boletin oficial - Municipalidad de San Luis

BOLETIN OFICIAL
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
Recepción de Publicaciones - Dirección de Despacho y Boletín Oficial
Creado: ORDENANZA Nº 2944 - HCD - 2004
Dto: Nº 18 - SdeG - 2004
Distribución de ejemplar: GRATUITA
Municipalidad de la Ciudad de San Luis
San Martín 590 - San Luis - Argentina
Obligatoriedad: Art. Nº 102
Ordenanza: 1789 - HCD - 1986
Viernes 24 de Octubre de 2014 - Año 10 - Nº 308
PODER EJECUTIVO MUNICIPAL
INTENDENTE MUNICIPAL
DR. ENRIQUE ARIEL PONCE
JEFE DE GABINETE
DR. LUIS A. MACAGNO FERNANDEZ
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
DR. CARLOS OMAR VILCHE
SECRETARIA DE GOBIERNO
DR. FEDERICO JAVIER CACACE
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL,
SALUD, DEPORTE, CULTURA Y EDUCACION
PROF. NORA ESTHER VIDELA
SECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS
ING. RAMON LUIS ZARRABEITIA
Subsecretaría de Gestión Pública
LIC. FRANCISCO JAVIER PETRINO
Dirección del Registro Civil Municipal
DR. DANIEL DOMINGUEZ
Dirección de Promoción del Desarrollo
Económico, Industrial y Comercial
SR. JORGE DANIEL SOSA
Dirección de Modernización del Estado
PROF./LIC. EDGAR OSVALDO DEVIA QUIROGA
Dirección de Recursos Humanos
SR. SANTIAGO ANDRES VELAZQUEZ
Dirección de Compras y Contrataciones
CPN ERIKA IVANA MENDEZ
Subsecretaría de Comunicación Pública
SRA. NORMA BEATRIZ CRESPO
Dirección de Prensa y
Comunicación Institucional
SR. MARIANO MARTIN FERREIRA
Asesoría Letrada
DRA. ELVECIA DEL CARMEN GATICA
Dirección Técnico - Legal
DRA. MYRIAM NORA ORTIZ PONCE
Subsecretaría de Gobierno
y Juventud
SRA. DANIELA SERRANO
Dirección de Defensa Civil
SR. ANTONIO ALBERTO AGUILERA
Dirección de Despacho y Boletín Oficial
DR. GUSTAVO MARCELO ADARO
Dirección de Relaciones Institucionales
SR. CLAUDIO GUILLERMO LIMBRICI
Dirección de Participación Ciudadana
SR. JACINTO GARCIA
Escribanía Municipal
ESC. FERNANDO CANGIANO GARGIULO
Subsecretaría de Coordinación
de Políticas Sociales
CPN JOSE SEBASTIAN PAEZ SEGALA
Dirección de Cultura
SR. HUGO DANIEL SAAVEDRA
Dirección de Promoción del Trabajo
y la Economía Social
SRA. CARLA VALERIA RAMON COLLADO
Dirección de Protección Integral de Familia,
Género y Sectores Vulnerables
Dirección de Derechos Humanos
LIC. ANA MARIA GARRAZA
Dirección de Educación y Capacitación Popular
PROF. ALEJANDRO DAVIS FRIEDEMANN
Subsecretaría de Servicios Básicos
ING. HECTOR JOAQUIN FILIPELLO
Dirección de Administración y Gestión de Redes
SR. EDGAR SERGIO MAGALLANES
Dirección Técnica de Servicios Básicos
ING. MARIO HECTOR TERRE
SECRETARIA DE VIVIENDA Y
DESARROLLO URBANO
ARQ. ENRIQUE JAVIER PICCO
SECRETARIA DE HACIENDA
E INGRESOS PUBLICOS
C.P.N. ESTEBAN ANDRES PRINGLES
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Y CONTROL COMUNAL
DR. RICARDO ANDRE BAZLA
Subsecretaría de Políticas
Socio Sanitarias
LIC. MARIO ROSARIO IPPOLITO
Dirección de Atención Primaria de la Salud
DR. RAUL EMILIO RUFFA
Dirección de Abordaje Social Integral,
Territorial y CIC'S
SRA. MARIA JOSE DOMINGUEZ
Dirección de Deporte y Recreación
PROF. MAURICIO SOSA
Subsecretaría de Servicios Públicos
SR. EDGAR ALBERTO MEDINA
Dirección de Alumbrado
ING. HÉCTOR RAMÓN FUNES
Dirección de Limpieza Urbana y Espacios Verdes
SR. JUAN LEONARDO ARANDA
Dirección de Recolección de Residuos
ING. JUAN LEVRAUX
Dirección de Salud Animal, Zoonosis y
Control de Plagas
MED. VET. RAÚL MARTÍNEZ
Dirección de Cementerios
SR. JOSÉ BRESSANO
Dirección de Políticas Habitacionales
Dirección de Patrimonio Histórico y Ambiental
ARQ. RICARDO MENENDEZ BENEITONE
Subsecretaría de Obras Públicas,
Planeamiento y Desarrollo Urbano
SR. ARIEL EDGARDO ALCARAZ
Dirección de Obras Públicas
ARQ. JUAN MARIO ZALAZAR
Dirección de Vialidad
SR. LITO CELESTINO MUÑOZ
Dirección de Proyectos Urbano-Arquitectónicos
Dirección de Ingresos Públicos
CPN ALEJANDRA PINA MAS
Contaduría
C.P.N. ANA MARIELA MORTENSSEN
Tesorería
SR. GILBERTO ALDO MIRANDA
Dirección de programación Financiera
y Control Presupuestario
LIC. SANTIAGO DIAZ
Subsecretaría de Control Comunal
y Planificación Operativa
Dirección de Medio Ambiente
SR. JOSÉ ROBERTO ESPINOZA
Dirección de Bromatología
DR. JUAN CRISTOBAL SANCHEZ
Dirección de Obras Privadas Catastro
ARQ. CLAUDIA PONCE
Dirección de Tránsito, Seguridad y Vía Pública
SR. JOSE ANTONIO PEREIRA
Dirección de Habilitaciones y Permisos
CPN MARIO ANTONIO MAURO ABERASTAIN
Dirección Tecnologías de la Información
LIC. RAUL ALFREDO LOYOLA
Dirección de Transporte
DR. CARLOS ALBERTO PUW
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
AUTORIDADES
PRESIDENTE:
CJAL ZULEMA RODRIGUEZ SAA
VICE-PRESIDENTE 1º:
CJAL. ROBERTO CARLOS GONZALEZ ESPINDOLA
VICE-PRESIDENTE 2º:
CJAL JORGE ISMAEL PEREIRA
Secretaria Legislativa:
SRA. SONIA EDITH FLORES
Secretaria Administrativa:
SRA. MARIA ANGELICA HIERHOLZER
Pro Secretario Legislativo:
SR. PABLO GABRIEL MIRANDA
Pro Secretaria Legislativa:
SRA. MARIA ISABEL VALDIVIELSO
CONCEJALES
SR. JOSE LUIS DOPAZO
SR. GERMAN EMILIANO PONCE
SRA. MARCELINA JACINTA LUCERO
SR. ROBERTO GONZALEZ ESPINDOLA
SR. FRANCISCO CESAR GUIÑAZU
SRA. CLAUDIA PATRICIA ROCHA
SRA. SANDRA ELIZABETH BARROSO
SR. DELFOR JOSE SERGNESE
SR. LUIS MARCELO AMITRANO
SR. JORGE ISMAEL PEREIRA
SRA. ZULEMA ESTHER RODRIGUEZ SAA
SR. GUSTAVO ADOLFO ZAVALA
SR. EDUARDO GOMINA
SR. GUSTAVO FABIAN ROJAS
JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL
AUTORIDADES
Juez de Faltas Municipal
DR. NESTOR ALEJANDRO FERRARI
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MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
SAN LUIS, 27 DE SEPTIEMBRE DE 2014
Educación Prof. Nora VIDELA, de Servicios Públicos Ing. Ramón Luis
ZARRABEITIA, de Vivienda y Desarrollo Urbano Arq. Enrique Javier PICCO, y de
Hacienda e Ingresos Públicos, C.P.N. Esteban A. PRINGLES.-
VISTO:
La estructura orgánica de la Municipalidad de San Luis; y,
ARTÍCULO 4.- Remitir copia al Honorable Concejo Deliberante
CONSIDERANDO:
ARTICULO 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Que es voluntad del Ejecutivo Municipal optimizar la prestación de los
DECRETO N° 837-JG-2014
servicios de la comunidad adecuando la estructura orgánica al dinamismo y
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
cambios propios de la época, a las políticas sociales implementadas por el
SAN LUIS, 15 DE OCTUBRE DE 2014
Municipio y la constante evolución de la tecnología, teniendo en cuenta las
necesidades cualitativas y cuantitativas de la planta;
VISTO y CONSIDERANDO:
Que a tal efecto resulta pertinente adecuar la estructura orgánica del
Que la Señora Laura PEREZ, presenta nota dirigida al Señor Intendente
Municipio, en áreas a cuyo cargo quedan sectores responsables en la
Municipal, en la cual renuncia al cargo de Directora de Protección Integral de la
satisfacción de esas necesidades priorizado un ámbito administrativo con
Familia, Género y Sectores Vulnerables de la Municipalidad de San Luis.
atribuciones específicas, con el objeto que sea la unidad ejecutora de las políticas
que determine en ejercicio de sus competencias el Departamento Ejecutivo.
Que corresponde en esta oportunidad adecuar la estructura orgánica del
Municipio en la Dirección de Planeamiento y Proyectos de Vivienda, creando en
Que en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo a
los fines de aceptar la renuncia referida, a partir del día 15 de Octubre del
corriente año.
Por ello, y en uso de sus atribuciones,
su lugar la Dirección de Políticas Habitacionales.
Que a tal afecto, la actual "Dirección de Planeamiento y Proyectos de
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
Vivienda" pasara a denominarse Dirección de Políticas Habitacionales,
manteniendo su dependencia en la Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano.
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Aceptar la renuncia presentada por la Directora
Que el presente se dicta en el marco de las previsiones establecidas por
Protección Integral de la Familia, Género y Sectores Vulnerables de la
la Constitución Nacional, Artículo 123°, que asegura la autonomía municipal, en
Municipalidad de San Luis, Señora Laura PEREZ, D.N.I. N°28.798.878, a partir
el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero, como así
del día 15 de Octubre del corriente año. ARTÍCULO 2.- Comuníquese a Jefatura
también de la Constitución Provincial, Artículo 248° y Art. 261 inc. 4, que reconoce
de Gabinete, a todas las Secretarías, y a la Dirección de Recursos Humanos.
la autonomía política, administrativa y financiera y, Artículos 5° que prevé la
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente
Autonomía Institucional, y 6° la Autonomía Administrativa de la carta Orgánica
de la Ciudad de San Luis, Dr. Enrique Ariel PONCE, refrendado por el Señor Jefe
Municipal.
de Gabinete, Dr. Luis Andrés MACAGNO FERNÁNDEZ, por el Señor Secretario
Que en consecuencia corresponde dictar el pertinente acto
administrativo.
de Legal y Técnica, Dr. Carlos Omar VILCHE y por la Sra. Secretaría de
Desarrollo Social, Salud, Deporte,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
-
Cultura y Educación, Prof. Nora Esther VIDELA.
ARTÍCULO 4.- Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese.
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
DECRETA:
DECRETO Nº 928-SLyT 2014
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 1.- Aprobar la modificación de la Estructura Orgánica
SAN LUIS, 16 DE OCTUBRE DE 2014
Municipal constituyéndose la Dirección de Políticas Habitacionales dependiente
de la Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano en lugar de la Dirección de
VISTO:
Planeamiento y Proyectos de Vivienda, a partir del 2 de Octubre de 2014 y por las
El Expediente N° 1-478-172-2014, y;
razones expresadas en los Considerandos.-
CONSIDERANDO:
ARTICULO 2.- Comuníquese a Jefatura de Gabinete, a todas las
Que mediante las actuaciones referidas, la Secretaría de Vivienda y
Secretarías, y por intermedio de ellas a cada una de las Direcciones y órganos a
Desarrollo Urbano, tramita la autorización para la Construcción de dos (2)
su cargo.-
Playones Deportivos, según características técnicas adjuntas, los cuales estarán
ARTICULO 3.- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente
ubicados en la Plaza "Los Quebrachitos" en proximidades de la 1º rotonda y en el
de la Ciudad de San Luis, Dr. Enrique Ariel PONCE y refrendado por el Señor Jefe
Barrio Jardín San Luis, y serán destinados a la recreación deportiva de los
de Gabinete Dr. Luis A. MACAGNO FERNÁNDEZ y los Señores Secretarios, de
menores que viven en esas zonas y esparcimiento para la comunidad adulta en
Gobierno y Seguridad Ciudadana Dr. Federico Javier CACACE, de Legal y
general.
Técnica Dr. Carlos Omar VILCHE, de Desarrollo Social, Salud, Deporte, Cultura y
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San Luis, Viernes 24 de Octubre de 2014
Que a fojas 2/22 se adjunta Pliego de Especificaciones Técnicas.
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Que a foja 25 la Dirección de Programación Financiera y Control
Presupuestario, indica las partidas a las cuales deberá imputarse el presente
ARTÍCULO 7.- El acto de apertura de sobres se realizará el día 28 de
Octubre de 2014, a la hora diez en la Sala de Situación Municipal.-
gasto.
ARTICULO 8.- Por la Dirección de Compras y Contrataciones,
Que a foja 26 Contaduría, practica la afectación preventiva del gasto por
la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL
implementar todas las medidas conducentes a lo dispuesto por el presente
Decreto.-
NOVECIENTOS NOVENTA CON 58/100 ($ 1.798.990,58) y sugiere el encuadre
legal del mismo.
ARTICULO 9.- Comuníquese a Jefatura de Gabinete, Secretaría de
Vivienda y Desarrollo Urbano, Secretaría de Hacienda e Ingresos Públicos,
Que por el monto estimado del gasto corresponde llevar a cabo el
procedimiento de la Licitación Pública.
Dirección de Vialidad, Dirección de Compras y Contrataciones, Contaduría y
Escribanía Municipal.-
Que habiéndose dado intervención a la Dirección de Compras y
ARTÍCULO 10.- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente
Contrataciones, dicho Organismo adjunta documentación licitaria: Pliego de
de la Ciudad de San Luís Dr. Enrique Ariel PONCE y refrendado por el Señor Jefe
Bases Generales (fojas 28/69), Pliego de Cláusulas Especiales (fojas 70/80),
de Gabinete Dr. Luís Andrés MACAGNO FERNANDEZ, por el Secretario de
correspondiente a la Licitación Pública N° 15-SVyDU-2014.
Vivienda y Desarrollo Urbano, Arq. Enrique Javier PICCO y por el Señor
Que a fojas 83/83 vta. Asesoría Letrada considera que el caso se
Secretario de Hacienda e Ingresos Públicos CPN. Esteban Andrés PRINGLES.-
enmarca en las disposiciones del Art. 121 y concordantes de Ley N° VIII-0257-
ARTÍCULO 11.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-
2004, adoptada por este Municipio mediante Ordenanza N° 2984-HCD-2005,
DECRETO N°
como así también y en lo pertinente la Ley N° VIII-0256-2004 Art. 941 inc. a) y Art.
929-SVYDU-2014
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
970, adoptada por el Municipio por Ordenanza N° 3346-HCD-2013.
Por ello y en uso de sus atribuciones.
SAN LUIS, 16 DE OCTUBRE DE 2014
VISTO:
El Expediente N° 1-497-4-2014, y;
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
DECRETA:
CONSIDERANDO
Que mediante las actuaciones referidas, la Dirección de Vialidad
ARTICULO 1.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art.
dependiente de la Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano, tramita la
12º y concordantes de Ley N° Vlll-0257-2004, adoptada por este Municipio
autorización para la adquisición de QUINIENTAS (500) Toneladas de Cemento
mediante Ordenanza N° 2984-HCD-2005, como así también y en lo pertinente la
Fillerizado CF 40 A GRANEL, con destino a la Sección Hormigón perteneciente a
Ley N° VIII-0256-2004 Art. 94º inc. a) y Art. 97º, adoptada por el Municipio por
la mencionada Dirección, para la elaboración de mezcla con destino a los
Ordenanza N° 3346HCD-201 3.-
diferentes frentes de Obras de Pavimentación previstas para el año 2014.
ARTÍCULO 2.- Aprobar los Pliegos de Especificaciones Técnicas —fojas
Que a foja 2 obra Pedido Interno N° 69-DVM-2014 del citado Organismo,
2/22-, Pliegos de Bases Generales -fojas 28/69-, Pliego de Cláusulas Especiales
el que cuenta con la correspondiente autorización por parte del Señor Secretario
-fojas 70/80-, obrante en el Expediente N° -478-172-2014, correspondiente a la
del Area, para la continuidad del trámite.
Licitación Pública N° 15SVyDU-201 4.ARTÍCULO 3.- Llamar a Licitación Pública N° 15-SVyDU-2014, para la
Que a foja 5 la Dirección de Programación Financiera y Control
Presupuestario, indica la partida a la cual deberá imputarse el presente gasto.
CONSTRUCCION DE DOS (2) PLAYONES DEPORTIVOS, por un monto de
Que a foja 6 Contaduría, practica la afectación preventiva del gasto por la
PESOS UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS
suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 550.000,00) y
NOVENTA CON 58/100 ($ 1.798.990,58), según Pliegos aprobados por el Art. 2,
sugiere el encuadre legal del mismo.
obra destinada a la recreación deportiva de los menores que viven en esas zonas
y esparcimiento para la comunidad adulta en general
Que por el monto estimado del gasto corresponde llevar a cabo el
procedimiento de la Licitación Pública.
ARTÍCULO 4.- Establecer el valor de los Pliegos en la suma de PESOS
Que habiéndose dado intervención a la Dirección de Compras y
UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 ($ 1.799,00), los que
Contrataciones, dicho Organismo adjunta documentación licitaria: Pliego único
podrán ser adquiridos en la Dirección de Ingresos Públicos, de lunes a viernes de
de Bases y Condiciones Generales (fojas 7/15), Pliego de Bases y Condiciones
08:00 a 14:00.-
Particulares (fojas 16/20) y Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares (foja
ARTÍCULO 5.- Imputar el gasto a las siguientes partidas del presupuesto
21), correspondiente a la Licitación Pública N° 18-SVyDU-2014.
vigente: 08.10.16.52.00.52.02.3.90.4.2.2.0.-
Que a fojas 23/23 vta. Asesoría Letrada emite dictamen, en el cual
08.10.16.56.00.55.02.3.90.4.2.2.0.-
expresa que correspondería sujetar a las presentes actuaciones el procedimiento
ARTÍCULO 6.- Realizar las publicaciones pertinentes en la forma y por
previsto para la Licitacion Pública, todo ello de conformidad a las disposiciones de
los términos de ley.-
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los Art. 94º inc. a) y Art. 97º inc. a) de la Ley de Contabilidad N° Vlll-0256-2004,
San Luis, Viernes 24 de Octubre de 2014
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adoptada por el Municipio mediante Ordenanza N° 3346-HCD-2013; y en el
Artículo 6º, inciso a) del Decreto N° 168SH-2008, en su, modificado por el Decreto
DECRETO Nº 930-SVyDU-2014
--------------------------------------------------------------------------------------------------------SAN LUIS, 20 DE OCTUBRE DE 2014
N° 24-SH-2011 y éste modificado por Decreto N° 263- SH-2012 Art. 1°...".
Por ello y en uso de sus atribuciones.
VISTO:
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
DECRETA:
El Expediente N° 1-230-3-2014; y
CONSIDERANDO:
ARTICULO 1.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los
Que mediante las actuaciones referidas, la Secretaría de Vivienda y
Art. 94º inc. a) y Art. 97º inc. a) de la Ley de Contabilidad N° VllI-0256-2004,
Desarrollo Urbano solicitó a la Jefatura de Gabinete se arbitren las medidas
adoptada por el Municipio mediante Ordenanza N° 3346-HCD-2013; y en el
necesarias para realizar el llamado a Licitación Pública referente a la obra
Artículo 6°, inciso a) del Decreto N° 168SH-2008, en su, modificado por el Decreto
"CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN PLANTA
N° 24-SH-2011 y éste modificado por Decreto N° 263- SH-2012 Art. 1°.-
BAJA —GRUPO 1- PREDIO "GRANJA LA AMALIA ubicado en Calle Europa
ARTICULO 2.- Aprobar los Pliegos Único de Bases y Condiciones
continuación Avenida lilia.
Generales —(fojas 7/15)- de Bases y Condiciones Particulares - (fojas 16/20)- y
Que asimismo se dejó constancia que la ejecución de dicha obra será
de Especificaciones Técnicas Particulares - (foja 21)-, obrantes en el Expediente
financiada con fondos nacionales, en el marco de la gestión realizada por la
N° 1-497-4-2014, correspondientes a la Licitación Pública N° 18-SVyDU-2014.-
Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano de este Municipio por ante el
ARTICULO 3.- Llamar a Licitación Pública N° 18-SVyDU-2014, para la
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Programa
ADQUISICION DE QUINIENTAS (500) TONELADAS DE CEMENTO
Federal de Construcción de Viviendas Techo Digno - Construcción de Viviendas
FILLERIZADO CF 40 A GRANEL, por un monto de PESOS QUINIENTOS
Nuevas, quien ha considerado técnicamente NO OBJETABLE el proyecto
CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 550.000,00), según Pliegos aprobados por el
presentado por la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, denominado
Art. 2, con destino a la Sección Hormigón perteneciente a la Dirección de Vialidad,
CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN PLANTA
para la elaboración de mezcla con destino a los diferentes frentes de Obras de
BAJA - GRUPO 2-, PREDIO "GRANJA LA AMALIA".
Pavimentación previstas para el año 2014.ARTÍCULO 4.- Establecer el valor de los Pliegos en la suma de PESOS
QUINIENTOS CINCUENTA CON 001100 ($ 550,00), los que podrán ser
adquiridos en la Dirección de Ingresos Públicos, de Lunes a Viernes de 08:00 a
Que el presupuesto de la obra ascendería a la suma de PESOS TREINTA
MILLONES NUEVE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($30.009.900,00), los
cuales corresponden a Aportes de la Nación.
Que la Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano ha elaborado
memoria descriptiva del Proyecto mencionado precedentemente, que contempla
14:00 Horas.ARTÍCULO 5.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto
vigente: 08.16.21.51.00.51.01.3.90.2.6.5.0.ARTÍCULO 6.- Realizar las publicaciones pertinentes en la forma y por
integralmente las propuestas de adecuación de las unidades habitacionales, sus
planos y especificaciones técnicas, adjuntando a las presentes actuaciones la
documentación licitatoria que se detalla a continuación, dando así cumplimiento a
lo ordenado: Pliego de Cláusulas Generales (fojas 3/32), Pliego de Cláusulas
los términos de Ley.ARTÍCULO 7.- El acto de Apertura de Sobres se realizará el día 30 de
Octubre de 2014, a la hora 10 en la Sala de Situación Municipal.ARTICULO 8.- Por la Dirección de Compras y Contrataciones,
implementar todas las medidas conducentes a lo dispuesto por el presente
Especiales (fojas 97/104), Memoria Descriptiva y Pliego de Especificaciones
Técnicas (fojas 43/93).
Que a foja 35 toma intervención la Dirección de Programación Financiera
y Control Presupuestario.
Que a foja 36 el Señor tesorero Municipal informa que no han ingresado
Decreto.ARTÍCULO 9.- Comuníquese a Jefatura de Gabinete, Secretaría de
Vivienda y Desarrollo Urbano, Secretaría de Hacienda e Ingresos Públicos,
Dirección de Vialidad, Dirección de Compras y Contrataciones, Contaduría y
Escribanía Municipal.-
fondos nacionales para el proyecto mencionado, y a foja 37 vuelve a tomar
intervención e! Señor Director de Programación Financiera.
Que a fojas 104/105 Asesoría Letrada, considera que e! artículo 8 de la
Ley N° VIII-0257-2004, guarda similitud con lo normado por la ley de Obras
ARTÍCULO 10.- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente
Públicas de la Nación (art. 70). Al respecto el Alto Tribunal de la Nación se ha
de la Ciudad de San Luis Dr. Enrique Ariel PONCE, refrendado por el Señor Jefe
pronunciado sosteniendo que: "el art. 70 de la ley 13064... impide llamar a
de Gabinete Dr. Luís Andrés MACAGNO FERNANDEZ, por el Secretario de
licitación a adjudicar alguna obra que no cuente con crédito legal pero admite
Vivienda y Desarrollo Urbano Arq. Enrique Javier PICCO y por el Señor
como excepción las construcciones nuevas.., o reparaciones que fueran
Secretario de Hacienda e Ingresos Públicos CPN. Esteban Andrés PRINGLES.-
declaradas de reconocida urgencia..." (Conf Libedinsky; Jorge SACIF y C c.
ARTÍCULO 11.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, CS 1987103112. Fallo citado en
Comadira Julio R. Elementos de Derecho Administrativo, Ed. La Ley, Bs. As. Pag.
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San Luis, Viernes 24 de Octubre de 2014
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900).
ARTÍCULO 8.- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente
Que las cuestiones vinculadas a la vivienda merecen un tratamiento
de la Ciudad de San Luis Dr. Enrique Ariel PONCE y refrendado por el Señor Jefe
especial habida cuenta que la crisis habitacional se ha transformado en una
de Gabinete Dr. Luis Andrés MACAGNO FERNANDEZ, el Señor Secretario de
cuestión estructural que constituye una responsabilidad de los poderes públicos,
Vivienda y Desarrollo Urbano, Arq. Enrique Javier PICCO LOPEZ y por el Señor
lo que ha llevado incluso a la declaración de emergencia en diversas
Secretario de Hacienda e Ingresos Públicos C.P.N. Esteban PRINGLES.-
oportunidades, situación que persiste en la actualidad.
Que a fojas 106/109, obra copia de Decreto N° 34-SPUyOP-2012, por el
cual se declara en estado de "Emergencia Habitacional" a la Ciudad de San Luis.
Que el caso se enmarca en lo dispuesto en el artículo 811 y 121 y
ARTÍCULO 9.- Comuníquese a Secretaría de Vivienda y Desarrollo
Urbano, Secretaría de Hacienda e Ingresos Públicos y Contaduría.ARTICULO 10.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.DECRETO N° 933-SVyDU-2014
concordantes de la ley N° VlII-0257-2004, Ley de Obras Públicas, adoptada por
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Ordenanza N° 2984-HCD-2005, artículo 94º Inc. a) y 97º Inc. a) de la Ley de
SAN LUIS, 20 DE OCTUBRE DE 2014
Contabilidad N° VIII-0256-2004 adoptada por este Municipio por Ordenanza N°
3346-HCD-2013 y en el Decreto N° 168-SH-2008, Artículo 6º Inc. a), modificado
VISTO:
por Decreto N° 263-S H-2012 Art, 1º .
El Expediente N° 1-230-4-2014; y
Por ello y en uso de sus atribuciones.
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones referidas, la Secretaría de Vivienda y
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
DECRETA:
Desarrollo Urbano solicitó a la Jefatura de Gabinete se arbitren las medidas
necesarias para realizar el llamado a Licitación Pública referente a la obra
"CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN PLANTA
ARTÍCULO 1.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del
BAJA —GRUPO 2- PREDIO 'GRANJA LA AMALIA", con el objeto de contratar la
artículo 60 y 120 y concordantes de la ley N° V{II-0257-2004, Ley de Obras
construcción de 100 viviendas en el predio ubicado en Calle Europa continuación
Públicas, adoptada por Ordenanza N° 2984-HCD-2005, artículo 94º Inc. a) y 97º
Avenida Illia.
Inc. a) de la Ley de Contabilidad N° VIII-0256-2004 adoptada por este Municipio
Que asimismo se dejó constancia que la ejecución de dicha obra será
por Ordenanza N° 3346-HCD-2013 y en el Decreto N° 168-SH-2008, Artículo 6º
financiada con fondos nacionales, en el marco de la gestión realizada por la
Inc. a), modificado por Decreto N° 263-SH-2012 Art. 1°.-
Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano de este Municipio por ante el
ARTÍCULO 2.- Aprobar los Pliegos Pliego de Cláusulas Generales (fojas
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Programa
3/32), Pliego de Cláusulas Especiales (fojas 96/103), Memoria Descriptiva y
Federal de Construcción de Viviendas Techo Digno - Construcción de Viviendas
Pliego de Especificaciones Técnicas (fojas 43/93), obrantes en el Expediente N°
Nuevas, quien ha considerado técnicamente NO OBJETABLE el proyecto
1-230-32014, correspondientes a la Licitación Pública N° 19-SVyDU-2014.-
presentado por la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, denominado
ARTÍCULO 3.- Llamar a Licitación Pública N° 19-SVyDU-2014, para la
Obra: "CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN
CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN PLANTA
BAJA - GRUPO 2-, PREDIO "GRANJA LA AMALIA".
PLANTA BAJA —GRUPO 1- PREDIO "GRANJA LA AMALIA", con el objeto de
Que el presupuesto de la obra ascendería a la suma de PESOS TREINTA
contratar la construcción de 100 viviendas, por un monto de PESOS TREINTA
MILLONES NUEVE MIL NOVECIENTOS CON 001100 ($30.009.900,00), los
MILLONES NUEVE MIL NOVECIENTOS ($30.009.900,00), según Pliegos
cuales corresponden a Aportes de la Nación.
aprobados por el Art. 2°. -
Que la Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano ha elaborado
ARTÍCULO 4.- Establecer que el presente llamado se encuadra en las
memoria descriptiva del Proyecto mencionado precedentemente, que contempla
previsiones del Art. 8 —último párrafo- de la Ley N° VIII-0257-2004, como
integralmente las propuestas de adecuación de las unidades habitacionales, sus
excepción, en razón de configurarse las situaciones de urgencia y carácter
planos y especificaciones técnicas, adjuntando a las presentes actuaciones la
impostergable, por lo que en su oportunidad se deberá solicitar la autorización
documentación licitatoria que se detalla a continuación, dando así cumplimiento a
legal correspondiente.-
lo ordenado: Pliego de Cláusulas Generales (fojas 3/32), Pliego de Cláusulas
ARTÍCULO 5.- Establecer el valor de los Pliegos en la suma de PESOS
TREINTA MIL DIEZ CON 00/100 ($30.010,00), los que podrán ser adquiridos en
la Dirección de Ingresos Públicos, de lunes a viernes de 08:00 a 14:00.ARTÍCULO 6.- Realizar las publicaciones pertinentes en la forma y por
los términos de ley.ARTÍCULO 7.- El acto de apertura de sobres se realizará el día 5 de
Noviembre de 2014, a la hora 09:00 en la Sala de Situación Municipal.-
BOLETIN OFICIAL MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
Especiales (fosas 97/104), Memoria Descriptiva y Pliego de Especificaciones
Técnicas (fojas 43/93).
Que a foja 35 toma intervención la Dirección de Programación Financiera
y Control Presupuestario.
Que a foja 36 el Señor tesorero Municipal informa que no han ingresado
fondos nacionales para el proyecto mencionado, y a foja 37 vuelve a tomar
intervención el Señor Director de Programación Financiera.
San Luis, Viernes 24 de Octubre de 2014
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BOLETIN OFICIAL
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
Que a fojas 105/106 Asesoría Letrada, considera que el artículo 8 de la
Ley N° VllI-0257-2004, guarda similitud con lo formado por la ley de Obras
impostergable, por lo que en su oportunidad se deberá solicitar la autorización
legal correspondiente.-
Públicas de la Nación (art. 7º). Al respecto el Alto Tribunal de la Nación se ha
ARTÍCULO 5.- Establecer el valor de los Pliegos en la suma de PESOS
pronunciado sosteniendo que: "el art. 7º de la ley 13064... impide llamar a
TREINTA MIL DIEZ CON 001100 ($30.010,00), los que podrán ser adquiridos en
licitación a adjudicar alguna obra que no cuente con crédito legal pero admite
la Dirección de Ingresos Públicos, de lunes a viernes de 08:00 a 14:00.-
como excepción las construcciones nuevas.., o reparaciones que fueran
declaradas de reconocida urgencia.....(Conf Libedinsky; Jorge SACIF y C c.
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, CS 1987103112. Fallo citado en
Comadira Julio R. Elementos de Derecho Administrativo, Ed. La Ley, Bs. As. Pag.
900).
ARTÍCULO 6.- Realizar las publicaciones pertinentes en la forma y por
los términos de ley.ARTiCULO 7.- El acto de apertura de sobres se realizará el día 5 de
Noviembre de 2014, a la hora 10:00 en la Sala de Situación Municipal.ARTÍCULO 8.- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente
Que las cuestiones vinculadas a la vivienda merecen un tratamiento
de la Ciudad de San Luis Dr. Enrique Ariel PONCE y refrendado por el Señor Jefe
especial habida cuenta que la crisis habitacional se ha transformado en una
de Gabinete Dr. Luis Andrés MACAGNO FERNANDEZ, el Señor Secretario de
cuestión estructural que constituye una responsabilidad de los poderes públicos,
Vivienda y Desarrollo Urbano, Arq. Enrique Javier PICCO LOPEZ y por el Señor
lo que ha llevado incluso a la declaración de emergencia en diversas
Secretario de Hacienda e Ingresos Públicos C.P.N. Esteban PRINGLES.-
oportunidades, situación que persiste en la actualidad.
Que a fojas 107/110, obra copia de Decreto N° 34-SPUyOP-2012, por el
cual se declara en estado de Emergencia Habitacional" a la Ciudad de San Luis.
Que el caso se enmarca en lo dispuesto en el artículo 81 y 121 y
ARTÍCULO 9.- Comuníquese a Secretaría de Vivienda y Desarrollo
Urbano, Secretaría de Hacienda e Ingresos Públicos y Contaduría.ARTÍCULO 10.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.DECRETO Nº 934-SVyDU-201 4
concordantes de la ley N° VIll-0257-2004, Ley de Obras Públicas, adoptada por
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Ordenanza N° 2984-HCD-2005, artículo 94º Inc. a) y 97º Inc. a) de la Ley de
SAN LUIS, 20 DE OCTUBRE DE 2014
Contabilidad N° VIII-0256-2004 adoptada por este Municipio por Ordenanza N°
3346-HCD-2013 y en el Decreto N° 168-SH-2008, Artículo 6° Inc. a), modificado
VISTO:
por Decreto N° 263-SH-2012 Art. 1°.
El Expediente N° 1-230-5-2014; y
Por ello y en uso de sus atribuciones.
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones referidas, la Secretaría de Vivienda y
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
DECRETA:
Desarrollo Urbano solicitó a la Jefatura de Gabinete se arbitren las medidas
necesarias para realizar el llamado a Licitación Pública referente a la obra
ARTÍCULO 1.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del
"CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN PLANTA
artículo 8º y 12º y concordantes de la ley N° VIII-0257-2004, Ley de Obras
BAJA Y DOS PLANTAS —GRUPO 1- PREDIO "GRANJA LA AMALIA", ubicado
Públicas, adoptada por Ordenanza N° 2984-HCD-2005, artículo 94º Inc. a) y 97º
en Calle Europa continuación Avenida lIlia.
Inc. a) de la Ley de Contabilidad N° VIII-0256-2004 adoptada por este Municipio
Que asimismo se dejó constancia que la ejecución de dicha obra será
por Ordenanza N° 3346-HCD-2013 y en el Decreto N° 168-SH-2008, Artículo 6º
financiada con fondos nacionales, en el marco de la gestión realizada por la
Inc. a), modificado por Decreto N° 263-SH-2012 Art. 1°.-
Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano de este Municipio por ante el
ARTICULO 2.- Aprobar los Pliegos Pliego de Cláusulas Generales (fojas
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Programa
3/32), Pliego de Cláusulas Especiales (fojas 97/104), Memoria Descriptiva y
Federal de Construcción de Viviendas Techo Digno - Construcción de Viviendas
Pliego de Especificaciones Técnicas (fojas 43/93), obrantes en el Expediente N°
Nuevas, quien ha considerado técnicamente NO OBJETABLE el proyecto
1-230-42014, correspondientes a la Licitación Pública N° 20-SVyDU-2014.-
presentado por la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, denominado
ARTÍCULO 3.- Llamar a Licitación Pública N° 20-SVyDU-2014, para la
Obra: "CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN
CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN PLANTA
BAJA Y DOS PLANTAS - GRUPO 1-, PREDIO "GRANJA LA AMALIA".
PLANTA BAJA —GRUPO 2- PREDIO GRANJA LA AMALIA", con el objeto de
Que el presupuesto de la obra ascendería a la suma de PESOS TREINTA
contratar la construcción de 100 viviendas, por un monto de PESOS TREINTA
MILLONES NUEVE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($30.009.900,00), los
MILLONES NUEVE MIL NOVECIENTOS ($30.009.900,00), según Pliegos
cuales corresponden a Aportes de la Nación.
aprobados por el Art. 2°. -
Que la Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano ha elaborado
ARTÍCULO 4.- Establecer que el presente llamado se encuadra en las
memoria descriptiva del Proyecto mencionado precedentemente, que contempla
previsiones del Art. 8 —último párrafo- de la Ley N° VIII-0257-2004, como
integralmente las propuestas de adecuación de las unidades habitacionales, sus
excepción, en razón de configurarse las situaciones de urgencia y carácter
planos y especificaciones técnicas, adjuntando a las presentes actuaciones la
documentación licitatoria que se detalla a continuación, dando así cumplimiento a
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lo ordenado: Pliego de Cláusulas Generales (fojas 3/32), Pliego de Cláusulas
Obra: "CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN
Especiales (fojas 99/106), Memoria Descriptiva y Pliego de Especificaciones
PLANTA BAJA Y DOS PLANTAS —GRUPO 1- PREDIO "GRANJA LA AMALIA",
Técnicas (fojas 43/96).
con el objeto de contratar la construcción de 100 viviendas, por un monto de
Que a foja 35 toma intervención la Dirección de Programación Financiera
y Control Presupuestario.
PESOS TREINTA MILLONES NUEVE MIL NOVECIENTOS ($30.009.900,00),
según Pliegos aprobados por el Art. 2°.-
Que a foja 36 el Señor tesorero Municipal informa que no han ingresado
ARTÍCULO 4.- Establecer que el presente llamado se encuadra en las
fondos nacionales para el proyecto mencionado, y a foja 37 vuelve a tomar
previsiones del Art. 8 —último párrafo- de la Ley N° VIII-0257-2004, como
intervención el Señor Director de Programación Financiera.
excepción, en razón de configurarse las situaciones de urgencia y carácter
Que a fojas 107/108 Asesoría Letrada, considera que el artículo 8 de la
Ley N° VIII-0257-2004, guarda similitud con lo normado por la ley de Obras
impostergable, por lo que en su oportunidad se deberá solicitar la autorización
legal correspondiente.-
Públicas de la Nación (art. 7º). Al respecto el Alto Tribunal de la Nación se ha
ARTÍCULO 5.- Establecer el valor de los Pliegos en la suma de PESOS
pronunciado sosteniendo que: "...el art. 7º de la ley 13064... impide llamar a
TREINTA MIL DIEZ CON 001100 ($30.010,00), los que podrán ser adquiridos en
licitación a adjudicar alguna obra que no cuente con crédito legal pero admite
la Dirección de Ingresos Públicos, de lunes a viernes de 08:00 a 14:00.-
como excepción las construcciones nuevas.., o reparaciones que fueran
declaradas de reconocida urgencia..." (Conf Libedinsky; Jorge SACIF y C c.
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, CS 1987/03112. Fallo citado en
Comadira Julio R. Elementos de Derecho Administrativo, Ed. La Ley, Bs. As. Pag.
900).
ARTÍCULO 6.- Realizar las publicaciones pertinentes en la forma y por
los términos de ley.ARTÍCULO 7.- El acto de apertura de sobres se realizará el día 5 de
Noviembre de 2014, a la hora 11:00 en la Sala de Situación Municipal.ARTÍCULO 8.- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente
Que las cuestiones vinculadas a la vivienda merecen un tratamiento
de la Ciudad de San Luis Dr. Enrique Ariel PONCE y refrendado por el Señor Jefe
especial habida cuenta que la crisis habitacional se ha transformado en una
de Gabinete Dr. Luis Andrés MACAGNO FERNANDEZ, el Señor Secretario de
cuestión estructural que constituye una responsabilidad de los poderes públicos,
Vivienda y Desarrollo Urbano, Arq. Enrique Javier PICCO LOPEZ y por el Señor
lo que ha llevado incluso a la declaración de emergencia en diversas
Secretario de Hacienda e Ingresos Públicos C.P.N. Esteban PRINGLES.-
oportunidades, situación que persiste en la actualidad.
Que a fojas 109/111, obra copia de Decreto N° 34-SPUyOP-2012, por el
cual se declara en estado de 'Emergencia Habitacional" a la Ciudad de San Luis.
Que el caso se enmarca en lo dispuesto en el artículo 8º y 12º y
ARTÍCULO 9.- Comuníquese a Secretaría de Vivienda y Desarrollo
Urbano, Secretaría de Hacienda e Ingresos Públicos y Contaduría.ARTÍCULO 10.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.DECRETO N° 935-SVyDU-2014
concordantes de la ley N° Vlll-0257-2004, Ley de Obras Públicas, adoptada por
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Ordenanza N° 2984-HCD-2005, artículo 94º Inc. a) y 97º Inc. a) de la Ley de
SAN LUIS, 20 DE OCTUBRE DE 2014
Contabilidad N° VIII-0256-2004 adoptada por este Municipio por Ordenanza N°
3346-HCD-2013 y en el Decreto N° 168-SH-2008, Artículo 6º Inc. a), modificado
VISTO:
por Decreto N° 263-SH-2012 Art. 1º .
El Expediente N° 1-230-6-2014; y
Por ello y en uso de sus atribuciones.
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones referidas, la Secretaría de Vivienda y
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
DECRETA:
Desarrollo Urbano solicitó a la Jefatura de Gabinete se arbitren las medidas
necesarias para realizar el llamado a Licitación Pública referente a la obra
ARTÍCULO 1.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del
"CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN PLANTA
artículo 8º y 12º y concordantes de la ley N° VIII-0257-2004, Ley de Obras
BAJA Y DOS PLANTAS —GRUPO 2- PREDIO 'GRANJA LA AMALIA", ubicado
Públicas, adoptada por Ordenanza N° 2984-HCD-2005, artículo 94º Inc. a) y 97º
en Calle Europa continuación Avenida Illia.
Inc. a) de la Ley de Contabilidad N° VIII-0256-2004 adoptada por este Municipio
Que asimismo se dejó constancia que la ejecución de dicha obra será
por Ordenanza N° 3346-HCD-2013 y en el Decreto N° 168-SH-2008, Artículo 6º
financiada con fondos nacionales, en el marco de la gestión realizada por la
Inc. a), modificado por Decreto N° 263-S H-2012 Art. 1°.-
Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano de este Municipio por ante el
ARTÍCULO 2.- Aprobar los Pliegos Pliego de Cláusulas Generales (fojas
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Programa
3/32), Pliego de Cláusulas Especiales (fojas 99/106), Memoria Descriptiva y
Federal de Construcción de Viviendas Techo Digno - Construcción de Viviendas
Pliego de Especificaciones Técnicas (fojas 43/96), obrantes en el Expediente N°
Nuevas, quien ha considerado técnicamente NO OBJETABLE el proyecto
1-230-52014, correspondientes a la Licitación Pública N° 21-SVyDU-2014-
presentado por la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, denominado
ARTICULO 3.- Llamar a Licitación Pública N° 21-SVyDU-2014, para la
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CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN PLANTA
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BAJA Y DOS PLANTAS - GRUPO 2-, PREDIO "GRANJA LA AMALIA".
Públicas, adoptada por Ordenanza N° 2984-HCD-2005, artículo 94º Inc. a) y 97º
Que el presupuesto de la obra ascendería a la suma de PESOS TREINTA
Inc. a) de la Ley de Contabilidad N° VIII-0256-2004 adoptada por este Municipio
MILLONES NUEVE MIL NOVECIENTOS CON 001100 ($30.009.900,00), los
por Ordenanza N° 3346-HCD-2013 y en el Decreto N° 168-SH-2008, Artículo 6º
cuales corresponden a Aportes de la Nación.
Inc. a), modificado por Decreto N° 263-SH-2012 Art. 1°.-
Que la Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano ha elaborado
ARTICULO 2.- Aprobar los Pliegos Pliego de Cláusulas Generales (fojas
memoria descriptiva del Proyecto mencionado precedentemente, que contempla
3/32), Pliego de Cláusulas Especiales (fojas 99/105), Memoria Descriptiva y
integralmente las propuestas de adecuación de las unidades habitacionales, sus
Pliego de Especificaciones Técnicas (fojas 43/96), obrantes en el Expediente N°
planos y especificaciones técnicas, adjuntando a las presentes actuaciones la
1-230-62014, correspondientes a la Licitación Pública N° 22-SVyDU-2014.-
documentación licitatoria que se detalla a continuación, dando así cumplimiento a
ARTÍCULO 3.- Llamar a Licitación Pública N° 22-SVyDU-2014, para la
lo ordenado: Pliego de Cláusulas Generales (fojas 3/32), Pliego de Cláusulas
Obra: "CONSTRUCCION DE 100 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN
Especiales (fojas 99/105), Memoria Descriptiva y Pliego de Especificaciones
PLANTA BAJA Y DOS PLANTAS —GRUPO 2- PREDIO "GRANJA LA AMALIA",
Técnicas (fojas 43/96).
con el objeto de contratar la construcción de 100 viviendas, por un monto de
Que a foja 35 toma intervención la Dirección de Programación Financiera
y Control Presupuestario.
PESOS TREINTA MILLONES NUEVE MIL NOVECIENTOS ($30.009.900,00),
según Pliegos aprobados por el Art. 2°.-
Que a foja 36 el Señor tesorero Municipal informa que no han ingresado
ARTÍCULO 4.- Establecer que el presente llamado se encuadra en las
fondos nacionales para el proyecto mencionado, y a foja 37 vuelve a tomar
previsiones del Art. 8 —último párrafo- de la Ley N° VIII-0257-2004, como
intervención el Señor Director de Programación Financiera.
excepción, en razón de configurarse las situaciones de urgencia y carácter
Que a fojas 106/107 Asesoría Letrada, considera que el artículo 8 de la
Ley N° VIII-0257-2004, guarda similitud con lo normado por la ley de Obras
impostergable, por lo que en su oportunidad se deberá solicitar la autorización
legal correspondiente.-
Públicas de la Nación (art. 7º). Al respecto el Alto Tribunal de la Nación se ha
ARTÍCULO 5.- Establecer el valor de los Pliegos en la suma de PESOS
pronunciado sosteniendo que: "el art. 7º de la ley 13064... impide llamar a
TREINTA MIL DIEZ CON 00/100 ($30.010,00), los que podrán ser adquiridos en
licitación a adjudicar alguna obra que no cuente con crédito legal pero admite
la Dirección de Ingresos Públicos, de lunes a viernes de 08:00 a 14:00.-
como excepción las construcciones nuevas.., o reparaciones que fueran
declaradas de reconocida urgencia..." (Conf Libedinsky; Jorge SACIF y C c.
ARTÍCULO 6.- Realizar las publicaciones pertinentes en la forma y por
los términos de ley.-
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, CS 1987103/12. Fallo citado en
Comadira Julio R. Elementos de Derecho Administrativo, Ed. La Ley, Bs. As. Pag.
ARTÍCULO 7.- El acto de apertura de sobres se realizará el día 6 de
Noviembre de 2014, a la hora 10:00 en la Sala de Situación Municipal.-
900).
ARTÍCULO 8.- Comuníquese a Secretaría de Vivienda y Desarrollo
Que las cuestiones vinculadas a la vivienda merecen un tratamiento
Urbano, Secretaría de Hacienda e Ingresos Públicos y Contaduría. -
especial habida cuenta que la crisis habitacional se ha transformado en una
ARTÍCULO 9.- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente
cuestión estructural que constituye una responsabilidad de los poderes públicos,
de la Ciudad de San Luis Dr. Enrique Ariel PONCE y refrendado por el Señor Jefe
lo que ha llevado incluso a la declaración de emergencia en diversas
de Gabinete Dr. Luis Andrés MACAGNO FERNANDEZ, el Señor Secretario de
oportunidades, situación que persiste en la actualidad.
Vivienda y Desarrollo Urbano, Arq. Enrique Javier PICCO LOPEZ y por el Señor
Que a fojas 108/111, obra copia de Decreto N° 34-SPUyOP-2012, por el
Secretario de Hacienda e Ingresos Públicos C.P.N. Esteban PRINGLES.-
cual se declara en estado de "Emergencia Habitacional" a la Ciudad de San Luis.
ARTÍCULO 10.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-
Que el caso se enmarca en lo dispuesto en el artículo 8º y 12º y
DECRETO N° 936-SVyDU-201 4
concordantes de la ley N° VllI-0257-2004, Ley de Obras Públicas, adoptada por
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Ordenanza N° 2984-HCD-2005, artículo 94º Inc. a) y 97º Inc. a) de la Ley de
SAN LUIS, 20 DE OCTUBRE DE 2014
Contabilidad N° VIII-0256-2004 adoptada por este Municipio por Ordenanza N°
VISTO:
3346-HCD-2013 y en el Decreto N° 168-SH-2008, Artículo 6º Inc. a), modificado
El Expediente N° 1-230-7-201 4; y
por Decreto N° 263-SH-2012 Art. 1°.
CONSIDERANDO:
Por ello y en uso de sus atribuciones.
Que mediante las actuaciones referidas, la Secretaría de Vivienda y
Desarrollo Urbano solicitó a la Jefatura de Gabinete se arbitren las medidas
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
DECRETA:
necesarias para realizar el llamado a Licitación Pública referente a la obra
"INFRAESTRUCTURA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA 400 VIVIENDAS
ARTÍCULO 1.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del
EN EL PREDIO GRANJA LA AMALIA", Urbanización, Red de Agua Potable y
artículo 8º y 12º y concordantes de la ley N° VIII-0257-2004, Ley de Obras
Cloacas, Red Eléctrica y Canal Desagües Pluviales en el predio ubicado en Calle
Página 8
San Luis, Viernes 24 de Octubre de 2014
BOLETIN OFICIAL MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
BOLETIN OFICIAL
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
Europa continuación Avenida lIlia.
Que asimismo se dejó constancia que la ejecución de dicha obra será
3346-HCD-2013 y en el Decreto N° 168-SH-2008, Artículo 6° Inc. a), modificado
por Decreto N° 263-SH-2012 Art. 1°.
financiada con fondos nacionales, en el marco de la gestión realizada por la
Por ello y en uso de sus atribuciones.
Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano de este Municipio por ante el
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Programa
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
Federal de Construcción de Viviendas Techo Digno - Construcción de Viviendas
DECRETA:
Nuevas, quien ha considerado técnicamente NO OBJETABLE el proyecto
ARTÍCULO 1.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del
presentado por la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, denominado
artículo 8º y 12º y concordantes de la ley N° Vlll-0257-2004, Ley de Obras
INFRAESTRUCTURA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA 400 VIVIENDAS
Públicas, adoptada por Ordenanza N° 2984-HCD-2005, artículo 94º Inc. a) y 97º
EN EL PREDIO GRANJA LA AMALIA".
Inc. a) de la Ley de Contabilidad N° VIII-0256-2004 adoptada por este Municipio
Que el presupuesto de la obra ascendería a la suma de PESOS TREINTA
MILLONES CICUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS CON
por Ordenanza N° 3346-HCD-2013 y en el Decreto N° 168-SH-2008, Artículo 611
Inc. a), modificado por Decreto N° 263-SH-2012 Art. 1°.-
12/100 ($ 30.059.826,12), los cuales corresponden a Aportes de la Nación.
ARTÍCULO 2.- Aprobar los Pliegos Pliego de Cláusulas Generales (fojas
Que la Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano ha elaborado
3/32), Pliego de Cláusulas Especiales (fojas 67/77), Memoria Descriptiva y Pliego
memoria descriptiva del Proyecto mencionado precedentemente, que contempla
de Especificaciones Técnicas (fojas 40/66 y 81/84), obrantes en el Expediente N°
integralmente las propuestas de adecuación de las unidades habitacionales, sus
1-230-7-2014, correspondientes a la Licitación Pública N° 23-SVyDU-2014.-
planos y especificaciones técnicas, adjuntando a las presentes actuaciones la
ARTÍCULO 3.- Llamar a Licitación Pública N° 23-SVyDU-2014, para la
documentación licitatoria que se detalla a continuación, dando así cumplimiento a
Obra: "INFRAESTRUCTURA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA 400
lo ordenado: Pliego de Cláusulas Generales (fojas 3/32), Pliego de Cláusulas
VIVIENDAS EN EL PREDIO GRANJA LA AMALIA", Urbanización, Red de Agua
Especiales (fojas 67/77), Memoria Descriptiva y Pliego de Especificaciones
Potable y Cloacas, Red Eléctrica y Canal Desagües Pluviales, por un monto de
Técnicas (fojas 40/66 y 81/84).
PESOS TREINTA MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS
Que a foja 35 toma intervención la Dirección de Programación Financiera
y Control Presupuestario.
VEINTISEIS CON 12/100 ($ 30.059.826,12), según Pliegos aprobados por el Art.
2°.-
Que a foja 36 el Señor tesorero Municipal informa que no han ingresado
ARTICULO 4.- Establecer que el presente llamado se encuadra en las
fondos nacionales para el proyecto mencionado, y a foja 37 vuelve a tomar
previsiones del Art. 8 —último párrafo- de la Ley N° VIII-0257-2004, como
intervención el Señor Director de Programación Financiera.
excepción, en razón de configurarse las situaciones de urgencia y carácter
Que a fojas 86/87 Asesoría Letrada, considera que el artículo 8 de la Ley
N° 111-0257-2004, guarda similitud con lo normado por la ley de Obras Públicas
impostergable, por lo que en su oportunidad se deberá solicitar la autorización
legal correspondiente-
de la Nación (art. 7º). Al respecto el Alto Tribunal de la Nación se ha pronunciado
ARTÍCULO 5.- Establecer el valor de los Pliegos en la suma de PESOS
sosteniendo que: 'el art. 7º de la ley 13064... impide llamar a licitación a adjudicar
TREINTA MIL CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 ($ 30.059,83), los que podrán
alguna obra que no cuente con crédito legal pero admite como excepción las
ser adquiridos en la Dirección de Ingresos Públicos, de lunes a viernes de 08:00 a
construcciones nuevas.., o reparaciones que fueran declaradas de reconocida
14:00.-
urgencia..." (Conf Libedinsky; Jorge SACIF y C c. Municipalidad de la Ciudad de
Buenos Aires, CS 1987103/12. Fallo citado en Comadira Julio R. Elementos de
Derecho Administrativo, Ed. La Ley, Bs. As. Pag. 900).
Que las cuestiones vinculadas a la vivienda merecen un tratamiento
especial habida cuenta que la crisis habitacional se ha transformado en una
cuestión estructural que constituye una responsabilidad de los poderes públicos,
lo que ha llevado incluso a la declaración de emergencia en diversas
oportunidades, situación que persiste en la actualidad.
Que a fojas 88/91, obra copia de Decreto N° 34-SPUyOP-2012, por el
cual se declara en estado de 'Emergencia Habitacional" a la Ciudad de San Luis.
Que el caso se enmarca en lo dispuesto en el artículo 8º y 12º y
ARTÍCULO 6.- Realizar las publicaciones pertinentes en la forma y por
los términos de ley.ARTÍCULO 7.- El acto de apertura de sobres se realizará el día 6 de
Noviembre de 2014, a la hora 11:00 en la Sala de Situación Municipal.ARTÍCULO 8.- Comuníquese a Secretaría de Vivienda y Desarrollo
Urbano, Secretaría de Hacienda e Ingresos Públicos y Contaduría.ARTíCULO 9- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente
de la Ciudad de San Luis Dr. Enrique Ariel PONCE y refrendado por el Señor Jefe
de Gabinete Dr. Luis Andrés MACAGNO FERNANDEZ, el Señor Secretario de
Vivienda y Desarrollo Urbano, Arq. Enrique Javier PICCO LOPEZ y por el Señor
Secretario de Hacienda e Ingresos Públicos C.P.N. Esteban PRINGLES.-
concordantes de la ley N° VIll-0257-2004, Ley de Obras Públicas, adoptada por
ARTÍCULO 10.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-
Ordenanza N° 2984-HCD-2005, artículo 94º Inc. a) y 97º Inc. a) de la Ley de
DECRETO N° 937-SVyDU-2014
Contabilidad N° VIII-0256-2004 adoptada por este Municipio por Ordenanza N°
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SAN LUIS, 20 DE OCTUBRE DE 2014
VISTO:
ARTÍCULO 3.- Designar como Director de la Dirección de Arbolado y
Mantenimiento de Sitios Baldíos al Señor César Augusto SCARPATI, D.N.I.
La estructura orgánica de la Municipalidad de San Luis; y,
N°12.920.130.-
CONSIDERANDO:
ARTÍCULO 4.- Comuníquese a Jefatura de Gabinete, a todas las
Que es voluntad del Ejecutivo Municipal optimizar la prestación de los
servicios esenciales y básicos de la comunidad adecuando la estructura orgánica
Secretarías, y por intermedio de ellas a cada una de las Direcciones y órganos a
su cargo.-
al dinamismo y cambios propios de la época, a las políticas sociales
implementadas por el Municipio;
ARTICULO 5.- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente
de la Ciudad de San Luis, Dr. Enrique Ariel PONCE y refrendado por el Señor Jefe
Que a tal efecto resulta pertinente adecuar la estructura orgánica del
de Gabinete Dr. Luis Andrés. MACAGNO FERNÁNDEZ, por el Señor Secretario
Municipio, en áreas a cuyo cargo quedan sectores responsables en la
de Servicios Públicos Ing. Ramón Luis ZARRABEITIA, y por el Señor Secretario
satisfacción de esas necesidades priorizado un ámbito administrativo con
de Hacienda e Ingresos Públicos, C.P.N. Esteban Andrés PRINGLES.-
atribuciones específicas, con el objeto que sea la unidad ejecutora de las políticas
que determine en ejercicio de sus competencias el Departamento Ejecutivo.
ARTÍCULO 6.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese y
archívese.-
Que corresponde en esta oportunidad adecuar la estructura orgánica del
DECRETO N° 945-JG-2014
Municipio, creando la "Dirección de Arbolado y Mantenimiento de Sitios Baldíos",
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en el ámbito de la Secretaria de Servicios Públicos, a los fines de contar con un
SAN LUIS, 22 DE OCTUBRE DE 2014
área destinada a implementar entre otras que se le asignen, las acciones
previstas en las Ordenanza N° 2465/92 en lo que fuere pertinente, y Ordenanza
N° 2205/90, con sus respectivos Decretos reglamentarios.
Que en lo inmediato y reuniendo el perfil adecuado para dicha función, se
ha decidido que ocupe el cargo de Director el Señor César Augusto SCARPATI de
la nueva Dirección que se crea.
VISTO:
Que el día 23 de Octubre de 2014 visita la Ciudad de San Luis el Señor
Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Don Daniel Osvaldo SCIOLI, y;
CONSIDERANDO.Que esta significativa oportunidad, es motivo de especial satisfacción
para el Municipio y su comunidad, la que concurre junto a sus Autoridades, a
Que el Articulo 6.-, de la Ordenanza N° 3346-HCD-2014 establece que:
testimoniar su afecto y consideración, compartiendo la justa decisión de declarar
"El Poder Ejecutivo Municipal podrá disponer las reestructuraciones y/o
al relevante funcionario que nos visita, "HUESPED ILUSTRE" y de hacer entrega
modificaciones que considere necesarias.
de la Llave de la Ciudad, en reconocimiento de su destacada y comprometida
Que el presente acto se dicta en el marco de las previsiones establecidas
por la Constitución Nacional, Artículo 123.- que asegura la autonomía municipal,
trayectoria política.
Por ello, y en uso de sus atribuciones,
en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero, como
así también de la Constitución Provincial, Artículo 248.- y el Articulo 261.- inc. 4),
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
que reconoce la autonomía política, administrativa y financiera y, Artículo 22.-, de
DECRETA:
la Carta Orgánica Municipal que atribuye expresamente al Ejecutivo Municipal la
ARTÍCULO 1.- DECLARASE "HUESPED LUSTRE" y HAGASE
competencia de designar los funcionarios que desempeñarán en cargos
ENTREGA de la Llave de la Ciudad de San Luis al Señor Gobernador de la
jerárquicos superiores en la estructura de la organización administrativa
Provincia de Buenos Aires, Don Daniel Osvaldo SCIOLI, que arriba a nuestra
municipal.
Capital el día 23 de Octubre de 2014, como testimonio de orgullo y satisfacción
Que en consecuencia corresponde dictar el pertinente acto
administrativo que así lo disponga.
por su importante visita.
ARTÍCULO 2.- Con atenta nota de estilo, hágase entrega al distinguido
Por ello y en uso de sus atribuciones,
funcionario de copia autenticada del presente Decreto.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente
EL SEÑOR INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
de la Ciudad de San Luis Dr. Enrique Ariel PONCE, refrendado por el Señor Jefe
DECRETA:
de Gabinete, Dr. Luis Andrés MACAGNO FERNÁNDEZ, y Señor Secretario de
ARTÍCULO 1.- Aprobar la modificación de la Estructura Orgánica
Municipal constituyéndose la Dirección de Arbolado y Mantenimiento de Sitios
Baldíos, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, a partir del 21 de
Octubre de 2014 y por las razones expresadas en los Considerandos.ARTÍCULO 2.- Modificar la partida presupuestaria necesaria, conforme a
Legal y Técnica, Dr. Carlos Omar VILCHE.
ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese y oportunamente
archívese.
DECRETO Nº 951-SLyT-2014
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la nueva estructura.
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