Descarga - Inicio

DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
1
18857
2
18858
3
18860
4
18861
5
18862
6
7
NOMBRE ENTIDAD
MODALIDAD
LAMITECH SAS
CORPORACION UNIVERSIDAD DE
LA COSTA
ASOCIACIÓN UNIÓN NACIONAL DE
COMERCIANTES - UNDECO
FUNDACION OFTALMOLOGICA DE
SANTANDER - FOSCAL
ASOCIACION DE CENTROS
COMERCIALES DE COLOMBIA ACECOLOMBIA
Individual
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
VIABLE
Individual
VIABLE
88
SIGP No.
18864
18865
Microferisa S. A.
BUSSCAR DE COLOMBIA SAS
PUNTAJE
Gremio
VIABLE
92
Individual
VIABLE
89
Gremio
VIABLE
94
Agrupada
Individual
NO VIABLE
NO VIABLE
NA
NA
8
18866
Caja de Compensación Familiar
COMPENSAR
Individual
NO VIABLE
NA
9
18869
COOPERATIVA DE PROFESIONALES
DE SANTANDER
COOPROFESIONALES
Agrupada
VIABLE
90
10
18870
LINDE
Individual
VIABLE
83
11
18871
EDUARDOÑO S.A
Individual
NO VIABLE
NA
12
18872
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL
CARIBE
Individual
VIABLE
91
13
18873
14
18874
15
16
18875
18876
17
18877
COMPAÑÍA COLOMBIANA DE
CERÁMICA S.A.S
Corporación Centro de
Investigación y Desarrollo
Tecnológico CIDET
BEL-STAR S.A
Dow Quimica de Colombia S.A.
CORPORACION UNIVERSITARIA
LATINOAMERICANA - CUL
Individual
NO VIABLE
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
94
NA
Individual
NO VIABLE
NA
Individual
Individual
VIABLE
VIABLE
91
95
Individual
VIABLE
80
Señor proponente Microferisa S. A. número de radicación 18864 teniendo en cuenta la información suministrada en
la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1. La
propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral
3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la
empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente BUSSCAR DE COLOMBIA SAS número de radicación 18865 teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos , se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3, AF4 se Excluyen de acuerdo con lo establecido en el pliego
de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales j), l), ya que el perfil del capacitador propuesto no
cumple con los requerimientos mínimos previsto en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015 al igual el presupuesto
registra ítems o rubros no financiables como lo es la Transferencia de tecnologia al Sena pues la alternativa
seleccionada son cupos para beneficiarios Sena. por tanto no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas
0539 de 2015. Las Acciones de Formación AF2 y AF4 se excluyen de acuerdo con lo establecido en el pliego de la
convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal h) , dado que las Acciones de Formación Especializada no
corresponda al número de horas definidas para cada evento (Seminario), La AF1 se excluye de acuerdo con lo
establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal m) ya que las horas diarias a
ejecutar son 10 horas. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m), n): m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto
n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del
presupuesto total del proyecto.
Señor proponente Caja de Compensación Familiar - COMPENSAR- y número de radicación SIGP:18866 teniendo en
cuenta la información suministrada en la propuesta presentada, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) La Accion de Formación AF1, se "Excluye " de acuerdo con lo establecido establecido en la Resolución de Tarifas
0539 de 2015, numeral 3.2.2 literal k), dado que el rubro: HONORARIOS CAPACITADORES INTERNACIONALES supera
los topes establecidos, por lo tanto no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal m) y n): m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2)
superen el 35% del total del proyecto n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. 3) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo
establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal k)" Cuando la propuesta en la
evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos." Puntaje obtenido: 53.
Señor proponente Eduardoño S.A número de radicación SIGP 18871, teniendo en cuenta la información suministrada
en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE, las principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal p) Cuando el director del proyecto no cumpla con el perfil mínimo requerido de conformidad con
lo establecido en el numeral 6.4.1.1 del presente pliego o no se adjunten en físico los soportes que acrediten su
formación y experiencia.
Señor proponente: COMPAÑIA COLOMBIANA DE CERAMICA S.A.S y número de radicación 18873, teniendo en cuenta
la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3, AF4, AF5 Y AF6 se "Excluye(n)" de acuerdo con lo establecido en el pliego
de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales h) Cuando la Acción de Formación Especializada no
corresponda al número de horas definidas para cada evento (foro, taller, seminario, curso, diplomado); y el literal k)
Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539
de 2015, dado que los rubros de ALOJAMIENTO, MANUTENCIÓN Y TRANSPORTE LOCAL Y/O INTERMUNICIPAL no
cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales:
h) Cuando se presenten inconsistencias en la información suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de
ser aclarada, dado que ocasionaría
modificación parcial o total del proyecto; k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta
(80) puntos; m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del
total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2)
superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente CIDET, número de radicación18874, teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La Accion de Formación AF2 se Excluye de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal j) dado que el perfil del capacitador no cumple con la experiencia especifica relacionada,
por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se rechaza por que la exclusion de la AF2 colleva a incurrir en la causal f) y g) del numeral 3.2.1, ( f)
Cuando el monto del aporte del SENA (cofinanciación) solicitado en la propuesta exceda: El cincuenta por ciento (50%)
del valor total del proyecto en la Modalidad Individual, g) Cuando la contrapartida no corresponda a los porcentajes
establecidos en la presente convocatoria).
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 1 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
18
19
SIGP No.
18878
18879
NOMBRE ENTIDAD
FABRICATO SA.
Cámara de Comercio de
Dosquebradas
MODALIDAD
Individual
Gremio
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
VIABLE PARCIAL
NO VIABLE
PUNTAJE
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
90
Señor proponente FABRICATO, número de radicación 18878 teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL . Las principales razones son:
1) La Accion de Formación AF3 SE "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal(es) k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en
la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015; l) dado que el rubro alquiler de salones supera los topes establecidos en la
Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
NA
Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DE DOSQUEBRADAS - 18879 teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son:
1) La Accion de Formación AF 1 "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal K, dado que el rubro Honorarios capacitadores internacionales no cumple con lo
establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Accion de Formación AF 2 "Excluye" de acuerdo con lo
establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal H, dado que supera el numero total
de horas para un diplomado.
La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral
3.2.1, literales g) Cuando la contrapartida no corresponda a los porcentajes establecidos en la presente convocatoria,
M (Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del
proyecto) Y N ( Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 50% del presupuesto total del proyecto).
Señor proponente C.I TECNICAS BALTIME DE COLOMBIA S.A número de radicación SIGP 18880 teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1 literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados
por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
18880
C.I TECNICAS BALTIME DE
COLOMBIA S.A
21
18881
ASOCIACION FRENTE DE
SEGURIDAD EMPRESARIAL DE
SANTANDER
Gremio
VIABLE PARCIAL
86
Señor proponente ASOCIACION FRENTE DE SEGURIDAD EMPRESARIAL DE SANTANDER, con número de radicación SIGP
18881, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el
concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son:
1) La Acción de Formación AF2, "EXCLUYE" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que el rubro Alquiler de salones, Ayudas y Equipos para la Formación, no cumple
con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
22
18882
Cámara de Comercio de Cúcuta
Gremio
VIABLE PARCIAL
81
Señor proponente Cámara de Comercio de Cúcuta - 18882, teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL . Las principales razones son:
1) La Acción de Formación AF4 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Adenda 001, Numeral 3.2.2, literal s), dado que los grupos de formación no están integrados mínimo con 15
beneficiarios.
23
18884
SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL
DE CARTAGENA S.A.
Señor proponente SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL DE CARTAGENA S.A. número de radicación SIGP 18884 teniendo
en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO
VIABLE. La razón es la siguiente:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1 literal p), dado que el director de proyecto propuesto no cumple con el perfil minimo requerido de
conformidad con lo establecido en el númeral 6.4.1.1 del pliego y no se adjuntaron en fisico los soportes que acrediten
su formación y experiencia.
24
18885
25
18886
26
18887
20
27
18888
ACERIAS DE COLOMBIA ACESCO
S.A.S.
CAJA DE COMPENSACION
FAMILIAR COMFAMILIAR
CARTAGENA Y BOLIVAR
DATALOG SAS
Universidad Cooperativa de
Colombia
28
18889
Cámara de Comercio de Casanare
29
30
18890
18891
NEW STETIC S.A
Harinera del Valle S.A.
Agrupada
NO VIABLE
NA
Individual
NO VIABLE
NA
Individual
VIABLE
89
Individual
VIABLE
82
Individual
VIABLE
87
Individual
NO VIABLE
NA
Gremio
NO VIABLE
NA
Individual
Individual
VIABLE
VIABLE
81
91
Señor proponente: Universidad Cooperativa de Colombia número de radicación SIGP 18888 teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales c) Cuando el proyecto no se enmarque en por lo menos uno de los siguientes: - Documento
Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014–2018 “Todos por un Nuevo País”, el cual tiene un enfoque conceptual
hacia una estructura territorial (Zonas–Regiones) - Mapa regional de oportunidades del Ministerio de Comercio
Industria y Turismo - Sectores productivos del Programa de Transformación Productiva – PTP - Mesas Sectoriales del
SENA - Consejos Sectoriales del SENA - Iniciativas Cluster - Agendas productivas regionales; y k) Cuando la propuesta
en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos. Puntaje obtenido: 66.
Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DEL CASANARE número de radicación 18889, teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) Las Accioes de Formación AF1, AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que el rubro capacitador nacional profesional supera los topes
establecidos, por ende, no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales f) Cuando el monto del aporte del SENA (cofinanciación) solicitado en la propuesta exceda: El
ochenta (80%) del valor total del proyecto en la Modalidad Gremios; g) Cuando la contrapartida no corresponda a los
porcentajes establecidos en la presente convocatoria; m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas
(según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación
Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto; q) Cuando el valor
de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas,
gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 2 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
31
32
33
SIGP No.
18892
18893
18894
34
18895
35
18896
36
18897
37
18898
38
18899
39
18900
40
18901
41
18902
42
18903
43
18904
NOMBRE ENTIDAD
CEMENTOS ARGOS S.A.
CAMARA DE COMERCIO DE
VALLEDUPAR
Compañia Nacional de Chocolates
S.A.S
COOPERATIVA DE AHORRO Y
CREDITO PARA EL DESARROLLO
SOLIDARIO DE COLOMBIA COOMULDESA LTDA
Holcim (Colombia) S.A.
Industrias Integradas Talleres
Rurales del Valle Cooperativa de
Trabajo Asociado
CÁMARA DE COMERCIO DE
BARRANQUILLA
ASOCIACIÓN DEL SECTOR
AUTOMOTRIZ Y SUS PARTES
"ASOPARTES"
Productores de Envases
Farmaceuticos S.A.S. PROENFAR
S.A.S.
WILLIS COLOMBIA CORREDORES
DE SEGUROS S.A
EFIGAS S.A. E.S.P
Banco Colpatria Multibanca
Colpatria S.A.
FEDERACION NACIONAL DE
AVICULTORES DE COLOMBIAFENAVI
MODALIDAD
Individual
Gremio
Individual
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
NO VIABLE
NO VIABLE
NO VIABLE
PUNTAJE
NA
NA
NA
Individual
NO VIABLE
NA
Individual
VIABLE
90
Individual
VIABLE
82
Gremio
VIABLE
84
Gremio
VIABLE
92
Individual
VIABLE
90
Individual
NO VIABLE
NA
Individual
VIABLE
94
Individual
VIABLE
96
Gremio
VIABLE PARCIAL
93
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
Señor proponente CEMENTOS ARGOS S.A y número de radicación 18892 teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son:
1) La acción de formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la
Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015 y l), dado que en los rubros Honorarios capacitador internacional con doctorado
los valores presupuestados exceden los estipulados en la resolución 0539 de 2015 y el rubro Transferencia tecnologíca
al sena la alternativa es cupos para beneficiarios Sena y el rubro se esta presupuestando, por tanto no cumplen con lo
establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Acciones de Formación AF2, AF3, AF4 se "Excluyen de
acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) y l), dado que el
rubroTransferencia tecnologíca al sena la alternativa es cupos para beneficiarios Sena y el rubro se esta
presupuestando, por tanto no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente 18893 Cámara de Comercio de Valledupar teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) Las Acciones de Formación AF1 y AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria
DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, litera o) dado que incluyen el rubro Alimentación y transporte beneficiarios del Agro.
Adicionalmente la AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.2.1, literal k) dado que el rubro
Capacitador Nacional con Maestria supera los topes establecidos, por ende, no cumplen con lo establecido en la
Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales
pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014; m) Cuando
las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n)
Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del
presupuesto total del proyecto.
Señor proponente 18894 COMPAÑIA NACIONAL DE CHOCOLATES teniendo en cuenta la información suministrada en
la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La Accion de Formación CURSO DE CACAO Y CHOCOLATERIA "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego
de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) dado que los rubros Honorarios Capacitadores Técnicos
Internacionales no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015; y l) Cuando el presupuesto
registre ítems o rubros no financiables o no correspondan a los definidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015.
La Accion de Formación PROCESO AGROINDUSTRIAL DE LA CADENA PRIMARIA DEL CACAO."Excluye" de acuerdo con
lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal l, dado que el rubro
Transferencia tecnologica al SENA no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. y el pliego
de CONVOCATORIA DG-001 DE 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la
convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas
(según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación
Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO SOLIDARIO DE COLOMBIACOOMULDESA LTDA y número de radicación 18895 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta
presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La Acción de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literales k y m, dado que el rubro (ALOJAMIENTO Y MANUTENCION Y TRANSPORTE LOCAL Y EL
TIEMPO EN QUE SE EJECUTARA LA ACCION DE LA FORMACION SUPERA LAS 8 HORAS DIARIAS) no cumple con lo
establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos; m)
Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del
proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el
50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente WILLIS COLOMBIA CORREDORES DE SEGUROS S.A - 18901, teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son:
1) La Accion de Formación AF 1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001
de 2015, Numeral 7.6.10, literal B, dado que una accion de formacion especializada puede combinar los dos tipos de
formacion presencial y virtual, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el numero de horas de cada tipo de
formacion (presencial 70% - virtual MAX 30 %) - (EL NUMERO DE HORAS DE FORMACION VIRTUAL SUPERA EL 30 %
MAXIMO PERMITIDO).
La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral
3.2.1, literal(es) M (Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35%
del total del proyecto) Y N ( Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral
3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto)
Señor proponente FEDERACION NACIONAL DE AVICULTORES DE COLOMBIA - FENAVI y número de radicación SIGP
18904, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el
concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son:
1) La Accion de Formación AF1, se "Excluye", de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001
de 2015, Numeral 3.2.2, literal k, dado que el rubro Alojamiento, Manutención y transporte local y/o municipal tipo
capacitador nacional, supera los topes establecidos por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas
0539 de 2015.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 3 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
SIGP No.
NOMBRE ENTIDAD
MODALIDAD
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
PUNTAJE
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
44
18905
ASOCIACION NACIONAL DE
EMPRESARIOS DE COLOMBIA
Gremio
VIABLE PARCIAL
92
Señor proponente Asociación Colombiana de Empresarios - ANDI, Cod. 18905 teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las
principales razones son:
1) La Acción de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que los perfiles descritos capacitador nacional profesional y capacitador nacional
con especialización son incluidos en el presupuesto en el rubro capacitador nacional maestria. La Acción de
Formación AF10 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral
3.2.2, literal k), dado que el rubro alquiler de salones, ayudas y equipos para la formación supera los topes establecidos
en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Acción de Formación AF11 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en
el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal e) y k) , dado que la acción de formación tiene
como propósito la formación en liderazgo y adicionalmente el rubro alquiler de salones, ayudas y equipos para la
formación supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Acción de Formación AF13 se
"Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) ,
dado que el rubro capacitador nacional especialista supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de
2015. La Acción de Formación AF17 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) , dado que el rubro alojamiento, manutención y transporte supera los topes
establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Acción de Formación AF25 se "Excluye" de acuerdo con lo
establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal L) , dado que el rubro transferencia
de tecnología no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
45
18906
ASOCIACIÓN COMITÉ DE GREMIOS
DE BARRANCABERMEJA
Gremio
VIABLE PARCIAL
92
Señor proponente ASOCIACION COMITE DE GREMIOS DE BARRANCABERMEJA y número de radicación SIGP: 18906
teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada, se concluye emitir el concepto de VIABLE
PARCIAL. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF4, se "Excluye de acuerdo con lo establecido en el
pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal (k), dado que el rubro ALOJAMIENTO ,
MANUTENCIÓN Y TRANSPORTE LOCAL supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
46
18907
FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO
DEL SECTOR AGROPECUARIO
FINAGRO S.A.
Individual
VIABLE
88
47
18908
ASOCIACIÓN DE BANANEROS DEL
MAGDALENA Y LA GUAJIRA ASBAMA
48
18909
YARA COLOMBIA S.A
49
18910
CORPORACION NACIONAL DE
EMPRESAS DE SEGURIDAD CONASEGUR -
50
18911
51
18913
52
18914
53
18915
54
55
18916
18917
ASOCIACION FRENTE DE
SEGURIDAD EMPRESARIAL DEL
ATLANTICO
CÁMARA DE COMERCIO DE
ARMENIA Y DEL QUINDÍO
Cámara Colombiana de la
Seguridad Privada CCS
Cámara de Comercio de Tuluá
MEXICHEM RESINAS COLOMBIA
S.A.S
NATIONAL OILWELL VARCO
COLOMBIA
56
18918
TDM TRANSPORTES S.A.S
57
18919
ASOCIACION COLOMBIANA DE
EDITORES DE DIARIOS Y MEDIOS
INFORMATIVOS, ANDIARIOS
58
18920
Asociación Colombiana de Parques
Cementerios - ASOCOLPARQUES
Gremio
NO VIABLE
NA
Individual
VIABLE
91
Gremio
NO VIABLE
NA
Gremio
VIABLE
83
Gremio
VIABLE
92
Gremio
VIABLE
84
Gremio
VIABLE
84
Individual
Individual
NO VIABLE
NO VIABLE
NA
NA
Individual
NO VIABLE
NA
Gremio
VIABLE
86
Gremio
VIABLE
90
Señor proponente ASOCIACIÓN DE BANANEROS DEL MAGDALENA Y LA GUAJIRA - ASBAMA, con número de radicación
SIGP 19908, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye
emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1 literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados
por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente CONASEGUR número de radicación SIGP 18910 teniendo en cuenta la información suministrada en
la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral
3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la
empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente MEXICHEM RESINAS COLOMBIA S.A.S, con número de radicación SIGP 18916 teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) Las Acciones de Formación AF1, AF2 y AF4 se "Excluye(n)" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la
convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2 Literal L. dado que se incluye rubro Alojamiento y manutención para el
formador virtual. Adicionalmente para las acciones de formacion AF1, AF2 y AF4, el númeral 7.6.10 Tipo de formación y
metodología se establece que: "b)... una Acción de Formación Especializada puede combinar los dos tipos de
formación presencial y virtual-, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de
formación (presencial 70% - virtual Max 30%), así como la desagregación del presupuesto en forma independiente".
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el
35% del total del proyecto; y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral
3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente NATIONAL OILWELL VARCO DE COLOMBIA y número de radicación SIGP 18917, teniendo en cuenta
la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) La Acción de Formación AF2, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal k) dado que el rubro capacitador nacional especialista supera los topes establecidos, por
ende no cumple lo establecido en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el
35% del total del proyecto.
Señor proponente TDM TRANSPORTES SAS, número de radicación 18918 teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son:
1) La Accion de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que el rubro honorarios capacitadores internacionales supera los topes
establecidos. Adicionalmente, La Accion de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de
la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal L), dado que en el rubro material de formacion contempla
elementos no financiables, por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados
por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014; m) Cuando las
Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n)
Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del
presupuesto total del proyecto.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 4 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
SIGP No.
NOMBRE ENTIDAD
59
18921
SISTEMA INTEGRADO DE
TRANSPORTE SI 99 S.A.
60
18922
ASOCIACION COLOMBIANA DE
EMPRESAS DE SERVICIOS
TEMPORALES
MODALIDAD
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
PUNTAJE
Agrupada
NO VIABLE
NA
Gremio
VIABLE
86
61
18923
Camara Colombiana de la
Construcción CAMACOL
Gremio
VIABLE PARCIAL
86
62
18924
CAMARA DE COMERCIO DEL
CAUCA
Gremio
VIABLE
83
63
18925
Fundación Hospitalaria San
Vicente de Paúl
Individual
NO VIABLE
NA
64
18926
Procaps S.A.
Individual
VIABLE
85
65
18927
Estudios Técnicos S.A
Individual
VIABLE PARCIAL
81
66
18928
Arcos Dorados Colombia SAS
Individual
VIABLE
92
67
18929
CAMARA DE COMERCIO DE
PEREIRA
68
18930
69
18931
70
18932
Asociación de empresas de la
cadena de valor del transporte ASEMTUR
Instituto Tecnologico de Soledad
Atlantico ITSA
CAMARA DE COMERCIO
COLOMBO CENTROAMERICANA Y
DE EL CARIBE
71
18934
Corporación Intersoftware
72
18935
Comercializadora Santander S.A.
73
18936
CÁMARA DE COMERCIO DE
ARAUCA
74
18938
SEGURIDAD Y VIGILANCIA
COLOMBIANA LTDA - SEVICOL
LTDA
Gremio
VIABLE PARCIAL
87
Agrupada
VIABLE
91
Individual
VIABLE
87
Gremio
VIABLE
87
Gremio
NO VIABLE
NA
Individual
NO VIABLE
NA
Gremio
NO VIABLE
NA
Individual
VIABLE
90
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
Señor proponente SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE SI 99 S.A de radicación 18921 teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de "RECHAZO" de
acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor
de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas,
gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente (Camara Colombiana de la Construcción CAMACOL número de radicación SIGP 18923) teniendo en
cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE
PARCIAL. Las principales razones son:
1) La(s) Accion(es) de Formación AF4, AF7, AF32 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la
convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal (K), dado que EL rubro Honorarios capacitadores nacionales dado
que el perfil descrito en la acción de formación es diferente al presupuestado, por ende no cumplen con lo establecido
en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. Adicionalmente, LAS ACCIONES DE FORMACIÓN AF15, AF21, AF30, se
"Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal (i),
dado que no se definen los perfiles requeridos para llevar a cabo la formación, por ende no es posible definir si
responden a la necesidad o requerimiento de la unidad temática.
Señor proponente FUNDACIÓN HOSPITALARIA SAN VICENTE DE PAÚL con número de radicación 18925 teniendo en
cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO
VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3, AF4, AF5 se "Excluyen" de acuerdo
con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) , dado que el rubro
Honorarios capacitadores nacionales supera los topes establecidos, por ende no cumplen con lo establecido en la
Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto; y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente ETSA ESTUDIOS TECNICOS CODIGO 18927, teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL . Las principales razones son:
1) La Acción de Formación AF3 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal(es) J).Cuando alguno de los perfiles de los capacitadores propuestos en la Accion de
Formación Especializada no cumplan con los requerimientos minímos previstos en la Resolución de Tarifas No.0539 de
2015.
Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DE PEREIRA SIGP:18929, teniendo en cuenta la información suministrada
en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL Las principales razones
son:
1) La Accion de Formación AF4, se Excluye de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal i), dado que no se incluye el perfil del capacitador que impartirà la acciòn de formaciòn,
por ende no es posible verificar la pertinencia con respecto a las unidades tematicas propuestas.
Señor proponente CORPORACIÓN INTERSOFTWARE con número de radicación 18934 teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3, AF4, se "Excluyen de acuerdo con lo establecido
en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal s), de la Adenda No. 001 de la Convocatoria DG
001 de 2015 dado que los grupos de beneficiarios de la formación estan conformados por aproximadamente 14
personas de la empresa."
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente 18935 Comercializadora de Santander" teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La Accion de Formación "Gestión de la Innovación y la Investigación en las Empresas" se "Excluye" de acuerdo con
lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que el (los) rubros
Honorarios y Alojamiento Manutención y transporte para Capacitador Nacional Especializado, los cuales no cumplen
con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DE ARAUCA número de radicación SIGP 18936, teniendo en cuenta la
información suministrada
en la propuesta presentada, los anexos, se concluye emitir el concepto NO VIABLE, las pincipales razones son:
1) Las Acciones de Formación AF1 y AF3, se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria
DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.2, literal h) y k) dado que se propone ejecutar 1 hora diaria en la AF1 y la AF3 el rubro Alojamiento,
manutención y/o transporte
local supera los topes establecidos, por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal g) dado
que luego de eliminar las acciones de formación AF1 y AF3 la contrapartida en dinero es menor al 50%.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 5 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
75
SIGP No.
18939
NOMBRE ENTIDAD
ASOCIACION COLOMBIANA DE
SEGURIDAD - ASOSEC
MODALIDAD
Gremio
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
VIABLE PARCIAL
PUNTAJE
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
95
Señor proponente ASOCIACION COLOMBIANA DE SEGURIDAD-ASOSEC- 18939 teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos , se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las
principales razones son:
1) La AF8 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2,
literal k, dado que el rubro Alojamiento, manutención y transporte local y/o intermunicipal del capacitador nacional
NO CUMPLE con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015
76
18940
ASOCIACION FRENTE DE
SEGURIDAD EMPRESARIAL DE
ANTIOQUIA
Gremio
VIABLE PARCIAL
89
77
18941
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA
AMERICANA
Individual
NO VIABLE
NA
78
18942
Hospital Pablo Tobón Uribe
Individual
NO VIABLE
NA
79
18943
CENCOSUD COLOMBIA S.A.
Individual
VIABLE
87
18944
ASOCIACIÓN DE CULTIVADORES DE
CAÑA DE AZÚCAR DE COLOMBIA
"ASOCAÑA"
Gremio
NO VIABLE
NA
18945
FEDERACION NACIONAL DE
EMPRESAS DE ASEO LIMPIEZA
ASEPSIA TECNICA Y PROFESIONAL
CAFETERIA PROVEEDORES DE
INSUMOS Y PROVEEDORES DE
MAQUINARIA Y EMPRESASFENASEO
Gremio
VIABLE
87
80
81
82
18947
83
18948
84
18949
85
86
18950
18951
Asociación de Ganaderos de la
Costa Norte, ASOGANORTE.
Asociacion Nacional de Empresas
Transportadoras de Carga
Asecarga
CONVENIOS ADMINISTRATIVOS
CTA
COOPERATIVA DE TRANSPORTE
SAN ANTONIO (COOTRASANA)
GRUPO EDS AUTOGAS S.A.S.
Gremio
NO VIABLE
NA
Gremio
VIABLE
95
Agrupada
VIABLE
86
Individual
Individual
NO VIABLE
NO VIABLE
NA
NA
Señor proponente ASOCIACION FRENTE DE SEGURIDAD DE ANTIOQUIA y número de radicación SIGP: 18940, teniendo
en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL.
Las principales razones son:
1) La Accion de Formación AF1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001
de 2015, Numeral 3.2.2, literal (k), dado que el rubro ALOJAMIENTO , MANUTENCIÓN Y TRANSPORTE LOCAL. supera
los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. y m) Cuando exista desproporción entre la duración
de la Acción de Formación Especializada y el número de horas o días en que será ejecutada. (mínimo 2 horas/día y
máximo 8 horas/día).
Señor proponente CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AMERICANA número de radicación 18941 teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son: 1) La Acción de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la
convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales k)Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros
excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015 y p) Cuando no se cumpla con lo establecido en
la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales e) Dado que el rubro GASTOS DE OPERACIÓN DEL PROYECTO, excede el 10% del valor total de
la propuesta por tanto no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. m) Cuando las
Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n)
Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del
presupuesto total del proyecto.
Señor proponente Hospital Pablo Tobón Uribe y número de radicación 18942 teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son:
1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3, AF4, AF5 se Excluyen de acuerdo con lo establecido en el pliego de la
convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales l), dado que la alternativa de transferencia seleccionada es
cupos para beneficiarios Sena, por ende, no debe ser contemplada en el presupuesto. Adicionalmente las acciones de
formación AF1 y AF3 se excluyen de acuerdo con lo establecido en la convocatoria DG 0001 de 2015, numeral 3.2.2.
literal L) dado que incluyen elementos que no corresponden al rubro material de formación, por lo tanto no cumple
con lo establecido en la resolución de tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente ASOCIACIÓN DE CULTIVADORES DE CAÑA DE AZÚCAR DE COLOMBIA "ASOCAÑA" número de
radicación 18944 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada, los anexos se concluye
emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral
3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la
empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente Asociación de Ganaderos de la Costa Norte, ASOGANORTE, número de radicación SIGP 18947,
teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el
concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) Las Acciones de Formación AF1, AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal K, dado que los rubros Alquiler de Salones y Ayudas y Equipos para la formacion y
no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. Las Acción de Formación AF3 se excluye
dado que el rubro de Profesional con Titulo de Maestría y Alojamiento Manutencion y transporte terrestre local y/o
intermunicipal para capacitador nacional no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el
35% del total del proyecto
Señor proponente 18950 COOPERATIVA DE TRANSPORTE SAN ANTONIO teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son:
1) La Accion de Formación " Formación para un sistema de transporte seguro enfocado en la competitividad y el
servicio" se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2,
literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas
N° 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales e) dado que el rubro GASTOS DE OPERACION no cumple con lo establecido en la Resolución de
Tarifas 0539 de 2015; m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el
35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral
3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente Grupo EDS AUTOGAS SAS Y número de radicación 18951 teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada, los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Por las siguientes
razones: 1) La Acción de Formación AF1 se excluye de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal s) de acuerdo a la adenda No. 001 , dado que el No. de beneficiarios por grupo de
formación no tiene como mínimo 15 beneficiarios, y por no por no cumplir con el pliego de la convocatoria con los
aportes parafiscales.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto; q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA
supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados
pagados al SENA en el año 2014.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 6 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
SIGP No.
NOMBRE ENTIDAD
87
18952
Confederacion Cauchera
Colombiana-CCC
88
18953
Cooperativa de Productos Lacteos
de Nariño Ltda
89
18955
ASOCIACIÓN HORTIFRUTÍCOLA DE
COLOMBIA, ASOHOFRUCOL
90
18956
91
18957
CNLM -CONSEJO NACIONAL DE LA
CALIDAD DE LA LECHE Y
PREVENCION DE LA MASTITIS
RESTCAFE SAS
MODALIDAD
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
PUNTAJE
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
Señor proponente CONFEDERACION CAUCHERA COLOBIANA, número de radicación 18952, teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) La(s) Accion(es) de Formación AF1, AF2 y AF3 se excluyen de acuerdo con lo establecido en el pliego de la
convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal l), dado que se incluye en cada accion de formacion el rubro
Transferencia de tecnologia para la alternativa de transferencia de cupos para funcionarios del SENA; este rubro solo
aplica para pasantias especializadas o capacitacion de expertos.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el
35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral
3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Gremio
NO VIABLE
NA
Individual
VIABLE
84
Gremio
VIABLE PARCIAL
93
Gremio
VIABLE
82
Individual
VIABLE
95
92
18958
UNION DE TRABAJADORES DE
COLOMBIA
Gremio
NO VIABLE
NA
93
18959
ASOCIACION FRENTE DE
SEGURIDAD EMPRESARIAL DE
BOLIVAR
Gremio
VIABLE
88
94
18960
Skinco Colombit S.A.
Individual
NO VIABLE
NA
95
18961
COOPERATIVA MULTIACTIVA DE
LOS TRABAJADORES DE
SANTANDER - COOMULTRASAN
Individual
VIABLE
91
96
18962
97
18963
98
18964
99
18965
100
18966
Corporación Centro de Ciencia y
Tecnología de Antioquia
UNION SINDICAL OBRERA USO
MAPFRE COLOMBIA VIDA
SEGUROS S.A.
Asociación Nacional de Comercio
Exterior-ANALDEX
CÁMARA COLOMBIANA DE LA
INFRAESTRUCTURA SECCIONAL
ANTIOQUIA-CCI ANTIOQUIA
Individual
NO VIABLE
NA
Gremio
NO VIABLE
NA
Individual
VIABLE
84
Gremio
VIABLE
93
Gremio
NO VIABLE
NA
Señor proponente ASOCIACIÓN HORTIFRUTÍCOLA DE COLOMBIA- ASOHOFRUCOL y número de radicación 18955
teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el
concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son:
1) La Accion de Formación AF2 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literales k), dado que el rubro capacitador nacional profesional supera los topes establecidos en
la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
Señor proponente Unión de Trabajadores de Colombia, número de radicación SIGP 18958, teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) La Accion de Formación AF01, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001
de 2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que el rubro RUBRO ALOJAMIENTO MANUTENCION Y TRANSPORTE LOCAL E
INTERMUNICIPAL no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el
35% del total del proyecto.
Señor proponente SKINCO COLOMBIT S.A. número de radicación 18960 teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son:
1) La Acción de Formación AF1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literales k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la
Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015 l) Cuando el presupuesto registre ítems o rubros no financiables o no
correspondan a los definidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales e) dado que el rubro GASTOS DE OPERACIÓN DEL PROYECTO no cumple con lo establecido en
la Resolución de Tarifas 0539 de 2015; m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral
3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas
(según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente CORPORACION CENTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE ANTIOQUIA número de radicación 18962,
teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el
concepto de NO VIABLE, siendo la razon principal: 1. La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el
pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA
supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados
pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente UNION SINDICAL OBRERA DE LA INDUSTRIA DEL PETROLEO-USO-y número de radicación 18963,
teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el
concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) Las Acciones de Formación AF1, AF2 Y AF3 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la
convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) "Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros
excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015." Dado que el rubro Alquiler de salones, ayudas y
equipos para la formación, no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto; y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente CCI número de radicación SIGP 18966 teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos , se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3 y AF4 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la
convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal: l) cuando el presupuesto registre items o rubros no financiables
o no correspondan a lo definidos en la resolución de tarifas No. 0539 de 2015.
2) la propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral
3.2.1, literales i) Cuando no se atienda la solicitud de aclaración respecto de la evaluación técnica y/o verificación
financiera de la propuesta, no se aclaren los aspectos definidos dentro del plazo fijado para ello o no se cumpla
satisfactoriamente con el requerimiento; y m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 7 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
101
SIGP No.
18967
NOMBRE ENTIDAD
CAMARA DE COMERCIO DE BUGA
102
18968
Dimantec Ltda.
103
18969
ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE LAS
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS - ACOPI SECCIONAL
ATLÁNTICO
MODALIDAD
Gremio
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
NO VIABLE
PUNTAJE
NA
Individual
NO VIABLE
NA
Gremio
VIABLE
93
104
18970
MANSAROVAR ENERGY
COLOMBIA LTD
Agrupada
VIABLE PARCIAL
89
105
18971
Municipio de Bucaramanga
Individual
VIABLE
80
106
18972
Asociación Colombiana de la
Industria de la cobraza - COLCOB
Gremio
VIABLE
95
18973
FUNDACIÓN INSTITUTO PARA LA
EXPORTACIÓN Y LA MODAINEXMODA
107
18974
CENTRO DE PRODUCTIVIDAD DEL
TOLIMA
18975
FUNDACION PARA EL DESARROLLO
DE LAS ZONAS PALMERAS DE
COLOMBIA, FUNDEPALMA
110
18976
SOCIEDAD COLOMBIANA DE
ANESTESIOLOGÍA Y REANIMACIÓN
S.C.A.R.E.
111
18977
112
18978
108
109
113
18979
COOPERATIVA NACIONAL DE
DROGUISTAS DETALLISTAS COPIDROGAS
FUNDACION FRUTO SOCIAL DE LA
PALMA
Cámara de Comercio de Manizales
por Caldas
Individual
Agrupada
Gremio
NO VIABLE
NO VIABLE
NO VIABLE
NA
NA
NA
Individual
NO VIABLE
NA
Gremio
VIABLE
81
Agrupada
VIABLE
90
Gremio
NO VIABLE
NA
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DE BUGA y número de radicación SIGP 18967 teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada, y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, y AF3 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la
convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal K), dado que el rubro Honorarios capacitadores nacionales,
exceden lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. Adicionalmente, la AF2, se "Excluye" de acuerdo con
lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal i) Cuando no se atienda la
solicitud de aclaración respecto de la evaluación técnica y/o verificación financiera de la propuesta, no se aclaren los
aspectos definidos dentro del plazo fijado para ello o no se cumpla satisfactoriamente con el requerimiento, dado que
no se definen los perfiles requeridos para llevar a cabo la formación, por ende no es posible definir si responden a la
necesidad o requerimiento de la unidad temática.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente DIMANTEC, con número de radicación SIGP 19868, teniendo en cuenta la información suministrada
en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1 literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados
por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente MANSAROVAR ENERGY COLOMBIA LTD número de radicación 18970 teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL.
Las principales razones son:
1) La Accion de Formación AF02, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001
de 2015, Numeral 3.2.2, literal h) Cuando la Acción de Formación Especializada no corresponda al número de horas
definidas para cada evento (foro, taller, seminario, curso, diplomado), dado que se propone un diplomado con
duración de 22 horas.
Señor proponente INEXMODA, con número de radicación SIGP 18973 teniendo en cuenta la información suministrada
en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1 literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados
por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente CENTRO DE PRODUCTIVIDAD DEL TOLIMA y número de radicación SIGP 18974 teniendo en cuenta
la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) La Accion de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literales f) Cuando la acción de formación corresponda a compra de equipos, herramientas,
software, infraestructura, vehículos, etc. dado que en el rubro el rubro Material de formación incluye adquisición de
software y k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de
Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Capacitador nacional profesional supera los topes, por ende, no cumplen
con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto; o) Cuando al eliminar Acciones de Formación
Especializada, el proyecto ajustado incurra en las causales de rechazo expuestas en los literales f) y g) del presente
numeral; y q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la
empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS PALMERAS DE COLOMBIA, FUNDEPALMA, con
número de radicación SIGP 18975, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los
anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. las principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados
por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente SOCIEDAD COLOMBIANA DE ANESTESIOLOGIA Y REANIMACION S.C.A.R.E. con código de radicación
18976, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el
concepto de NO VIABLE, las principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos. Puntaje
obtenido: 71.
Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DE MANIZALES y código de radicación SIGP 18979, teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) La Accion de Formación AF 1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001
de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en
la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que en los rubros de capacitadores se duplican a 32 horas el evento y
realmente en la propuesta esta por 16 horas en total.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto. y
n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del
presupuesto total del proyecto.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 8 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
114
SIGP No.
18980
NOMBRE ENTIDAD
Compañía de Puertos Asociados
S.A.
115
18981
Sociedad de Agricultores de
Colombia SAC
116
18982
Productos Familia S.A.
MODALIDAD
Individual
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
NO VIABLE
PUNTAJE
NA
Gremio
VIABLE PARCIAL
91
Agrupada
VIABLE
81
117
18984
CONGREGACION DE LAS
HERMANAS DE LA CARIDAD
DOMINICAS DE LA PRESENTACIÓN
DE LA SANTÍSIMA VIRGEN
Provincia Bogotá
Individual
NO VIABLE
NA
118
18985
CERRACOL S.A.S.
Individual
VIABLE
82
119
18986
FEDERACION COLOMBIANA DE
TRANSPORTADORES DE CARGA
POR CARRETERA
120
18987
MASSY ENERGY COLOMBIA S.A.S.
Gremio
VIABLE PARCIAL
93
Individual
VIABLE
95
121
18988
Asociación Hotelera y Turística de
Colombia - COTELCO
Gremio
VIABLE PARCIAL
93
122
18989
ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE
INGENIEROS ACIEM - CAPÍTULO DE
SANTANDER
Gremio
VIABLE
89
123
18990
COLOMBIA
TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P.
Individual
VIABLE
88
124
18991
DIACO S.A.
Individual
VIABLE
88
125
18992
126
18994
127
18995
128
18996
129
18998
GEOFUNDACIONES S.A.S
INDUSTRIAL AGRARIA LA PALMA
LTDA
Cerro Matoso S.A.
Asociación de Empresas de
Afiliados a Cavipetrol - ECAV
Telmex Colombia S.A.
130
18999
Asociación de Empresas de
Servicios Postales Asopostal
131
19000
Almacenes Corona S.A.S
132
19001
EPS FAMISANAR LTDA
Individual
NO VIABLE
NA
Individual
VIABLE
87
Individual
VIABLE
93
Gremio
VIABLE
89
Individual
VIABLE
80
Gremio
NO VIABLE
NA
Individual
VIABLE
93
Individual
NO VIABLE
NA
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
Señor proponente Compañía de Puertos Asociados S.A. con número de de radicación SIGP 18980, teniendo en cuenta
la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) La Acción de Formación AF1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la
Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Honorarios de Capacitacion Nacional Especializacion 3 años
de experiencia, no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto. y
n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del
presupuesto total del proyecto.
Señor proponente SOCIEDAD DE AGRICULTORES DE COLOMBIA SAC, Radicado 18981, teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL.
Las principales razones son:
1) La Accion de Formación AF07, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001
de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en
la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Alojamiento, Manutención, transporte local y/o
intermunicipal supera los topes establecidos, por ende, no cumple con lo establecido.
Señor proponente CONGREGACION HERMANAS DE LA CARIDAD DOMINICAS DE LA PRESENTACIÓN DE LA SANTÍSIMA
VIRGEN, con número de radicación SIGP 18984, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta
presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La Accion de Formación AF2 se "excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la
Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Honorarios a capacitador Nacional con maestría, excede con
lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el
35% del total del proyecto.
Señor proponente COLFECAR y número de radicación 18986 teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son:
1) La Accion de Formación AF4, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 3.2.2, literales i) Cuando el(los) perfil(es) de los capacitador(es) no respondan a la necesidad o
requerimiento de la unidad temática; y k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los
establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro honorarios capacitador nacional tecnico
definido en el perfil de esta AF no corresponde con el ingresado en el presupuesto, y adicionalmente supera el tope
establecido.
Señor proponente COTELCO, número de radicación SIGP 18988, teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son:
1) La Accion de Formación AF6 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, numeral 7.6.10, literal b) "Una accción de formación especializada puede combinar los dos tipos de formación
presencial y virtual-, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de formación
(presencial 70% - virtual Max 30%).
Señor proponente GEOFUNDACIONES con código de radicación SIGP 18992, teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciaciòn del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados
por la empresa, grupo de empresas o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente ASOPOSTAL y número de radicación SIGP 18999, teniendo en cuenta la información suministrada
en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La acción de formación AF5 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria Numeral 3.2.2
literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas
N° 0539 de 2015, dado que el rubro honorarios capacitadores nacionales con maestria excede lo establecido en la
resolución de tarifas N°0539 de 2015. Adicionalmente, la acción de formación AF8 se "Excluye" de acuerdo con lo
establecido en el pliego de la convocatoria Numeral 3.2.2 literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los
rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Honorarios
capacitadores internacionales con maestria, excede lo establecido en la resolución de tarifas N°0539 de 2015
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos. y q)
Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo
de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Puntaje obtenido: 67.
Señor proponente FAMISANAR, con código SIGP 19001, teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE, las principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados
por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 9 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
133
SIGP No.
19002
NOMBRE ENTIDAD
Federación Colombiana de
Agentes Logísticos en Comercio
Internacional
134
19003
Bancolombia S.A.
135
19004
ASOCIACION DE ABARROTEROS DE
BARRANQUILLA - ASABA
136
19005
YULDANA SAS
137
19006
DIVISION AFICIONADA DE FUTBOL
COLOMBIANO
138
19007
Cooperativa Serviactiva
139
19008
140
19009
141
19010
142
19011
MODALIDAD
Gremio
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
NO VIABLE
PUNTAJE
NA
Agrupada
NO VIABLE
NA
Gremio
VIABLE
83
Agrupada
NO VIABLE
NA
Gremio
VIABLE
86
Individual
NO VIABLE
NA
Federación Colombiana de la
Industria del Software y
Tecnologías Relacionadas Fedesoft
Gremio
VIABLE
97
LIGA DE FUTBOL DEL ATLANTICO
Gremio
VIABLE
86
Gremio
VIABLE
83
Individual
VIABLE
85
Gremio
VIABLE
91
Individual
VIABLE
90
Gremio
VIABLE
95
ASOCIACION PARA EL
TRANSPORTE LA INVESTIGACION
CIENCIA Y TECNOLOGIA
ASOCARIBE
PORVENIR S.A.
143
19012
ASOCIACIÓN NACIONAL DE
LABORATORIOS DE PRODUCTOS
VETERINARIOS - APROVET
144
19015
ALMAGRARIO S.A.
145
19016
ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE LA
INDUSTRIA DE LA COMUNICACIÓN
GRÁFICA - ANDIGRAF
146
19017
147
19018
148
19019
149
19020
150
19021
151
19022
152
19023
153
19024
154
19025
FENALCO - FEDERACIÓN
NACIONAL DE COMERCIANTES
DIAGNOSTICO Y ASISTENCIA
MEDICA S.A. IPS DE SALUD
ASOCIACIÓN DE COMERCIO
EXTERIOR ADICOMEX
PROSEGUR VIGILANCIA Y
SEGURIDAD PRIVADA LTDA.
ASOCIACION COLOMBIANA DE
ESCUELAS Y EMPRESAS DE
VIGILANCIA - ASOCOLESVIG PANAMERICANA LIBRERÍA Y
PAPELERIA S.A.
Filmtex S.A.S
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS
S.A.
CAMARA DE COMERCIO DE
VILLAVICENCIO
Gremio
VIABLE
94
Individual
VIABLE
83
Gremio
VIABLE
85
Individual
VIABLE
92
Gremio
VIABLE
95
Individual
VIABLE
88
Individual
VIABLE
93
Individual
VIABLE
94
Gremio
VIABLE
89
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
Señor proponente FEDERACION COLOMBIANA DE AGENTES LOGISTICOS EN COMERCIO INTERNACIONAL con código de
radicación SIGP 19002, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se
concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) De acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015. Las Acciones de Formación AF1,
AF2, AF4, AF5, AF7, AF8, AF9, AF 11 y AF12 se "Excluyen", de acuerdo con lo establecido en el pliego de la Convocaroria
numeral 3.2.1, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la
Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que la AF1, AF5, AF7 y AF9 rubro alquiler de salones, ayudas y equipos
para formación superan los topes, la AF2, AF3, AF4, AF8, AF11 y AF12 rubro alojamiento manutención y transporte
local y/o intermunicipal. La AF4 honorario capacitadores supera los topes, la AF7 el rubro promoción y divulgación
supera los topes,
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales e) Cuando el valor del rubro de gastos de operación supere el 10% del valor total del proyecto.
(numeral 5° art. 21 Acuerdo N° 00005 de 2014). m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada
eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente BANCOLOMBIA , con número de radicación SIGP 19003 teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son:
1) Las Acciones de Formación: AF 03, AF 08, AF09, AF 11 Y AF12, se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el
pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los
rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015. Dado que los rubros para ALOJAMIENTO
Y MANUTENCIÓN no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las acciones de formación Especializada eliminadas superen el 35% del total del
proyecto (5 eliminadas de 12 propuestas 41%).
Señor proponente YULDANA SAS, con número de radicación SIGP 19005, teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE Las principales
razones son:
1) Las acciones de formación A1 y A2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los
establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que los rubros capacitador nacional con maestria y el
rubro alojamiento manutención y transporte local y/o intermunicipal supera los topes establecidos.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35%
del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral
3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente COOPERATIVA SERVIACTIVA y número de radicación SIGP 19007, teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos. y p)
Cuando el director del proyecto no cumpla con el perfil mínimo requerido de conformidad con lo establecido en el
numeral 6.4.1.1 del presente pliego o no se adjunten en físico los soportes que acrediten su formación y experiencia.
Puntaje obtenido: 70.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 10 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
155
SIGP No.
19026
156
19027
157
19028
158
19029
NOMBRE ENTIDAD
Cooperativa de Transportadores
de Tanques y Camiones para
Colombia
FUNDACION GIMNASIO LOS
PORTALES
CÁMARA COLOMBIANA DEL
ACERO
MINISTERIO DE HACIENDA Y
CREDITO PUBLICO
MODALIDAD
Individual
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
NO VIABLE
PUNTAJE
NA
Individual
NO VIABLE
NA
Gremio
VIABLE
89
Individual
VIABLE
87
159
19030
CENTRAL DE INVERSIONES S.A.
Individual
NO VIABLE
NA
160
19031
SODIMAC Colombia S.A.
Individual
VIABLE
93
161
19032
162
19033
163
19034
164
19035
165
19036
166
19037
167
19038
168
19039
169
19042
170
19043
171
19044
GLOBAL OPERADORA HOTELERA
SAS
OPTIMIZAR SERVICIOS
TEMPORALES S.A.
ICA - INSTITUTO COLOMBIANO
AGROPECUARIO
La Equidad Seguros Generales
Organismo Cooperativo
Asociación Nacional de Entidades
de Educación para el Trabajo y el
Desarrollo Humano
Individual
NO VIABLE
NA
Individual
NO VIABLE
NA
Individual
VIABLE
92
Individual
VIABLE
88
Gremio
NO VIABLE
NA
Individual
VIABLE
88
Individual
VIABLE
91
Agrupada
VIABLE
91
UNIDAD ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL
Individual
VIABLE
82
Asociación Colombiana de
Industriales del Calzado, el Cuero y
sus Manufacturas-ACICAM
Gremio
VIABLE
92
TECNOQUÍMICAS S.A.
PRODUCTOS NATURALES DE LA
SABANA S.A.
COOPERATIVA MEDICA DEL VALLE
Y DE PROFESIONALES DE
COLOMBIA - COOMEVA
Asociación para el Desarrollo
Integral del Transporte Terrestre,
ADITT
Gremio
NO VIABLE
NA
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
Señor proponente COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DE TANQUES Y CAMIONES PARA COLOMBIA - COVOLCO,
NÙMERO DE RADICACIÒN 19026, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los
anexos, se concluye emitir concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La Accion de Formación AF1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015 Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la
Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro capacitador nacional especialista supera los topes
establecidos.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente FUNDACIÓN GIMNASIO LOS PORTALES y número de radicación SIGP 19027 teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) Las Acciones de Formación AF4 y AF5 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria
DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los
establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro capacitador nacional con maestria supera
los topes establecidos.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el
35% del total del proyecto
Señor proponente CENTRAL DE INVERSIONES S.A, código de radicación SIGP 19030, teniendo en cuenta la información
suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales
razones son:
1) La Accion de Formación AF1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 7.6.10, literal b),"...una Acción de Formación Especializada puede combinar los dos tipos de formación
presencial y virtual-, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de formación
(presencial 70% - virtual Max 30%).
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto; y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente GLOBAL OPERADORA HOTELERA SAS 19032 teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto NO VIABLE, Las principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados
por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente OPTIMIZAR SERVICIOS TEMPORALES S.A. 19033 teniendo en cuenta la información suministrada en
la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE . Las principales razones son:
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos. Puntaje
obtenido: 62.
Señor proponente ASOCIACIÓN NACIONAL DE ENTIDADES DE EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO
HUMANO, con código de radicación SIGP 19036 teniendo en cuenta la informacion suministrada en la propuesta
presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE . las principales razones son:
1) Acciones de Formación AF1,AF2, AF3 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 7.6.10, literal B,"...una Acción de Formación Especializada puede combinar los dos tipos de
formación presencial y virtual-, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de
formación (presencial 70% - virtual Max 30%). Adicionalmente, las Acciones de Formación AF1, AF2 y AF3 se
"Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2. literal l)
Cuando el presupuesto registre ítems o rubros no financiables o no correspondan a los definidos en la Resolución de
Tarifas N° 0539 de 2015, dado que incluyen el rubro Transferencia de tecnología para la alternativa seleccionada
"cupos", por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el
35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral
3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE y número de
radicación SIGP 19044, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se
concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal f) Cuando el monto del aporte del SENA (cofinanciación) solicitado en la propuesta exceda: • El
cincuenta por ciento (50%) del valor total del proyecto en la Modalidad Individual, • El sesenta por ciento (60%) del
valor total del proyecto en la Modalidad de Empresas Agrupadas, y • El ochenta (80%) del valor total del proyecto en la
Modalidad Gremios. y k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos.
Puntaje obtenido: 65.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 11 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
172
173
SIGP No.
19056
19057
NOMBRE ENTIDAD
COMPUNET S.A.
Federacion Colombiana de
Cooperativas de Empresarios de la
Industria de la Comunicación
Gráfica - FEDEGRÁFICA
MODALIDAD
Individual
Gremio
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
NO VIABLE
NO VIABLE
PUNTAJE
NA
NA
174
19058
Universidad Manuela Beltrán
Individual
NO VIABLE
NA
175
19059
VIABLE
95
19060
ZONA FRANCA DE BOGOTÁ S.A.
Compañia de Medicina Prepagada
Colsanitas S.A.
Agrupada
176
Agrupada
VIABLE
96
177
19061
ASOCIACION DE CONTACT CENTER
Y BPO FORMACION
ESPECIALIZADA 2015*
178
19063
COMWARE S.A.
Gremio
NO VIABLE
NA
Individual
NO VIABLE
NA
179
19064
ASOCIACION COLOMBIANA DE
VEHICULOS AUTOMOTORES
"ANDEMOS"
Gremio
NO VIABLE
NA
180
19065
ASOCIACION COLOMBIANA DE
DROGUISTAS DETALLISTAS
ASOCOLDRO
Gremio
VIABLE
97
181
19066
TEAM FOODS COLOMBIA S.A
Individual
NO VIABLE
NA
182
19067
ALFAGRES S.A
Agrupada
VIABLE
93
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
Señor COMPUNET S.A con código de radicación SIGP 19056, teniendo en cuenta la información suministrada en la
propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) Las Acciónes de Formación AF1 y AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria
DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los
establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro capacitador nacional Maestria supera los
topes establecidos. Las Acciones de Formación AF1 y AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de
la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal j), Cuando alguno de los perfiles de los capacitadores
propuestos en la Acción de Formación Especializada no cumpla con los requerimientos mínimos previsto en la
Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal j) Cuando el plazo de ejecución del proyecto de formación supere el 30 de noviembre de 2015.
Señor proponente FEDERACION COLOMBIANA DE COOPERATIVAS DE EMPRESARIOS DELA INDUSTRIA DE LA
COMUNICACION GRAFICA -FEDEGRAFICA número de radicación 19057 teniendo en cuenta la información suministrada
en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La Acción de Formación AF1 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de
2015, Numeral 7.6.10 literal b), "...una Acción de Formación Especializada puede combinar los dos tipos de formación
presencial y virtual-, lo cual debe especificars en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de formación
(presencial 70% - virtual Max 30%)".
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente UNIVERSIDAD MANUELA BELTRAN, con número de radicación SIGP 19058, teniendo en cuenta la
información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las
principales razones son:
1) Las Acciónes de Formación AF2 y AF4, se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria
DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los
establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Honorarios Capacitadores Nacionales Profesional con titulo de maestría y experiencia de tres años no cumple, dado que supera los topes establecidos en la
Resolución de Tarifas 0539 de 2015. Las Acciónes de Formación AF1, AF2, AF3, AF4, AF5 Y AF6, se "Excluyen" de
acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal h) la Acción de
Formación Especializada no corresponda al número de horas definidas para cada evento (foro, taller, seminario, curso,
diplomado); y k) cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la resolución de
tarifas No. 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE CONTACT CENTER Y BPO, con número de radicación 19061 teniendo
en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO
VIABLE. Las principales razones son:
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal e) Cuando el valor del rubro de gastos de operación supere el 10% del valor total del proyecto.
(numeral 5° art. 21 Acuerdo N° 00005 de 2014).
Señor proponente COMWARE con código de radicación SIGP 19063, teniendo en cuenta la información suministrada
en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto NO VIABLE. Las principales razones son:
1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados
por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014.
Señor proponente ASOCIACION COLOMBIANA DE VEHICULOS AUTOMOTORES "ANDEMOS" y código de radicación SIGP
19064, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el
concepto de NO VIABLE. Las principales razones son:
1) Las Acciones de Formación AF1, AF3 y AF4 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la
convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros
excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Alquiler de salones, ayudas y
equipos para la formación no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Accion de
Formación AF7 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral
3.2.2, literal K), dado que el rubro ( Alojamiento, manutención y transporte local y/o intermunicipal de capacitador
internacional no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Acción de Formación AF 5 se
"Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal h)
Cuando la Acción de Formación Especializada no corresponda al número de horas definidas para cada evento (foro,
taller, seminario, curso, diplomado).
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen
el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según
numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Señor proponente TEAM FOODS COLOMBIA S.A. con código de radicación SIGP 19066 teniendo en cuenta la
informacion suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE . las
principales razones son:
1) Acciones de Formación AF1,AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 7.6.10, literal B,"...una Acción de Formación Especializada puede combinar los dos tipos de
formación presencial y virtual-, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de
formación (presencial 70% - virtual Max 30%). Adicionalmente, las Acciones de Formación AF1 y AF2 se "Excluyen" de
acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2. literal h) Cuando la Acción
de Formación Especializada no corresponda al número de horas definidas para cada evento (foro, taller, seminario,
curso, diplomado), k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la
Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015. y m) m) Cuando exista desproporción entre la duración de la Acción de
Formación Especializada y el número de horas o días en que será ejecutada. (mínimo 2 horas/día y máximo 8
horas/día), por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015.
2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015,
Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el
35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral
3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 12 de13
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Convocatoria DG- 0001 de 2015
PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA
PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
No.
SIGP No.
NOMBRE ENTIDAD
MODALIDAD
RESULTADO EVALUACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA
PUNTAJE
Gremio
VIABLE
92
183
19068
Alianza Empresarial para un
Comercio Seguro BASC CAPITULO
BOGOTA
184
Sin SIGP
Esproconstrucciones
NA
NO VIABLE
NA
185
Sin SIGP
Unión Temporal Alianza PANACA FUNDAPANACA
NA
NO VIABLE
NA
186
Sin SIGP
Fundación de la Mujer
NA
NO VIABLE
NA
CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO
La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral
3.2.1, literal I) Cuando la propuesta no se haya presentado, validado y radicado a través del formulario digital
destinado por el SENA para tal fin, salvo cuando la Entidad lo haya autorizado previamente a través de la página web,
de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria.
La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral
3.2.1, literal I) Cuando la propuesta no se haya presentado, validado y radicado a través del formulario digital
destinado por el SENA para tal fin, salvo cuando la Entidad lo haya autorizado previamente a través de la página web,
de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria.
La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral
3.2.1, literal I) Cuando la propuesta no se haya presentado, validado y radicado a través del formulario digital
destinado por el SENA para tal fin, salvo cuando la Entidad lo haya autorizado previamente a través de la página web,
de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria.
Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 13 de13