programa de consulta de operaciones cambiarias destino importacion

EXENCIÓN EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS
RESOLUCIÓN GENERAL 2681 - RÉGIMEN SIMPLIFICADO
PARTIDOS POLITICOS
1- Alta del Servicio “Certificado de Exención – Impuesto a las Ganancias”
a) Ingresar en www.afip.gob.ar – “Acceso con Clave Fiscal”, introduciendo CUIT y
clave.
b) Clickear en “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” – “Adherir Servicio” –
“AFIP” – “Servicios Interactivos” – “Certificado de Exención – Impuesto a las
Ganancias” – Hacer click en “Confirmar”.
2- Ingreso de una solicitud
a) Ingresar en www.afip.gob.ar – “Acceso con Clave Fiscal”, introduciendo CUIT y
clave.
b) Acceder al Servicio “Certificado de Exención - Impuesto a las Ganancias” opción
“Régimen Simplificado”. Ingresar tipo de entidad y otros datos requeridos por el
sistema.
c) La solicitud es enviada a la AFIP por internet y se le aplican controles de validación
on-line (Control de CUIT, domicilio, presentación de ddjj, entre otros).
3- Concurrencia a la Dependencia
Si la solicitud es aceptada el solicitante deberá concurrir a su dependencia dentro de
los 12 días corridos con Formulario Multinota (RG 1128) acompañando la siguiente
documentación:




Acuse de recibo de la presentación efectuada vía internet
Copia de la ley que estableció la exención
Copia de la constancia de reconocimiento del juez federal electoral
Documentación respaldatoria de la personería invocada por el firmante. En
caso de no concurrir personalmente, su firma en el F Multinota deberá
estar certificada.
Las copias deberán estar acompañadas del respectivo original o autenticadas por
escribano público y/o juzgado interviniente.
4- Admisibilidad formal
El día en que el solicitante presenta la documentación mencionada en el punto 3) se
obtiene la admisibilidad formal del trámite.
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EXENCIÓN EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS
RESOLUCIÓN GENERAL 2681 - RÉGIMEN SIMPLIFICADO
PARTIDOS POLITICOS
A partir de la admisibilidad formal y hasta la definición final del trámite, adquiere los
siguientes beneficios:
 No ingresa Impuesto a las Ganancias
 No es pasible de retenciones y/o percepciones de Ganancias ni de IVA
 Está habilitado para recibir donaciones.
El estado de la solicitud puede consultarse en el servicio web - opción “Consulta
Solicitudes Presentadas”.
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