LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA Y LA DISCRIMINACIÓN

Dirección General de Educación e Investigación
Dirección Nacional Técnica de Gestión Documental Especializada y Multimedia
LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN Y LA VIOLENCIA
1. ¿Qué es la discriminación?
La discriminación constituye un acto que por su naturaleza es repudiable pues
comprende toda exclusión, restricción o preferencia que se fundamenta en diferentes
motivos, ya sean culturales, étnicos, generacionales, de género, clase, ideología
política, entre otros, y que tiene por objeto o resultado afectar o menoscabar el
reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos.
De acuerdo con la jurisprudencia de varios organismos internacionales, el principio de
igualdad y no discriminación se encuentra en el ámbito del jus cogens, es decir, es
parte de las normas de máxima jerarquía dentro del Derecho Internacional y, en
consecuencia, es una norma con obligaciones vinculantes para todos los Estados sin
excepción alguna.
2. ¿Porqué la lucha contra la violencia es una prioridad?
El art. 66 de la Constitución Ecuatoriana reconoce y garantiza el derecho a la
integridad personal y a una vida libre de violencia en los ámbitos público y privado a
través de la adopción de medidas que prevengan, eliminen y sancionen toda forma de
violencia “[...] en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes,
personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en
situación de desventaja o vulnerabilidad [...]”
La práctica de la discriminación reproduce estructuras desiguales de poder, de
exclusión y de rechazo social a determinados grupos en razón de su condición o sus
características. Por ello, incide negativamente en el goce del derecho a la integridad
personal y del derecho a una vida libre de violencia.
3. ¿Cuáles son los motivos y características que pueden suscitar actos
discriminatorios y qué efectos generan?
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Existen motivos que construyen y refuerzan la discriminación. La etnia, la edad, el sexo,
la identidad de género, la identidad cultural, entre otros, son elementos subjetivos,
propios e innatos de las personas que repercuten de manera ilegítima para que estas
reciban un trato desigual, excluyente, restrictivo o preferencial en el acceso o ejercicio
de sus derechos. Por otro lado, también hay factores como estado civil, idioma, religión,
ideología, filiación política, pasado judicial, condición migratoria, estado de salud, etc.,
que se producen en el entorno social y que muchas veces dan lugar, igualmente de
forma ilegítima, a que una persona sea discriminada.
La aplicación del principio de igualdad y no discriminación permite establecer
relaciones de respeto en las cuales se garantiza a toda persona, comunidad, pueblo,
nacionalidad o colectivo el goce de las mismas oportunidades. La distinción, exclusión,
restricción o preferencia por cualquier condición permanente o temporal de las
personas, comunidades, pueblos, nacionalidades o colectivos, configura un acto
discriminatorio y genera diversos resultados. Así, por ejemplo, las prácticas o actos
discriminatorios impiden que los derechos establecidos en la Constitución se
materialicen y puedan ser realmente ejercidos por las y los titulares de los mismos
quienes, además, ven afectado su proyecto de vida y menoscabada su dignidad. Por
otra parte se refuerzan las relaciones de desequilibrio y las estructuras injustas y
desiguales en la sociedad.
4. ¿Por qué es importante este tema para la Defensoría del Pueblo?
En el Ecuador la discriminación se ha convertido en un hecho permanente desde la
cotidianidad. Diferentes individuos y grupos han sido, y son, excluidos de espacios
públicos y privados por sus características intrínsecas (etnia, sexo, edad, origen
nacional, orientación sexual, estado de salud). Esta exclusión ilegítima configura, por
una parte, la conculcación del derecho a la igualdad formal y material en su dimensión
autónoma, y por otra, un obstáculo para el ejercicio pleno de otros derechos,
especialmente respecto de aquellas personas y grupos que se encuentran en
situaciones de desventaja y en consecuencia presentan mayor vulnerabilidad. Por tal
razón, la Defensoría del Pueblo, DPE, ha establecido como eje de trabajo fundamental
dentro de la Institución la lucha contra la discriminación y la violencia. Asimismo, la DPE,
al ser la Institución Nacional de Derechos Humanos, tiene un mandato imperativo en
dicha tarea conforme lo establecen los Principios de París al señalar como parte de sus
atribuciones: “dar a conocer los derechos humanos y la lucha contra todas las formas de
discriminación […]”.
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El trabajo de la Defensoría del Pueblo en este eje se encuentra organizado a través de
la Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza, que lo articula mediante sus
Direcciones Generales de Tutela, Política Pública y Educación e Investigación, todas
con sus respectivas direcciones nacionales.
5. ¿Cuáles derechos se relacionan con este Eje?
En la lucha contra la discriminación y la violencia se involucran varios derechos que
deben ser garantizados y protegidos por parte del Estado, por ejemplo:
-
Derecho a la vida digna
Derecho al libre desarrollo de la personalidad
Derecho a la identidad personal y cultural
Derecho a la igualdad formal y material
Derecho a una vida libre de violencia
Derecho al honor y al buen nombre
Derecho a la integridad personal
Derecho a la libertad el cual incluye la prohibición de la esclavitud,
explotación, servidumbre y el tráfico y trata de seres humanos en todas sus
formas
Adicionalmente, cabe señalar que la igualdad constituye un principio transversal,
indispensable para la protección de todos los demás derechos. Así, estos no pueden ser
menoscabados con el pretexto de motivos o características propias de sus titulares,
sean éstas étnicas, económicas, culturales, sociales, entre otras. El principio de igualdad
y no discriminación tiene un doble carácter por ser considerado además como un
derecho autónomo, por ello, los Estados tienen la obligación inmediata y directa de abolir
toda medida que implique discriminación. Este derecho no está sujeto a una aplicación
o vigencia progresiva, por el contrario, el Estado siempre debe garantizar una igualdad
de trato a todas las personas.
6. ¿Cuáles son las principales instituciones estatales que tienen obligaciones
directas en relación a este Eje?
Función Judicial:
- Fiscalía General del Estado
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-
Defensoría Pública del Ecuador
Unidades Judiciales de la Mujer y la Familia
Función Ejecutiva:
- Ministerio de Educación
- Ministerio de Salud
- Secretaría de Comunicación
- Ministerio del Interior
- Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
- Secretaria Técnica de Discapacidades
- Ministerio de Inclusión Económica y Social
Función de Transparencia y Control Social:
- Consejo de Participación Ciudadana
- SUPERCOM
Consejos Nacionales para la Igualdad:
- De género
- Intergeneracional
- De pueblos y nacionalidades
- De discapacidades
- De movilidad humana
Otras instancias:
- CORDICOM
7. ¿Cuál es la labor de la DPE alrededor de este Eje y por qué su trabajo se
diferencia de la labor de otras instituciones?
La DPE es una instancia de protección complementaria, de educación y de incidencia
para que las políticas públicas en la materia se implementen con un enfoque de
derechos humanos. Además, se constituye en un ente de control de las entidades y
organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector
privado que prestan servicios o desarrollan actividades de interés público, en materia
de tutela y protección de los derechos humanos.
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8. ¿Cuál es el alcance en el trabajo de cada área: incidencia, educación y tutela
frente a este Eje?
A nivel de Incidencia: En la Dirección General de Incidencia en Políticas Públicas se
elaboran informes temáticos y documentos de ayuda para el pronunciamiento de las
autoridades de la DPE en materia de igualdad y no discriminación; se determinan
indicadores de discriminación en los medios de comunicación; se realiza el análisis de
la normativa vigente, de proyectos de ley y de políticas públicas en materia de no
discriminación para sugerir la creación o reforma de las mismas; y, se generan espacios
de discusión y coordinación de acciones con colectivos y con organizaciones de
sociedad civil para ubicar los nudos críticos de exclusión que sufren dichos grupos, todo
lo cual incide positivamente en la tarea de erradicar la discriminación.
A nivel de Tutela: Desde la Dirección General Tutelar se protege el derecho a la igualdad
y no discriminación en el trámite de casos específicos en los que se presume la
vulneración de los derechos humanos. A través de investigaciones defensoriales,
vigilancias del debido proceso, gestiones oficiosas, visitas en situ y mediante el
Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, se observa y emiten
recomendaciones referidas a la discriminación.
Adicionalmente, se realiza el patrocinio de oficio o a petición de parte de las garantías
jurisdiccionales en casos de discriminación. Cabe recalcar que algunos de los casos
patrocinados han sido determinados como paradigmáticos y han sentado
jurisprudencia, constituyendo precedentes respecto de otros similares que pudieran
presentarse.
A nivel de Educación: A través de la Dirección General de Educación e Investigación se
promueven procesos educativos y de reflexión sobre la discriminación con la sociedad
civil y con funcionarias y funcionarios públicos. Además, se produce material educativo,
cajas de herramientas y documentación especializada, insumos que son destinados a la
promoción de los derechos humanos de los diferentes grupos sociales, en especial
respecto de aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad frente a la
discriminación.
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9. ¿Cuáles son los niveles de coordinación entre las áreas de la DPE?
Las áreas tutelar, de educación y de incidencia de la DPE se proveen entre sí de
insumos para desarrollar sus productos en la lucha contra la discriminación y la
violencia. En este sentido, los flujos de coordinación entre las áreas se manejan de la
siguiente manera:
En el área de Educación los casos de patrocinio, especialmente los paradigmáticos,
sirven como insumos para trabajar en la promoción de los derechos humanos y le
permiten realizar capacitaciones a las y los funcionarios de la DPE, de otros sectores y
de la ciudadanía en general, en temas de igualdad y no discriminación.
Adicionalmente, el área de Tutela provee a Educación de información valiosa que
puede ser difundida, como por ejemplo las resoluciones defensoriales que contemplan
análisis jurídicos importantes en la materia. A su vez, estas resoluciones sirven al área
de incidencia política para el desarrollo de los informes temáticos y documentos
ayuda y para los análisis normativos y propuestas de marco jurídico con enfoque de
derechos.
Además, en el área de Educación se realiza la revisión editorial de los informes
temáticos, de las investigaciones y de los documentos de análisis normativo que han
sido elaborados por la Dirección General de Política Pública en materia de igualdad y
no discriminación, como paso previo a su publicación y difusión.
Finalmente, es importante señalar que el trabajo de la DPE se coordina y
retroalimenta a nivel nacional, lo cual incluye a las coordinaciones zonales y a las
delegaciones provinciales que ejecutan tareas de tutela, incidencia y educación en los
territorios que se encuentran bajo su jurisdicción.
10. ¿Cómo aporta el eje de lucha contra la discriminación y la violencia a
posicionar la misión y el trabajo de la DPE?
Los casos y situaciones que se han abordado desde la DPE en temas de discriminación,
sobre todo con relación a los medios de comunicación, han logrado generar espacios de
debate social y posicionar a la DPE como instancia referente en temas de
discriminación. En virtud de ello, la DPE, además, mantiene contacto con colectivos de
grupos tradicionalmente marginados y participa permanentemente en la lucha de estos
colectivos contra la discriminación.
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En síntesis, la DPE mientras orienta su trabajo a garantizar a las ciudadanas y
ciudadanos el derecho a una vida libre de discriminación y violencia en el ámbito
público y privado, también contribuye a la construcción de una cultura de paz en la
sociedad.
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