PIDUA II Documento Técnico 9 PROYECTO URBANIZACIÓN PREDIO PEREYRA ROZAS .gm CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 INDICE 1. Introducción 2. Normativa 2.1. Ordenanza 14.489 2.2. Expropiación 2.3. Ordenanza 14.698 Documento Técnico 3 - Índice CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización del Predio Pereyra Rozas 1. Introducción Se presenta en este Documento Técnico la normativa sancionada duran- te el proceso de revisión del PIDUA II en relación al área de ocupación prioritaria “Pereyra Rozas”: - Ordenanza 14.489 (régimen urbanístico Pereyra Rozas y Martearena) - Ordenanza 14.698 (modificatoria de Ordenanza 14.489 – modificación régimen urbanístico Pereyra Rozas) 2. Normativa 2.1. Ordenanza 14.489. La ordenanza 14.489 que regula los indicadores urbanísticos para las áreas Martearena y Pereyra Rozas en sus anexos 1 y 2 respectivamente, fue aprobada y puesta en vigencia en noviembre del 2012 y posteriormente modificada por Ordenanza 14.698 en 2013. Se transcribe a continuación el texto del Anexo 2 de la Ordenanza 14.489, que contiene el régimen urbanístico del predio Pereyra Rozas. Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 3 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 ANEXO 2 REGIMEN URBANÍSTICO ESPECIAL ÁREA PEREYRA ROZAS (a incorporar como Anexo 12.2 en el CPUA) DE LOS DISTRITOS El Área Especial Pereyra Rozas quedará conformada por tres distritos (AR1, AR2 y AR3), de acuerdo al plano que a continuación se presenta: AR1: Distrito de alta diversidad de usos, con predominancia de grandes equipamientos comerciales, de servicios, institucionales e industriales de Niveles de Interferencia medios a bajos, coexistiendo con usos residenciales de densidades bajas, reforzando el concepto de multifocalidad. Los proyectos a desarrollar en este distrito, debido a las restricciones de la Administración Nacional de Defensa Civil – ANAC (por la cercanía al Aeroclub), deberán ser tratados como Proyectos Especiales Puntuales, en los términos del art. 100 del CPUA. AR2: Distrito predominantemente residencial, de muy alta densidad, orientado a la materialización de edificios en propiedad horizontal. Se complementa con usos comerciales, servicios, institucionales, recreativos y otros, con la finalidad estratégica de atenuar la sobrecarga de actividades que registra el Centro Histórico de la Ciudad de Salta. AR3: Distrito predominantemente residencial, de densidad media, orientado a la materialización de edificios en propiedad horizontal. Se complementa con usos comerciales y servicios. DE LOS LIMITES DE LOS DISTRITOS: 9.1. AR1 (Ex AE-RE Pereyra Rozas) Norte: eje de Av. Patrón Costas, desde eje de Av. Bolivia hasta la coordenada X= 3560029,2888; Y= 7264624,5044 Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 4 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 Este: desde coordenada X= 3560029,2888; Y= 7264624,5044 hacia el sudoeste, hasta la coordenada X= 3559496,2747; Y= 7264073,1385 (sobre colectora de Av. Bolivia) Oeste: por colectora de Av. Bolivia, desde la coordenada X= 3559496,2747; Y= 7264073,1385 hacia el norte, hasta la intersección con eje de Av. Patrón Costas. Las coordenadas mencionadas corresponden a Coordenadas Gauss-Kruger, Sistema Posgar 98. 9.2. AR2 (Ex AE-RE Pereyra Rozas) Norte: Eje de Av. Patrón Costas, desde coordenada X= 3560029,2888; Y= 7264624,5044 hasta intersección con eje de Av. Constitución Nacional. Este: eje de Av. Constitución Nacional hacia el sur, hasta la intersección de ésta con colectora mayor proyectada (la cual conecta con rotonda existente de Av. Bolivia hacia el oeste) Sur: Colectora mayor proyectada, hacia el oeste, hasta intersección con rotonda existente sobre Av. Bolivia. Oeste: colectora Av. Bolivia hacia el norte, hasta intersección con coordenada X= 3559496,2747; Y= 7264073,1385 Las coordenadas mencionadas corresponden a Coordenadas Gauss-Kruger, Sistema Posgar 98. 9.3. AR3 (Ex AE-RE Pereyra Rozas) Norte: Colectora mayor proyectada, desde rotonda existente en Av. Bolivia hacia el este, hasta la intersección con eje de Av. Constitución Nacional, desde allí hacia el noreste, siguiendo por la Avenida mencionada hasta el límite norte de la matrícula Nº 164.320, por ésta hacia el este hasta las vías del ferrocarril. Este: vías del ferrocarril hacia el sur siguiendo el límite de la matrícula Nº 164.320 Sur: desde el límite sudeste de la matrícula Nº 164.320 siguiendo los límites de la matrícula mencionada hacia el oeste y sur hasta la intersección con eje de Av. YPF, desde allí hacia el oeste siguiendo por la avenida mencionada, hasta la intersección con la colectora de Av. Bolivia. Oeste: desde intersección de eje de Av. YPF y colectora de Av. Bolivia, hacia el norte, hasta intersecar la colectora mayor proyectada.” DEL AMANZANAMIENTO El presente régimen urbanístico incluye un nuevo concepto de urbanización, bajo la premisa de organización de “supermanzanas”. Al interior de las mismas y de acuerdo al planteo del/los desarrolladores, se podrán plantear manzanas, contenidas en una red vial secundaria, cuyo diseño también estará sujeto al proyecto de quien urbanice. Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 5 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 El esquema básico a respetar en el trazado de las manzanas es el que se incorpora a continuación: Las supermanzanas estarán contenidas por vías arteriales, colectoras mayores (CMA2) y/o colectoras menores (CME2) y se pueden subdividir en manzanas de menor dimensión, separadas por calles locales de 16m. El trazado de las manzanas (al interior de las supermanzanas) deberá cumplir las siguientes normas: 1.- La forma no necesariamente deberá ser rectangular, pudiendo aceptarse cualquier otra forma. 2.- Su superficie no podrá ser menor a 10.000 m2 3.- Sus lados podrán exceder los 200 m y no podrán ser menores de 100 m. Las manzanas podrán superar las 3 ha sin apertura de calle al uso público, siempre y cuando no afecte la continuidad y regularidad del trazado vial existente. DE LAS SUBDIVISIONES Las subdivisiones podrán responder a la modalidad de lotes y superlotes. Los lotes tendrán una superficie mínima de 1200 m2 y los superlotes de 3000 m2. En las manzanas la relación de ocupación de lotes y superlotes deberá responder a la siguiente proporción: 65% de superlotes (porcentaje mínimo) ubicados sobre las colectoras mayores 35% de lotes (porcentaje máximo) ubicados sobre las colectoras menores Se adjunta en Anexo esquema indicativo de proporción de lotes en las manzanas: Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 6 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 DE LA RED VIAL El esquema básico de red vial a respetar es el siguiente: Se deberá asegurar la conectividad norte–sur a través de al menos tres colectoras mayores de 24 m, en los puntos de empalme previstos en el CPUA o aquellos que se estimaran más convenientes para asegurar la continuidad de la trama y conectar B° Parque General Belgrano (en sus tres rotondas existentes) al norte y los Barrios ubicados al sur del vacío En sentido este oeste, se trazarán al menos dos colectoras mayores de 24 m, que se configurarán como ejes verdes y deberán asegurar la conexión entre colectora de Av. Bolivia y Av. Constitución Nacional, empalmando una de ellas con la rotonda existente sobre Av. Bolivia, y la otra con rotonda proyectada en el trazado vial básico del Anexo 7 del CPUA. Además de las colectoras mayores, en sentido este-oeste, se trazará una colectora menor (CME2) coincidente con el límite de las matrículas Nº 164.320 y 164.322, cuyo trazado será recto. En el diseño de la red vial se respetarán los siguientes perfiles: COLECTORAS MAYORES (CMA1): se respetará el perfil del anexo 7.2 del CPUA para cualquier modificación de las vías rápidas existentes bajo esta categoría. L.M. L.M. 5.00 10.00 3.00 10.00 Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 5.00 7 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 COLECTORAS MAYORES (CMA2): de 24 m. de ancho. Serán del tipo boulevard, con un trazado curvo cuyas finalidades principales son disminuir la velocidad y aportar calidad ambiental y paisajística por el espacio verde que contienen. L.M. L.M. 3.50 7.00 3.00 7.00 3.50 COLECTORAS MENORES (CME2): definen las manzanas que pudieran plantearse al interior de las supermanzanas, su ancho es de 16 m. y conectan lotes y superlotes. L.M. L.M. 3.00 3.00 10.00 16.00 CALLES LOCALES (CLOC): calles internas de las manzanas aplicables en condominios o accesos de servicio. Su ancho será de 12 m. L.M. L.M. 2.50 7.00 2.50 No se permiten las calles pasajes (CPAS) En los encuentros entre colectoras mayores se deberán plantear rotondas, a fin de resolver las intersecciones conflictivas de manera controlada. Este tipo de solución también podrá plantearse a diferentes niveles. Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 8 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 DE LAS CESIONES OBLIGATORIAS Las cesiones obligatorias, calculadas sobre la superficie a urbanizar, una vez descontada el área destinada a la red vial, serán de: Espacio verde: 10% mínimo. Equipamiento comunitario: 7% mínimo DEL ESPACIO VERDE Los espacios verdes deberán localizarse de acuerdo al siguiente esquema: En cuanto a las características de los espacios verdes, los mismos responderán a la siguiente clasificación: Verde sectorial: localizado en el distrito AR1, como complemento del equipamiento institucional. Verde a nivel circulatorio: contenedor de las colectoras mayores de trazado curvo, de sentido este-oeste. Este tipo de verde se deberá configurar en forma de eje, reforzando el concepto de espacios abiertos. Este espacio urbano a escala peatonal deberá contener actividades recreativas y/o deportivas (circuitos aeróbicos, gimnasia, patinaje, descanso, ciclovías, etc). Estos espacios deberán ser diseñados y equipados para su uso en base a un proyecto que deberá contar con aprobación previa de la Dirección General de Planificación Urbana o la que en el futuro la reemplace. Verde privado: es el verde que se genera entre los edificios y que se integra al verde público, razón por la cual los cerramientos verticales divisorios de lotes no podrán materializarse con muros ciegos, sino con divisorias transparentes y visualmente permeables. Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 9 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 DEL EQUIPAMIENTO COMUNITARIO La mayor proporción del equipamiento institucional de carácter municipal y provincial se localizará contiguo al verde sectorial, de acuerdo al esquema que se adjunta, de manera de generar un sector institucional distintivo de la zona que albergue actividades tales como centro comunitario participativo, registro civil, destacamento policial, biblioteca popular, auditorio público, actividades deportivas, etc. El resto del mismo se ubicará contiguo al verde a nivel circulatorio, distribuido de manera equitativa en los tres distritos. El equipamiento previsto a nivel educativo es de dos escuelas primarias y dos escuelas secundarias. Las mandas destinadas a uso institucional público y privado (hogar de ancianos, iglesia, centro de salud, etc.), de la matrícula Nº 164.323 se deberán respetar, ya que complementan las actividades propuestas en el área. DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES Las actividades comerciales permitidas en cada uno de los distritos son las que se mencionan a continuación: Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 10 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 AR2 AR3 Si Si Si Si X Vivienda Transitoria (I) Baja Si Si Si (I) Baja (II) Media (III) Media Alta (I) Baja (I) Baja (II) Media (III) Media Alta (II) Media (III) Media Alta (IV) Alta Si 1 2 3 3 2 2 X X X Si 1 2 3 3 1; 4 1; 4 X X X Si 1 2 3 3 2; 4 4; 6 X X X Pequeña Escala - 1500m2 Mediana y Gran Escala - Manzana tipo (IV) Alta (II) Media (II) Media (II) Media (II) Media (II) Media (I) Baja (II) Media (III) Media Alta (I) Baja (I) Baja (II) Media (I) Baja (II) Media X Si Si Si Si X Si Si 1 5 X X 9 1; 10 X Si 5 5 1 X Si Si 1 5 5; 7 5; 8 9 1; 10 X Si Si Si X X Si 6 6 6 7 8 9 1; 10 Grandes predios - 8 Ha. (III) Media Alta X X X Con Actividades Incómodas y/o Peligrosas (IV) Alta (I) Baja (II) Media (III) Media Alta (IV) Alta (I) Baja (III) Media Alta (I) Baja (II) Media (III) Media Alta (I) Baja (II) Media (II) Media Pequeña y Mediana Escala - 300 m2 Gran Escala > 300 m2 Con Actividades Incómodas (II) Media (III) Media Alta (IV) Alta (II) Media (III) Media Alta (IV) Alta (I) Baja (III) Media Alta Alta (II) Media Alta (III) Media Alta (IV) Alta (II) Media (III) Media Alta (II) Media (II) Media (III) Media Alta (IV) Alta X Si Si Si X 5; 11 X Si Si Si Si Si Si Si Si Si 12 X X X Si Si X X X X X X 2 X X X X X Si Si Si X 5; 11 5; 11 Si Si Si Si Si Si Si Si Si 1; 12 5; 13 5; 14 X Si 5 X 5 5 5 5 5 2; 5 16 5 5 X X Si 6 6 X 5; 11 X Si Si 6 Si Si 6 Si Si 6 X 6; 13 6; 14 X Si 6; 15 X Si 6 Si 6 X Si Si 6 6 X Depósito 1 Depósito 2 Depósito 3 Depósito 4 Depósito 5 (IV) Alta (III) Media Alta (III) Media Alta (II) Media (II) Media X X X X X X X X X X X X X X X (IV) Alta X X X Artesanal Patrón Industrial I Patrón Industrial II Patrón Industrial III Patrón Industrial IV (IV) Alta (I) Baja (II) Media (III) Media Alta (IV) Alta (IV) Alta X Si Si X X X 17 Si Si X X X X Si Si X X X Intensivo (III) Media Alta X X X Extensivo (III) Media Alta X X X Hotel, Motel, Hostal, Hospedaje, etc. Hotel por Hora Comercial Minoristas en General Pequeña Escala - 300 m2 Mediana Escala - 2500 m2 Gran Escala >2500 m2 Micro Escala - 80 m2 Pequeña Escala - 300 m2 Mediana Escala - 2500 m2 Gran Escala - >2500 m2 Pequeña Escala - 300 m2 Mediana y Gran Escala - 2500 m2 Grandes Superficies Comerciales >2500m 2 Comercios Incómodos y/o Peligrosos Educación Inicial Educación Básica Enseñanza e Investigación Educación Complementaria Educación Superior e Investigación Enseñanza e Invest. en Grandes Predios Mayoristas en General Sanitario Social y Deportivo Cultural Equipamientos y Servicios Religioso Pequeña Escala - 300 m2 Mediana Escala - 1500 m2 Gran Escala > 1500 m2 Con Actividades Incómodas Pequeña y Mediana Escala - 1500 m2 Gran Escala > 1500 m2 Pequeña Escala - 80 m2 Mediana Escala - 300 m2 Gran Escala > 300 m2 Centrales Pequeña Escala - 80 m2 Mediana Escala - 300 m2 Gran Escala > 300 m2 Recreativos Pequeña Escala - 80 m2 Mediana Escala - 300 m2 Gran Escala > 300 m2 Con Actividades Incómodas Fúnebres Pequeña Escala Hasta 300 m2 Gran Escala Más de 300 m2 Grandes Predios Más de 1 ha Seguridad Pequeña y Mediana Escala 300 m2 Gran Escala > 300 m2 Actividades incómodas y /o peligrosas Transporte y Comunicaciones Depósitos 70 Industriales 71 72 73 74 75 76 Infraestructuras Urbanas Productivos Equip. Salud sin Internación Peq. Esc - 150 m 2 Equip. Salud Mediana Escala - 1500 m2 Equip. Salud Gran Escala > 1500 m2 Equipos de Salud Móviles - 2500 m2 Atención animales Pequeña Escala - 150 m2 Atención animales Med. y Gran Esc >150 m 2 Básicos y Generales Servicios del Automotor 65 66 67 68 69 78 X Si X Si X Micro Escala - 80 m2 31 77 X Si Si Si X Vivienda Unifamiliar Vivienda Multifamiliar Vivienda Comunitaria Minoristas Comestibles y Afines 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 32 33 34 35 36 37 39 40 41 42 43 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 (I) Baja (I) Baja (I) Baja (I) Baja (III) Media Alta ESCALA*/NIVEL/TIPO ACTIVIDAD 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 INTERF. AMBIENT. (*1) AR1 (FS) Residencial 1 2 3 4 5 USO CUADRO GENERAL DE LOCALIZACIÓN DE ACTIVIDADES N° Industrial Agropecuario Talleres Pequeña Escala Hasta 300 m2 Talleres Mediana y Gran Escala más 300 m2 Lavaderos Pequeña Escala hasta 600 m2 Lavaderos Mediana y Gran Escala > 600 m2 Playas de Estacionamiento y Garajes Estaciones de Servicio Remises Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 11 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 REFERENCIAS DE LOCALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Si Actividad Permitida. X Actividad Prohibida. 1 Actividad permitida sólo sobre CMA1, CMA2 y CME2. 2 Actividad permitida sólo sobre CMA1. 3 Actividades permitidas. No se admiten actividades del rubro: Mercado de pulgas - Semillas, abonos y plaguicidas - Chatarra, compra y venta - Fertilizantes y Plaguicidas - Feria Americana - Garrafas y combustibles sólidos y líquidos - Oxígeno y otros gases no combustibles; y cuaquier otra actividad que a juicio de la Dirección competente resultare incómoda y/o peligrosa. 4 Actividades condicionadas. No se admiten actividades del rubro: Mercado de pulgas Semillas, abonos y plaguicidas - Chatarra, compra y venta - Fertilizantes y Plaguicidas Feria Americana - Garrafas y combustibles sólidos y líquidos - Oxígeno y otros gases no combustibles; y cuaquier otra actividad que a juicio de la Dirección competente resultare incómoda y/o peligrosa. 5 Actividad permitida sólo sobre CME2. 6 Actividad permitida sólo sobre CMA1 y CMA2. 7 Actividades permitidas. No se admiten actividades del rubro: Stud - Escuela de adiestramiento para animales - Guardería de animales. 8 Actividad condicionada: hasta 300 m2. No se admiten actividades del rubro: Stud - Escuela de adiestramiento para animales - Guarderías de animales. 9 Actividad condicionada. Sólo se admiten actividades del rubro Gimnasio - Piscina Natatorio - Cancha de paddle, fútbol 5, tennis, squash, basquet, voley, otros (cubiertos o 10 Actividad permitida: hasta 1 Ha. No se admiten actividades del rubro: Agrupación tradicionalista - Campo de golf. Sólo se admite Campo deportivo como manda. 11 Actividad permitida. No se admiten actividades del rubro: Convento - Monasterio - 12 Actividades permitidas. No se admiten actividades del rubro: Bailanta - Bailes en carpas y similares - Cabaret - Whiskerías y similares. 13 Actividad permitida: oficina de servicios fúnebres. Actividades condicionadas a Estudio de Imapacto Ambiental y Social: casa de velatorio y columbario. Actividades prohibidas: crematorio, cementerio y cementerio parque. 14 Actividad condicionada hasta 1.000 m2: oficina de servicios fúnebres. Actividades condicionadas a Estudio de Imapacto Ambiental y Social: casa de velatorio y columbario. Actividades prohibidas: crematorio, cementerio y cementerio parque. 15 Actividad permitida sólo en terrenos para mandas. 16 Actividad permitida sólo en lotes chicos, y condicionada a realizar toda aquella actividad de apoyo necesaria dentro del predio, incluyendo el estacionamiento propio. 17 Sólo se permiten actividades del rubro: Centro de comunicaciones, estación o central trasmisora - Estación de telefonía - Estación de televisión - Estación de radiodifusión. (*1) Los niveles de Interferencia Ambiental que se establecen en el Cuadro son orientativos en función de las características genéricas de cada actividad y escala. El O.T.A. podrá reclasificar las mismas y sus criterios de zonificación. Asimismo son indicativas las medidas de superficie que definen rangos de escalas. Condicionamientos: a Estudio de Impacto Ambiental y Social, a no tipología galpón a la vista, a carga y descarga dentro del predio, a realizar toda la actividad dentro del predio, a estudio acústico, y otros que a juicio de la Dirección competente resultaren necesarios. Los condicionamientos de establecerán acordes a la actividad requerida. Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 12 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 DEL REGIMEN VOLUMETRICO NORMAS GENERALES SOBRE REGIMEN URBANÍSTICO ANEXO 5,1 EDIFICACIÓN ENTRE MEDIANERAS SUB DIVISIÓN MÍNIMA ZONA DE USO F.O.S. (*1) EDIFICACIÓN DE PERIMETRO LIBRE RETIROS (m) BASAMENTO (*2) TORRE SUBDIVISIÓN MÍNIMA VIVIENDA USO BASAME SUP. FRENTE VIVIENDA EN COMERCI NTO y/o FONDO MÍNIMA MÍNIMO UNIFAMIL ALTURA O AL / JARDIN PERFIL (*10) (m²) (m) IAR MULTIFA SERVICIO SOBRE MILIAR S CALLE F.O.S. ALTURA MAX. (m) ALTURA MAX. (m) SUP. MÍNIMA (m²) CONJUNTOS HABITACIONALES ESPECIALES FOS (*1) RETIROS (m) VIVIENDA USO DE FRENTE EN COMERCI JARDIN MÍNIMO ALTURA O AL / (Desde (m) MULTIFA SERVICIO L.M.) MILIAR S SUBDIVISIÓN MÍNIMA DE ALTURA DE FONDO LATERAL MAX. (m) (Desde (Desde E.M.) E.M.) (*10) SUP. MÍNIMA (m²) F.O.S. (*1) RETIROS (m) VIVIENDA USO DE FRENTE EN COMERCI JARDIN MÍNIMO ALTURA O AL / (Desde (m) MULTIFAM SERVICIO L.M.) ILIAR S DE FONDO (Desde E.M.) (*10) ALTURA DE LATERAL MAX. (m) (Desde E.M.) AR1 (*9) 600 15 - 3000 50 0,35 0,35 5,00 7,00 7,00 P.E.P. 3000 50 0,35 0,35 5,00 7,00 7,00 P.E.P. AR2 (*9) 1200 30 - 0,50 0,50 5,00 (*3) 1/3 H - 0,50 6,00 m. Perfil s/ Anexo 18,00 (6 plantas) 3000 50 0,35 0,35 5,00 7,00 7,00 45,00 (13 plantas) (*7) 3000 50 0,35 0,35 5,00 (*4) 7,00 7,00 45,00 (13 plantas) (*6) AR3 300 12 0,60 0,60 0,70 3,00 (*6) 4,00 - - - 12,00 (4 plantas) - - - - - - - - 3000 50 0,35 0,35 5,00 (*8) 5,00 5,00 15,00 (5 plantas) Proyecto Especial Puntual - P.E.P. (*5) NOTA: 123- El 10% del FOS libre debe destinarse a suelo absorbente. El basamento será optativo y podrá llegar a Línea Municipal. En lotes en esquina, el retiro de jardín de 5,00m será obligatorio sobre ambos lados si se quiere alcanzar la altura máxima. No se exigirá retiro de fondo. 4- En lotes en esquina, el retiro de jardín será de 5,00m. De cada lado. Retiro a ejes medianeros: 7,00 m. 5- El FOS en el distrito AR1 podrá variar, según los usos: -Institucional (incluye educación, salud, social y deportivo, religiosos seguridad, cultural, servicios centrales): entre 0,50 y 0,70. -Residencial (multifamiliar): entre 0,50 y 0,65. -Comercial: entre 0,50 y 0,70. 6- En lotes en esquina, el retiro será de 1,5 mts mínimo sobre cada calle. No se exigirá retiro de fondo. 7- La altura total incluye instalaciones complementarias, balizas, antenas, etc. 8- En lotes en esquina el retiro de jardín sobre ambos lados será de 5,00 m. 9- Se deberá asegurar una densidad mínima del 70% de la densidad proyectada para cada Distrito. Las densidades proyectadas (estimativas) para cada distrito son: -AR1: hasta 1.000 Hab/Ha -AR2: hasta 1.900 Hab/Ha 10- Para los Distritos en que se exige Retiro de Fondo=1/3 de la Altura de Edificación, no se admitirán retiros de fondo menores a 4,00m. Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 13 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 ANEXO PERFIL DISTRITO AR2 Edificación entre Medianeras (Basamento optativo) E.M. 12.00m L.M. E.M. L.M. E.M. 18,00m (6 plantas máx.) 18,00m (6 plantas máx.) 1/3 H 5.00m Basamento Optativo (2 plantas máx.) PLANTA Basamento Optativo (2 plantas máx.) 6.00m 6.00m 12.00m E.M. E.M. 5.00m mín. 1/3 H E.M. LATERAL 7.00m mín. E.M. 5.00m mín. FRENTE E.M. E.M. 45,00m (13 plantas + instalaciones complementarias) 7.00m mín. LATERAL E.M. 45.00m 45,00m (13 plantas + instalaciones complementarias) 7.00m mín. PLANTA L.M. E.M. 45.00m E.M. L.M. E.M. E.M. 5.00m mín. 7.00m mín. 7.00m mín. E.M. E.M. E.M. 7.00m mín. Edificación en Perímetro Libre TORRE 7.00m mín. FRENTE Edificación en Perímetro Libre CONJUNTOS HABITACIONALES Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 5.00m mín. E.M. L.M. E.M. 7.00m mín. 7.00m mín. PLANTA 14 E.M. 45.00m L.M. E.M. 45.00m E.M. CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 45,00m (13 plantas + instalaciones complementarias) 7.00m mín. 7.00m mín. 45,00m (13 plantas + instalaciones complementarias) 5.00m mín. 7.00m mín. FRENTE LATERAL L.M. 12.00m PLANTA 12,00m (4 plantas máx.) E.M. 3.00m mín. E.M. L.M. E.M. 12.00m E.M. E.M. Edificación entre Medianeras E.M. 4.00m mín. ANEXO PERFILES DISTRITO AR3 12,00m (4 plantas máx.) 3.00m mín. 4.00m mín. FRENTE LATERAL 5.00m mín. E.M. L.M. E.M. 5.00m mín. 5.00m mín. E.M. E.M. E.M. 5.00m mín. Edificación en Perímetro Libre CONJUNTOS HABITACIONALES PLANTA Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 15 E.M. 15.00m 15,00m (5 plantas máx.) 5.00m mín. 5.00m mín. L.M. E.M. 15.00m E.M. CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 5.00m mín. 15,00m (5 plantas máx.) 5.00m mín. FRENTE LATERAL ANEXO ESQUEMA INDICATIVO DISTRIBUCION LOTES Y SUPERLOTES 2.2. Expropiación En diciembre de 2013, se declaran de utilidad pública las tres matrículas que componen el vacío urbano en cuestión: Mat. 164.320 (de mayor superficie), Mat. 166.525 y Mat. 164.323 (predio afectado por mandas a usos públicos sociales) y se expropian con el fin de dar respuesta a la demanda de lotes urbanos para el plan PRO.CRE.AR destinando una fracción de tierras a este fin y otra para la construcción de vivienda social. 2.3. Ordenanza 14.698 Mediante Ordenanza 14.698 de enero de 2014 se modifica el Anexo 2 de la Ordenanza 14.489 correspondiente al régimen urbanístico del Predio Pereyra Rozas. Dicha modificación se presenta a continuación: Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 16 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 ANEXO 2 REGIMEN URBANÍSTICO ESPECIAL ÁREA PEREYRA ROZAS (a incorporar como Anexo 12.2 en el CPUA) DE LOS DISTRITOS El Área Especial Pereyra Rozas quedará conformada por los distritos R3 y AE RE (Chachapoyas), de acuerdo al plano que a continuación se presenta: 4 6 5 8 3 1 7 9 10 11 2 B A CH C D M Ñ P N F E G H O I LL R Q T S U J L K V X Z Y 1 7 8 2 9 W 3 27 4 28 5 6 26 29 30 79 25 80 24 85 33 31 34 32 61 35 39 40 41 42 38 43 37 44 36 45 48 49 67 46 51 50 53 68 62 81 82 86 88 89 84 90 73 70 71 72 76 54 83 87 63 66 65 64 69 74 75 52 55 56 57 58 59 77 78 60 R3: distrito predominantemente residencial, de densidad media, orientada a la materialización de edificios de propiedad horizontal. Se complementa con usos comerciales y servicios. AE - RE: distrito correspondiente a áreas de interés urbanístico - de renovación o revitalización, en los cuales se promueve la realización de proyectos públicos, privados o mixtos de interés estratégico para el desarrollo y/o la estructuración urbana. Se deberán respetar las mandas destinadas a Uso Institucional Público y Privado definidas por la sucesión Pereyra Rozas para la Matrícula Nº164.323 DE LOS LIMITES DE LOS DISTRITOS: 6.1- R3 (Pereyra Rozas) Norte: Futura línea de fondo de lotes frentistas a Av. Robustiano Patrón Costas (vereda S), desde intersección con predio del Hotel Huaico hasta intersección con eje de Av. Constitución Nacional. Desde allí hacia el sur siguiendo el límite norte de la actual matrícula 164.320 hasta interceptar las vías del FFCC Gral. Belgrano. Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 17 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 Este: siguiendo las vías del FFCC Gral. Belgrano hacia el sur hasta el límite noreste del Bº Gral. Mosconi. Sur: continuando hacia el oeste por la línea divisoria de la matrícula 164320 con el límite Norte de los Barrios Gral. Mosconi y Lamadrid, hacia el sur siguiendo el límite este de las matrículas 164.322 y 164323 hasta la intersección el eje de la Av. YPF, hasta su intersección con la línea de fondo de lotes frentistas de la Calle Deán Funes (vereda E). Oeste: Línea de fondo de lotes frentistas a Av. Bolivia, desde su intersección con Avenida YPF hasta intersectar con el límite Sur del predio del Hotel Huaico, de allí hacia el Este bordeando dicho predio y hacia el Norte, hasta intersección con línea de fondo de futuros lotes frentistas a Av. Patrón Costas. 9- AE RE (Chachapoyas) Norte: Desde intersección de las vías del FFCC General Belgrano con autopista de acceso norte, luego bordeando la misma hasta encontrarse con línea de perímetro urbano consolidado. Este: Línea de Perímetro urbano consolidado desde intersección con autopista norte hasta intersección con calle Los Álamos Sur: eje de calle Los Álamos desde su intersección con línea de perímetro urbano consolidado, hasta el encuentro de la prolongación de dicha calle con vías del FFCC Oeste: siguiendo las vías del FFCC hacia el norte hasta intersección con autopista de acceso norte. DE LA RED VIAL El esquema básico de red vial a respetar es el siguiente: Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 18 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 Se deberá asegurar la conectividad norte–sur a través de al menos tres colectoras mayores de 24 m, en los puntos de empalme previstos en el CPUA o aquellos que se estimaran más convenientes para asegurar la continuidad de la trama y conectar B° Parque General Belgrano (en sus tres rotondas existentes) al norte y los Barrios ubicados al sur del vacío En sentido este oeste, se trazarán al menos dos colectoras mayores de 24 m, que se configurarán como ejes verdes y deberán asegurar la conexión entre colectora de Av. Bolivia y Av. Constitución Nacional, empalmando una de ellas con la rotonda existente sobre Av. Bolivia, y la otra con rotonda proyectada en el trazado vial básico del Anexo 7 del CPUA. Además de las colectoras mayores, en sentido este-oeste, se trazará una colectora menor (CME2) coincidente con el límite de las matrículas Nº 164.320 y 164.322, cuyo trazado será recto. En el diseño de la red vial se respetarán los siguientes perfiles: COLECTORAS MAYORES (CMA1): se respetará el perfil del anexo 7.2 del CPUA para cualquier modificación de las vías rápidas existentes bajo esta categoría. L.M. L.M. 5.00 10.00 3.00 10.00 5.00 COLECTORAS MAYORES (CMA2): de 24 m. de ancho. Serán del tipo boulevard, con un trazado curvo cuyas finalidades principales son disminuir la velocidad y aportar calidad ambiental y paisajística por el espacio verde que contienen. L.M. L.M. 3.50 7.00 3.00 7.00 3.50 COLECTORAS MENORES (CME2): su ancho es de 16 m. L.M. L.M. 3.00 10.00 3.00 16.00 Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 19 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 CALLES LOCALES (CLOC): su ancho será de 12 m. L.M. L.M. 2.50 7.00 2.50 No se permiten las calles pasajes (CPAS) En los encuentros entre colectoras mayores se deberán plantear rotondas, a fin de resolver las intersecciones conflictivas de manera controlada. Este tipo de solución también podrá plantearse a diferentes niveles. DE LAS CESIONES OBLIGATORIAS Las cesiones obligatorias, calculadas sobre la superficie a urbanizar, una vez descontada el área destinada a la red vial, serán de: Espacio verde: 10% mínimo. Equipamiento comunitario: 1% mínimo. Se deja aclarado que la superficie de la Matrícula Nº164.323 afectada a las mandas, queda excluida de este porcentaje. DEL ESPACIO VERDE Los espacios verdes deberán localizarse de acuerdo al siguiente esquema: Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 20 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 En cuanto a las características de los espacios verdes, los mismos responderán a la siguiente clasificación: Verde sectorial: como complemento del equipamiento institucional. Verde a nivel circulatorio: contenedor de las colectoras mayores de trazado curvo, de sentido este-oeste. Este tipo de verde se deberá configurar en forma de eje, reforzando el concepto de espacios abiertos. Este espacio urbano a escala peatonal deberá contener actividades recreativas y/o deportivas (circuitos aeróbicos, gimnasia, patinaje, descanso, ciclovías, etc). Estos espacios deberán ser diseñados y equipados para su uso en base a un proyecto que deberá contar con aprobación previa de la Dirección General de Planificación Urbana o la que en el futuro la reemplace. DEL EQUIPAMIENTO COMUNITARIO Deportivo La mayor proporción del equipamiento institucional de carácter municipal y provincial se localizará contiguo al verde sectorial, de acuerdo al esquema que se adjunta, de manera de generar un sector institucional distintivo de la zona que albergue actividades tales como centro comunitario participativo, registro civil, destacamento policial, biblioteca popular, auditorio público, actividades deportivas, etc. El resto del mismo se ubicará contiguo al verde a nivel circulatorio, distribuido de manera equitativa en los tres distritos. El equipamiento previsto a nivel educativo es de dos escuelas primarias y dos escuelas secundarias. Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 21 CIUDAD DE SALTA PIDUA II - Documento Técnico 9 Las mandas destinadas a uso institucional público y privado (hogar de ancianos, iglesia, centro de salud, etc.), de la matrícula Nº 164.323 se deberán respetar, ya que complementan las actividades propuestas en el área. DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES Las actividades comerciales permitidas en cada uno de los distritos son las establecidas en el Anexo 4.2 del CPUA DEL REGIMEN VOLUMETRICO Los indicadores correspondientes a cada uno de los distritos serán los establecidos en el Anexo 5.1 del CPUA Documento Técnico 9: Proyecto Urbanización Predio Pereyra Rozas 22
© Copyright 2024