DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. 1 18857 2 18858 3 18860 4 18861 5 18862 6 7 NOMBRE ENTIDAD MODALIDAD LAMITECH SAS CORPORACION UNIVERSIDAD DE LA COSTA ASOCIACIÓN UNIÓN NACIONAL DE COMERCIANTES - UNDECO FUNDACION OFTALMOLOGICA DE SANTANDER - FOSCAL ASOCIACION DE CENTROS COMERCIALES DE COLOMBIA ACECOLOMBIA Individual RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA VIABLE Individual VIABLE 88 SIGP No. 18864 18865 Microferisa S. A. BUSSCAR DE COLOMBIA SAS PUNTAJE Gremio VIABLE 92 Individual VIABLE 89 Gremio VIABLE 94 Agrupada Individual NO VIABLE NO VIABLE NA NA 8 18866 Caja de Compensación Familiar COMPENSAR Individual NO VIABLE NA 9 18869 COOPERATIVA DE PROFESIONALES DE SANTANDER COOPROFESIONALES Agrupada VIABLE 90 10 18870 LINDE Individual VIABLE 83 11 18871 EDUARDOÑO S.A Individual NO VIABLE NA 12 18872 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE Individual VIABLE 91 13 18873 14 18874 15 16 18875 18876 17 18877 COMPAÑÍA COLOMBIANA DE CERÁMICA S.A.S Corporación Centro de Investigación y Desarrollo Tecnológico CIDET BEL-STAR S.A Dow Quimica de Colombia S.A. CORPORACION UNIVERSITARIA LATINOAMERICANA - CUL Individual NO VIABLE CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO 94 NA Individual NO VIABLE NA Individual Individual VIABLE VIABLE 91 95 Individual VIABLE 80 Señor proponente Microferisa S. A. número de radicación 18864 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1. La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente BUSSCAR DE COLOMBIA SAS número de radicación 18865 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos , se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3, AF4 se Excluyen de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales j), l), ya que el perfil del capacitador propuesto no cumple con los requerimientos mínimos previsto en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015 al igual el presupuesto registra ítems o rubros no financiables como lo es la Transferencia de tecnologia al Sena pues la alternativa seleccionada son cupos para beneficiarios Sena. por tanto no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. Las Acciones de Formación AF2 y AF4 se excluyen de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal h) , dado que las Acciones de Formación Especializada no corresponda al número de horas definidas para cada evento (Seminario), La AF1 se excluye de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal m) ya que las horas diarias a ejecutar son 10 horas. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m), n): m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente Caja de Compensación Familiar - COMPENSAR- y número de radicación SIGP:18866 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF1, se "Excluye " de acuerdo con lo establecido establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015, numeral 3.2.2 literal k), dado que el rubro: HONORARIOS CAPACITADORES INTERNACIONALES supera los topes establecidos, por lo tanto no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal m) y n): m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. 3) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal k)" Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos." Puntaje obtenido: 53. Señor proponente Eduardoño S.A número de radicación SIGP 18871, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE, las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal p) Cuando el director del proyecto no cumpla con el perfil mínimo requerido de conformidad con lo establecido en el numeral 6.4.1.1 del presente pliego o no se adjunten en físico los soportes que acrediten su formación y experiencia. Señor proponente: COMPAÑIA COLOMBIANA DE CERAMICA S.A.S y número de radicación 18873, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3, AF4, AF5 Y AF6 se "Excluye(n)" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales h) Cuando la Acción de Formación Especializada no corresponda al número de horas definidas para cada evento (foro, taller, seminario, curso, diplomado); y el literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que los rubros de ALOJAMIENTO, MANUTENCIÓN Y TRANSPORTE LOCAL Y/O INTERMUNICIPAL no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales: h) Cuando se presenten inconsistencias en la información suministrada por el proponente y esta no sea susceptible de ser aclarada, dado que ocasionaría modificación parcial o total del proyecto; k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos; m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente CIDET, número de radicación18874, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF2 se Excluye de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal j) dado que el perfil del capacitador no cumple con la experiencia especifica relacionada, por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se rechaza por que la exclusion de la AF2 colleva a incurrir en la causal f) y g) del numeral 3.2.1, ( f) Cuando el monto del aporte del SENA (cofinanciación) solicitado en la propuesta exceda: El cincuenta por ciento (50%) del valor total del proyecto en la Modalidad Individual, g) Cuando la contrapartida no corresponda a los porcentajes establecidos en la presente convocatoria). Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 1 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. 18 19 SIGP No. 18878 18879 NOMBRE ENTIDAD FABRICATO SA. Cámara de Comercio de Dosquebradas MODALIDAD Individual Gremio RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA VIABLE PARCIAL NO VIABLE PUNTAJE CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO 90 Señor proponente FABRICATO, número de radicación 18878 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL . Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF3 SE "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal(es) k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015; l) dado que el rubro alquiler de salones supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. NA Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DE DOSQUEBRADAS - 18879 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF 1 "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal K, dado que el rubro Honorarios capacitadores internacionales no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Accion de Formación AF 2 "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal H, dado que supera el numero total de horas para un diplomado. La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales g) Cuando la contrapartida no corresponda a los porcentajes establecidos en la presente convocatoria, M (Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto) Y N ( Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto). Señor proponente C.I TECNICAS BALTIME DE COLOMBIA S.A número de radicación SIGP 18880 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1 literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. 18880 C.I TECNICAS BALTIME DE COLOMBIA S.A 21 18881 ASOCIACION FRENTE DE SEGURIDAD EMPRESARIAL DE SANTANDER Gremio VIABLE PARCIAL 86 Señor proponente ASOCIACION FRENTE DE SEGURIDAD EMPRESARIAL DE SANTANDER, con número de radicación SIGP 18881, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La Acción de Formación AF2, "EXCLUYE" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que el rubro Alquiler de salones, Ayudas y Equipos para la Formación, no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 22 18882 Cámara de Comercio de Cúcuta Gremio VIABLE PARCIAL 81 Señor proponente Cámara de Comercio de Cúcuta - 18882, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL . Las principales razones son: 1) La Acción de Formación AF4 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Adenda 001, Numeral 3.2.2, literal s), dado que los grupos de formación no están integrados mínimo con 15 beneficiarios. 23 18884 SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL DE CARTAGENA S.A. Señor proponente SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL DE CARTAGENA S.A. número de radicación SIGP 18884 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. La razón es la siguiente: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1 literal p), dado que el director de proyecto propuesto no cumple con el perfil minimo requerido de conformidad con lo establecido en el númeral 6.4.1.1 del pliego y no se adjuntaron en fisico los soportes que acrediten su formación y experiencia. 24 18885 25 18886 26 18887 20 27 18888 ACERIAS DE COLOMBIA ACESCO S.A.S. CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR COMFAMILIAR CARTAGENA Y BOLIVAR DATALOG SAS Universidad Cooperativa de Colombia 28 18889 Cámara de Comercio de Casanare 29 30 18890 18891 NEW STETIC S.A Harinera del Valle S.A. Agrupada NO VIABLE NA Individual NO VIABLE NA Individual VIABLE 89 Individual VIABLE 82 Individual VIABLE 87 Individual NO VIABLE NA Gremio NO VIABLE NA Individual Individual VIABLE VIABLE 81 91 Señor proponente: Universidad Cooperativa de Colombia número de radicación SIGP 18888 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales c) Cuando el proyecto no se enmarque en por lo menos uno de los siguientes: - Documento Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014–2018 “Todos por un Nuevo País”, el cual tiene un enfoque conceptual hacia una estructura territorial (Zonas–Regiones) - Mapa regional de oportunidades del Ministerio de Comercio Industria y Turismo - Sectores productivos del Programa de Transformación Productiva – PTP - Mesas Sectoriales del SENA - Consejos Sectoriales del SENA - Iniciativas Cluster - Agendas productivas regionales; y k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos. Puntaje obtenido: 66. Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DEL CASANARE número de radicación 18889, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Accioes de Formación AF1, AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que el rubro capacitador nacional profesional supera los topes establecidos, por ende, no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales f) Cuando el monto del aporte del SENA (cofinanciación) solicitado en la propuesta exceda: El ochenta (80%) del valor total del proyecto en la Modalidad Gremios; g) Cuando la contrapartida no corresponda a los porcentajes establecidos en la presente convocatoria; m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto; q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 2 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. 31 32 33 SIGP No. 18892 18893 18894 34 18895 35 18896 36 18897 37 18898 38 18899 39 18900 40 18901 41 18902 42 18903 43 18904 NOMBRE ENTIDAD CEMENTOS ARGOS S.A. CAMARA DE COMERCIO DE VALLEDUPAR Compañia Nacional de Chocolates S.A.S COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO SOLIDARIO DE COLOMBIA COOMULDESA LTDA Holcim (Colombia) S.A. Industrias Integradas Talleres Rurales del Valle Cooperativa de Trabajo Asociado CÁMARA DE COMERCIO DE BARRANQUILLA ASOCIACIÓN DEL SECTOR AUTOMOTRIZ Y SUS PARTES "ASOPARTES" Productores de Envases Farmaceuticos S.A.S. PROENFAR S.A.S. WILLIS COLOMBIA CORREDORES DE SEGUROS S.A EFIGAS S.A. E.S.P Banco Colpatria Multibanca Colpatria S.A. FEDERACION NACIONAL DE AVICULTORES DE COLOMBIAFENAVI MODALIDAD Individual Gremio Individual RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA NO VIABLE NO VIABLE NO VIABLE PUNTAJE NA NA NA Individual NO VIABLE NA Individual VIABLE 90 Individual VIABLE 82 Gremio VIABLE 84 Gremio VIABLE 92 Individual VIABLE 90 Individual NO VIABLE NA Individual VIABLE 94 Individual VIABLE 96 Gremio VIABLE PARCIAL 93 CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO Señor proponente CEMENTOS ARGOS S.A y número de radicación 18892 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La acción de formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015 y l), dado que en los rubros Honorarios capacitador internacional con doctorado los valores presupuestados exceden los estipulados en la resolución 0539 de 2015 y el rubro Transferencia tecnologíca al sena la alternativa es cupos para beneficiarios Sena y el rubro se esta presupuestando, por tanto no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Acciones de Formación AF2, AF3, AF4 se "Excluyen de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) y l), dado que el rubroTransferencia tecnologíca al sena la alternativa es cupos para beneficiarios Sena y el rubro se esta presupuestando, por tanto no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente 18893 Cámara de Comercio de Valledupar teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1 y AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, litera o) dado que incluyen el rubro Alimentación y transporte beneficiarios del Agro. Adicionalmente la AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.2.1, literal k) dado que el rubro Capacitador Nacional con Maestria supera los topes establecidos, por ende, no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014; m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente 18894 COMPAÑIA NACIONAL DE CHOCOLATES teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación CURSO DE CACAO Y CHOCOLATERIA "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) dado que los rubros Honorarios Capacitadores Técnicos Internacionales no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015; y l) Cuando el presupuesto registre ítems o rubros no financiables o no correspondan a los definidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015. La Accion de Formación PROCESO AGROINDUSTRIAL DE LA CADENA PRIMARIA DEL CACAO."Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal l, dado que el rubro Transferencia tecnologica al SENA no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. y el pliego de CONVOCATORIA DG-001 DE 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO SOLIDARIO DE COLOMBIACOOMULDESA LTDA y número de radicación 18895 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Acción de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales k y m, dado que el rubro (ALOJAMIENTO Y MANUTENCION Y TRANSPORTE LOCAL Y EL TIEMPO EN QUE SE EJECUTARA LA ACCION DE LA FORMACION SUPERA LAS 8 HORAS DIARIAS) no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos; m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente WILLIS COLOMBIA CORREDORES DE SEGUROS S.A - 18901, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF 1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 7.6.10, literal B, dado que una accion de formacion especializada puede combinar los dos tipos de formacion presencial y virtual, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el numero de horas de cada tipo de formacion (presencial 70% - virtual MAX 30 %) - (EL NUMERO DE HORAS DE FORMACION VIRTUAL SUPERA EL 30 % MAXIMO PERMITIDO). La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal(es) M (Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto) Y N ( Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto) Señor proponente FEDERACION NACIONAL DE AVICULTORES DE COLOMBIA - FENAVI y número de radicación SIGP 18904, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF1, se "Excluye", de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k, dado que el rubro Alojamiento, Manutención y transporte local y/o municipal tipo capacitador nacional, supera los topes establecidos por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 3 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. SIGP No. NOMBRE ENTIDAD MODALIDAD RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA PUNTAJE CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO 44 18905 ASOCIACION NACIONAL DE EMPRESARIOS DE COLOMBIA Gremio VIABLE PARCIAL 92 Señor proponente Asociación Colombiana de Empresarios - ANDI, Cod. 18905 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La Acción de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que los perfiles descritos capacitador nacional profesional y capacitador nacional con especialización son incluidos en el presupuesto en el rubro capacitador nacional maestria. La Acción de Formación AF10 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que el rubro alquiler de salones, ayudas y equipos para la formación supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Acción de Formación AF11 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal e) y k) , dado que la acción de formación tiene como propósito la formación en liderazgo y adicionalmente el rubro alquiler de salones, ayudas y equipos para la formación supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Acción de Formación AF13 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) , dado que el rubro capacitador nacional especialista supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Acción de Formación AF17 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) , dado que el rubro alojamiento, manutención y transporte supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Acción de Formación AF25 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal L) , dado que el rubro transferencia de tecnología no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 45 18906 ASOCIACIÓN COMITÉ DE GREMIOS DE BARRANCABERMEJA Gremio VIABLE PARCIAL 92 Señor proponente ASOCIACION COMITE DE GREMIOS DE BARRANCABERMEJA y número de radicación SIGP: 18906 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF4, se "Excluye de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal (k), dado que el rubro ALOJAMIENTO , MANUTENCIÓN Y TRANSPORTE LOCAL supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 46 18907 FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECUARIO FINAGRO S.A. Individual VIABLE 88 47 18908 ASOCIACIÓN DE BANANEROS DEL MAGDALENA Y LA GUAJIRA ASBAMA 48 18909 YARA COLOMBIA S.A 49 18910 CORPORACION NACIONAL DE EMPRESAS DE SEGURIDAD CONASEGUR - 50 18911 51 18913 52 18914 53 18915 54 55 18916 18917 ASOCIACION FRENTE DE SEGURIDAD EMPRESARIAL DEL ATLANTICO CÁMARA DE COMERCIO DE ARMENIA Y DEL QUINDÍO Cámara Colombiana de la Seguridad Privada CCS Cámara de Comercio de Tuluá MEXICHEM RESINAS COLOMBIA S.A.S NATIONAL OILWELL VARCO COLOMBIA 56 18918 TDM TRANSPORTES S.A.S 57 18919 ASOCIACION COLOMBIANA DE EDITORES DE DIARIOS Y MEDIOS INFORMATIVOS, ANDIARIOS 58 18920 Asociación Colombiana de Parques Cementerios - ASOCOLPARQUES Gremio NO VIABLE NA Individual VIABLE 91 Gremio NO VIABLE NA Gremio VIABLE 83 Gremio VIABLE 92 Gremio VIABLE 84 Gremio VIABLE 84 Individual Individual NO VIABLE NO VIABLE NA NA Individual NO VIABLE NA Gremio VIABLE 86 Gremio VIABLE 90 Señor proponente ASOCIACIÓN DE BANANEROS DEL MAGDALENA Y LA GUAJIRA - ASBAMA, con número de radicación SIGP 19908, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1 literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente CONASEGUR número de radicación SIGP 18910 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente MEXICHEM RESINAS COLOMBIA S.A.S, con número de radicación SIGP 18916 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2 y AF4 se "Excluye(n)" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2 Literal L. dado que se incluye rubro Alojamiento y manutención para el formador virtual. Adicionalmente para las acciones de formacion AF1, AF2 y AF4, el númeral 7.6.10 Tipo de formación y metodología se establece que: "b)... una Acción de Formación Especializada puede combinar los dos tipos de formación presencial y virtual-, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de formación (presencial 70% - virtual Max 30%), así como la desagregación del presupuesto en forma independiente". 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente NATIONAL OILWELL VARCO DE COLOMBIA y número de radicación SIGP 18917, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Acción de Formación AF2, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) dado que el rubro capacitador nacional especialista supera los topes establecidos, por ende no cumple lo establecido en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. Señor proponente TDM TRANSPORTES SAS, número de radicación 18918 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que el rubro honorarios capacitadores internacionales supera los topes establecidos. Adicionalmente, La Accion de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal L), dado que en el rubro material de formacion contempla elementos no financiables, por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014; m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 4 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. SIGP No. NOMBRE ENTIDAD 59 18921 SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE SI 99 S.A. 60 18922 ASOCIACION COLOMBIANA DE EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES MODALIDAD RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA PUNTAJE Agrupada NO VIABLE NA Gremio VIABLE 86 61 18923 Camara Colombiana de la Construcción CAMACOL Gremio VIABLE PARCIAL 86 62 18924 CAMARA DE COMERCIO DEL CAUCA Gremio VIABLE 83 63 18925 Fundación Hospitalaria San Vicente de Paúl Individual NO VIABLE NA 64 18926 Procaps S.A. Individual VIABLE 85 65 18927 Estudios Técnicos S.A Individual VIABLE PARCIAL 81 66 18928 Arcos Dorados Colombia SAS Individual VIABLE 92 67 18929 CAMARA DE COMERCIO DE PEREIRA 68 18930 69 18931 70 18932 Asociación de empresas de la cadena de valor del transporte ASEMTUR Instituto Tecnologico de Soledad Atlantico ITSA CAMARA DE COMERCIO COLOMBO CENTROAMERICANA Y DE EL CARIBE 71 18934 Corporación Intersoftware 72 18935 Comercializadora Santander S.A. 73 18936 CÁMARA DE COMERCIO DE ARAUCA 74 18938 SEGURIDAD Y VIGILANCIA COLOMBIANA LTDA - SEVICOL LTDA Gremio VIABLE PARCIAL 87 Agrupada VIABLE 91 Individual VIABLE 87 Gremio VIABLE 87 Gremio NO VIABLE NA Individual NO VIABLE NA Gremio NO VIABLE NA Individual VIABLE 90 CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO Señor proponente SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE SI 99 S.A de radicación 18921 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de "RECHAZO" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente (Camara Colombiana de la Construcción CAMACOL número de radicación SIGP 18923) teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La(s) Accion(es) de Formación AF4, AF7, AF32 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal (K), dado que EL rubro Honorarios capacitadores nacionales dado que el perfil descrito en la acción de formación es diferente al presupuestado, por ende no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. Adicionalmente, LAS ACCIONES DE FORMACIÓN AF15, AF21, AF30, se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal (i), dado que no se definen los perfiles requeridos para llevar a cabo la formación, por ende no es posible definir si responden a la necesidad o requerimiento de la unidad temática. Señor proponente FUNDACIÓN HOSPITALARIA SAN VICENTE DE PAÚL con número de radicación 18925 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3, AF4, AF5 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) , dado que el rubro Honorarios capacitadores nacionales supera los topes establecidos, por ende no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente ETSA ESTUDIOS TECNICOS CODIGO 18927, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL . Las principales razones son: 1) La Acción de Formación AF3 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal(es) J).Cuando alguno de los perfiles de los capacitadores propuestos en la Accion de Formación Especializada no cumplan con los requerimientos minímos previstos en la Resolución de Tarifas No.0539 de 2015. Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DE PEREIRA SIGP:18929, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF4, se Excluye de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal i), dado que no se incluye el perfil del capacitador que impartirà la acciòn de formaciòn, por ende no es posible verificar la pertinencia con respecto a las unidades tematicas propuestas. Señor proponente CORPORACIÓN INTERSOFTWARE con número de radicación 18934 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3, AF4, se "Excluyen de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal s), de la Adenda No. 001 de la Convocatoria DG 001 de 2015 dado que los grupos de beneficiarios de la formación estan conformados por aproximadamente 14 personas de la empresa." 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente 18935 Comercializadora de Santander" teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación "Gestión de la Innovación y la Investigación en las Empresas" se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que el (los) rubros Honorarios y Alojamiento Manutención y transporte para Capacitador Nacional Especializado, los cuales no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DE ARAUCA número de radicación SIGP 18936, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada, los anexos, se concluye emitir el concepto NO VIABLE, las pincipales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1 y AF3, se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal h) y k) dado que se propone ejecutar 1 hora diaria en la AF1 y la AF3 el rubro Alojamiento, manutención y/o transporte local supera los topes establecidos, por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal g) dado que luego de eliminar las acciones de formación AF1 y AF3 la contrapartida en dinero es menor al 50%. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 5 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. 75 SIGP No. 18939 NOMBRE ENTIDAD ASOCIACION COLOMBIANA DE SEGURIDAD - ASOSEC MODALIDAD Gremio RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA VIABLE PARCIAL PUNTAJE CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO 95 Señor proponente ASOCIACION COLOMBIANA DE SEGURIDAD-ASOSEC- 18939 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos , se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La AF8 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k, dado que el rubro Alojamiento, manutención y transporte local y/o intermunicipal del capacitador nacional NO CUMPLE con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015 76 18940 ASOCIACION FRENTE DE SEGURIDAD EMPRESARIAL DE ANTIOQUIA Gremio VIABLE PARCIAL 89 77 18941 CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AMERICANA Individual NO VIABLE NA 78 18942 Hospital Pablo Tobón Uribe Individual NO VIABLE NA 79 18943 CENCOSUD COLOMBIA S.A. Individual VIABLE 87 18944 ASOCIACIÓN DE CULTIVADORES DE CAÑA DE AZÚCAR DE COLOMBIA "ASOCAÑA" Gremio NO VIABLE NA 18945 FEDERACION NACIONAL DE EMPRESAS DE ASEO LIMPIEZA ASEPSIA TECNICA Y PROFESIONAL CAFETERIA PROVEEDORES DE INSUMOS Y PROVEEDORES DE MAQUINARIA Y EMPRESASFENASEO Gremio VIABLE 87 80 81 82 18947 83 18948 84 18949 85 86 18950 18951 Asociación de Ganaderos de la Costa Norte, ASOGANORTE. Asociacion Nacional de Empresas Transportadoras de Carga Asecarga CONVENIOS ADMINISTRATIVOS CTA COOPERATIVA DE TRANSPORTE SAN ANTONIO (COOTRASANA) GRUPO EDS AUTOGAS S.A.S. Gremio NO VIABLE NA Gremio VIABLE 95 Agrupada VIABLE 86 Individual Individual NO VIABLE NO VIABLE NA NA Señor proponente ASOCIACION FRENTE DE SEGURIDAD DE ANTIOQUIA y número de radicación SIGP: 18940, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal (k), dado que el rubro ALOJAMIENTO , MANUTENCIÓN Y TRANSPORTE LOCAL. supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. y m) Cuando exista desproporción entre la duración de la Acción de Formación Especializada y el número de horas o días en que será ejecutada. (mínimo 2 horas/día y máximo 8 horas/día). Señor proponente CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AMERICANA número de radicación 18941 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Acción de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales k)Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015 y p) Cuando no se cumpla con lo establecido en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales e) Dado que el rubro GASTOS DE OPERACIÓN DEL PROYECTO, excede el 10% del valor total de la propuesta por tanto no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente Hospital Pablo Tobón Uribe y número de radicación 18942 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3, AF4, AF5 se Excluyen de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales l), dado que la alternativa de transferencia seleccionada es cupos para beneficiarios Sena, por ende, no debe ser contemplada en el presupuesto. Adicionalmente las acciones de formación AF1 y AF3 se excluyen de acuerdo con lo establecido en la convocatoria DG 0001 de 2015, numeral 3.2.2. literal L) dado que incluyen elementos que no corresponden al rubro material de formación, por lo tanto no cumple con lo establecido en la resolución de tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente ASOCIACIÓN DE CULTIVADORES DE CAÑA DE AZÚCAR DE COLOMBIA "ASOCAÑA" número de radicación 18944 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada, los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente Asociación de Ganaderos de la Costa Norte, ASOGANORTE, número de radicación SIGP 18947, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal K, dado que los rubros Alquiler de Salones y Ayudas y Equipos para la formacion y no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. Las Acción de Formación AF3 se excluye dado que el rubro de Profesional con Titulo de Maestría y Alojamiento Manutencion y transporte terrestre local y/o intermunicipal para capacitador nacional no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto Señor proponente 18950 COOPERATIVA DE TRANSPORTE SAN ANTONIO teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación " Formación para un sistema de transporte seguro enfocado en la competitividad y el servicio" se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales e) dado que el rubro GASTOS DE OPERACION no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015; m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente Grupo EDS AUTOGAS SAS Y número de radicación 18951 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada, los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Por las siguientes razones: 1) La Acción de Formación AF1 se excluye de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal s) de acuerdo a la adenda No. 001 , dado que el No. de beneficiarios por grupo de formación no tiene como mínimo 15 beneficiarios, y por no por no cumplir con el pliego de la convocatoria con los aportes parafiscales. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto; q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 6 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. SIGP No. NOMBRE ENTIDAD 87 18952 Confederacion Cauchera Colombiana-CCC 88 18953 Cooperativa de Productos Lacteos de Nariño Ltda 89 18955 ASOCIACIÓN HORTIFRUTÍCOLA DE COLOMBIA, ASOHOFRUCOL 90 18956 91 18957 CNLM -CONSEJO NACIONAL DE LA CALIDAD DE LA LECHE Y PREVENCION DE LA MASTITIS RESTCAFE SAS MODALIDAD RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA PUNTAJE CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO Señor proponente CONFEDERACION CAUCHERA COLOBIANA, número de radicación 18952, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La(s) Accion(es) de Formación AF1, AF2 y AF3 se excluyen de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal l), dado que se incluye en cada accion de formacion el rubro Transferencia de tecnologia para la alternativa de transferencia de cupos para funcionarios del SENA; este rubro solo aplica para pasantias especializadas o capacitacion de expertos. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Gremio NO VIABLE NA Individual VIABLE 84 Gremio VIABLE PARCIAL 93 Gremio VIABLE 82 Individual VIABLE 95 92 18958 UNION DE TRABAJADORES DE COLOMBIA Gremio NO VIABLE NA 93 18959 ASOCIACION FRENTE DE SEGURIDAD EMPRESARIAL DE BOLIVAR Gremio VIABLE 88 94 18960 Skinco Colombit S.A. Individual NO VIABLE NA 95 18961 COOPERATIVA MULTIACTIVA DE LOS TRABAJADORES DE SANTANDER - COOMULTRASAN Individual VIABLE 91 96 18962 97 18963 98 18964 99 18965 100 18966 Corporación Centro de Ciencia y Tecnología de Antioquia UNION SINDICAL OBRERA USO MAPFRE COLOMBIA VIDA SEGUROS S.A. Asociación Nacional de Comercio Exterior-ANALDEX CÁMARA COLOMBIANA DE LA INFRAESTRUCTURA SECCIONAL ANTIOQUIA-CCI ANTIOQUIA Individual NO VIABLE NA Gremio NO VIABLE NA Individual VIABLE 84 Gremio VIABLE 93 Gremio NO VIABLE NA Señor proponente ASOCIACIÓN HORTIFRUTÍCOLA DE COLOMBIA- ASOHOFRUCOL y número de radicación 18955 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF2 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales k), dado que el rubro capacitador nacional profesional supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. Señor proponente Unión de Trabajadores de Colombia, número de radicación SIGP 18958, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF01, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k), dado que el rubro RUBRO ALOJAMIENTO MANUTENCION Y TRANSPORTE LOCAL E INTERMUNICIPAL no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. Señor proponente SKINCO COLOMBIT S.A. número de radicación 18960 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Acción de Formación AF1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015 l) Cuando el presupuesto registre ítems o rubros no financiables o no correspondan a los definidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales e) dado que el rubro GASTOS DE OPERACIÓN DEL PROYECTO no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015; m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente CORPORACION CENTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE ANTIOQUIA número de radicación 18962, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE, siendo la razon principal: 1. La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente UNION SINDICAL OBRERA DE LA INDUSTRIA DEL PETROLEO-USO-y número de radicación 18963, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2 Y AF3 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) "Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015." Dado que el rubro Alquiler de salones, ayudas y equipos para la formación, no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente CCI número de radicación SIGP 18966 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos , se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF3 y AF4 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal: l) cuando el presupuesto registre items o rubros no financiables o no correspondan a lo definidos en la resolución de tarifas No. 0539 de 2015. 2) la propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales i) Cuando no se atienda la solicitud de aclaración respecto de la evaluación técnica y/o verificación financiera de la propuesta, no se aclaren los aspectos definidos dentro del plazo fijado para ello o no se cumpla satisfactoriamente con el requerimiento; y m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 7 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. 101 SIGP No. 18967 NOMBRE ENTIDAD CAMARA DE COMERCIO DE BUGA 102 18968 Dimantec Ltda. 103 18969 ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - ACOPI SECCIONAL ATLÁNTICO MODALIDAD Gremio RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA NO VIABLE PUNTAJE NA Individual NO VIABLE NA Gremio VIABLE 93 104 18970 MANSAROVAR ENERGY COLOMBIA LTD Agrupada VIABLE PARCIAL 89 105 18971 Municipio de Bucaramanga Individual VIABLE 80 106 18972 Asociación Colombiana de la Industria de la cobraza - COLCOB Gremio VIABLE 95 18973 FUNDACIÓN INSTITUTO PARA LA EXPORTACIÓN Y LA MODAINEXMODA 107 18974 CENTRO DE PRODUCTIVIDAD DEL TOLIMA 18975 FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS PALMERAS DE COLOMBIA, FUNDEPALMA 110 18976 SOCIEDAD COLOMBIANA DE ANESTESIOLOGÍA Y REANIMACIÓN S.C.A.R.E. 111 18977 112 18978 108 109 113 18979 COOPERATIVA NACIONAL DE DROGUISTAS DETALLISTAS COPIDROGAS FUNDACION FRUTO SOCIAL DE LA PALMA Cámara de Comercio de Manizales por Caldas Individual Agrupada Gremio NO VIABLE NO VIABLE NO VIABLE NA NA NA Individual NO VIABLE NA Gremio VIABLE 81 Agrupada VIABLE 90 Gremio NO VIABLE NA CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DE BUGA y número de radicación SIGP 18967 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada, y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF2, y AF3 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal K), dado que el rubro Honorarios capacitadores nacionales, exceden lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. Adicionalmente, la AF2, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal i) Cuando no se atienda la solicitud de aclaración respecto de la evaluación técnica y/o verificación financiera de la propuesta, no se aclaren los aspectos definidos dentro del plazo fijado para ello o no se cumpla satisfactoriamente con el requerimiento, dado que no se definen los perfiles requeridos para llevar a cabo la formación, por ende no es posible definir si responden a la necesidad o requerimiento de la unidad temática. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente DIMANTEC, con número de radicación SIGP 19868, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1 literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente MANSAROVAR ENERGY COLOMBIA LTD número de radicación 18970 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF02, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal h) Cuando la Acción de Formación Especializada no corresponda al número de horas definidas para cada evento (foro, taller, seminario, curso, diplomado), dado que se propone un diplomado con duración de 22 horas. Señor proponente INEXMODA, con número de radicación SIGP 18973 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1 literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente CENTRO DE PRODUCTIVIDAD DEL TOLIMA y número de radicación SIGP 18974 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF1 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales f) Cuando la acción de formación corresponda a compra de equipos, herramientas, software, infraestructura, vehículos, etc. dado que en el rubro el rubro Material de formación incluye adquisición de software y k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Capacitador nacional profesional supera los topes, por ende, no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto; o) Cuando al eliminar Acciones de Formación Especializada, el proyecto ajustado incurra en las causales de rechazo expuestas en los literales f) y g) del presente numeral; y q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS PALMERAS DE COLOMBIA, FUNDEPALMA, con número de radicación SIGP 18975, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente SOCIEDAD COLOMBIANA DE ANESTESIOLOGIA Y REANIMACION S.C.A.R.E. con código de radicación 18976, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE, las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos. Puntaje obtenido: 71. Señor proponente CAMARA DE COMERCIO DE MANIZALES y código de radicación SIGP 18979, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF 1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que en los rubros de capacitadores se duplican a 32 horas el evento y realmente en la propuesta esta por 16 horas en total. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 8 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. 114 SIGP No. 18980 NOMBRE ENTIDAD Compañía de Puertos Asociados S.A. 115 18981 Sociedad de Agricultores de Colombia SAC 116 18982 Productos Familia S.A. MODALIDAD Individual RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA NO VIABLE PUNTAJE NA Gremio VIABLE PARCIAL 91 Agrupada VIABLE 81 117 18984 CONGREGACION DE LAS HERMANAS DE LA CARIDAD DOMINICAS DE LA PRESENTACIÓN DE LA SANTÍSIMA VIRGEN Provincia Bogotá Individual NO VIABLE NA 118 18985 CERRACOL S.A.S. Individual VIABLE 82 119 18986 FEDERACION COLOMBIANA DE TRANSPORTADORES DE CARGA POR CARRETERA 120 18987 MASSY ENERGY COLOMBIA S.A.S. Gremio VIABLE PARCIAL 93 Individual VIABLE 95 121 18988 Asociación Hotelera y Turística de Colombia - COTELCO Gremio VIABLE PARCIAL 93 122 18989 ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE INGENIEROS ACIEM - CAPÍTULO DE SANTANDER Gremio VIABLE 89 123 18990 COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. Individual VIABLE 88 124 18991 DIACO S.A. Individual VIABLE 88 125 18992 126 18994 127 18995 128 18996 129 18998 GEOFUNDACIONES S.A.S INDUSTRIAL AGRARIA LA PALMA LTDA Cerro Matoso S.A. Asociación de Empresas de Afiliados a Cavipetrol - ECAV Telmex Colombia S.A. 130 18999 Asociación de Empresas de Servicios Postales Asopostal 131 19000 Almacenes Corona S.A.S 132 19001 EPS FAMISANAR LTDA Individual NO VIABLE NA Individual VIABLE 87 Individual VIABLE 93 Gremio VIABLE 89 Individual VIABLE 80 Gremio NO VIABLE NA Individual VIABLE 93 Individual NO VIABLE NA CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO Señor proponente Compañía de Puertos Asociados S.A. con número de de radicación SIGP 18980, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Acción de Formación AF1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Honorarios de Capacitacion Nacional Especializacion 3 años de experiencia, no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente SOCIEDAD DE AGRICULTORES DE COLOMBIA SAC, Radicado 18981, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF07, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Alojamiento, Manutención, transporte local y/o intermunicipal supera los topes establecidos, por ende, no cumple con lo establecido. Señor proponente CONGREGACION HERMANAS DE LA CARIDAD DOMINICAS DE LA PRESENTACIÓN DE LA SANTÍSIMA VIRGEN, con número de radicación SIGP 18984, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF2 se "excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Honorarios a capacitador Nacional con maestría, excede con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. Señor proponente COLFECAR y número de radicación 18986 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF4, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literales i) Cuando el(los) perfil(es) de los capacitador(es) no respondan a la necesidad o requerimiento de la unidad temática; y k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro honorarios capacitador nacional tecnico definido en el perfil de esta AF no corresponde con el ingresado en el presupuesto, y adicionalmente supera el tope establecido. Señor proponente COTELCO, número de radicación SIGP 18988, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de VIABLE PARCIAL. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF6 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, numeral 7.6.10, literal b) "Una accción de formación especializada puede combinar los dos tipos de formación presencial y virtual-, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de formación (presencial 70% - virtual Max 30%). Señor proponente GEOFUNDACIONES con código de radicación SIGP 18992, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciaciòn del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente ASOPOSTAL y número de radicación SIGP 18999, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La acción de formación AF5 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria Numeral 3.2.2 literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro honorarios capacitadores nacionales con maestria excede lo establecido en la resolución de tarifas N°0539 de 2015. Adicionalmente, la acción de formación AF8 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria Numeral 3.2.2 literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Honorarios capacitadores internacionales con maestria, excede lo establecido en la resolución de tarifas N°0539 de 2015 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos. y q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Puntaje obtenido: 67. Señor proponente FAMISANAR, con código SIGP 19001, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE, las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 9 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. 133 SIGP No. 19002 NOMBRE ENTIDAD Federación Colombiana de Agentes Logísticos en Comercio Internacional 134 19003 Bancolombia S.A. 135 19004 ASOCIACION DE ABARROTEROS DE BARRANQUILLA - ASABA 136 19005 YULDANA SAS 137 19006 DIVISION AFICIONADA DE FUTBOL COLOMBIANO 138 19007 Cooperativa Serviactiva 139 19008 140 19009 141 19010 142 19011 MODALIDAD Gremio RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA NO VIABLE PUNTAJE NA Agrupada NO VIABLE NA Gremio VIABLE 83 Agrupada NO VIABLE NA Gremio VIABLE 86 Individual NO VIABLE NA Federación Colombiana de la Industria del Software y Tecnologías Relacionadas Fedesoft Gremio VIABLE 97 LIGA DE FUTBOL DEL ATLANTICO Gremio VIABLE 86 Gremio VIABLE 83 Individual VIABLE 85 Gremio VIABLE 91 Individual VIABLE 90 Gremio VIABLE 95 ASOCIACION PARA EL TRANSPORTE LA INVESTIGACION CIENCIA Y TECNOLOGIA ASOCARIBE PORVENIR S.A. 143 19012 ASOCIACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS DE PRODUCTOS VETERINARIOS - APROVET 144 19015 ALMAGRARIO S.A. 145 19016 ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE LA INDUSTRIA DE LA COMUNICACIÓN GRÁFICA - ANDIGRAF 146 19017 147 19018 148 19019 149 19020 150 19021 151 19022 152 19023 153 19024 154 19025 FENALCO - FEDERACIÓN NACIONAL DE COMERCIANTES DIAGNOSTICO Y ASISTENCIA MEDICA S.A. IPS DE SALUD ASOCIACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ADICOMEX PROSEGUR VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA LTDA. ASOCIACION COLOMBIANA DE ESCUELAS Y EMPRESAS DE VIGILANCIA - ASOCOLESVIG PANAMERICANA LIBRERÍA Y PAPELERIA S.A. Filmtex S.A.S POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. CAMARA DE COMERCIO DE VILLAVICENCIO Gremio VIABLE 94 Individual VIABLE 83 Gremio VIABLE 85 Individual VIABLE 92 Gremio VIABLE 95 Individual VIABLE 88 Individual VIABLE 93 Individual VIABLE 94 Gremio VIABLE 89 CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO Señor proponente FEDERACION COLOMBIANA DE AGENTES LOGISTICOS EN COMERCIO INTERNACIONAL con código de radicación SIGP 19002, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) De acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015. Las Acciones de Formación AF1, AF2, AF4, AF5, AF7, AF8, AF9, AF 11 y AF12 se "Excluyen", de acuerdo con lo establecido en el pliego de la Convocaroria numeral 3.2.1, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que la AF1, AF5, AF7 y AF9 rubro alquiler de salones, ayudas y equipos para formación superan los topes, la AF2, AF3, AF4, AF8, AF11 y AF12 rubro alojamiento manutención y transporte local y/o intermunicipal. La AF4 honorario capacitadores supera los topes, la AF7 el rubro promoción y divulgación supera los topes, 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales e) Cuando el valor del rubro de gastos de operación supere el 10% del valor total del proyecto. (numeral 5° art. 21 Acuerdo N° 00005 de 2014). m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente BANCOLOMBIA , con número de radicación SIGP 19003 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación: AF 03, AF 08, AF09, AF 11 Y AF12, se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015. Dado que los rubros para ALOJAMIENTO Y MANUTENCIÓN no cumplen con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las acciones de formación Especializada eliminadas superen el 35% del total del proyecto (5 eliminadas de 12 propuestas 41%). Señor proponente YULDANA SAS, con número de radicación SIGP 19005, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE Las principales razones son: 1) Las acciones de formación A1 y A2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que los rubros capacitador nacional con maestria y el rubro alojamiento manutención y transporte local y/o intermunicipal supera los topes establecidos. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente COOPERATIVA SERVIACTIVA y número de radicación SIGP 19007, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos. y p) Cuando el director del proyecto no cumpla con el perfil mínimo requerido de conformidad con lo establecido en el numeral 6.4.1.1 del presente pliego o no se adjunten en físico los soportes que acrediten su formación y experiencia. Puntaje obtenido: 70. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 10 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. 155 SIGP No. 19026 156 19027 157 19028 158 19029 NOMBRE ENTIDAD Cooperativa de Transportadores de Tanques y Camiones para Colombia FUNDACION GIMNASIO LOS PORTALES CÁMARA COLOMBIANA DEL ACERO MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO MODALIDAD Individual RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA NO VIABLE PUNTAJE NA Individual NO VIABLE NA Gremio VIABLE 89 Individual VIABLE 87 159 19030 CENTRAL DE INVERSIONES S.A. Individual NO VIABLE NA 160 19031 SODIMAC Colombia S.A. Individual VIABLE 93 161 19032 162 19033 163 19034 164 19035 165 19036 166 19037 167 19038 168 19039 169 19042 170 19043 171 19044 GLOBAL OPERADORA HOTELERA SAS OPTIMIZAR SERVICIOS TEMPORALES S.A. ICA - INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO La Equidad Seguros Generales Organismo Cooperativo Asociación Nacional de Entidades de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano Individual NO VIABLE NA Individual NO VIABLE NA Individual VIABLE 92 Individual VIABLE 88 Gremio NO VIABLE NA Individual VIABLE 88 Individual VIABLE 91 Agrupada VIABLE 91 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL Individual VIABLE 82 Asociación Colombiana de Industriales del Calzado, el Cuero y sus Manufacturas-ACICAM Gremio VIABLE 92 TECNOQUÍMICAS S.A. PRODUCTOS NATURALES DE LA SABANA S.A. COOPERATIVA MEDICA DEL VALLE Y DE PROFESIONALES DE COLOMBIA - COOMEVA Asociación para el Desarrollo Integral del Transporte Terrestre, ADITT Gremio NO VIABLE NA CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO Señor proponente COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DE TANQUES Y CAMIONES PARA COLOMBIA - COVOLCO, NÙMERO DE RADICACIÒN 19026, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015 Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro capacitador nacional especialista supera los topes establecidos. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente FUNDACIÓN GIMNASIO LOS PORTALES y número de radicación SIGP 19027 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF4 y AF5 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro capacitador nacional con maestria supera los topes establecidos. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto Señor proponente CENTRAL DE INVERSIONES S.A, código de radicación SIGP 19030, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Accion de Formación AF1, se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 7.6.10, literal b),"...una Acción de Formación Especializada puede combinar los dos tipos de formación presencial y virtual-, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de formación (presencial 70% - virtual Max 30%). 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto; y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente GLOBAL OPERADORA HOTELERA SAS 19032 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto NO VIABLE, Las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente OPTIMIZAR SERVICIOS TEMPORALES S.A. 19033 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE . Las principales razones son: 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos. Puntaje obtenido: 62. Señor proponente ASOCIACIÓN NACIONAL DE ENTIDADES DE EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO, con código de radicación SIGP 19036 teniendo en cuenta la informacion suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE . las principales razones son: 1) Acciones de Formación AF1,AF2, AF3 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 7.6.10, literal B,"...una Acción de Formación Especializada puede combinar los dos tipos de formación presencial y virtual-, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de formación (presencial 70% - virtual Max 30%). Adicionalmente, las Acciones de Formación AF1, AF2 y AF3 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2. literal l) Cuando el presupuesto registre ítems o rubros no financiables o no correspondan a los definidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que incluyen el rubro Transferencia de tecnología para la alternativa seleccionada "cupos", por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE y número de radicación SIGP 19044, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal f) Cuando el monto del aporte del SENA (cofinanciación) solicitado en la propuesta exceda: • El cincuenta por ciento (50%) del valor total del proyecto en la Modalidad Individual, • El sesenta por ciento (60%) del valor total del proyecto en la Modalidad de Empresas Agrupadas, y • El ochenta (80%) del valor total del proyecto en la Modalidad Gremios. y k) Cuando la propuesta en la evaluación técnica obtenga menos de ochenta (80) puntos. Puntaje obtenido: 65. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 11 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. 172 173 SIGP No. 19056 19057 NOMBRE ENTIDAD COMPUNET S.A. Federacion Colombiana de Cooperativas de Empresarios de la Industria de la Comunicación Gráfica - FEDEGRÁFICA MODALIDAD Individual Gremio RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA NO VIABLE NO VIABLE PUNTAJE NA NA 174 19058 Universidad Manuela Beltrán Individual NO VIABLE NA 175 19059 VIABLE 95 19060 ZONA FRANCA DE BOGOTÁ S.A. Compañia de Medicina Prepagada Colsanitas S.A. Agrupada 176 Agrupada VIABLE 96 177 19061 ASOCIACION DE CONTACT CENTER Y BPO FORMACION ESPECIALIZADA 2015* 178 19063 COMWARE S.A. Gremio NO VIABLE NA Individual NO VIABLE NA 179 19064 ASOCIACION COLOMBIANA DE VEHICULOS AUTOMOTORES "ANDEMOS" Gremio NO VIABLE NA 180 19065 ASOCIACION COLOMBIANA DE DROGUISTAS DETALLISTAS ASOCOLDRO Gremio VIABLE 97 181 19066 TEAM FOODS COLOMBIA S.A Individual NO VIABLE NA 182 19067 ALFAGRES S.A Agrupada VIABLE 93 CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO Señor COMPUNET S.A con código de radicación SIGP 19056, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciónes de Formación AF1 y AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro capacitador nacional Maestria supera los topes establecidos. Las Acciones de Formación AF1 y AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal j), Cuando alguno de los perfiles de los capacitadores propuestos en la Acción de Formación Especializada no cumpla con los requerimientos mínimos previsto en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal j) Cuando el plazo de ejecución del proyecto de formación supere el 30 de noviembre de 2015. Señor proponente FEDERACION COLOMBIANA DE COOPERATIVAS DE EMPRESARIOS DELA INDUSTRIA DE LA COMUNICACION GRAFICA -FEDEGRAFICA número de radicación 19057 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La Acción de Formación AF1 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 7.6.10 literal b), "...una Acción de Formación Especializada puede combinar los dos tipos de formación presencial y virtual-, lo cual debe especificars en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de formación (presencial 70% - virtual Max 30%)". 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente UNIVERSIDAD MANUELA BELTRAN, con número de radicación SIGP 19058, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciónes de Formación AF2 y AF4, se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Honorarios Capacitadores Nacionales Profesional con titulo de maestría y experiencia de tres años no cumple, dado que supera los topes establecidos en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. Las Acciónes de Formación AF1, AF2, AF3, AF4, AF5 Y AF6, se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal h) la Acción de Formación Especializada no corresponda al número de horas definidas para cada evento (foro, taller, seminario, curso, diplomado); y k) cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la resolución de tarifas No. 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE CONTACT CENTER Y BPO, con número de radicación 19061 teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal e) Cuando el valor del rubro de gastos de operación supere el 10% del valor total del proyecto. (numeral 5° art. 21 Acuerdo N° 00005 de 2014). Señor proponente COMWARE con código de radicación SIGP 19063, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto NO VIABLE. Las principales razones son: 1) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal q) Cuando el valor de cofinanciación del SENA supere el 50% de los aportes parafiscales pagados por la empresa, grupo de empresas, gremio o gremios agrupados pagados al SENA en el año 2014. Señor proponente ASOCIACION COLOMBIANA DE VEHICULOS AUTOMOTORES "ANDEMOS" y código de radicación SIGP 19064, teniendo en cuenta la información suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE. Las principales razones son: 1) Las Acciones de Formación AF1, AF3 y AF4 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015, dado que el rubro Alquiler de salones, ayudas y equipos para la formación no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Accion de Formación AF7 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal K), dado que el rubro ( Alojamiento, manutención y transporte local y/o intermunicipal de capacitador internacional no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. La Acción de Formación AF 5 se "Excluye" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2, literal h) Cuando la Acción de Formación Especializada no corresponda al número de horas definidas para cada evento (foro, taller, seminario, curso, diplomado). 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literales m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Señor proponente TEAM FOODS COLOMBIA S.A. con código de radicación SIGP 19066 teniendo en cuenta la informacion suministrada en la propuesta presentada y los anexos, se concluye emitir el concepto de NO VIABLE . las principales razones son: 1) Acciones de Formación AF1,AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG0001 de 2015, Numeral 7.6.10, literal B,"...una Acción de Formación Especializada puede combinar los dos tipos de formación presencial y virtual-, lo cual debe especificarse en el proyecto, indicando el número de horas de cada tipo de formación (presencial 70% - virtual Max 30%). Adicionalmente, las Acciones de Formación AF1 y AF2 se "Excluyen" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.2. literal h) Cuando la Acción de Formación Especializada no corresponda al número de horas definidas para cada evento (foro, taller, seminario, curso, diplomado), k) Cuando las tarifas aplicadas a uno o varios de los rubros excedan los establecidos en la Resolución de Tarifas N° 0539 de 2015. y m) m) Cuando exista desproporción entre la duración de la Acción de Formación Especializada y el número de horas o días en que será ejecutada. (mínimo 2 horas/día y máximo 8 horas/día), por ende no cumple con lo establecido en la Resolución de Tarifas 0539 de 2015. 2) La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal m) Cuando las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 35% del total del proyecto. y n) Cuando el valor de las Acciones de Formación Especializada eliminadas (según numeral 3.2.2) superen el 50% del presupuesto total del proyecto. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 12 de13 DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Convocatoria DG- 0001 de 2015 PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA ESPECIALIZADA PUBLICACIÓN RESULTADOS EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA No. SIGP No. NOMBRE ENTIDAD MODALIDAD RESULTADO EVALUACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA PUNTAJE Gremio VIABLE 92 183 19068 Alianza Empresarial para un Comercio Seguro BASC CAPITULO BOGOTA 184 Sin SIGP Esproconstrucciones NA NO VIABLE NA 185 Sin SIGP Unión Temporal Alianza PANACA FUNDAPANACA NA NO VIABLE NA 186 Sin SIGP Fundación de la Mujer NA NO VIABLE NA CONCEPTO TÉCNICO Y/O FINANCIERO La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal I) Cuando la propuesta no se haya presentado, validado y radicado a través del formulario digital destinado por el SENA para tal fin, salvo cuando la Entidad lo haya autorizado previamente a través de la página web, de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria. La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal I) Cuando la propuesta no se haya presentado, validado y radicado a través del formulario digital destinado por el SENA para tal fin, salvo cuando la Entidad lo haya autorizado previamente a través de la página web, de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria. La propuesta se "RECHAZA" de acuerdo con lo establecido en el pliego de la convocatoria DG-0001 de 2015, Numeral 3.2.1, literal I) Cuando la propuesta no se haya presentado, validado y radicado a través del formulario digital destinado por el SENA para tal fin, salvo cuando la Entidad lo haya autorizado previamente a través de la página web, de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria. Convocatoria DG-0001-2015 FCE - Pagína No. 13 de13
© Copyright 2024