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PROCEDIMIENTO PARA EL RESCATE DOCUMENTAL E
INGRESO DE PRODUCCIÓN INTELECTUAL
CÓDIGO: PR-BI-RDP-008
VERSIÓN: 02
PAGINA: 1 de 4
FECHA: 24 de Marzo 2015
1. Objetivo.
Establecer un procedimiento mediante el cual la Dirección de Biblioteca gestione el rescate
documental que contenga información requerida por docentes, alumnos, investigadores o
funcionarios, además se establecerá el procedimiento para el ingreso la producción
intelectual (tesis, tesinas, monografías) a Biblioteca.
2. Alcance.
Este proceso aplica a todos los estudiantes, servidores públicos y trabajadores que
pertenecen a la comunidad académica del Instituto de Altos Estudios Nacionales y del
Estado.
Lo ejecuta el Vicerrectorado con su Dirección de Biblioteca, que a su vez es la encargada de
velar que se cumplan las disposiciones establecidas en el presente documento.
3. Definiciones.
N/A
4. Normativa Aplicable.
1.- INSTRUCTIVO DE LA BIBLIOTECA JOSÉ MONCADA.
Fecha: 22 de Agosto 2012
Acuerdo: 2012-025-IAEN-R
Estado: Vigente
5. Disposiciones Generales.

El/La requirente deberá solicitar mediante una carta el “Rescate Documental” o “Ingreso de
Producción Intelectual”, este documento será habilitante para que se puede ejecutar el
proceso.

El Director/a deberá velar por el correcto cumplimiento del presente procedimiento, en el
caso de la no aplicación del mismo se deberá establecer los correctivos necesarios y
sanciones respectivas en relación a su ámbito de competencia.
6. Listado de Formatos.
 N/A
PROCEDIMIENTO PARA EL RESCATE DOCUMENTAL E
INGRESO DE PRODUCCIÓN INTELECTUAL
CÓDIGO: PR-BI-RDP-008
VERSIÓN: 02
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FECHA: 24 de Marzo 2015
7. Actividades.
ACCIONES O TAREAS
Unidad Orgánica que
Ejecuta la acción
1
Solicitará mediante una carta el “Rescate Documental” o
“Ingreso de Producción Intelectual” a Biblioteca.
Requirente
2
Receptará cada una de las solicitudes de rescate documental,
las mismas que serán analizadas, posterior a ello se gestionará
con las entidades externas para que nos permitan, realizar el
rescate de la información contenida en los documentos que
estén bajo su responsabilidad.
Dirección de Biblioteca
Las entidades externas receptarán la solicitud y procederán a
recopilar la información solicitada, dichas entidades están en la
potestad de aprobar o rechazar la solicitud.
Entidades Externas
Una vez aprobada la solicitud para el rescate documental se
procederá a gestionar los procedimientos a llevar a cabo para
este fin.
Entidades Externas
N.-
3
4
5
Obtenida toda la documentación solicitada se procederá a
Dirección de Biblioteca
remitirla a la Unidad de Procesos Técnicos Bibliotecarios.
6
Receptará la documentación y realizará la digitalización de
cada uno de ellos, posterior a ella la documentación
Unidad de Procesos
digitalizada será el insumo de entrada para el “Gestión
Técnicos Botecarios
Procesos Técnicos Bibliotecarios”.
Efectuado el proceso “Gestión Procesos Técnicos Unidad de Procesos
Técnicos Bibliotecarios
Bibliotecarios” se procederá a ingresar repositorio digital.
7
8
Si la solicitud por parte del requirente es el ingreso de
producción intelectual, El Director/a receptara la solicitud y la Dirección de Biblioteca
remitirá a la Unidad de Procesos Técnicos Bibliotecarios.
9
La Unidad de Procesos Técnicos Bibliotecarios receptará la
solicitud y procederá a ejecutar el proceso “Gestión Procesos Unidad de Procesos
Técnicos Bibliotecarios
Técnicos Bibliotecarios”.
10.
Una vez efectuado el proceso “Gestión Procesos Técnicos
Bibliotecarios” se procederá a ingresar al repositorio digital Unidad de Procesos
Técnicos Bibliotecarios
toda la producción intelectual entregada por los requirentes.
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8.
Flujo de Proceso
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VERSIÓN: 02
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FECHA: 24 de Marzo 2015
9. Control de Cambios.
NÚMERO
DESCRIPCIÓN
FECHA
Versión 1.0
Versión Inicial del Manual de procesos
Marzo 2015
Versión 2.0
Incluye definiciones técnicas aplicadas
Abril 2015