Prueba de comparables en precios de transferencia. Comparable

Prueba de comparables en precios
de transferencia. Comparable
Secreto.
Dr. Héctor López González
Guatemala, 7 de abril de 2015
Tensiones subyacentes
Intereses en conflicto
Administración
Inspeccionado
Tercero
CULPABLE, o pruebe lo contrario
Plan de Trabajo
Prueba en el régimen de precios de
transferencia
•
Carga de la prueba en el régimen de PT
Determinación a través de comparables
externos
•
Cuestiones preliminares
PLAN DE TRABAJO
Breves nociones del régimen de precios de
transferencia;
•
•
Consagración de los “comparables secretos”.
• Algunas
• Análisis
experiencias del Derecho comparado;
de lo dispuesto por el artículo 45 T.IV
T.O. 1996.
PRINCIPIO “ARM`S LENGTH” O DE PLENA
COMPETENCIA
•
Régimen de precios de transferencia
Principio de plena competencia o “arm`s
length”
•
PRINCIPIO “ARM`S LENGTH” O DE PLENA
COMPETENCIA
• Análisis
de comparablidad
Prestaciones, términos y condiciones
Operaciones comparables
Factores
Características bs. o ss
Análisis funcional
Clausulas contractuales
Circunstancias económicas
Estrategias mercantiles
PRINCIPIO “ARM`S LENGTH” O DE PLENA
COMPETENCIA
Tipos de comparables
Internos – Externos
Accesibles – Secretos
Locales – Extranjeros
Selección de operaciones comparables.
EL CONTROL DE LOS PRECIOS DE
TRANSFERENCIA POR LA ADMINISTRACIÓN
•Carga
de la prueba: corresponde a la administración:
¿Qué deberá probar?
¿Cómo podrá hacerlo?
¿Cómo influyen las obligaciones formales a cargo del
contribuyente?
Información relativa a operaciones llevadas a cabo
por otros contribuyentes:
•
“Comparables secretos vs. Comparables accesibles
para el administrado”
ALGUNAS EXPERIENCIAS EN EL DERECHO
COMPARADO
“Comparables secretos”
•Ecuador:
Dto. 374 art. 90.
Acción de inconstitucionalidad
(26/4/2014)
(i)
•Perú: Puga
y Becerra , práctica de SAT
(ii)
(i) Caso N° 0024-13-IN, disponible en http://doc.corteconstitucional.gob.ec:8080/ alfresco/d/d/worksp
ace /SpacesStore/a954c795-c4e0-49bc-98ee-3790cf4
(II) PUGA, Miguel y BECERRA, Fernando: “Aproximaciones a los precios de transferencia”, disponible en: www.ifaperu.org/uploads/articles/309_15_puga-becerra.pdf
ALGUNAS EXPERIENCIAS EN EL DERECHO
COMPARADO
“Comparables accesibles”
•Canadá: C. 87 – 2R. arts. 208 a 210.
•México: art. 69 CF Identidad sólo ante
Tribunal
arts. 46 y
enmascarado
•Argentina: art. 15 LIG
48
Acceso
Debido Procedimiento
Definición
Alcance
Marco Normativo
Ajuste de precios como procedimiento
tributario
Comparables secretos y debido proceso
Contralor de la prueba
Comparables accesibles y secreto tributario
Art. 45 del Título IV
Tensiones en conflicto
Intereses de
Administración
Inspeccionado
Tercero
Ámbito de aplicación del art. 45
Casos en los que no resulta
aplicable
Casos en los que resulta aplicable
Art. 45 del Título IV y el secreto tributario
Definición
Calderón Carrero
Aspecto positivo y negativo
Protección Directa e Indirecta
Tendencias comparadas
Excepción al principio de publicidad y
transparencia
Comparable accesible y el secreto
tributario
Fundamento en dogmática comparada y nacional
•Ruiz García, interés privado e interés público por
deber de colaboración
•Tipke, seguridad jurídica
•Escribano, derecho a la intimidad
•Calderón Carrero, derecho derivado, crítica a
intimidad
•Valdés Costa, reserva de situación económica
•Mazz, libertad individual, intimidad
•En lo personal, fundamento legal como respuesta a
acreedor especial
Evolución en Uruguay, similar a LGT (1995) española
Artículo 45 T IV, T.O 1996
“La restricción establecida por el artículo 47
del Código Tributario, no será aplicable
respecto de la información vinculada a
terceros que resulte necesaria para la
determinación de los precios referidos en los
artículos anteriores, cuando la Administración
deba oponerla como pruebas en causas que
tramiten en sede administrativa o judicial”.
ART. 45 : PROBLEMÁTICAS QUE PLANTEA
•
Concepto de “causa”: ¿cuándo la hay?
Información
“necesaria”
determinación de los precios
•
• Vista
para
la
al inspeccionado
¿Noticia al titular de la información en el
comparable?
…y otros secretos
Efectos de la excepción al articulo 47 CT
 Información
sólo amparada por el secreto
tributario
 Información
secreto
amparada de origen por otro
REFLEXIONES FINALES
•
Uso de información de terceros por parte de la administración: no siempre
califica como “comparable secreto”;
Artículo 45: consagra el uso de “comparables accesibles” para el
adminsitrado (excepción al secreto tributario regulado por el artículo 47 del
C.T.);
•
•
Excepción: no implica la derogación de otros “secretos”;
Derecho del contribuyente inspeccionado a acceder a la información del
tercero previo al dictado del acto de determinación (“garantía del debido
proceso”).
•
MUCHAS GRACIAS POR VUESTRA
ATENCION.
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