31/05/2015V1 ANEXO DE PRECIOS. CONDICIONES ECONÓMICAS. (Válido para contratos firmados hasta el 31/05/2015) DATOS GENERALES DATOS DEL CLIENTE Tipo de documento (CIF/NIF) Nº DATOS DEL PUNTO DE SUMINISTRO TLE20DHA TLE20A Código Universal del Punto de Suministro Denominación Producto Tarifa de Acceso Potencia Tarifa Luz Endesa ≤10kW Tarifa Luz Endesa Distribuidora TU+1021A Precios 2.0A Término Potencia (€/kW mes) 3,503619 2.0DHA 3,503619 2.1A 3,814838 2.1DHA 3,814838 Término de Energía (€/kWh) 0,150378 Condiciones Económicas 5% de descuento de forma permanente. Éstos descuentos aplican tanto al Término de Potencia como al Término de Energía. Punta: 0,17249 Valle: 0,081845 30% de descuento en el Término de Energía de forma indefinida con compromiso de permanencia de un año. 0,214921 TU+1021DHA ELECTRICIDAD BT Punta: 0,249921 >10 y ≤ 15kW Tarifa Preferente 2% de descuento adicional en el Término de Energía durante los 12 primeros meses desde la activación del contrato (*) Valle: 0,121782 (*) Vinculación TU+1530A ≤ 30kW 3.0A Punta: 0,180585 Llano:0,142194 3.0A Punta: 0,179514 Llano:0,141122 30% de descuento en el Término de Energía de forma indefinida con compromiso de permanencia de un año. Valle:0,097748 TU+1530A >30 y ≤50kW Punta: 3,495896 Valle:0,096676 Llano: 2,097537 TU+1530A Tarifa Preferente >50 y ≤100kW 3.0A > 100kW 3.0A 2% de descuento adicional en el Término de Energía durante los 12 primeros meses desde la activación del contrato (*) Punta: 0,178085 Llano:0,139694 Valle: 1,398358 Valle:0,095248 TU+1530A Punta: 0,176299 Denominación Producto Tarifa de Acceso (*) Vinculación Llano:0,137908 Valle:0,093462 Precios Término Potencia (€/kW mes) Término de Energía (€/kWh) Condiciones Económicas Punta: 0,126623 Llano: 0,109203 3.1A ELECTRICIDAD MT Tarifa Óptima 16% de descuento en el Término de Energía de forma indefinida con compromiso de permanencia de un año. Punta: 4,956274 2% de descuento adicional en el Término de Energía de forma indefinida (*) Valle:0,080358 (*) Vinculación Llano: 3,056401 Punta: 0,123586 Valle: 0,700867 Tarifa Óptima Fin de Semana 15% de descuento en el Término de Energía de forma indefinida con compromiso de permanencia de un año. Llano: 0,107336 3.1A 1% de descuento adicional en el Término de Energía de forma indefinida (*) Valle: 0,088076 Denominación Producto TGE32 (*) Vinculación Precios Tarifa de Acceso Término Fijo (€/mes) Término Variable (€/kWh) 3.1 4,36 0,053746 3.2 8,84 0,046872 Condiciones Económicas 5% de descuento en el Término Variable ó 15% sobre el Término Fijo durante los 12 primeros meses Tarifa Gas Negocio Descuento sobre el término variable Descuento sobre el término fijo (*) Marcar la opción que proceda GAS TAGE33 3.3 54,22 0,047555 6% de descuento en el Término Variable durante los 12 primeros meses. 3.4 80,97 0,044332 7% de descuento en el Término Variable durante los 12 primeros meses. Tarifa Gas Empresas Precios Productos y Servicios adicionales (€/mes) 153,36 12,78 169,32 14,11 208,32 17,36 250,08 20,84 Mantenimiento Eléctrico y Clima Frío-Calor 303,36 25,28 Mantenimiento Eléctrico 188,64 15,72 208,2 17,35 256,2 21,35 307,56 25,63 373,08 31,09 Mantenimiento Eléctrico OKLNA SERVICIOS (€/año) Potencia mayor de Mantenimiento Clima Frío 10kW y menor o Mantenimiento Clima Frío-Calor igual a 30 kW Mantenimiento Eléctrico y Clima Frío Servicio de Mantenimiento a Punto Potencia superior a Mantenimiento Clima Frío 30 kW y menor o Mantenimiento Clima Frío-Calor igual a 50kW Mantenimiento Eléctrico y Clima Frío Mantenimiento Eléctrico y Clima Frío-Calor Condiciones Económicas Firma Cliente de Gas si difiere del titular de Electricidad Firma Cliente Fecha: / / Fdo: DNI: Fdo: DNI: ENDESA ENERGÍA, SA Unipersonal. C/Ribera del Loira, nº 60 28042 - Madrid. Inscrita en el Registro de Madrid, Tomo 12797, Libro 0, Folio 208, Sección 8ª, Hoja M-205,381, CIF A81948077 Endesa Energía, SAU 31/05/2015V1 ANEXO DE PRECIOS. CONDICIONES ECONÓMICAS. (Válido para contratos firmados hasta el 31/05/2015) Ninguno de los precios incluidos en el presente anexo lleva incluidos los correspondientes impuestos. Aplicable a las tarifas de electricidad y de gas: Las variaciones que se den en los componentes regulados que le son de aplicación, así como nuevos que puedan aparecer, se trasladarán al cliente, tanto al alza como a la baja. Los precios se podrán actualizar, cada 1 de enero, con el valor del IPC real (Último Índice de Precios al Consumo interanual general nacional publicado oficialmente en el momento de la actualización). Las tarifas Gas Negocio, Gas Empresas, Óptima y Óptima Fin de Semana no se actualizarán por IPC. En el caso que el equipo de medida y control sea alquilado, se facturará al cliente la cantidad que indique su compañía distribuidora según regulación. Aplicable a las tarifas de electricidad: Para la revisión de componentes regulados se tomarán como base la Orden IET/2444/2014 de 19 de diciembre, el RD 1164/2001 de 26 de octubre, la Orden IET/107/2014 de 31 de enero, el RD 216/2014 de 28 de marzo y la Orden ITC 3353/2010 de 28 de diciembre. Los precios de electricidad incluyen el coste regulado del servicio de interrumpibilidad establecido en la Orden IET/2013/2013 de 31 de Octubre. Como base de revisión de dicho coste se tomará el importe de las subastas de asignación de la capacidad interrumpible para la temporada eléctrica del año 2.015 publicado por Red Eléctrica de España en 2.014, y los últimos valores publicados por Red Eléctrica de España en 2.014 en el apartado de Previsiones de su página web www.esios.ree.es de los siguientes conceptos: previsión de la demanda anual para el año 2.015 y previsión de los coeficientes horarios de pérdidas para el año 2.015. Los periodos horarios, en caso de haberlos, corresponderán en todo momento, con los de su tarifa de acceso, salvo para la Tarifa Óptima Fin de Semana (tarifa válida para suministros con potencia contratada en valle superior a 50 kW y no superior a 450 kW y tensión superior a 1kV y hasta 36kV) en la que a efectos de término de potencia, los periodos son iguales a los definidos para la tarifa de acceso 3.1A y a efectos de Término de Energía, los periodos son iguales a los de la Discriminación Horaria Tipo 4 (DH4) de mercado regulado. Para la tarifa 3.0A, se calculará la potencia a facturar igual que para la tarifa de acceso 3.0A, según normativa vigente. Para la tarifa 3.1A, en caso de suministro en alta tensión medido en baja tensión, se aplicarán los mismos recargos por pérdidas que aplique la distribuidora. El exceso de reactiva se facturará al cliente del mismo modo y con el mismo precio que para su tarifa de acceso. Aplicable a las tarifas de gas: En caso de que el distribuidor cambie la tarifa de acceso de este suministro, Endesa Energía podrá, en cualquier momento, cambiar la tarifa de este contrato a una que corresponda a la nueva tarifa de acceso. El periodo de facturación será el de su distribuidor. Aplicable a la Tarifa Gas Empresas: El Término Fijo y Variable se actualizarán trasladando las modificaciones que introduzca el Órgano Regulador en los valores de los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, tomando como base la Orden IET 2445/2014. El Término Variable se revisará trimestralmente en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año y entrará en vigor el día 1 de cada mes. Las revisiones trimestrales se calcularán mediante la siguiente fórmula: TV 3.3: Tv = (0,977+0,0292 x Brent603) x TC303 + 2,19935 (cent€/kWh) y TV 3.4: (0,977 + 0,0292 x Brent603) x TC303 + 1,87705 (cent€/kWh). Brent603: Valor promedio en los seis meses anteriores al trimestre de aplicación del término de energía de los valores mensuales del Brent Dated publicados en el Platt’s Oilgram Price Report, expresados en $/barril. TC303: Inverso de la media de la cotización diaria del tipo de cambio USD/EURO publicado por el Banco de España en el trimestre anterior al trimestre de aplicación del término de energía. Compromiso de permanencia: Aplicable a las tarifas de electricidad: La terminación del Contrato por causa imputable al Cliente durante el primer año originará a favor del Comercializador el derecho a ser indemnizado en una cantidad. Para suministros con tarifas de acceso 2.0A, 2.0DHA, 2.1A, 2.1DHA y 3.0A, esta cantidad será la equivalente al 5% del precio del contrato multiplicado por la energía estimada pendiente de suministrar. Para suministros con tarifas de acceso 3.1A, esta cantidad será la equivalente al 10% del precio del Término de Energía del contrato o del precio del Periodo 1 en caso de existir varios periodos, multiplicado por la energía pendiente de suministro (esta energía pendiente de suministro será calculada como el producto del número de días pendientes del Contrato desde la fecha de baja del suministro por la máxima potencia contratada y por un factor 7,1). Aplicable a las tarifas de gas: La terminación del Contrato de suministro de gas natural, para las tarifas de acceso 3.3 y 3.4, por causa imputable al Cliente durante el primer año a favor del Comercializador el derecho a ser indemnizado en compensación por los gastos de aprovisionamiento asumidos para garantizar el suministro, en una cantidad equivalente al producto de 0,003 Euro/kWh por los días restantes hasta finalizar el primer año y por el consumo diario establecido por Endesa para su grupo tarifario. Firma Cliente de Gas si difiere del titular de Electricidad Firma Cliente Fecha: / / Fdo: DNI: Fdo: DNI: ENDESA ENERGÍA, SA Unipersonal. C/Ribera del Loira, nº 60 28042 - Madrid. Inscrita en el Registro de Madrid, Tomo 12797, Libro 0, Folio 208, Sección 8ª, Hoja M-205,381, CIF A81948077 Endesa Energía, SAU
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