ANEXO DE PRECIOS. CONDICIONES ECONÓMICAS.

31/05/2015V1
ANEXO DE PRECIOS. CONDICIONES ECONÓMICAS.
(Válido para contratos firmados hasta el 31/05/2015)
DATOS
GENERALES
DATOS DEL CLIENTE
Tipo de documento (CIF/NIF)
Nº
DATOS DEL PUNTO DE SUMINISTRO
TLE20DHA
TLE20A
Código Universal del Punto de Suministro
Denominación Producto
Tarifa
de
Acceso
Potencia
Tarifa Luz Endesa
≤10kW
Tarifa Luz Endesa
Distribuidora
TU+1021A
Precios
2.0A
Término Potencia
(€/kW mes)
3,503619
2.0DHA
3,503619
2.1A
3,814838
2.1DHA
3,814838
Término de Energía
(€/kWh)
0,150378
Condiciones Económicas
5% de descuento de forma permanente. Éstos descuentos
aplican tanto al Término de Potencia como al Término de Energía.
Punta: 0,17249
Valle: 0,081845
30% de descuento en el Término de Energía de forma
indefinida con compromiso de permanencia de un año.
0,214921
TU+1021DHA
ELECTRICIDAD BT
Punta: 0,249921
>10 y ≤ 15kW
Tarifa Preferente
2% de descuento adicional en el Término de
Energía durante los 12 primeros meses desde la
activación del contrato (*)
Valle: 0,121782
(*) Vinculación
TU+1530A
≤ 30kW
3.0A
Punta: 0,180585
Llano:0,142194
3.0A
Punta: 0,179514
Llano:0,141122
30% de descuento en el Término de Energía de forma
indefinida con compromiso de permanencia de un año.
Valle:0,097748
TU+1530A
>30 y ≤50kW
Punta: 3,495896
Valle:0,096676
Llano: 2,097537
TU+1530A Tarifa Preferente
>50 y ≤100kW
3.0A
> 100kW
3.0A
2% de descuento adicional en el Término de
Energía durante los 12 primeros meses desde la
activación del contrato (*)
Punta: 0,178085
Llano:0,139694
Valle: 1,398358
Valle:0,095248
TU+1530A
Punta: 0,176299
Denominación Producto
Tarifa
de
Acceso
(*) Vinculación
Llano:0,137908
Valle:0,093462
Precios
Término Potencia
(€/kW mes)
Término de Energía
(€/kWh)
Condiciones Económicas
Punta: 0,126623
Llano: 0,109203
3.1A
ELECTRICIDAD MT
Tarifa Óptima
16% de descuento en el Término de Energía de forma
indefinida con compromiso de permanencia de un año.
Punta: 4,956274
2% de descuento adicional en el Término de
Energía de forma indefinida (*)
Valle:0,080358
(*) Vinculación
Llano: 3,056401
Punta: 0,123586
Valle: 0,700867
Tarifa Óptima Fin de Semana
15% de descuento en el Término de Energía de forma
indefinida con compromiso de permanencia de un año.
Llano: 0,107336
3.1A
1% de descuento adicional en el Término de
Energía de forma indefinida (*)
Valle: 0,088076
Denominación Producto
TGE32
(*) Vinculación
Precios
Tarifa
de
Acceso
Término Fijo
(€/mes)
Término Variable
(€/kWh)
3.1
4,36
0,053746
3.2
8,84
0,046872
Condiciones Económicas
5% de descuento en el Término Variable ó 15% sobre el Término
Fijo durante los 12 primeros meses
Tarifa Gas Negocio
Descuento sobre el
término variable
Descuento sobre el
término fijo
(*) Marcar la opción que proceda
GAS
TAGE33
3.3
54,22
0,047555
6% de descuento en el Término Variable durante los 12 primeros
meses.
3.4
80,97
0,044332
7% de descuento en el Término Variable durante los 12 primeros
meses.
Tarifa Gas Empresas
Precios
Productos y Servicios adicionales
(€/mes)
153,36
12,78
169,32
14,11
208,32
17,36
250,08
20,84
Mantenimiento Eléctrico y Clima Frío-Calor
303,36
25,28
Mantenimiento Eléctrico
188,64
15,72
208,2
17,35
256,2
21,35
307,56
25,63
373,08
31,09
Mantenimiento Eléctrico
OKLNA
SERVICIOS
(€/año)
Potencia mayor de Mantenimiento Clima Frío
10kW y menor o Mantenimiento Clima Frío-Calor
igual a 30 kW
Mantenimiento Eléctrico y Clima Frío
Servicio de Mantenimiento a
Punto
Potencia superior a Mantenimiento Clima Frío
30 kW y menor o Mantenimiento Clima Frío-Calor
igual a 50kW
Mantenimiento Eléctrico y Clima Frío
Mantenimiento Eléctrico y Clima Frío-Calor
Condiciones Económicas
Firma Cliente de Gas
si difiere del titular de
Electricidad
Firma Cliente
Fecha:
/
/
Fdo:
DNI:
Fdo:
DNI:
ENDESA ENERGÍA, SA Unipersonal. C/Ribera del Loira, nº 60 28042 - Madrid. Inscrita en el Registro de Madrid, Tomo 12797, Libro 0, Folio 208, Sección 8ª, Hoja M-205,381, CIF A81948077
Endesa Energía, SAU
31/05/2015V1
ANEXO DE PRECIOS. CONDICIONES ECONÓMICAS.
(Válido para contratos firmados hasta el 31/05/2015)
Ninguno de los precios incluidos en el presente anexo lleva incluidos los correspondientes impuestos.
Aplicable a las tarifas de electricidad y de gas: Las variaciones que se den en los componentes regulados que le son de aplicación, así como nuevos que puedan aparecer, se trasladarán al cliente, tanto al alza como a
la baja. Los precios se podrán actualizar, cada 1 de enero, con el valor del IPC real (Último Índice de Precios al Consumo interanual general nacional publicado oficialmente en el momento de la actualización). Las tarifas
Gas Negocio, Gas Empresas, Óptima y Óptima Fin de Semana no se actualizarán por IPC. En el caso que el equipo de medida y control sea alquilado, se facturará al cliente la cantidad que indique su compañía
distribuidora según regulación.
Aplicable a las tarifas de electricidad: Para la revisión de componentes regulados se tomarán como base la Orden IET/2444/2014 de 19 de diciembre, el RD 1164/2001 de 26 de octubre, la Orden IET/107/2014 de 31
de enero, el RD 216/2014 de 28 de marzo y la Orden ITC 3353/2010 de 28 de diciembre.
Los precios de electricidad incluyen el coste regulado del servicio de interrumpibilidad establecido en la Orden IET/2013/2013 de 31 de Octubre. Como base de revisión de dicho coste se tomará el importe de las subastas
de asignación de la capacidad interrumpible para la temporada eléctrica del año 2.015 publicado por Red Eléctrica de España en 2.014, y los últimos valores publicados por Red Eléctrica de España en 2.014 en el
apartado de Previsiones de su página web www.esios.ree.es de los siguientes conceptos: previsión de la demanda anual para el año 2.015 y previsión de los coeficientes horarios de pérdidas para el año 2.015.
Los periodos horarios, en caso de haberlos, corresponderán en todo momento, con los de su tarifa de acceso, salvo para la Tarifa Óptima Fin de Semana (tarifa válida para suministros con potencia contratada en valle
superior a 50 kW y no superior a 450 kW y tensión superior a 1kV y hasta 36kV) en la que a efectos de término de potencia, los periodos son iguales a los definidos para la tarifa de acceso 3.1A y a efectos de Término de
Energía, los periodos son iguales a los de la Discriminación Horaria Tipo 4 (DH4) de mercado regulado. Para la tarifa 3.0A, se calculará la potencia a facturar igual que para la tarifa de acceso 3.0A, según normativa
vigente. Para la tarifa 3.1A, en caso de suministro en alta tensión medido en baja tensión, se aplicarán los mismos recargos por pérdidas que aplique la distribuidora. El exceso de reactiva se facturará al cliente del mismo
modo y con el mismo precio que para su tarifa de acceso.
Aplicable a las tarifas de gas: En caso de que el distribuidor cambie la tarifa de acceso de este suministro, Endesa Energía podrá, en cualquier momento, cambiar la tarifa de este contrato a una que corresponda a la
nueva tarifa de acceso. El periodo de facturación será el de su distribuidor.
Aplicable a la Tarifa Gas Empresas: El Término Fijo y Variable se actualizarán trasladando las modificaciones que introduzca el Órgano Regulador en los valores de los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a
las instalaciones gasistas, tomando como base la Orden IET 2445/2014. El Término Variable se revisará trimestralmente en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año y entrará en vigor el día 1 de cada mes.
Las revisiones trimestrales se calcularán mediante la siguiente fórmula: TV 3.3: Tv = (0,977+0,0292 x Brent603) x TC303 + 2,19935 (cent€/kWh) y TV 3.4: (0,977 + 0,0292 x Brent603) x TC303 + 1,87705 (cent€/kWh).
Brent603: Valor promedio en los seis meses anteriores al trimestre de aplicación del término de energía de los valores mensuales del Brent Dated publicados en el Platt’s Oilgram Price Report, expresados en $/barril.
TC303: Inverso de la media de la cotización diaria del tipo de cambio USD/EURO publicado por el Banco de España en el trimestre anterior al trimestre de aplicación del término de energía.
Compromiso de permanencia: Aplicable a las tarifas de electricidad: La terminación del Contrato por causa imputable al Cliente durante el primer año originará a favor del Comercializador el derecho a ser
indemnizado en una cantidad. Para suministros con tarifas de acceso 2.0A, 2.0DHA, 2.1A, 2.1DHA y 3.0A, esta cantidad será la equivalente al 5% del precio del contrato multiplicado por la energía estimada pendiente
de suministrar. Para suministros con tarifas de acceso 3.1A, esta cantidad será la equivalente al 10% del precio del Término de Energía del contrato o del precio del Periodo 1 en caso de existir varios periodos,
multiplicado por la energía pendiente de suministro (esta energía pendiente de suministro será calculada como el producto del número de días pendientes del Contrato desde la fecha de baja del suministro por la máxima
potencia contratada y por un factor 7,1). Aplicable a las tarifas de gas: La terminación del Contrato de suministro de gas natural, para las tarifas de acceso 3.3 y 3.4, por causa imputable al Cliente durante el primer año
a favor del Comercializador el derecho a ser indemnizado en compensación por los gastos de aprovisionamiento asumidos para garantizar el suministro, en una cantidad equivalente al producto de 0,003 Euro/kWh por los
días restantes hasta finalizar el primer año y por el consumo diario establecido por Endesa para su grupo tarifario.
Firma Cliente de Gas
si difiere del titular de
Electricidad
Firma Cliente
Fecha:
/
/
Fdo:
DNI:
Fdo:
DNI:
ENDESA ENERGÍA, SA Unipersonal. C/Ribera del Loira, nº 60 28042 - Madrid. Inscrita en el Registro de Madrid, Tomo 12797, Libro 0, Folio 208, Sección 8ª, Hoja M-205,381, CIF A81948077
Endesa Energía, SAU