiar o persona externa al colegio, o si el educador/a sospecha que su alumno/a está siendo víctima de
maltrato:
PASO 1. Mantener la Entrevista (relato)
Características de la entrevista
• Realizar la entrevista en un lugar privado y tranquilo.
• Informarle que la conversación será privada y personal.
• Darle todo el tiempo que sea necesario.
• Demostrarle que lo comprende y que lo toma en serio.
• Si el profesor no entiende alguna palabra pedirle que se le aclare.
• No hacer preguntas tales como ¿Han abusado de ti?, ¿Te han violado?...
• No presionarlo para que conteste preguntas o dudas.
• No criticar, no juzgar, ni demostrar desaprobación tanto del niño como del agresor.
• No sugerir respuestas.
• No obligarlo a mostrar sus lesiones o quitarse la ropa.
• Actuar serenamente, lo importante es CONTENER.
• NO solicitar detalles excesivos (evitar re-victimización)
• Reafirmarle que no es culpable de la situación.
• Ofrecerle colaboración y ASEGURARLE que será ayudado por otras personas.
PASO 2. Derivación Interna
 Se deriva inmediatamente a Dirección y Orientación, quienes determinarán si procede llevar a cabo el
protocolo de procedimiento o bien realizar un acompañamiento y seguimiento.
 En caso de no proceder con el protocolo, debido a que se descarta sospecha o certeza de abuso
sexual, violación o maltrato, los pasos a seguir son:
- Citar a los padres para comunicarle la situación de su hijo/a.
- Analizar posible derivación a especialista externo.
- Realizar acompañamiento y seguimiento por parte de Profesor Jefe y Área de Orientación.
 En caso de continuar con sospecha o alumno relata un hecho abusivo se avanza al paso 3.
26
PASO 3. Citación a adulto responsable, NO involucrando al posible victimario .
 Se cita a un adulto responsable para comunicarle la situación ocurrida con el adulto.
 Se le informa que es responsabilidad de él/ella hacer la denuncia en Carabineros, Fiscalía, Policía de
Investigaciones (PDI) ó Servicio Médico Legal (SML) en caso de violación, no obstante la Dirección le
ofrece al adulto poder acompañarlos en ese mismo momento a realizar la denuncia.
 En caso de querer ir ellos solos, se les da plazo hasta la mañana del día siguiente (8:00 am), para
demostrar que realizó la denuncia. Se le explica al adulto que en caso de no querer proceder o de no
certificar la denuncia, el colegio procederá a realizarla.
PASO 4. Si no se lleva a cabo la denuncia por parte del adulto responsable:
 Dirección se dirige a hacer la denuncia a la autoridad formal: Carabineros de Putaendo, Juzgado de
Letras, Garantía y Familia de Putaendo, Hospital de Putaendo y/o PDI San Felipe.
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En caso de sospecha que el posible victimario/a sea el cuidador/a de la víctima, se denunciará directamente a Carabineros.
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SITUACIÓN 2
ABUSO SEXUAL, DE VIOLACIÓN, MALTRATO FÍSICO O PSICOLÓGICO A UN ALUMNO POR PARTE DE OTRO
ALUMNO
Si un niño le relata a un profesor o a un asistente de la educación haber sido abusado o violado por un alumno
del mismo establecimiento educacional, o si el mismo profesor sospecha que su alumno está siendo víctima de
maltrato por otro alumno:
PASO 1. Tipo de Entrevista que debe entablar el profesor con el alumno
 Realizar la entrevista en un lugar privado y tranquilo.
 Informarle que la conversación será privada y personal.
 Darle todo el tiempo que sea necesario.
 Demostrarle que lo comprende y que lo toma en serio.
 Si el profesor no entiende alguna palabra pedirle que se le aclare.
 No presionarlo para que conteste preguntas o dudas.
 No criticar, no juzgar, ni demostrar desaprobación tanto del niño como del agresor.
 No sugerir respuestas.
 No obligarlo a mostrar sus lesiones o quitarse la ropa.
 Actuar serenamente, lo importante es CONTENER.
 NO solicitar detalles excesivos.
 Reafirmarle que no es culpable de la situación.
 Ofrecerle colaboración y ASEGURARLE que será ayudado por otras personas.
PASO 2. Derivación Interna
 Se deriva inmediatamente a la Dirección y Orientación quienes determinarán si procede llevar a cabo
el protocolo o bien realizar un acompañamiento y seguimiento.
 En caso de no proceder con el protocolo, debido a que se descarta sospecha o certeza de abuso
sexual, violación o algún tipo de maltrato:
- Se cita a los padres para comunicarle la situación de su hijo.
- Se analiza posible derivación a especialista externo.
- Se realiza acompañamiento y seguimiento por parte de Profesor Jefe y Orientación.
 En caso de continuar con sospecha o alumno relata un acto abusivo se sigue con paso 3.
PASO 3: Citación de partes involucradas
 Se cita a los padres de la víctima y del victimario por separado para comunicarle la situación ocurrida
con el/los estudiantes.
 Se informa a los padres de la víctima que es responsabilidad de ellos hacer la denuncia en Carabineros,
Fiscalía, PDI o SML. Se les ofrece acompañarlos a realizar la denuncia.
 En caso de negarse se les informa que el colegio llevará a cabo la denuncia.
 Se les da plazo hasta la mañana del día siguiente (8:00 am) para demostrar que se realizó la denuncia.
Si no certifican la denuncia, la Dirección procede a hacer la denuncia.
 Se solicita terapia reparatoria para ambos casos (en caso que Fiscalía no actúe inmediatamente).
 Si no se realiza terapia reparatoria tanto a la víctima como al victimario, denunciar a Fiscalía para que
ellos realicen seguimiento de los casos.
Respecto a la víctima, en el Colegio:
 Mantener relación de ayuda, académica y personal.
Respecto al victimario/a en el Colegio:
 Aplicar Manual de Convivencia y cancelar matrícula por faltas graves constitutivas de delito
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SITUACIÓN 3
ABUSO SEXUAL, DE VIOLACIÓN, MALTRATO FÍSICO O PSICOLÓGICO A UN ALUMNO POR PARTE DE UN
DOCENTE O ASISTENTE DE LA EDUCACION DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL
Si un niño le relata a un profesor o a un asistente de la educación haber sido abusado, violado o maltratado por
un profesor u otro funcionario del establecimiento educacional, o si existe sospecha de lo mismo:
PASO 1. Tipo de Entrevista que debe entablar el profesor con el alumno
• Realizar la entrevista en un lugar privado y tranquilo.
• Informarle que la conversación será privada y personal.
• Darle todo el tiempo que sea necesario.
• Demostrarle que lo comprende y que lo toma en serio.
• Si el profesor no entiende alguna palabra pedirle que se le aclare.
• No presionarlo para que conteste preguntas o dudas.
• No criticar, no juzgar, ni demostrar desaprobación tanto del niño como del agresor.
• No sugerir respuestas.
• No obligarlo a mostrar sus lesiones o quitarse la ropa.
• Actuar serenamente, lo importante es CONTENER.
• NO solicitar detalles excesivos.
• Reafirmarle que no es culpable de la situación.
• No defender al posible agresor.
PASO 2. Derivación Interna
• Se deriva inmediatamente a la Dirección y Orientación
• La Dirección y Orientación entrevistan al docente o asistente en cuestión
• Profesor Jefe y Orientación entrevistan al alumno o alumna involucrado
• Si se descarta violación, abuso sexual o algún tipo de maltrato, no se procede con el protocolo:
- Se cita a los padres para comunicarle la situación de su hijo.
- Se analiza posible derivación a especialista externo.
- Se realiza acompañamiento y seguimiento por parte de Profesor Jefe y Orientación
• En caso de continuar con sospecha o alumno reitera relato de un acto abusivo se avanza a paso 3.
PASO 3. Citación a padres de la víctima para explicar la situación ocurrida.
1. El colegio realiza la denuncia el mismo día a Carabineros, PDI, Fiscalía. Si hay caso de violación se lleva
al niño a SML para realizar los peritajes correspondientes.
2. Se retira inmediatamente al funcionario/a de sus funciones laborales.
3. Se denuncia al profesor al MINEDUC a través de las siguientes vías:
www.ayudamineduc.cl
- Secreduc, ubicado en San Martín 642. Santiago
- Deprov San Felipe Los Andes.
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III. PROGRAMA PREVENTIVO EN ABUSO SEXUAL INFANTIL
(Base: Guía básica de prevención del abuso infantil / ONG Paicabi)
Cuando hablamos de prevención en Abuso Sexual Infantil, subentendemos que tras esta realidad existen por
una parte distintas condiciones de riesgo que favorecen la emergencia y mantención de este flagelo social, y
por otra una serie de condiciones protectoras que de ser incorporadas en diversas acciones y/o estrategias,
contribuirían a la disminución de la incidencia y prevalencia de este problema en la comunidad.
A partir del análisis de la complejidad multifactorial que integra el Abuso Sexual Infantil, es posible precisar tres
ejes o lineamientos temáticos que cruzan este fenómeno y que son susceptibles de abordar a través de
estrategias preventivas.
Dichos lineamientos temáticos serían:
 EJE 1: ABUSO SEXUAL INFANTIL
 EJE 2: EDUCACIÓN SEXUAL INFANTIL
 EJE 3: AUTOCUIDADO EN NIÑOS Y NIÑAS
Estos tres ejes temáticos participan en la fenomenología del Abuso Sexual Infantil; no obstante constituyen en
sí mismos áreas de contenidos específicos a trabajar con los distintos grupos a los cuales podría ir dirigida una
estrategia preventiva, considerando diversos niveles de profundidad, de acuerdo a los objetivos programáticos
que se quieran abordar.
EJE 1: ABUSO SEXUAL INFANTIL
El objetivo básico de este eje temático materializado en alguna estrategia preventiva, es sensibilizar al grupo
respecto al problema y favorecer la detección precoz de eventuales casos de Abuso Sexual, así como facilitar la
movilización de las primeras acciones de enfrentamiento.
Esta área temática abarca las dimensiones descriptivas, sociales, psicológicas y legales, que involucra el
fenómeno del Abuso Sexual Infantil, necesarias de considerar para propiciar un acercamiento del grupo al cual
está dirigido el programa preventivo, a este problema.
Los contenidos específicos que debieran estar incluidos serían:
a) Definiciones de Abuso Sexual Infantil
b) Tipología del Abuso Sexual Infantil
c) Indicadores que favorezcan la detección del Abuso Sexual Infantil
d) Consecuencias en las víctimas
e) Marco Legal del Abuso Sexual Infantil
f) Acciones básicas de enfrentamiento de casos
EJE 2: EDUCACION SEXUAL INFANTIL
El objetivo fundamental de este eje temático es integrar en los procesos de aprendizaje del niño o niña el
conocimiento y familiarización con su propia identidad corporal. Procura favorecer el contacto del niño o niña
con sus vivencias y esquema corporal.
Este eje temático considera la formación en desarrollo sexual infantil, enmarcado en el respeto a la
corporalidad individual y la visualización de la sexualidad como una parte fundamental del desarrollo humano
integrada como parte del proceso de aprendizaje afectivo.
Incluye los siguientes contenidos específicos:
a) Identidad básica
b) Diferenciación sexual básica
c) Roles asociados a las diferencias sexuales
d) Desarrollo sexual
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EJE 3: AUTOCUIDADO EN NIÑOS Y NIÑAS
Su objetivo es favorecer en el niño o niña la identificación de situaciones de amenaza o vulneración personal, y
el desarrollo de estrategias conductuales efectivas de seguridad y protección.
Considera la formación y fortalecimiento de herramientas de autoprotección en los niños y niñas en su
contexto evolutivo. Implica el reconocimiento y desarrollo de las habilidades necesarias para enfrentar
situaciones de amenaza o peligro y su diferenciación de experiencias de confianza y seguridad personal.
Se incluyen los siguientes contenidos:
a) Cuidado Personal
b) Identificación de situaciones de amenaza personal
c) Pautas conductuales de autoprotección
IV. OTROS COMPORTAMIENTOS PREVENTIVOS PARA EVITAR ABUSOS Y MALTRATOS
Higiene de Preescolares, Básica y casos especiales
 En el caso de niños pequeños de preescolar y básica - y otros casos especiales- el Colegio espera que al
iniciar su primer año escolar hayan logrado controlar esfínteres y vengan con la conducta aprendida
de “avisar” para ir al baño.
 En caso de necesidad de ser ayudados en su limpieza genital, serán acompañados por dos adultos,
docentes y/o auxiliares de la educación, uno colaborará con el niño en su limpieza y el otro velará
porque no se produzcan conductas abusivas.
Salidas del Colegio
 Cuando se realicen salidas o giras fuera del colegio, que implique pernoctar, bajo ninguna
circunstancia un adulto puede dormir con un adolescente o niño en la misa habitación o carpa.
 En cualquier lugar donde se aloje se debe tener piezas o carpas separadas para hombre y mujeres. Los
alumnos no podrán entrar a la pieza de las alumnas, y así vice/versa.
 En actividades donde se pasa la noche, se separarán hombres de mujeres y nunca dormirá un adulto
solo con un grupo de menores.
 En las salidas si un profesor necesita conversar con un alumno/a, deberán mantenerse en un lugar
visible para el resto del grupo.
Entrevistas o reuniones privadas con alumnos o alumnas
• Cuando un profesor/a tenga una entrevista privada con un alumno/a se deben privilegiar los lugares
abiertos; como los patios del colegio, canchas etc… Si fuese necesario que la reunión se lleve dentro
de una oficina o sala, esta debe privilegiar la visibilidad hacia adentro.
• Los lugares de atención de menores deberán ser lo suficientemente transparentes de modo que
siempre sea posible ver desde fuera lo que sucede en ese lugar.
Baños y Camarines
• Dentro de los baños y camarines del colegio debe mantenerse la mayor privacidad posible; se
recomienda que los alumnos al tener que desnudarse para proceder a ducharse, ingresen cubiertos
con una toalla a las duchas, se sequen dentro de éstas y salgan cubiertos nuevamente con la misma.
• No se permitirá bajo ninguna circunstancia, que los alumnos/as sean tocados, insultados, denigrados
con comentarios, o que se burlen de la anatomía de los compañeros o compañeras.
• Es responsabilidad de los auxiliares de patio y del profesor de educación física velar por el correcto uso
de los camarines del colegio, lo mismo que permanecer cerca del sector de las duchas de manera de
poder escuchar lo que sucede dentro del baño y estar atento a corregir situaciones que ahí se
presenten.
• Ningún profesor puede entrar al baño de mujeres ni una profesora al baño de hombres. Al menos que
se presente una situación de riesgo inminente que requiera de la presencia de un adulto.
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•
El uso de los baños y camarines de alumnos está prohibido para personas externas del colegio y
tampoco podrán ser utilizados por adultos.
Sobre la relación de los docentes con los alumnos/as
Se debe respetar la condición de niños y adolescentes de nuestros estudiantes, es por esto que siempre hay
que cuidar de ellos en forma integral (físico, emocional, social y cognitivo).
• Nuestro Colegio se caracteriza por tener una relación muy cordial y cercana con nuestros alumnos y
alumnas, por lo que acostumbramos a tratarnos de manera muy familiar. Es por este motivo que se
debe tener un cuidado especial con las excesivas muestras de afecto.
Cualquier infracción donde un adulto utilizando su condición de poder, persuada a un alumno o
alumna para que realice conductas inapropiadas con respecto a su físico o al de los demás, será
considerado una falta gravísima y se aplicará todo el rigor que estipulan las normas de convivencia del
colegio y la ley.
• Cualquier agresión física o verbal a un alumno o alumna será considerado un acto grave.
• La normativa respecto de los estudiantes, entre sí, está establecida en el Manual de Convivencia del
Colegio.
Taller de Prevención
Una vez formalizadas estas normas, la institución se compromete a realizar un taller de formación para la
prevención de abusos con la comunidad educativa, principalmente con quienes tienen acceso a niñ@s y
adolescentes. Este taller se repetirá cada año, al menos para los integrantes nuevos.
Documentos anexos:
Forman parte de este protocolo, a modo de fundamento y guía de educativa, la siguiente bibliografía:
 Guía básica de prevención del abuso infantil / ONG Paicabi.
Psicóloga Valeria Arredondo Ossandon. Julio 2002.
 Protocolo. Detección e intervención en situaciones de maltrato infantil
JUNJI 2009.
 Guía educativa. Prevención del abuso sexual a niños y niñas
Ministerio de Justicia – Gobierno de Chile.
V. GLOSARIO
Siendo un tipo de maltrato, el Abuso Sexual Infantil habitualmente es empleado para referirse a las
conductas de agresión sexual hacia niños, niñas y adolescentes, siendo esta designación genérica, ya que en
términos formales en la legislación chilena se considera las características de las conductas sancionadas, la
edad y otras circunstancias concurrentes en la víctima.
Al referirse a delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes, se recomienda utilizar de forma precisa
los términos empleados para cada delito, ya que eso tiene incidencia en la valoración de los hechos y las
circunstancias que integran la realidad psicosocial de la víctima.
Ante la Ley, los delitos sexuales contra menores se clasifican del siguiente modo:
VIOLACION
Acto por el cual un adulto accede carnalmente a una persona menor de catorce años, ya sea por vía vaginal,
anal o bucal, sin su consentimiento. También es violación si la víctima es mayor de 14 años, y el agresor hace
uso de la fuerza o intimidación; aprovechándose de que su encuentra privada de sentido o es incapaz de
oponer resistencia. Asimismo, será violación si la introducción se realiza en una persona con trastorno o
enajenación mental.
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ESTUPRO
Acto por el que un adulto accede carnalmente a un mayor de catorce años pero menor de dieciocho, ya sea por
vía vaginal, anal o bucal, quien presta su consentimiento, sin embargo, dicho consentimiento se encuentra
viciado pues se abusa de una anomalía/perturbación mental de menor entidad e incluso transitoria; o existe
una relación de dependencia como en los casos que el agresor está encargado de su custodia, educación
cuidado o tiene una relación laboral con la víctima; o bien se aprovecha de grave desamparo; o de la ignorancia
sexual de ésta.
ABUSO SEXUAL PROPIO
Es una acción que tiene un sentido sexual, pero no una relación sexual, y la realiza un hombre o mujer hacia
un niño o una niña. Generalmente consiste en tocaciones del agresor (a) hacia el niño o niña o, de éstos al
agresor(a) inducidas por el mismo(a).
ABUSO SEXUAL IMPROPIO
Es la exposición a niños y niñas de hechos de connotación sexual, tales como: exhibición de genitales,
realización del acto sexual, masturbación, sexualización verbal, exposición a la pornografía.
PRODUCCION DE PORNOGRAFIA INFANTIL
Participar en la elaboración de material pornográfico en el que participen menores de 18 años, cualquiera
que sea su soporte
FACILITACION DE LA PROSTITUCION INFANTIL
Promover o facilitar la prostitución de menores de 18 años.
CLIENTE DE PROSTITUCION INFANTIL
Obtener servicios sexuales voluntarios de menores de edad, pero mayores de catorce años a cambio de
dinero u otras prestaciones.
ALMACENAMIENTO DE MATERIAL PORNOGRAFICO
Almacenamiento de material pornográfico en el que hayan sido utilizados menores de 18 años, cualquiera
sea su soporte.
AGRESIONES DE CARÁCTER SEXUAL:
Las agresiones sexuales son definidas como cualquier tipo de actividad sexual, tales como: insinuaciones,
caricias, exhibicionismo, voyeurismo, masturbación, sexo oral, penetración oral o vaginal, exposición a
material pornográfico, explotación y comercio sexual infantil, entre otros, con un niño o niña en la cual el
agresor/a está en una posición de poder y el niño o niña se ve involucrado en actos sexuales que no es capaz
de comprender o detener. Las agresiones sexuales incluyen el abuso sexual, la violación, etc.
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ANEXO N° 4
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD
ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL
COLEGIO CERVANTINO
Confeccionado de acuerdo a:
Ley N° 16,744 (accidentes del trabajo y enfermedades profesionales)
PREÁMBULO
Se pone en conocimiento de los Trabajadores del Establecimiento Educacional el presente Reglamento de Normas
de Prevención de Riesgos de acuerdo a lo requerido por el artículo N°67 de la Ley N°16.744, D.F.L. N°1 en su
artículo N°150 y Ley N°19.070, artículos N°s 41 y 56. Las normas de Prevención de Riesgos que contiene el
presente Reglamento se establecen con el fin de prevenir riesgos de Accidentes y Enfermedades Profesionales
que puedan afectar a los trabajadores del Colegio, a su vez de ser útil en el control de accidentes de los escolares,
contribuyendo de esta manera a la seguridad del Establecimiento Educacional.
La Prevención de Riesgos en el Establecimiento Educacional requiere que esta gestión sea efectuada por toda la
Comunidad Escolar; debiendo existir una colaboración y responsabilidad, con el fin de evitar las consecuencias de
los accidentes a las personas.
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:
a) TRABAJADOR: Toda persona, que en cualquier carácter preste
servicios a la empresa por los cuales
reciba remuneración.
b) JEFE INMEDIATO: La persona que está a cargo del trabajo que se desarrolla, tales como Director,
Subdirector, Inspectores Generales, Jefe UTP, etc. En aquellos casos en que dos o más personas revistan
esta categoría, se entenderá por Jefe Inmediato al de mayor jerarquía.
c) ENTIDAD EMPLEADORA: Es la que contrata los servicios del trabajador. En el área Privada puede ser el
Establecimiento Educacional o Corporación Privada; en el sector Municipal, puede ser el propio municipio
o las Corporaciones creadas por éste.
d) RIESGO PROFESIONAL: Los riesgos a que está expuesto el trabajador y que puedan provocarle un
accidente o una enfermedad profesional, definido expresamente en los artículos Quinto y Séptimo de la
Ley N°16.744.
e) EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL: El elemento o conjunto de elementos que permita al trabajador
actuar en contacto directo con una sustancia o medio hostil, sin deterioro para su integridad física.
f) ACCIDENTE DEL TRABAJO: Es toda lesión que sufra el trabajador a causa o con ocasión de su trabajo, que
le produzca una incapacidad o la muerte.
g) ACCIDENTE DEL TRAYECTO: Es el que ocurre en el trayecto directo de ida o regreso entre la casa
habitación del trabajador y el lugar de trabajo. Se considera no tan solo el viaje directo, sino también el
tiempo transcurrido entre el accidente y la hora de entrada o salida del trabajo.La circunstancia de haber
ocurrido el accidente en el trayecto directo deberá ser acreditada ante el respectivo Organismo
Administrador mediante el parte de Carabineros u otros medios igualmente fehacientes.
h) ORGANISMO ADMINISTRADOR DEL SEGURO: Son aquellas entidades que por ley están facultadas para
otorgar las prestaciones que estable la Ley N°16.744, estas pueden ser el Servicio Nacional de Salud, las
mutualidades y todos los organismos de previsión social a que se encuentren afiliados los trabajadores y
en cuyas leyes orgánicas o estatutos se contemple el pago de pensiones. Para el establecimiento el
administrador del seguro es la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS).
i) COMITE PARITARIO: El grupo de tres representantes patronales y de tres laborales destinado a
preocuparse de los problemas de seguridad e higiene industrial, en conformidad con el D.S. Nº54 del
Ministerio del Trabajo, modificado por el Decreto Nº 186 del mismo Ministerio, de fechas 11 de marzo y
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30 de agosto de 1979, y Decreto Nº 30 del 13.08.88, respectivamente, y cuya actuación está
reglamentada en este documento.
j) NORMAS DE SEGURIDAD: El conjunto de reglas obligatorias emanadas de este Reglamento, del Comité
Paritario y/o del Organismo Administrador.
k) DE LAS LICENCIAS.
Por licencias se entienden los períodos en que, por razones previstas y protegidas por la Ley, el
trabajador sin dejar de pertenecer al Establecimiento interrumpe su relación contractual con esta. Son
aquellas que se indican en los siguientes puntos:




LICENCIAS POR ENFERMEDAD: El trabajador enfermo que estuviera imposibilitado para asistir a su
trabajo, dará el aviso respectivo dentro del mismo día en que este hecho ocurra, a su Jefe Directo por
sí o por intermedio de una tercera persona responsable.
Además del aviso, el trabajador enfermo deberá certificar la veracidad de lo comunicado mediante
Licencia médica, la que deberá ser presentada dentro de los 2 días hábiles siguientes al inicio del
reposo.
El establecimiento podrá cerciorarse de la existencia de la enfermedad y asesorarse por un médico
cirujano sí así fuere necesario.
LICENCIA POR ACCIDENTES DEL TRABAJO: Cuando un trabajador sufra un accidente en horario de
trabajo, deberá comunicarlo de inmediato a su Jefe Directo para que adopte las medidas del caso.
Asimismo, el trabajador deberá informar al Jefe Directo cuando sufra algún accidente en el trayecto de
ida o regreso entre el lugar de trabajo y su domicilio.

-
-
LICENCIA POR MATERNIDAD:
Las trabajadoras del establecimiento tendrán derecho a un
descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas después de él.
El padre tendrá derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo, el que
podrá utilizar a su elección desde el momento del parto y en este caso será de días corridos, o distribuirlo
dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento. Este permiso también se otorgará al padre que se le
conceda la adopción de un hijo, contando desde la respectiva sentencia definitiva. Este derecho es
irrenunciable.
Durante el período de descanso queda prohibido el trabajo a las mujeres embarazadas y puérperas.
Para hacer uso del descanso de maternidad, la trabajadora deberá presentar al establecimiento la
correspondiente Licencia médica. De la misma forma, deberá presentar Licencia médica sí se enfermase
durante el embarazo o el período puerperal, como consecuencia de estos estados. La trabajadora que se
encuentre haciendo uso del descanso de maternidad o de descansos suplementarios y de plazo ampliado
previsto en la ley, recibirá de la entidad provisional correspondiente un subsidio por el monto y en las
condiciones que la ley determina. La trabajadora tendrá derecho a permiso y al subsidio correspondiente,
cuando la salud de un hijo menor de un año, que sufre de enfermedad grave, requiera de su atención en el
hogar, circunstancia que deberá ser acreditada mediante Licencia médica otorgada o ratificada por los
servicios que tengan a su cargo la atención médica de los menores.
TITULO II
DE LAS OBLIGACIONES
Los trabajadores y Establecimientos Educacionales, deben considerar algunas obligaciones de
Prevención de Riesgos, como las siguientes:
1)
La Dirección Superior del Establecimiento Educacional, se preocupará de mantener las condiciones de
seguridad que permitan evitar la ocurrencia de accidentes, asignando responsabilidades a los diferentes niveles
de organización.
2)
Todos los trabajadores deben tomar conocimiento de las normas de Prevención de Riesgos y ponerlas
en práctica.
3)
Es obligación de todos los trabajadores cooperar en el mantenimiento y buen estado del
Establecimiento Educacional, las máquinas, equipos, herramientas e instalaciones en general.
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4)
Los trabajadores deben conocer el plan de emergencia y evacuación del Establecimiento Educacional y
cumplir con las responsabilidades asignadas.
5)
Los trabajadores deben informar a su Jefatura Directa de cualquier situación, que a su juicio represente
riesgos de accidentes para los funcionarios o escolares del Establecimiento Educacional.
6)
Es responsabilidad de los trabajadores cuidar de la seguridad de los escolares dentro del recinto del
Establecimiento Educacional o fuera de éste, si los alumnos están a su cargo.
7)
Colaborar en la mantención, limpieza y orden del recinto en que trabaja, lugares que deberán
encontrarse permanentemente libres de cualquier objeto o líquido que pueda generar riesgos de una caída.
8)
Presentarse en el Establecimiento Educacional en condiciones físicas satisfactorias. En caso de sentirse
enfermo deberá comunicarlo a su Jefe Superior.
9)
Cooperar en las Investigaciones de Accidentes y en las Inspecciones de Seguridad, que lleve a cabo el
Comité Paritario, Departamento de Prevención, Monitores de Prevención o cualquier trabajador que haya sido
asignado para tal función.
10)
Participar en Cursos de Capacitación en Prevención de Riesgos, Primeros Auxilios, Prevención de Uso
de la Voz, Plan de Emergencia u otro, que la Dirección Superior del Establecimiento Educacional, lo considere
conveniente para las necesidades de los funcionarios, estudiantes y del Establecimiento Educacional. La
Dirección Superior del Establecimiento Educacional se preocupará de mantener programas de capacitación
sobre la materia.
11)
Dar cuenta de inmediato de cualquier accidente que le ocurra en el Establecimiento Educacional a su
Jefe Superior, como asimismo, comunicar de inmediato el accidente que le ocurra a un escolar.
12)
Dar cuenta lo más pronto posible de un malestar, debido a una posible enfermedad que tenga relación
con el trabajo.
13)
Los trabajadores, especialmente auxiliares de servicio y administración, deberán usar los
correspondientes elementos de protección personal que haga entrega el Establecimiento Educacional. En caso
de pérdida, deberá comunicar de inmediato a su Jefe Superior, para la posterior investigación y reposición.
14)
De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, la entidad empleadora está obligada a proteger a todo
su personal de los riesgos del trabajo, entregándole sin costo alguno para ellos, pero a su cargo y bajo su
responsabilidad, los equipos de protección personal. Estos equipos de protección NO podrán ser usados para
fines que no tengan relación con su trabajo.
15)
Los trabajadores deben conocer los conceptos básicos de Prevención y Control de Incendios la
ubicación de los equipos de extinción en el Establecimiento Educacional y la forma de empleo de los mismos.
16)
La Dirección del Establecimiento Educacional en conjunto con el Departamento de Prevención de
Riesgos, se preocupará de instruir a los trabajadores sobre el uso de extintores.
17)
Los trabajadores del Establecimiento Educacional antes de efectuar cualquier trabajo (reparaciones
eléctricas, trabajos en altura, reparaciones generales) deberán evaluar el riesgo que representa, solicitando
colaboración o informando al Departamento de Prevención de Riesgos para que analice la situación y tome las
medidas que esta requiera.
18)
El o los trabajadores que usen escalas deberán cerciorarse de que estén en buenas condiciones. No
deberán colocarse en ángulos peligrosos, ni afirmarse en suelos resbaladizos, cajones o tablones sueltos. Si no
es posible afirmar una escala en forma segura, deberá colaborar otro trabajador en sujetar la base. Las escalas
no deben pintarse y deberán mantenerse libre de grasas o aceites para evitar accidentes.
19)
El traslado de material que se efectúe en el Establecimiento Educacional, deberá hacerse con las debidas
precauciones, solicitándose ayuda si es necesario.
20)
Los trabajadores tiene prohibido subirse a sillas o bancos para alcanzar un objeto en altura, por existir
riesgos de caídas.
21)
Los trabajadores deben evitar correr por las escaleras y transitar por estas en forma apresurada y
distraída.
22)
Los trabajadores, especialmente los auxiliares y personal de mantención del Establecimiento
Educacional, deben tener sumo cuidado con el trabajo que efectúen en techumbre (plancha asbesto-cemento).
Este tipo de trabajo se debe evaluar previamente y tomar las medidas preventivas que se aconsejan para este
trabajo (consultar a Expertos en Prevención).
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23)
Los Establecimientos Educacionales deberán inspeccionarse por lo menos dos veces al mes, usándose
formularios para este tipo de trabajo, informándose a la Dirección Superior de las condiciones encontradas, que
pueden generar un accidente, con el objeto se tomen las medidas de Prevención de Riesgos que correspondan.
24)
Las vías de circulación interna y/o de evacuación deberán estar permanentemente señalizadas y
despejadas; prohibiéndose depositar en ellas elementos que puedan producir accidentes o alterar la salida de los
trabajadores o estudiantes en caso de un siniestro.
25)
El Establecimiento Educacional debe contar con zonas de seguridad preestablecidas, tanto interna como
externa, señalizadas de acuerdo a Circular del Ministerio de Educación N° 641.
26)
Los trabajadores deben comunicar al Jefe Superior de cualquier fuente de calor o de combustible que
esté fuera de norma y que pueda generar un incendio.
27)
Los afiches o cualquier material de motivación de Prevención de Riesgos no podrán ser destruidos, o
usados para otros fines.
28)
El Establecimiento Educacional debe contar con un plan de emergencia y de evacuación, elaborado de
acuerdo a sus necesidades y características y deberán efectuar prácticas periódicas del plan.
29)
Todo trabajador al ingresar al Establecimiento Educacional deberá llenar la ficha médica ocupacional,
colocando los datos que allí se soliciten, especialmente lo relacionado con los trabajos o actividades
desarrolladas con anterioridad.
30)
El Establecimiento Educacional debe contar con procedimientos claros para la atención de accidentes,
tanto de los trabajadores como de escolares.
31)
El Establecimiento Educacional velará para que se utilicen los medios adecuados, especialmente
mecánicos, a fin de evitar la manipulación manual habitual de las cargas.
Asimismo, el empleador procurará que el trabajador que se ocupe en la manipulación manual de las
cargas reciba una formación satisfactoria, respecto de los métodos de trabajo que debe utilizar, a fin de proteger
la salud.
Si la manipulación manual es inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse, no se permitirá que se
opere con cargas superiores a 50 kilogramos.
Los menores de 18 años y mujeres no podrán llevar, transportar, cargar arrastrar o empujar
manualmente y sin ayuda mecánica, cargas superiores a los 20 kilogramos.
TITULO III
PROHIBICIONES
Se prohíbe especialmente ejecutar las siguientes acciones:
1)
En ningún momento se debe permitir el ingreso al recinto del Establecimiento Educacional, de personas
no autorizadas para ello.
2)
Ingresar al lugar de trabajo o trabajar en cualquier estado de intemperancia, ni menos trabajar en esa
condición, prohibiéndose terminantemente entrar bebidas alcohólicas al establecimiento; beberlas o darlas a
beber a terceros.
3)
Fumar o encender fuegos en los lugares que se hayan señalados como prohibido.
4)
Realizar bromas que puedan generar accidentes.
5)
Permanecer en el Establecimiento Educacional después del horario normal de trabajo, sin la
autorización de su Jefe Superior.
6)
Negarse a proporcionar información en relación con determinadas condiciones de trabajo que puedan
ser causa de accidentes para los trabajadores o estudiantes.
7)
Romper, rayar, retirar o destruir avisos, afiches, instrucciones o reglamentos que tengan relación con
la Prevención de Riesgos.
8)
Negarse a participar en la práctica del Plan de Emergencia y Evacuación.
9)
No usar los correspondientes elementos de protección personal que se les haya entregado para su
seguridad, o hacer un mal uso de ellos.
10)
Efectuar reparaciones eléctricas o de otro tipo sin estar autorizado para ello.
11)
Sobrecargar las instalaciones eléctricas o efectuar su deterioro intencional.
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12)
Correr en el Establecimiento Educacional sin necesidad.
13)
Bajar las escaleras en forma despreocupada.
14)
Efectuar manejo de materiales sin pedir ayuda o en forma insegura.
15)
Efectuar trabajos en altura sin las correspondientes medidas de prevención.
16)
Permitir el ingreso de escolares a laboratorios científicos, talleres y otras instalaciones que involucren
riesgos especiales, sin la supervisión directa del o de los profesores responsables de esas dependencias, las
cuales deberán permanecer bajo llave cuando no estén en uso.
17)
Llenar estanques de estufas a parafina con el estanque caliente y dentro de salas u oficinas.
18)
Usar calzado inadecuado que pueda producir resbalones o torceduras.
19)
No denunciar en forma oportuna un accidente del trabajo o del trayecto.
20)
Negarse a participar en cursos de capacitación de Prevención de Riesgos.
21)
Negarse a someterse a los controles médicos necesarios para controlar el estado de salud, cuando se
han detectado riesgos de enfermedad profesional en el lugar de trabajo.
22)
Negarse a cumplir las normas de Prevención de Riesgos que determine la Dirección del
Establecimiento Educacional.
23)
Usar maquinarias, equipos o instalaciones, sin estar capacitado o autorizado para ello.
24)
Destruir o hacer un mal uso de los servicios higiénicos.
25)
Almacenar material combustible en áreas de alto riesgo de incendio.
26)
Realizar acciones que pongan en peligro la integridad física propia o de otros.
27)
No asearse debidamente después de usar agentes irritantes, que puedan producir dermatitis, tales
como: tiza, desengrasantes, etc.
Se prohíbe las operaciones de carga y descarga manual para mujeres embarazadas
28)
Las relaciones laborales deberán fundarse en un trato compatible con la dignidad de las personas. Es
contrario a ella, entre otras conductas, el acoso sexual, entendiéndose por tal el que una persona realice en
forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y
que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo. (Inciso agregado por el N°
1 letra a) del artículo 1° de la Ley N° 20.005)
El procedimiento al que se someterán y las medidas de resguardo y sanciones que se publicarán en
caso de denuncias de acoso sexual.
En el caso de las denuncias sobre acoso sexual, el empleador que, ante una denuncia del trabajador
afectado, cumpla íntegramente con el procedimiento establecido en el Título IV del Libro II, no estará afecto al
aumento señalado en la letra c) del inciso primero del artículo 168.
Las obligaciones y prohibiciones a que se hace referencia el número 5 de este artículo, y, en general,
toda medida de control, solo podrán efectuarse por medios idóneos y concordantes con la naturaleza de la
relación laboral y, en todo caso, su aplicación deberá ser general, garantizándose la impersonalidad de la
medida, para respetar la dignidad del trabajador. (Artículo modificado, como aparece en el texto, por el N°3 del
artículo 1° de la Ley N° 20.005).
TITULO IV
DE LAS SANCIONES Y RECLAMOS
1) El trabajador que contravenga las normas contenidas en este Reglamento o las instrucciones o
acuerdos del Comité Paritario, Departamento de Prevención de Riesgos y Organismo Administrador,
será sancionado con una multa de hasta el 25% del salario diario. Corresponderá al Establecimiento
Educacional fijar el monto de la multa dentro del límite señalado, para lo cual se tendrá en cuenta la
gravedad de la infracción.
Los fondos provenientes de las multas se destinarán a otorgar premios a los trabajadores del mismo
Establecimiento, previo el descuento del 10% para el fondo destinado a la rehabilitación de alcohólicos que
establece la Ley N° 16.744.
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2) Cuando se compruebe que un accidente o enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable
del trabajador, el Servicio de Salud respectivo, deberá aplicar una multa de acuerdo con el
procedimiento y sanciones dispuestos en el Código Sanitario. La condición de negligencia inexcusable,
será resuelta por el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, quien lo comunicará al Servicio de Salud
respectivo para los efectos pertinentes.
3) Las obligaciones, prohibiciones y sanciones señaladas en este Reglamento, deben entenderse
incorporadas a los contratos de trabajo individuales de todos los trabajadores.
4) Para todo lo que no está consultado en el presente Reglamento, tanto la Empresa, Comité Paritario y
trabajadores, se atendrán a lo dispuesto en la Ley N° 16.744 y en el D.F.L. N° 1.
5) Cuando al trabajador le sea aplicable la multa contemplada en el punto N°1 de este Título, podrá
reclamar de su aplicación de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 157 del Código del Trabajo, ante la
Inspección del Trabajo que corresponda.
TITULO V
DE LOS PROCEDIMIENTOS, RECURSOS Y RECLAMACIONES
1) Corresponderá exclusivamente al Servicio de Salud respectivo la declaración, evaluación, reevaluación y
revisión de las incapacidades provenientes de enfermedades profesionales y a la Asociación Chilena de
Seguridad la de los accidentes del trabajo (en el caso de Empresas adherentes a este Organismo
Administrador de la Ley N° 16.744).
Lo dispuesto en el inciso anterior se entenderá sin perjuicio de los pronunciamientos que pueda emitir al
Servicio de Salud respectivo sobre las demás incapacidades, como consecuencia del ejercicio de sus funciones
fiscalizadoras sobre los servicios médicos.
2) Los afiliados o sus derecho-habientes, así como también los Organismos Administradores, podrán
reclamar dentro del plazo de 90 días hábiles ante la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales, de las decisiones del Servicio de Salud respectivo o de las
Mutualidades recaídas en cuestiones de hecho que se refieran a materias de orden médico.
Las resoluciones de la Comisión serán apelables, en todo caso, ante la Superintendencia de Seguridad
Social dentro del plazo de 30 días hábiles, la que resolverá con competencia exclusiva sin ulterior recurso.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos precedentes, en contra de las demás resoluciones de los
Organismos Administradores podrán reclamar dentro del plazo de 90 días hábiles, directamente a la
Superintendencia de Seguridad Social.
Los plazos mencionados en este artículo, se contarán desde la notificación de la resolución, la que se
efectuará mediante carta certificada, por los otros medios que establezcan los respectivos reglamentos. Si se
hubiese notificado por carta certificada, el plazo se contará desde el tercer día de recibida la misma en el
Servicio de Correos.
El trabajador afectado por el rechazo de una Licencia o de un reposo médico por parte de los
organismos de los Servicios de Salud, de las Instituciones de Salud Previsional o de las Mutualidades
Empleadoras, basado en que la afección invocada tiene o no tiene origen profesional, según el caso, deberá
concurrir ante el organismo de régimen previsional a que esté afiliado, que no sea el que rechazó la licencia o el
reposo médico, el cual estará obligado a cursarla de inmediato y a otorgar las prestaciones médicas o
pecuniarias que corresponden sin perjuicio de los reclamos posteriores y reembolsos, si procedieren, que
establece este artículo.
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En la situación prevista en el inciso anterior, cualquier persona o entidad interesada podrá reclamar
directamente en la Superintendencia de Seguridad Social por el rechazo de la licencia o del reposo médico,
debiendo ésta resolver, con competencia exclusiva y sin ulterior recurso, sobre el carácter de la afección que
dio origen a ella, en el plazo de treinta días contados desde la recepción de los antecedentes que se requieran
o desde la fecha en que el trabajador afectado se hubiese sometido a los exámenes que disponga dicho
Organismo, si éstos fueren posteriores.
Si la Superintendencia de Seguridad Social resuelve que las prestaciones debieron otorgarse con cargo
a un régimen previsional diferente del que conforme al cual se proporcionaron, el Servicio de Salud, el Instituto
de Normalización Previsional, la Mutualidad de Empleadores, la Caja de Compensación de Asignación Familiar o
la Institución de Salud Provisional , según corresponda, deberán reembolsar el valor de aquellas al organismo
administrador de la entidad que las solventó, debiendo este último efectuar el requerimiento respectivo. En
dicho reembolso se deberá incluir la parte que debió financiar el trabajador en conformidad al régimen de
Salud Previsional a que esté afiliado.
El valor de las prestaciones que, conforme al inciso precedente, corresponda reembolsar se expresará
en unidades de fomento, según el valor de éstas en el momento de su otorgamiento, con más el interés
corriente para operaciones re - ajustables a que se refiere la Ley N° 18.010, desde dicho momento hasta la
fecha del requerimiento del respectivo reembolso, debiendo pagarse dentro del plazo de diez días, contados
desde el requerimiento, conforme al valor que dicha unidad tenga en el momento del pago efectivo. Si dicho
pago se efectúa con posterioridad al vencimiento del plazo señalado, las sumas adeudadas devengarán el 10 %
de interés anual, que se aplicará diariamente a contar del señalado requerimiento de pago.
En el evento de que las prestaciones hubieren sido otorgadas conforme a los regímenes de salud
dispuestos para las enfermedades comunes, y la Superintendencia de Seguridad Social resolviere que la
afección es de origen profesional, el Fondo Nacional de Salud, el Servicio de Salud o la Institución de Salud
Previsional que las proporcionó deberá devolver al trabajador la parte del Reembolso correspondiente al valor
de las prestaciones que éste hubiere solventado, conforme al régimen de Salud Previsional a que esté afiliado,
con los reajustes e intereses respectivos. El plazo para su pago será de diez días, contados desde que se efectuó
el reembolso. Si, por el contrario, la afección es calificada como común y las prestaciones hubieren sido
otorgadas como si su origen fuere profesional, el Servicio de Salud o la Institución de Salud Previsional que
efectuó el reembolso deberá cobrar a su afiliado la parte del valor de las prestaciones que a éste le
corresponde solventar, según el régimen de salud de que se trate, para lo cual sólo se considerará el valor de
aquéllas.
Para los efectos de los reembolsos dispuestos en los incisos precedentes, se considerará como valor de las
prestaciones médicas el equivalente al que la entidad que las otorgó cobra por ellas al proporcionarles a
particulares.
3.
La Comisión Médica de Reclamos, también es competente para conocer de reclamaciones en caso de
suspensión por los Organismos Administradores del pago de pensiones a quienes se nieguen a someterse
a los exámenes, controles o prescripciones que les sean ordenadas.
Los reclamos y apelaciones que deba conocer esa Comisión se interpondrán por escrito, ante esa
Comisión Médica o ante la Inspección del Trabajo. En este último caso, el Inspector del Trabajo enviará de
inmediato el reclamo o relación y demás antecedentes a la Comisión.
Se entenderá interpuesto el reclamo o recurso, a la fecha de la expedición de la carta certificada,
enviada a la Comisión Médica o Inspección del Trabajo, y si se ha entregado personalmente, a la fecha en que
conste que se ha recibido en las oficinas de la Comisión o a la Inspección referidas.
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4. Sin ulterior recurso:
a. De las actuaciones de la Comisión Médica de Reclamos y de los Organismos Administradores
de la Ley N° 16.744 en ejercicio de las facultades fiscalizadoras conferidas por esa misma Ley
y por la Ley N° 16.395.
b. De los recursos de apelación, que se interpusiesen en contra de las resoluciones que la
Comisión Médica dictare, en las materias de que conozca en primera instancia, de acuerdo
con lo señalado en el artículo 79 del D.S. 101 de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión
Social.
5. Los Organismos Administradores deberán notificar todas las resoluciones dicten mediante el envío de
copia de ellas al afectado, por medio de carta certificada. El sobre en que se entrega dicha resolución
se acompañará a la reclamación para los efectos del cómputo de plazos.
6. Aparte de las personas y entidades obligadas a denunciar los Accidentes del Trabajo o las
Enfermedades Profesionales que señala el artículo precedente, la denuncia podrá ser hecho por
cualquiera persona que haya tenido conocimiento de los hechos y ante el Organismo Administrador
que deba pagar el subsidio.
Cuando el Organismo Administrador no sea el Ministerio de Salud se deberá poner en conocimiento
de éste dicha circunstancia el último día hábil del mes en que dio de alta a la víctima con indicación de los datos
que dicho Ministerio indique.
7. La denuncia de un accidente del trabajo o de una enfermedad profesional se hará en un formulario
común a los Organismos Administradores, aprobado por el Ministerio de Salud y deberá ajustarse a las
siguientes normas:
a) Deberá ser efectuada y suscrita por las personas o entidades obligadas a ello en conformidad al punto 7
del presente Título.
b) La persona natural o la entidad Empleadora que formula la denuncia será responsable de la veracidad e
integridad de los hechos y circunstancias que se señalan en dicha denuncia.
c) La simulación de un accidente de trabajo o enfermedad profesional será sancionada con multa, de
acuerdo al artículo 80 de la Ley y hará responsable, además, al que formuló la denuncia del reintegro al
Organismo Administrador correspondiente de todas las cantidades pagadas por éste, por concepto de
presentaciones médicas o pecuniarias al supuesto accidente del trabajo o enfermedad profesional.
d) La denuncia que deberá hacer al médico tratante, acompañado de los antecedentes de que tome
conocimiento, dará lugar al pago de los subsidios que correspondan y servirá de base para comprobar la
efectividad del accidente o la existencia de la enfermedad profesional. Esta denuncia será hecha ante el
Organismo Administrador que deba pagar el subsidio.
8. Corresponderá al Organismo Administrador que haya recibido la denuncia del médico tratante,
sancionarla sin que este trámite pueda entrabar el pago del subsidio. La decisión formal de dicho
Organismo tendrá carácter de definitiva, sin perjuicio de las reclamaciones que puedan deducirse con
arreglo al párrafo segundo del Título VIII de la Ley Nº 16.744.
9. El médico tratante estará obligado a denunciar, cuando corresponda, en los términos del punto 9 de
este Título, en el mismo acto en que preste atención al accidentado o enfermo profesional.
Las demás denuncias deberán hacerse efectivas dentro de las 24 horas siguientes de acontecido el hecho.
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Reglamento Interno 2014
TITULO VI:
ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS
1) COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD: El Comité Paritario es un organismo de participación
conjunta y armónica entre la Empresa y los trabajadores, creado exclusivamente para que se analicen
los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales que tengan su origen en los lugares de trabajo, y
se adopten acuerdos, que razonablemente contribuyen a su eliminación o control.
Además, deben considerarse tres representantes de ambas partes en calidad de suplentes, (Artículo 1°,
Decreto N° 54 que reglamenta la Ley N° 16.744).
En toda Empresa, faena, sucursal o agencia, en que trabajen más de 25 personas, se deben organizar
Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, compuestos por representantes patronales y representantes de la
Empresa y tres titulares representantes de los trabajadores.
2) La designación o elección de los miembros integrantes de los Comités Paritarios se efectuará en la forma
que establece el Decreto N° 54 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, de fecha 21 de febrero de
1969 y sus modificaciones. Los Representantes patronales serán designados por la entidad empleadora,
debiendo ser preferentemente personas vinculadas a las actividades técnicas que se desarrollen en la
empresa, faena, sucursal o agencia.
Los Representantes de los trabajadores, se elegirán mediante votación secreta y directa. El voto será
escrito y en él se anotarán tantos nombres como personas deban elegirse para miembros titulares y suplentes.
Se considerarán elegidos como titulares aquellas que obtengan las tres más altas mayorías y como suplentes los
tres que los sigan en orden decreciente de sufragios.
3) Para ser elegido miembro representante de los trabajadores, se requiere:
a) Tener más de 18 años.
b) Saber leer y escribir.
c) Encontrarse actualmente trabajando en el respectivo Establecimiento Educacional y
haber pertenecido al mismo, un año como mínimo.
d) Acreditar haber asistido a un curso de orientación de Prevención de Riesgos Profesionales dictado por
los Servicios de Salud u otros Organismos Administradores del Seguro contra riesgos de accidentes del
trabajo y enfermedades profesionales, o prestar o haber prestado servicios en el Departamento de
Prevención de Riesgos Profesionales por lo menos durante un año.
4) Corresponderá al Inspector del Trabajo respectivo decidir, en caso de duda, si debe o no constituirse
Comité Paritario en un Establecimiento Educacional y/o sucursales o anexos.
Asimismo, este funcionario deberá resolver, sin ulterior recurso, cualquier reclamo o duda relacionada
con la designación o elección de los miembros del Comité Paritario.
5) Tanto la Empresa como los trabajadores, deberán colaborar con el Comité Paritario proporcionándole
las informaciones relacionadas con las funciones que les corresponda desempeñar.
6) Funciones de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad:
a. Indicar la adopción de todas las medidas de Higiene y Seguridad que sirvan para la Prevención de
Riesgos Profesionales.
b. Dar a conocer a los trabajadores de la Empresa, los riesgos que entraña sus labores, las medidas
preventivas y los métodos correctos del trabajo.
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Reglamento Interno 2014
c.
Vigilar el cumplimiento, tanto por parte de la Empresa, como de los trabajadores de las medidas
señaladas.
d. Asesorar e instruir a los trabajadores en la correcta utilización de los elementos de protección
personal.
e. Investigar las causas de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales.
f. Decidir, si el accidente o enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador.
g. Cumplir las demás funciones que les encomiende el Organismo Administrador de la Ley N° 16.744
(ACHS).
h. Promover la realización de cursos de adiestramiento, destinados a la capacitación profesional de los
trabajadores.
7) Los Comités Paritarios se reunirán, en forma ordinaria una vez al mes; pero, podrán hacerlo en
forma extraordinaria a petición conjunta de un representante de los trabajadores y uno de los de la
empresa, o cuando así lo requiera el Departamento de Prevención de Riesgos o el Organismo
Administrador.
En todo caso el Comité deberá reunirse cada vez que en la respectiva Empresa ocurra un accidente
del trabajo que cause la muerte de uno o más trabajadores, o que, a juicio del Presidente, le pudiera originar
una capacidad de ganancia superior a un 40%.
Las reuniones se efectuarán en horas de trabajo, considerándose como trabajado el tiempo en ellas
empleado. Por decisión de la empresa, las sesiones podrán efectuarse fuera de horario de trabajo, pero, en
tal caso, el tiempo ocupado en ellas será considerado como tiempo extraordinario para los efectos de su
remuneración.
Se deja constancia de lo tratado en cada reunión, mediante las correspondientes actas.
8) DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS: Todas las empresas mineras, industriales o
comerciales que ocupen más de 100 trabajadores, deberán contar con un Departamento de
Prevención de Riesgos Profesionales, dirigido por un Experto en la materia. El tiempo de
dedicación, de este profesional, dependerá del número de trabajadores de la Empresa y de la
magnitud de los riesgos que ésta presente.
Este Departamento deberá realizar las siguientes acciones mínimas:
Reconocimiento de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.
Control de riesgos en el ambiente o medios de trabajo.
Acción educativa de Prevención de Riesgos y de promoción de capacitación de los trabajadores.
Registros de información y evaluación estadística de resultados.
Asesoramiento técnico a los Comités Paritarios, supervisores y línea de administración técnica.
Indicar a los trabajadores, los riesgos inherentes a su actividad, las medidas preventivas y los
métodos correctos de trabajo. (Derecho a saber).
El Experto en Prevención, constituye además, un nexo que permite a la Asociación Chilena de
Seguridad, canalizar y orientar su asesoría profesional en Prevención de Riesgos con la Empresa.
a)
b)
c)
d)
e)
f)
TITULO VII
DEL DERECHO A SABER
(D.S. N° 40 de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social)
1) El empleador deberá informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores, acerca de
los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo
correctos.
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Manual de Convivencia 2014
Informará especialmente acerca de los elementos, productos y sustancias que deben utilizar en los
procesos de producción o en su trabajo; sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y
color), sobre los límites de exposición permisible de estos productos, acerca, de los peligros para la salud y
sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos.
2) La obligación de informar, debe ser cumplida al momento de contratar a los trabajadores o de crear
actividades que impliquen riesgos, y se hará a través de los Comités Paritarios de Higiene y
Seguridad y de los Departamentos de Prevención de Riesgos en su caso.
Nota: Si en el Establecimiento Educacional no existen los Comités o los Departamentos mencionados, el
empleador debe proporcionar la información correspondiente en la forma más conveniente y adecuada.
3) El empleador deberá mantener los equipos y dispositivos técnicamente necesarios para reducir a
niveles mínimos los riesgos que pueden presentarse en los sitios de trabajo.
TITULO VIII
VIGENCIA DEL REGLAMENTO INTERNO
DE HIGIENE Y SEGURIDAD
El presente Reglamento tendrá una vigencia de un año, a contar de febrero 2013, pero se
entenderá prorrogado automáticamente, si no ha habido observaciones por parte del Departamento de
Prevención de Riesgos, del Comité Paritario, o a falta de éstos, de la Empresa o de los trabajadores.
Distribución
1. Ministerio de Salud
2. Dirección del Trabajo (Inspección del Trabajo)
3. Trabajadores
4. Asociación Chilena de Seguridad
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