NORMAS URBANISTICAS, LICENCIAS Y SANCIONES CONTENIDO • GENERALIDADES: Normas Nacionales y Locales. • LICENCIAS expedición. URBANISTICAS: Urbanísticas Trámite y • SEGUIMIENTO Y CONTROL: Verificación del cumplimiento de las Normas Urbanísticas. • INFRACCION A LA NORMA: Procesos y sanciones urbanísticas. ORDENAMIENTO TERRITORIAL Ordenamiento Territorial Acciones Político - Administrativas Planificación Física Concertada REALIZADO A NIVEL MUNICIPAL RESPETANDO Leyes y limites fijados por la Constitución DISPONIENDO Instrumentos eficientes para orientar el desarrollo del territorio REGULANDO La utilización, transformación y ocupación del espacio. ARMONIZANDO Con el medio ambiente y las tradiciones históricas y culturales. CON EL OBJETO DE Complementar la planificación económica y social con la dimensión territorial Racionalizar las intervenciones sobre el territorio Orientar el desarrollo y aprovechamiento sostenible del territorio P.O.T (Plan de Ordenamiento Territorial) INSTRUMENTO BASICO PARA DESARROLLAR EL PROCESO DE ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO OBJETIVOS DIRECTRICES POLITICAS ESTRATEGIAS DEFINE METAS PROGRAMAS ACTUACIONES NORMAS CON EL FIN DE Orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización de suelo NORMAS URBANISTICAS REGULAN Uso, ocupación y aprovechamiento del suelo DEFINEN Las condiciones con las que se debe intervenir el territorio NORMAS URBANISTICAS (De Orden Nacional) LEY 400 DE 1997 Normas sobre construcción sismo resistente Establece criterios y requisitos mínimos para el diseño, construcción y supervisión técnica de edificaciones A través Señala los requisitos y las responsabilidades de los profesionales que ejercen actividades de construcción. Reglamento Colombiano de Construcción Sismo - Resistente NORMAS URBANISTICAS (De Orden Nacional) LEY 361 DE 1997 Mecanismos de integración social de la personas con limitación ACCESIBILIDAD Nociones Generales Eliminación de Barreras Arquitectónicas Consideración a la dignidad que le es propia a las personas con limitación en sus derechos fundamentales, económicos, sociales y culturales para su completa realización personal y su total integración social Transporte Comunicación NORMAS URBANISTICAS (De Orden Nacional) LEY 1228 DE 2008 Determina las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión, para las carreteras del sistema vial nacional. Se crea el Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras. NORMAS URBANISTICAS (De Orden Local) ACUERDO 663 DE 2007 Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Manizales Adopta la revisión del Acuerdo Municipal 508 de 2001, Plan de Ordenamiento Territorial, modificado por el Acuerdo Municipal 573 de 2003. Instrumento de planificación que orienta y administra el desarrollo físico territorial y los usos del suelo del Municipio de Manizales, en consecuencia de los principios constitucionales y legales, la función social y ecológica de la propiedad y el reparto equitativo de cargas y beneficios derivados del ordenamiento. NORMAS URBANISTICAS (De Orden Local) ACUERDO 054 DE 1993 Código de Construcciones y Urbanizaciones de Manizales Establece normas de Urbanismo y Construcción para el desarrollo del territorio municipal NORMAS URBANISTICAS (De Orden Local) MACROPROYECTO SAN JOSE Resolución 1453 de 2009 Adopta el Macroproyecto de Interés Social Nacional «Centro Occidente de Colombia San José». Renovar y re densificar la zona norte del centro de la ciudad de Manizales, para mejorar las condiciones de vida de la población. Resolución 1527 de 2010 Modifica y se adiciona la Resolución 1453, la cual adopta, por el Macroproyecto de Interés Social Nacional “Centro Occidente de Colombia San José” NORMAS URBANISTICAS (De Orden Local) MACROPROYECTO SAN JOSE Resolución 1793 de 2011 Modifica la Resolución 1527 de 2010 “por medio de la cual se modifica y se adiciona la Resolución 1453 del 27 de julio de 2009. Resolución 0483 de 2012 Modifica la Resolución 1453 de 2009 Resolución 0693 de 2013 Modifica y se adiciona la Resolución 1453 de 2009 NORMAS URBANISTICAS (De Orden Local) ACUERDO 0785 de 1998 Plan Especial de Protección para el Conjunto de Inmuebles de Arquitectura Republicana, Localizados en el Centro de la Ciudad de Manizales Regula el Centro Histórico de Manizales para la conservación y recuperación de los valores urbanos, arquitectónicos, documentales, paisajísticos y ambientales del Conjunto de Inmuebles de Arquitectura Republicana y de su Área de Influencia. EXPEDICIÓN DE LICENCIAS URBANISTÍCAS EN EL MUNICIPIO DE MANIZALES CURADOR URBANO Nº 1: Ingeniero Civil, Leonardo Cortés Cortés CURADOR URBANO Nº 2: Ingeniero Civil, John Jairo Osorio García ¿Qué es un Curador Urbano? • Es un particular encargado de estudiar, tramitar y expedir licencias urbanísticas de parcelación, urbanización, construcción y subdivisión de predios a petición del interesado en adelantar proyectos de esta índole. • Ejerce una función pública para la verificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación vigentes, a través del otorgamiento de licencias de parcelación, urbanización, subdivisión y de construcción. ¿Qué es una Licencia Urbanística? • Es una autorización previa para urbanizar, parcelar, subdividir o edificar un predio. • Para inmuebles existentes se requiere licencia para reforzarlo o modificarlo, ampliarlo o adecuarlo a otro uso; igualmente para el cerramiento de cualquier predio. ¿Bajo que normas se estudian y expiden las Licencias Urbanísticas? Municipales • Plan Especial de Protección para el Centro Histórico • Plan de Ordenamiento Territorial – POT • Código de Construcciones y Urbanizaciones de Manizales. • Piezas Intermedias de Planificación PIP 5-6-10-12 • Resoluciones Macroproyecto San José Nacionales • Norma Sismorresistente NSR-10 • Ley 1228/08. Retiros Vías Nacionales • Decreto 1469/10 • Normas Técnicas: Accesibilidad, Educación, Salud… ¿Cuáles son las clases de Licencias urbanísticas? • De urbanización. • De parcelación. • De subdivisión y sus modalidades. • De construcción y sus modalidades. • De intervención y ocupación del espacio público (su estudio y trámite corresponde a la SPM). ¿Qué es una Licencia de Urbanización? Es la autorización para ejecutar en uno o varios predios en suelo urbano, la creación de espacios públicos y privados, la construcción de vías y las obras de infraestructura de servicios públicos que permitan la adecuación de estos terrenos para la futura construcción de edificaciones con destino a usos urbanos. ¿Qué es una Licencia de Parcelación? Es la autorización para ejecutar en uno o varios predios clasificados en suelo suburbano, la creación de espacios públicos y privados, y la ejecución de obras para vías públicas que permitan destinar los predios resultantes a los usos permitidos por el POT y la normatividad ambiental aplicable a esta clase de suelo. ¿Qué es una Licencia de Subdivisión? Autorización previa para dividir uno o varios predios, ubicados en suelo rural, urbano o de expansión urbana. • Subdivisión Rural. - Se debe garantizar la accesibilidad a cada uno de los predios resultantes. - Dimensiones mínimas según Ley 160 de 1994, excepciones POT. • Subdivisión Urbana: Predios urbanizables no urbanizados • Reloteo: Predios urbanizados. - Se debe dar cumplimiento de las dimensiones de áreas y frentes mínimos del POT. - Los predios resultantes deberán contar con frente sobre vía pública vehicular o peatonal y no podrán accederse por zonas verdes y/o comunales. ¿Qué es una Licencia de Construcción? Es la autorización para desarrollar un predio con edificaciones o construcciones acordes a la reglamentación vigente. En las licencias de construcción se concretan de manera específica los usos, edificabilidad, volumetría, accesibilidad y demás aspectos técnicos aprobados para la respectiva edificación. ¿Cuáles son las modalidades de Licencias de Construcción? 1. Obra nueva 6. Reforzamiento Estructural 7. Demolición 8. Reconstrucción 9. Cerramiento 2. Ampliación 3. Adecuación 4. Modificación 5. Restauración ¿Qué es RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE EDIFICACIONES? El Curador declara la existencia de los desarrollos arquitectónicos que se ejecutaron sin obtener tales licencias siempre y cuando cumplan con el uso previsto por las normas urbanísticas vigentes y que la edificación se haya concluido como mínimo cinco (5) años antes de la solicitud de reconocimiento. ¿Cuándo NO se requiere tramitar Licencia de Construcción? Cuando se pretendan adelantar Reparaciones locativas, entre otras, las siguientes obras: • • El mantenimiento, la sustitución, restitución o mejoramiento de los materiales de pisos, cielorrasos, enchapes, pintura en general, y La sustitución, mejoramiento o ampliación de redes de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas, telefónicas o de gas. ¿Cómo procede el estudio de Licencias Urbanísticas en zonas de amenaza y/o riesgo alto y medio de origen geotécnico o hidrológico? El Numeral 4 Artículo 22 Decreto 1469 de 2010 y el Artículo 11 del Acuerdo 663 de 2007- POT, permite estas intervenciones, siempre y cuando se adjunten los estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa e inundaciones, que permitan determinar la viabilidad del futuro desarrollo, garantizando la mitigación de la amenaza y/o riesgo. Los profesionales idóneos en las materias, conjuntamente con el urbanizador serán responsables de los mismos. PRECISIONES: • Los Curadores Urbanos NO elaboran o expiden las normas urbanísticas del municipio, solo verifican que estén correctamente aplicadas en cada proyecto. • Los Curadores Urbanos NO ejercen el control urbano, la competencia corresponde a los alcaldes municipales o distritales directamente o por conducto de sus agentes. • Los Curadores Urbanos o su equipo de apoyo NO realizan diseños relacionados con los trámites de Licencias Urbanísticas. • Los Curadores Urbanos NO se pronuncian acerca de la titularidad de derechos reales ni de la posesión sobre el inmueble o inmuebles objeto de las licencias. • Las diferencias entre vecinos por humedades, servidumbres, linderos, convivencia…; se deben resolver ante las inspecciones de policía. • Las modificaciones, adecuaciones y ampliaciones al interior de las edificaciones también requieren del trámite de una licencia de construcción. ESTUDIO DE CASOS: ESTUDIO DE CASOS: ESTUDIO DE CASOS: ESTUDIO DE CASOS: ESTUDIO DE CASOS: SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS URBANISTICAS NORMAS URBANISTICAS (Seguimiento al cumplimiento) SECRETARIA DE PLANEACION MUNICIPAL CONTROL URBANO Designado por los alcaldes a través de sus agentes Lo Realiza Ejercen Grupo de Control Físico Urbanístico Secretaria de Planeación Municipal Control y vigilancia durante la ejecución de las obras Mediante Con el fin Inspecciones periódicas durante y después de la ejecución de la obra Asegurar el cumplimiento de las licencias urbanísticas y las normas contenidas en el POT Actas suscritas entre el visitador y responsables de la obra NORMAS URBANISTICAS (Seguimiento al cumplimiento) SECRETARIA DE PLANEACION MUNICIPAL COMISION DE VEEDURIAS Realiza coordinación y seguimiento a los Curadores Urbanos Funciones Conformada por Proponer lineamientos entre Curadores y Municipio Alcalde o delegado Interponer recursos contra las actuaciones contravención a la norma Formular sugerencias a las Curadurías acerca de la prestación del servicio Atender quejas de la comunidad en cuanto a contravención de la norma Proponer apertura de investigaciones a los curadores urbanos Representante del Gremio de la Construcción Personero o delegado Representante Sociedad Colombiana de Arquitectos o delegado Representante Sociedad Colombiana de Ingenieros o delegado PROCESO ADMINISTRATIVO INFRACCION A LA NORMA URBANISTICA PROCESO ADMINISTRATIVO (INFRACCION A LA NORMA URBANISTICA) Como Inicia Evidencia de construcciones en ejecución, observadas en los recorridos realizados. Sistema de Ventanilla Única a través de GED Y PQR). Como se Clasifican Sin Licencia Sin Sujeción a la Licencia ETAPAS PROCESALES (INFRACCION A LA NORMA URBANISTICA) Se avoca conocimiento Citación de rendir Declaración Juramentada Tramite de recepción de Declaración Juramentada Auto decreto de Pruebas de oficio Notificación decreto de pruebas de oficio a Perito e Implicados Notificación peritos de impugnación de informe pericial. Auto de admisión de impugnación de informe pericial Traslado de informe pericial Citación a traslado de informe pericial Posesión de perito para realización de prueba de oficio Traslado de impugnación de informe pericial. Resolución decisión de fondo. Citación a notificación decisión de fondo. Notificación decisión de fondo. Citación a traslado de informe pericial. SANCIONES (INFRACCION A LA NORMA URBANISTICA) LEY 810 DE 2003 Modifica la ley 388 de 1997 en materia de Sanciones Urbanísticas Sanción Urbanística a los responsables Constituye una Infracción Urbanística En Consecuencia Para quienes intervengan suelos sin licencia Toda actuación urbanística que contravenga el POT y las Normas Urbanísticas Multas entre 10 y 20 SMLDV Por M2 de Intervención o construcción sobre el suelo No mayores a 300 SMMLV Suspensión de Servicios Públicos Domiciliarios Multas entre 8 y 15 SMLDV Por M2 de Intervención o construcción sobre el suelo No mayores a 200 SMMLV Suspensión de Servicios Públicos Domiciliarios Para quienes intervengan suelos en contravención a la licencia o en caducidad de ella !MUCHAS GRACIAS¡
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